Autor Tema: 10 años para volver a permutar. ¿jurisprudencia?  (Leído 314 veces)

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10 años para volver a permutar. ¿jurisprudencia?
« en: 15 de Junio de 2023, 18:59:05 pm »
Buenas tardes. Tras realizar una permuta el interesado no podrá volver a permutar en 10 años. ¿Conocéis algún caso en el que los Ayuntamientos hayan aceptado realizar una permuta sin tener en cuenta que uno de los afectados haya realizado ya una permuta previa?.
Me consta que hay ayuntamientos en los que si los interesados cumplen con los requisitos previos: a) Que los puestos de trabajo en que sirvan sean de igual naturaleza y corresponda idéntica forma de provisión. b) Que los funcionarios que pretendan la permuta cuenten, respectivamente, con un número de años de servicio que no difiera entre sí en más de cinco. c) Que se emita informe previo de los jefes de los solicitantes o de los Subsecretarios respectivos., el plazo de 10 años para no permutar no es condicionante para denegarla, siendo el informe del Secretario preceptivo pero no vinculante, dejando la decisión al Alcalde o Alcaldesa.
¿Se os ha dado el caso?. ¿ Conocéis algún caso en particular?. ¿jurisprudencia?. Gracias de antemano.