Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 844182 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6160 en: 23 de Febrero de 2025, 13:29:44 pm »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6161 en: 23 de Febrero de 2025, 13:58:27 pm »
Igualito que los ataques a la policía. . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6162 en: 06 de Marzo de 2025, 11:51:21 am »

Condenado a seis años de cárcel por violación pese a que la víctima admite que se lo inventó


La denunciante de unos hechos de 2023 acudió a la Policía Nacional para declarar que fue una denuncia falsa

Condenado a seis años de cárcel por violación pese a que la víctima admite que se lo inventó
Imagen de archivo de un policía nacional. | Europa Press

Marcos Ondarra
Marcos Ondarra
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Publicado: 06/03/2025  •  04:30
Actualizado: 06/03/2025  •  10:42
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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha ratificado la sentencia a un hombre condenado a seis años de cárcel por la Audiencia Provincial de Zaragoza por agredir sexualmente a una joven en septiembre de 2023. Tras conocerse la sentencia de primera instancia, a finales del año pasado, la víctima confesó ante la Policía Nacional que se trataba de una denuncia falsa, interpuesta «por los nervios y enfado después de discutir con el acusado tras una relación sexual que fue consentida». Pese a la confesión de parte, la Sala Penal del TSJA ha desestimado el recurso de la defensa para revisar la sentencia porque las manifestaciones de la joven «no han sido ratificadas en sede judicial».


Los hechos se remontan al 5 de septiembre de 2023. Según recoge la sentencia, el condenado, de origen senegalés, se encontró con la denunciante, a la que conocía porque esta le había prestado con anterioridad 20 euros. Al cruzarse, la mujer le reclamó la devolución del dinero, «a lo que el procesado le dijo que subiera al domicilio donde vivía -tenía alquilada una habitación- para devolvérselos».

«En la habitación, el Sr. Alexis, con ánimo libidinoso, intentó besar a Luisa, a lo que esta se opuso diciéndole que no quería tener relación con él, y que solo eran amigos», continúa la sentencia, que abunda: «Lejos de aceptar dicha situación, él la lanzó sobre la cama de la habitación y le tapó la boca con la mano desnudándola, subiéndole el vestido y quitándole la ropa interior, procediendo a realizar el acto sexual con penetración -con introducción del pene en la vagina-». Luego, «se encendió la luz de la casa de algún vecino, lo que paralizó al procesado y propició el cese de la penetración vaginal y abandono de la habitación por parte de la denunciante».


Condenan a Andalucía por acusar falsamente a un padre de abusos y pasar tres años en prisión
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Marcos Ondarra
Su palabra lo condenó
Los jueces consideraron la declaración de la denunciante en la vista oral del juicio «clara, no contradictoria, firme y rotunda» y la refrendaron con el testimonio de una amiga suya que la había acompañado al hospital después de los presuntos hechos y la acogió en su piso esa noche. La sentencia recoge que en el centro hospitalario le hicieron un examen médico «sin detectar datos relevantes».

Pese a ello, la palabra de la denunciante y su amiga fueron prueba suficiente para condenar al acusado a seis años de cárcel, orden de alejamiento y prohibición de comunicación a menos de 200 metros durante diez años, otros seis de libertad vigilada y una indemnización de 12.000 euros a la supuesta víctima.


Solo dos de cada diez denuncias por violencia de género terminan con la condena del hombre
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Marcos Ondarra
«Relación consentida»
Sin embargo, el pasado 29 de diciembre la denunciante rectificó. Según ha publicado Aragón Digital, la joven acudió a la Comisaría de Policía Nacional para entregar una carta en la que confesaba haber mentido. En el atestado policial se subraya que la misma declara «libremente y sin que nadie la obligue» y que lo hace para «retractarse de una denuncia falsa interpuesta contra su expareja».

«Puse la denuncia porque después de la relación consentida que tuvimos acabamos discutiendo y por mis nervios y enfados lo hice sin pensar (…), y al ver que puede entrar en la cárcel por más de seis años quiero retirar mi falsa denuncia», reza la carta a la que ha tenido acceso el medio antes citado.


Borrás califica de «denuncia falsa» el supuesto caso de acoso contra ella dentro de Vox
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THE OBJECTIVE
Ahora, al Tribunal Supremo
La defensora del acusado, la abogada Soraya Laborda, presentó un recurso de apelación al TSJA porque «el principio de presunción de inocencia de su representado había sido vulnerado y había un error en la valoración de la prueba». Poco después, fue cuando la víctima declaró ante la Policía que se trataba de una denuncia falsa, notificando también a la Audiencia Provincial. Pese a que se intentó suspender la tramitación del recurso presentado al TSJA, el cual ya había deliberado y tomado una decisión, la carta de confesión de la joven no ha sido tenida en cuenta por los magistrados, y según se desprende del escrito presentado por la representación de la denunciante, «se encuentra en paradero desconocido».

Sobre el fallo del TSJA desestimando el recurso de apelación a la sentencia de condena de seis años de cárcel aún cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. La letrada anuncia que recurrirá al Supremo para anular la sentencia.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6163 en: 06 de Marzo de 2025, 13:05:43 pm »
Hermana, yo sí te creo. . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6164 en: 06 de Marzo de 2025, 13:06:35 pm »
Hermana, yo sí te creo. . .

Pues podría haber confesado antes de que se revisase la sentencia en el TSJ.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6165 en: 07 de Marzo de 2025, 02:36:20 am »

Condenado a seis años de cárcel por violación pese a que la víctima admite que se lo inventó


La denunciante de unos hechos de 2023 acudió a la Policía Nacional para declarar que fue una denuncia falsa

Condenado a seis años de cárcel por violación pese a que la víctima admite que se lo inventó
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Publicado: 06/03/2025  •  04:30
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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha ratificado la sentencia a un hombre condenado a seis años de cárcel por la Audiencia Provincial de Zaragoza por agredir sexualmente a una joven en septiembre de 2023. Tras conocerse la sentencia de primera instancia, a finales del año pasado, la víctima confesó ante la Policía Nacional que se trataba de una denuncia falsa, interpuesta «por los nervios y enfado después de discutir con el acusado tras una relación sexual que fue consentida». Pese a la confesión de parte, la Sala Penal del TSJA ha desestimado el recurso de la defensa para revisar la sentencia porque las manifestaciones de la joven «no han sido ratificadas en sede judicial».


Los hechos se remontan al 5 de septiembre de 2023. Según recoge la sentencia, el condenado, de origen senegalés, se encontró con la denunciante, a la que conocía porque esta le había prestado con anterioridad 20 euros. Al cruzarse, la mujer le reclamó la devolución del dinero, «a lo que el procesado le dijo que subiera al domicilio donde vivía -tenía alquilada una habitación- para devolvérselos».

«En la habitación, el Sr. Alexis, con ánimo libidinoso, intentó besar a Luisa, a lo que esta se opuso diciéndole que no quería tener relación con él, y que solo eran amigos», continúa la sentencia, que abunda: «Lejos de aceptar dicha situación, él la lanzó sobre la cama de la habitación y le tapó la boca con la mano desnudándola, subiéndole el vestido y quitándole la ropa interior, procediendo a realizar el acto sexual con penetración -con introducción del pene en la vagina-». Luego, «se encendió la luz de la casa de algún vecino, lo que paralizó al procesado y propició el cese de la penetración vaginal y abandono de la habitación por parte de la denunciante».


Condenan a Andalucía por acusar falsamente a un padre de abusos y pasar tres años en prisión
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Su palabra lo condenó
Los jueces consideraron la declaración de la denunciante en la vista oral del juicio «clara, no contradictoria, firme y rotunda» y la refrendaron con el testimonio de una amiga suya que la había acompañado al hospital después de los presuntos hechos y la acogió en su piso esa noche. La sentencia recoge que en el centro hospitalario le hicieron un examen médico «sin detectar datos relevantes».

Pese a ello, la palabra de la denunciante y su amiga fueron prueba suficiente para condenar al acusado a seis años de cárcel, orden de alejamiento y prohibición de comunicación a menos de 200 metros durante diez años, otros seis de libertad vigilada y una indemnización de 12.000 euros a la supuesta víctima.


Solo dos de cada diez denuncias por violencia de género terminan con la condena del hombre
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«Relación consentida»
Sin embargo, el pasado 29 de diciembre la denunciante rectificó. Según ha publicado Aragón Digital, la joven acudió a la Comisaría de Policía Nacional para entregar una carta en la que confesaba haber mentido. En el atestado policial se subraya que la misma declara «libremente y sin que nadie la obligue» y que lo hace para «retractarse de una denuncia falsa interpuesta contra su expareja».

«Puse la denuncia porque después de la relación consentida que tuvimos acabamos discutiendo y por mis nervios y enfados lo hice sin pensar (…), y al ver que puede entrar en la cárcel por más de seis años quiero retirar mi falsa denuncia», reza la carta a la que ha tenido acceso el medio antes citado.


Borrás califica de «denuncia falsa» el supuesto caso de acoso contra ella dentro de Vox
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Ahora, al Tribunal Supremo
La defensora del acusado, la abogada Soraya Laborda, presentó un recurso de apelación al TSJA porque «el principio de presunción de inocencia de su representado había sido vulnerado y había un error en la valoración de la prueba». Poco después, fue cuando la víctima declaró ante la Policía que se trataba de una denuncia falsa, notificando también a la Audiencia Provincial. Pese a que se intentó suspender la tramitación del recurso presentado al TSJA, el cual ya había deliberado y tomado una decisión, la carta de confesión de la joven no ha sido tenida en cuenta por los magistrados, y según se desprende del escrito presentado por la representación de la denunciante, «se encuentra en paradero desconocido».

Sobre el fallo del TSJA desestimando el recurso de apelación a la sentencia de condena de seis años de cárcel aún cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. La letrada anuncia que recurrirá al Supremo para anular la sentencia.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6166 en: 10 de Marzo de 2025, 07:21:12 am »
La Justicia confirma dos años de cárcel a un guardia civil que estafó a un compañero para conseguir créditos


Historia de Alberto Pozas • 9 h • 4 minutos de lectura

El Tribunal Superior de Madrid avala la condena de un agente destinado en el Ministerio de Educación por usar los datos de otro para sortear sus deudas y poder contratar líneas telefónicas y préstamos económicos a pesar de estar en el fichero de morosos

El Tribunal Superior de Madrid ha confirmado la condena de dos años de cárcel impuesta a un agente de la Guardia Civil que, mientras estuvo destinado en las dependencias del Ministerio de Educación, usó los datos personales de uno de sus compañeros para falsificar documentos y obtener créditos económicos a pesar de figurar en el registro de morosos. Los jueces entienden que incurrió en delitos de estafa, falsedad documental y revelación de secretos para conseguir 36.000 euros haciéndose pasar por otro agente.

Los dos guardias civiles coincidieron a lo largo de 2017 cuando ambos formaron parte del equipo de seguridad del Ministerio en la calle Alcalá. El acusado, para entonces, ya acumulaba varias deudas económicas y estaba registrado en el fichero de morosos de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF). Un directorio que, en la práctica, cierra la puerta a que un moroso pueda obtener un crédito de una entidad o contratar servicios como una línea telefónica.

El guardia civil condenado, de alguna manera que no ha sido probada por la Justicia, accedió al portátil de su compañero y consiguió su documentación: nóminas y el Documento Nacional de Identidad. A continuación los modificó para poner su propio nombre, cambiar algunas fechas y meses después usó las versiones modificadas para contratar líneas telefónicas y, después, varios créditos con Cofidis y Cetelem. Todo a nombre de su compañero, libre de deudas y sin los problemas que él hubiera tenido.

Los investigadores explicaron a lo largo del juicio cómo la unidad de Asuntos Internos se dio cuenta de que todos esos créditos y líneas de teléfono se habían contratado de forma ilegal usando datos de otro guardia civil. Los móviles que usaba, por ejemplo, fueron localizados en Madrid y Málaga cuando el agente afectado llevaba meses destinado en Balears y no había abandonado las islas. El dinero que había conseguido, además, había ido a parar a una cuenta bancaria a nombre de un familiar del condenado, donde él mismo ingresaba su nómina.

El Tribunal Superior de Justicia, en una sentencia a la que ha tenido acceso elDiario.es, ha confirmado la condena que impuso en primera instancia la Audiencia Provincial y ahora el agente solo puede llevar su caso hasta el Tribunal Supremo. Dos años de prisión que también le inhabilitan para ejercer en la Guardia Civil mientras dure su condena, además de una multa de 1.980 euros y la obligación de devolver el dinero e indemnizar a su antiguo compañero con un total de 12.000 euros por daños morales.

El recurso del agente condenado que rechazan los jueces se basaba, sobre todo, en alegar que tuvo un ataque de ansiedad en la mañana del juicio y que compareció ante el tribunal sin estar en condiciones de hacerlo: “No se explayó como se podía explayar”, alegaba. Los magistrados del TSJ, tras analizar el informe del médico que le atendió esa mañana, concluyen que estaba “en perfectas condiciones para declarar”.

Investigación de Asuntos Internos
Las sentencias del caso revelan cómo se descubrió la estafa. La víctima, después de servir en el Ministerio en 2017, se fue a vivir a Palma y no sospechó nada hasta que intentó contratar él mismo un crédito para reformar la cocina del domicilio que acababa de comprar en la nueva ciudad donde estaba destinado. La entidad le informó de que no podía obtener más dinero porque ya tenía varios préstamos impagados y estaba dado de alta como moroso en el Asnef. El agente, que nunca había pedido un crédito, denunció los hechos y la investigación llevó rápidamente a su antiguo compañero de vigilancia en el Ministerio de Educación.

En la primera sentencia del caso, la Audiencia Provincial explicó que el caso adquiría mayor gravedad teniendo en cuenta que el acusado es, precisamente, un agente de la ley: “Debemos atender a la reprochabilidad moral de los hechos, cometidos abusando de la confianza que debe presidir entre compañeros, miembros de la Guardia Civil, que entre su cometido está el de velar por el cumplimiento de las Leyes, lo que debió conllevar un impacto importante en la víctima”.

La estafa tuvo consecuencias económicas relevantes para el otro guardia civil. Según relató, su pareja tuvo que vender un piso rápidamente y por debajo del valor de mercado para hacer frente a las deudas que su compañero había generado. “Le ha ocasionado dificultades y perjuicios económicos, no ha podido obtener ni préstamos ni siquiera financiación ni compras a plazos para la adquisición de bienes, financiación muy necesaria como consecuencia de su nuevo destino en Mallorca”, explican los jueces.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6167 en: 11 de Marzo de 2025, 18:51:29 pm »
 
Se desestiman las acusaciones de torturas, lesiones y falsedad documental contra varios agentes de la Policía Local

 
Lunes 17 de febrero de 2025  comentarios
 
Investigados por presuntos delitos de torturas, lesiones y falsedad documental durante una detención, el tribunal confirma su inocencia y archiva la causa.

DAVID P.N. / REDACCIÓN, 17/2/2025.- La Audiencia Provincial de Alicante ha ratificado el archivo definitivo de la causa seguida contra varios agentes de la Policía Local de Santa Pola, quienes fueron investigados por presuntos delitos de torturas, lesiones y falsedad documental tras una detención.

Los hechos: una detención conflictiva madrugada del 25 de diciembre de 2023

En la madrugada del 25 de diciembre de 2023, la Policía Local recibió numerosas llamadas alertando sobre una riña y varias agresiones en un local de ocio del centro de Santa Pola.

Al llegar al lugar, los agentes encontraron una gran multitud y a un individuo en un estado de elevada agitación y agresividad, discutiendo con otro vecino. Uno de ellos presentaba heridas y hematomas en el rostro, que, según testigos, fueron resultado de diversas peleas en las que había participado a lo largo de la noche.

Tras su identificación, los agentes le informaron que tenía prohibido el acceso al local, pero el sujeto reaccionó con insultos y amenazas tanto hacia los policías como hacia los transeúntes. Se le advirtió que su conducta podría derivar en un delito de desobediencia grave a la autoridad.

Para evitar incidentes, los agentes le ofrecieron acudir al centro de salud para ser atendido y así como al objeto de que identificase a las personas que le habían ocasionado las lesiones que presentaba, pero el individuo se negó. Se le pidió que abandonara la zona para garantizar la seguridad en plena celebración de Nochebuena. Los Agentes observaron que, una vez que el varón comenzó a alejarse del lugar, éste se dispuso a grabar a los funcionarios actuantes con su terminal móvil, profiriendo insultos y amenazas.

Los agentes decidieron retirarse escalonadamente, dejando una patrulla para evitar nuevos altercados. Sin embargo, cuanta la patrulla se disponía a abandonar el lugar, el individuo regresó en actitud desafiante y violenta, negándose a desistir. Tras ser nuevamente conminado, éste se encaró a los funcionarios y huyó corriendo, agrediendo a una mujer en la vía pública, iniciándose así una persecución.

Gracias a la colaboración ciudadana, el sospechoso fue localizado oculto en unos arbustos y, al ser interceptado, reaccionó de manera extremadamente violenta, siendo necesaria la intervención de varias unidades para reducirlo.

Este individuo, con múltiples antecedentes policiales y penales, está catalogado por el Ministerio del Interior como "sujeto bronquista que produce lesiones". Como resultado del proceso judicial, el Juzgado de lo Penal Nº3 de Elche lo condenó por resistencia a la autoridad y un delito leve de lesiones.

La denuncia contra los agentes y el proceso judicial

Ocho días después de los hechos, el detenido presentó una denuncia contra siete agentes de la Policía Local de Santa Pola, acusándolos de torturas y alegando que lo golpearon con patadas y bofetadas mientras estaba esposado.

Dado que estos delitos conllevan penas de prisión e inhabilitación profesional, varios agentes optaron por contratar los servicios del abogado penalista Aitor Prieto Razquin, reconocido a nivel nacional y con despacho en Santa Pola.

Desde el inicio de su defensa, Prieto Razquin logró demostrar la inocencia de sus representados con una extensa batería de pruebas:

• Primera victoria: En la primera declaración judicial, logró que tres de los siete agentes pasaran de investigados a testigos, quedando fuera de la causa.
• Pruebas clave: Solicitó 21 declaraciones testificales y pruebas documentales que demostraron que las lesiones del denunciante fueron consecuencia de las múltiples peleas previas a la intervención policial.
• Estrategia de defensa: Se centró en desmentir la supuesta agresión policial, logrando que el médico del centro de salud certificara que el detenido no presentaba heridas cortantes al ser examinado, contradiciendo su versión.
• Confirmación de la Guardia Civil: El agente que lo recibió en el cuartel confirmó que no tenía heridas sangrantes en ese momento, desmontando la acusación de que los agentes locales fueran responsables de sus lesiones.

Tras analizar todas las pruebas, el Juzgado de Instrucción Nº4 de Elche dictó, el 31 de mayo de 2024, el sobreseimiento y archivo provisional de la causa.

Sin embargo, el denunciante recurrió ante la Audiencia Provincial de Alicante, que ratificó el archivo el 20 de enero de 2025, confirmando la total inocencia de los agentes y poniendo fin al proceso judicial.

Reconocimiento a la defensa legal y cierre del caso

Agentes de la Policía Local de Santa Pola, han expresado su más sincero agradecimiento al abogado Aitor Prieto Razquin, destacando su incansable labor en defensa de los agentes y la institución.

Se ha intentado enturbiar la imagen de unos agentes de la Policía Local con una denuncia sin fundamento, pero, gracias a su trabajo y a la verdad, se ha demostrado la profesionalidad y correcta actuación de los agentes, quienes solo cumplieron con su deber en una noche conflictiva, afirmaron fuentes policiales.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6168 en: 12 de Marzo de 2025, 08:54:51 am »
Admitida a trámite la querella de Jaume Roures contra los policías que lo vincularon al caso Volhov

Historia de Jordi Martín • 21 h • 3 minutos de lectura

El juzgado de instrucción número 26 de Barcelona ha admitido a trámite la querella del empresario del audiovisual Jaume Roures contra los dos inspectores del Cuerpo Nacional de Policía que lo vincularon al caso Volhov en un informe policial. La magistrada Maria del Carmen Suárez ha abierto la puerta a abrir diligencias previas para determinar los hechos y enjuiciarlos poniéndolos en conocimiento de la Fiscalía. La querella atribuye a los agentes los delitos de acusación y de denuncia falsa. La jueza ha requerido a la Policía Nacional el informe y la ficha de investigado de Jaume Roures, a quien los agentes vincularon a delitos de traición y pertenencia a organización criminal en el marco de la supuesta trama rusa del Procés que investigaba el juez Joaquín Aguirre. La defensa del empresario denuncia que las acusaciones vertidas en el informe, de 196 páginas, no tenían "ningún fundamento".

Roures ya se ha pronunciado y ha celebrado la "buena noticia" en declaraciones en la prensa, a la vez que ha expresado su deseo de que todos los casos similares se puedan ir resolviendo. El empresario del sector audiovisual también ha afianzado que tendría que existir un "organismo independiente que controle a la policía". "La vía jurídica es muy larga, muy cara y no acaba nunca de resolver el tema", ha lamentado. En un sentido similar se ha pronunciado su abogado, Brian Ventura, del colectivo legal Irídia, que ha afirmado que la admisión a trámite de la querella es un paso más "ante el patrón preocupante de falta de imparcialidad policial, que vulnera derechos fundamentales y socava la confianza en las instituciones".

La directora de Irídia, Anaïs Franquesa, ha afianzado también en declaraciones en la prensa a raíz de la querella que se abrirán las "cloacas policiales" y que se acaba la "impunidad" de los comisarios que incriminan a personas "con hechos falsos y surrealistas". Franquesa ha expresado el deseo de que la querella de Roures sirva como a mensaje de "tolerancia cero ante las mentiras policiales, que tienen un coste elevado en la vida de la gente". La dirigente del colectivo de abogados también ha pedido mecanismos de control externo sobre la policía para "saber la verdad".

Acusado de pertenencia a organización criminal en el caso Volhov

Según detalló la defensa de Roures al poner la querella, el informe policial "solo" citaba como prueba una presunta conversación de audio en el marco de "la Operación Estela" en que terceras personas hablaban sobre Roures. En concreto, la conversación era entre el exdirigente de CDC Víctor Terradellas y el exconseller Xavier Vendrell, donde el primero le decía: "Tú y David (Madí) intentabais hacer muchas cosas, pero muy grandes, en temas de comunicación con Roures, y esta gente está muy interesada en poder participar". La policía incluyó al productor en esta trama y lo señalaba como corresponsable de un "equipo conjunto de comunicaciones que la esfera rusa y el movimiento secesionista catalán" habían planeado para supuestamente implantar la República catalana y el establecimiento de un sistema monetario basado en criptomonedas. Los dos agentes de la policía atribuyeron los delitos de "traición y organización criminal" a Jaume Roures a raíz de la citada conversación.



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6169 en: 13 de Marzo de 2025, 17:33:29 pm »

El Constitucional anula la reforma del reglamento del Senado que permitió al PP retrasar la tramitación de la amnistía


Estima el recurso de inconstitucionalidad que presentó el PSOE contra la modificación del reglamento de la Cámara Alta

El presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido.
El presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido. BERNARDO DÍAZ
Fiscalía y Abogacía del Estado piden al Supremo la amnistía para Puigdemont por la malversación ya que no hubo "enriquecimiento personal"
Ángela Martialay | Madrid
12/03/2025 18:13
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El Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado este miércoles la modificación del artículo 133.2 del Reglamento interno del Senado del año 2023 que permitió al Partido Popular retrasar la tramitación de la polémica Ley de Amnistía al procés. Esta reforma permitió a los populares ampliar de 20 días a dos meses el plazo para tramitar la Ley que borró los delitos del desafío independentista catalán.

El Alto Tribunal, en una sentencia que ha contado con los votos en contra de los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías, estima el recurso de inconstitucionalidad presentado por el grupo parlamentario socialista.

El Constitucional estima el recurso de los senadores del PSOE al entender que el precepto impugnado, que ampliaba el plazo en la Cámara Alta, es contrario al artículo 90.3 de la Constitución. Ese artículo recoge que "el plazo de dos meses de que el Senado dispone para vetar o enmendar el proyecto se reducirá al de veinte días naturales en los proyectos declarados urgentes por el Gobierno o por el Congreso de los Diputados".


Por su parte, el artículo 133.2 del Reglamento ahora anulado sostiene que "en las proposiciones de ley, la Mesa del Senado podrá decidir la aplicación del procedimiento de urgencia cuando así lo solicite el Gobierno o el Congreso de los Diputados, o también actuando de oficio o a propuesta de un Grupo parlamentario o de veinticinco senadores".

En la sentencia, ponencia del magistrado Juan Carlos Campo, el tribunal realiza una interpretación del término "proyectos" y "proyecto" utilizado por ese precepto constitucional y llega a la conclusión de que ese término incluye tanto los proyectos de ley, de origen gubernamental, como las proposiciones de ley, de origen parlamentario o popular.

En esta línea, el TC señala que el término "proyectos" y "proyecto" que utiliza el artículo 90.3 de la Constitución tiene como referente la locución "proyecto de ley ordinaria u orgánica" aprobada por el Congreso de los Diputados y que esa locución ha de interpretarse necesariamente en el sentido de incluir tanto a los proyectos como a las proposiciones de ley aprobadas por el Congreso de los Diputados.

Desde la perspectiva del Pleno, una interpretación estricta del término proyecto que utiliza el artículo 90 de la Carta Magna, es decir, una interpretación que incluya solo las iniciativas legislativas gubernamentales, conllevaría la posibilidad de excluir al Senado de la tramitación de las proposiciones de ley, con la incidencia que tendría tal conclusión en la capacidad colegisladora de esa Cámara.

Cámara de segunda lectura
Tras esta argumentación, el órgano de garantías constitucionales también entiende que una disposición normativa que distingue entre proyectos y proposiciones de ley, atribuyendo la facultad de decidir sobre la tramitación por el procedimiento de urgencia de estas últimas tan sólo a la Mesa del Senado sería contraria a la Constitución.

Por otro lado, el TC destaca en su sentencia que el texto constitucional diseña un procedimiento legislativo en el que el Congreso adopta un papel preeminente frente al Senado y este último actúa como Cámara de segunda lectura.

Según informan fuentes jurídicas a EL MUNDO, durante el Pleno el magistrado Macías defendió la pertinencia de retrasar la deliberación debido a que el Senado, en la actualidad, está tramitando una nueva reforma del Reglamento de la Cámara y con el objetivo de no interferir el TC en la misma. Sin embargo, el ponente rechazó tal pretensión encontrando el apoyo de otros magistrados del tribunal, entre ellos el del presidente Cándido Conde-Pumpido.

Al conocer el fallo, fuentes del PP en el Senado han señalado que "acatan" la decisión pero considera que "en ningún caso" puede perjudicar a la calidad legislativa durante el trámite parlamentario de las leyes en el Senado. El partido de Alberto Núñez Feijóo "vuelve a tender la mano al PSOE para avanzar en una reforma del reglamento consensuada que ponga en valor a la Cámara Alta".

"Esperamos que detrás de estas maniobras no se escondan las urgencias de Sánchez para aprobar una serie de leyes que le urgen, como la Ley Begoña", añaden fuentes populares.

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« Respuesta #6170 en: 13 de Marzo de 2025, 17:40:00 pm »
Preocupados están en el PP, solo querían hacer ruido, por lo demás, ellos saben que, ideológicamente, están mucho más cerca de Puigdemont que el PSOE y que, con el tiempo, ellos serán los grandes beneficiados de la amnistía, porque son los socios naturales de Puigdemont y que eso ocurra. . . es solo cuestión de tiempo. . .

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« Respuesta #6171 en: 14 de Marzo de 2025, 06:30:48 am »
La jueza Biedma se planta: No se facilitaran más grabaciones de vídeo de la instrucción de David Sánchez

9 h • 1 minutos de lectura

La titular del juzgado de instrucción nº 3 de Badajoz se planta y no permitirá que las partes personadas en la causa contra David Sánchez tengan acceso libre a las grabaciones de las distintas comparecencias en sala durante la instrucción. Según señala en el auto hecho público este jueves, habiendo ya tenido lugar repetidas filtraciones del contenido de las diligencias hasta ahora practicadas, resulta lo procedente que respecto a las futuras declaraciones personales que se realicen en la presente causa especial, tras procederse a su grabación audiovisual, se reserve ésta en una pieza especial de “información sensible, accesible únicamente a este órgano jurisdiccional y al Ministerio Fiscal".

Beatriz Biedma indica, no obstante, que se facilitará al resto de las partes la trascripción de su contenido proporcionada automáticamente por el programa de grabación como apoyo de las propias anotaciones que éstas juzguen oportuno realizar. Además, si alguno precisara consultar algún extremo en concreto de las declaraciones referidas, para el que no le fuera bastante con la trascripción facilitada, podrá comparecer en la sede de la Secretaría de la Sala Segunda de este Tribunal Supremo, en cuyo lugar podrán observar las grabaciones audiovisuales, sin que, sin embargo, se les facilite copia de la grabación hasta tanto y en su caso, se declare abierto el juicio oral.



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6172 en: 14 de Marzo de 2025, 16:19:40 pm »

Piden 44 años de prisión para un policía local acusado de matar a una anciana empujándola por la escalera de su chalé de Ciempozuelos


El agente era el beneficiario del testamento pese a no ser familiar directo ya que la mujer no tenía descendientes. Se llegó a comprar hasta un Ferrari


Luis F. Durán
Madrid
Actualizado Viernes, 14 marzo 2025 - 13:23

La Fiscalía de Madrid pide 44 años de prisión para un policía local de San Martín de la Vega de 57 años acusado de matar a una anciana de 83 años empujándola por las escaleras de su chalé para quedarse con su herencia. Este lunes comienza en la Audiencia Provincial de Madrid el juicio por el crimen ocurrido en febrero de 2020 en la vivienda adosada de la octogenaria, en la calle de San Francisco de Ciempozuelos (Madrid). El acusado, que vivía cerca de la anciana, en una calle paralela, era el beneficiario del testamento, pese a no ser familiar directo, ya que la mujer no tenía descendientes. El patrimonio de la anciana superaba el millón y medio de euros.

El proceso de investigación, que ahora desemboca en el juicio, duró más de un año hasta que en mayo 2021 el hombre ingresó en prisión. La Fiscalía de Madrid le imputa por esos hechos los delitos de asesinato, asesinato en grado de tentativa, falsedad en documento público y blanqueo de capitales.


El escrito del Ministerio fiscal relata que el acusado mantenía una relación de amistad con Teresa, viuda de 83 años, de quien pretendía obtener un beneficio económico, "motivo por el cual decidió acabar con su vida y lograr apoderarse de todos sus bienes".


Primero, presuntamente, provocó un accidente de tráfico en la M- 307 en la localidad de Ciempozuelos, que terminó con la anciana ingresada con varias fracturas. Según describe el escrito, alentó a la mujer a no ponerse el cinturón de seguridad y luego empotró el turismo contra un árbol sin que saltara el airbag.

Cinco días más tarde del accidente, el acusado acudió a una notaría de Parla acompañado por una mujer que se hizo pasar por la víctima y cuya identidad se desconoce, según la Fiscalía. Con esta artimaña consiguieron un poder notarial a favor del acusado y un nuevo testamento que lo instituía como heredero universal. Con estos documentos, durante los siguientes días realizó reintegros por valor de 557.000 euros de la cuenta de Teresa en la que estaba ya autorizado. Con el dinero se compró para su chalé de la calle de Prado Redondo de Ciempozuelos una piscina spa, una televisión, placas solares, una chimenea y hasta un vehículo Ferrari.

No conforme con esto, la fiscalía considera que, en ejecución del plan previsto de asesinar a la mujer, el hombre acudió al domicilio de la anciana en Ciempozuelos el 29 de febrero de 2020. La anciana se recuperaba todavía del accidente de tráfico y tenía que desplazarse con andador y necesitaba oxígeno.

El escrito acusatorio explica que el hombre condujo a Teresa hasta el borde de la escalera que bajaba al sótano de la vivienda, "momento en que con la intención de causarle la muerte, le propinó un fuerte empujón que hizo que cayera sobre las escaleras impactando directamente contra el octavo escalón de las mismas, que le produjo un fuerte traumatismo craneoencefálico y un mecanismo de asfixia mecánica que produjeron su fallecimiento en el acto".

Fue el propio acusado el que avisó a los servicios de emergencia, pero desde el primer momento las sospechas recayeron en él. La fallecida tenía una cuidadora las 24 horas del día y en el momento del percance estaba haciendo la compra.Tras la muerte de Teresa, el agente heredó la vivienda, un coche de alta gama y todo el dinero de la mujer.

Tres meses después, el acusado empezó a ser consciente de que le estaban investigando, lo que le llevaría a contactar con su mujer, de 47 años y de la que se acababa de separando, a quien traspasó la propiedad del adosado de la anciana y de un vehículo de alta gama, un Porsche Macan.

Finalmente, valiéndose de un poder general otorgado a su favor por sus propios padres en noviembre de 2020, el acusado adquirió a nombre de estos, una parcela en Miraflores de la Sierra.

Después de un año de investigaciones, en mayo de 2021, los agentes del instituto armado detuvieron al agente como presunto responsable de la muerte de la anciana. Dos días después ingresó el presunto criminal en prisión. En el primer interrogatorio de los agentes, en mayo de 2021, el acusado sufrió una crisis de ansiedad y fue ingresado en la unidad de psiquiatría del Hospital Infanta Elena de Valdemoro.

Para la ex mujer del agente, el fiscal solicita tres años de prisión por un delito de alzamiento de bienes. La Fiscalía pide además que el acusado indemnize a un hermano de la asesinada y a una sobrina de Teresa con la cantidad de 600.000 euros.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6173 en: 21 de Marzo de 2025, 16:06:07 pm »

Un militar y un guardia civil se sientan en el banquillo por usar explosivos sin autorización para impartir cursos


La Fiscalía les acusa de un presunto delito de tenencia de explosivos.
Más información: Juicio contra el jefe de una empresa tras una polémica firma en una carta de despido: piden dos años de cárcel para él


Alvar Salvador
Publicada
21 marzo 2025 09:04h
Este lunes, 24 de marzo, la Audiencia de Valladolid va a celebrar juicio contra un militar del Ejército de Tierra y un guardia civil por impartir cursillos de desactivación de explosivos mediante el uso de materia real “sin estar autorizados para ello y poner en peligro la vida de los alumnos”.

La Fiscalía, como apunta en su escrito de acusación al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL de Castilla y León, pide para cada uno de ellos una pena de tres años y seis meses de prisión con inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión por un presunto delito de tenencia de explosivos.

Juicio contra el jefe de una empresa tras una polémica firma en una carta de despido: piden dos años de cárcel para él
El acusado A.G.G. era técnico especialista en desactivación de artefactos explosivos del Ejército de Tierra y gestionaba una empresa. Mientras que G.C.S, el otro acusado, era un guardia civil.

El Ministerio Fiscal apunta que, en el desarrollo de la actividad de la empresa, a través de los acusado, “se organizaron e impartieron varios cursos de formación en el uso y manejo de explosivos que tenían programada la realización de prácticas con explosivos sin tener autorización para ello”.

La Fiscalía asegura que así ocurrió en el mes de noviembre de 2014. El 25 de ese mes, en una zona de la provincia de Valladolid, los dos acusados “dirigieron y asistieron a una práctica con explosivo real de plástico PG2 con detonación de artefacto en la que se encontraban presentes cuatro miembros de la Armada de Chile con el consiguiente peligro para los asistentes debido a la manipulación de esos explosivos sin seguridad”.

El 20 de julio de 2016 la empresa solicitó a la Subdelegación del Gobierno de Valladolid la obtención de la condición de consumidor habitual de explosivo civil pero la tramitación quedó paralizada tras la investigación de la Guardia Civil.

La causa estaba paralizada desde el 12 de agosto de 2019 y este lunes se celebrará el juicio en la Audiencia de Valladolid.

 

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6174 en: 24 de Marzo de 2025, 15:34:32 pm »

La jueza de Carlet archiva la causa contra la trama policial de Silla



El Juzgado de Instrucción número uno de Carlet ha acordado el sobreseimiento libre de las actuaciones contra el jefe de la Policía Local de Silla y otros dos agentes investigados al no apreciar indicios de delito
Ignacio Cabanes


Ignacio Cabanes

Pilar Olaya

València24 MAR 2025 12:33
Actualizada 24 MAR 2025 14:41
El Juzgado de Instrucción número uno de Carlet ha acordado el sobreseimiento libre de las actuaciones en la causa abierta por una presunta trama en la Policía Local de Silla en la que figuraban investigados el comisario jefe de Silla, Pedro O., y dos de sus agentes. De esta forma, la jueza los exonera de toda responsabilidad al no apreciar indicios de delito, ni por falsedad documental ni de omisión del deber de perseguir delitos.


La titular del juzgado que instruía la causa no ha dado la credibilidad suficiente a la presunta traficante a la que supuestamente los investigados daban cobertura y “manga ancha” en sus presuntas actividades ilegales a cambio de información precisa sobre otros traficantes, lugares y horas en las que se producirían transacciones de venta de droga.

“Tras la práctica de las diligencias de instrucción que se han considerado pertinentes, debe concluirse que no existe indicio alguno de criminalidad respecto de los agentes investigados”, remarca el auto. Por un lado, no hay pruebas de que existiera un “pacto” entre el jefe de la Policía Local de Silla y la presunta traficante, a quien “brindaría de inmunidad en la venta de sustancias estupefacientes a cambio de facilitarle la detención de otras personas que portaran cantidades importantes”.

Tampoco que se hayan instruido atestados que no se ajustarían a la realidad de los hechos tras la provocación del delito de tráfico de droga. Y hace referencia a la mala relación existente entre la Policía Local de Silla y la Guardia Civil del mismo municipio con “recelos continuos”.


Cuestiones personales del alcalde
En el mismo auto de sobreseimiento se hace referencia al alcalde de Silla, Vicente Zaragozá, ya que de las conversaciones mantenidas por este con el jefe de la policía no se desprende ningún indicio de delito de tráfico de influencias ni prevaricación, más allá de la llamada de un vecino molesto por una multa y cuestiones personales del alcalde, “de ahí que no se iniciara investigación alguna contra el mismo”.

El jefe de la Policía Local de Silla, representado por el letrado Juan Carlos Navarro, siempre ha negado cualquier posible pacto con la presunta traficante y que la presionaran para que les diera información a cambio de inmunidad. Así lo manifestó ante la jueza a principios de febrero. La jueza califica de “clara, contundente y rotundamente clarificadora” la declaración del jefe de la policía.

Sobre la reunión que mantuvo con la presunta traficante en su despacho en agosto de 2023, Ortega lo justifica diciendo que era para saber si uno de sus agentes, consumidor de cocaína, le facilitaba información a dicha traficante a cambio de droga.

Una de las claves del archivo de la causa está en una cuestión de competencias en materia de investigación. La tesis esgrimida por la defensa es que tanto el mando policial como los otros dos investigados tenían competencias para llevar a cabo este tipo de investigaciones para erradicar el tráfico de drogas en el municipio en base a un acuerdo que firmó en 2010 el Ayuntamiento de Silla con el Ministerio del Interior por el cual la Policía Local de Silla adquiría competencias como Policía Judicial.

“Actuaciones policiales absolutamente normales”
El auto de archivo considera que las intervenciones contra el tráfico de drogas llevadas a cabo por la Policía Local de Silla -17 detenidos desde que en 2018 se puso en marcha el Plan Estratégico contra el menudeo- se debieron “a informaciones obtenidas de vecinos de la localidad o de confidentes de la la policía”, pero no por la información facilitada por la presunta traficante. De hecho, la jueza argumenta que en los tres meses que estuvieron vigentes las intervenciones telefónicas no hubo ninguna conversación en dicho sentido y no le convence la explicación de los investigadores de la Guardia Civil sobre que “dicho pacto ya no se encontraría vigente”.

La trama policial de Silla "falsificaba atestados para justificar su actuación"
La trama policial de Silla "falsificaba atestados para justificar su actuación"

Una operación contra el tráfico de drogas llevada a cabo por la Guardia Civil entre noviembre de 2023 y junio de 2024 destapó la presunta trama policial que afectaba directamente al jefe de la Policía Local de Silla. La llamada “Operación Connivencia” se saldó en su momento con la detención de siete personas tras desmantelar un narcopiso en Silla, al que acudían a diario una media de 50 personas. Entre los arrestados se encontraba una mujer que presuntamente contaba con la supuesta connivencia de los policías locales investigados y ahora exonerados de toda responsabilidad delictiva.

Sobre el grupo de WhatsApp llamado “Jara y Sedal”, donde supuestamente los policías se comunicaban de estos ‘chivatazos’, el mismo se creó en mayo de 2024 con motivo de una operación en concreto por una plantación de marihuana y okupas en un domicilio de la localidad.

Comisario de Silla a una traficante: "Tú me das información y nosotros hacemos la vista gorda"
Comisario de Silla a una traficante: "Tú me das información y nosotros hacemos la vista gorda"

Reacciones del alcalde y del jefe de la policía
El alcalde de Silla, Vicente Zaragozá, ha mostrado su satisfacción al conocer el archivo de la causa. "Hoy por fin se hace justicia, y por supuesto que es muy buena noticia, aunque para mí no es ninguna sorpresa, ya que en mis primeras declaraciones sobre el caso, ya mostré mi confianza con el cuerpo de policía local de Silla y en especial; de su comisario en jefe Pedro Orgega. Uno de los policías más valorados y reconocidos de nuestra comunidad", remarcado el primer edil del municipio.

Por su parte, el comisario jefe investigado en la causa ahora sobreseída afirma: “La verdad, es hija del tiempo, y hoy por fin se ha hecho justicia y se demuestra que siempre hemos actuado amparados en el derecho. Esta resolución es una muestra más de nuestro compromiso con los vecinos y vecinas de Silla por dar el mejor servicio y perseguir el delito", puntualiza Ortega.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6175 en: 24 de Marzo de 2025, 20:22:49 pm »


Llega al Supremo una causa contra Yolanda Díaz por decir que Baltar condujo «ebrio a 220 km/h»


El senador popular fue condenado por la velocidad pero nunca por haberlo hecho bajo los efectos del alcohol
Redacción El Debate
El Debate
24/03/2025 Actualizada 17:32

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El pasado mes de febrero, el Tribunal Supremo condenó al senador del PP José Manuel Baltar como autor de un delito contra la seguridad vial por conducir a más de 200 kilómetros por hora (k/h) en la autovía A-52 en abril de 2023. Ahora, una causa contra la vicepresidenta del Gobierno, Yolanda Díaz, también ha llegado al Alto Tribunal por haber asegurado que lo hizo «ebrio».


Baltar presentó una querella contra Díaz por un delito de calumnias y la titular del Juzgado de Instrucción número 29 de Madrid, María Cristina Díaz, una vez que ha certificado la condición de aforada de la vicepresidenta y diputada de Sumar, ha elevado la causa al alto tribunal, informan a EFE fuentes jurídicas. Ahora, la Sala de lo Penal debe pedir informe a la Fiscalía antes de pronunciarse sobre su admisión a trámite, añaden las fuentes.

El Supremo condena al senador del PP José Manuel Baltar por conducir a más de 200 km/h y le retira un año el carné
Raquel Tejero

El 13 de marzo de 2024, en una intervención parlamentaria, Díaz se dirigió al diputado popular Miguel Tellado: «¿Cree que el señor Baltar cuando conducía ebrio a 220 kilómetros por hora lo hacía en el ejercicio de su cargo? Yo le digo que no y que es un bochorno».


Cuando Díaz pronunció estas palabras, el Supremo aun no había juzgado al senador popular, lo que ocurrió el pasado 13 de enero.

La sentencia de Baltar
En la sentencia, los magistrados de la Sala de lo Penal sostuvieron que «sin lugar a ninguna duda, a la vista de las pruebas practicadas», Baltar condujo su vehículo por encima de la velocidad límite permitida, que se fijaba en dicho tramo de la A-52 en 120 k/h. Sin embargo, en ningún momento se mencionó que lo hiciese bajo los efectos del alcohol.


El tribunal concluyó que los hechos son constitutivos de delito, por lo que atendió a la petición de multa y retirada de carnet de conducir que planteó la Fiscalía.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6176 en: 25 de Marzo de 2025, 08:36:31 am »
Un juzgado de Barcelona autoriza la publicación del libro sobre José Bretón


El juez rechaza las medidas cautelares solicitadas por la Fiscalía por poner en entredicho la libertad de expresión y no disponer de más documentación


Vozpópuli
Pedro González Malia
Andalucía

Publicado: 24/03/2025 ·15:40
Actualizado: 24/03/2025 · 16:49
Un juez de Barcelona ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por la Fiscalía de Menores de Barcelona para paralizar la publicación del libro 'El odio' sobre el crimen de José Breton, condenado por el asesinato de sus dos hijos en Córdoba en 2011, por lo que autoriza a la editorial Anagrama su difusión, según el auto al que ha tenido acceso el diario Vozpópuli.

La representación de Ruth Ortiz, la madre de los hijos, envió un burofax a la editorial Anagrama con un escrito en el que advierte de la ilegalidad de la publicación de este libro, previsto para su publicación el 26 de marzo, tras la advertencia de la Fiscalía de Córdoba, adelantaron la 'Cadena Ser' y el diario 'El País'. Además, libra un oficio a la Fiscalía Provincial de Barcelona, donde se encuentra el domicilio de la editorial, "con toda la documentación con el fin de que pueda abrir diligencias".

Acorde a lo que dictado por el juez, "los documentos aportados a los que se ha hecho referencia son insuficientes para poder valorar la presencia de la apariencia de buen derecho". No solo eso, sino que "no son adecuados" para evitar una vulneración "ilegítima en el honor, la intimidad y la propia imagen causada por el libro". Con todo, remata añadiéndo que "es absolutamente imposble poder hacer un juicio provisional e indiciario favorable a la estimación de la tutela que se recabaría en el juicio principal".

El magistrado considera ante tal solicitud y con la poca información disponible, no se puede analizar en que medida el libro puede "conculcar los derechos" de los menores ni de Ruth Ortiz, así como tampoco "existe ninguna otra medida cautelar alternativa menos restrictiva". Todo ello no ignora "las circunstancias que rodean el incidente ni a la especial protección que merecen las víctimas".

Auxilio y amparo
Este libro buscaba abordar “el mal” a través de una reconstrucción de los hechos previos y posteriores al crimen, así como explicar la relación entre el escritor y el asesino, con quien el autor intercambió cartas e incluso llegó a entrevistarse cara a cara en la prisión donde permanece recluido.

'El odio' recoge por primera vez la confesión de José Bretón sobre el asesinato de sus dos hijos, Ruth y José, en la finca familiar Las Quemadillas (Córdoba), suceso por el que cumple una condena de 40 años en la cárcel de Herrera de la Mancha (Ciudad Real).

El Servicio de Atención a Víctimas de Andalucía (SAVA) presentó previamente un escrito a Fiscalía de "solicitud de ayuda, auxilio y amparo" firmado por la propia Ruth Ortiz, en el que considera ilegal la publicación en base a la Ley de Protección Civil del Derecho al Honor, la Intimidad Personal y Familiar y la Propia Imagen, además de la Ley Orgánica de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia.

La madre de Ruth y José denunció que tuvo conocimiento de los detalles del libro, con la confesión del crimen y otros detalles, a través de los medios de comunicación, recalcando que los mismos le están causando "un tremendo dolor y nuevos daños psicológicos", según su abogada. "Está asistiendo horrorizada a cómo la vida y asesinato de sus dos hijos pequeños está expuesta públicamente en todos los medios de comunicación con detalles, comentarios y expresiones que ni siquiera aparecen en la sentencia, plagado de afirmaciones terribles", recoge en la denuncia, de la que se hacen eco los citados medios.

El pasado 20 de marzo, remitió una carta a los medios en la que declaraba que "no podemos, de ninguna forma, dar voz a los asesinos". Hoy, el juez permite la publicación del libro el próximo miércoles, ante lo que Ruth Ortiz ya aseguró que emprendería acciones legales si esto ocurría.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6177 en: 25 de Marzo de 2025, 14:07:42 pm »
A sangre fría es una obra escrita por Truman Capote que relata el brutal asesinato de la familia Clutter en Kansas en 1959. Capote investigó el caso durante seis años y entrevistó a los asesinos, Richard “Dick” Hickock y Perry Smith, quienes fueron condenados a muerte por el crimen. La obra destaca por ser una nueva forma de periodismo escrito, la cual dio lugar al género "Novela de no ficción".

. . . este tipo de novela no admite censura, es casi más un ensayo fruto de la investigación que una novela al uso. . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6178 en: 26 de Marzo de 2025, 20:34:20 pm »
A sangre fría es una obra escrita por Truman Capote que relata el brutal asesinato de la familia Clutter en Kansas en 1959. Capote investigó el caso durante seis años y entrevistó a los asesinos, Richard “Dick” Hickock y Perry Smith, quienes fueron condenados a muerte por el crimen. La obra destaca por ser una nueva forma de periodismo escrito, la cual dio lugar al género "Novela de no ficción".

. . . este tipo de novela no admite censura, es casi más un ensayo fruto de la investigación que una novela al uso. . .

Varias librerías se han negado a comercializarlo.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6179 en: 27 de Marzo de 2025, 06:53:19 am »
"Más de 11 minutos en el fondo de la piscina sin que el socorrista hiciera nada"


Historia de Cadena SER • 14 h • 2 minutos de lectura

La fiscal pide 4 años de cárcel para el socorrista de la piscina cubierta de San Juan en Pamplona por homicidio por imprudencia grave después de que en junio pasado muriera una chica de 26 años ahogada sin que la atendieran.

"Manifiesto desprecio de las más mínimas normas de prudencia", recoge la fiscal, Elena Sarasate, en su escrito de acusación previo a la apertura de juicio oral. 11 minutos y 13 segundos estuvo la joven en el fondo de la piscina sin que el socorrista hiciera nada por atenderla. En el relato de los hechos, la fiscal señala que la chica nadó durante 6 minutos y tras apoyarse en el bordillo comenzó a convulsionar y se hundió hasta el fondo de la piscina, a metro sesenta de profundidad.

Un usuario de la piscina, al observar que no se movía avisó al socorrista dos minutos más tarde. Éste miró desde el bordillo y volvió a su puesto sin hacer nada. Volvió a mirar 4 minutos más tarde y entonces, retornó de nuevo a su puesto. Finalmente fue un usuario de la piscina el que, más de 8 minutos más tarde de que el socorrista fuera avisado, se sumergió y sacó a la joven. Aunque fue evacuada en ambulancia, falleció por ahogamiento. El escrito de la fiscal, al que ha tenido acceso la SER, recoge los detalles del suceso con horarios detallados. A las 20:58 del 19 de junio pasado, la deportista accede a la piscina cubierta. Nada varios largos por la calle 4 de esa instalación y a las 21:06 se apoya en el bordillo y comienzan las conclusiones. Detalla que el puesto del socorrista está a 10 metros y 89 centímetros del lugar donde la chica se hundió en el agua pero no fue hasta las 21:17 cuando un usuario de la piscina, que no el socorrista, se sumergió para sacarla del agua.

El acusado estaba habilitado como socorrista desde 2021. La fiscal pide también indemnizaciones para la familia de la fallecida tanto al acusado como a las aseguradoras de SEDENA, la empresa que se hacía cargo de la gestión de la piscina como responsable civil subsidiaria.