Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 968398 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6420 en: 20 de Junio de 2026, 21:31:06 pm »
Todo lo que rodea al Juez Peinado es un despropósito de tal naturaleza que raya la prevaricación. . .

Hablan de denunciar...

  :carcaj

El 27 de septiembre es el día de su jubilacion....se la pela.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6421 en: 21 de Junio de 2026, 06:26:06 am »
Marlaska eleva una queja al CGPJ contra Peinado por dudar de la escolta de Begoña Gómez

Historia de El Confidencial • 10 h •

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha remitido su "más enérgica queja" a la presidenta del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Isabel Perelló, tras las últimas aseveraciones del magistrado Juan Carlos Peinado. En un movimiento institucional inusual, Interior acusa al titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid de realizar un "grave cuestionamiento de la profesionalidad" de los agentes encargados de la seguridad de la esposa del presidente del Gobierno.

El detonante del choque reside en un auto judicial conocido este sábado, en el que el juez Peinado plasma por escrito sus recelos sobre el cordón de seguridad de la investigada. En la resolución, el magistrado asegura que "no cabe duda" de que los agentes podrían, "bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos", colaborar "en la acción o acciones que se lleven a cabo para facilitar esa fuga", impidiendo así que "la acusada se encuentre a disposición de la justicia".

Para Grande-Marlaska, estas insinuaciones suponen un ataque directo contra las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. En el comunicado difundido por su departamento, el ministro subraya que la actuación policial "se desarrolla únicamente en parámetros de legalidad y constituye una de las principales garantías del Estado de Derecho".

Además, desde Interior recalcan el enorme daño institucional de unas sospechas que consideran "injustificadas", ya que la resolución judicial no solo pone en la diana a los policías que prestan el servicio de acompañamiento a diario, "sino también a sus superiores jerárquicos, afirmando la posibilidad de que pudieran dictar órdenes ilegales".

Ante un hecho que el ministro califica de "máxima gravedad", Grande-Marlaska ha decidido elevar el asunto a la cúspide del poder judicial. En su escrito a Perelló, solicita que "se adopten, en su caso, las medidas que puedan resultar procedentes" dentro de las atribuciones normativas del CGPJ, reafirmando de paso el respaldo absoluto del Ministerio a la "plena profesionalidad" de todos los agentes y mandos policiales.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6422 en: 21 de Junio de 2026, 06:31:34 am »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6423 en: 21 de Junio de 2026, 10:41:30 am »
Pues molt bè, que se queje lo que quiera, el mal ya está hecho y para cuando quieran resolver la queja. . . Peinado está jubilado. . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6424 en: 22 de Junio de 2026, 07:51:31 am »


Un juzgado de València investiga la agresión por la espalda de un antidisturbios a una profesora durante la huelga educativa


La titular de la plaza número 16 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de València ha abierto una causa tras una querella de la mujer, mientras el atestado policial defiende la actuación del agente y acusa a la víctima de alentar la invasión de la calzada

Sergi Pitarch

València —
22 de junio de 2026 06:00 h
3

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La titular de la plaza número 16 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de València, María Teresa de Vidiella García, ha abierto una causa para investigar la actuación del agente antidisturbios que agredió por la espalda a una profesora jubilada que participaba en una manifestación en el marco de la huelga educativa contra los recortes en la enseñanza valenciana. La magistrada todavía no ha identificado al uniformado autor de la agresión, pero ya ha practicado las primeras diligencias y ha requerido el atestado policial de los hechos ocurridos la tarde del pasado domingo 31 de mayo.


Expedientado el agente de la Policía Nacional que agredió por la espalda a una profesora en huelga en València

Las diligencias parten de la querella presentada por la mujer y por un sindicato contra el agente, cuya identidad deberá determinar la jueza, ya que los policías disponen de un número profesional para preservar su identificación personal.

El agente, según las numerosas imágenes grabadas aquel día, empujó por la espalda a la manifestante. La violencia del golpe hizo que la víctima cayera de bruces, provocándole una herida en la barbilla que requirió dos puntos de sutura. Veinte días después, la mujer todavía no puede comer con normalidad y sufre otras dolencias importantes en la mandíbula.


El atestado policial ya consta en la causa y, según ha podido saber elDiario.es, no asume ninguna responsabilidad por lo ocurrido. El instructor policial sostiene que la víctima mantuvo una actitud exaltada y alentaba a los manifestantes a ocupar la calzada para cortar el tráfico. Además, defiende la actuación del agente, que considera proporcionada y ajustada a la normativa interna de la unidad antidisturbios.


Al tratarse de una querella y dada la abundante prueba documental existente sobre la actuación policial antes y después de la agresión, la jueza deberá identificar al agente y, presumiblemente, citarlo a declarar en calidad de investigado.


Nada más producirse los hechos, y ante la evidencia de las imágenes de la agresión, que se difundieron rápidamente en medios de comunicación y redes sociales, el agente antidisturbios fue apartado del operativo esa misma tarde. La Policía Nacional anunció al día siguiente la apertura de un expediente, aunque a día de hoy se desconoce qué curso ha seguido.

La delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, criticó de inmediato lo ocurrido: “La imagen que acabamos de ver es inaceptable. Vamos a investigar lo ocurrido de forma exhaustiva para depurar responsabilidades”.


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Bernabé aseguró que proteger el derecho a manifestarse con seguridad “está por encima de cualquier circunstancia” y concluyó: “Este es un hecho totalmente incomprensible que empaña el trabajo de la Policía durante estas tres semanas de manifestaciones, en coordinación con los sindicatos convocantes”.


Un policía agrede a una docente por la espalda en las protestas desarrolladas ante la Conselleria de Educación en València

La delegada del Gobierno también se reunió con los sindicatos para rebajar la tensión y comprometerse a que se adoptaran las medidas disciplinarias internas que correspondan.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6425 en: 22 de Junio de 2026, 09:09:08 am »
Estaba claro que esto iba a ocurrir. . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6426 en: 22 de Junio de 2026, 14:32:06 pm »
Lo.de Aldama....de verguenza.


La deliberación del Supremo: se inclina por condenar a Ábalos y Koldo a casi la mitad de cárcel de la que pide el fiscal y a Aldama a 2 años


El presidente de la Sala de lo Penal tiene como objetivo alcanzar una sentencia unánime y evitar votos particulares
Supremo Ábalos Koldo
Víctor de Aldama, Koldo García y José Luis Ábalos durante el juicio.
Luis Balcarce
Luis Balcarce @lbalcarce
Vicedirector de OKDIARIO.
02/06/2026 05:43 Actualizado: 02/06/2026 07:44

El Tribunal Supremo ha comenzado sus deliberaciones sobre el caso Mascarillas tras declararse visto para sentencia el juicio que ha sentado en el banquillo al ex ministro de Transportes José Luis Ábalos, a su ex asesor Koldo García y al comisionista Víctor de Aldama. Según ha podido saber OKDIARIO sobre el estado de las deliberaciones, el tribunal sopesa condenar a Ábalos a una pena de entre 10 y 14 años de prisión, de los que el ex ministro cumpliría efectivamente entre 6 y 9. La Fiscalía había solicitado 24 años de cárcel para quien fuera uno de los hombres fuertes del Gobierno de Pedro Sánchez.


Para Koldo García, ex asesor de Ábalos y figura central en la articulación de la presunta trama de comisiones ilegales durante la pandemia, el Supremo baraja una condena de entre 8 y 11 años, de los que el ex chófer cumpliría en torno a 5 o 6. La Fiscalía había reclamado 19 años y medio de prisión.


El caso de Víctor de Aldama es el que plantea la horquilla más baja. El comisionista confeso podría ver su condena reducida a sólo dos años pese a los siete solicitados por la Fiscalía, que le aplicó la atenuante mínima de confesión tras valorar su colaboración con la justicia, destacada expresamente por el fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, en su informe final.


El presidente de la Sala de lo Penal, Andrés Martínez Arrieta, tiene como objetivo alcanzar una sentencia unánime y evitar votos particulares entre los siete magistrados que componen el tribunal.

La Fiscalía no se mueve
La Fiscalía Anticorrupción, en cambio, no se movió un milímetro en sus peticiones de pena. Veinticuatro años de prisión para Ábalos, diecinueve y medio para Koldo García Izaguirre y siete para Aldama: esas son las penas que el Ministerio Público elevó a definitivas ante el Tribunal Supremo una vez concluidas las declaraciones de los tres acusados.

El fiscal jefe Alejandro Luzón fue taxativo al presentar el nuevo escrito de conclusiones: los cambios introducidos eran «más de orden, de redacción, de precisión de algunos conceptos, de corrección de alguna errata, pero sin que haya una modificación sustancial». En lo esencial —delitos, penas, acusados— nada había cambiado.

El PP, que lidera la acusación popular, sí movió ficha respecto a Aldama y rebajó su petición de siete a cinco años. El letrado del partido, Alberto Durán, justificó la decisión en la colaboración del empresario con la justicia: «Esta parte ha valorado especialmente la colaboración prestada por Aldama, que ha contribuido al esclarecimiento de los hechos, facilitando incluso el descubrimiento de otras actuaciones de los señores Ábalos y Koldo, igualmente delictivas, vinculadas con la adjudicación de contratos de obra pública». Para el ex ministro y su ex asesor, sin embargo, los populares no aflojaron: treinta años para cada uno, muy por encima de lo reclamado por Anticorrupción.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6427 en: 22 de Junio de 2026, 15:00:50 pm »
Sobre todo porque nadie sabe en qué ha consistido esa colaboración en la que no ha aportado ni una sola prueba. . . en fin, el corruptor se va de rositas, una vez más. . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6428 en: 22 de Junio de 2026, 18:07:38 pm »
Sobre todo porque nadie sabe en qué ha consistido esa colaboración en la que no ha aportado ni una sola prueba. . . en fin, el corruptor se va de rositas, una vez más. . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6429 en: 22 de Junio de 2026, 18:13:24 pm »


El Supremo justifica la suspensión de la pena al jefe de la trama, Víctor Aldama: “Con un año de servicios a la comunidad repara el mal causado”


El tribunal sentenciador considera que hay un pronóstico favorable de que el empresario que corrompió a Abalos no volverá a delinquir

elDiario.es

22 de junio de 2026 13:16 h
Actualizado el 22/06/2026 14:32 h

La durísima sentencia del Tribunal Supremo contra el exministro de Transportes y exnúmero dos del PSOE, José Luis Ábalos, dedica cuatro páginas a justificar las razones que han llevado a la sala a suspender la aplicación de la condena de cuatro años y medio de prisión impuesta a Víctor Aldama, quién fue, según la investigación de la Guardia Civil, jefe de la organización criminal y nexo corruptor. Aldama deberá pagar junto a Ábalos y Koldo las cantidades (431.000 euros) que supuestamente desembolsó para sobornar a quienes le iban a facilitar un negocio multimillonario en el ministerio de Transportes.

Aldama no tendrá que devolver la comisión de 3,7 millones de las mascarillas

La supuesta colaboración de Aldama en el esclarecimiento de los hechos, por su confesión y la aportación de diversa documentación, es el motivo de este trato de favor del Supremo a la persona que corrompió a Ábalos y que logró contratos multimillonarios de distintas administraciones públicas, con los que ganó más de seis millones de euros. El Supremo acuerda la suspensión de la aplicación de la pena “en el convencimiento de que la aportación realizada al descubrimiento de los delitos merece la aplicación del artículo 82 del Código Penal”. El Supremo recuerda que la suspensión de penas “constituye un instrumento decisivo de ajuste de la respuesta penal a las necesidades concretas de prevención especial cuando se trata de penas de corta duración (…) La cuantía de las penas individuales impuestas por cada delito, al no superar ninguna los dos años de prisión, abre la vía a la suspensión extraordinaria”.

Y cita la jurisprudencia de este mismo órgano para señalar “la necesidad de evitar en ciertos casos el cumplimiento de penas cortas privativas de libertad por aquellos condenados que presenten un pronóstico favorable de no cometer delitos en el futuro, dado que en tales supuestos no solo la ejecución de una pena de tan breve duración impediría alcanzar resultados positivos en materia de resocialización readaptación social del penado, sino que ni siquiera estaría justificada dada su falta de necesidad desde un punto de vista preventivo”.

El Supremo da por sentado el “pronóstico favorable a Aldama de no cometer delitos en el futuro, aunque durante la instrucción de este caso, el empresario corrupto se ha paseado por los medios de comunicación denunciando múltiples corruptelas del Gobierno que se acreditaron falsas y basadas en bulos groseros”. Durante el juicio oral repitió en algunos casos esta conducta que el fiscal jefe Anticorrupción calificó de simple “desahogo”. Sin embargo, el tribunal sentenciador insiste en que no identifica en este caso “razones relacionadas con la trayectoria criminal del acusado u óbices legales que impidan conceder la suspensión extraordinaria”.

Afirma que no es “un perdón judicial”
La sentencia intenta explicar por qué la suspensión de la pena no es “un perdón judicial”. “Cabe precisar que la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad no es, ni mucho menos, un mecanismo vacío de todo contenido retributivo, como si se tratara de una suerte de perdón judicial. La suspensión es una fórmula de ejecución de la pena fijada en la sentencia con efectos extintivos de la responsabilidad criminal equivalentes al cumplimiento específico. El instituto de la suspensión se acompaña de un marco de condiciones que hacen patente, por un lado, que la suspensión no supone, ni mucho menos, que desaparezca la desaprobación por el delito cometido y, por otro, busquen asegurar o, al menos, promover que el delincuente ajuste su vida a los mandatos normativos que permiten la convivencia social en paz y libertad (…) no reducen la gravedad de los delitos cometidos contra los intereses generales ni disculpan, por tanto, de la obligación de establecer un riguroso marco suspensivo de ejecución de las penas impuestas que responda a los fines que justifican la propia suspensión”.

El Supremo impone a Aldama un año de servicios para la comunidad con lo que parecen cumplir con la condición que la ley impone a las suspensiones de ejecución de penas. “Esta prestación”, explica, “adquiere, atendido el marco de producción y la naturaleza de los delitos cometidos, una significativa carga simbólica de reparación”. Y añade: “En efecto, Víctor de Aldama ha realizado conductas de corrupción a autoridades y funcionarios públicos lesionando, de esta manera, bienes jurídicos colectivos de máxima relevancia constitucional. Su no ingreso en prisión por aplicación de fórmulas de atenuación con el fundamento legal expuesto, no disculpa, sin embargo, que, como razón de merecimiento de la suspensión de las penas privativas de libertad, desarrolle prestaciones al servicio de fines públicos que, de manera simbólica, reparen el mal causado a la sociedad española”.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6430 en: 22 de Junio de 2026, 18:32:37 pm »
Yo por 3,7 millones de euros también hago un año de servicios a la comunidad. . . en fin, una vergüenza de condena que deja, una vez más, en evidencia a la justicia. . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6431 en: 22 de Junio de 2026, 22:25:42 pm »
Jajajaja..., los pijosprogres sois muy demócratas, sólo son buenas las sentencias que os interesan a vosotros, y no os ponéis ni colorados...

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6432 en: 22 de Junio de 2026, 22:28:36 pm »
Detenida en cuanto ponga un pie en el aeropuerto. . .  sigo sin entender como está haciendo las cosas de mal .  . .

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Porque básicamente es todo mentira y el idiota de Errejón está siendo víctima del feminazismo que tanto defendía, me encanta..., me alegro de que le esté ocurriendo todo eso.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6433 en: 24 de Junio de 2026, 11:34:34 am »

El aluvión judicial no cesa: la Fiscalía pide 6 años de prisión para el socialista Tito Berni por cohecho y prevaricación


La trama habría captado empresarios agrícolas prometiéndoles favores en subvenciones a cambio de dinero y regalos
Tito Berni
Pedro Sánchez y 'Tito Berni'.
Fernán González @fernangonzalez
Jefe de Investigación y Tribunales. En OKDIARIO desde 2015. Periodismo y Economía. (fernan.gonzalez@okdiario.com).
24/06/2026 11:21 Actualizado: 24/06/2026 11:29
La Fiscalía ha presentado su escrito de acusación contra 16 personas en el caso Tito Berni, instruido en el Juzgado de Instrucción número 4 de Santa Cruz de Tenerife, solicitando penas, tal como adelanta OKDIARIO, de hasta seis años de prisión para los principales implicados en una presunta trama de corrupción que habría operado en las Islas Canarias entre mediados de 2020 y mediados de 2021.

Entre los encausados figuran un diputado nacional –el socialista Juan Bernardo Fuentes Curbelo–, el ex director general de Ganadería del Gobierno de Canarias y un general de División de la Guardia Civil, acusados de haber vendido su influencia a empresarios de los sectores agrícola, ganadero y de energías renovables a cambio de dinero en efectivo, regalos y servicios de prostitución.

El escrito de acusación, firmado por el fiscal Jaime Serrano-Jover González, describe una organización criminal con roles perfectamente definidos. El mediador Marco Antonio Navarro Tacoronte se habría encargado de captar a los empresarios. El diputado nacional Juan Bernardo Fuentes Curbelo y el ex director general de Ganadería Taishet Fuentes —tío y sobrino— habrían aportado la cobertura institucional.

El general de División Francisco Espinosa Navas, que ejercía responsabilidades públicas en la fundación FIIAPP dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores, habría ofrecido sus contactos africanos para contratos de energías renovables.

La mecánica era siempre la misma: el mediador contactaba con el empresario, le prometía favores administrativos o contratos públicos y le exigía un primer pago a la Asociación Deportiva La Vega de Tetir, entidad que presidía el diputado nacional. El número de cuenta de ese club aparece mencionado en decenas de mensajes de WhatsApp incorporados a la causa.

Cohecho en Canarias
Uno de los episodios más detallados en el escrito afecta a un empresario, administrador de la empresa láctea Biogranja Montesdeoca SL. La Intervención General del Gobierno de Canarias había detectado irregularidades en subvenciones concedidas en 2017 por valor de 74.099,56 euros, y tramitaba un expediente sancionador con una multa inicial valorada en 98.799,42 euros.

El exdirector general de Ganadería, según el fiscal, filtró los datos personales del empresario al mediador el 6 de noviembre de 2020 para que le ofreciera sus servicios. Nueve días después, el empresario había transferido dinero a la cuenta de la asociación deportiva y 6.500 euros repartidos en dos pagos a la cuenta de la pareja del mediador.

El procedimiento sancionador quedó paralizado durante meses. Finalmente, el 2 de junio de 2022, la Secretaría General de la Consejería de Agricultura resolvió la prescripción de la infracción, evitando la multa.

El fiscal sostiene que esa dilación fue «consciente», ya que los funcionarios implicados «tenían a su disposición los mecanismos oportunos para impulsar la tramitación del expediente».

Otro bloque del escrito describe cómo el diputado nacional recibió en su teléfono los pagos de distintos empresarios con mensajes sospechosos.

Prostitución
Los servicios de prostitución aparecen de forma recurrente en el escrito como moneda de cambio. El fiscal documenta varios episodios en los que el mediador contrató dichos servicios en hoteles de Las Palmas de Gran Canaria y Madrid, cargando los gastos a cuentas controladas por él. En uno de esos casos, el propio mediador aclaró al diputado que el gasto «lo paga A.», en referencia al empresario lácteo.

Para dar apariencia legal a los pagos, el administrador de Hispano Robysa SL, habría emitido facturas ficticias bajo el concepto de «asesoramiento industrial».

Una de ellas, por 5.622,25 euros, llegó a incorporarse a la declaración fiscal del empresario lácteo, produciendo lo que el fiscal denomina «efectos en el tráfico jurídico mercantil y en el ámbito fiscal». Otras cuatro facturas, por importes que van desde los 3.855 hasta los 10.589 euros, no llegaron a circular pero estaban «en condiciones aptas» para hacerlo.

Estafas
El escrito recoge también estafas a ganaderos de Fuerteventura a quienes se prometió resolver expedientes administrativos imposibles. El director general facilitó datos de los expedientes de los ganaderos —obtenidos en el ejercicio de su cargo— al mediador, quien se presentaba luego en las fincas con propuestas de regularización.

En uno de esos casos, el ganadero entregó 6.600 euros en efectivo. Meses después, al ver que nadie hacía nada, envió un message al mediador advirtiéndole de que «se han llevado tú y tu socio 6.000 euros míos para tramitarme una licencia».

El fiscal solicita para el diputado y el ex director general seis años de prisión por cohecho continuado, doce de inhabilitación para cargo público y dos años adicionales por pertenencia a grupo criminal. Para el general, un año de prisión por cohecho y tráfico de influencias. La atenuante de colaboración con la justicia ha beneficiado únicamente a une empresario cuya pena solicitada se reduce a cinco meses.

El caso ilustra una forma de corrupción de baja intensidad pero alta eficacia: no hacen falta grandes sobornos cuando basta con una foto en el Congreso, el número de cuenta de un club de fútbol y el cargo de director general para convencer a un empresario asustado de que alguien le puede salvar.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6434 en: 24 de Junio de 2026, 15:01:01 pm »
No la hagas y no la temas, si la ha hecho. . . que la pague, fin. . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6435 en: 24 de Junio de 2026, 17:39:30 pm »
Supongo que sera por los compromisos politicos ...pero.qyw la verdad no estropee un titular.


Begoña Gómez pide a la Audiencia que le devuelva su pasaporte alegando que «la temporada de verano se acerca»


Solicita que se anulen las cautelares asegurando que siempre ha estado a disposición de la Justicia

Juanma Poderoso Díaz
24/06/2026 Actualizado a las 16:39h.

Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno, ha pedido a la Audiencia Provincial de Madrid que le devuelva a la mayor brevedad posible su pasaporte, dejando así sin efecto las medidas cautelares que le impuso el juez Juan Carlos Peinado, «dado la temporada de verano que se acerca».


La defensa de Gómez, ejercida por el exministro socialista Antonio Camacho, ha presentado un recurso ante el tribunal en el que solicita que revoque la decisión del instructor, que también le impuso la prohibición de salir de España y de comparecer en el Juzgado dos veces al mes al apreciar riesgo de fuga.

En ese escrito, al que ha accedido ABC, la representación de la esposa de Pedro Sánchez considera que esas cautelares son contrarias a los principios de necesidad y proporcionalidad y lesivas del derecho fundamental a la libre circulación consagrado en la Constitución.

El juez Peinado impuso las cautelares a Gómez asegurando que «la condición de actual presidente del Gobierno» de Pedro Sánchez «es algo efímero y por trato transitorio», con lo que desechó el argumento de su esposa de que no hay riesgo de fuga porque se encuentra acompañada de escoltas que pertenecen a los cuerpos de Seguridad del Estado.

El magistrado sugirió -lo que le suscitó el reproche de varias asociaciones policiales- que «esos agentes en un momento determinado» podían, «bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos» los que colaborasen «en la acción o acciones para facilitar esa fuga».

La defensa de Gómez cree que «dudar de la integridad de los agentes del Cuerpo Nacional de Policía, sin un solo dato objetivo que lo justifique, no es un argumento jurídico, sino que es, cuando mucho, una especulación inaceptable que la Audiencia Provincial debe rechazar con la misma firmeza con la que la sociedad española reconoce y valora la labor de sus Fuerzas y Cuerpos de Seguridad». Es por eso que reprocha al magistrado que ponga en duda «la integridad, la lealtad constitucional y la profesionalidad de una institución que lleva décadas sirviendo a España con ejemplar dedicación».

Su letrado, en concreto, asegura en su recurso que «el paradero y los movimientos de Begoña Gómez son conocidos en todo momento por el Estado, lo que hace objetivamente innecesaria la imposición de las medidas cautelares que pide revocar».

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6436 en: 25 de Junio de 2026, 00:04:26 am »
Supongo que sera por los compromisos politicos ...pero.qyw la verdad no estropee un titular.


Begoña Gómez pide a la Audiencia que le devuelva su pasaporte alegando que «la temporada de verano se acerca»


Solicita que se anulen las cautelares asegurando que siempre ha estado a disposición de la Justicia

Juanma Poderoso Díaz
24/06/2026 Actualizado a las 16:39h.

Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno, ha pedido a la Audiencia Provincial de Madrid que le devuelva a la mayor brevedad posible su pasaporte, dejando así sin efecto las medidas cautelares que le impuso el juez Juan Carlos Peinado, «dado la temporada de verano que se acerca».


La defensa de Gómez, ejercida por el exministro socialista Antonio Camacho, ha presentado un recurso ante el tribunal en el que solicita que revoque la decisión del instructor, que también le impuso la prohibición de salir de España y de comparecer en el Juzgado dos veces al mes al apreciar riesgo de fuga.

En ese escrito, al que ha accedido ABC, la representación de la esposa de Pedro Sánchez considera que esas cautelares son contrarias a los principios de necesidad y proporcionalidad y lesivas del derecho fundamental a la libre circulación consagrado en la Constitución.

El juez Peinado impuso las cautelares a Gómez asegurando que «la condición de actual presidente del Gobierno» de Pedro Sánchez «es algo efímero y por trato transitorio», con lo que desechó el argumento de su esposa de que no hay riesgo de fuga porque se encuentra acompañada de escoltas que pertenecen a los cuerpos de Seguridad del Estado.

El magistrado sugirió -lo que le suscitó el reproche de varias asociaciones policiales- que «esos agentes en un momento determinado» podían, «bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos» los que colaborasen «en la acción o acciones para facilitar esa fuga».

La defensa de Gómez cree que «dudar de la integridad de los agentes del Cuerpo Nacional de Policía, sin un solo dato objetivo que lo justifique, no es un argumento jurídico, sino que es, cuando mucho, una especulación inaceptable que la Audiencia Provincial debe rechazar con la misma firmeza con la que la sociedad española reconoce y valora la labor de sus Fuerzas y Cuerpos de Seguridad». Es por eso que reprocha al magistrado que ponga en duda «la integridad, la lealtad constitucional y la profesionalidad de una institución que lleva décadas sirviendo a España con ejemplar dedicación».

Su letrado, en concreto, asegura en su recurso que «el paradero y los movimientos de Begoña Gómez son conocidos en todo momento por el Estado, lo que hace objetivamente innecesaria la imposición de las medidas cautelares que pide revocar».

Que compromisos politicos, y es la mujer del preidente no una poilitica, o no puede ir el solito.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6437 en: 30 de Junio de 2026, 20:13:34 pm »
Supongo que sera por los compromisos politicos ...pero.qyw la verdad no estropee un titular.


Begoña Gómez pide a la Audiencia que le devuelva su pasaporte alegando que «la temporada de verano se acerca»


Solicita que se anulen las cautelares asegurando que siempre ha estado a disposición de la Justicia

Juanma Poderoso Díaz
24/06/2026 Actualizado a las 16:39h.

Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno, ha pedido a la Audiencia Provincial de Madrid que le devuelva a la mayor brevedad posible su pasaporte, dejando así sin efecto las medidas cautelares que le impuso el juez Juan Carlos Peinado, «dado la temporada de verano que se acerca».


La defensa de Gómez, ejercida por el exministro socialista Antonio Camacho, ha presentado un recurso ante el tribunal en el que solicita que revoque la decisión del instructor, que también le impuso la prohibición de salir de España y de comparecer en el Juzgado dos veces al mes al apreciar riesgo de fuga.

En ese escrito, al que ha accedido ABC, la representación de la esposa de Pedro Sánchez considera que esas cautelares son contrarias a los principios de necesidad y proporcionalidad y lesivas del derecho fundamental a la libre circulación consagrado en la Constitución.

El juez Peinado impuso las cautelares a Gómez asegurando que «la condición de actual presidente del Gobierno» de Pedro Sánchez «es algo efímero y por trato transitorio», con lo que desechó el argumento de su esposa de que no hay riesgo de fuga porque se encuentra acompañada de escoltas que pertenecen a los cuerpos de Seguridad del Estado.

El magistrado sugirió -lo que le suscitó el reproche de varias asociaciones policiales- que «esos agentes en un momento determinado» podían, «bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos» los que colaborasen «en la acción o acciones para facilitar esa fuga».

La defensa de Gómez cree que «dudar de la integridad de los agentes del Cuerpo Nacional de Policía, sin un solo dato objetivo que lo justifique, no es un argumento jurídico, sino que es, cuando mucho, una especulación inaceptable que la Audiencia Provincial debe rechazar con la misma firmeza con la que la sociedad española reconoce y valora la labor de sus Fuerzas y Cuerpos de Seguridad». Es por eso que reprocha al magistrado que ponga en duda «la integridad, la lealtad constitucional y la profesionalidad de una institución que lleva décadas sirviendo a España con ejemplar dedicación».

Su letrado, en concreto, asegura en su recurso que «el paradero y los movimientos de Begoña Gómez son conocidos en todo momento por el Estado, lo que hace objetivamente innecesaria la imposición de las medidas cautelares que pide revocar».

Que compromisos politicos, y es la mujer del preidente no una poilitica, o no puede ir el solito.


Cumbre OTAN en Ankara....por ejemplo

https://amp.rtve.es/noticias/20260630/begona-gomez-pide-autorizacion-juez-peinado-viajar-cumbre-otan-ankara-graduacion-su-hija-londres/17137261.shtml



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6438 en: 01 de Julio de 2026, 13:20:51 pm »

El PSPV se querella ante el Supremo contra Mazón por falso testimonio en la comisión de la DANA en el Congreso


Los socialistas valencianos solicitan al Alto Tribunal que abra diligencias penales contra Mazón
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Lirios Arques
30/06/2026 - 15:49
El PSPV se ha querellado este martes contra el expresidente valenciano Carlos Mazón por falso testimonio en su comparecencia en la comisión de investigación de la DANA en el Congreso de los Diputados, así como por "ocultar" información "relevante" acerca de su gestión de la catástrofe y de la de su Ejecutivo.


En la querella presentada ante el Tribunal Supremo, el PSPV pone de relieve que, aunque Mazón fue “advertido expresamente de la obligación legal de no faltar a la verdad en su testimonio”, el exjefe del Consell lo hizo en varias ocasiones, como por ejemplo en la información que ofreció sobre las llamadas que hizo el 29 de octubre de 2024, el itinerario que siguió cuando abandonó El Ventorro, la existencia de fallecidos, las ayudas remitidas por el Gobierno central a las víctimas de la DANA, y comunicaciones con quien entonces era consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas.

La decisión de los socialistas valencianos llega al considerar que estos hechos y las contradicciones en su relato constituyen un delito de falso testimonio ante Comisión parlamentaria de investigación, previsto y penado en el artículo 502.3 del Código Penal, "al haber faltado deliberadamente a la verdad quien estaba legalmente obligado a decirla" por lo que piden al Supremo que abra diligencias penales. Al hilo de ello, en la querella el PSPV añade que incurren "indicios racionales de criminalidad", que son "sólidos, plurales y convergentes", derivados de la declaración parlamentaria bajo obligación legal de veracidad, de una comparecencia pública previa contradictoria y de las comunicaciones privadas previas, conocidas públicamente, "aún más incriminatorias".

Volem saber tota la veritat‼️

🔴Presentem una querella contra Mazón per fals testimoni en la comissió de la Dana del Congrés dels Diputats.

La seua negligència i les seues mentides estan causant molt de dolor.https://t.co/GdXSJrGcPT pic.twitter.com/rqvBZW6SEE— PSPV-PSOE (@SocialistesVal) June 30, 2026
Las contradicciones del relato de Mazón
En esta misma querella, el PSPV subraya todas y cada una de las incoherencias que se han producido en cada uno de los relatos que el expresidente valenciano ha ofrecido desde la trágica DANA que causó la muerte de 230 personas en la provincia de Valencia.

De esta forma, señalan que Mazón "faltó a la verdad" al mantener "constantemente" que el día 29 de octubre de 2024 no disponía de información para gestionar responsablemente la emergencia cuando sus comunicaciones por WhatsApp en el grupo del Consell conocidas recientemente, "ponen de manifiesto que desde las 8:15 h conocía la alerta roja y dio instrucciones a los miembros del Consell para que 'inundaran' de información a los medios, con el objetivo de 'dar la sensación de estar alerta que te cagas'".

Asimismo, añaden que Pradas hizo pública recientemente su conversación a través de WhatsApp con Mazón el 29O, en la cual le informó "de la gravedad de la situación" en varios mensajes remitidos a las 11:32, 13:03, 13:43 y 14:11 horas, "recibiendo como contestación, en concreto, al de las 13:03 horas la expresión 'Cojonudo'".

Entre otras cosas, sostienen que Mazón también "faltó a la verdad" al declarar que eran los mandos operativos quienes decidieron cuándo enviar el mensaje ES-Alert a la población, ya que, como consta de las diligencias judiciales, "aproximadamente a las 18:45 h ya había un mensaje preparado y no se envió hasta las 20:11 horas". Sin embargo, según recalca el PSPV en la querella, el mensaje no se envió hasta que Pradas "lo indicó, por lo que no era una decisión que dependiera de los mandos operativos", sino de ella, según se aprecia en grabaciones disponibles y declaró como testigo el subdirector general de Emergencias, Jorge Suárez, "quien manifestó que, tras las deliberaciones sobre el contenido del mensaje y determinadas precisiones de tipo ortográfico, la consellera hizo una foto a la pantalla del Es-Alert y dijo 'adelante'".

El Ventorro y las llamadas
En otro orden de cosas, el PSPV pone también de manifiesto que Mazón ocultó información sobre el recorrido que siguió a la salida de El Ventorro, "omitiendo deliberadamente" que acompañó a la periodista Maribel Vilaplana al parking, "coincidiendo con los momentos" en los que Pradas "trataba de comunicarse con él, a las 19:10 h y 19:36 h y se estaban produciendo los momentos más dramáticos como consecuencia del desbordamiento del barranco del Poyo".

Por otra parte, recuerdan también que Mazón insistió en que “había hecho público su listado de llamadas”, cuando la realidad es que “el documento aportado a la Comisión de investigación de la DANA en Les Corts es un documento privado en el cual, tanto faltan llamadas, como no se produjeron algunas de las que figuran”.

Igualmente, añaden que faltó a la verdad en su versión del momento en que tuvo conocimiento de la existencia de fallecidos -dijo a las 05:00 horas del 30 de octubre de 2024-, que se contradice con lo que revelan los mensajes cruzados con Feijóo (23:25 horas) o sus propias manifestaciones ante los medios de comunicación a las 00:30 h. Así, apuntan que, según las actas notariales aportadas por Feijóo en el Juzgado, Mazón informó al líder de los populares a las 23:25 horas de los fallecimientos al afirmar en un mensaje: "No lo hemos hecho público aún pero ya están apareciendo muertos en Utiel y van a aparecer bastantes más". "Un puto desastre va a ser esto presi".

Entre otras cosas, el PSPV denuncia también en la querella que Mazón faltó a la verdad "al ocultar deliberadamente que es el Gobierno de España quien ha asumido íntegramente la financiación de las obras de reparación, restitución o reconstrucción de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal y de la red viaria de titularidad provincial" y al calificar la labor del Gobierno como "el mayor agravio y castigo sufrido por la Comunitat Valenciana".

Para los querellantes, "no se trata de lapsus ni de imprecisiones, sino de la clara voluntad de faltar a la verdad para ocultar su pasividad y ausencia de implicación en la gestión de la emergencia, en un día en el que se había decretado la alerta roja a las 7:36 h por parte de la Agencia Estatal de Meteorología, pese a la gravedad de las informaciones que le fueron remitidas por la exconsellera Sra. Pradas, por el Centro de Coordinación de Emergencias o por su propio jefe de Gabinete, José Manuel Cuenca, durante la jornada".


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6439 en: 06 de Julio de 2026, 13:14:36 pm »
Supongo que sera por los compromisos politicos ...pero.qyw la verdad no estropee un titular.


Begoña Gómez pide a la Audiencia que le devuelva su pasaporte alegando que «la temporada de verano se acerca»


Solicita que se anulen las cautelares asegurando que siempre ha estado a disposición de la Justicia

Juanma Poderoso Díaz
24/06/2026 Actualizado a las 16:39h.

Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno, ha pedido a la Audiencia Provincial de Madrid que le devuelva a la mayor brevedad posible su pasaporte, dejando así sin efecto las medidas cautelares que le impuso el juez Juan Carlos Peinado, «dado la temporada de verano que se acerca».


La defensa de Gómez, ejercida por el exministro socialista Antonio Camacho, ha presentado un recurso ante el tribunal en el que solicita que revoque la decisión del instructor, que también le impuso la prohibición de salir de España y de comparecer en el Juzgado dos veces al mes al apreciar riesgo de fuga.

En ese escrito, al que ha accedido ABC, la representación de la esposa de Pedro Sánchez considera que esas cautelares son contrarias a los principios de necesidad y proporcionalidad y lesivas del derecho fundamental a la libre circulación consagrado en la Constitución.

El juez Peinado impuso las cautelares a Gómez asegurando que «la condición de actual presidente del Gobierno» de Pedro Sánchez «es algo efímero y por trato transitorio», con lo que desechó el argumento de su esposa de que no hay riesgo de fuga porque se encuentra acompañada de escoltas que pertenecen a los cuerpos de Seguridad del Estado.

El magistrado sugirió -lo que le suscitó el reproche de varias asociaciones policiales- que «esos agentes en un momento determinado» podían, «bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos» los que colaborasen «en la acción o acciones para facilitar esa fuga».

La defensa de Gómez cree que «dudar de la integridad de los agentes del Cuerpo Nacional de Policía, sin un solo dato objetivo que lo justifique, no es un argumento jurídico, sino que es, cuando mucho, una especulación inaceptable que la Audiencia Provincial debe rechazar con la misma firmeza con la que la sociedad española reconoce y valora la labor de sus Fuerzas y Cuerpos de Seguridad». Es por eso que reprocha al magistrado que ponga en duda «la integridad, la lealtad constitucional y la profesionalidad de una institución que lleva décadas sirviendo a España con ejemplar dedicación».

Su letrado, en concreto, asegura en su recurso que «el paradero y los movimientos de Begoña Gómez son conocidos en todo momento por el Estado, lo que hace objetivamente innecesaria la imposición de las medidas cautelares que pide revocar».

Que compromisos politicos, y es la mujer del preidente no una poilitica, o no puede ir el solito.


Cumbre OTAN en Ankara....por ejemplo

https://amp.rtve.es/noticias/20260630/begona-gomez-pide-autorizacion-juez-peinado-viajar-cumbre-otan-ankara-graduacion-su-hija-londres/17137261.shtml




Peinado se va de vacaciones sin resolver....un juez sustituto lo hara