Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 947818 veces)

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6140 en: 27 de Enero de 2025, 15:30:37 pm »
Si esto lo hace un Policía Local va a galeras 20 años
[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113

Conectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 56260
  • Verbum Víncet.
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6141 en: 27 de Enero de 2025, 17:34:47 pm »
La verdad es que es una sentencia de lo más curioso. . .

Enviado desde mi Mi A2 Lite mediante Tapatalk


"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6142 en: 30 de Enero de 2025, 06:47:13 am »
Condenan a cuatro guardias civiles, tres de ellos del Seprona, por destruir un nido de cigüeña en Burgos


Historia de Javier Ayuso Santamaría • 16 h • 3 minutos de lectura

La Justicia impone 16 meses de multa, con una cuota diaria de 15 euros, pero no inhabilita a los agentes porque el Ministerio Fiscal no hizo una petición específica

El juzgado admite a trámite un recurso contra un parque eólico en Burgos

El Juzgado de lo Penal número 2 de Burgos ha condenado a cuatro agentes de la Guardia Civil, tres de ellos pertenecientes al Seprona, por un delito contra la protección de la fauna tras destruir un nido de cigüeña en Villaveta, una localidad perteneciente al municipio de Castrojeriz, en Burgos. Las penas impuestas, a raíz de una denuncia de Ecologistas en Acción, ascienden 16 meses de multa, con una cuota diaria de 15 euros, y a la inhabilitación para cazar y pescar durante dos años.

La sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, recoge que los acusados subieron el 17 de abril de 2021 a la torre de la iglesia de donde golpearon con un palo los huevos de un nido de cigüeña, una especie protegida. La magistrada ha considerado acreditado por la declaración de los testigos que los acusados, acompañados de sus familias, fueron las únicas personas presentes en el campanario en el momento de los hechos. Las declaraciones recogen que uno de los hombres golpeaba los huevos del nido con un palo. A pesar de ser recriminados por los vecinos, el grupo intentó ocultar su participación, según relató uno de los testigos.


En el fallo, el tribunal ha destacado que al menos tres de los acusados eran miembros del Seprona, la unidad de la Guardia Civil encargada de la protección del medio ambiente, lo que la jueza ha tachado de “especial gravedad moral” por la función desempeñan de protección al medio ambiente. La jueza ha considerado que la presencia de menores durante el acto fue un elemento determinante en la condena, ya que los acusados estaban acompañados por sus hijos en el momento de los hechos.

Pese a la solicitud de indemnización por parte de la acusación particular, el juzgado no ha considerado probado un perjuicio económico directo resarcible a la Junta de Castilla y León. La magistrada ha señalado que, aunque la destrucción de huevos de cigüeña supone un daño ecológico, no se demostró un daño resarcible concreto.

Asimismo, no se ha decretado la inhabilitación para ejercer como agentes de la Guardia Civil, al no pedirlo de manera específica el Ministerio Fiscal. Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en un plazo de diez días ante la Audiencia Provincial de Burgos.

La jueza ha considerado probada la participación de los acusados tras valorar diversas pruebas, incluyendo las declaraciones de vecinos, quienes identificaron sin dudas a los responsables. Un testigo afirmó haber visto a los acusados descendiendo del campanario tras los hechos y escuchó cómo uno de ellos reconocía haber golpeado el nido “sin querer”.




[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6143 en: 01 de Febrero de 2025, 13:41:50 pm »

Juzgan a un policía por lesionar a un hombre que se saltó el toque de queda por la covid


València, 1 feb (EFE).- La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia juzga el próximo jueves a un agente de la Policía Nacional acusado de haber causado lesiones (dos fracturas) a un hombre que se había saltado el toque de queda por la covid.
AGENCIAS

01/02/2025 09:15
València, 1 feb (EFE).- La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia juzga el próximo jueves a un agente de la Policía Nacional acusado de haber causado lesiones (dos fracturas) a un hombre que se había saltado el toque de queda por la covid.

La Fiscalía reclama en su escrito de acusación una pena de un año y nueve meses de prisión por un delito de lesiones, al parecer producidas tras agarrar del brazo a la víctima de forma “desproporcionada y absolutamente innecesaria”.

Los hechos sucedieron en una calle de València sobre las 1.15 horas de la madrugada del 11 de mayo de 2021, cuando el acusado y otro policía advirtieron la presencia de un vehículo estacionado, con un hombre y una mujer en su interior, pese a que había toque de queda por la alerta sanitaria.


[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6144 en: 02 de Febrero de 2025, 13:50:25 pm »
 
Atacar a la Guardia Civil sale barato: 100 € por dejar inconsciente a un agente que acabó en la UCI


Dos agentes atendieron un aviso de violencia de género y fueron emboscados por 12 hombres
El peor parado estuvo 72 horas "con riesgo de muerte" tras someterse a varias operaciones
Guardia Civil


Rafael Molina
Rafael Molina @RafaelMolinaTWRedactor de Nacional en OkDiario con formación en Periodismo y Derecho. Te leo en rafael.molina@okdiario.com
01/02/2025 01:00Actualizado: 01/02/2025 01:56

Una juez canaria condena a seis personas al pago de una multa pírrica de 100 euros y seis meses de cárcel por pegar una paliza a dos agentes de la Guardia Civil y provocar que uno de ellos se quedase inconsciente y acabara pasando más de 3 días en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) «con riesgo de muerte». El agente tuvo que ser sacado del lugar de los hechos por el compañero con el que se había desplazado al emplazamiento en el que fueron atacados. Tal era su situación que tuvo que someterse a varias intervenciones quirúrgicas durante su ingreso.


Los hechos que recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, ocurrieron el pasado 22 de julio de 2017 en el municipio de La Santa, en la isla canaria de Lanzarote. Entonces, dos agentes acudieron a un local donde se había dado un aviso de violencia de género. Al llegar, 12 hombres atacaron por sorpresa a los guardias civiles. Los agresores propinaron a ambos una brutal paliza y uno de ellos se llevó la peor parte: quedó inconsciente y tuvo que ser arrastrado por su compañero fuera de la turba que les atacaba. El agente peor parado tuvo que hacer frente a varias intervenciones quirúrgicas tras terminar con golpes en la cabeza, fractura del tabique nasal y magulladuras.


A pesar de todo ello, el Juzgado de lo Penal número 1 de Arrecife (Las Palmas) ha condenado a una multa de apenas 100 euros sólo a la mitad de los agresores, es decir, a seis de los 12. También han sido condenados a seis meses de prisión, lo que significa que, si no constan antecedentes penales, no tendrán que entrar en la cárcel.


7.000 euros de responsabilidad civil
Por otro lado, tendrán que hacer frente a una responsabilidad civil de 7.000 euros por los daños que causaron a los agentes. Una cifra a la que tendrán que enfrentarse de forma solidaria, es decir, que la tendrán que pagar entre todos y que el guardia civil le puede reclamar íntegramente a cualquiera de ellos.


La acusación particular que representa a estos dos agentes, que ejerce el letrado de Independientes de la Guardia Civil (IGC) Jorge Piedrafita, además del abogado Juan Ramón Sadoz, ha anunciado que ya ha presentado un recurso de apelación. El objetivo es que se dicte «una nueva sentencia condene a todos los acusados y eleve las penas y el resarcimiento civil de acorde con la prueba judicial que acreditó la gravedad de los hechos y los daños derivados de los mismos», recogen desde la plataforma de agentes de la Benemérita.


Imagen del guardia civil herido de gravedad.
A ojos de los representantes de las víctimas, existe una «incoherencia» entre los «hechos probados» y el resultado de la sentencia. «Todos los acusados participaron directa o indirectamente», se quejan desde IGC, y, por ese motivo, piden que se declare «responsables penalmente» a todos ellos y no sólo a la mitad.

Además, desde la entidad lamentan que este tipo de sentencias «abre la puerta a la equívoca sensación de que la agresión a los agentes de la Guardia Civil sale gratis o muy barata». Y es que recuerdan que esto pone una piedra más en la continua pérdida de autoridad que sufren los agentes de la Benemérita. Y es que detallan que cada vez son menos agentes de servicio, a pesar de que se necesitan más patrullas de seguridad ciudadana para evitar que surjan incidentes como los que provocaron el ingreso en la UCI del agente agredido.

Menor multa que por maltrato animal

La multa impuesta por la juez es inferior, incluso que la que se prevé para el maltrato animal. Según la nueva Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales aprobada por el Gobierno de coalición entre PSOE y Podemos en la anterior legislatura, las infracciones, en todas sus horquillas, son mayores.

Infracciones leves. Apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros.
Infracciones graves. Multa de 10.001 a 50.000 euros.
Infracciones muy graves. Multa de 50.001 a 200.000.
Temas:
[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6145 en: 02 de Febrero de 2025, 14:01:07 pm »
Quizás el.de Okdiario no sepa que las multas penales nada tienen que ver con las administrativas.
[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6146 en: 03 de Febrero de 2025, 08:25:48 am »

La cadena de errores judiciales que mantuvo 15 años en prisión a un inocente: “Se buscó una cabeza de turco”


El periodista Braulio García Jaén repasa en 'Justicia poética' las negligencias y el ninguneo institucional que sufrieron Ahmed Tommouhi y Abderrazak Mounib en una de las mayores equivocaciones de los tribunales en España


Tommouhi, a la izquierda, y García Carbonell, el autor real de las violaciones, a la derecha ElDiario.es
Oriol Solé Altimira

Barcelona — 2 de febrero de 2025 22:13 h Actualizado el 03/02/2025 05:30 h 12

Hay fallos que trituran a las personas. Ahmed Tommouhi, a sus 73 años, todavía puede contarlo, pero no así Abderrazak Mounib, fallecido en el año 2000 en prisión mientras esperaba una Justicia que no obtuvo en vida. Ambos sufrieron uno de los mayores errores judiciales de la democracia española: fueron condenados a decenas de años de cárcel siendo inocentes en procesos sin garantías. Tommouhi pasó casi 15 años entre rejas por crímenes que no cometió.

El periodista de El País Braulio García Jaén repasa en Justicia poética (Península) la cadena de negligencias policiales y judiciales que destrozaron la vida a estos dos barceloneses de origen marroquí a principios de los años 90. El libro certifica la cerrazón de un sistema judicial al que costó casi treinta años reconocer una parte de sus errores con estos dos ciudadanos, a los que no ha pedido perdón ni indemnizado a día de hoy.


Todo empezó en 1991. Una serie de violaciones y robos en varios municipios catalanes pusieron en alerta a los cuerpos policiales. “Las reglas, métodos y garantías de las buenas investigaciones se dejaron de lado para priorizar la detención de quién fuera”, asevera García Jaén, para quien “seguramente” hubo un prejuicio racista en la detención de Tommouhi y Mounib. “Se buscó una cabeza de turco que resultara extraña para una sociedad que se sentía atacada”, agrega el periodista.

Solo hacía medio año que Tommouhi había llegado a Catalunya para ganarse la vida como albañil cuando fue detenido. No tenía relación alguna con Mounib, quien se dedicaba a la venta ambulante por toda la comunidad y residía en Barcelona. Su puesta a disposición judicial ya fue un desastre. Los agentes de la Policía Nacional condujeron a Tommouhi, esposado, por el mismo pasillo donde esperaban las denunciantes. Pese a esta flagrante irregularidad, a los pocos minutos se sometió a una rueda de reconocimiento por parte de las víctimas que ya lo habían visto.

De todos los procesos en los que se vio inmerso Tommouhi, destaca su condena a 24 años de cárcel en 1992 por dos delitos de agresión sexual por parte la Audiencia de Barcelona, en una sentencia de la que fue ponente la actual ministra de Defensa, Margarita Robles, en su etapa como magistrada. “Una sentencia de 19 páginas se dictó en 12 horas. ¿Se puede escribir tan rápido?”, destaca García Jaén. La única prueba era la víctima que señaló a Tommouhi, pero que años después se retractó en una entrevista con el periodista.


No fue hasta 2023 que el Supremo, en una decisión histórica, aceptó revisar la sentencia y anular esta condena a Tommouhi, al concluir que la Audiencia de Barcelona omitió, pese a haberlos aceptado como prueba, los informes del semen hallado en la víctima que exculpaban al falso culpable. Los peritos no acudieron a declarar en la vista oral y el tribunal del que formaba parte Robles no suspendió el juicio para su citación.


García Jaén, ante el Palacio de Justicia de Barcelona, sede de la Audiencia Provincial ÀLEX SARDÀ
Muchos años antes, el guardia civil Reyes Benítez ya vio que algo no cuadraba. Su buen olfato policial se corroboró cuando el modus operandi de violaciones y robos cometidos por dos hombres se siguió repitiendo en 1995, con los dos falsos culpables ya en prisión. Gracias a un decisivo informe de Benítez, la Fiscalía de Catalunya se mostró a favor de indultarlos, pero solo para uno de los casos por los que cumplían condena.

Pero para García Jaén, esa petición de indulto que impulsó el entonces jefe de la Fiscalía en la comunidad, José María Mena, también fue una manera de “autoindultar” los errores cometidos por los fiscales. “En una de las condenas a Tommouhi, la Fiscalía siguió acusando pese a tener un informe de ADN que lo exculpaba. No se quisieron reabrir todos los errores cometidos y en 1999 ya hubiera sido posible revocar las otras condenas”, expone García Jaén.

No fue hasta ese mismo año que el verdadero autor de algunas de las violaciones por las que fueron sentenciados Tommouhi y Mounib fue condenado. Se trató de Antonio García Carbonell, quien durante mucho tiempo “se benefició del prejuicio de que los gitanos no violaban”, apunta García Jaén.

Mientras cumplían condena por crímenes que no cometieron, Tommouhi y Mounib también sufrieron el ninguneo del Ministerio de Justicia tanto bajo gobiernos del PP como del PSOE. El Ejecutivo tardó más de diez años en denegar la petición de indulto realizada por la Fiscalía. Pero el peso de las pruebas exculpatorias era tan grande que el Supremo terminó flexibilizando su sistema de revisión de penas gracias al caso de estos dos falsos culpables.

¿Cómo está ahora Tommouhi? Además de depender económicamente de su familia, el albañil se encuentra “muy mermado físicamente”, lamenta García Jaén. Aun así, conserva la esperanza de que el Supremo revoque otra de sus condenas en revisión por un caso de violación y robo en Tarragona por el que fue condenado.

Tommouhi todavía no ha cobrado la indemnización que le corresponde por los años que pasó en prisión injustamente. Tampoco ha recibido nunca un perdón oficial del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) o de alguna otra institución como reparación a nivel simbólica de los errores cometidos. Tampoco de los jueces o fiscales que intervinieron sus casos.

En 2019, su nieta escribió al Gobierno para reclamar una indemnización dada la “fragilidad social y económica” de su abuelo. El Ejecutivo contestó entonces que no podía tramitarla porque el Supremo no había revisado todavía uno de sus casos, cosa que el Alto Tribunal hizo en verano de 2023. Sin embargo, Tommouhi ha tenido que recurrir ante la Audiencia Nacional después de un año de silencio del Ministerio de Justicia a su petición.

El Supremo certifica que un hombre pasó 15 años entre rejas por violaciones que no cometió

El Supremo certifica que un hombre pasó 15 años entre rejas por violaciones que no cometió
“¿Un error que dura tanto tiempo sigue siendo un error?”, se pregunta García Jaén citando a Mounib. El libro muestra la peor cara de la Justicia y la mejor del ser humano: profesionales como el guardia civil Reyes Benítez y el equipo de la Guardia Civil de Martorell (Barcelona) o ciudadanos como el ingeniero Manuel Borraz o la funcionaria Tote Henares que, como quijotes y junto a García Jaén, dedicaron muchas horas de su vida a demostrar la injusticia sufrida por Tommouhi y Mounib.
[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113

Desconectado shevam91

  • Mirón
  • *
  • Mensajes: 7
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6147 en: 04 de Febrero de 2025, 13:13:02 pm »
Quizás el.de Okdiario no sepa que las multas penales nada tienen que ver con las administrativas.

Me resulta sorprendente que en una noticia en la que se relata que dos policias fueron lesionados en acto de servicio, quedando uno de ellos en la UCI durante 3 días, lo que mas le llame la atencion es que un periódico no sepa la diferencia entre multas en el ámbito administrativo y judicial.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6148 en: 04 de Febrero de 2025, 13:35:33 pm »
Quizás el.de Okdiario no sepa que las multas penales nada tienen que ver con las administrativas.

Me resulta sorprendente que en una noticia en la que se relata que dos policias fueron lesionados en acto de servicio, quedando uno de ellos en la UCI durante 3 días, lo que mas le llame la atencion es que un periódico no sepa la diferencia entre multas en el ámbito administrativo y judicial.

Las lesiones aun de gravedad, no modifican la atrnuante de dilaciones idebidas, ya que los hechos ocurrieron en 2017, de ahí la pena mínima de 6 meses...pero nunca se puede equiparar una multa administrativa con una penal, dado que las segundas están sujetas a la capacidad económica del penado, y las segundas solo se someten al baremo que decida la administración...si es que son batemables, porque muchas son de cuantía fija.

La petición


https://www.google.com/amp/s/www.lavozdelanzarote.com/actualidad/tribunales/piden-14-anos-carcel-once-acusados-agredir-dos-guardias-civiles-en-lanzarote_230876_102_amp.html

La Audiencia Provincial entenderá el recurso presentado.por la GC.
« Última modificación: 04 de Febrero de 2025, 14:26:32 pm por 47ronin »
[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6149 en: 05 de Febrero de 2025, 07:54:18 am »
Al igual que la tragedia de Biescas, que tardó 20 años en sustanciarse, este asunto irá por el mismo recorrido, nadie será condenado penalmente y la Generalitat valenciana deberá pagar los daños, es decir, la inacción de Mazón nos costará dinero.


La jueza de la DANA cita a decenas de familiares de víctimas para ofrecerles acciones como perjudicados


Historia de Lucas Marco • 8 h • 2 minutos de lectura


La jueza de la DANA cita a decenas de familiares de víctimas para ofrecerles acciones como perjudicados
Podemos pide al juzgado de València que se encarga de su denuncia por presuntos homicidios imprudentes que se inhiba en favor de la magistrada de Catarroja que asume las diligencias

La jueza que centraliza la investigación de la DANA pide un informe sobre quién decidió lanzar la alerta masiva a las 20.11

La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja, que centraliza las diligencias relativas a la catastrófica DANA del pasado 29 de octubre, ha citado a decenas de familiares de víctimas de la barrancada para transmitirles el ofrecimiento de acciones. Se trata de un trámite de oficio para informar a los afectados de las posibilidades de personarse en el procedimiento que aglutinará la investigación de la DANA.

La jueza, según ha podido saber elDiario.es, ha citado por tandas en las próximas semanas a decenas de familiares de fallecidos en el partido judicial de Catarroja, que también incluye las localidades de Albal, Alfafar, Benetússer, Llocnou de la Corona, Massanassa y Sedaví. Algunos de los familiares ya se han acercado al juzgado, que actualmente se ubica en la Ciudad de la Justicia de València a consecuencia de la afectación de la riada a sus instalaciones en Catarroja.

Direct Seguro de Auto - Asistencia en viaje desde km 0
calcular-seguro.directseguros.es
Direct Seguro de Auto - Asistencia en viaje desde km 0
Publicidad
La magistrada, que también es decana de los juzgados de Catarroja, tenía abiertas unas diligencias por 75 fallecimientos en localidades de su partido judicial. El pasado mes de diciembre, la jueza acordó una serie de diligencias de investigación tras la solicitud planteada por la representación legal de la familia de uno de los fallecidos. La jueza ofició a la Conselleria de Interior y Emergencias para que comunicara quién tomó la decisión de emitir la alerta masiva a los móviles a las 20.11 del 29 de octubre.

Sin embargo, el departamento autonómico, a pesar de haber remitido abundante documentación, no ha contestado a ese extremo en concreto. Este martes, la portavoz del Consell, Susana Camarero, se ha escudado en que la orden de enviar la alerta supuestamente se hizo “colegiadamente”, a pesar de que la competencia recae en exclusiva en el Ejecutivo autonómico.

El juzgado de Catarroja asumirá las inhibiciones de las diferentes denuncias relativas a la DANA de otros juzgados, tal como aseguró verbalmente la magistrada el pasado jueves al grupo de cinco fiscales que se encargará de la previsible macrocausa, de una notable complejidad a tenor de la dimensión de la tragedia y de la cifra de afectados y fallecidos.

Así, el limbo de las diferentes denuncias comienza a aclararse. Podemos ha remitido este martes un requerimiento al Juzgado de Instrucción número 6 de València en el que solicita que se inhiba a favor de su homólogo de Catarroja y se acumule su denuncia por los presuntos delitos de homicidio imprudente en las diligencias que tiene abiertas la magistrada, según han confirmado fuentes de la formación morada a este diario. Otras entidades que denunciaron la gestión de la DANA también preparan peticiones similares.

[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6150 en: 05 de Febrero de 2025, 16:32:42 pm »

Infovlogger y Los Meconios

Condenados en costas tras demandar a Rubén Sánchez los ultras que cantaron "vamos a volver al 36" en un acto de Vox


La jueza ha desestimado la demanda por intromisión ilegítima en el derecho al honor presentada por Isaac Parejo (Infovlogger), Sergio C. Martínez y Mario Camps (Los Meconios) contra el secretario general de FACUA.
FACUA.org
España-05/02/2025

El Juzgado de Primera Instancia número 69 de Madrid ha desestimado la demanda por intermisión ilegítima en el derecho al honor contra el periodista y secretario general de FACUA-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez, interpuesta por los tres ultraderechistas que cantaron «vamos a volver al 36» en un acto de Vox celebrado en 2022 bajo el título Viva 22. Los demandantes han sido condenados a pagar las costas del procedimiento judicial.

Se trata de Isaac Parejo, conocido como Infovlogger, Sergio C. Martínez y Mario Camps, integrantes ambos del dúo Los Meconios. Su actuación en evento del partido ultra fue objeto de multitud de mensajes de indignación en las redes sociales y el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, llegó a considerar «muy cercano» al delito de odio lo que dijeron en la letra de su canción.


Sánchez publicó un tuit con un fragmento de la actuación y el siguiente texto: «»La izquierda que gobierna ya se llama Frente Popular». «Vamos a volver al 36″. Una banda de degenerados que sueña con otro golpe de Estado y asesinatos en masa de gentes de izquierdas. Vox tiene dentro la peor escoria de nuestro país.»

Insultos hacia el secretario general de FACUA

Los demandantes solicitaban al periodista una indemnización de 9.000 euros y que publicase una rectificación en su cuenta de Twitter en la que reconociese que lo que publicó era incierto y difamatorio. Para la interposición de la demanda pusieron en marcha una campaña de recogida de fondos por la que recaudaron 4.238 euros para interponer una demanda por intromisión ilegítima en su derecho al honor. Y ello después de que, con anterioridad a su polémica actuación en el acto de Vox, Parejo hubiese dedicado a Sánchez una larga lista de insultos en sucesivos vídeos publicados en canal de YouTube, como «rojo de mierda», «cochambre» y «deficiente mental» que tiene «un ejército de hijos de puta alrededor».

En su sentencia, dictada el 30 de enero, la jueza Raquel Gallego de Paz señala que las «las expresiones empleadas» por Sánchez «deben analizarse, además, no atendiendo a su estricto significado gramatical, aisladamente consideradas, sino en relación con el contexto donde pueden perder o ver disminuido su significado ofensivo o alcanzar una dimensión de crítica asumible».


Los demandantes, que han sido defendidos por la abogada Lupe Sánchez, incluyeron en su demanda una versión modificada de la letra de la canción para simular que la frase «vamos a volver al 36» solo fue pronunciada en una ocasión, al final, cuando en realidad comenzaron con ella y la repitieron hasta diez veces.

Además, en la demanda alteraron frases de la canción para hacer creer a la jueza que no dijeron «la izquierda que gobierna ya se llama Frente Popular» sino «la izquierda ya va a gobernar, la dictadura va a empezar». Se trata justamente de la frase que había destacado el secretario general de FACUA en su tuit y que provocó, junto al título que dieron a la canción, que asociaciones, partidos políticos, instituciones y miembros del Gobierno le hicieran duras críticas a su mensaje alusivo a la vuelta a la Guerra Civil.

En su contestación a la demanda, el abogado de Sánchez, David Bravo, señaló que la advertencia, repetida hasta diez veces, de que «vamos a volver al 36 junto con hacer una equivalencia entre el actual Gobierno y el del Frente Popular, derrocado en el año 1936, resulta clave para entender la crítica política enconada que envolvió tan peligroso mensaje. No se puede olvidar que Frente Popular es como se llamaba la coalición electoral que se creó en enero de 1936, que ganó las elecciones de la Segunda República y que fue derrocada por el
golpe de Estado que desencadenaría en la Guerra Civil española».

Sobre la base de esta manipulación del contenido de la canción, los demandantes inventaron que el secretario general de FACUA tergiversó lo que dijeron y que fueron sus críticas las que dieron lugar a la reacción de Marlaska y a la de multitud de personas y medios de comunicación. En realidad, el origen de que las críticas se multiplicaran y de la reacción de multitud de medios estuvo en que la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica pidió que la Fiscalía General del Estado investigara los hechos.

También argumentaron los demandantes que «degenerados» es un insulto homófobo, algo que la jueza ha desestimado recordando además que el calificativo se dirigía a los tres demandantes y solo uno de ellos es homosexual.

La sentencia, que puede ser objeto de recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid, recuerda que la jurisprudencia entiende «amparadas en la libertad de expresión aquellas expresiones que, aun aisladamente ofensivas, al ser puestas en relación con la información que se pretende comunicar o con la situación política o social en que tiene lugar la crítica, experimentan una disminución de su significación ofensiva, aunque pueden no ser plenamente justificables».

«En resumen, la libertad de expresión debe quedar ponderada y ante las alegaciones indicadas no se desprende vulneración del derecho al honor como se pretenden en la demanda», concluye la jueza.
[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113

Conectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 56260
  • Verbum Víncet.
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6152 en: 05 de Febrero de 2025, 18:00:23 pm »
Pues bien condenados están. . .

Enviado desde mi Mi A2 Lite mediante Tapatalk


"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6153 en: 14 de Febrero de 2025, 20:11:58 pm »
Tiene ya unos años pero no pudo ser más explícito....a todo lo que se movía.

https://x.com/Raspatuit/status/1890390219754520695?t=LNpLojl8GzsPoMGEajooGA&s=19
[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113

Conectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 56260
  • Verbum Víncet.
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6154 en: 14 de Febrero de 2025, 20:34:59 pm »
Yo creo que tenía poco que perder. . . o nada. . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6155 en: 19 de Febrero de 2025, 07:53:17 am »
El cantante de Placebo será procesado por llamar "fascista y nazi" a Meloni


El proceso comenzó después de que la Fiscalía iniciara pesquisas y la jefa del Gobierno se querellara contra el cantante de la banda británica

Vozpópuli
Publicado: 19/02/2025 ·04:45
Actualizado: 19/02/2025 · 04:45
El Ministerio de Justicia italiano dio luz verde este lunes al procesamiento del cantante del grupo británico de música Placebo, Brian Molko, quién llamó "fascista, racista y nazi" a la primera ministra, Giorgia Meloni, en un concierto en 2023 en Turín, en el norte de Italia. Los fiscales habían solicitado la autorización al ministerio al ser necesaria en el caso del delito de injurias a las instituciones del Estado, del que se acusa a Molko y que está penado con multa, informan este lunes medios locales.

El proceso comenzó después de que la Fiscalía iniciara pesquisas y la jefa del Gobierno, que es también líder del partido ultraderechista Hermanos de Italia, se querellara contra el cantante de la banda británica.

Bolko insultó a la mandataria, a la que llamó "pedazo de mierda, fascista, racista y nazi" durante su actuación en el escenario en Turin en julio de 2023, cuando también pidió más protección a los derechos de las personas no binarias y transgénero, e instó a sus seguidores apagar los teléfonos para "vivir el momento".

Relacionado con iconos del glam rock como Lou Reed y David Bowie, Molko lidera Placebo, una banda británica referente del glam rock y del rock alternativo que vendió en el mundo 14 millones de copias. No es la primera vez que Meloni denuncia a figuras y personajes del ámbito de la cultura, como fue el caso del famoso escritor y periodista italiano Roberto Saviano, a quien denunció por difamación por llamarla. "bastarda" en un programa televisivo en 2020, antes de que se convirtiera en primera ministra.

El procedimiento judicial concluyó en octubre de 2023, con la condena de Saviano a pagarle a Meloni mil euros por difamación. La primera ministra también presentó en el pasado una querella contra el historiador Luciano Canfora, quién la acusó de neonazi, aunque esta acabó retirando la denuncia y la Justicia archivó la causa en octubre de 2024.
[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6156 en: 20 de Febrero de 2025, 07:26:44 am »
Absuelven a un inspector del caso Nóos que fue denunciado por una comisaria


Historia de Borja Méndez • 19 h • 2 minutos de lectura

El Juzgado de Primera Instancia número 57 de Madrid ha desestimado la demanda de una comisaria por la vulneración del derecho al honor contra el inspector Jorge Miguel Rodríguez, que fue uno de los investigadores del caso Nóos. El sindicato Jupol ha celebrado esta sentencia absolutoria que pondría fin a "años de persecución sindical".

El inspector fue representado durante el proceso por los servicios jurídicos de JUPOL, ejercidos en Asturias por la abogada Sylvia Garrido. Para el sindicato esta sentencia "supone el reconocimiento de su legítimo ejercicio de la libertad de expresión".

La demanda contra este policía fue impulsada por la entonces jefa Superior de la Policía de Asturias, Luisa María Benvenuty Cabral. La comisaria acusaba al inspector de una supuesta intromisión ilegítima en su honor debido a un escrito en el que cuestionaba el nombramiento de un jefe de comisaría en Langreo.

"Persecución injustificada"

A pesar de ello, la sentencia ha determinado que las expresiones utilizadas en dicho documento "no constituyen un ataque al honor", sino una "crítica legítima en el marco del ejercicio sindical, amparada por el derecho fundamental a la libertad de expresión".

Para Jupol la demandante, que ahora ocupa el cargo de Jefa de la División Económica y Técnica de la Policía Nacional, basó su texto en "rencores personales y no en hechos reales". "Una situación intolerable", advierten desde el sindicato que solicita su cese inmediato.

Jorge Miguel Rodríguez ha sufrido un "calvario" durante estos años al estar sometido a una "persecución injustificada y a sanciones disciplinarias por parte de la cúpula policial". Cabe destacar que, en noviembre de 2022, la Dirección General de la Policía impuso al Inspector Rodríguez una suspensión de funciones de 20 días, sanción que posteriormente fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias.

"No es un hecho aislado"
"Este caso no es un hecho aislado, sino que forma parte de una estrategia de acoso y represalias contra aquellos agentes que, como nuestro compañero, han denunciado irregularidades", lamentan. A su juicio, el inspector se sintió "amenazado y presionado por parte de sus superiores".

El sindicato expresa su preocupación por una "tendencia" que debe ser "erradicada" para garantizar un "funcionamiento verdaderamente democrático y transparente". Por ello, exigen la "implementación de medidas efectivas que impidan que situaciones similares se repitan en el futuro".
[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6157 en: 22 de Febrero de 2025, 09:09:59 am »


Una exconcejala de Vox acepta un año y medio de cárcel tras reconocer que ayudó a su marido a traficar con droga


Ana González, exedil del partido de extrema derecha en Parla, ha aceptado los hechos que se le imputan y ha conseguido una rebaja de pena de los 5 años y 6 meses iniciales en un juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Toledo
HEMEROTECA — La concejala de Vox detenida por tráfico de drogas renuncia a su puesto en la lista del 28M
Ana González Martínez junto a Rocío Monasterio
Ana González Martínez junto a Rocío Monasterio Vox Parla
Francisca Bravo Miranda

20 de febrero de 2025 12:08 h
Actualizado el 20/02/2025 12:16 h
0

La exconcejala de Vox en Parla, Ana González Martínez, ha aceptado una pena de un año y medio de cárcel como cómplice de un delito contra la salud pública tras reconocer que ayudó a su marido a traficar con droga. La pena se rebaja así de los cinco años que pedía la Fiscalía para la exedil, que fue detenida días antes de las elecciones municipales de 2023 en una operación antidroga, tras alcanzarse un acuerdo de conformidad en el que la imputación de González pasa a a ser cómplice, no autora material del delito. Se le impone, además, una multa de 17.500 euros, con tres meses de responsabilidad personal subsidiaria.

Así lo comunicaban el Ministerio Fiscal en el juicio celebrado este jueves en la Audiencia Provincial de Toledo, donde la exconcejala fue juzgada junto a su marido L.M.M, y los acusados I.G.L y M.C.F.S por un presunto delito de tráfico de drogas. Los acusados admitieron ser culpables de los hechos de los que se les acusaba.

González se enfrentaba a una pena de cinco años y medio de cárcel por un delito de defraudación de fluido eléctrico que tras el acuerdo alcanzado por las partes implicadas se ha reducido a una multa de tres meses, con una cuota de seis euros diarios. Durante el juicio se ha explicado que las labores que ejercía la exedil era de “vigilancia” y “actos de ayuda”, como realizar trayectos de coche previos a los de su marido, según han descrito fuentes judiciales.

Por otro lado, la Fiscalía ha solicitado una pena de 3 años de prisión para L.M.M como autor de un delito de tráfico de drogas, pena que se rebaja de los 5 años y 6 meses que se pedía de forma inicial; igualmente se ha solicitado una multa de 35.000 euros. También se rebaja la pena solicitada para los otros dos acusados, para quienes se pedía cuatro años de cárcel; la pena solicitada es de un año y seis meses de prisión para I.G.L y un año para M.C.F.S.

Los hechos juzgados
Ana González Martínez fue detenida en el marco de una operación antidroga en el mes de mayo de 2023, apenas días antes de las elecciones municipales celebradas ese año. Renuncio a ir en las listas del partido de extrema derecha en la candidatura de Parla, en las que ocupaba el número tres. El partido pidió su renuncia ante la “situación judicial” en la que se encontraba inmersa. Tras su detención, la exedil ingresó en prisión provisional. En el mes de junio de ese año pasó a estar en libertad bajo fianza.

En la operación en la que fue detenida González se intervinieron varias armas blancas y de fuego en la vivienda que compartía con su marido en la localidad de Yeles, en Toledo. Se encontraron igualmente diversas cantidades de cocaína, marihuana y dinero en afectivo, así como indicios de que se había desmantelado recientemente un cultivo de marihuana de miles de plantas, para el que se había manipulado la instalación eléctrica.

Las investigaciones señalaban al marido de González, L.M.M, como cabecilla del entramado, al ser el encargado de adulterar, almacenar y distribuir la droga. La exconcejala en Parla, por su parte, se encargaba de realizar funciones de vigilancia y de gestión de las sociedades mercantiles que el entramado utilizaba para blanquear los beneficios que obtenían del tráfico de drogas.

La concejala de Vox detenida por tráfico de drogas renuncia a su puesto en la lista del 28M

La investigación se inició en el mes de diciembre de 2022 cuando los agentes supieron que la pareja, que vivía en Yeles, hacía su vida social en Parla, donde distribuían sustancias estupefacientes, según informaba EFE.
[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113

Conectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 56260
  • Verbum Víncet.
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6158 en: 22 de Febrero de 2025, 11:32:20 am »
Era de Vox como podía haber sido de cualquier otro partido, el partido era un medio para ellos, no un fin. . .

Enviado desde mi Mi A2 Lite mediante Tapatalk


"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 241991
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6159 en: 23 de Febrero de 2025, 08:29:44 am »

Errores judiciales: cuando a la Justicia solo le queda pedir perdón


En España se ha condenado a un total de 88 inocentes en España en los últimos 30 años


Vozpópuli
Marcos Gómez Jiménez
-
España
Publicado: 23/02/2025 ·04:45
Actualizado: 23/02/2025 · 04:45
El pasado martes, se dio a conocer que el ministerio de Justicia debe indemnizar con casi 13.000 euros en total a dos hombres que permanecieron seis meses en prisión provisional y los cuales fueron absueltos, ya que la causa instruida por un juzgado de San Javier (Murcia) ahora ha sido sobreseída.

En España se ha condenado a un total de 88 inocentes en España en los últimos 30 años. En el 2024, se registraron 344 reclamaciones por un ‘anormal funcionamiento de la justicia’ entre las cuales están las de las personas condenadas injustamente a prisión. De estas peticiones, un total de 177 fueron desfavorables, mientras que a 167 personales se les dio la razón y se les indemnizó.

“No son demasiado frecuentes, pero estos casos ocurren y es el ministerio de Justicia quien suele responder económicamente”, explica a Vozpópuli Alfredo Arrién Paredes, abogado especialista en derecho penal, penal económico, acusación particular y delitos contra el honor, especialista en reclamaciones de cantidad vía penal.

En una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (TS) se estima el recurso que presentaron ambos contra la de la Audiencia Nacional, por lo que el Alto Tribunal ha condenado a Justicia, que tiene la labor ahora de reparar el daño causado a los hombres.

La sentencia añade que ambos ingresaron en la cárcel en noviembre de 2011 y allí permanecieron hasta mayo de 2012, dentro de la investigación abierta por un presunto delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, que fue sobreseída en abril de 2016.

“En causas con preso, si luego hay una sentencia absolutoria conlleva un grave perjuicio para el investigado”, comenta Arrién.

Modificación de la norma
Este tipo de casos han estado regidos por el artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que mencionaba que merecían indemnización aquel que “después de haber sufrido prisión preventiva, sean absueltos por inexistencia del hecho imputado o por esta misma causa haya sido dictado auto de sobreseimiento libre”.

Esto cambió en 2019, ya que la ley solo preveía remunerar económicamente a alguien cuando los delitos de los que se le acusaban no hubiesen existido, por lo que el Tribunal Supremo (TS) modificó la norma y consideró esta limitación como inconstitucional, añadiendo al texto que “tendrán derecho a indemnización quienes, después de haber sufrido prisión preventiva, sean absueltos o haya sido dictado auto de sobreseimiento libre, siempre que se le hayan irrogado perjuicios”.

Para Arrién, los errores judiciales en torno a una mala valoración de la prueba, que la misma no se haya presentado o que la diligencia de la investigación no haya sido adecuada, son también raros y poco comunes.

“El principal problema que existe en la justicia es la lentitud debida a la falta de medios”, añade el abogado penalista que menciona la máxima de “justicia demorada, justicia denegada”.

Arrién insiste en que el error más patente es la lentitud de los procedimientos. “Aunque la instrucción se limite a los seis meses, siempre se suele ampliar a causa de las prórrogas”, menciona. Él mismo ha llevado casos similares al de los dos hombres de Murcia que tardaron en resolverse favorablemente “más de un año”.

Casos sangrantes
El conocido caso de Ahmed Tommoubi fue uno de los más sangrantes, ya que fue condenado en firme a quince años por crímenes que nunca cometió. Fue en 1992 cuando la Audiencia Provincial de Barcelona le condenó por dos violaciones y un delito de lesiones.

El juicio estuvo plagado de irregularidades y en él se desestimaron pruebas clave de la defensa como un informe de restos de semen recuperado de la ropa interior de la víctima que nunca llegó al conocimiento del tribunal porque los peritos no acudieron a declarar pese a ser una prueba admitida y crucial. La condena solo se basó en el reconocimiento visual del acusado por parte de las víctimas, el cual fue erróneo.

En 1995, la reincidencia hizo que los investigadores detuvieron al verdadero autor de hechos. Se trataba de Antonio García Carbonell, que tenía un parecido físico notable con Tommouhi, además los análisis de ADN confirmaron su implicación.

A pesar de esto, Tommouhi continuó en prisión hasta 2006, ya que no se conservaban restos biológicos del resto de crímenes de los que se acusaba.

Nunca aceptó beneficios penitenciarios ni indultos, aceptar un perdón para él significaba reconocer los hechos.

Tommouhi nunca recibió un perdón oficial por parte del CGPJ, ni del ministerio de Justicia, ni mucho menos se le indemnizó.

Otro de los casos más sonados en España, es sin duda, el de Dolores Vázquez, que, a día de hoy, aún no ha recibido ninguna indemnización por parte del estado.

Vázquez permaneció 519 días en la cárcel de manera provisional por el asesinato de la joven Rocío Wanninkhof antes de ser puesta en libertad cuando se descubrió que el verdadero asesino de la chica de 19 años había sido Antonio Anglés.

Desde octubre de 2003 hasta su liberación en 2005, Vázquez no solo sufrió la pérdida de libertad, también el juicio paralelo de la sociedad, debido a lo mediático del caso y al tratamiento del mismo por parte de la prensa. Todo significó un gran daño reputacional para la mujer y un trauma por el que pidió cuatro millones de euros por los 519 días que pasó en prisión. El ministerio de Justicia le ofreció una cifra 33 veces menor, 120.000 euros, la cual Vázquez rechazó.

La Audiencia Nacional y el TS desestimaron su indemnización argumentando que no era la vía adecuada para la reclamación. A día de hoy aún no hemos compensado a esta mujer por el tiempo que pasó en prisión por un delito que jamás cometió.

“Hay más jurisdicción por la vía del contencioso-administrativo, pero se puede pedir de ambas formas, en el caso que llevé yo fue por la vía de la administración”, explica Arrién.

Por otro lado, recientemente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha exigido a España indemnizar a una ciudadana marroquí que prendió fuego a su casa con 20.000 euros. Esta decisión se debe a que las autoridades españolas prolongaron la estancia de la mujer en previsión preventiva más tiempo del que debían. La mujer, diagnosticada con esquizofrenia, provocó el incendio en 2018 cuando sufría una crisis aguda causada por su enfermedad mental, pero más adelante fue exonerada de responsabilidad penal debido a su condición.

Arrién indica que el baremo para pagar las indemnizaciones se calcula por los días que la persona ha estado en prisión provisional, la cantidad que hubiera ganado estando en libertad, la edad y demás circunstancias.

[img]http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=6113