Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 968404 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6240 en: 26 de Septiembre de 2025, 08:09:35 am »


Condenado el bufete que despidió a Albert Rivera a pagarle 1,3 millones por incumplimiento de contrato y daños morales


La jueza estima parcialmente la demanda que Rivera y Villegas defendieron en un juicio el pasado 28 de mayo. Rivera reclamaba 6,1 millones de euros más los intereses correspondientes por los daños y perjuicios causados, mientras que Villegas exigía un millón de euros
Hemeroteca — Albert Rivera gana el primer asalto: el juzgado rechaza la demanda millonaria de su antiguo bufete de abogados
Hemeroteca — Albert Rivera pide una indemnización por despido de 500 días por año trabajado cuando él reclamaba que fuera de 20





Albert Rivera, en la presentación de su cargo en el bufete Martínez Echevarría Abogados.
Albert Rivera, en la presentación de su cargo en el bufete Martínez Echevarría Abogados. Europa Press
elDiario.es / Europa Press

25 de septiembre de 2025 21:00 h
Actualizado el 25/09/2025 21:15 h
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El Juzgado de Primera Instancia Número 8 de Madrid ha condenado a Martínez-Echevarría Abogados a pagar a Albert Rivera 1.295.000 euros y a José Manuel Villegas 510.000 euros, “más los correspondientes intereses legales”, al considerar que el despacho les ocasionó “daños y perjuicios” al no cumplir con parte de sus respectivos contratos y les generó “daños morales” por una filtración.

Así consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que la titular del juzgado, la magistrada Cristina Sanz, estima parcialmente la demanda que Rivera y Villegas defendieron en un juicio el pasado 28 de mayo.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6241 en: 26 de Septiembre de 2025, 13:24:20 pm »


El capitán de la Guardia Civil que denunció irregularidades de un exjefe de la UCO declara ante Pedraz que se le investigó al topar con Venezuela


Juan Sánchez Yepes, que acusó a los agentes que le investigan de haber realizado "espionaje con objetivos políticos", trata de convencer al instructor de que no ha cometido ningún delito
El juez Santiago Pedraz (i) en una imagen de archivo
El juez Santiago Pedraz (i) en una imagen de archivo / Luca Piergiovanni


Tono Calleja Flórez

Ángeles Vázquez

Madrid26 SEPT 2025 6:01
Actualizada 26 SEPT 2025 13:09
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El titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, ha vuelto a interrogar como imputado este viernes al capitán de la Guardia Civil Juan Sánchez Yepes en el marco de una causa en la que se investiga un fraude con la empresa Gaslow de 136 millones en el IVA de los hidrocarburos. Este oficial del Instituto armado, que formó parte del Grupo de Blanqueo de Capitales de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil entre enero de 2008 y julio de 2022, denunció supuestas irregularidades del exjefe de Fuentes de esta unidad de la Guardia Civil Juan Vicente Bonilla.


Sánchez Yepes, que había solicitado declarar de forma voluntaria, ha tratado de convencer al juez Pedraz de que no ha cometido delito alguno. Fuentes presentes en la declaración han señalado que ha situado el inicio de la investigación en su contra en el momento que en las pesquisas que desarrollaba por su profesión por blanqueo contra Gaslow surgieron intereses venezolanos. Y ha ahondado en lo que ya mantenía en sus escritos: que los agentes de la UCO que le investigan han distribuido "a su antojo y con criterios personales" la información que recabaron, reutilizándolas en "investigaciones de contenido político", como por ejemplo, especifica, los casos Koldo e Hidrocarburos, entre cuyos supuestos cabecillas estaría el comisionista Víctor de Aldama.

El abogado asturiano Jacobo Teijelo / Mariscal EFE

Este oficial de la Guardia Civil planteó sin éxito la nulidad de la causa al considerar que tanto la UCO como el Ministerio Fiscal habrían hecho un “caprichoso manejo” de las diligencias instruidas en diferentes causas.

En concreto, este capitán de la Guardia Civil consideró "grave" la actuación de Bonilla, y aseguró que este intentó, sin aval judicial, obtener información sobre cargos socialistas, uno de ellos aforado ante el Tribunal Supremo al ser diputado en el Congreso: "Su función, como consta, era recabar información de personas y sociedades cercanas al exministro José Luis Ábalos y su auxiliar Koldo García, conocidos notoriamente en los medios de comunicación para de nuevo utilizarla en otros procedimientos ocultando que se originan aquí", lamentaba el escrito de Yepes.

"Información sobre Koldo"
Este recurso del capitán de la Guardia Civil, que presentó el abogado Jacobo Teijelo -quien también ejerce la defensa de Santos Cerdán en el Tribunal Supremo-, aludía a "espionaje con objetivos políticos", y completaba que en un whatsapp del guardia Bonilla "se habla y planifica la obtención de información sobre Koldo, 'el del PSOE".

"En esta explícita conversación en WhatsApp entre el Oficial del Grupo de Fuentes Humanas de la UCO con su confidente y aliado el señor [José Luis] Caramés, que a su vez es el puente con la organización a la que informa de las investigaciones, se puede apreciar cómo le instruye y aquel rinde cuentas de lo obtenido sobre Koldo García", destaca el escrito, que resalta que estas pesquisas se desarrollaron antes de abrirse la causa en la Audiencia Nacional, conocida como caso Koldo.

El letrado Teijelo considera relevante, además, que tras estas pesquisas Bonilla "cesó en la Guardia Civil, para después pasar a ser director del Departamento de Seguridad Corporativa del Servicio Madrileño de Salud (SMS): Es precisamente desde esa Consejería de Madrid desde la que parte la denuncia del caso mascarillas de Koldo [...], pocos meses después de la conversación entre el señor Caramés y el señor Bonilla".

"Cobertura legal"
Para este letrado el objetivo real de las pesquisas de Bonilla era conseguir información "con autorización judicial y sin levantar sospechas al tiempo que se obtiene así una apariencia de cobertura legal para una investigación política [...]. De este procedimiento se han obtenido la mayoría de las operaciones policiales contra el exayudante del exministro Ábalos, apodado Koldo", concluye.

Tanto el juez Santiago Pedraz como la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechazaron la nulidad del 'caso Gaslow', como pedía el letrado del capitán Yepes. El magistrado aseguró que el procedimiento se había desarrollado "sin viso alguno de ilegalidad o manipulación” por parte de la UCO. “Obviamente si este magistrado instructor lo hubiera detectado se actuaría en consecuencia”, advertía el magistrado en un auto.

Según consta en un informe de 11 de octubre de 2024 de Asuntos Internos de la Guardia Civil dirigido al juez Pedraz, el capitán de la Guardia Civil habría recibido 132.510 euros en criptomonedas del empresario Antonio Rodríguez Estepa, considerado por los investigadores como uno de los presuntos cabecillas de la organización presuntamente liderada por el empresario Claudio Rivas Ruiz-Capillas, socio del comisionista de las mascarillas Víctor de Aldama. Las fuentes consultadas aseguran a esta redacción que este capitán tratará de convencer al instructor de que en realidad no recibió esta importante suma de dinero.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6242 en: 27 de Septiembre de 2025, 07:24:40 am »
Investigan por homicidio a un policía de la Udyco por matar a tiros a un supuesto narco en la calle


El agente seguía de incógnito a Johan en un operativo: tras darle el alto e identificarse, el fallecido intentó huir
Un colombiano, muerto de un disparo al intentar escapar en un operativo contra la droga de la Udyco de Madrid

Carlos Hidalgo


27/09/2025
Actualizado a las 05:55h.

El juzgado de Instrucción número 53 de Madrid investiga a un policía nacional como presunto autor del homicidio a un objetivo durante un seguimiento en la vía pública en el marco de una operación contra el tráfico de drogas. El suceso, ocurrido el pasado enero en la calle de Sinesio Delgado (Fuencarral-El Pardo) y a plena luz del día, terminó con el sospechoso, Johan Andrés M. T., muerto de manera prácticamente inmediata por el disparo del funcionario.

La Fiscalía se ha adherido a la petición de la acusación particular, ejercida por el letrado Juan Manuel Fernández, para que se acuse al funcionario de homicidio. Ahora, al investigado se le ha retirado el acceso a su arma reglamentaria de manera cautelar, pero sigue trabajando en labores de despacho en la Jefatura Superior de Policía de Madrid hasta que se resuelva su situación.

La investigación que acabó de manera dramática estaba a cargo de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (Udyco) provincial. El binomio que seguía a Johan Andrés comenzó a trabajar el 29 de enero a las seis de la mañana. A las 12.30, observaron salir al colombiano de su casa de Valdemoro en un Seat León blanco. Los agentes recibieron entonces la orden de perseguirlo discretamente y detenerlo.

Según la Fiscalía, en un escrito al que ha tenido acceso ABC, el seguimiento llegó a Madrid y culminó a la altura del número 18 de Sinesio Delgado. En ese punto, y así lo recogen las imágenes captadas tanto por cámaras de videovigilancia como por los teléfonos de testigos, los policías aprovecharon el paso de una furgoneta blanca, que obstaculizó que el Seat León siguiera su marcha normal, para parar, bajarse del coche camuflado y, con sus pistolas en manos, proceder al arresto del presunto narcotraficante. Habían puesto el rotativo lumínico para avisar de que era un vehículo policial. Este detalle será de máxima relevancia en la causa, así como el hecho de que se identificaran como agentes

El policía ahora investigado fue a la puerta del conductor del Seat para abrirlo, pero el sospechoso dio marcha atrás para intentar rodear al coche camuflado y escapar. Esto provocó que el otro agente, que tenía agarrada la puerta del copiloto, fuese desplazado en la arremetida, así como su compañero.

«Al oír la súbita aceleración del motor del vehículo Seat León, observando que su compañero había quedado atrapado entre este y el vehículo policial y ver cómo Johan hacía ademán de buscar algo en la parte baja del asiento del copiloto, habiendo sido informados previamente de que pudiera estar en posesión de un arma de fuego», el investigado disparó al presunto narco. Lo hizo, señala, «en atención al riesgo inminente que para su integridad, la de su compañero, y eventualmente, de terceros vehículos que circulaban por la calzada».

Le dio en la parte inferior del cuerpo, en la zona abdominal, destrozándole el hipocrondrio anterior izquierdo y la bala le salió por el otro lado. Una hemorragia masiva le causó un fracaso multiorgánico y el consiguiente colapso hipovulémico. En el vídeo se le oye gritar: «¡Ay, me ha dado!», segundo antes de desplomarse. Los agentes sacaron el cuerpo del coche pero le salvaron la vida.

En su declaración, el policía investigado hace un relato similar al del fiscal. Explicó que vio a Johan «realizar un movimiento extraño dentro del vehículo, haciendo ademán de buscar algún objeto en su interior, concretamente inclinándose hacia la parte baja del asiento del copiloto». Sospechó que se trataba de un arma de fuego, aunque no lo sabía de manera cierta. Ello, sumado a un primer acelerón hacia atrás y frenazo del objetivo y la intención de ir de nuevo contra él y su compañero, apreciando riesgo para sus vidas y las de terceros, disparó. Según su testimonio, «para abortar que continuase con su maniobra de evasión y demás movimientos» que los estaban poniendo en peligro.

Añade otro elemento capital: que justo al bajarse del coche camuflado y dirigirse con las armas hacia el vehículo del colombiano, su compañero gritó «¡Alto, Policía, pare el coche!» y que él mismo repitió la advertencia e identificación al ver que Johan no hacía caso a sus órdenes. Portaban su placa policial colgando del cuello y por fuera de la ropa y hubo un tercer aviso con las mismas palabras antes referidas, que son las reglamentarias. El atestado también aporta las transcripciones de las llamadas al 112 de algunos testigos, que narran exactamente lo que se ve en los vídeos.

El juzgado, antes de enviar el caso al tribunal del jurado, ha ordenado una reconstrucción por parte de la Guardia Civil; más información sobre el caso de narcotráfico, y los archivos de audio y su transcripción provenientes del micro colocado en el Seat de Johan. La acusación particular, sin embargo, asegura que el varón iba al habla con un conocido, al que dijo que creía que estaba siendo víctima de un 'vuelco' (robo a manos de otra mafia), y que por eso intentó escapar. El juez no ha admitido como prueba el testimonio de esta tercera persona, pero sí la grabación del micro registrada en el turismo.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6243 en: 27 de Septiembre de 2025, 13:41:54 pm »
No sé si habrá condena, pero tiene muchos elementos en la intervención a los que poder agarrarse. . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6244 en: 28 de Septiembre de 2025, 05:24:28 am »
Begoña Gómez no acude ante el juez Peinado en la causa por malversación y pide el archivo

Historia de Manuel Viejo González • 7 h •

Todo estaba previsto para que Begoña Gómez, la esposa de Pedro Sánchez, acudiera este sábado por la tarde a los juzgados de la plaza de Castilla de Madrid, donde había sido citada por el magistrado Juan Carlos Peinado para cumplir con un mero trámite procesal: concretarle su imputación por un supuesto delito de malversación de caudales públicos como paso previo a enviar la causa para que sea juzgada por un tribunal del jurado. El juez atribuye este delito a la mujer del presidente por los supuestos trabajos privados que, como favor, hizo para ella Cristina Álvarez, la asesora que tiene contratada desde 2018 La Moncloa para llevarle su agenda pública. Sin embargo, Gómez no acudió a la citación: evitó ese trámite judicial al delegar su presencia en su abogado.

El juez Peinado elaboró un auto esta semana donde informaba a Gómez de que en el caso de que finalmente sea juzgada por este delito, lo será en un tribunal popular. Es decir, que ciudadanos elegidos por sorteo deberían ser quienes decidan si es culpable o no. El magistrado ordenó además que, junto al resto de imputados, tanto su asesora en La Moncloa, Cristina Álvarez, como el actual delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre, que trabajó antes también en La Moncloa, acudieran al juzgado este sábado para informarles de esta decisión.

Al final, ninguno de los imputados fue a los juzgados. Todos derivaron su representación en sus abogados. La cita, según fuentes jurídicas, duró casi dos horas, en las que tanto la defensa de Gómez como la Fiscalía pidieron el archivo de la causa. Y las acusaciones particulares ―como Hazte Oír y Vox― que se continúe con la investigación y que se cite también como testigos al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y al ministro de Justicia, Félix Bolaños. Peinado se pronunciará en los próximos días. La decisión final que adopte, tanto si prosigue la causa como si la archiva, se podrá recurrir ante la Audiencia Provincial.

Peinado trabajaba este sábado en funciones de guardia. Y cumplía también 71 años. Se jubilará en septiembre de 2026, cuando cumpla los 72, que es la edad máxima permitida para ejercer en la carrera judicial en España.

La defensa de Gómez, dirigida por el exministro Antonio Camacho, basa su petición de archivo de la causa en que la esposa de Sánchez no habría participado ni en el nombramiento ni en el pago a su asesora. Camacho aseguró que la decisión de la esposa del presidente de no acudir personalmente al juzgado estaba amparada en una circular de la Fiscalía, la 4/1995, de 29 de diciembre, sobre el proceso ante el Tribunal del Jurado: las actuaciones en el Juzgado de Instrucción. En ese documento se especifica que en la comparecencia “tan solo se van a concretar los términos de tal imputación y siempre ante la presencia de su letrado”. Y, por tanto: “La presencia del imputado no es indispensable. En la comparecencia (...) no se practican diligencias de instrucción y, por tanto, tampoco la declaración del imputado”.

Este sábado era la quinta vez que Gómez estaba citada para comparecer en el juzgado de instrucción número 41 de Madrid, desde que este magistrado comenzó a investigarla, en abril de 2024, tras una denuncia del pseudosindicato ultra Manos Limpias. A la misma hora también habían sido convocados la asesora Cristina Álvarez y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, que ocupó el cargo de secretario general de Presidencia de 2021 a 2023, del que depende la asistente de la esposa de Sánchez.

La organización ultracatólica Hazte Oír, que coordina a las acusaciones populares, reunió a unas 100 personas en las inmediaciones en una concentración bajo el lema “No al corrupto”. Por la zona también circuló un camión pequeño con una pantalla incrustada de gran tamaño en la que se veían imágenes de la esposa del presidente bajo el rótulo “pentaimputada”.

Los correos electrónicos

El magistrado Peinado cree que hay indicios de delito en las funciones que hizo la asesora de Gómez porque, a través de mensajes de correo electrónico, habría ayudado a la esposa de Sánchez con sus actividades privadas en la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Es decir, en su horario laboral habría enviado estos correos con informaciones sobre su actividad privada en la universidad. Este procedimiento está separado de la causa principal contra Gómez, en la que Peinado investiga también otros cuatro delitos: corrupción en los negocios, intrusismo, tráfico de influencias y apropiación indebida.

Camacho ha explicado que él mismo ha remitido correos de temas familiares o de amigos. “Si su tesis es que poner una posdata en un correo es constitutiva de un delito de malversación que sean realizados en las horas del horario laboral, porque es muy habitual que entre a las 10.00 de la mañana y salga a las 10.00 de la noche y creo que prohibición no hay alguna de que en sus horas de asueto pueda remitir correos. No concurren en absoluto los requisitos del delito de malversación y ahí citamos al propio magistrado instructor. Ni hay nombramiento, ni hay pago”.

Este viernes, el juez Peinado concretó en un nuevo auto “varias diligencias” que todavía quedan pendientes en esta causa, entre ellas la recepción de un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sobre los correos electrónicos aportados por Juan Carlos Doadrio, quien fuera vicerrector de Relaciones Institucionales de la Complutense, donde trabajaba Gómez, que codirigió en la universidad madrileña una cátedra extraordinaria por la que no recibió remuneración y dirigió dos másteres por los que cobró 15.000 euros anuales. Ninguna de las partes han tenido acceso a estos correos, que son el principal indicio de la supuesta malversación.

Gómez ya aseguró ante el juez Peinado en otra declaración el pasado 10 de septiembre que alguna vez pidió como “un favor” pequeñas gestiones personales a su asesora.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6245 en: 28 de Septiembre de 2025, 13:48:12 pm »
Begoña Gómez le chafó la fiesta de cumpleaños al Juez Peinado, esta no la vio venir. . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6246 en: 28 de Septiembre de 2025, 15:26:05 pm »
Begoña Gómez le chafó la fiesta de cumpleaños al Juez Peinado, esta no la vio venir. . .

 :Fiesta_2

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6247 en: 29 de Septiembre de 2025, 08:30:53 am »
Es con conformidad...y si el Fiscal ha ofrecido el reo acepta.

Condenados a solo cinco meses de cárcel por agredir a dos guardias civiles en Canarias y fracturarles el tabique nasal

Historia de Diego, Real • 13 h •

La Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria ha ratificado una sentencia que impone cinco meses y medio de prisión a cinco hombres por la agresión a dos guardias civiles en un garaje de La Santa (Lanzarote). El incidente involucró a quince personas en una pelea multitudinaria que terminó con los agentes derribados al suelo y gravemente heridos.

El tribunal calificó los hechos como delito de atentado contra la autoridad en concurso con lesiones. Uno de los agentes sufrió la rotura de dos dientes, mientras que el otro presentó molestias cervicales y una desviación del tabique nasal, lo que le obligó a permanecer de baja durante mes y medio.

La agresión se produjo en horario nocturno, y los atacantes lograron superar a los agentes, que no pudieron evitar el enfrentamiento. Las pruebas documentales, incluidas imágenes de las lesiones, confirmaron la violencia del ataque.

La Asociación Independientes de la Guardia Civil (IGC) expresó su rechazo a la sentencia, calificándola de insuficiente. Su portavoz nacional, Daniel Fernández, denunció que la legislación actual permite que agredir a un agente tenga consecuencias mínimas, lo que, según él, desincentiva el respeto a la autoridad.



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6248 en: 29 de Septiembre de 2025, 11:20:17 am »
Lo que la noticia no dice son las responsabilidades civiles que les hayan abonado a los Guardias Civiles, puede que, por ahí, se haya buscado esa sentencia de conformidad, cambiando prisión por indemnización, de ser así puede que ese sea el motivo por el que se ha omitido el dato. . .

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« Respuesta #6249 en: 29 de Septiembre de 2025, 11:57:09 am »
Lo que la noticia no dice son las responsabilidades civiles que les hayan abonado a los Guardias Civiles, puede que, por ahí, se haya buscado esa sentencia de conformidad, cambiando prisión por indemnización, de ser así puede que ese sea el motivo por el que se ha omitido el dato. . .

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Exactamente.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6250 en: 02 de Octubre de 2025, 17:55:17 pm »

Absuelto el mando policial que ligó crimen e inmigración en un acto de Vox


La Audiencia de Valencia admite que el exinspector Ricardo Ferris se “extralimitó en su charla”. La Fiscalía le pedía inicialmente tres años de cárcel por delito de odio



Mònica Torres
Joaquín Gil
Valencia - 02 oct 2025 - 11:34CEST

Ricardo Ferris, el exinspector de la Policía Nacional juzgado por vincular a la población extranjera irregular con el crimen en una conferencia organizada por Vox en Valencia en 2022, no cometió un delito de odio (artículo 510 del Código Penal), que está castigado con hasta cuatro años de prisión. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a este exmando policial para el que la Fiscalía y las acusaciones populares de las asociaciones pro inmigrantes València Acull y CIM Burkina solicitaban inicialmente tres años de cárcel.

“Aun admitiendo que el acusado se extralimitó en algunos momentos de su charla, debemos ser restrictivos en las limitaciones a la libertad de expresión”, apunta la sentencia
, a que ha tenido acceso EL PAÍS, y sobre la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Tsjcv).

El tribunal estima que condenar a Ferris “supondría una reacción desproporcionada y convertiría el Derecho penal en un factor de disuasión del ejercicio de la libertad de expresión”. Resalta que una sentencia de prisión podría “llevar a reprimir la expresión de las ideas y a censurar el debate público”. Y apela a la libertad de expresión, que recoge el artículo 20 de la Constitución, para justificar la absolución de este exinspector que, tras la conferencia de la discordia, fue destituido por el Ministerio del Interior.

Los hechos probados sostienen que Ferris participó en unas jornadas en octubre de 2022 sobre inmigración y seguridad ciudadana organizadas por Vox y el think thank Fundación para la Defensa de la Nación Española (Denaes). Fue presentado como inspector de la Policía Nacional y jefe de la Comisaría Centro de Valencia. Y, en su intervención, expuso: “inmigración ilegal es igual a delincuencia”. Y añadió: “desde hace cinco años, ya no trabajamos con delincuentes nacionales. Cuando tenemos a un detenido nacional, siempre hago la misma broma: en vez de pasarlo al juzgado, lo vamos a pasar al Centro de Especies Reservadas de El Saler [pedanía de Valencia con una instalación de recuperación de fauna], porque ya no existen. En otras comisarías es exactamente igual”.

La resolución estima que el exmando, al vincular inmigración y delincuencia, pudo ofender, pero no delinquir. “La referencia a que [los extranjeros] proceden de países que están en la Edad de Piedra, donde la violencia forma parte de su modo de comunicarse, puede resultar ofensiva. Pero esta clase de argumentos, muy discutibles, están al servicio de la idea que se quiere transmitir”, sostiene la sentencia.

Admite también que Ferris exageró en sus estadísticas. “No todos los delincuentes son extranjeros”, señala el fallo. La Policía Nacional y la Guardia Civil detuvieron e investigaron en 2022 a 38.872 españoles y 19.766 extranjeros en la Comunidad Valenciana. De ellos, 1.034 delitos contra la libertad sexual fueron cometidos por nacionales y 608 por inmigrantes, según el Ministerio del Interior. La Jefatura Superior de Policía de la Comunidad Valenciana sostiene que, en el distrito Valencia-Centro, donde Ferris trabajó como inspector, las detenciones de extranjeros superan a los españoles, especialmente en delitos contra el patrimonio (433 frente a 172), el orden público (35 contra 17), y la libertad sexual (13 frente a 11), según el fallo.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial concluye: “el discurso del acusado no contiene una incitación directa a la violencia, en la medida en que no propone expresamente acciones concretas contra los extranjeros”.

Durante el juicio, el pasado junio, la Fiscalía y las acusaciones populares redujeron su petición de pena contra Ferris de tres a un año. En su alegato final ante el juez, el exinspector rebajó el tono. Justificó que asistió al acto de Vox a título personal y como delegado del sindicato Justicia Policial (Jupol), célebre por sus choques con el Gobierno de Pedro Sánchez. Y se desmarcó de posiciones extremistas. “Soy anti político”, zanjó.

Tras la conferencia de 2022 que le condujo al banquillo, Ferris fue destituido por el Ministerio del Interior. Después, solicitó su pase a segunda actividad. Y hoy, este abogado y criminólogo de formación, se encuentra jubilado.

« Última modificación: 02 de Octubre de 2025, 18:06:57 pm por 47ronin »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6251 en: 02 de Octubre de 2025, 18:52:22 pm »
El tribunal estima que condenar a Ferris “supondría una reacción desproporcionada y convertiría el Derecho penal en un factor de disuasión del ejercicio de la libertad de expresión”. Resalta que una sentencia de prisión podría “llevar a reprimir la expresión de las ideas y a censurar el debate público”. Y apela a la libertad de expresión, que recoge el artículo 20 de la Constitución, para justificar la absolución de este exinspector que, tras la conferencia de la discordia, fue destituido por el Ministerio del Interior.

. . . entiendo que este mismo criterio se aplicará en la querella del Juez Peinado contra los periodistas. . . o no?

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6252 en: 08 de Octubre de 2025, 10:02:35 am »
Curioso, muy curioso que se hayan admitido causas en base a noticias de prensa y en este caso, NO.

La Audiencia Nacional rechaza la querella por el montaje policial de la coca contra Urbán por basarse “en noticias de prensa”


La jueza María Tardón y el fiscal Julián Salto ignoran las referencias que hace la querella a unas diligencias de la Fiscalía Antidroga donde está recogida toda la actuación de la brigada política en la operación contra Podemos y el entonces europarlamentario Miguel Urbán

Pedro Águeda

7 de octubre de 2025 22:44 h Actualizado el 08/10/2025 05:30 h 83
Seguir al autor/a
Nuevo obstáculo para la investigación de la guerra sucia contra la oposición que se llevó a cabo durante el último Gobierno del Partido Popular. María Tardón, magistrada de la Audiencia Nacional, ha rechazado la querella presentada por Miguel Urbán en relación con el montaje policial que intentó vincularle con el tráfico de cocaína para financiar a Podemos, partido del que fue fundador.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6253 en: 08 de Octubre de 2025, 13:09:48 pm »
María Tardón, gran política, mejor persona. . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6254 en: 09 de Octubre de 2025, 09:11:40 am »

La Audiencia de Madrid da la razón a Errejón: no cometió desobediencia al no entregar su móvil para su análisis policial


El exdiputado prefirió esperar a que la Audiencia Provincial de Madrid revisase la orden del juez instructor, que acabó anulada.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6255 en: 11 de Octubre de 2025, 08:25:36 am »


La familia dice que fue asesinato

La Audiencia avala la libertad del policía que mató a un magrebí en Torrejón sin descartar que fuera intencional
Los jueces madrileños dicen que todavía no tienen la autopsia definitiva y que con la información disponible no pueden variar la decisión inicial de considerarlo un homicidio imprudente


Foto: Imagen del vídeo del suceso grabado por los vecinos con sus teléfonos móviles EC.
Imagen del vídeo del suceso grabado por los vecinos con sus teléfonos móviles EC.
Por Alejandro Requeijo
11/10/2025 - 05:00
El policía municipal acusado de matar a un ciudadano magrebí en la localidad madrileña de Torrejón de Ardoz seguirá en libertad provisional. Así lo ha acordado la Audiencia Provincial de Madrid, que avala la decisión tomada en ese sentido por el juzgado a cargo del caso, tras calificar los hechos como homicidio imprudente. Los jueces madrileños no descartan que se pueda considerar un homicidio doloso —es decir, que el policía actuase con intención de matar—, pero añaden que todavía no disponen de información suficiente para contradecir al juzgado. El auto, al que ha tenido acceso El Confidencial, hace especial hincapié en que aún falta el informe de autopsia.
La Audiencia Provincial ha rechazado, por tanto, el recurso presentado por la familia del fallecido y por la Fiscalía, que pedían el ingreso en prisión por riesgo de fuga. Las acusaciones entienden que el suceso debe investigarse como un homicidio doloso (penado con hasta 15 años de cárcel) o incluso como asesinato. Al tratarse de una pena elevada, creen que el policía podría intentar fugarse. El acusado estaba fuera de servicio en el momento de los hechos. Tanto el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Madrid —que estaba de guardia en el momento de la detención— como el número 4 —competente para estudiar el caso— decretaron la libertad provisional del agente. No obstante, el segundo juzgado ya abrió la puerta a considerar los hechos como algo más grave que un homicidio imprudente: al menos un homicidio con dolo eventual. Basaba sus sospechas en el vídeo grabado por los vecinos, en el que se aprecia la maniobra del agente. También se escuchan las voces de los testigos, que le instan a soltar al magrebí porque podía estar causándole un daño fatal, como así fue. Pero la Audiencia Provincial indica que, “a falta del informe definitivo de autopsia, no puede excluirse la clasificación de los hechos como homicidio por imprudencia grave”.
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No obstante, mantiene abierta la posibilidad de una calificación más grave: "Desconocemos, como el auto apelado, si el informe definitivo incluirá alguna circunstancia determinante para el curso causal de los hechos y que pudiera afectar a la calificación penal". En cuanto a la situación personal del policía, zanjan que los indicios que apuntan a un homicidio doloso —es decir, intencionado— no son suficientes como para dictar el ingreso en prisión del acusado. Destacan además el arraigo que tiene en Torrejón, tras varias décadas viviendo allí, para descartar el riesgo de fuga. Sobre la posibilidad de que pueda influir en testigos, lo consideran una “conjetura”.
También descartan otros argumentos de las acusaciones, como el riesgo de volver a delinquir o la alarma social que genera en el municipio su libertad. Los jueces recuerdan que la alarma social —que no niegan— dejó de tenerse en cuenta para ordenar prisión provisional desde 2003.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6256 en: 15 de Octubre de 2025, 08:55:09 am »


La Audiencia Nacional vuelve a imputar a uno de los policías que investigó a Pablo Iglesias dentro del montaje de la cocaína


La Sala de lo Penal ordena a Pedraz incorporar los documentos donde aparecen las maniobras de la cúpula policial del PP para investigar en secreto a Miguel Urbán a partir del invento de un confidente



Pedro Águeda

14 de octubre de 2025 21:38 h

La investigación de las maniobras policiales contra Podemos durante el Gobierno del Partido Popular vuelve a dar un giro. La Audiencia Nacional ha ordenado al juez Santiago Pedraz que devuelva la condición de imputado a un policía antidroga que buscó a Pablo Iglesias en bases de datos reservadas con la excusa de que un compañero de la dirección de Podemos, Miguel Urbán, estaba supuestamente inmerso en unas pesquisas por presunto tráfico de cocaína.

La diligencias de Antidroga contra Urbán había sido abierta a partir del disparatado testimonio de un confidente, colaborador de un comisario de la brigada política del PP. El policía imputado intentó argumentar en su declaración judicial que rastreó a Pablo Iglesias porque siempre se hace con el entorno de los investigados, en este caso Urbán. El fiscal le planteó si hubiera actuado igual de tratarse de Mariano Rajoy, pero Pedraz consideró improcedente la pregunta y la cortó. Tras la declaración, el juez archivó la causa contra el policía.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6257 en: 15 de Octubre de 2025, 13:27:22 pm »
Todo muy patriótico. . . todo muy de pulsera de la bandera de España. . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6258 en: 20 de Octubre de 2025, 07:20:17 am »


Tres jueces distintos descartaron hasta tres querellas ultras contra Begoña Gómez antes de que la causa llegara a Peinado


Las primeras denuncias en los tribunales contra la mujer del presidente llegaron a mediados de 2023 cuando un abogado pidió información y la Universidad respondió con un apoyo cerrado a la legalidad del proyecto académico

Alberto Pozas

19 de octubre de 2025 21:56 h
Actualizado el 20/10/2025 05:30 h
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La causa penal que Juan Carlos Peinado dirige desde hace año y medio contra Begoña Gómez va camino de convertirse en un juicio ante un tribunal popular por hasta cinco delitos distintos. Querellas y denuncias de la extrema derecha que arrancaron hace ya más de dos años y que pusieron bajo sospecha toda su actividad profesional desde que su esposo es presidente del Gobierno, esparcidas por una causa judicial que ya roza los 20 tomos de sumario y que avanza entre correctivos y empujones de la Audiencia Provincial de Madrid. El pseudo sindicato ultra Manos Limpias abrió la senda que sigue a trompicones Peinado, pero las primeras querellas, que pasaron inadvertidas y no llegaron a nada, aterrizaron un año antes en los juzgados de Madrid.

La esposa del presidente del Gobierno llevaba más de un lustro colaborando con la Universidad Complutense de Madrid cuando Pedro Sánchez ganó la moción de censura de 2018. Las primeras informaciones en medios como OkDiario sobre sus títulos, su cátedra extraordinaria o su máster llegaron durante la pandemia y se fueron acercando a los tribunales en los primeros meses de 2023, cuando un abogado pidió a la Complutense que justificara por qué contaba con Begoña Gómez como colaboradora.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6259 en: 20 de Octubre de 2025, 07:25:58 am »
Todos sabemos cómo funciona el reparto en los juzgados. . .

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