Buenas compañeros!!quería que alguien me informara sobre el tema de la comisión de servicio, ya que debido a la poca legislación que hay, no me queda muy claro, y quería platear algunas dudas:
- Es un año prorrogable a otro, pero ¿Puede ser revocada en cualquier momento, por cualquiera de las partes?
- Si el ayuntamiento decide prescindir de el agente, ¿ puede realizarlo?
Os agradecería que me contestarais a las preguntas realizadas, y si puede ser justificarlo con jurisprudencia.
De ante mano os doy las gracias y un saludo