Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 752530 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5460 en: 16 de Julio de 2021, 15:02:13 pm »

Imputados 12 policías por entrar con otra ‘patada en la puerta’ en un piso de Madrid durante el estado de alarma


El juez, que interrogará a los agentes en octubre, también investiga a cinco ocupantes de la casa por un delito de atentado a la autoridad

Actuación policial en una vivienda de Madrid, en marzo. En vídeo, las imágenes de la intervención.EL PAÍS / VÍDEO: EPV
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ÓSCAR LÓPEZ-FONSECA
Madrid - 16 JUL 2021 - 05:18 CEST
La decisión de la policía de derribar sin autorización judicial, el pasado 21 de marzo, la puerta de un piso de la calle Lagasca de Madrid para poner fin a una fiesta que contravenía el estado de alarma no es la única actuación policial de estas características realizada durante las restricciones por la pandemia que ha acabado en los juzgados. Un magistrado ha citado a declarar como imputados, para el próximo octubre, a los 12 policías que, en la madrugada del 9 de diciembre, entraron también sin orden judicial en otra vivienda de la capital a la que habían acudido alertados por un vecino que aseguraba oír gritos, según documentos judiciales a los que ha tenido acceso EL PAÍS y confirman fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.



Los cinco ocupantes de la casa, que aseguraron estar celebrando el cumpleaños de uno de ellos, fueron detenidos por atentado a la autoridad tras ser acusados de impedir su identificación y resistirse al arresto. Ellos, a su vez, han denunciado a los agentes por allanamiento de morada al considerar que no cometieron ningún delito que justificara la entrada en el piso, según detalla su abogada, Marina Fernández. La Fiscalía aún no se ha pronunciado, según fuentes del ministerio público. Ambas denuncias cruzadas han caído en manos del titular del Juzgado de Instrucción 4 de Madrid, Marcelino Sexmero, quien precisamente también instruye el suceso de la calle Lagasca. La imputación de los 12 agentes se produce después de que, en junio, la Audiencia Provincial de Madrid archivara la causa abierta contra los nueve jóvenes que fueron detenidos por el incidente de marzo y ordenara investigar a los seis policías que actuaron entonces.

El suceso por el que ahora han sido imputados 12 agentes se produjo en el número 14 de la calle Pan y Toros, en el madrileño distrito de Villaverde. Según recoge el atestado policial, un coche patrulla se desplazó al inmueble tras recibirse la llamada de un vecino que denunciaba que en una de las viviendas se estaba produciendo “una fuerte reyerta” y se escuchaban “fuertes gritos de una mujer, así como a un niño pequeño llorando”. Los agentes aseguran en su informe que, mientras subían al piso, pudieron escuchar “un fuerte escándalo y golpes” que continuaron pese a que llamaron “insistentemente a la puerta”.

El relato de los policías y los ocupantes de la vivienda sobre lo que ocurrió a partir de ese momento es totalmente dispar. Los agentes aseguran que las personas que estaba en la casa se negaron a abrir la puerta y que, cuando finalmente uno la entreabrió “escasos centímetros”, se dirigió a ellos con “una actitud activa y chulesca, y poco colaboradora”. Según el atestado, los agentes le informaron de que debían “comprobar la integridad de la mujer y el niño” que se encontraban en el piso, pese a lo cual los ocupantes se negaron a dejarles pasar mientras supuestamente les insultaban y amenazaban.

El atestado recoge que los insultos a través de la puerta entreabierta se prolongaron cerca de 20 minutos, hasta que los ocupantes empujaron “fuertemente” para cerrarla y pillaron el pie del policía que quería impedirlo. Otro agente utilizó entonces un spray de gas pimienta hacia el interior del piso para que cesara la presión y su compañero pudiera retirar el pie. Los policías señalan que, ante la situación creada, contactaron con su superior, el cual les autorizó a entrar en “ante la posibilidad de que en dicha vivienda se haya producido un hecho violento con peligro para la integridad física de una mujer (la cual pedía auxilio por la ventana) y un menor de edad que estaba sollozando”. El artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite la entrada de la policía en un domicilio si hay constancia de que se está cometiendo un delito flagrante.


En este sentido, los agentes recalcan que el “gran estado de excitación y violencia” de los hombres les hacía temer “que algo grave pudiera haber sucedido en el interior de la vivienda”. El informe añade que los agentes de dos coches policiales que habían acudido en apoyo habían escuchado a una mujer gritar por el balcón: “Ayuda, ayuda, que me matan. Por favor, ayuda, policía”. Es, a partir de ese momento, cuando los agentes intentaron derribar la puerta, aunque solo lograron desencajarla del marco. Finalmente, los ocupantes dieron acceso al interior de la vivienda donde, según el atestado, opusieron resistencia “de manera activa” a su detención, lo que provocó lesiones a los agentes.

El informe añade que el piso estaba “totalmente revuelto y lleno de bebidas alcohólicas” y que resultaba “evidente” que “el menor no se encontraba en la mejor situación posible, compartiendo vivienda con cinco varones con evidentes síntomas de haber consumido sustancias estupefacientes a altas horas de la madrugada”. El informe va acompañado de fotografías de botellas, latas de cerveza y vasos que los agentes encontraron en la cocina y el salón del domicilio. Horas después y tras pasar por comisaría, los cinco quedaban en libertad.

La versión que dan los arrestados es totalmente distinta. En la denuncia que presentaron afirman que en todo momento colaboraron y estuvieron dispuestos a identificarse, aunque admiten que, durante el diálogo que mantuvieron con los agentes a través de la puerta entreabierta intentaron cerrarla para ir a recoger sus documentos de identidad, pero que no pudieron porque un agente puso un pie y una porra para impedirlo. Ellos aseguran que recriminaron a los agentes esta actitud porque “no podían acceder al interior de la vivienda sin una orden judicial”.

Es en ese momento, siempre según los ocupantes, cuando los agentes los rociaron con gas pimienta. Afirman que lo hicieron en cuatro ocasiones pese a que alertaron a los policías de que había un menor. Cuando finalmente la puerta fue derribada, los ocupantes denuncian que les golpearon. “Todos ellos fueron objeto de golpes, porrazos, patadas y puñetazos desde que salieron de la vivienda y hasta llegar a la comisaría”, continúa la denuncia, que también habla de insultos xenófobos por su origen latino. La denuncia va acompañada de fotografías de las supuestas lesiones sufridas, así como de los daños en la puerta del piso.


Los detenidos, que declararon como imputados el 1 de julio, niegan haber cometido ningún delito y rechazan el contenido del atestado, que aseguran pretende “inflar artificialmente la infracción supuestamente cometida”, que reducen a los ruidos. En aquel momento estaba en vigor el segundo estado de alarma y las restricciones impedían las reuniones de más de seis personas no conviventes en los domicilios. En un segundo escrito, presentado el 6 de julio para pedir que se archive la causa contra ellos, destacan que el atestado no refleja ningún indicio del supuesto maltrato a la mujer y al niño que esgrimieron para entrar en el piso

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5461 en: 18 de Julio de 2021, 01:35:06 am »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5462 en: 23 de Julio de 2021, 14:50:16 pm »

La Audiencia Nacional absuelve a los dos mossos que escoltaron a Puigdemont hasta Alemania



Considera que los hechos no son constitutivos de un delito de encubrimiento, aunque sí establece que ayudaron al líder independentista siendo conscientes de que contra él pesaba una euroorden
Europa Press
Madrid
Actualizado:
23/07/2021 13:58h

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Un testigo ratifica que los mossos huían por carretera con Puigdemont: «En el aeropuerto habría sido detenido»
Los dos mossos que trasladaron a Puigdemont de Suecia a Bélgica niegan que lo encubrieran en su huida
La Audiencia Nacional ha absuelto a los dos mossos que acompañaban al ex presidente catalán Carles Puigdemont cuando fue detenido en Alemania en 2018, al considerar que los hechos no son constitutivos de un delito de encubrimiento, aunque sí establece que ayudaron al líder independentista siendo conscientes de que contra él pesaba una euroorden.


El titular del Juzgado Central de lo Penal, José Manuel Fernández-Prieto, explica en su sentencia que ha quedado probado que los dos mossos, aprovechando los días libres de servicio, recogieron a Puigdemont en Estocolmo e iniciaron con él un viaje por varios países europeos hasta que finalmente fue arrestado el 25 de marzo de 2018 en Alemania.

El juez da por acreditado que ayudaron a Puigdemont siendo conscientes de que estaba investigado en España por su participación en hechos constitutivos en su momento de un delito de rebelión y por los cuales el instructor español había emitido una orden europea de detención y entrega contra el ex president.


La intención de los acusados, de acuerdo con el fallo que se ha conocido este viernes, «era ayudar a Carles Puigdemont a regresar a Bélgica y evitar su identificación en algún lugar donde pudieran ejecutar la orden europea de detención».

No obstante, al analizar el caso concreto, concluye que solo se les podría condenar si se tratara de encubrir hechos tipificados como rebelión y que el favorecedor hubiera obrado con abuso de funciones públicas, requisitos cree que no concurren en el presente caso.

En este sentido, el juez recuerda que los hechos juzgados por la causa del 'procés' finalmente fueron tipificados por el Tribunal Supremo como delito de sedición, no de rebelión.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5463 en: 24 de Julio de 2021, 07:45:59 am »
Los peligros de una barbacoa en la terraza....


NI HERIDOS NI VÍCTIMAS
A juicio por quemar con una barbacoa tres plantas de un edificio de Madrid
El juez cierra su investigación y procesa a los dos investigados por haber provocado, supuestamente, el aparatoso fuego, que afectó a las viviendas superiores de la torre


Vista general de la torre incendiada, en una fotografía de agosto de 2020. (EFE)

Por Javier Corbacho
23/07/2021 - 11:45 Actualizado: 23/07/2021 - 16:04

El Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid ha mandado a dos personas a juicio por el incendio que afectó, a finales de agosto de 2020, a las viviendas superiores de un edificio de 20 plantas —conocida como Torre Ámbar—, situado en la calle Dulce Chacón de la capital, en el distrito de Hortaleza. Se les imputa un posible delito de incendio de bienes propios, castigado con penas que van de uno a cuatro años de cárcel.

Ambos investigados, según detalla el auto, al que ha tenido acceso este diario, celebraron aquella madrugada una reunión con amigos en la terraza de su vivienda, "en la que se fumó, se usó una barbacoa con brasas de carbón vegetal y una cachimba", y que tenía "una manta de césped artificial" a escasos centímetros de la parrilla y unos palés de madera a modo de sofá.

Ello provocó un enorme fuego que afectó a la azotea, las plantas superiores del edificio, la cubierta y a gran parte de la fachada y fue tan aparatoso que tuvo que ser sofocado por una veintena de dotaciones de bomberos. No obstante, no hubo víctimas ni heridos. Según declararon ante el juez los peritos, la terraza de los imputados fue el lugar de origen del incendio. "Durante las tareas de desescombro, se localizaron también algunas colillas", añade el auto, "sin que, por parte de los investigados, se tomaran medidas suficientes para la evitación del resultado". El viento también pudo afectar a la propagación de las llamas.

Ahora, el juez Juan Carlos Peinado pone fin a su investigación y da traslado a la Fiscalía y a las acusaciones particulares —en este caso, la comunidad de propietarios del bloque— para que soliciten la apertura de juicio oral y formulen su petición contra ambos investigados.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5464 en: 24 de Julio de 2021, 18:11:03 pm »
Vamos a ver, cómo se ponen por ná. ;ris;

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5465 en: 27 de Julio de 2021, 15:39:56 pm »

Una mujer de 70 años, imputada por incapacitar un guardia civil con un post en Facebook


La señora, que con andador, es en un sumario que ha requerido secretos de actuaciones e investigaciones internacionales
   

Quico Sallés Barcelona
07/26/2021 07:09 pm

Debían ser la tormenta pero, mira por donde, varios comentarios en la red, uno de ellos de una mujer de 70 años que se desplaza con andador, los han convertido en llovizna. Así se podría describir el caso por el que la Guardia Civil, la fiscalía y la abogacía del Estado persiguen la Mariona , una mujer de la Bisbal del Empordà investigada con otras seis personas por un delito de odio contra un brigada el instituto armado que actuó en Roquetes y la Ràpita (Montsià) durante el Primero de Octubre . Supuestamente, ellos son los causantes de que un suboficial esté de baja por depresión y con una incapacidad del 50% reconocida. Mariona está citada a declarar el martes por la Bisbal del Empordà, acusada de un delito de incitación al odio por un post en Facebook.

Según el sumario del caso, al que ha tenido acceso este diario, la historia comenzó cuando un brigada de la Guardia Civil, destinado a Tortosa desde hace unos 15 años, participó en el operativo contra el referéndum en Roquetes y la Ràpita integrado al Grupo G5. La actuación fue muy contundente, con heridos, y dejó fuerza mácula, como se constató en los testigos de los hechos que se sentaron en el estrado del Tribunal Supremo durante el juicio del Proceso. El brigada, aunque no participó en las duras cargas de los antidisturbios de sus compañeros, sí estaba presente, de paisano, y fue retratado en el lugar.

Dado el relato del guardia civil ante la Unidad Orgánica de la Policía Judicial del instituto armado, al ser conocido en la zona hicieron correr su fotografía en los centros de votación en las redes. De hecho, el brigada acusa dos mozos de hacer el montaje fotográfico que le llegó a través de Whatsapp. Al hacerse supuestamente viral su imagen, varios comentarios en Twitter, Facebook e Instagram, más la expulsión de un grupo de Whatsapp de sus vecinos, le hicieron sufrir un ataque de angustia que le obligó a coger la baja . El guardia civil alegó que a raíz de los posts y los comentarios "sólo duerme tres horas al día, no tiene hambre, sólo quiere llorar y nota una presión constante en el pecho" . Asimismo, denuncia que presuntamente las críticas en la red le han provocado una incapacidad del 50%.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5466 en: 02 de Agosto de 2021, 15:54:16 pm »

Un juzgado no ve delito de odio por decir "moro de mierda" y "maricón" en una pelea


El Juzgado de instrucción número 47 de Madrid rechaza en un auto procesar a un investigado por proferir tales expresiones porque se realizaron en el "contexto de una disputa cuyo origen no fue la raza ni la condición sexual" de la víctima.
NOTICIAACTUALIZADA 30/07/2021 A LAS 17:05EFE
La Policía determinará si existe "un presunto delito de odio" en la agresión.La Policía determinará si existe "un presunto delito de odio" en la agresión.A Photo Agency

El Juzgado de instrucción número 47 de Madrid ha rechazado en un auto procesar a un investigado por un delito de odio al considerar que las expresiones "moro de mierda" y "maricón" que se le imputan se realizaron en el "contexto de una disputa cuyo origen no fue la raza ni la condición sexual" de la víctima.


Además, "el investigado no sabía la condición sexual del amenazado", manifiesta el juez en un auto hecho público este viernes por la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado para denunciar el caso.


Según explica esta plataforma, el juez investiga a un ciudadano español que el pasado mes de enero amenazó con una pistola de aire comprimido a un grupo de jóvenes migrantes que se encontraban en las inmediaciones del distrito Centro de Madrid.


El auto ha sido dictado después de que la Audiencia de Madrid cuestionara que se convirtiera el procedimiento en un juicio rápido al considerar los hechos un delito leve.

La Audiencia destacó que el revólver detonador que utilizó el investigado es un arma de prohibida adquisición y que, al disparar y apuntar al grupo, las amenazas son graves.


El juez de instrucción propone por ello juzgar al hombre por un delito de tenencia de armas y otro de amenazas, pero descarta sin embargo el delito de odio que atribuye al investigado la Red Española de Inmigración, que muestra en un comunicado su "enorme preocupación por cómo una parte significativa de la judicatura está torpedeando la aplicación de la reforma del Código Penal que añadió los delitos de odio".

La plataforma recuerda en este contexto el reciente asesinato del joven Samuel en A Coruña, al grito de "maricón", donde la policía no vio en principio tampoco un delito de odio porque los agresores no conocían a la víctima y su orientación sexual.

"Si siempre habrá una circunstancia que justifique o avale el poder utilizar la palabra maricón y moro de mierda, ¿de qué nos vale reformar el Código Penal?", se pregunta el director de la Red de Inmigración, Rafael Escudero.

La plataforma va a recurrir el auto y solicitará una reunión con la ministra de Justicia, Pilar Llop, para abordar modificaciones legislativas que eviten que "se frustre el espíritu y la letra de la ley amparando por el contexto insultos racistas, xenofóbicos y la LGTBifobia". 

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5467 en: 02 de Agosto de 2021, 17:10:39 pm »
Que coincidencia que su señoría dice lo mismo que yo...  .ca;

El padre de Samuel pide quitar "banderas y políticos" de la manifestación por el joven: "No queremos que sea un símbolo"

Luiz ha dicho sobre la muerte de Samuel que "mi hijo salió a cenar con unas amigas. Estaba haciendo una videollamada y a uno no le gustó. Él intento evitar el problema, nunca se metía en peleas", desvinculando así el trágico acontecimiento de una agresión homófoba.

https://www.20minutos.es/noticia/4753451/0/el-padre-de-samuel-pide-quitar-banderas-y-politicos-de-la-manifestacion-por-el-joven-no-queremos-que-sea-un-simbolo/?autoref=true

Todo va apuntando hacia la condición sexual del finado.....brasileño al parecer asesinado por compatriotas que ya le conocían....o eso dicen


¿Quién apunta? ¿La Policía, el juez, los podemitas, los mass mierda, etc...?

Habrá que conocer mejor el caso, pero no es lo mismo meterle una paliza a alguien porque crees que te está grabando y llamarle eso porque sabes su condición, que meterle una paliza por ser gay.

Fuese ese o no el motivo, deberían de pudrirse en la cárcel, independientemente de la motivación de la paliza mortal.


Un juzgado no ve delito de odio por decir "moro de mierda" y "maricón" en una pelea


El Juzgado de instrucción número 47 de Madrid rechaza en un auto procesar a un investigado por proferir tales expresiones porque se realizaron en el "contexto de una disputa cuyo origen no fue la raza ni la condición sexual" de la víctima.
NOTICIAACTUALIZADA 30/07/2021 A LAS 17:05EFE
La Policía determinará si existe "un presunto delito de odio" en la agresión.La Policía determinará si existe "un presunto delito de odio" en la agresión.A Photo Agency


El Juzgado de instrucción número 47 de Madrid ha rechazado en un auto procesar a un investigado por un delito de odio al considerar que las expresiones "moro de mierda" y "maricón" que se le imputan se realizaron en el "contexto de una disputa cuyo origen no fue la raza ni la condición sexual" de la víctima.


Además, "el investigado no sabía la condición sexual del amenazado", manifiesta el juez en un auto hecho público este viernes por la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado para denunciar el caso.


Según explica esta plataforma, el juez investiga a un ciudadano español que el pasado mes de enero amenazó con una pistola de aire comprimido a un grupo de jóvenes migrantes que se encontraban en las inmediaciones del distrito Centro de Madrid.


El auto ha sido dictado después de que la Audiencia de Madrid cuestionara que se convirtiera el procedimiento en un juicio rápido al considerar los hechos un delito leve.

La Audiencia destacó que el revólver detonador que utilizó el investigado es un arma de prohibida adquisición y que, al disparar y apuntar al grupo, las amenazas son graves.


El juez de instrucción propone por ello juzgar al hombre por un delito de tenencia de armas y otro de amenazas, pero descarta sin embargo el delito de odio que atribuye al investigado la Red Española de Inmigración, que muestra en un comunicado su "enorme preocupación por cómo una parte significativa de la judicatura está torpedeando la aplicación de la reforma del Código Penal que añadió los delitos de odio".

La plataforma recuerda en este contexto el reciente asesinato del joven Samuel en A Coruña, al grito de "maricón", donde la policía no vio en principio tampoco un delito de odio porque los agresores no conocían a la víctima y su orientación sexual.

"Si siempre habrá una circunstancia que justifique o avale el poder utilizar la palabra maricón y moro de mierda, ¿de qué nos vale reformar el Código Penal?", se pregunta el director de la Red de Inmigración, Rafael Escudero.

La plataforma va a recurrir el auto y solicitará una reunión con la ministra de Justicia, Pilar Llop, para abordar modificaciones legislativas que eviten que "se frustre el espíritu y la letra de la ley amparando por el contexto insultos racistas, xenofóbicos y la LGTBifobia".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5468 en: 06 de Agosto de 2021, 01:56:27 am »
Un juicio amenaza con hacer saltar por los aires todas las primarias de Podemos de 2020

El sector crítico denunció un pucherazo de la lista respaldada por Iglesias en las primarias para la secretaría autonómica de La Rioja. El caso acabó en los tribunales y en septiembre se espera una condena

https://www.vozpopuli.com/espana/politica/juicio-primarias-podemos.html

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5469 en: 13 de Agosto de 2021, 08:23:15 am »

La justicia militar archiva definitivamente las querellas por acoso de la sargento del Seprona de Lanzarote contra sus superiores


El Tribunal Militar Central establece que es "indudable" que la agente de la Guardia Civil Gloria Moreno tuvo una sensación de humillación a su persona, pero no resulta "suficiente" para la apreciación de delito






La sargento del Seprona de Lanzarote, Gloria Moreno, durante un juicio
La sargento del Seprona de Lanzarote, Gloria Moreno, durante un juicio Alejandro Ramos
Natalia G. Vargas

12 de agosto de 2021 16:01h
1

@nataliag_vargas
El Tribunal Militar Central ha archivado de forma definitiva las querellas por acoso interpuestas por la sargento del Seprona de Lanzarote Gloria Moreno a sus superiores. El auto establece que es "indudable que la sargento Moreno González ha tenido esa sensación de humillación o ataque a su persona", porque así se deriva de su prolongada baja para el servicio por motivos psicológicos o de ansiedad. Sin embargo, esto "no resulta suficiente para la apreciación de delito". La sentencia también señala que no se han hallado ''evidencias'' de que se haya producido un delito de abuso de autoridad, ya que no se percibió un "uso indebido de las competencias que les eran propias a los superiores jerárquicos de la denunciante y de sus compañeros".


Así, la justicia militar ha desestimado el recurso de apelación presentado por la abogada de la sargento contra la sentencia emitida el 18 de mayo de 2021 por el Juzgado Togado Militar Territorial de Las Palmas de Gran Canaria. Este último auto también había resuelto a favor del archivo de las querellas.

En una entrevista ofrecida a un medio de comunicación local, Gloria Moreno se declaró víctima de una persecución por parte de sus superiores en la Guardia Civil. La sargento atribuyó este hostigamiento a su intervención en la operación para acabar con la caza furtiva de pardelas en Alegranza. La agente denunció a uno de sus subordinados, Miguel Ángel Padial, por haber alertado a cazadores furtivos de pardelas de que el Seprona realizaría una operación policial en este islote protegido del norte de Lanzarote.


En diciembre de 2019, la Audiencia Provincial de Las Palmas absolvió a la sargento de los delitos de falsedad documental y calumnias de los que había sido acusada por señalar a uno de sus subordinados de dar un chivatazo a un empresario para así frustrar una operación contra la caza furtiva de pardelas en Alegranza.


La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas también concluyó que la denuncia de la sargento contra su subordinado no tenía solidez por estar fundamentada en "conjeturas, cotilleos y dimes y diretes" y, además, "se sustentaba en testimonios de terceros".

Mientras tanto, los subordinados de Moreno también denunciaban haber sufrido mobbing por parte de la sargento. Según aseguraron en ese momento fuentes de la Guardia Civil a este periódico, de los cuatro agentes que fueron destinados al destacamento que ella dirigía, uno pidió ser reubicado en otro destino y los demás estuvieron de baja psicológica por el trato "despótico" al resto de la plantilla.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5470 en: 13 de Agosto de 2021, 13:48:16 pm »
Cuándo un tribunal militar ha atendido los requerimientos de un raso contra un superior? Al revés siempre.
« Última modificación: 13 de Agosto de 2021, 18:52:40 pm por 47ronin »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5471 en: 13 de Agosto de 2021, 17:25:46 pm »
Cuándo un tribunal militar a atendido los requerimientos de un raso contra un superior? Al revés siempre.

En este caso  es una sargento, no raso/a como dices.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5472 en: 13 de Agosto de 2021, 18:54:44 pm »
Cuándo un tribunal militar a atendido los requerimientos de un raso contra un superior? Al revés siempre.

En este caso  es una sargento, no raso/a como dices.

Una sargento contra capitanes y comandantes es como una pulga mordiendo a un elefante.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5473 en: 14 de Agosto de 2021, 01:19:54 am »
Cuándo un tribunal militar a atendido los requerimientos de un raso contra un superior? Al revés siempre.

En este caso  es una sargento, no raso/a como dices.

Una sargento contra capitanes y comandantes es como una pulga mordiendo a un elefante.


Nadie ha dicho lo contrario..., simplemente me limito a corregir por enésima vez a su colega..., ya que no es una guardia rasa, raso o rase...

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5474 en: 15 de Agosto de 2021, 17:42:54 pm »
De abajo a arriba no hay posibilidad al revés todas.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5475 en: 15 de Agosto de 2021, 19:56:35 pm »
De abajo a arriba no hay posibilidad al revés todas.

Alguna hay pero son relativamente ínfimas respecto al contrario.

Les podría contar una historia de como una grabadora entró en una de esas "sesiones" de ven para acá a contarnos lo que ha sucedido y como el instructor "retorcia" al requerido.....la grabación es tan nítida que no quedan muchas dudas de lo que ocurrió, no me lo han contado he escuchado esa grabación.y además tengo hasta copia...pues bien, ni administrativa y tampoco penalmente salió adelante...eso sí, el instructor fue "relevado" tras el "asunto" de forma oportuna y conveniente.... a un puesto de confianza...por esa razón.cuando algun.forero planteó en este foro lo de "prevaricacion", mi contestación.no puede ser otra que la que ya he expresado alguna vez, es el delito más difícil de sacar adelante, se enfado por que se lo dije pero el tiempo da y quita razones y su caso tampoco pasó el trámite que el pretendía y al que le daba una gran posibilidad de condena.
« Última modificación: 15 de Agosto de 2021, 20:07:15 pm por 47ronin »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5476 en: 23 de Agosto de 2021, 20:32:46 pm »
Quiero pensar..que a parte de que la víctima tardase 7 días en denunciar, hay algo más que motive su libertad provisional.






Libertad provisional para los dos detenidos por una violación múltiple en Formentera


Un tercer hombre implicado en la agresión sigue en busca y captura tras huir a Marruecos.

 
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Agente de la Guardia Civil. — Eduardo Sanz / Europa Press
Agente de la Guardia Civil. — Eduardo Sanz / Europa Press

IBIZA, 23/08/2021 19:17 ACTUALIZADO: 23/08/2021 19:48 EFE
El Juzgado de Instrucción número 2 de Ibiza, en funciones de guardia, ha decretado este lunes libertad provisional para los dos detenidos por la presunta agresión sexual múltiple ocurrida en Formentera.

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La jueza ha retirado a los dos acusados el pasaporte, les ha impuesto la prohibición de salir de Ibiza y Formentera y les ha ordenado comparecencias periódicas, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB).


Los detenidos, que tienen 32 y 37 años, están acusados de agredir sexualmente a una joven de 19 años en la isla de Formentera.

Dos detenidos por una violación múltiple a una joven de 19 años en Formentera
Dos detenidos por una violación múltiple a una joven de 19 años en Formentera
Un tercer hombre también habría estado implicado en la violación, aunque ha huido a Marruecos donde tiene una orden de busca y captura para que responda ante la justicia.

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La agresión ocurrió a finales de julio, y una semana después la víctima interpuso una denuncia ante la Policía Nacional, en Palma, que dio traslado a la Guardia Civil.

La joven denunció que sufrió una agresión sexual continuada y que fue torturada con quemaduras de cigarrillos y cucharillas ardiendo, además de drogada con cocaína y crack para que no opusiera resistencia, según informan fuentes cercanas al caso a Diario de Ibiza.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5477 en: 24 de Agosto de 2021, 02:06:55 am »
Libertad provisional con medidas bastante restrictivas, que se le olvida esa parte...

Quiero pensar..que a parte de que la víctima tardase 7 días en denunciar, hay algo más que motive su libertad provisional.






Libertad provisional para los dos detenidos por una violación múltiple en Formentera


Un tercer hombre implicado en la agresión sigue en busca y captura tras huir a Marruecos.

 
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Agente de la Guardia Civil. — Eduardo Sanz / Europa Press
Agente de la Guardia Civil. — Eduardo Sanz / Europa Press

IBIZA, 23/08/2021 19:17 ACTUALIZADO: 23/08/2021 19:48 EFE
El Juzgado de Instrucción número 2 de Ibiza, en funciones de guardia, ha decretado este lunes libertad provisional para los dos detenidos por la presunta agresión sexual múltiple ocurrida en Formentera.

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La jueza ha retirado a los dos acusados el pasaporte, les ha impuesto la prohibición de salir de Ibiza y Formentera y les ha ordenado comparecencias periódicas, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB).


Los detenidos, que tienen 32 y 37 años, están acusados de agredir sexualmente a una joven de 19 años en la isla de Formentera.

Dos detenidos por una violación múltiple a una joven de 19 años en Formentera
Dos detenidos por una violación múltiple a una joven de 19 años en Formentera
Un tercer hombre también habría estado implicado en la violación, aunque ha huido a Marruecos donde tiene una orden de busca y captura para que responda ante la justicia.

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La agresión ocurrió a finales de julio, y una semana después la víctima interpuso una denuncia ante la Policía Nacional, en Palma, que dio traslado a la Guardia Civil.

La joven denunció que sufrió una agresión sexual continuada y que fue torturada con quemaduras de cigarrillos y cucharillas ardiendo, además de drogada con cocaína y crack para que no opusiera resistencia, según informan fuentes cercanas al caso a Diario de Ibiza.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5478 en: 24 de Agosto de 2021, 03:01:46 am »
La chica violada y torturada en Formentera estuvo retenida 14 horas

https://elcaso.elnacional.cat/es/noticias/chica-violada-torturada-formentera-14-horas_53635_102.html

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5479 en: 24 de Agosto de 2021, 08:22:04 am »



Tiene que haber algo más.


Libertad provisional con medidas bastante restrictivas, que se le olvida esa parte...

Quiero pensar..que a parte de que la víctima tardase 7 días en denunciar, hay algo más que motive su libertad provisional.






Libertad provisional para los dos detenidos por una violación múltiple en Formentera


Un tercer hombre implicado en la agresión sigue en busca y captura tras huir a Marruecos.

 
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Agente de la Guardia Civil. — Eduardo Sanz / Europa Press
Agente de la Guardia Civil. — Eduardo Sanz / Europa Press

IBIZA, 23/08/2021 19:17 ACTUALIZADO: 23/08/2021 19:48 EFE
El Juzgado de Instrucción número 2 de Ibiza, en funciones de guardia, ha decretado este lunes libertad provisional para los dos detenidos por la presunta agresión sexual múltiple ocurrida en Formentera.

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La jueza ha retirado a los dos acusados el pasaporte, les ha impuesto la prohibición de salir de Ibiza y Formentera y les ha ordenado comparecencias periódicas, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB).


Los detenidos, que tienen 32 y 37 años, están acusados de agredir sexualmente a una joven de 19 años en la isla de Formentera.

Dos detenidos por una violación múltiple a una joven de 19 años en Formentera
Dos detenidos por una violación múltiple a una joven de 19 años en Formentera
Un tercer hombre también habría estado implicado en la violación, aunque ha huido a Marruecos donde tiene una orden de busca y captura para que responda ante la justicia.

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La agresión ocurrió a finales de julio, y una semana después la víctima interpuso una denuncia ante la Policía Nacional, en Palma, que dio traslado a la Guardia Civil.

La joven denunció que sufrió una agresión sexual continuada y que fue torturada con quemaduras de cigarrillos y cucharillas ardiendo, además de drogada con cocaína y crack para que no opusiera resistencia, según informan fuentes cercanas al caso a Diario de Ibiza.