Vamos a repasar las bases....
h)
Estar en posesión del permiso de conducir de clase B con la
autorización para conducir vehículos prioritarios (BTP) o
equivalentes
y el de la clase A, con una experiencia mínima
de dos a?os; a este respecto se se?ala que la Academia de Policía
Local de la Comunidad de Madrid tiene prevista la impartición
del curso teórico-práctico sustitutivo de dicha experiencia,
al que se refiere el Real Decreto 1598/2004, de 2 de
julio, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores,
que establece la posibilidad de sustitución de la experiencia
mínima de dos a?os en la conducción de motocicletas
por un curso específico, teórico y práctico impartido por
una escuela oficial de policía que cuente con autorización de
la Dirección General de Tráfico.
2.2.
Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán
ser reunidos por el aspirante el día en que finalice el plazo para
la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y
mantenerse durante todo el proceso selectivo,
a excepción del especificado
en el apartado h), referido a la antigüedad del permiso de
conducir clase A y a la autorización para conducir vehículos prioritarios
(BTP) que deberá acreditarse antes de finalizar el curso selectivo
de formación.
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Resumiendo, la antiguedad del permiso de la clase A no es necesario acreditarlo antes de que finalice el plazo de presentacion de instacias ya que en la APLCM se imparte un curso (de mierda) que homologa esa experiencia pero la posesion del permiso A si es necesaria tenerla o si no
Saludos y paz.