Autor Tema: EL CACHEO  (Leído 44105 veces)

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #220 en: 17 de Noviembre de 2022, 20:30:50 pm »

Un detenido prende fuego al calabozo en los Juzgados de Palma tras esconderse un mechero en el ano


Los policías que le custodiaban apagaron el fuego con un extintor, alarmados por el olor a quemado
Lorenzo Marina
Palma | 17·11·22 | 08:28 | Actualizado a las 20:27


Exterior de la sede judicial de Vía Alemania, en Palma.
Un detenido prende fuego al calabozo en los Juzgados de Palma tras esconderse un mechero en el anoB. RAMÓN

Un detenido ha causado este miércoles la alarma en los calabozos de los Juzgados de Vía Alemania, en Palma. El sujeto se escondió un mechero en el interior del ano, para eludir así el cacheo policial. Tras pedir una manta a los agentes que le custodiaban, le ha prendido fuego. Los policías han reaccionado con celeridad y han sofocado rápidamente las llamas con la ayuda de un extintor antes de que alcanzaran mayores dimensiones.

El incidente ha ocurrido en torno a las dos de la tarde de este miércoles en los calabozos del juzgado de guardia de Vía Alemania. Entre los detenidos conducidos a la sede judicial se encontraba un arrestado por desórdenes públicos.

Al parecer este individuo tenía planificada la fechoría de antemano. Antes del preceptivo cacheo policial, el sujeto se escondió un mechero en el ano y pidió una manta. Al oler a quemado, los agentes han abierto la puerta y han apagado el fuego con un extintor.


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Re: EL CACHEO
« Respuesta #223 en: 24 de Abril de 2023, 03:17:33 am »
Otra bobada de la alcaldesa-okupa

Majadería de algún iluminado de mando
Que me quiten lo bailao

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #226 en: 15 de Septiembre de 2023, 11:18:03 am »

La Justicia anula una sanción de 20 días de suspensión de funciones a un policía acusado de realizar un mal cacheo a un detenido


Supuestamente el policía no le quitó el móvil y eso hizo que llamase a su expareja, sin embargo, había pruebas suficientes como para castigarle.


Blanca Valdés
|
14/9/2023 06:30
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Actualizado: 14/9/2023 10:37
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado una sanción de 20 días de suspensión de empleo y sueldo a un policía nacional que fue acusado de hacer un mal cacheo a un detenido por violencia de género. Supuestamente no le quitaron el móvil y eso hizo que llamase a su expareja, sin embargo, no había pruebas suficientes como para castigarle.

Este caso se ha resuelto en la sentencia 716/2023 de 20 de junio que ha sido dictada por los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo José Damián Iranzo Cerezo, Francisco Javier Canabal Conejos y María Prendes Valle.


Para conocer la historia completa, hay que remontarse a la resolución sancionadora dictada por el Director General de la Policía el 23 de abril de 2021. En ella consideraron probado que el policía, que estaba prestando el servicio de seguridad y calabozos en la comisaría de distrito de Puente de Vallecas (Madrid), no había hecho bien su trabajo al no quitarle el móvil.

EL CASO DEL POLICÍA, AL DETALLE
Y es que, según este escrito, sobre las 20:30 horas tanto él como otro compañero realizaron un cacheo a un hombre que había sido detenido y que iba a ingresar en los calabozos por un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia de género.

Según la resolución sancionadora, durante el tiempo que estuvo allí realizó seis llamadas perdidas y dejó dos mensajes de voz en el contestador a la que era su pareja sentimental para pedirle que retirara la denuncia que tenía vigente en ese momento, una orden de alejamiento y prohibición de comunicación.

Culparon al policía de no haberle cacheado de forma exhaustiva con el fin de comprobar que no llevase ningún objeto peligrosos para él o con el que pudiese incumplir la comunicación con la víctima. Le dijeron que de haberlo hecho bien, hubiesen localizado el dispositivo telefónico. Por otro lado, consideraron acreditado que tales llamadas se llevaron a cabo desde los calabozos.

Llamadas que fueron denunciadas por la madre de la víctima y por las que volvió a ser detenido otra vez tras ser puesto en libertad como autor de un delito de quebrantamiento de medidas cautelares.

El policía, al no estar conforme con la sanción, decidió acudir a los tribunales para solicitar su nulidad y que se borrase tal altercado de su historial profesional. Consideró que se estaba vulnerando su presunción de inocencia porque no había pruebas de cargo suficientes ni quedó acreditado que el cacheo se llevase a cabo correctamente.


Confirmados 75 días de suspensión de funciones a un policía nacional que en vez de patrullar de noche se quedaba en la comisaría
Asimismo, subrayó que no había ninguna certificación de que la voz de los mensajes fuera la del detenido o que las capturas de pantalla que aportó la madre de la víctima revelasen que se hubiesen efectuado desde la comisaría.

Pues bien, según relataron los magistrados, “es importante destacar que la carga de probar los hechos constitutivos de cada infracción corresponde ineludiblemente a la Administración Pública.

NUNCA SE ENCONTRÓ EL MÓVIL NI SE LE VIO HABLAR POR ÉL
Sin embargo, en este caso, “entre los efectos personales nunca se encontró un teléfono móvil ni en la comisaría de Puente de Vallecas ni en el Registro Central hasta que fue trasladado. Todo ello pese a haber efectuado un cacheo en el que se encontraron incluso pequeños objetos como monedas o una pequeña pieza de hachís”.

Además, “en ningún momento el detenido fue sorprendido haciendo llamadas”. Por otra parte, la Administración, con el consiguiente quebrantamiento de la prohibición de comunicación, no llevó a cabo una diligencia de instrucción que hubiera podido resultar muy esclarecedora como concretar el posicionamiento de las antenas, lo que hubiese permitido determinar el lugar en el que se encontraba el móvil.

“Sin perder de vista que el audio o la captura de pantalla no acreditaban que el teléfono estuviese en comisaría”, continúan los magistrados.

Y como no hay pruebas, los magistrados han anulado la sanción.

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #227 en: 18 de Septiembre de 2023, 09:15:33 am »
Interior estudia cómo aplicar la ‘Ley Trans’ a la norma sobre cacheos policiales


Ha creado un grupo de trabajo para decidir si modifica la instrucción de 2007 que ordena que los registros los haga un agente del mismo sexo

AURELIO RUIZ ENEBRAL
18/09/23 | 1:00

El Ministerio del Interior está trabajando para determinar si debe introducir cambios en la norma que regula los cacheos o registros personales que realizan los agentes de las Fuerzas de Seguridad, a la luz de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, conocida como ‘Ley Trans’.

Así lo confirmaron representantes de la Dirección General de la Guardia Civil en una reunión reciente de la Comisión de Igualdad y Diversidad, del Consejo de la Guardia Civil, según ha podido saber Confidencial Digital.

Temor a ser acusados de transfobia

La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) planteó el pasado mes de abril esta problemática. Pidió información, y alguna orden oficial, sobre cómo afectaba la ‘Ley Trans’ al trabajo policial diario, cuando los agentes tienen que cachear a una persona.

Esta asociación trasladó esta cuestión, por temor a que los guardias civiles, en su caso, o los policías nacionales, pudieran llegar a ser denunciados por alguna persona que se pudiera sentir discriminada, víctima de transfobia.

Revisión en la Secretaría de Estado de Seguridad

Como no recibió respuesta en su momento, la Asociación Unificada de Guardias Civiles volvió a plantear el tema ante la Comisión de Igualdad y Diversidad. Le preocupaba especialmente cómo abordar los casos de personas que sí han realizado su cambio de sexo en el registro, pero que no han cambiado físicamente.

Desde la Dirección General les trasladaron que se ha creado un grupo de trabajo en la Secretaría de Estado de Seguridad, del Ministerio del Interior, que está revisando la norma en vigor para ver si es necesario introducir cambios.

También les contestaron que de momento no se ha dado la casuística de algún incidente en este sentido, o esa es la información que manejan. En todo caso, apelaron a la “sensibilidad”.

Una instrucción de 2007
Los cacheos están regulados en la Instrucción 12/2007, de la Secretaría de Estado de Seguridad, sobre los comportamientos exigidos a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para garantizar los derechos de las personas detenidas o bajo custodia policial.

Esta instrucción establece cómo deben actuar los policías nacionales y los guardias civiles cuando detienen a una persona, cuando la custodian hasta el calabozo, y también cuando la cachean o registran.

 
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Entre otros puntos, determina que “los cacheos se llevarán a cabo, salvo urgencia, por personal del mismo sexo que la persona cacheada, y preferiblemente provistos del material de protección adecuado, especialmente cuando haya riesgos de contagio de enfermedades infecto-contagiosas. El criterio a seguir siempre en esta operación es el del máximo respeto a la identidad sexual de la persona cacheada, lo que deberá tenerse en cuenta muy especialmente en el caso de personas transexuales”.

Los cambios de la ‘Ley Trans’
Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles indican que la situación ha cambiado de forma importante con la nueva ley.

Hasta su entrada en vigor, una persona que en su documento de identidad constara como mujer, aunque hubiera nacido hombre, había pasado por un proceso de hasta dos años, en el que se habría hormonado u operado, en muchos casos.

Ahora, sin embargo, la ley facilita que se den casos en los que, por ejemplo, un hombre se haya registrado como mujer, pero que físicamente mantenga aspecto físico de hombre.

En teoría, cabe suponer que según la instrucción de 2007 del Ministerio del Interior, le tendría que cachear una mujer guardia civil. Pero es ese “vacío normativo”, y la novedad de la situación, el que inquieta a la Asociación Unificada de Guardias Civiles.

En patrullas, y en puertos, aeropuertos y aduanas
Esta asociación señala que, aunque la Dirección General asegura que no ha habido por ahora incidentes, los cacheos son muy habituales en el trabajo diario de los agentes.

Se dan en muchas actuaciones en las patrullas de seguridad ciudadana, e inevitablemente cuando se produce una detención.

Además, se registran a las personas que pasan por puertos, aeropuertos y aduanas, en algunos casos, con flujos tan importantes de viajeros como pueden ser el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, y el Puerto de Algeciras (Cádiz), por poner dos ejemplos.

Por eso, y conforme vaya aumentando el número de personas que realicen cambios registrales de sexo, temen que se pueda dar algún conflicto ante el que los agentes no sepan cómo actuar, por no haberse actualizado la instrucción de 2007 a la luz de la nueva Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #228 en: 23 de Enero de 2024, 07:05:46 am »


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Re: EL CACHEO
« Respuesta #230 en: 19 de Marzo de 2024, 06:57:22 am »
El Supremo confirma año y medio de cárcel a dos guardias civiles que obligaron a varios jóvenes a desnudarse en un control de drogas


Los jueces confirma las condenas impuestas a los agentes por delitos contra la integridad moral, sanciones que incluyen seis años más de inhabilitación, por actuar “contraviniendo de forma expresa los protocolos de actuación vigente”

18 de marzo de 2024 14:28h Actualizado el 18/03/2024 15:24h 18

El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de año y medio de prisión, con seis más de inhabilitación, a dos agentes de la Guardia Civil que en 2014 obligaron a tres jóvenes a desnudarse durante un control de drogas en Segovia. Los agentes, dice la Sala de lo Penal, “obraron con abuso de su función, sin justificación alguna plausible” y “contraviniendo de forma expresa los protocolos de actuación vigente”, y no reflejaron el incidente en las hojas de servicio.

Los hechos ocurrieron en junio de 2014 en un control de tráfico que la Guardia Civil había montado en la AP-6 en la zona cercana al peaje segoviano de El Espinar en dirección Madrid. Los agentes bajaron del coche a los tres jóvenes, dos hombres y una mujer, y empezaron a cachearlos. Una agente acudió para cachear a la mujer, que rompió a llorar al estar ocurriendo todo delante de todos los demás. Los agentes empezaron en ese momento a burlarse de ella: “No le ha gustado cómo la he tocado”, dijo la guardia civil.

Mientras tanto, los guardias condenados registraron el coche y preguntaron a los jóvenes que “dónde llevaban la droga”, procediendo a ordenarles que se desnudaran por completo para hacerles un cacheo integral. Lo hicieron, según la Justicia, saltándose todos los protocolos, sin que fuera necesario y causando a las víctimas “una humillación objetiva, que se tradujo en sentimientos de vergüenza y humillación”. No dejaron registro de estos incidentes en las hojas de servicio.

El Supremo ha confirmado las condenas que la Audiencia de Segovia impuso a dos de los implicados: año y medio de cárcel y seis años de inhabilitación para dos de los guardias civiles por delitos contra la integridad moral. La agente que participó en el cacheo a la mujer que rompió a llorar fue absuelta.

En sus recursos, los guardias civiles alegaban que un desnudo integral no tenía por qué atentar contra la integridad moral del detenido. El Supremo contesta que se obligó a los jóvenes a desnudarse, bajo amenaza de detención, sin que existiera “ningún indicio por mínimo que fuera” contra ellos. Los jueces hablan de una “absoluta gratuidad” de la actuación de los guardias civiles, sobre personas que ni siquiera estaban detenidas y, además, sin dejar constancia por escrito.

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