Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 759807 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1420 en: 20 de Julio de 2008, 12:30:08 pm »
Como bien dices, el que se mezcla con putas termina puteado.
Lo importante no es saber. Lo importante es tener siempre a mano el teléfono del que sabe.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1421 en: 21 de Julio de 2008, 22:16:08 pm »
La Audiencia impone 10 y 12 a?os de cárcel a los dos policías que robaron cocaína en Jefatura

Sucesos
El tribunal considera "inductor e ideólogo" al agente de Valencia y autor del hurto al oficial de Madrid

Uno de los agentes ya confesó plenamente los hechos ante el tribunal y aceptó el castigo que la justicia le deparara. El otro acusado dijo ser "víctima de una venganza", juró y perjuró no saber nada del tema y aseguró estar pasando un infierno de trastornos psiquiátricos desde los hechos. Pero la Audiencia no traga con la versión ofrecida por el segundo de los procesados. No sólo eso: lo considera "sin duda ninguna" como inductor e ideólogo del robo de 20 kilos de cocaína de la Jefatura Superior de Policía de Valencia en julio de 2006.

Así califica la sección cuarta a M. G. T., el agente destinado en Valencia, a quien la Audiencia impone 12 a?os de prisión. Su cómplice y ladrón confeso del estupefaciente, J. L. A. G. -vecino de Alcorcón-, es condenado a 10 a?os de prisión. El tribunal impone por último nueve a?os al joven rumano a quien este entregó parte de la droga para intentar venderla.

Junto a la privación de libertad, la sentencia fija a los agentes el pago de dos millones de euros. La resolución destaca las contradicciones del policía valenciano en su declaración. Así, aseguró por un lado que el otro agente "era muy amigo suyo" y, al mismo tiempo, afirmó que lo estaba implicando "en venganza por un asunto de faldas".

La Audiencia estima que el policía destinado en la vigilancia de la puerta trasera de Jefatura pudo ver el contenido de la furgoneta estacionada en el patio -con 500 kilos de droga intervenidos en el puerto de Valencia- y conocía que, por falta de seguridad, tenía al alcance el alijo y era fácil cogerlo.

El tribunal considera probado que M. G. T. llamó por teléfono a J. L. A. G., le expuso el plan y le pidió que fuera a Valencia con el uniforme, que él le franquearía el acceso a Jefatura. La Audiencia argumenta que el policía de Madrid "no podía saber que la furgoneta seguía en el patio, ya que no debía estar tanto tiempo allí, así como que estaba abierta y que la droga era accesible", de no ser que se lo hubiera comunicado su compa?ero.

El agente valenciano sostuvo en el juicio que se vio sorprendido por la llegada del otro acusado y que no supo reaccionar cuando este empezó a robar la cocaína. La resolución destaca que las cámaras de Jefatura grabaron la "amplia sonrisa" del procesado mientras habla por teléfono una vez culminado el plan, "lo que elimina de plano el choque que este dice que le había producido la presencia de su amigo".


Vigilancia "desastrosa"
El abogado del agente que vigilaba el acceso al edificio policial hizo hincapié, como prueba del desconocimiento de su cliente de lo sucedido, en que el acusado tenía acceso a las cintas de las cámaras que filmaban el patio y que pudo eliminarlas para hacer desaparecer pruebas, algo que no hizo. Pero los magistrados sostiene que el plan "si no perfecto, no era malo", pues los procesados contaban con lo "desastroso" de la situación de la furgoneta y la droga.

"Lo normal era que no se echasen en falta unos pocos kilos de droga, con lo que nadie iba a mirar las cintas, que iban a ser borradas o regrabadas", apunta la sentencia.

Tras el robo, J. L. A. G. regresó a Madrid y escondió la droga sustraída, dispuesta en dos tablas de 10 paquetes de un kilo cada una de ellas, en un trastero de su padre en Alcorcón. El fallo a?ade que el agente de Valencia viajó al día siguiente a Madrid para acordar con su cómplice cómo vender la droga y a qué precio hacerlo.

El 10 de agosto, el policía madrile?o contactó con un joven rumano, portero de discoteca, al que le entregó tres kilos de cocaína para que los vendiera por una cantidad cercana a los 33.000 euros.

Pero no hubo forma de encontrar compradores para el alijo de estupefaciente. Los días 17 y 18 de agosto fueron detenidos los dos agentes del Cuerpo Nacional de Policía y se recuperaron los 17 kilos de cocaína escondidos en el trastero. J. L. A. G. confesó entonces a los investigadores que el resto del estupefaciente lo tenía el ciudadano de Europa del Este.

Los agentes se desplazaron al domicilio del tercer acusado e intervinieron el resto de la droga sustraída, además de una báscula de precisión y 700 euros en efectivo que procedían de esta actividad ilícita, como recoge la sentencia de la sección cuarta.

La Audiencia destaca que los 20 kilos de cocaína robados, de haber sido vendidos en dosis o en gramos, habrían generado unas ganancias para los acusados superiores al millón de euros.

El tribunal impone también el pago de una multa de 600.000 euros al portero de la discoteca madrile?a por un delito contra la salud pública. La sentencia no es firme y todo indica que, al menos el abogado del agente que negó los hechos ante la Audiencia, recurrirá la condena ante el Tribunal Supremo.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1422 en: 22 de Julio de 2008, 07:58:38 am »
LA FISCALÍA PEDÍA 175 A?OS

'Nanysex', condenado a 58 a?os por 11 delitos sexuales a cinco menores

* El abogado de las víctimas recurrirá al Supremo por considerar 'insuficiente' la pena
* Las vejaciones se han tipificado como abusos por no apreciarse evidencias de violencia
* El Defensor del Menor de la CAM califica de 'inadmisible' que no se considere como agresión

Actualizado lunes 21/07/2008 17:53 (CET)
AGENCIAS | ELMUNDO.ES
MADRID.- La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al pederasta Álvaro Iglesias, alias 'Nanysex', a 58 a?os de prisión por cinco delitos de abusos sexuales y seis delitos de corrupción de menores cometidos contra cinco menores entre 2002 y 2004 en las localidades madrile?a de Collado Villalba y la murciana de Lo Pagán.

El abogado Manuel Maza, que representa a varias víctimas, ha anunciado que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo al considerar que la pena impuesta al pederasta es insuficiente.

La sentencia describe también las secuelas y el fuerte trauma psicológico que sufren algunas de las víctimas y que pueden afectar a su futura "evolución sexual" en la edad adulta.

Además de las penas de cárcel, el tribunal considera que 'Nanysex' y los otros tres condenados deberán indemnizar en un total de 700.000 euros a los menores que sufrieron los abusos.

El tribunal se?ala que la pena impuesta a los procesados responde a la "gravedad de los delitos cometidos" y apunta que dicha gravedad se deduce del "contenido mismo" de los actos, así como de la edad de las víctimas y del "número de actos realizados".

Según la sentencia dictada por la Sección 23 de la Audiencia provincial, la gravedad de los hechos se ve "intrínsecamente cualificada" por el hecho de que tres de los procesados "aprovecharan la realización de este tipo de actos depravados para grabarlos y poder distribuirlos posteriormente entre terceras personas".

En contra de lo que pidió el Ministerio Público, la Audiencia Provincial califica los delitos de continuados, en vez de contemplarlos de manera individual, esgrimiendo que la continuidad delictiva se justifica en que "las acciones realizadas sobre los menores responden a una misma idea criminal y a un propósito delictivo por parte de sus autores, no existiendo una diferencia temporal grande".

En la última sesión del juicio, la Fiscalía pidió para 'Nanysex' 75 a?os de cárcel por 23 delitos de abusos sexuales. El fiscal estimó que las vejaciones debían de ser tipificadas como abusos y no como agresiones sexuales al no apreciar en las imágenes evidencias de violencia o intimidación, requisitos que exige la Ley para que haya una violación.

En este sentido, la resolución subraya que no se puede acoger la calificación de agresión sexual porque "no se ha acreditado que haya existido realmente violencia física o intimidación", si bien reconoce que "en algunos casos que obran en las actuaciones se aprecia como uno de los procesados, Álvaro I.G., sujeta a alguno de los menores con sus manos la cabeza" para vejarle.

El Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Arturo Canalda, ha calificado de "inadmisible" que se condene a 'Nanysex' por abusos sexuales y no po por agresión.

"No tiene sentido que a pesar de que los menores son muy peque?os y no pueden ejercer oposición contra la agresión que están sufriendo, sólo se contemple un delito de abuso sexual", ha explicado Canalda.

Deducción de testimonio
Asimismo, la sentencia se?ala que el caso de 'Nanysex', que cometía los abusos aprovechando que se quedaba de "canguro" de los menores, "crea una grandísima alarma social a la que el Estado ha de responder de manera firme".

El Tribunal que enjuició los hechos, reconociendo que "puede parecer sorprendente" ha ordenado también deducir testimonio contra el padre que agredió a 'Nanysex' en una de las sesiones del proceso pese a que ninguna parte lo solicitó.

En la sentencia hecha pública este lunes, se ha condenado también a 31 a?os de cárcel por delitos de abusos a menores y corrupción a José G.C., a 14 a?os y medio a Eduardo S.M. y a tres a?os de prisión a Antonio O.M., en este caso por distribuir material pornográfico de menores.

Abusos desde los 13 a?os
'Nanysex' fue detenido el 26 de mayo de 2005 tras una investigación policial descubrió que el procesado se ofrecía como 'canguro' para acercarse a los ni?os y grababa sus actos de abusos a menores en vídeos que posteriormente intercambiaba con los otros procesados a través de Internet.

Para captar a sus víctimas, Álvaro I.G., que trabajaba habitualmente en una tienda de informática y regentaba un cibercafé en Murcia, publicaba un anuncio en Internet y en los periódicos que decía: "Canguro a domicilio. Experiencia con ni?os y educación infantil.

El pedófilo comenzó a abusar de ni?os menores de cinco a?os cuando tenía 13 a?os según explicó a uno de los psiqíatras presentes en el proceso judicial.

Según indicó el especialista, 'Nanysex' cumple los parámetros para determinar que sufre un trastorno denomindado parafilia de tipo pedófilo por la prontitud de su "delincuencia sexual" y sus continuos intentos de dejar el tratamiento psiquiátrico que recibía.


 ;vom; ;vom; ;vom; ;vom; ;vom; ;vom; ;vom; ;vom; ;vom; ;vom;

salu2

 ;cosc;
Nunca te arrepientas de lo que hagas, sino de lo que no hiciste y deberías de haber hecho.

La justicia debe imperar de tal modo, que nadie deba esperar del favor de temer de la arbitrariedad.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1423 en: 22 de Julio de 2008, 19:36:45 pm »
Imputados dos policías por la muerte de un inmigrante
22.07.08 - EFE| ALICANTE / ALMERÍA

La Audiencia Provincial de Alicante ha estimado el recurso interpuesto por el abogado de la familia del nigeriano Osamuyi Akpitaye, muerto en un vuelo cuando era deportado a su país, y ha ordenado a la juez instructora del caso que siga el procedimiento judicial por los trámites de delito

Akpitaye, de 23 a?os, murió el 9 de junio del 2007 en un avión de Iberia cuando, junto a dos compatriotas, era deportado a Nigeria bajo la vigilancia de dos agentes de paisano de la Policía Nacional. Además, considera necesario que se practiquen las pruebas de identificación de los tres policías del aeropuerto de Barajas que, supuestamente, ayudaron a los agentes imputados a atar a los deportados antes de subir al avión.

El bebé sigue grave

Once días después de que llegaran al puerto de Almería los 33 inmigrantes rescatados de una patera en la que murieron hasta quince personas, cuatro de los supervivientes continúan hospitalizados, entre ellos, el único bebé, entre los diez que viajaban, que soportó la travesía. El peque?o, que ingresó junto a su madre, sigue en la UCI, aunque en los próximos días pasará a planta.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1424 en: 24 de Julio de 2008, 09:58:14 am »
`Makelele´, absuelto de denuncia falsa al no citarse a los policías que la tramitaron

 En libertad y a la espera del juicio de Jenaro de la Fuente. Gran Vigo La Fiscalía lo acusaba de simular el robo de su quad, pero el juez lo exculpa por falta de prueba M. FONTÁN / VIGO Absuelto. El Juzgado de lo Penal número 2 de Vigo ha exculpado a Jorge Luis S.M., Makelele, del delito de denuncia falsa que le imputaba la Fiscalía, que sostenía que el joven había denunciado falsamente el robo de su quad ya que días antes había sido sorprendido circulando en este vehículo a más de 135 kilómetros por hora. ?El motivo de la absolución? La falta de prueba. El joven negó los hechos y, pese a existir la denuncia que se realizó en su día ante la Policía Nacional, ésta por si sola no es un método de prueba válido en un juicio. Deberían haber declarado los agentes que la recogieron y tramitaron, pero estos no fueron citados para la vista judicial.

Makelele, que está pendiente del juicio por el accidente mortal de Jenaro de la Fuente, se enfrentaba al pago de una multa de 3.600 euros. En el juicio, celebrado el 24 de junio, cuando el joven aún estaba en prisión provisional, negó que hubiese presentado esa denuncia. En la vista declararon dos policías nacionales, pero no fueron los que recogieron la denuncia en la comisaría, sino los que intervinieron en la persecución del quad días antes, concretamente el 9 de agosto. Los agentes relataron que, cuando se enteraron de que Makelele había presentado la denuncia, él les dijo que lo había hecho para librarse y que aquel día se había escapado porque carecía de seguro.

Pero las declaraciones de estos testigos no son suficientes. Debían de haber comparecido los que tramitaron la denuncia en comisaría -para probar lo que aparecía en ese documento-. Pero esos agentes no fueron citados.
En el juicio, el ministerio fiscal había solicitado la condena del joven al considerar la denuncia falsa "a todas luces", mientras que el abogado defensor, cuya petición principal era la absolución de su cliente, impugnó la denuncia por dos motivos: por no presentarse el documento original y por no testificar los agentes que la recogieron en la comisaría. La sentencia que acaba de dictar el titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Vigo no es firme, por lo que todavía cabe la posibilidad de presentar un recurso ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1425 en: 24 de Julio de 2008, 13:31:04 pm »
Que triste . . . . y a nadie se le van a pedir responsabilidades por esto? ? ? ? ? . . . . esperemos el recurso de la Audiencia Provincial para ver en que queda este asunto.

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1426 en: 24 de Julio de 2008, 13:44:22 pm »
Que habria pasado si les citan y no van??
Como es un error judicial no pasa nada
Ante el defecto de pedir, esta la virtud de no dar
yo aportare economicamente


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1427 en: 24 de Julio de 2008, 13:51:39 pm »
En tiempos yo pedí la anulación de actuaciones ya que el juicio se celebró sin haberme citado en forma.... y el Juzgado, tras verificar que era cierto, anuló las mismas y se celebró un nuevo juicio... y si en el primero se le absolvió por falta de la ratificación de mi denuncia, en el segundo fue condenado...

El fiscal deberá ahora recurrir la sentencia ya que debió pedir la suspensión del juicio para que se citase a los dos policías que recepcionaron la denuncia... error del Fiscal, a mi modo de entender, de no pedir la testifical en su momento.
« Última modificación: 24 de Julio de 2008, 13:53:32 pm por 47ronin »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1428 en: 24 de Julio de 2008, 18:39:05 pm »
A mí me pasó lo mismo. Se repitió el juicio.

Salud y suerte.
J. David G? Castilla también soy yo.
Los gobiernos pasan, las sociedades mueren, la policia es eterna.
Non nobis,Domine, non nobis sed Nomini tuo da gloriam.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1429 en: 26 de Julio de 2008, 09:12:08 am »
20.000 euros de indemnización para una manifestante que fue golpeada por la policía
El Ministerio del Interior ya reconoció su responsabilidad por los hechos
PERE RÍOS - Barcelona - 26/07/2008

20.104 euros. Esa es la indemnización que ha fijado la justicia para Sara B. C., una mujer que fue golpeada por agentes del Cuerpo Nacional de Policía en 2004 al finalizar una manifestación en la que no participó y a la que era ajena. Así se relata, al menos, en la sentencia que ha dictado el Juzgado Central Contencioso-Administrativo número 8 de la Audiencia Nacional en la que se reconoce la responsabilidad patrimonial del Estado por los hechos.

Tras el incidente, la afectada presentó una reclamación administrativa y el 18 de septiembre de 2006 el Ministerio del Interior le reconoció una indemnización de 4.155 euros. Pero la mujer consideró que era insuficiente, recurrió y ahora la justicia ha elevado la cantidad de manera considerable. La sentencia ya no puede ser recurrida.

Los hechos ocurrieron el 1 de mayo de 2004. Al finalizar una manifestación convocada por grupos alternativos, diversas personas causaron destrozos en entidades bancarias, comercios y cabinas telefónicas. Un grupo asaltó un antiguo edificio policial, cerrado desde 2003 y situado a unos 50 metros de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona, en la Vía Laietana. Eso provocó la intervención de los antidisturbios y se lanzaron todo tipo de objetos. En esos incidentes fue golpeada Sara B.

En la reclamación ante el ministerio, la mujer aportó unas fotografías en las que aparece sola, tendida en el suelo, mientras es golpeada por un policía al que no parece agredir ni ella ni un tercero. El informe policial, sin embargo, constata que la mujer participó en los altercados y que "tanto la reclamante, una de las dos testigos, así como el fotógrafo y el abogado que presenta la reclamación patrimonial, son miembros activos de los movimientos okupa y antisistema".

Y en esta tesitura de tener que inclinar la balanza, la magistrada da la razón a la joven manifestante. La sentencia rechaza la tesis invocada durante el proceso judicial por el Consejo de Estado que sostiene que la mujer se puso en una situación de riesgo al acudir al lugar donde se estaban produciendo los enfrentamientos violentos. Según aquel organismo, "resulta incomprensible la casualidad" de que la mujer pasara por la vía en la que se producían los altercados, por lo que "necesariamente tuvo participación en ellos".

Pero la sentencia entiende que "esta presunción es rigurosamente inaceptable y se basa en un hecho no sólo no establecido, sino contradictorio" con las declaraciones de los testigos. Por tanto, la juez concluye que no está probado el comportamiento antijurídico de la manifestante y que no tenía porqué soportar el da?o padecido.

Para calcular la indemnización, la juez ha considerado los dos días de hospitalización que sufrió la manifestante, otros 120 días impeditivos de su trabajo y 81 días más no impeditivos, así como 10.303 euros por las lesiones causadas.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1430 en: 26 de Julio de 2008, 09:42:39 am »
SALAMANCA.- Rafael Ricardi, el preso natural de la localidad gaditana de El Puerto de Santa María recluido en Topas para cumplir una condena de 36 a?os por una violación que no cometió, ha recuperado después de 13 a?os y 7 meses, la libertad. El juez de vigilancia penitenciara ha resuelto el informe para la concesión del correspondiente tercer grado, con el visto bueno de la Junta de Tratamiento del centro penitenciario.

Al salir de la cárcel de Topas, Ricardi, que estaba acompa?ado de su abogada Antonia Alba y un familiar, ha mostrado su "confianza" en la Justicia pese a lo ocurrido aunque Alba ha anunciado que se denunciará a la Justicia por lo ocurrido y que continuarán peleando para que concluya todo el proceso judicial, puesto que a efectos legales Ricardo sigue siendo culpable hasta que la sala 2 del Tribunal Supremo no anule la sentencia.

Ricardi, que ha asegurado sentirse "muy nervioso" y "muy contento" con su puesta en libertad condicional, ha confirmado su intención de viajar hoy mismo al Puerto de Santa María para reunirse con su familia y donde previsiblemente ofrecerá una rueda de prensa en los próximos días.

Rafael Ricardi, había sido condenado por una violación cometida en la madrugada del 12 de agosto del a?o 1995 sobre una joven en la localidad de El Puerto de Santa María, que había sido abordada por dos hombres cuando viajaba en su moto. La víctima aseguró que los hombres iban encapuchados pero que uno de ellos padecía un defecto visual, circunstancia que coincide con Ricardi, que es estrábico y en aquella época adicto a las drogas.

Sin embargo y tras ser detenido, entre enero de 1997 y junio de 1999 se produjeron hasta siete violaciones en la zona gaditana con un modus operandi similar al que se achacaba a Ricardi. La suerte de este preso comenzó a cambiar en junio del 2007, cuando fue detenido Fernando Plaza, un delincuente que también tiene una deficiencia visual y cuyo ADN coincidía con el hallado en las pruebas de la violación que presuntamente había cometido Ricardi.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1431 en: 11 de Agosto de 2008, 10:58:35 am »
MANACOR.- El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) en una sentencia firmada por la Alta Magistratura el pasado 11 de julio de 2008 que no reconocía la autoridad de los agentes de la ORA de Manacor para poner multas a los usuarios que incumplían la normativa de la zona azul.

Según la sentencia, los mencionados agentes no tienen competencias ni rango en las sanciones que certifican y sólo son validas aquellas multas que son tramitadas por un policía municipal u otro agente reconocido de la autoridad. De esta manera, se establece que el empleado de la ORA puede informar a los usuarios, pero las sanciones deben ser impuestas por un profesional. En Manacor no sucede como en otros municipios de la Isla donde la figura del agente de la ORA se halla integrada en el cuerpo de Policía local.
Sin rango

Varios vecinos de Manacor se negaron a pagar en el a?o 2000 un total de 78 denuncias que habían emitido los agentes de la ORA. Todos los vecinos coincidían en sus alegaciones en que los empleados de la Zona Azul no tenían categoría profesional para elevar a multa económica firme las sanciones. El Ayuntamiento manacorí no aceptó los recursos ordinarios ni administrativos y los mencionados vecinos impugnaron las sanciones por vía judicial.

En 2003, el TSJB acabó por dar la razón a los vecinos. En la sentencia establecía que los agentes de la ORA del municipio debían "asesorar" e "informar" a los usuarios y sólo tenían competencias para imponer sanciones los policías locales u otra autoridad de igual rango con escala profesional, cargo que no ostentaban los empleados de la Sociedad Anónima Municipal (SAM).

El Consistorio aseguraba en sus alegaciones que cada multa era rubricada por un agente local y que los trámites de las sanciones se hacían en el departamento de Interior; los empleados de la ORA solo informaban de las infracciones.

El TS mantiene el mismo parecer que el TSJB, ya que la máxima aurotidad judicial entiende que está plenamente demostrado que quien pone la sanción "es el agente de la ORA y que no hay delante un policía local para firmar la denuncia que luego se tramita y se cobra desde los servicios de recaudación municipal".

Esta práctica del servicio de Manacor se?ala la sentencia dictada por el TS, "no se ajusta a la legalidad" y es nula de pleno derecho. Todo indica que las 78 denuncias en litigio quedarán definitivamente anuladas y que la SAM será la que a la postre tenga que asumir además las costas del pleito. El abogado que ha defendido los intereses de los vecinos se?alaba que, ahora, el Ayuntamiento estará obligado a contratar agentes de la autoridad para poner las multas de la zona azul, ya que los actuales empleados públicos carecen de la titulación y el rango necesario.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1432 en: 13 de Agosto de 2008, 18:18:42 pm »


En relacion con la aportacion de William....


                                       <a href="http://www.elmundo.es/elmundo/2008/08/11/baleares/1218437321.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer" class="bbc_link bbc_flash_disabled new_win">http://www.elmundo.es/elmundo/2008/08/11/baleares/1218437321.html</a>
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1433 en: 03 de Septiembre de 2008, 08:35:58 am »
La Audiencia Provincial juzgará el próximo 12 de septiembre por coacciones, amenazas y prevaricación a un suboficial de la policía local, R. A. R., y dos agentes a su mando, P. F. M. y A. C. G., que supuestamente urdieron un plan para presionar y amedrentar al due?o de un taller que había comprado una furgoneta por la que había mostrado también interés el suboficial. La fiscalía ha pedido para los tres policías dos a?os de prisión.

El suboficial quería que le revendiera la furgoneta, una Mercedes Vito, para el equipo de mantenimiento de un colectivo de coches clásicos, pero no llegaron a ningún acuerdo, por lo que el oficial le indicó que se atuviera a las consencuencias, según siempre la versión de la Fiscalía. Por ello, los acusados, aprovechando un día que todos coincidieron de servicio, decidieron retirar de la vía pública varios vehículos propiedad del taller que estaban estacionados en la Ronda de San Francisco.

PREVARICACION Los hechos ocurrieron entre marzo y octubre del a?o pasado. Una noche de octubre los agentes retiraron con la grúa la furgoneta en discusión y otro vehículo a sabiendas de que no incurrían en ninguna infracción puesto que eran vehículos que no circulaban por la calle, de ahí el delito de prevaricación.

Cuando el due?o del taller se personó en el centro de la policía local para que se les devolvieran los vehículos, el suboficial lo impidió alegando aparcamiento inadecuado. El due?o del taller tuvo que recurrir a los tribunales para que les fueran devueltos los vehículos de su propiedad. Así que presentó una denuncia en el juzgado y finalmente pudo recuperarlos por orden judicial.

La Fiscalía ha considerado la agravante de ser empleado público para la imposición de la pena. Además de la condena de dos a?os, se le solicita a los acusados que indemnicen al due?o del taller con 3.000 euros.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1434 en: 10 de Septiembre de 2008, 12:40:13 pm »
El juicio contra dos policías locales se retrasa al 21 de enero

El fiscal pide dos a?os de prisión por un presunto delito de lesiones a un joven

E. Press / Granada | Actualizado 10.09.2008 - 01:00
 
El juicio previsto para ayer contra dos agentes de la Policía Local de Granada acusados de lesionar a un joven al que supuestamente rompieron la clavícula tras detenerle y esposarle después de que les dijera que no poseía documentación fue aplazado al próximo 21 de enero por la imposibilidad de un letrado de acudir a la vista, según confirmaron fuentes judiciales.

La Fiscalía pide para cada uno de ellos, de iniciales M.J.M. y J.M.E., una pena de dos a?os de prisión al considerar los hechos constitutivos de un delito de lesiones con el agravante de abuso de superioridad. En concepto de responsabilidad civil el fiscal pide además para los acusados una indemnización conjunta de 6.700 euros al joven.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1435 en: 11 de Septiembre de 2008, 23:21:56 pm »
A los guardias dos a?os de prisión, y al juez que no metió en la carcel al asesino de Mariluz 1500? de multa, equitativo que se llama.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1436 en: 13 de Septiembre de 2008, 10:27:03 am »
E.D.G. La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Torrevieja ordenó ayer el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza de la agente de la Policía Local de San Miguel de Salinas, acusada de un supuesto delito contra la salud pública por tenencia y tráfico de estupefacientes. Junto a ella han ido a prisión otros dos detenidos, el presunto cabecilla de la banda y su socio, este último marido de la agente policial procesada. Tres de los cuatro detenidos prestaron declaración ayer en el Palacio de Justicia de Torrevieja y el cuatro en Orihuela, tras ser arrestados el pasado martes por Agentes de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (UDYCO II) del Cuerpo de la Policía Nacional de Murcia, en viviendas del municipio de Los Montesinos.
Las cuatro personas detenidas, integrantes de un grupo organizado, distribuían drogas de dise?o en las zonas de ocio de la Región de Murcia, en puntos de la provincia de Alicante y en otros lugares de la costa levantina, informó ayer la Policía Nacional.
En el desarrollo de la operación policial fueron detenidos J.J.B.M., de 33 a?os, residente en Los Montesinos, considerado el principal responsable del grupo, que se dedicaba a la adquisición, manipulación y corte de dichas sustancias, así como a su venta a otros narcotraficantes de menor entidad, que son los encargados directos de la distribución en los locales de ocio.
Además, fue detenido el matrimonio integrado por M.M.M., de 41 a?os de edad, socio y colaborador directo del anterior, residente igualmente en Los Montesinos, y su esposa V.C.M., de 34, agente de la Policía Local, en la localidad de San Miguel de Salinas.
También fue detenido F.B.G., de 30 a?os, segundo escalón de la organización, distribuidor directo en locales nocturnos de la droga que adquiría al responsable del grupo. Este diario desconocía ayer si ha quedado libre o no tras prestar declaración.
En el desarrollo de las investigaciones ordinarias que realizan los agentes de UDYCO, para el control del consumo y distribución de sustancias estupefacientes en el denominado "mundo de la noche", en pubs, discotecas, "after hours" y zonas de ocio en general, detectaron la actividad de este grupo, y tras diversas vigilancias se fueron identificando a sus componentes, comprobando que residían en la localidad de Montesinos. Según la Policía Nacional, las medidas de seguridad que adoptaba la banda en sus movimientos, para evitar ser sorprendidos por los agentes, y las dificultades de seguimiento al tratarse de una peque?a localidad, dificultaron los seguimientos y vigilancias, si bien se les sorprendió en un "pase" de 100 gramos de "speed" que JJ.B.M. realizó a F.B.G., que fueron detenidos. Fue detenido el matrimonio integrado por M.M.M. y V.C.M., agente de la Policía Local de San Miguel de Salinas, que desde el pasado mes de diciembre se encuentra de baja psicológica.
RESULTADOS
Incautado un "supermercado" de droga
La operación policial ejecutada en Los Montesinos se ha saldado con la incautación, tras los registros domiciliarios, de 850 pastillas de éxtasis, 20 cápsulas de cristal, 3.400 gramos de speed, 500 gramos de hachís, 2 lgs de cogollos de marihuana, setas alucinógenas, importante cantidad de planta de marihuana, plato impregnado de mezcalina, diversas dosis de LSD,150 gramos de sustancia de corte, 3 balanzas de precisión, aparatos de informática, precursores (acetona, gas, etc), varias papelinas de cocaína, útiles de corte y confección de las dosis de las drogas y documentación importante sobre operaciones del grupo ahora desarticulado. Es de destacar, según la Policía Nacional, la intervención de una encapsuladora, máquina utilizada para la confección de cápsulas con distintas clases de sustancias de estupefacientes.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1437 en: 13 de Septiembre de 2008, 10:27:31 am »
Ayer quedó visto para sentencia, después de 9 horas, el juicio celebrado en la Audiencia Provincial en el que se dilucidaba la responsabilidad de tres miembros de la Policía Local de Cáceres por supuestas coacciones. Los imputados eran un oficial del cuerpo, R. A. R., y dos agentes, P. F. M. y A. C. G.

Los hechos se remontan al 28 de marzo del 2007, cuando R. A. R. acudió, vestido de uniforme y en el coche policial, al establecimiento de Automociones Reyes López, en la Ronda de San Francisco, para acompa?ar a José Luis B., presidente de una asociación de vehículos clásicos, en la gestión de compra de una furgoneta Mercedes Vito.

Según declararon ayer los propietarios de Automociones Reyes, la conversación fue subiendo de tono al negarse ellos a vender, hasta el punto de que R. A. R. les manifestó "que se atuvieran a las consecuencias si no la vendían". R. A. R. negó ayer haber pronunciado esas palabras y su acompa?ante, José Luis B., manifestó que la conversación discurrió por cauces normales.

LA GRUA Unos días después, la noche del 10 al 11 de abril, la grúa de la Policía Local se llevó al depósito dos vehículos: la Mercedes Vito que había sido objeto de aquella conversación y otro vehículo propiedad de Automociones Reyes. Una dotación policial compuesta por P. F. M. y A. C. G., los otros dos imputados, fue la que tramitó las denuncias. Los agentes declararon ayer que denunciaron a ambos vehículos por estar mal estacionados y por carecer del seguro obligatorio, información ésta última que obtuvieron llamando a la Jefatura.

Cuando el día 11 el representante de Automociones Reyes vio que sus vehículos habían desaparecido fue a la Jefatura y allí le explicaron, según declaró en el juicio, que los vehículos se habían retirado por carecer de seguro. Cuando aportó la documentación del seguro, y transcurrido un día más, le dijeron que el motivo era que estaban mal aparcados. Reyes interpuso una denuncia en el juzgado, que ordenó que se le devolvieran los vehículos, y R. A. R. fue detenido.

Tras el juicio celebrado ayer, el fiscal considera que lo sucedido fue en realidad "una represalia" hacia los propietarios de Automociones Reyes por no haber vendido la furgoneta. El fiscal afirma que R. A. R "conocía desde el primer momento que el vehículo mal aparcado era la Mercedes Vito" y que fue el propio oficial el que promovió la averiguación de los datos de seguro "para dar una apariencia de legalidad a su actuación", ya que "esas comprobaciones no son algo que se haga siempre con los vehículos que se retiran".

Otro dato irregular, a juicio del fiscal, es la ausencia de los boletines de denuncia en los limpiaparabrisas de los vehículos retirados. Los agentes acusados, P. F. M. y A. C. G., declararon ayer que ellos los dejaron allí, pero el agente responsable de la grúa no pudo asegurar si los vio o no.

El fiscal considera que la conducta de los agentes supone un delito de coacciones y pide para cada uno de ellos dos a?os de prisión, inhabilitación para ejercer empleo o cargo público por el tiempo de la condena y la obligación de indemnizar al denunciante con 3.000 euros. La acusación particular a?adió a la petición del fiscal los delitos de amenazas y prevaricación. Los abogados de la defensa solicitaron la libre absolución de los tres imputados por considerar que actuaron de manera "intachable".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1438 en: 16 de Septiembre de 2008, 08:02:37 am »
Una vendeta tan extravagantes es la que llevará ma?ana a M. S. A., vecino de Conil, al banquillo de los tribunales, como supuesto autor de este incendio.

Sobre el acusado pesa una petición de pena de hasta ocho a?os, además de una orden de alejamiento del policía y su casa por 10 a?os.

Los hechos ocurrieron en la zona de marcha de las Carpas, en Conil, donde el acusado tenía la música a toda voz en su coche. Dos agentes le reprendieron y él les respondió que ?para algo traen los coches el radiocassette?. Después, les amenazó: ?Lo pagaréis caro?. Acto seguido, compró una botella de gasolina y con ella, en la casa de uno de los agentes, roció sus dos coches y les prendió fuego.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1439 en: 16 de Septiembre de 2008, 08:15:03 am »
El juzgado ha absuelto a los dos agentes de la Policía Local que habían sido acusados de agredir a un inmigrante de Ghana en El Campillín el pasado mes de diciembre. La supuesta víctima, a su vez, estaba inculpada de los delitos de resistencia a la autoridad y agresión. El inmigrante había denunciado la supuesta brutalidad policial apoyado por SOS Racismo y ASCIZ, que pidió una investigación interna en el cuerpo y en el Ayuntamiento para depurar las posibles responsabilidades.
La sentencia, según informó ayer el sindicato UGT, va más allá y pone en duda la veracidad de los testimonios presentados por los testigos de la acusación. Ante estos hechos, la sección sindical ha solicitado a la concejala de Seguridad Ciudadana que actúe ?contra las personas que presuntamente testificaron falsamente? contra los dos agentes.
En el juicio, comparecieron ?de forma voluntaria? personas que habían visto los hechos y acudieron al juzgado ?alarmadas? porque las acusaciones de SOS Racismo en la prensa ?no eran reales?, se?aló ayer el delegado del sindicato Javier González Iglesias. La denuncia, sostiene, da?ó la imagen del servicio y del propio Ayuntamiento, por lo que propone que los servicios jurídicos municipales actúen contra los falsos testigos que injuriaron.
UGT recuerda que no es la primera vez que se dictan sentencias absolviendo a policías y en las que se trasluce que ?las acusaciones son falsas o no se ajustan a la realidad sin que luego tengan responsabilidad alguna?. ?Exigimos que (los servicios jurídicos) estudien y analicen la sentencia y que actúe contra aquellos que pudieron haber incurrido en falso testimonio?.
La versión del inmigrante ghanés era que se encontraba charlando con unos vendedores del rastro cuando los agentes de la Policía Local le requirieron la documentación. Al encontrarse en situación irregular, se dio a la fuga por Marqués de Gasta?aga. No llegó a ella. En el Campillín fue derribado de una zancadilla y dijo haber perdido el conocimiento. Los testigos de la acusación afirmaban que la actuación policial fue ?violenta? y que los agentes llegaron a dar patadas al detenido, esposado y en el suelo.
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