Condenados a 900 euros de multa un policía nacional y un candidato del PSN en Huarte (Navarra) por agredir a un menor
El Juzgado de Instrucción número 1 de Pamplona ha condenado al cabeza de lista del PSN en Huarte en las pasadas elecciones, Koldo García, y a un policía nacional a sendas multas de 900 euros por agredir a un menor durante los pasados Sanfermines. Además, les ha impuesto una indemnización para la madre del joven de 90 euros más los intereses legales por la lesiones sufridas por su hijo.
El Ministerio Fiscal solicitó para los acusados como autores de dos faltas de lesiones sendas penas de 600 euros y una indemnización a la madre del menor en 90 euros por las lesiones sufridas. La defensa solicitó la libre absolución de los acusados y éstos, en el ejercicio del derecho a la última palabra, se declararon inocentes.
Los hechos se remiten al 11 de julio de 2010, durante las fiestas de San Fermín, cuando, según la sentencia, el menor acudió en compañía de su novia a un concierto de la plaza de los Fueros y a su término se aproximaron a un bar.
La resolución indica que dado que el menor llevaba una camiseta con la leyenda 'Independentzia' y en el bar había otras personas con la camiseta de la selección española de fútbol, se desencadenó un incidente en el que un hombre, que resultó ser policía nacional, reprochó al joven que hubiera entrado al bar y lo sacó 'agarrándole con fuerza del brazo' y a 'empujones'.
Una vez fuera del bar, los dos implicados 'se encararon y hubo un forcejeo en el que el acusado propinó varios golpes al menor', por lo que personas que se encontraban en el lugar intervinieron para separarles, entre ellas el otro acusado.
Sin embargo, la sentencia indica que lejos de poner fin al incidente, el acusado 'llevó agarrado de los brazos con mucha fuerza' al menor hasta otro bar, 'le agarró del cuello y le propinó varios golpes', cayendo ambos al suelo mientras terceras personas le instaban a dejarle en paz.
En ese momento, intervino la Guardia Civil, que se llevó detenido al menor al haber recibido una llamada telefónica dando aviso de que el joven estaba cometiendo un delito de enaltecimiento del terrorismo. Por estos hechos se tramitó el oportuno procedimiento ante el Juzgado de Menores, que decretó su archivo.
Según la sentencia, 'no existe duda alguna de que el denunciante fue víctima de una agresión'. Además, indica que la declaración del menor fue 'persistente en todo momento en la incriminación y 'coherente con lo expuesto el día de la denuncia'.
Asimismo, destaca que su declaración fue 'confirmada y ratificada' por el resto de pruebas practicadas en la vista oral, entre ellas dos testigos y dos informes médicos, uno de urgencias tras la agresión y otro de un médico forense con fecha de 31 de agosto, en el que se recogen como lesiones 'escoriaciones en tronco, extremidades, brazo izquierdo y contusión en muslo derecho'.
La defensa, por su parte, sostuvo que el menor mantuvo una actitud de provocación, algo que, según el fallo, no tiene 'ningún fundamento penal' ya que un policía 'tiene recursos más que suficientes para poner fin a un incidente' como este.