Esperemos pues a la publicación en el CENDOJ de ese recurso sobre la sentencia anterior.
Ahora si.
FALLAMOS:
Que estimamos el recurso de apelación interpuesto por don Ismael contra la sentencia dictada en fecha de 1 de septiembre de 2011 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 32 de los de Madrid, en los autos de Procedimiento Abreviado tramitados con el número 587/2010 de su registro,
la cual revocamos y, en su lugar, estimamos en parte el recurso contencioso administrativo deducido contra la resolución dictada en fecha de 26 de marzo de 2010 por el Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, la cual anulamos, y acordamos que el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 481 plazas de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid,
evalúe nuevamente el período de prácticas del apelante, conforme a las Bases de la convocatoria y a los criterios señalados en el fundamento jurídico tercero de esta sentencia, con desestimación de los demás pedimentos de la demanda y sin formular condena en costas.
Id Cendoj: 28079330102012100121
http://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp