Autor Tema: EL CACHEO  (Leído 43809 veces)

Desconectado alertamedia

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #60 en: 27 de Agosto de 2007, 23:50:23 pm »
y en los 500 enlaces que le han puesto, pero no sé si tiene acceso.
usuaria autoexcluida

Desconectado musul

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #61 en: 28 de Agosto de 2007, 00:52:37 am »
Os parecerá una pregunta tonta, aunque tiene más fondo de lo que parece. Me gustaría saber cómo se realiza un cacheo correctamente y qué cuerpos tienen competencia para realizarlo. muchas gracias. Un saludo.
Tanita, explicanos el fondo y te daremos respuestas más concretas a tu pregunta, ya que es muy genérica.

Desconectado Rock'

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #62 en: 28 de Agosto de 2007, 03:53:18 am »
Os parecerá una pregunta tonta, aunque tiene más fondo de lo que parece. Me gustaría saber cómo se realiza un cacheo correctamente y qué cuerpos tienen competencia para realizarlo. muchas gracias. Un saludo.
no se si seras compa?era... por la pregunta imagino que no. la respuesta la tienes en los libros. un saludo

 .ca;

http://www.patrulleros.com/foro/index.php?topic=15811.msg206677#msg206677


:cuer;;guit;
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Desconectado tanita

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #63 en: 28 de Agosto de 2007, 07:05:30 am »
Digamos que me gustaría saber si, como en el caso de los que trabajamos en el aeropuerto, los de seguridad tienen derecho a cachearnos, gracias.
suéltame ya

Desconectado tanita

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #64 en: 28 de Agosto de 2007, 07:07:25 am »
mamvc, no me deja verlo.
suéltame ya

Desconectado mamvc

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #65 en: 28 de Agosto de 2007, 09:45:44 am »
mamvc, no me deja verlo.

El 1?, 3? y 4? estan en el Foro General - Dicusión General

El 2? al no ser profesional no tienes acceso, lo siento por incluirte un tema que no puedes ver

Digamos que me gustaría saber si, como en el caso de los que trabajamos en el aeropuerto, los de seguridad tienen derecho a cachearnos, gracias.

explicate sobre este asuto

cuando te cachean ??

cuando accedes a algún lugar que AENA te ha restringido ??

quien lo hace hombre o mujer ??

si es hombre, siempre es el mismo ??

salu2

 ;cosc;
Nunca te arrepientas de lo que hagas, sino de lo que no hiciste y deberías de haber hecho.

La justicia debe imperar de tal modo, que nadie deba esperar del favor de temer de la arbitrariedad.

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #66 en: 28 de Agosto de 2007, 10:19:10 am »
Os parecerá una pregunta tonta, aunque tiene más fondo de lo que parece. Me gustaría saber cómo se realiza un cacheo correctamente y qué cuerpos tienen competencia para realizarlo. muchas gracias. Un saludo.
todos menos los locales y/o municipales
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Desconectado ciudad-ano

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #67 en: 28 de Agosto de 2007, 19:07:10 pm »
Los vigilantes de seguridad podemos cachear o registrar.
En los aeropuertos supongo que pasará como en otros sitios donde el vigilante de seguridad realiza sus funciones junto con miembros de la seguridad publica; son estos los que delegan dichas funciones y nosotros cumplimos con la ley ya que nuestra obligación es la de colaborar con los cuerpos de seguridad del estado en lo que respecta a nuestro servicio, cuando estos nos lo soliciten.
De todas formas el "cacheo" que se realiza en los aeropuertos no es mas que pasar alrededor de las personas una raqueta que detecta  metales. Creo que no tendría que haber  motivo de preocupación por ello, tanto si nos cachean con una raqueta como palpando, sobre todo de aquellos que trabajan para la seguridad, ya sea publica como privada, pues la colaboración es algo esencial en nuestro trabajo. A mi me han cacheado en un aeropuerto y mi actitud ha sido la normal, sin malos gestos ni malas formas, he tratado de demostrar al resto de ciudadanos o usuarios que no es nada malo, mas bien es algo positivo para la seguridad.
SALUDOS.
EL EMPRESARIO ESPAÑOL QUIERE SER EUROPEO, PERO PAGAR SUELDOS AFRICANOS. HAY MILES DE EMPRESAS EN ECONOMÍA SUMERGIDA EMPLEANDO A PERSONAS SIN CONTRATO Y CUANDO HAY UN ACCIDENTE LABORAL SE DESENTIENDEN DE TODO.¿ESE ES EL MODELO DE EMPRESARIO EUROPEO?

Desconectado SIGPRO

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #68 en: 28 de Agosto de 2007, 19:36:03 pm »
Ciudad-ano, salvo que la ley haya cambiado, un VS no puede ni cachear ni registrar, ni siquiera un palpado superficial.

Si acaso puede solicitar a la persona que tenga delante que abra una mochila o similar, o pasar el detector de metales, pero nada más.

Otra cosa es que, para evitar molestias y similar, la gente permita que se haga para no tener que traer a un miembro de las FCS.

Independientemente de que crea que para esas funciones EXCLUSIVAMENTE los VS deban tener caracter de agente de la autoridad, pero de momento, no es así.

Un saludo.
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Re: EL CACHEO
« Respuesta #69 en: 28 de Agosto de 2007, 20:34:35 pm »
?No está ya vigente el artículo 76 de la LSP que dice "1.- En el ejercicio de la función de protección de bienes inmuebles, así como de las personas que se encuentran en ellos, los vigilantes de seguridad deberán realizar las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para el cumplimiento de su misión.

2.- No obstante, cuando observaren la comisión de delitos en relación con la seguridad de las personas o bienes objeto de protección, o cuando concurran indicios racionales de tal comisión, deberán poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los presuntos delincuentes, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los supuestos delitos"?.

Salud y suerte.

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #70 en: 28 de Agosto de 2007, 20:39:45 pm »
Comprobar sí.
Registrar un vehículo, no pueden.
Registrar tu mochila no pueden. No puede abrírtela y vaciarla. Pueden pedirte que la abras y echar un vistazo.
Prevenciones no incluye ni cacheos -más profundo que el palpado y realizado en una posición incómoda del sujeto pasivo- ni más cosas.

Un saludo.
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Re: EL CACHEO
« Respuesta #71 en: 28 de Agosto de 2007, 20:51:21 pm »
Yo he encontrado esto.

1. Los vigilantes de seguridad sólo podrán desempe?ar las siguientes funciones:

Ejercer la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos.

Efectuar controles de identidad en el acceso o en el interior de inmuebles determinados, sin que en ningún caso puedan retener la documentación personal.

Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección.

Poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los delincuentes en relación con el objeto de su protección, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, no pudiendo proceder al interrogatorio de aquéllos.

Efectuar la protección del almacenamiento, recuento, clasificación y transporte de dinero, valores y objetos valiosos.

Llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de centrales de alarma, la prestación de servicios de respuesta de las alarmas que se produzcan, cuya realización no corresponda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.


Dime dónde viene que puedan cachear y registrar a personas. En ningún sitio.

Lo que tú citas es del REGLAMENTO de Seguridad Privada, no de la Ley, que lo he encontrado, casualidad, en una web en la que la gente se queja de que les hagan abrir el bolso en caso de robo o similar.
http://www.mir.es/SGACAVT/respuestas/secretaria/seg_privada/i210597.html

VAmos, que te has confundido.

Un saludo.
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Re: EL CACHEO
« Respuesta #72 en: 28 de Agosto de 2007, 20:59:11 pm »
Es verdad, me he confundido. El articulado no está en la ley sino en el reglamento. Es que hace un tiempo que dejé la seguridad privada y uno tiene sus achaques. Gracias. Pero vamos, que eso no desvirtua el sentido de los artículos. Lo de que los vigilantes no pueden cachear es un punto de vista tan valido como el contrario, si bien me inclino por pensar que esa interpretación de la ley motivaría el absurdo de dejar sin eficiencia y sin sentido las labores de seguridad privada. En primer lugar, no hablamos de registros, que tienen una connotación más indagatoria e investigadora. Más represiva, puesto que se buscan los efectos y pruebas de un delito cometido y menos preventiva. Hablamos de un cacheo. Esto es, de una medida de prevención que tiende a evitar la comisión de un delito y la garantía de la seguridad del recinto en el que el vigilante trabaja. Creo que es por eso por lo que la ley habla de comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para desarrollar su labor. En la mayoría de las ocasiones, esta labor además, se realiza como función complementaria a la de la Policía en la salvaguarda de intereses privados. ?Qué sentido tendría su labor si tuviese que estar tutelada en todo momento por la actividad de policía pública o, en caso contrario, que no pudiese llevarse a cabo?.


Además ?Dónde pone que los vigilantes no pueden?.

Salud y suerte.
« Última modificación: 30 de Agosto de 2007, 15:53:58 pm por STREIKER »
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Re: EL CACHEO
« Respuesta #73 en: 28 de Agosto de 2007, 21:03:31 pm »
Sobre este tema ya hay un hilo abierto desde finales de 2005, no recuerdo como se llamaba a ver si lo encuentro y pego el enlace.Vssssssss
QUID PRO QUO

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #74 en: 28 de Agosto de 2007, 21:05:29 pm »
A ver Shin-Chan , la Lsp pone claramente las funciones que pueden hacer y las que no.
Y entre las que pueden hacer no figura la de cachear. No veo otra manera de decírtelo.

En el RSP sí figura que deberán hacer comprobaciones -por ejemplo un control de accesos, nada que discutir-, registros -a lo mejor se refiere a registros en el exterior de una finca o SIMPLEMENTE echar un vistazo a un bolso, tras solicitar a su portador que lo abra- o prevenciones -como pueda ser en una urbanización realizar recorridos-.
Eso jamás lo voy a discutir, pero un cacheo o palpado como el que tú y yo sí podemos hacer, NO pueden hacerlo.
El motivo, quizá porque el cacheo o palpado son diligencias que pueden vulnerar derechos fundamentales y por eso se reserva su uso únicamente a agentes de la autoridad, de la misma manera que una patrulla de seguridad privada en una urbanización no puede montar identificaciones de vehículos, pero una patrulla de FCS, sí.

Independientemente de que considere que sí deberían poder realizarlos -OJO, LOS CACHEOS- para evitar incidentes del tipo que sea.

Un saludo.
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Re: EL CACHEO
« Respuesta #75 en: 28 de Agosto de 2007, 21:09:36 pm »
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Re: EL CACHEO
« Respuesta #76 en: 28 de Agosto de 2007, 21:19:51 pm »
Entre nuestras funciones tampoco está definido el cacheo. Las referencias a este se dan en la normativa que regula su uso y las garantías a observar para llevarlo a cabo. En su caso, es lo mismo. Te pongo algún ejemplo. Estaremos todos de acuerdo en que si se comete un delito el vigilante debe poner a delincuete y objetos o pruebas a disposición de la policía. Un vigilante se encuentra deambulando por el interior de una empresa a una persona que está cometiendo un delito. Lleva un arma sin licencia. ?Cómo lo sabe?. Lo ha intuido por el volumen anormal que presenta el costado de su chaqueta. ?Debe poner en riesgo la seguridad de los presentes dejando que esa persona pasee armada por el recinto hasta la llegada de la policía? ?O debe proceder al cacheo (con todas las prevenciones necesarias) de la persona para verificar el riesgo y, de ser cierto, detenerla, intervenir el arma y entregarlo todo a la Policía?. Y en un aeropuerto privado ?es posible que gente armada deambule y suba a un avión porque el vigilante no puede verificar que una persona no porta objetos peligrosos?. Y ?es posible, con la normativa sobre seguridad privada, que una persona salga de una central nuclear portando elementos radiactivos porque no es legal que un vigilante registre su coche antes de abandonar las instalaciones?. La respuesta está en la ley.

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #77 en: 28 de Agosto de 2007, 21:36:03 pm »
Lamentablemente, no podrían hacerlo. Un VS no puede abrirte el maletero del coche. Otra cosa es que, para evitar perder tiempo y que venga un agente de FCS, lo permitas, como lo he permitido yo cuando, yendo en mi coche a Atocha, me han pedido que abra el maletero y lo he abierto sin ningún problema.
Pero según la LSP y el reglamento, así como todo lo que he leído por ahí, no pueden.

Que debieran poder, y como tal debiera legislarse, SÍ, pero de momento no es así.

Lo otro de que por indicios creas que pueda llevar un arma, evidentemente si el mal que se pretende evitar es mayor qeu el mal causado al sujeto pasivo, sí, y con pruebas, indicios MUY razonables, sí, pero si no, que se apriete los machos.

Y las funciones del cacheo quizá no aparece como tal en la 1/92 claramente redactado, pero para eso está la SES y sus instrucciones sobre cacheos, palpados, desnudos integrales.

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #78 en: 28 de Agosto de 2007, 21:53:46 pm »
Efectivamente. El cacheo no aparece entre nuestras funciones. Tampoco aparece entre las de los vigilantes de seguridad. Se regula cómo y cuando debemos efectuarlo. Lo mismo que ellos. En la normativa no aparece la prohibición de este tipo de actividades y, en cambio, sí que aparecen como método de prevención de conductas delictivas (se?al evidente de su aceptación legal). El vigilante no es un adorno. Es alguien que actua, de acuerdo a las funciones que tiene y con adecuación a las normas que regulan su actividad. La interpretación restrictiva de la ley no permitiría su aplicación.

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Re: EL CACHEO
« Respuesta #79 en: 28 de Agosto de 2007, 22:08:51 pm »
Lo que justifica que un miembro de las FCS pueda cachear y un VS no es la jurisprudencia, normas, etc, etc, y lo sabes.
Las leyes están mal hechas y lo sabemos, por eso hay que poner parches -instrucciones de la SES, etc- cada dos por tres.

Que sólo se puedan realizar unas funciones de seguridad, ?no prohíbe que se puedan realizar otras que no figuran como que puedan realizarlas?
En la LSP ponen unas funciones tasadas de las cuales no se pueden exceder, en cambio la 1/92 no restringe lo de los registros a cosas más intensivas -véanse cacheos o desnudos corporales-, lo que ocurre es lo qeu te he comentado, instrucciones de la SES, jurisprudencia, etc.

Un saludo.
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