Autor Tema: recibo de seguro de responsabilidad civil ??  (Leído 19306 veces)

Desconectado kameone

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recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« en: 27 de Enero de 2009, 11:10:25 am »
Hola compis:
Vereis tengo una dudilla, ya que en esta ultima semana he tenido varias intervenciones en las que al pedirle al alguien la documentacion del vehiculo, el icudadano me ha comentado que no llevaba el recibo del seguro obligatorio porque en su aseguradora le habian dicho que ya no hacia falta llevarlo en el vehiculo, porque nosotros tenemos una base de datos donde podemos comprobar si tiene o no seguro.
en un primer momento no me lo creí y el ciudadano se fue contentito pa su casa con su denuncia de no presentarme el recibo del seguro, pero a la tercera persona que me lo dijo, no tuve mas remedio que "indultarla" por desconocimiento, hasta consultarlo y en la legislacion no he encontrado nada al respecto.imagino que si la legislacion no lo dice, no es verdad, pero por si acaso lanzo esta cuestion al aire, para contrastar opiniones con vosotros.

un saludo

pacodeasis

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #1 en: 27 de Enero de 2009, 11:16:37 am »
?donde trabajas?.


No no están obligados.


Un saludo.

Desconectado murcielago.1

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #2 en: 27 de Enero de 2009, 11:34:12 am »
?donde trabajas?.


No no están obligados.


Un saludo.
?como?, si estan obligados.

Desconectado kameone

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #3 en: 27 de Enero de 2009, 11:43:37 am »
?donde trabajas?.


No no están obligados.


Un saludo.

soy PMM

Desconectado escacs

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #4 en: 27 de Enero de 2009, 11:47:12 am »
no es obligatorio llevar el recibo del seguro,
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Desconectado polizia

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #5 en: 27 de Enero de 2009, 11:52:53 am »
No están obligados. De todas formas como, por desgracia, en la mayoría de los municipios no podemos confirmar telemáticamente ni por otros medios si lo poseen o no (como en mi municipio) se le pone la denuncia y tiene 5 días para personarse en tráfico con el recibo del seguro para acreditar que lo tiene suscrito y pagado, no acarreando ninguna denuncia.
Aún con todo esto no queda muy claro que es lo que tenemos que hacer este tipo de municipios peque?os. ?Es que acaso tráfico no puede comprobar una vez puesta la denuncia si posee o no el seguro y no hacer ir al asegurado-denunciado a sus instalaciones?

Desconectado escacs

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #6 en: 27 de Enero de 2009, 11:56:40 am »
No están obligados. De todas formas como, por desgracia, en la mayoría de los municipios no podemos confirmar telemáticamente ni por otros medios si lo poseen o no (como en mi municipio) se le pone la denuncia y tiene 5 días para personarse en tráfico con el recibo del seguro para acreditar que lo tiene suscrito y pagado, no acarreando ninguna denuncia.
Aún con todo esto no queda muy claro que es lo que tenemos que hacer este tipo de municipios peque?os. ?Es que acaso tráfico no puede comprobar una vez puesta la denuncia si posee o no el seguro y no hacer ir al asegurado-denunciado a sus instalaciones?


es nuestro caso ....
yo creo que es aconsejable llevarlo,aunque no sea obligatorio , tampoco supone ningun suplicio el llevar un papel y te ahorras el tener que justificarte
en caso de denuncia....
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Desconectado corcega

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #7 en: 27 de Enero de 2009, 12:30:19 pm »
La verdad es que nadie es capaz de aclararlo mucho. Yo tambien soy pmm y en mi unidad casi siempre hay alguien que te lo puede comprobar, porque disponer disponemos de sistema, otra cosa es que se quiera o sepa utilizar como pasa siempre. Yo lo que hago, se puede comprobar se comprueba, que no se puede, pues receta por escrito y explicacion en observaciones de que no es posible la comprobacion. Y como bien decis trafico en caso de tenerlo ya no impone sanción, lo que no tengo muy claro es si hay que personarse en trafico con el recibo o no, yo por si acaso les mando. Y no se tiene obligacion de llevarlo, no recuerdo ahora la ley, pero creo que salio por el mes de septiembre.

Desconectado zalagardas

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #8 en: 27 de Enero de 2009, 12:36:23 pm »
Que tal corcega, como va ese curso de defensa personal?

Sobre la ley es;
       
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"quotquotNo podemos solucionar problemas usando el mismo razonamiento que usamos cuando los creamos."quotquot

Desconectado roboSTOP

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #9 en: 27 de Enero de 2009, 12:41:49 pm »
no se tiene obligacion de llevarlo, es en virtud de la obligacion que tiene la administracion de comprobarlo y no el ciudadano como ha pasado siempre.

Conectado 47ronin

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #10 en: 27 de Enero de 2009, 12:59:06 pm »
Se denuncia igual que antes, pero será la administración la que proceda al archivo de la denuncia una vez compruebe que lo tiene suscrito.

Desconectado polimadrid

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #11 en: 27 de Enero de 2009, 13:09:23 pm »
Antes era obligatorio llevarlo pero a raiz de la modificacion de la ley no es obligatorio pero si aconsejable......la administracion tiene que poder comprobar si tiene o no seguro...y sino puede se le denuncia y el ciudadano tiene 5 dias para persentar el documento en trafico.......como ya han comentado......

Ya no es obligatorio llevar el recibo del seguro en los vehículos
Los agentes lo comprobarán telemáticamente. -El nuevo Reglamento del Seguro Obligatorio mejora la cobertura y agiliza el pago de las indemnizaciones

ELSA GRANDA - Madrid - 17/10/2008
   
- Buenos días

- El recibo del seguro y la documentación

Este diálogo entre un agente de la Guardia Civil y un conductor, que se ha repetido millones de veces en las carreteras espa?olas, es historia desde el pasado lunes, cuando entró en vigor el nuevo Reglamento del seguro obligatorio. Ahora los Agentes de Tráfico deberán comprobar con los sistemas a su alcance si el vehículo tiene seguro y en caso afirmativo, si la póliza está en vigor. El no llevar el justificante de haber pagado la póliza en el vehículo conllevaba una multa de 60 euros. Este hecho se enmarca en la filosofía de no pedir al ciudadano documentos que ya obran en poder de la administración.

Los agentes serán ahora los encargados de comprobar si el vehículo tiene contratado el seguro obligatorio, bien a través de los 12 coches equipados con tecnología para detectar a quienes circulen sin estar asegurados, o bien a través de una consulta telemática o por radio al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA).

Según Tráfico, "sólo en el caso de que no conste en dicho archivo la existencia del seguro o no sea posible realizar en ese momento la consulta", el agente solicitará el recibo al conductor. Circular sin seguro está castigado con una multa de hasta 2.600 euros y la retirada de cuatro puntos del carné. No obstante recomiendan que se siga llevando el justificante de pago.

Según el Consorcio de Compensación de Seguros, unos 400.000 vehículos transitan por las carreteras espa?olas sin ningún tipo de cobertura. En 2007, se tramitaron 160.000 denuncias por no llevar justificante. En caso de no tener seguro, los agentes también podrán inmovilizar, precintar y enviar el vehículo a un depósito.

El nuevo reglamento también mejora la cobertura en caso de siniestro y agiliza el pago de las indemnizaciones a los afectados.



DGT y COP enfrentados por la obligatoriedad de llevar el recibo del seguro

24/10/2008 EFE



La Coordinadora de Policías Locales (COP) ha alertado hoy de que el Reglamento del Seguro Obligatorio publicado en el BOE el pasado 13 de septiembre, sí obliga a llevar en el vehículo el recibo de pago del seguro, a diferencia de la circular emitida la semana pasada por la DGT que dice lo contrario. El artículo 14 del Reglamento del Seguro Obligatorio de Vehículos establece que todo vehículo a motor deberá ir provisto de la documentación acreditativa de la vigencia del seguro obligatorio y a?ade que su incumplimiento será sancionado con 60 euros de multa.

Por contra, la Dirección General de Tráfico emitió la semana pasada una Instrucción Técnica en la que establece que deberán ser los agentes de Tráfico los que comprueben por medio del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) la vigencia del seguro obligatorio, lo que exime al conductor de portar el justificante. La instrucción de la DGT se apoya en la vigente Ley del Procedimiento Administrativo Común que ya contempla que los ciudadanos no tienen la obligación de presentar documentos que ya se encuentran en poder de la Administración, como es el caso de la vigencia del seguro.

Ante esta disparidad de criterios, la COP ha advertido además de que muchas policías locales no disponen de acceso al FIVA lo que, al amparo de la Ley de Seguridad vigente, permitiría inmovilizar el vehículo si no se puede acreditar la vigencia del seguro.

Fuentes de la DGT han insistido en que no se sancionará a ningún conductor por no llevar a bordo el justificante del pago y han explicado que las policías locales que no puedan acceder al FIVA, pueden consultar el registro de vehículos de la DGT en el que también consta la vigencia del seguro obligatorio. En 2007 se tramitaron 160.000 denuncias, con un importe de la multa de 60 euros, por no llevar, en el momento que lo requería el agente, el justificante del pago del seguro.
 




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Desconectado polimadrid

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #12 en: 27 de Enero de 2009, 13:14:02 pm »
Antes me he expresado mal....en la modificacion de la ley del seguro pone que es obligatorio llevarlo...pero la circular que dio la DGT dice que no....he ahi el problema...... :pen: :pen:

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #13 en: 27 de Enero de 2009, 13:15:56 pm »
Antes me he expresado mal....en la modificacion de la ley del seguro pone que es obligatorio llevarlo...pero la circular que dio la DGT dice que no....he ahi el problema...... :pen: :pen:

Problema ninguno... actuamos conforme a la ley denunciando la falta del recibo y luego la administración procederá tras la comprobación que realice... comprobación que será mucho más fiable que la que nosotros podamos hacer... punto pelota.

Desconectado polimadrid

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #14 en: 27 de Enero de 2009, 13:19:15 pm »
si eso si...es correcto...l que pasa que hay mucho avispao.....que ha visto la luz...y te saldrá con que ha leido que no esta obligado a llevarlo y se generarán los problemas como ya está pasando.....aver como le explicas al ciudadano que la ley dice una cosa y la DGT otra......

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #15 en: 27 de Enero de 2009, 13:23:57 pm »
si eso si...es correcto...l que pasa que hay mucho avispao.....que ha visto la luz...y te saldrá con que ha leido que no esta obligado a llevarlo y se generarán los problemas como ya está pasando.....aver como le explicas al ciudadano que la ley dice una cosa y la DGT otra......

Problema ninguno.. cara de perro y toma usted la denuncia.

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #16 en: 27 de Enero de 2009, 13:26:38 pm »
si eso si...es correcto...l que pasa que hay mucho avispao.....que ha visto la luz...y te saldrá con que ha leido que no esta obligado a llevarlo y se generarán los problemas como ya está pasando.....aver como le explicas al ciudadano que la ley dice una cosa y la DGT otra......

Problema ninguno.. cara de perro y toma usted la denuncia.

 :partirse :partirse :partirse :partirse


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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #17 en: 27 de Enero de 2009, 13:34:22 pm »
Considero la instrucción de la DGT una soplapollez... por que de igual forma la administración puede conocer si tengo permiso de conducir, de circulación y tarjeta de inspección técnica, y sin embargo si no presento esos documentos se me denuncia por ello... una soplapollez diferenciar unos si y otros no.

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #18 en: 27 de Enero de 2009, 13:49:02 pm »
si eso si...es correcto...l que pasa que hay mucho avispao.....que ha visto la luz...y te saldrá con que ha leido que no esta obligado a llevarlo y se generarán los problemas como ya está pasando.....aver como le explicas al ciudadano que la ley dice una cosa y la DGT otra......
por eso lo más aconsejable es denunciar y punto. Que como dices hay mucho avispado y listillo. Pues mira, por no llevarlo van a tener la mala suerte, en la mayoría de las ocasiones, de tener que ir a tráfico en un periodo de cinco días. Así que el conductor sabrá lo que hace, yo por si acaso, a nivel particular lo llevaré siempre encima.

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Re: recibo de seguro de responsabilidad civil ??
« Respuesta #19 en: 27 de Enero de 2009, 14:00:11 pm »
si eso si...es correcto...l que pasa que hay mucho avispao.....que ha visto la luz...y te saldrá con que ha leido que no esta obligado a llevarlo y se generarán los problemas como ya está pasando.....aver como le explicas al ciudadano que la ley dice una cosa y la DGT otra......
por eso lo más aconsejable es denunciar y punto. Que como dices hay mucho avispado y listillo. Pues mira, por no llevarlo van a tener la mala suerte, en la mayoría de las ocasiones, de tener que ir a tráfico en un periodo de cinco días. Así que el conductor sabrá lo que hace, yo por si acaso, a nivel particular lo llevaré siempre encima.

Nop... no hay que ir a ningún sitio... tráfico enviará o no la denuncia en función de la comprobación pertinente, así que se denuncia y PUNTO... sin más trámites ni comparecencias para mostrar el recibo.