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Autor Tema: Transportes terrestres, de viajeros y mercancías  (Leído 29849 veces)

Desconectado pindongo

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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #40 en: 06 de Septiembre de 2006, 02:44:50 am »
voy a repetir una consulta... anterior aun no respondida...

esta tarde ciudadano ecuatoriano, en su vehiculo le paramos para comprobar y presenta todo escepto una fotocopia de su carnet de ecuador que pone que se esta canjeando, y nos comenta que en ZARagoza y de camino le han parado y NO le han denunciado... esto es asi? he pasado el nie por malla y carece de carnet lo pregunto por que no tenemos reciclaje alguno a no ser por propia iniciativa..
el vehiculo ha sido inmovilizado y el ciudadano denunciado, espero no haber metido el cuezo.. 
 
gracias nuevamente...

Lo has hecho cojonudamente bien.
Pero si, estando correctamente identificado, hubieses optado por denunciarle pero no inmovilizar el vehiculo, tampoco estaria mal hecho.

Desconectado el_MINUTAS

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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #41 en: 06 de Septiembre de 2006, 02:50:00 am »
gracias, pero  mi pensamiento es que si cada espa?olito se saca el carnet por que esta gente que son iguales que nosotros por que no lo hacen?? concretamente este caso, esta persona que lleva (documentado) en espa?a 3 a?os, en febrero se saca alli el carnet"alli es mas facil" manifesto... si vives aqui y conduces aqui por que te vas alli a sacartelo?? personalmente creo que este tipo de casos se deberia de NO convalidar el permiso.
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Desconectado chax

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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #42 en: 06 de Septiembre de 2006, 11:10:36 am »
Has actuado correctamente, yo en casos similares hago lo mismo.

Uno me contó que se lo estaban canjeando, ense?andome el de su pais y lo que tenía era intervendio el permiso Espa?ol por sentencia judicial, "unas servesitas no mas que tomé". No era listo el tio.

Reciprocidad en el trato, cuando los Espa?oles salimos de viaje nos la tenemos que agarrar con papel de fumar, justo es que los que vienen aquí tengan el mismo trato de favor.
Y si hablamos de sanciones de trasnporte en el extranjero ya ni te cuento.
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Desconectado mimi

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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #43 en: 06 de Septiembre de 2006, 12:44:56 pm »
Aprovecha las vacas en que te de el aire, que son muy cortas
Enseñad a los niños para no castigar a los hombres.

Cuando termines de leer esto lo que era futuro ya es pasado.....

Todo lo que se puede pagar con dinero es barato.....

Desconectado el_MINUTAS

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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #44 en: 25 de Septiembre de 2006, 12:42:57 pm »
buenas... ya estoy a la carga otra vez...

he dado un mini curso de transportes terrestres del sindicato, tipos de transporte,tipos de vehiculos, eso si nacional de momento.. uso del me han ense?ado a usar el ADR... espero no tener que hacerlo... menudo lio,

pero en materia de transporte me ha gustado y muy mucho, me gustaria realizar una caratula, con las clases de tarjetas de transporte que hay, metiendo todas las posibilidades y distribullendolas en mercancias viajeros, alquiler con-sin conductor, etc, donde puedo encontrar esto me estoy leyendo un monton de leyes y tal y no lo encuentro... gracias...
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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #45 en: 25 de Septiembre de 2006, 20:48:54 pm »
Hola mira el privado, y segundo, para el tema de peso, como no lo peses con una bascula homologada, (con el conductor dentro), la denuncia no llega a buen puerto.  No vale el ojo de buen cubero.

Un salu2


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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #46 en: 25 de Septiembre de 2006, 22:58:21 pm »
mercamadrid
"quotquot???ESTOS SE CREEN QUE LOS PÁJAROS MAMAN!!!"quotquot
PKPMZ A.K.A. JOSE DAVID GARCIA CASTILLA
-\\-SKYMAN-//-
"quotquotYA NADIE HABITA EL VALLE"quotquot

Desconectado el_MINUTAS

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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #47 en: 26 de Septiembre de 2006, 02:49:39 am »
Hola mira el privado, y segundo, para el tema de peso, como no lo peses con una bascula homologada, (con el conductor dentro), la denuncia no llega a buen puerto.  No vale el ojo de buen cubero.

Un salu2


ok muchas gracias...
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Desconectado te70

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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #48 en: 11 de Noviembre de 2006, 15:32:00 pm »
Desaparecen las tarjetas de transportes de la clase MPC en vehículos de 3,5 Tn. de MMA según escrito de la Dirección General de Transportes por Carretera de fecha 9 de octubre, p. ej. si una furgoneta de 3,5 de MMA que se use para llevar sacos de yeso y cemento propiedad de una empresa de construcción que este haciendo un bloque de pisos, NO SERÁ NECESARIA LA TARJETA DE TRANSPORTES DE LA CLASE MPC-N.
Esto es debido a que ya no será exigible en el nuevo ROTT, por lo que la DGTC dice que no se dirija la actuación inspectora por estos hechos. Los expedientes por denuncias por carecer de tarjeta de transporte privado complementario que estén ya iniciados también serán declarados sin responsabilidad.

http://miarroba.com/foros/ver.php?foroid=687117&temaid=5776261&ultimomsg=si#ultimomsg

La publicación del nuevo ROTT esta próximo.
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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #49 en: 12 de Noviembre de 2006, 17:36:49 pm »
Desaparecen las tarjetas de transportes de la clase MPC en vehículos de 3,5 Tn. de MMA según escrito de la Dirección General de Transportes por Carretera de fecha 9 de octubre, p. ej. si una furgoneta de 3,5 de MMA que se use para llevar sacos de yeso y cemento propiedad de una empresa de construcción que este haciendo un bloque de pisos, NO SERÁ NECESARIA LA TARJETA DE TRANSPORTES DE LA CLASE MPC-N.
Esto es debido a que ya no será exigible en el nuevo ROTT, por lo que la DGTC dice que no se dirija la actuación inspectora por estos hechos. Los expedientes por denuncias por carecer de tarjeta de transporte privado complementario que estén ya iniciados también serán declarados sin responsabilidad.

http://miarroba.com/foros/ver.php?foroid=687117&temaid=5776261&ultimomsg=si#ultimomsg

La publicación del nuevo ROTT esta próximo.

Entiendo que solo es en los Privados Complementarios, en los Públicos continúa como hasta ahora, no?

Gracias por la información, estaremos a la espera del nuevo ROTT.
En cuanto sepas algo, ya sabes.
Un saludo.
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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #50 en: 12 de Noviembre de 2006, 18:36:55 pm »
Así es, la exención afecta únicamente a los de servicio privado, los públicos ligeros siguen como hasta ahora.
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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #51 en: 16 de Noviembre de 2006, 23:20:22 pm »
Ya ha salido publicado el nuevo ROTT en el BOE núm. 273. Es el REAL DECRETO 1225/2006, de 27 de octubre,por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.

Venga vamos tós al lio!!!!!
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Desconectado chax

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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #52 en: 16 de Noviembre de 2006, 23:52:10 pm »
Gracias, ya mismo estoy en el lio, un saludo.
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Desconectado te70

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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #53 en: 18 de Noviembre de 2006, 19:14:24 pm »
http://miarroba.com/foros/ver.php?foroid=687117

Van saliendo dudas sobre la interpretación del nuevo ROTT, los que estéis interesados en el tema de transportes pinchar el enlace, si no estáis registrados en la zona privada de mrqueen, registraros. Ahí no hay personas, hay linces en la materia.
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Desconectado Pepe Paella

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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #54 en: 02 de Diciembre de 2006, 21:07:01 pm »
Hola a todos.

El motivo de mi mensaje es solicitar ayuda sobre la siguiente cuestión:

Creo recordar que en alguna norma se establece que los pasajeros deberán de ir sentados en aquellos vehículos que realicen transporte discrecional interurbano. Pero la he buscado y no la encuentro. He mirado y remirado el ROTT y no aparece ?alguno me podría ayudar especificándome qué norma y artículo establece esa obligación?.

Esto viene dado porque ayer por la noche paramos un bus de los que normalmente se utilizan para el transporte regular  urbano y metropolitano cargado hasta los topes, y aunque en un principio lo inmovilizamos en el momento que desaparecieron las causas que habían motivado la inmovilización, es decir, que se bajaran el exceso de pasajeros que también llevaba, lo tuvimos que dejar seguir, aunque eso no era forma de viajar cuando se tenía que tomar carretera, aunque fuera a escasos kms. de la ciudad.

Gracias anticipadas por vuestra atención.

Desconectado te70

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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #55 en: 02 de Diciembre de 2006, 21:16:21 pm »
Eso no se denuncia por normativa de transportes, se denuncia por el 10-1 del RGC, que dice: Esta prohibido transportar personas en emplazamiento distinto al destinado y ancondicionado para ellas en los vehículos.
También el art. 18 del RGC obliga al conductor del vehículo a cuidar especialmente de que mantengan la posición adecuada el resto de viajeros del vehículo.
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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #56 en: 02 de Diciembre de 2006, 21:17:05 pm »
La denuncia que procedería sería al art. 18-1? del RGC.
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Desconectado Pepe Paella

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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #57 en: 03 de Diciembre de 2006, 16:53:47 pm »
La denuncia por el art. 10.2 no procede ya que las propias características del vehículo, se trata de un bus de los que se utilizan para el transporte de personas en el ámbito urbano o metropolitano, contempla la posibilidad de que los pasajeros vayan sentados o de pie.

Tampoco creo que sea una cuestión denunciable por el art. 18, sobre la incorrecta posición de los pasajeros, ya que esta denuncia para mi se refiere más bien a turismos (p.ej. cuando el pasajero lleva los pies encima del salpicadero).

A lo que me refiero es a que me suena que en algún sitio se recogía que el transporte discrecional se debe de realizar con los pasajeros sentados, sin que pueda viajar ninguno de pie, más si cabe cuando en la realización de ese transporte se va a circular por carreteras y/o autovías.

Por otro lado también sería denunciable el exceso de pasajeros en virtud del art. 9 del RGC, e incluso procedería la inmovilización del vehículo mientras no se corrigiese ese exceso, pero eso está claro. Vuelvo a reiterarme en lo dicho. En algún sitio se recogía que los pasajeros del transporte discrecional debían de ir todos sentados. Y por más que busco en el ROTT no lo encuentro.

Gracias por vuestra atención.

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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #58 en: 03 de Diciembre de 2006, 18:17:22 pm »
ROTT :REAL DECRETO 1211/1990, DE 28 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE ORDENACIÓN DE LOS TRANSPORTES TERRESTRES (B.O.E. 8 DE OCTUBRE DE 1990).

Artículo 199
Se considerarán infracciones leves:

d) Transportar mayor número de viajeros de los autorizados para el vehículo de que se trate, salvo que dicha infracción deba calificarse como muy grave, conforme a lo dispuesto en el apartado b) del artículo 197 del presente Reglamento.

Artículo 197

Se considerarán infracciones muy graves:
b) La prestación de servicios en condiciones que puedan afectar a la seguridad de las personas por entra?ar peligro grave y directo para las mismas.

Se consideran especialmente incursos en la infracción tipificada en este apartado, los siguientes supuestos:

1. La inadecuada estiba o colocación de la carga, bien originaria, o que pueda sobrevenir por defectos en la fijación de la misma, que represente riesgos de da?os a las personas.

2. La prestación de servicios utilizando vehículos cuyas condiciones técnicas no permitan asegurar su adecuado funcionamiento.

3. La conducción ininterrumpida durante más de seis horas o durante más de trece horas y media diarias, o la minoración en más de un 50 por 100 de los períodos de descanso obligatorio.




Me imagino que sería esto lo que estabas buscando....

SALUDOS



GASTAD CUIDAO AHÍ FUERA

Desconectado Pepe Paella

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Re:Transportes terrestres, de viajeros y mercancías
« Respuesta #59 en: 03 de Diciembre de 2006, 20:50:51 pm »
Podría servir, pero creo que tampoco se ajusta a la situación que describo. Por un lado la normativa que refieres ha sido cambiada, puedes mirar la nueva redacción dada a los artículos citados en http://www.060.es/canales/legislacion/servicios/disposiciones/31205-ides-idweb.jsp#t6c2

Por otro lado volevríamos a lo mismo. En el momento que bajasen los pasajeros que exceden el "aforo" del autobús, éste podría circular.

Y ahí es a lo que voy. Imagina un bus urbano cargado hasta los topes, pero sin exceder las plazas autorizadas, saliendo a carretera. Un simple pinchazo de una rueda podría ocasionar da?os irreparables.

En algún sitio tiene que estar que ese tipo de vehículos no se puede utilizar para el transporte discrecional interurbano. Que en este tipo de transporte todos los pasajeros tienen que ir sentados.