Autor Tema: Duda ante indentificación  (Leído 5786 veces)

Desconectado nena_feliz

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #20 en: 08 de Diciembre de 2008, 01:03:04 am »
página 4 para quien lo abra.

Desconectado SCHWANTZ

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #21 en: 08 de Diciembre de 2008, 01:19:28 am »
El hospital en cuestión debe ser el Puerta de Hierro de Majadahonda. Si estas desempe?ando una función específica, con una placa con tu identificación y un día y horas determinados, ya estas plenamente identificada. Como dicen los compa?eros, pasa a ser problema de la otra persona. De todas formas ?quien te ha requerido que te identifiques a viva voz?

Desconectado Zolena

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #22 en: 08 de Diciembre de 2008, 10:11:31 am »
Vaya! siento haber sido tan poco explicita... soy enfermera en un hospital público de la comunidad de madrid, ayer tuve un enfrentamiento con un familiar directo de un paciente a mi cargo por una mala interpretación por su parte, el problema surgió cuando esta persona me exigió identificarme de palabra negándose a leer mi tarjeta, que yo llevo colgada y a la vista, aún así me la quité y se la mostré... el problema es que bajaron a pedirme explicaciones por negarme a identificarme de palabra... me enfrenté a to quisqui manteniendo mi postura... por eso queria saber si estoy en lo cierto, esto pasa a diario y yo me niego a dar mis datos de palabra, para eso van colgados...
Parecerá una gilipollez pero... la tia me insulta y encima me exige sin motivo alguno...
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Desconectado SCHWANTZ

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #23 en: 08 de Diciembre de 2008, 10:35:09 am »
Si fueras policía ya estarías acostumbrada a eso jejeje.

Desconectado fuyu

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #24 en: 08 de Diciembre de 2008, 10:50:07 am »
Siendo un hospital público de la Comunidad de Madrid, la sanidad está transferida, por lo tanto eres personal de la Comunidad de Madrid, te afecta el DECRETO 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid.


Este Decreto esta practicamente copiado (en cuanto a la identificación) de la Resolución de la administración general del estado.


En el anexo dos del citado decreto te viene el criterio dos que trata de la identificación de los empleados públicos:


Criterio 2.- Identificación de los empleados públicos

1. Los sistemas de identificación del personal, salvo cuando por razones de seguridad se autorice expresamente otro tipo de identificación, son los siguientes:

a) Identificación telefónica: El personal de la Comunidad de Madrid, entre cuyas actividades se encuentre la atención telefónica al ciudadano, deberá identificarse en el momento de iniciarse la comunicación, tanto si la iniciativa del contacto telefónico procede del ciudadano como del propio empleado. En ambos casos deberá indicar de forma clara y precisa la Unidad a la que pertenece y, en el caso de que el ciudadano lo requiera, su nombre, apellidos y cargo que ocupa.

b) Rótulo de despacho: En los despachos de uso individual se colocará en la entrada un rótulo identificativo con el nombre y apellidos del empleado que lo ocupa y el cargo o puesto de trabajo que desempe?a; en el caso de despachos de utilización común figurará en el rótulo de despacho la relación de los nombres y apellidos del personal ubicado en el mismo.

c) Rótulo de mesa: En aquellas unidades en las que exista una relación verbal directa con el ciudadano, además del rótulo de despacho en el caso de que exista, deberá colocarse un rótulo en cada mesa identificándose de forma individual el puesto de trabajo o la función más significativa que se desempe?e y el nombre y apellidos del empleado que la ocupa.

d) Distintivo personal: En el supuesto de que existiendo relación verbal directa con el ciudadano no haya posibilidad alguna de situar el rótulo de mesa individualizado, la identificación del empleado público se realizará mediante un distintivo personal que, prendido en su ropa, reflejará su nombre, apellidos y la actividad o puesto que desempe?e, de tal forma que el ciudadano pueda leerlo desde una distancia prudencial.

e) Tarjeta de identificación personal: Cuando la actividad desempe?ada por el personal de la Comunidad de Madrid requiera el desplazamiento fuera del lugar habitual de trabajo, la identificación del mismo se realizará mediante una tarjeta de identificación personal en la que constará el nombre, apellidos y cargo o puesto que se desempe?a además de la identificación corporativa de la Unidad a la que pertenezca. No obstante, el personal que realice funciones inspectoras dispondrá de una tarjeta o carné de identificación en el que consten sus atribuciones y los principales datos credenciales que le permitan identificarse ante el ciudadano sujeto de inspección.

f) Identificación en las comunicaciones escritas: Si la relación con el ciudadano se produce mediante comunicaciones escritas, deberá constar en aquéllas la Unidad que realiza el escrito, su dirección, teléfono, fax y correo electrónico, así como, bajo la firma del empleado público que la suscriba, la identificación del cargo que ocupa, su nombre y apellidos completos.

2. Corresponde a las Secretarías Generales Técnicas y unidades asimiladas de los Organismos Autónomos y Entidades de Derecho Público hacer efectivas las indicaciones que sobre la identificación de los empleados públicos se definan en el Manual de Identidad Corporativa de la Comunidad de Madrid.





Si el ciudadano no puede verlo, tu supervisor, debera dise?ar unos letreros de mayor tama?o, si quiere que os ponga letreros lumninoso, pero tu has actuado correctamente, si llevabas tu letrero puesto cumples la normativa, igual es la adminstración del hospital al que no cumple la normativa si no se puede ver desde una distancia prudencial.(cosa que evientemente no sera, y sera una sunormal).


Si quieres pasarle la normativa a tu jefe por el hocico, puedes imprimirla, te dejo un .pdf colgado.

Y como te dice Schawant, si fueras policia estarias acostumbrada a tonterias varias de los ciervos que purulan por las calles, pero, es lo que hay.... los tontos nunca duermen.


Si crees que puedes estar vinculada con otra administración que no sea la Comunidad de Madrid, dimelo y te pogo la normativa al respecto para que le huntes el hozico a tu jefe.



P.D. dile que cuando saque la lengua a pasear que se informe antes, que le pagan por eso y si no lo hace queda en evidencia.
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Jose Luis Rodriguez Zapatero, mayo de 2007.

Desconectado fuyu

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #25 en: 08 de Diciembre de 2008, 10:53:03 am »
No te lo he puesto porque seguro que lo deduces tu sola, tu jefe, o supervisor, confunde las relaciones por telefono con las relaciones "personales, verbales y directas".
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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #26 en: 08 de Diciembre de 2008, 10:55:29 am »
Que atrevida es la ignorancia de los jefes. Verdad Fuyu ?.Vs
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Desconectado Zolena

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #27 en: 08 de Diciembre de 2008, 11:56:56 am »
Muchisimas gracias! el DECRETO 85/2002, de 23 de mayo imprimido y colgado en el tablón, nos habeis sacado de dudas a todas...  este decreto lo desconoce hasta atención al paciente, gracias de nuevo.  :Plasplas :Plasplas
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Desconectado fuyu

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #28 en: 08 de Diciembre de 2008, 12:17:09 pm »
Pues no lo deberían desconocer, porque las chapitas con vuestro nombre, por lo que dices, si que las teneis.


De todas formas, por una modica cantidad de dinero, 40 o 50.000 euros al mes, me podeis contratar como asesor, prometo teneros a los pacientes y familiares a raya.
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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #29 en: 08 de Diciembre de 2008, 12:34:23 pm »
Lo sabrán... o no... pero aquí el cliente SIEMPRE lleva la razón...

40 O 50 MIL EUROS AL MES???  :ojones  prefiero seguir bregando yo ellos... y no me refiero a pacientes y familiares precisamente... de todas maneras gracias por tu altruista ofrecimiento  :insano
 
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Desconectado fuyu

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #30 en: 08 de Diciembre de 2008, 12:51:11 pm »
Por menos no trato con gente.
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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #31 en: 08 de Diciembre de 2008, 14:15:53 pm »
Alguna ventaja tenemos los de este gremio y es que POCAS VECES EL CLIENTE LLEVA LA RAZÓN.

franciscodeasis

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #32 en: 08 de Diciembre de 2008, 15:00:46 pm »
Zolena te tienes que identificar, salvo que seas medico, entonces, por razones medicas no, para eso eres un ser superior.

 Al hilo en las dos últimas intervenciones, que he tenido con vigilantes de Seguridad, les he identificado mediante TIP, y puesto como domicilio el de la Empresa, pues bien las dos veces en comisaria, me han preguntado que porque no le he identificado con Dni, y les he contestado que para mí es suficiente y es lo que he hecho constar en diligencias.

Un saludo.

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #33 en: 08 de Diciembre de 2008, 15:47:46 pm »
Pues yo normalmente a los vigilantes los suelo identificar mediante el DNI poniendo como domicilio el de su empresa. Simplifica el estar luego pidiéndoles a las empresas que identifiquen a sus trabajadores.

franciscodeasis

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #34 en: 08 de Diciembre de 2008, 15:51:11 pm »
Pues yo normalmente a los vigilantes los suelo identificar mediante el DNI poniendo como domicilio el de su empresa. Simplifica el estar luego pidiéndoles a las empresas que identifiquen a sus trabajadores.


Y a los policias o gc, haces lo mismo.

un saludo.

Desconectado fuyu

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #35 en: 08 de Diciembre de 2008, 16:20:50 pm »
Paco, un VS es suficiente con la identificación mediante su número si tu lo consideras suficiente, para ti lo es.

Pero, cuando se inicie el procedimiento penal, al que irá como testigos, es obligatorio filiación completa y domicilio, el domicilio no tiene que ser el de su casa, vale cualquiera al que se le pueda notificar, el de la empresa o lugar de trabajo es perfecto.

Si tu sólo coges el número de TIP, pues obligas al instructor a solicitar al registro de seguridad privada el nombre completo asociado a ese TIP y comunicarselo al juzgado, si no lo hace pues al juzgado a pedirlo.

Esto viene dispuesto en el art. 770.5




Tu, como policia municipal, la ley de enjuiciamiento criminal establece que es suficiente con tu número ya que eres FCS, y tu domicilio al ser PMM aunque no lo pones expresamente se entiende que es el de la sede de la PMM, a donde te notificaran citaciones y lo que sea necesario.
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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #36 en: 08 de Diciembre de 2008, 16:28:41 pm »
Pues si es lo que hay, es lo que hay, en principio les seguiré identificando con su tip, no se, a lo mejor es una tonteria, pero lo hago como un detalle hacia ellos.


un saludo.

franciscodeasis

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #37 en: 08 de Diciembre de 2008, 16:30:17 pm »
Hasta la aprobación de ley organica del jurado, en algunos juzgados nos obligaban a identificarnos con nombre y apellidos, ahora no, pero no deja de ser similar.

un saludo.

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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #38 en: 08 de Diciembre de 2008, 16:37:34 pm »
Pues no es ningún detalle, pues al final se van a encontrar con su nombre y apellidos y domicilio en el atestado, y quizá en vez del domicilio que ellos quieran facilitar (empresa, lugar de trabajo, el de la amante o el que sea) se pondrán los que consten en el registro de seguridad privada.


Les intentas ayudar por hacerles un favor, y puede que les estes jodiendo bien.

Aunque lo más normal es que cuando vayan a declarar a comisaria se les identifique con DNI, puede ser que por una u otra razón no pasen por ese trámite y llegue al juzgado lo que no debe.


En cuanto a lo que tu dices, anterior a la ley del jurado, es exacto, pero nosotros teniamos acuerdos puntuales y se nos toleraba identificarnos con nuestro carne profesional, pero había jueces y jugados que ese acuerdo pues no les valia, a otros si, al final se formalizó en ley y ahora ya no hay problema.
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Re: Duda ante indentificación
« Respuesta #39 en: 08 de Diciembre de 2008, 16:59:24 pm »
Zolena te tienes que identificar, salvo que seas medico, entonces, por razones medicas no, para eso eres un ser superior.[/color] Al hilo en las dos últimas intervenciones, que he tenido con vigilantes de Seguridad, les he identificado mediante TIP, y puesto como domicilio el de la Empresa, pues bien las dos veces en comisaria, me han preguntado que porque no le he identificado con Dni, y les he contestado que para mí es suficiente y es lo que he hecho constar en diligencias.

Un saludo.

 :carcaj :carcaj :carcaj que güeno jeje

Identificados vamos todos incluidos los seres superiores... mis dudas eran otras que gracias a lo insertado por Fuyu nos han quedado aclaradas y bien a la vista de todos, para que no se repitan llamaditas de atención innecesarias proximamente... ainsssssssssss que paciencia...

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