Les apetecerá que les denunciemos... No tiene otra explicación... Bueno, sí: Que la administración intenta demorar sus pagos lo máximo posible, aunque sepa que les toque satisfacerlos sí o sí... Ese tiempo que ganan.
Es de lesa humanidad lo que se propone.
Quien dice que tendrá que satisfacerlos si o si???
Le pondré en antecedentes, allá por el año 2009 se incluyo en el texto refundido de la ley de tasas y precios públicos de la CAM unos incisos donde el beneficiario del curso debía sufragar los gastos del mismo, y que solo subsidiariamente el Ayuntamiento convocante sería el que si lo veía adecuado podía hacerse cargo del mismo, a la sazón 2400 euros.
La última promoción de Madrid no tuvo que sufragarse la academia (sus bases fueron anteriores a la entrada en vigor de la modificación ley de tasas), no obstante vieron como sus retribuciones en prácticas descendían hasta el salario base para un C2, como en la mayoría de municipios a excepción de algunos como Arroyomolinos o Alcalá de Heranes.
Como sabrá usted las competencias de la academia pasaron a formar parte de la Dirección de Justicia e Interior, y esta ha creado un convenio con el ministerio del interior donde queda reflejada la formación de los alumnos)
Una vez expuesto estos particulares paso a comentarle:
1. Madrid pagaba (permitirme oscilar arriba o abajo) unos 1300 euros en prácticas año 2008 y pasó a pagar 530 euros año 2009; NO PASO ABSOLUTAMENTE NADA.
2. La Ley de tasas y precios públicos estipula lo descrito anteriormente, por tanto, ¿que respaldo legal en su comunidad (que es la que constitucionalmente tiene la competencia para la coordinación de los Policías Locales; dentro de esta la formación)tiene usted para presentar una demanda solicitando esa detracción por manutención y formación?
Le aventuro que a nivel nacional si existe alguna sentencia favorable que es lo único que podría aducir para sustentar una demanda.
3. La comunidad de Madrid podría aplicar perfectamente el articulado de la Ley de tasas y precios públicos, pues aunque el centro docente será Ávila, la competencia es de la Comunidad, siendo el programa formativo el de la Comunidad pero en parte utilizando formadores de Ávila y por supuesto sus instalaciones, todo ello en relación con el famoso convenio institucionalizado entre ambas administraciones.
Es pues que a tenor de lo expuesto no solo podrían solicitarle el dinero que le están solicitando por MANUTENCIÓN si no también el costo del curso que tiene estipulado la comunidad en 2400.
4. Existen sentencias favorables sobre el pago de la academia, totalmente de acuerdo, pero comentarle que las que tengo en mi poder favorables, y son varias, dan la razón al opositor cuando las bases son anteriores a la modificación de la Ley, pero en contra cuando son posteriores a la misma.
Ahora estoy ya es un consejo para todos los que se encuentran en su situación por supuesto puede aceptarlo o ningunearlo, me olvidaría un poco de mis "derechos" (ya le comente que precisamente el sustento legal no le es muy favorable), céntrese en la academia la cual es muy larga (y más en Ávila), céntrese en las prácticas (que se hacen muyyyy largas también), y ya cuando haya firmado como tiene tiempo para intentar conseguir aquello que motiva esta cita, hágalo cuando sea funcionario de carrera, porque a día de hoy sinceramente todos los que están en su situación únicamente son un 1/3 de policías.
Si lo personalizo con usted créame que lo hago extensivo a todos lo que se encuentran en su situación.