He escuchado de todo sobre las anulaciones, la que mas papeletas tiene es la 53, ya que se equivocaron a la hora tipear el articulo, pero hay algunos profes an academias que dicen que al estar detallado a lo que se refiere en el resto de la pregunta, haciendo clara alusión al art.39.. igual no la tiran para atrás, me han dicho que ha pasado hace algunos años algo similar y ahi se quedó. Lo mismo pasa e incluso es menos posible que la anulen es la pregunta 59. ya que si es verdad que no hace mención a ¨Organico¨ en el enunciado, pero te especifica en el mismo enunciado a que ley se estan refiriendo, que es la de igualdad y recordemos que las leyes organicas y las leyes ordinarias están en el mismo rango de rango ¨LEY¨, solo que unas regulan una materia y otras otro. Y respecto a la pregunta 40 es la que menos impugnable veo, porque dice claramente el enunciado, ¨se considerará infracción grave¨: La opción A depende, ya que puede ser grave o muy grave, la opción B es grave 100% y la opción C es muy grave 100%. Cuál contestarías? claramente la opción B. Otra cosa es que en el enunciado te pusieran... ¨cual de las siguientes se puede considerar infracción grave? ahi si sería impugnable. pero con el enunciado tal cuál está no la veo...