Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 752551 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5660 en: 09 de Enero de 2023, 07:35:34 am »
De ser vendido como el mayor caso de corrupción a pasar a ser el mayor "Blufff" de la historia policial y judicial...


Indemnizaciones y multas millonarias: lo que costará a las arcas públicas la absolución del magnate Cursach


El empresario de la noche, su número dos y otros 15 procesados prevén reclamar elevadas indemnizaciones por su ingreso en prisión preventiva, así como por el perjuicio personal, familiar, profesional y reputacional que muchos de ellos aseguran haber sufrido

Esther Ballesteros

Mallorca —
8 de enero de 2023 22:08h

Actualizado el 09/01/2023 05:30h


El 28 de febrero de 2017, el responsable del mayor imperio del ocio de Balears, Bartolomé Cursach, y su número dos, Bartolomé Sbert, eran detenidos y, tres días después, enviados a prisión sin fianza. La expectación era máxima. El empresario, que décadas atrás se había relacionado con sutileza con el poder político y llegó a fundar hoteles y restaurantes, las mayores discotecas de las islas y exclusivos gimnasios, acababa de verse envuelto en un rosario de delitos relativos a un supuesto entramado político, empresarial y policial dirigido a salvaguardar su autoridad en la noche. Cursach permaneció entre rejas 14 meses mientras que su mano derecha lo estuvo durante nueve. Ahora, transcurridos casi seis años desde entonces, los hechos han quedado sepultados tras no haber quedado acreditados en el macrojuicio celebrado durante los últimos meses en la Audiencia Provincial de Balears.

La absolución de los dos empresarios y de los otros 15 procesados que los acompañaban en el banquillo, la mayoría policías locales inicialmente acusados de proteger los negocios del magnate, no les va a salir gratis a las administraciones públicas. No en vano, todos ellos contemplan reclamar elevadas indemnizaciones al Estado por el tiempo en prisión preventiva que permanecieron en su día así como por el perjuicio personal, familiar, profesional y reputacional que muchos de ellos aseguran haber sufrido.


Asimismo, en el caso de los agentes y funcionarios que a lo largo de estos años han sido investigados y encarcelados -unos 40 de ellos acabaron en prisión-, el Ajuntament de Palma deberá compensarles económicamente por el tiempo que permanecieron suspendidos de empleo y sueldo, además de repercutir en sus arcas los honorarios de sus respectivas defensas. Fuentes próximas a los afectados señalan a a elDiario.es que las cifras pendientes de abonar ascienden a al menos cuatro millones de euros.

El Ajuntament de Palma deberá compensar a los agentes de la Policía Local y a los funcionarios suspendidos de empleo y sueldo y tendrá que pagar los honorarios de sus respectivas defensas, lo que costará al menos cuatro millones de euros

Las indemnizaciones por la prisión preventiva indebida
En junio de 2019, el Tribunal Constitucional estableció que una persona absuelta en una causa judicial después de pasar por prisión preventiva tiene derecho a ser indemnizada. Hasta esta modificación normativa, únicamente se compensaban los casos en los que quedaba demostrada la inexistencia de delito, pero no sucedía así si se constataba la comisión del hecho y el acusado no hubiera participado en el mismo, como sucedió en el caso del expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell.

Los cálculos de Justicia determinan un baremo de cantidades que oscilan entre los 17 y los 52 euros por día transcurrido en prisión en función de los perjuicios ocasionados, establecidos por amplia jurisprudencia a lo largo de los últimos años. Equiparando el tiempo que Cursach y Sbert permanecieron en prisión con otros afectados que lo estuvieron durante un periodo similar, las resoluciones, consultadas por elDiario.es, son dispares.

Una de ellas, dictada por la Audiencia Nacional en 2020, reconoce el derecho de un hombre acusado de robo y finalmente absuelto a percibir 3.300 euros por los 13 meses que estuvo encarcelado; sin embargo, en el caso de un guardia civil que fue investigado por corrupción y narcotráfico y fue finalmente exonerado, el Tribunal Supremo fijó para él una indemnización de 50.000 euros por la incidencia que la prisión le provocó tanto en su faceta laboral como en la familiar e incluso para su propia salud.

Con estos mimbres, los directivos del grupo Cursach prevén formular sus peticiones en el marco de las pesquisas que la Audiencia Provincial de Balears ha ordenado que se incoen para averiguar si el exjuez Manuel Penalva y el exfiscal Miguel Ángel Subirán, encargados durante cerca de tres años de instruir el más conocido como caso Cursach, incurrieron en presuntos delitos de prevaricación, detención ilegal y coacciones a testigos cuando intentaron levantar las alfombras de una presunta trama dirigida a salvaguardar los intereses del considerado rey de la noche mallorquina.

Nueva línea de investigación contra Penalva y Subirán
Se trata de una nueva línea de investigación que el tribunal que juzgó la causa ha instado a abrir a raíz de las supuestas prácticas delictivas que han brotado en los últimos meses durante el juicio del caso Cursach: las que habrían desplegado Penalva, Subirán y una inspectora de Blanqueo de la Policía Nacional mientras investigaban al magnate del ocio nocturno con el objetivo, supuestamente, de apuntalar sus tesis incriminatorias y allanar futuras condenas. Estos nuevos hechos se sumarían a los que se indagan, en paralelo, en otro procedimiento judicial abierto contra los antiguos instructores del caso Cursach y que desde principios de 2020 se encuentra en manos del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJIB).

Esta última causa, pendiente de juicio, se centra principalmente en las presuntas actuaciones llevadas a cabo por juez, fiscal y cuatro integrantes del grupo de Blanqueo para “intimidar” a los detenidos en una de las piezas en las que se desgajó la matriz del caso Cursach: la relativa a la supuesta alteración del concurso para adjudicar el servicio de regulación del aparcamiento (ORA) en Palma y al presunto cobro de comisiones a cambio de esta concesión. Un fleco en el que fueron arrestados varios empresarios, los nueve funcionarios que integraban la mesa de contratación que tramitó el expediente y los padres y el hermano del exconcejal del PP de Palma Álvaro Gijón. Las pesquisas, sin embargo, fueron finalmente archivadas ante la ausencia de indicios delictivos contra todos ellos.

En el marco de este procedimiento judicial, las acusaciones -ejercidas por Cursach, Sbert y una treintena de antiguos investigados que se consideran perjudicados por la actuación de Penalva, Subirán y los cuatro policías- ya han concretado las cifras con las que quieren ser resarcidos. Además de solicitar para los seis procesados elevadas penas de prisión -los directivos del grupo Cursach solicitan más de treinta años de cárcel para cada uno de ellos por hasta catorce hechos presuntamente delictivos así como multas que ascienden a 2,3 millones de euros-, las acusaciones reclaman, hasta el momento, más de 5,5 millones de euros en conjunto.

Las acusaciones (Bartolomé Cursach, Bartolomé Sbert y una treintena de antiguos investigados) reclaman más de 5,5 millones de euros

Indemnizaciones de más de 5,5 millones de euros
Mientras Cursach y Sbert se reservan expresamente el ejercicio de las acciones civiles que pudieran corresponderles, la defensa de Gijón reclama para el expolítico un millón de euros, 150.000 para su hermano y 300.000 para sus padres por los perjuicios sufridos durante la instrucción del caso ORA. Según uno de los atestados de la Policía Nacional incorporados a la causa, los antiguos investigadores del caso Cursach buscaban, con el arresto de los familiares de Gijón, que el exconcejal llegara “jodido” a su declaración en la causa, en la que indagaban, en concreto, el supuesto cobro de un millón de euros en comisiones y la entrega de una vivienda a cambio de la adjudicación del servicio de regulación de aparcamiento.

En su escrito de acusación, la defensa del exparlamentario del PP considera que éste “ha sido y es la víctima principal de todo este entramado judicial y policial, sufriendo un gravísimo descalabro profesional, económico y personal”, al recordar que estuvo “en todas las ternas como posible candidato a la alcaldía de Palma”. “No solo era seguro que saliera electo (...) sino que su proyección de futuro era inmejorable. Y todo eso se truncó”, asevera su defensa.

El exconcejal y exdiputado balear del PP Álvaro Gijón reclama para él un millón de euros, 150.000 para su hermano y 300.000 para sus padres

Por su parte, uno de los funcionarios arrestados en el marco de esta causa, el que fuese jefe del departamento de Movilidad, Miguel Femenia, reclama un total de 646.568 euros (600.000 euros por daños morales, 4.800 euros por los días que permaneció de baja y otros 4.800 por los 22 días que estuvo ingresado en prisión). Tanto Femenia como el empresario Antonio Roig fueron encarcelados en octubre de 2016 y permanecieron un mes privados de libertad. En concreto, Roig fue enviado a prisión bajo la sospecha de que había obtenido el contrato de la ORA a cambio de abonar comisiones, mientras que a Femenia le acusaron de amañar la contratación.

Miguel Femenia, antiguo jefe del departamento de Movilidad de Palma, reclama 646.568 euros por daños morales, por los días que permaneció de baja y por los 22 días que estuvo ingresado en prisión

“Irreparable perjuicio personal, familiar, profesional y reputacional”
La acusación particular que representa a Roig sostiene que los dos juristas (Penalva y Subirán) y los cuatro policías acusados actuaban “de forma conjunta, organizada y coordinada, consensuando entre ellos la estrategias y actuaciones a realizar y valorando las mismas una vez realizadas” y asevera que los hechos le causaron “un irreparable perjuicio personal, familiar, profesional y reputacional”. En el mismo sentido, la defensa de Femenia asegura que fue “presionado, coaccionado y amenazado” mientras prestaba declaración e “injustificadamente ingresado en prisión provisional causándole evidentes trastornos personales, emocionales y profesionales”.

También el ingeniero del Ajuntament de Palma Pedro Torres reclama ser indemnizado. En concreto, apunta a los seis procesados como responsables civiles directos e insta a que también se declare como tal a la Administración General del Estado. Torres, quien estuvo encarcelado durante dos meses, solicita la suma de un millón de euros por los perjuicios ocasionados, así como por el daño moral y reputacional causado en su persona.

Pedro Torres, ingeniero del Ajuntament de Palma, solicita un millón de euros por los perjuicios ocasionados, así como por el daño moral y reputacional causado en su persona tras haber estado encarcelado durante dos meses

Durante su declaración como testigo en el juicio del caso Cursach, manifestó que durante la instrucción de la causa actuó “fuertemente coaccionado” y fue “una cabeza cortada exhibida públicamente” y, en su escrito de acusación, subraya que Subirán manifestó a su abogado que si ampliaba su declaración “reconociendo determinados hechos que no le afectaban, e implicando a terceras personas que estaban en el punto de mira de la investigación, reconsideraría la situación personal” del funcionario municipal. “La situación vivida de manera injusta ha afectado directamente a su rendimiento y situación laboral y a su entorno mediato e inmediato, en especial el familiar y el social y a su propia reputación”, asegura su abogado.

Mientras tanto, los policías locales Feliciano Franco, Carlos Tomás y Alfonso Ramírez solicitan, respectivamente, ser indemnizados con un millón, 700.000 y 300.000 euros por los perjuicios causados y por el daño moral y reputacional.

Los policías locales de Palma Feliciano Franco, Carlos Tomás y Alfonso Ramírez solicitan, respectivamente, ser indemnizados con un millón, 700.000 y 300.000 euros por los perjuicios causados y por el daño moral y reputacional

Dispersados en cárceles de la península
En concreto, la causa en la que todos ellos han puesto sobre la mesa sus reclamaciones se encuentra pendiente del pronunciamiento de la Fiscalía Anticorrupción y de apertura de juicio oral. Por el momento, Penalva, Subirán y los cuatro policías se encuentran a las puertas del banquillo por, presuntamente, coaccionar y amenazar a testigos en el caso ORA para que declarasen en sentido incriminatorio, inducir al falso testimonio, prevaricar a la hora de acordar los arrestos y el ingreso en prisión de varios investigados, ocultar las pruebas que no se acoplaban a sus intereses y por filtrar información a la prensa cuando la causa se encontraba bajo secreto.

Durante su instrucción, la matriz del caso Cursach -de la que se desgajó una quincena de piezas separadas, entre ellas la que ha sido juzgada en los últimos meses en la Audiencia Provincial, epicentro de toda la instrucción- llegó a sumar más de un centenar de imputados y más de cuarenta encarcelados. Varios de ellos fueron dispersados en prisiones de la península como Estremera y Albocàsser.

Junto a Cursach y Sbert también fueron enviados a la cárcel de forma preventiva el director de la discoteca Tito's -buque insignia del grupo Cursach-, Jaime Lladó y otro directivo del conglomerado, Antonio Bergas, cuyo encausamiento fue archivado días antes de arrancar el juicio del caso Cursach después de que Anticorrupción echase por tierra, por falta de verosimilitud, las imputaciones más graves que planeaban sobre ellos. Entre ellas, las relativas a las supuestas orgías que, según apuntaban las investigaciones iniciales, fueron celebradas en Tito's para agasajar a agentes de la Policía Local de Palma a cambio de salvaguardar la buena marcha de los negocios del grupo empresarial. 

Cantidades reclamadas al Ajuntament de Palma
Los policías y funcionarios tienen ahora otro frente abierto, el de reclamar ante el Ajuntament las cantidades correspondientes a los honorarios de sus abogados, que serán repercutidos a las arcas municipales, y las relativas a las que dejaron de abonar tras ser suspendidos de empleo y sueldo durante varios años como consecuencia de su imputación en la causa. Fuentes próximas a los afectados estiman en al menos cuatro millones de euros la cifra global a la que deberá hacer frente el Consistorio, como adelantó Última Hora.

Los agentes, sin embargo, se muestran disconformes con el hecho de que “sean los ciudadanos” los que finalmente deban pagar tales cantidades. Uno de ellos, el exjefe de la Patrulla Verde, Gabriel Torres -absuelto de todas las piezas en las que fue investigado- transmite, en declaraciones a elDiario.es, el sentimiento general de los policías, quienes consideran necesario que el Ajuntament se persone como acusación particular en la causa abierta en el TSJIB contra Penalva, Subirán y los cuatro miembros de Blanqueo, así como en la que ha ordenado incoar la Audiencia Provincial, para reclamar que sean los juristas quienes hagan frente a los pagos.

“Lo terrible es que todo esto lo tenga que pagar el ciudadano de Palma y lo que nos molesta a todos es que el Ajuntament no se persone para reclamar estas cantidades. Si el juez y el fiscal fuesen insolventes estaría el Estado para hacer frente”, afirma Torres, quien tacha de “indignante” el “desprecio absoluto” de la institución “hacia los ciudadanos”. “Pero tenemos una teoría, y es que en el Ajuntament han sido grandes colaboradores de lo que ha pasado y sería incoherente y ridículo que se personasen como perjudicados. Ya que no nos concedieron la presunción de inocencia, al menos que intenten recuperar este dinero”, incide.

A todo ello se suma, subraya, el hecho de que, tras el estallido del caso Cursach, el departamento de Urbanismo del Consistorio “estuvo paralizado durante años al no firmar documentos por miedo”. “Los retrasos en la concesión de licencias fueron clamorosos. Ningún departamento quería firmar y ningún papel se movía de una mesa a otra en aquella época de terror. Si también se cuantificara el perjuicio económico de esto, sería una barbaridad”, sentencia Torres.

Mientras tanto, Penalva y Subirán ha declinado hacer declaraciones para elDiario.es con la finalidad de conocer su postura sobre las pretensiones indemnizatorias de las acusaciones.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5661 en: 09 de Enero de 2023, 18:56:13 pm »
Pero la investigación está mal hecha o no debería haberse hecho, muy grave de cualquier manera

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5662 en: 10 de Enero de 2023, 08:09:35 am »
La violenta detención de un joven que cuatro mossos intentaron justificar con un atestado falso


La Fiscalía pide ocho años y medio de cárcel para los agentes por delitos contra la integridad moral, lesiones, detención ilegal y falsedad documental



Los balcones del Raval tienen ojos. Un vídeo grabado por una vecina es la prueba clave de uno de los últimos casos de violencia policial en Catalunya: cuatro mossos d'esquadra se sentarán en el banquillo acusados de agredir sin razón alguna a un joven, I., en plena calle durante el toque de queda del año 2020. Su noche no terminó aquí. Una vez en comisaría, los policías habrían falseado un atestado para culpar a la víctima de haberles atacado antes, extremo desmentido por las imágenes. En el documento los agentes definen a I. como “sur americano”.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5664 en: 10 de Enero de 2023, 16:16:43 pm »

Un juez a un policía: "Yo soy el que manda, usted se calla, el que sabe de leyes soy yo"


Un policía nacional denuncia al juez de Instrucción 6 de Dos Hermanas por amenazarle y coaccionarle durante un juicio
El agente había detenido a un conductor ebrio que intentó cruzar con su coche por medio de la Cabalgata de los Reyes Magos

FERNANDO PÉREZ ÁVILA
10 Enero, 2023 - 06:02h



Un policía nacional denunció ayer a un juez de Dos Hermanas que se dirigió a él faltándole el respeto y lo expulsó de la sala durante un juicio. El magistrado utilizó expresiones como "aquí el que manda soy yo, yo dirijo su declaración, usted se calla, aquí el que sabe de leyes soy yo, limítese a confirmar lo que yo manifiesto en su declaración", lo que motivó que el agente presentara una queja ante el Consejo General del Poder Judicial y ante el Defensor del Pueblo.

Los hechos ocurrieron ayer durante un juicio celebrado en Dos Hermanas a un hombre acusado de un delito de atentado ocurrido el pasado día 5, durante la Cabalgata de Reyes Magos de la ciudad nazarena, cuando el acusado, que iba borracho, había intentado cruzar con su coche por medio del cortejo de la ilusión. Sobre las once menos veinte de la noche, el individuo estaba quitando la valla perimetral para sacar su vehículo de la calle en la que estaba estacionado, por la que pasaban en ese momento las carrozas.

Un bombero tuvo que ponerse delante del vehículo que estaba conduciendo el hombre, antes de que llegara el agente para parar el coche. El conductor tenía la intención de cruzar con el vehículo por medio de la Cabalgata, lo que hubiera supuesto una tragedia. El policía detectó indicios de que el hombre se encontraba bajo los efectos del alcohol y mantenía una actitud violenta hacia él y a otros ciudadanos.

El conductor insistía en que quería salir de allí y para ello quería quitar la valla. En el momento en que había empezado a quitarla, varias personas se le habían echado encima para reprocharle esa actitud. El conductor se había liado a puñetazos con una de las personas que estaban entre el público, en una agresión que fue vista por varios testigos.

En ese momento llegaron familiares del agredido y se inició una reyerta multitudinaria en la que participaron varias personas, muchas de las cuales cayeron en masa al suelo, donde siguieron intercambiando golpes, puñetazos y patadas. Uno de los policías que intervinieron logró inmovilizar al conductor, que le lanzó un fuerte golpe, que impactó al agente en la mejilla derecha y le fracturó las gafas. Finalmente, el policía logró controlar la situación y detener al sospechoso, acusado de un delito de atentado.

Poco después se le practicó una prueba de alcoholemia al detenido, que dio como resultado una tasa de 0,66 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en una primera medición, y de 0,58 en la segunda, según confirmaron a este periódico fuentes judiciales.

Ayer se celebró el juicio por esta agresión, que terminó con un incidente entre el juez de Instrucción número 6 de Dos Hermanas, que además es el decano de los jueces de la ciudad, y el policía que impidió el atropello en la Cabalgata. En principio, el acusado se había conformado y había aceptado una condena por un delito de atentado. Sin embargo, la vista estuvo marcada por la tensión entre el juez y el policía.

En la queja presentada por el agente ante el Consejo General del Poder Judicial, a la que ha tenido acceso este periódico, el agente explica que el juez le "coaccionó y amenazó" desde el principio, con expresiones como las citadas arriba. Como el juez no atendía a la reclamación económica del policía por el importe de las gafas rotas, el agente decidió no firmar las actuaciones.

"En ese momento, el juez entró en cólera y volvió a amenazarme con dilatar el procedimiento, hacerlo ordinario, dejar de abonar las cantidades solicitadas en indemnización y llegando a expulsarme de la sala", relata la queja. De todo ello fueron testigos todos los funcionarios allí presentes, incluido el letrado de la administración de justicia y la parte contraria, indicaron fuentes judiciales. Las mismas fuentes añadieron que el policía pidió al Consejo que abra un expediente disciplinario al magistrado, al considerar que éste incurrió en los delitos de coacciones a agente de la autoridad, prevaricación y amenazas.

Además de esto, el policía ha llevado el caso al Defensor del Pueblo. El agente que ha presentado esta queja es un policía con una dilatada experiencia en distintas unidades del cuerpo. Recientemente participó en una operación de la comisaría de Dos Hermanas en la que se detuvo a un jefe de la mafia china en la autovía A-92, y ya hace años, en 2007, salvó varias vidas en un incendio ocurrido en la Ronda de Capuchinos.


Desconectado Ragnar

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5665 en: 10 de Enero de 2023, 20:20:55 pm »
A ver si un día por la calle le parten la cara a su señoría y tiene que llamar a la Policía, que habrá que decirle quién manda ahí.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5666 en: 14 de Enero de 2023, 14:32:31 pm »


Absuelto un guardia civil condenado por abuso sexual en Melilla por 'ley del solo sí es sí'


El hombre había sido sentenciado a tres años y medio de prisión tras acordar mantener relaciones sexuales en su casa con una menor a cambio de dinero.
14 enero, 2023 03:26

 ABUSO SEXUAL TRIBUNALES
C. G. | Agencias
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a un hombre, de profesión guardia civil, que había sido condenado en Melilla a tres años y medio de prisión por abuso sexual porque con la ley del ‘solo sí es sí’, la conducta por la que fue condenado ha quedado destipificada.

La sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA, a la que ha tenido acceso Efe, también le absuelve de un delito de corrupción de menores, al que había sido condenado a tres años de prisión, por considerar que en el juicio celebrado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Melilla se vulneró su presunción de inocencia.


Respecto al delito de abuso sexual, el TSJA lo absuelve porque en la sentencia del juzgado melillense se aplicó el artículo 182.2 del Código Penal en su versión derogada, apreciándose la modalidad de “engaño” y no la de abuso de confianza, autoridad o influencia sobre la víctima, que no quedaron acreditadas.


[El Supremo abre la vía para que el ex de Mónica Oltra pida una rebaja de su pena por la ley de 'sí es sí']

Los hechos por los que fue condenado ocurrieron en junio de 2018, cuando el hombre acordó mantener relaciones sexuales en su casa con una joven a cambio de dinero, según consideró probado la sentencia del Juzgado de Instrucción número 1 de Melilla, fechada en marzo de 2022.

Según ha informado Efe, la chica le pidió 50 euros si tenían relaciones sexuales completas y 10 euros si sentaba con él en un sofá y le hacía compañía, pero el hombre le pagó únicamente 10 euros tras el acto sexual, por lo que la joven le sustrajo en un descuido 50 euros y un anillo.


El hombre la denunció por ello ante la Policía, pero terminó siendo juzgado y condenado a un total de seis años y medio de cárcel por abuso sexual y corrupción de menores, ya que la joven tenía en el momento menos de 18 años, cuestión que el acusado dijo desconocer durante el juicio.

Ahora ha sido absuelto de ambos delitos al ser aceptado el recurso de apelación que presentó, basado en una vulneración de su presunción de inocencia, algo en lo que el TSJA le da la razón porque durante el juicio no se reprodujo la declaración de la joven por unos problemas técnicos.

Ello supone “un modo de proceder” que “no es admisible” al tratarse de una prueba testifical que debía haber sido introducida en el juicio oral y que, al no haber sido así, dejó “fatalmente mermado” el derecho del acusado a la última palabra.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5667 en: 16 de Enero de 2023, 16:32:24 pm »

Un hombre indemniza a su mujer por el trabajo doméstico realizado durante su matrimonio

Por Jorge G. García
16 de enero de 2023, 16:03 CET
Concentración ante la sede de la Audiencia Provincial de Pontevedra. Europa Press
Concentración ante la sede de la Audiencia Provincial de Pontevedra. Europa Press
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La Audiencia Provincial de Pontevedra condena a un hombre a indemnizar a su exesposa con 34.980,15 euros como compensación económica por "el trabajo realizado para la familia".

"Le ha impedido enriquecer su propio patrimonio con actividades ajenas fuera de la familia", recoge la sentencia.

EUROPA PRESS La sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha ratificado una sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Redondela (Pontevedra) por la cual se condenaba a un hombre a indemnizar a su exesposa con 34.980,15 euros como compensación económica por "el trabajo realizado para la familia al haberse extinguido el régimen de separación de bienes".

Según recoge la sentencia, a la mujer se le otorgó la indemnización por colaborar en el negocio familiar de su ahora exmarido a lo largo del año 2011, período en el que trabajó con su suegra en la venta ambulante para "la liquidación del negocio familiar". También por efectuar varios cursos de formación entre enero de 2012 y octubre de 2014.

"La juez de primera instancia ha considerado que el coste del trabajo efectuado por un tercero, así como el grado de exclusividad de la contribución de la esposa al trabajo en el hogar, de lo que se deriva que le ha impedido enriquecer su propio patrimonio con actividades ajenas al mantenimiento de la familia, lo que indudablemente mejora la posición económica del otro cónyuge, o desde luego, no lo ha empeorado", recogen los jueces en la sentencia.


Ahora, la Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado la cuantía establecida para la indemnización, que se fijó teniendo en cuenta el salario mínimo interprofesional (SMI), desestimando el recurso de apelación del exmarido. Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5668 en: 16 de Enero de 2023, 19:52:36 pm »
Me parece justo

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5669 en: 16 de Enero de 2023, 22:04:41 pm »
Ya estaba aquí..., a ver si hace bien si trabajo en el foro y no duplica noticias...

https://www.patrulleros.com/foro/index.php?topic=4584.msg1155728#new




Absuelto un guardia civil condenado por abuso sexual en Melilla por 'ley del solo sí es sí'


El hombre había sido sentenciado a tres años y medio de prisión tras acordar mantener relaciones sexuales en su casa con una menor a cambio de dinero.
14 enero, 2023 03:26

 ABUSO SEXUAL TRIBUNALES
C. G. | Agencias
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a un hombre, de profesión guardia civil, que había sido condenado en Melilla a tres años y medio de prisión por abuso sexual porque con la ley del ‘solo sí es sí’, la conducta por la que fue condenado ha quedado destipificada.

La sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA, a la que ha tenido acceso Efe, también le absuelve de un delito de corrupción de menores, al que había sido condenado a tres años de prisión, por considerar que en el juicio celebrado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Melilla se vulneró su presunción de inocencia.


Respecto al delito de abuso sexual, el TSJA lo absuelve porque en la sentencia del juzgado melillense se aplicó el artículo 182.2 del Código Penal en su versión derogada, apreciándose la modalidad de “engaño” y no la de abuso de confianza, autoridad o influencia sobre la víctima, que no quedaron acreditadas.


[El Supremo abre la vía para que el ex de Mónica Oltra pida una rebaja de su pena por la ley de 'sí es sí']

Los hechos por los que fue condenado ocurrieron en junio de 2018, cuando el hombre acordó mantener relaciones sexuales en su casa con una joven a cambio de dinero, según consideró probado la sentencia del Juzgado de Instrucción número 1 de Melilla, fechada en marzo de 2022.

Según ha informado Efe, la chica le pidió 50 euros si tenían relaciones sexuales completas y 10 euros si sentaba con él en un sofá y le hacía compañía, pero el hombre le pagó únicamente 10 euros tras el acto sexual, por lo que la joven le sustrajo en un descuido 50 euros y un anillo.


El hombre la denunció por ello ante la Policía, pero terminó siendo juzgado y condenado a un total de seis años y medio de cárcel por abuso sexual y corrupción de menores, ya que la joven tenía en el momento menos de 18 años, cuestión que el acusado dijo desconocer durante el juicio.

Ahora ha sido absuelto de ambos delitos al ser aceptado el recurso de apelación que presentó, basado en una vulneración de su presunción de inocencia, algo en lo que el TSJA le da la razón porque durante el juicio no se reprodujo la declaración de la joven por unos problemas técnicos.

Ello supone “un modo de proceder” que “no es admisible” al tratarse de una prueba testifical que debía haber sido introducida en el juicio oral y que, al no haber sido así, dejó “fatalmente mermado” el derecho del acusado a la última palabra.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5670 en: 17 de Enero de 2023, 07:17:17 am »
Anticorrupción pide 224 años de cárcel para el juez, el fiscal y 4 policías del caso Cursach por detención ilegal, prevaricación y obstrucción

Historia de redaccion@20minutos.es (EFE) • Ayer a las 18:56

La Fiscalía Anticorrupción acusa al juez Manuel Peñalva y el fiscal Miguel Ángel Subirán, responsables de la instrucción del caso Cursach de 2015 a 2018, de detención ilegal, revelación de secretos, prevaricación y obstrucción a la justicia, delitos por los que pide penas de presión que suman casi 224 años.

Así se recoge en el escrito de acusación planteado por Anticorrupción ante la sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, que juzgará al juez y el fiscal, que fueron apartados de sus funciones y están actualmente jubilados.

Peñalva y Subirán fueron los responsables principales de la investigación de la presunta trama corrupta en torno a las actividades del empresario del ocio nocturno Bartolomé Cursach. En el caso también estaban implicados un grupo de policías que presuntamente le favorecía, supuestos delitos de los que todos los acusados fueron absueltos por la Audiencia de Palma.

Cuatro policías implicados

Además de la juez y al fiscal, la Fiscalía Anticorrupción acusa de delitos similares a cuatro policías que trabajaron a sus órdenes en la instrucción de la causa y en otros procedimientos impulsados por el mismo juzgado, como los conocidos como caso ORA I y II. En total, las penas de cárcel que solicitará en el juicio la acusación pública contra los seis procesados suman 576 años.

En el escrito firmado por los fiscales Tomás Herranz y Fernando Bermejo se describen hasta 27 casos de filtraciones a los medios de comunicación de información. También se incluyen actuaciones propias de la investigación del caso Cursach y de los casos ORA, que estaban declaradas secretas por el juzgado de instrucción 12 de Palma, que dirigió Penalva.

Los acusadores públicos relatan que en un chat de Whatsapp que compartían se pusieron de manifiesto estas filtraciones. Los acusados las persiguieron, y además no solo no persiguieron, como era su deber legal, sino que ejecutaron y utilizaron para dirigir la investigación en un sentido preconcebido y pactado.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5671 en: 19 de Enero de 2023, 07:40:14 am »
Dos policías absueltos en el 'caso Cursach', a juicio por complicidad con los 'Ángeles del Infierno'


Historia de Ana María Pascual • Hace 1

La supuesta mafia en el seno de la Policía Local de Palma de Mallorca llega a la Audiencia Nacional, después de haber pasado durante años por diversos juzgados de la isla y recientemente por la Audiencia Provincial, en el desinflado juicio por la presunta trama corrupta en torno a los negocios del magnate de la noche mallorquina Bartolomé Cursach, en el que la veintena de procesados resultaron absueltos por un insólito viraje de la Fiscalía Anticorrupción.

Entre los acusados y después exonerados figuran dos policías locales de Palma, entre una docena de agentes que fueron juzgados en el caso Cursach, que la próxima semana repiten experiencia judicial y por delitos también muy graves. Son Carlos Vallecillo y Nicanor Góngora, procesados por la Audiencia Nacional por complicidad con la banda criminal Ángeles del Infierno. El juicio arranca el 23 de enero y se prolongará una docena de sesiones.

Un total de 47 personas se sientan en el banquillo, acusadas de presuntos delitos de organización criminal, blanqueo, prostitución, coacciones, amenazas, tráfico de drogas, detención ilegal, falsedad, tenencia ilícita de armas y extorsión, entre un total de 29 delitos que habrían cometido los acusados, pertenecientes a la filial mallorquina-- o 'capítulo' en el argot de la banda-- de la organización internacional que gira en torno al club de moteros Ángeles del Infierno, entre 2009 y 2011. La Policía Nacional y la Guardia Civil desarticularon la trama en el verano de 2013, con la colaboración de Interpol y de varios países europeos.

Carlos Vallecillo, de 43 años, estuvo destinado en el Grupo de Actuación Preventiva (G.A.P.) de la Policía Local de Palma, dedicado a tareas de seguridad ciudadana en zonas conflictivas, como El Arenal. La Fiscalía le acusa de un delito de omisión del deber de perseguir delitos y pide un año y seis meses de inhabilitación para ejercer empleo público.

Este policía está acusado de "parar una denuncia" por una agresión con arma blanca en la Playa de Palma protagonizada por un miembro de los Ángeles del Infierno. Años atrás Vallecillo fue condenado por las torturas cometidas en calabozos contra un detenido, esposado a un banco, y fue quien se acercó a la cámara de vigilancia y la apartó de un manotazo para que no filmara las agresiones delictivas de los agentes. Después fue rehabilitado en el cuerpo gracias a que el Ayuntamiento de Palma dio carpetazo a toda la investigación sobre corrupción policial.

Para Nicanor Góngora, alias 'Nica', de 55 años, la petición es de tres años de prisión por un delito de organización criminal y otros cuatro y medio por un delito de cohecho. La Fiscalía le sitúa como un colaborador muy cercano de la cúpula de la banda internacional Ángeles del Infierno. Su destino era el área de Policía Judicial, "por lo tanto, contaba con acceso directo y diario a una gran cantidad de información de interés policial sobre personas, objetos e investigaciones, que se hallaban depositadas en las distintas bases de datos policiales", según consta en el escrito de acusación de la Fiscalía.

Además de estos dos agentes, la Audiencia Nacional juzga también en la misma causa al sargento de la Guardia Civil de Mallorca José Francisco Valenzuela, para el que la Fiscalía pide cinco años y medio de cárcel por los presuntos delitos de falsedad en documento mercantil, cohecho, violación de secretos y omisión del deber de perseguir delitos. Además el fiscal solicita tres años y medio de inhabilitación para empleo público.

Este guardia civil "con ocasión del ejercicio de sus funciones y los conocimientos en materia fiscal y administrativa, así como la posibilidad de acceso a las bases de datos propias de la Guardia Civil, realizó actividades al margen de sus obligaciones profesionales, sirviendo como intermediario en negocios y actividades, realización de favores personales y gestiones de diversa índole. Sirve a los propósitos de algunos de los acusados, como sería el caso de

Michael Fritz, Rolando Torres, Frank Haupt y Nicanor Góngora", consta en el escrito de la Fiscalía.

El sargento Valenzuela presuntamente se habría encargado de conseguir una licencia para un local en Ibiza de uno de los miembros de la organización a cambio de una cantidad de dinero. Además, según el Ministerio Público, en mayo de 2012, un miembro de la banda le pidió que realizara funciones de vigilancia y seguridad para una cita con distintas personalidades para lo cual el sargento desplegó un dispositivo oficial.

Valenzuela habría participado presuntamente en una operación para blanquear  300 millones de euros que varios miembros de los Ángeles del Infierno pretendían realizar desde Turquía hasta Suiza. El guardia civil procesado trató de desbloquear los millones intervenidos en una aduana en Madrid, según la Fiscalía.

En cuanto al policía Nicanor Góngora, los investigadores detectaron reuniones de este con la cúpula de los Ángeles del Infierno a finales de 2012. Uno de ellos había sufrido el robo en su casa de varios lingotes de oro y relojes de lujo y quería saber quién estaba detrás para vengarse. Para ello, la banda contaba con la colaboración policial de Góngora a cambio de dinero, según la Fiscalía.

Los vínculos de este agente con la banda se estrecharon tanto que los jefes le propusieron entrar a formar parte de sus negocios. Para ello Góngora llegó a acompañar a Khalil Youssafi, número dos de la organización en Mallorca, a Alemania para reunirse con el líder de los Ángeles del Infierno, Frank Hanebuth, según el relato de la Fiscalía.

Tras el viaje a Alemania, Khalil Youssafi, en una conversación telefónica intervenida, le dijo a su interlocutor que "no tiene que preocuparse ante un posible control policial en el prostíbulo Red Palace de Palma", en relación a la colaboración del policía Nicanor Góngora.

Precisamente Nicanor Góngora fue uno de los policías procesados en el caso Cursach que con más vehemencia atacó al juez instructor de la causa, Manuel Penalba, y al fiscal Subirán, durante su declaración en el juicio. Entonces se desdijo de sus declaraciones iniciales, culpando al juez y al fiscal de haber forzado su declaración en la que reconocía los hechos e inculpaba a varios compañeros de la Policía Local de Palma de trabajar a las órdenes de Cursach para perjudicar a la competencia en los negocios de la noche.

Góngora, que se enfrentaba a seis años y medio de prisión en el caso Cursach, estaba acusado, entre otras cosas, de extorsionar a varios empresarios de Mallorca para que le pagaran a cambio de que la Policía no inspeccionara sus locales. Su defensa consistió en imitar la estrategia del resto de procesados y culpar a Penalba y subirán de una mala instrucción. Ambos están acusados por el Ministerio Fiscal de una docena de detenciones ilegales y de filtraciones a la prensa.

En este sentido, el policía Carlos Vallecillo figura imputado por el juez Morell en la pieza sobre corrupción en la Policía Local. "Carlos Vallecillo de acuerdo con otros policías de investigados en la presentes actuaciones, participaba en la realización de inspecciones policiales en establecimientos de ocio nocturno y en la confección de actas de infracción falsas con el fin de perjudicar a determinados empresarios para que éstos accedan a pagar tasas o contratar servicios de seguridad o de otro tipo en los establecimientos y, en caso de negarse, sufrir un acoso continuo consistente en inspecciones constantes e injustificadas en horario de máxima influencia de público", figura en el auto del juez Morell al que ha tenido acceso Público.

Memorable fue la actuación del fiscal Tomás Herranz en la última jornada del juicio del caso Cursach, el 30 de noviembre pasado, cuando con lágrimas en los ojos invocó la inocencia de los procesados por liderar una mafia policial y empresarial relacionada con los negocios de la noche mallorquina. Los 24 acusados han sido absueltos, incluido el magnate Cursach y los policías Góngora y Vallecillo. Fuentes jurídicas consultadas por este diario opinan que los agentes probablemente invocarán dicha absolución para intentar echar por tierra las pruebas contra ellos en la causa de los Ángeles del Infierno.

Según la Fiscalía, una de las vías de ingreso de los Ángeles del Infierno en Mallorca era la explotación sexual de mujeres de distintas nacionalidades, llevadas a la isla con engaños desde países como Rumania. No sólo se las prostituía contra su voluntad sino que servían de testaferros de los delincuentes, que ponían a su nombre coches y propiedades para ocultar a Hacienda su verdadero patrimonio, logrado con fondos procedentes del tráfico de drogas y las extorsiones.

La Fiscalía considera que los Hells Angels (Ángeles del  Infierno) se afincaron en Mallorca sobre el mes de noviembre de 2009, donde constituyeron un 'Capítulo', con miembros de pleno derecho de otros 'Capítulos' europeos, principalmente del 'Capítulo Nomads' de Turquía. La filial de Mallorca se disolvió por causas internas sobre el mes de enero de 2011, permaneciendo en Mallorca los hermanos Khalil y Abdelghani Youssafi, ambos pertenecientes al "Capítulo Nomads" de Luxemburgo, participando en delitos relativos a la prostitución y al tráfico de drogas.

La implantación de los Ángeles del Infierno en Baleares fue consecuencia de la estrategia de la banda a nivel europeo, motivada por su situación geográfica, existencia de negocios de alterne, posibilidad de blanqueo de capitales y el tráfico de drogas, y la presencia de población residente extranjera, que facilitaba las prácticas de extorsión, dice la Fiscalía.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5672 en: 21 de Enero de 2023, 08:22:18 am »
La Fiscalía acusa de homicidio con atenuantes a los tres policías que mataron a un joven en su casa de Vallecas


La familia de Kebyn aprecia homicidio sin eximentes y Jupol, que ejerce la defensa, y la Abogacía del Estado solicitan el sobreseimiento para los agentes, que dispararon al menos 18 veces al joven armado con un cuchillo de 12,5 centímetros

Pedro Águeda

20 de enero de 2023 14:59h
Actualizado el 20/01/2023 15:12h


La Fiscalía de Madrid acusa de homicidio con eximente incompleta a los tres policías nacionales que mataron a tiros a un joven de 21 años en el rellano de su casa de Vallecas el 26 de noviembre de 2021, según ha expuesto el representante del Ministerio Público en la vista que se ha celebrado este viernes en el Juzgado de Instrucción número 1 de Madrid, previa a la celebración del juicio con tribunal del jurado, han informado a elDiario.es fuentes jurídicas.

Los tres agentes se sentarán en el banquillo con esa petición por parte de la Fiscalía mientras que la acusación particular, que ejerce la familia de Kebyn Brayan Peralta Asencio, solicita una condena por homicidio. La defensa de los policías, que ejerce el sindicato Jupol, y la Abogacía del Estado, solicitan el sobreseimiento.


En una próxima vista, las acusaciones concretarán los años de condena que solicitarán por el homicidio y el homicidio con eximente incompleta. El delito de homicidio está castigado con entre diez y quince años de cárcel. La petición de la Fiscalía con la eximente incompleta conlleva la rebaja de uno o dos grados, lo que podría dejar la petición fiscal por debajo de los cinco años de cárcel.

Kebyn falleció como consecuencia de los seis disparos que recibió por parte de tres policías nacionales que dispararon contra él en al menos 18 ocasiones. Los policías habían acudido al barrio de Palomeras, en Vallecas, a petición de la madre del joven, que quería que los agentes calmaran a su hijo o lo sacaran de casa, después de que se hubiera mostrado alterado y violento con su hermano. Los policías alegan que el chico les recibió con un cuchillo de 12,5 centímetros de hoja que intentó clavarles repetidamente, hasta que uno de ellos se vio acorralado y disparó, a lo que siguieron los disparos de los otros dos imputados.

El cuchillo, de proporciones similares al cubierto para la carne, apareció con el mango separado de la hoja y sin huellas. La familia de la víctima cree que los agentes, provistos con un escudo protector, hicieron uso de sus armas de fuego de forma desproporcionada. La representación legal de la familia ha solicitado en la vista de este viernes que se envíe a la Policía Científica los restos de la ropa de Kebyn para profundizar en la trayectoria y cercanía de los disparos, algo que no se ha hecho hasta ahora.

Con todo, el juez Pedro López Jiménez ha considerado que hay indicios suficientes para juzgar a los tres policías. La defensa de éstos solicitó un informe toxicológico para acreditar que la fiereza de Kebyn (1,70 metros de alto y 70 kilos de peso) estaba relacionada con las sustancias que aparecieron en su organismo. El juez aguardó al resultado de ese informe y con él envió el caso a juicio. Al tratarse de un homicidio será juzgado por un tribunal del jurado.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5673 en: 25 de Enero de 2023, 13:19:14 pm »

El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso presentado por Vox contra la ley del 'Sólo sí es sí'


El partido de Santiago Abascal tacha la ley, que ha permitido las rebajas de condenas de más de 200 agresores sexuales, de "aberración jurídica"

El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso presentado por Vox contra la ley del 'Sólo sí es sí'



Jorge Martínez
Publicado: 24 de enero de 2023, 15:11
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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado en su Pleno de este martes admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por los diputados de Vox contra la conocida como 'Ley del Solo sí es sí'.

El recurso de Vox, cuya ponencia ha recaído en el magistrado Ramón Sáez, se dirige contra las disposiciones finales cuarta, séptima y decimoséptima de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual. Consideran que estos preceptos pueden vulnerar, entre otros derechos y principios constitucionales, la presunción de inocencia, la prohibición de indefensión y la seguridad jurídica, derivada del modo en que se regula el concepto de "consentimiento" en el marco del nuevo delito de agresión sexual.


En su argumentación, Vox dice que el principio de proporcionalidad de las penas se ve violentado por la unificación en un solo tipo penal de agresión sexual, lo que antes eran dos delitos diferentes tipificados como abuso y agresión sexual.

En la votación en el Constitucional se abstuvieron los magistrados Juan Carlos Campo y Laura Díez, tal y como hicieron con la votación de la reforma laboral y la norma que pretende evitar el 25% del castellano en las aulas catalanas.


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Noticias de hoy, miércoles 25 de enero de 2023
Excarcelaciones tras la entrada en vigor de la ley 'Solo sí es sí'

Tres meses después de entrar en vigor, la ley del 'solo sí es sí' ha generado ya 267 rebajas de condenas a agresores sexuales. De ellos, 27 han salido a la calle, entre ellos, un condenado en Asturias. Fue encarcelado por dos delitos de violación consumada; un delito de violación en grado de tentativa; y un delito de agresión sexual en grado de tentativa. Este es el segundo condenado por delito sexuales que sale de prisión en Asturias tras la entrada en vigor de la nueva ley de 'solo sí es sí".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5674 en: 25 de Enero de 2023, 17:01:07 pm »
Pues esto es ya la puntilla para Montero, es ya lo único que le faltaba . . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5676 en: 31 de Enero de 2023, 07:30:46 am »
Hay casos en los que a la policía se les atraganta...


Crimen de Meco: la juez vuelve a archivar las imputaciones a los dos sospechosos por el «fracaso en la investigación»


La Audiencia Provincial de Madrid había obligado a la titular del juzgado de Alcalá de Henares a redactar un nuevo auto de sobreseimiento provisional, al encontrar el anterior falto de motivación y argumentos



La juez de Instrucción número 5 de Alcalá de Henares, que lleva el asesinato de Míriam Vallejo Pulido, que tenía 25 años cuando recibió 89 puñaladas mortales hace ahora cuatro años en un descampado de Meco, ha vuelto a archivar el caso provisionalmente.





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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5677 en: 02 de Febrero de 2023, 17:26:17 pm »

Absuelto un hombre acusado de encerrar y violar a una mujer ebria en el baño de un pub de Menorca

Por Cristian Caraballo
2 de febrero de 2023, 12:18
-
Un agente de Policía, junto a su vehículo. Europa Press
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En la sentencia los magistrados concluyen que no se ha acreditado que el acusado utilizase la violencia para abusar de la denunciante.

La Sala entiende que el testimonio de la víctima no se ha reforzado con otros elementos, y que su versión ha quedado contradicha por los testigos.

EUROPA PRESS / PALMA La Audiencia Provincial de Baleares ha absuelto a un hombre de 29 años juzgado por presuntamente violar a una mujer, aprovechándose de su estado de embriaguez, en el baño de un pub en Mahón (Menorca), en julio de 2016.

El acusado se enfrentaba a una petición de diez años de prisión por parte de la Fiscalía. El juicio tuvo lugar el pasado 23 de enero, de manera que el caso tardó seis años y medio en juzgarse.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados concluyen que no se ha acreditado que el acusado utilizara la violencia para mantener relaciones sexuales no consentidas con la denunciante.


La Sala entiende que el testimonio de la víctima no se ha reforzado con otros elementos objetivos de prueba, y que su versión ha quedado contradicha por los testigos, entre ellos el dueño del bar, y otras pruebas como las imágenes de la cámara de seguridad.

En el juicio, el hombre, defendido por el abogado Miquel Mercadal, se defendió de las acusaciones afirmando que la relación con la mujer fue consentida. El joven reconoció que conoció a la víctima en la discoteca, que ambos consumieron alcohol y que estuvieron hablando; y que después fueron al baño y mantuvieron relaciones. No recordaba con certeza si hubo penetración, aunque se encontraron restos de su semen en la vagina y zona anal de la denunciante, pero en cualquier caso insistió en que no hizo nada en contra de la voluntad de la mujer. "No va conmigo", afirmó.

La denunciante, en cambio, sostenía que el joven la había seguido al baño y que se había metido detrás de ella echando el cerrojo; que la habría empujado hacia los sanitarios, quitado a la fuerza la ropa y violado. En el juicio, la mujer renunció a reclamar una indemnización, que la Fiscalía fijaba en 20.300 euros, pero insistió en que dijo al hombre "que saliera" del baño y "que parara".


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5678 en: 05 de Febrero de 2023, 07:31:53 am »
El TS confirma la condena a un anciano que violó a menores con problemas económicos

Historia de Europa Press • Ayer a las 12:35

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 26 años y 11 meses de prisión que se impuso a un septuagenario por pedir a seis menores con problemas económicos que le dejaran hacerles tocamientos "a cambio" de dinero —entre 5 y 10 euros— y de sobornos "como llevarlas a comer a una hamburguesería o a comprarles ropa".

Los hechos se remontan al periodo comprendido entre 2013 y 2015, cuando el acusado "con ánimo libidinoso y prevaliéndose de edad respecto a las menores (...) se acercó a ellas con el pretexto de leerles las cartas del tarot y mantener una conversación". A medida que se ganó la confianza de las menores, les pidió que "se dejaran tocar" y para convencerlas les ofreció efectivo, regalos y comidas.

El tribunal ha recalcado que el hombre se aprovechó de la "debilidad de posición social y económica de las víctimas"

Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado abusó de las jóvenes, con edades entre 13 y 15 años, y "se prevalió no solo de esa desproporción de edad con las menores y su falta de madurez, sino de otros factores". El tribunal ha recalcado que el hombre se aprovechó de la "debilidad de posición social y económica de las víctimas" para hacerles "pequeños regalos de ropa, invitaciones a comer hamburguesas o pequeñas cantidades de dinero para obtener sus favores sexuales".

Así, los magistrados han desestimado el recurso que presentó el septuagenario contra la decisión de la Audiencia Provincial de Barcelona de avalar la sentencia de un juzgado de Rubí por la que se le condenó, entre otros, como autor de seis delitos de corrupción de menores y dos delitos continuado de abuso sexual con prevalimiento.

Aunque el anciano fue condenado a casi 27 años de prisión, el juzgado de instancia consideró pertinente que cumpla hasta 21 años de la pena. Disconforme con la resolución, llevó su caso ante el Supremo.

El tribunal dice que los hechos son claros
El hombre alegó que se había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva y a un procedimiento con todas las garantías. También argumentó, entre otras cuestiones, que la sentencia por la que se le condenó no expresaba "clara y terminantemente cuáles son los hechos que se consideran probados". El septuagenario insistió en que la resolución dictada en Cataluña recogía con un relato "absolutamente parco, escueto, vago y abstracto, pronunciándose en términos generales y globales".

El Supremo no ha coincidido con él y le ha respondido que "los términos utilizados en el hecho probado resultan gramaticalmente comprensibles, sin ambigüedad, oscuridad o deficiente redacción, y permiten conocer la verdad de lo acontecido en relación a la existencia de los delitos y la participación del acusado". En 30 folios, la Sala de lo Penal ha desestimado todos sus argumentos y ha confirmado la pena de prisión, así como la prohibición de acercarse o comunicarse con las menores por casi 32 años y las indemnizaciones de entre 6.000 y 12.000 euros.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5679 en: 06 de Febrero de 2023, 08:05:45 am »
Estaba claro que se recurriría...


El Ayuntamiento de Madrid intenta evitar su condena por la paliza que un policía municipal propinó a un menor


La Fiscalía pide que la Justicia confirme la condena de año y medio de cárcel a un policía municipal de Madrid que en 2018 rompió la mandíbula de una paliza a un menor de edad negro mientras que el Ayuntamiento, considerado responsable civil subsidiario, ha recurrido

Alberto Pozas

5 de febrero de 2023 23:59h

El Ayuntamiento de Madrid ha recurrido la sentencia que condenó a un policía municipal de la capital por romper la mandíbula de una paliza a un joven negro, menor de edad, en las fiestas del Barrio del Pilar de 2019. Según informan fuentes del caso a elDiario.es, el consistorio ha recurrido esta sentencia que no solo impuso año y medio de cárcel al agente, sino que también condenó a la administración local madrileña a hacerse cargo de la indemnización como responsable civil subsidiaria. La Fiscalía, por su parte, ha pedido que la condena del agente de la Policía Municipal sea confirmada, lo que no implicaría su entrada obligatoria en prisión pero sí la inhabilitación para seguir vistiendo el uniforme.

Los hechos, tal y como reveló este periódico, tuvieron lugar en ese barrio del noroeste de Madrid durante las fiestas de ese año, en octubre de 2019. La víctima y varios de sus amigos intentaban saltar una valla y volver a entrar al recinto de las fiestas cuando ya no era posible, y el joven –el único negro del grupo– fue interceptado por varios agentes de la Policía Municipal.

Fue entonces cuando, según la sentencia, los agentes le exigieron abandonar la zona y él contestó: “Con una placa todos somos graciosos”. Le pidieron el DNI, uno de los policías se fue al coche para denunciarle por falta de respeto y los otros dos le pegaron una paliza. Golpes que, entre otras lesiones, terminaron con el menor de edad en el quirófano al día siguiente con una fractura de mandíbula que le tuvo tres días en el hospital. Los dos policías le agarraron “cada uno por un brazo” y le llevaron “hacia unos arbustos que dificultaban la visión” para pegarle sin que nadie pudiera verles, según la sentencia.

La Audiencia de Madrid declaró probado que dos agentes de Policía Municipal le pegaron la paliza, pero que solo uno pudo ser identificado, y le impuso un año y medio de cárcel por un delito de lesiones, además de inhabilitación para ocupar un cargo público como el de policía y la obligación de indemnizar al joven con más de 7.000 euros. Esa sentencia también declaró que el Ayuntamiento de Madrid debía hacerse responsable de ese dinero como responsable civil subsidiario ya que el agente, en esos momentos, estaba de uniforme y formaba parte de una patrulla de la administración municipal.

El caso está ahora pendiente de sentencia en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid después de que varias partes hayan recurrido la sentencia. Lo ha hecho la acusación particular, que en un primer momento acusó también al policía que se fue al coche a firmar la denuncia y afirmó no haber visto nada, lo ha hecho también el policía condenado y lo ha hecho finalmente el Ayuntamiento de Madrid, considerado responsable económico de la paliza de su trabajador.

Este periódico ha podido confirmar que la Fiscalía de Madrid ha pedido que la condena del agente sea confirmada y que todos los recursos sean rechazados. El Ayuntamiento de Madrid, por el momento, no ha contestado a las preguntas de este periódico sobre su actuación procesal en esta causa judicial contra uno de sus agentes y contra la propia administración municipal como responsable económica subsidiaria.

Acusaciones de racismo
La víctima era menor de edad y, tal y como relató durante el juicio, también el único joven negro del grupo que en ese momento intentaba acceder al recinto. Una apreciación que durante el proceso se tradujo en una acusación por parte de la víctima y de la Fiscalía de un delito de lesiones con una agravante de discriminación por motivos racistas, recogida en el artículo 22.4 del Código Penal. La Audiencia lo rechazó y la Fiscalía ha decidido no recurrir ese aspecto, al entender que la valoración que ha hecho la sala es correcta.

El tribunal madrileño explicó en su sentencia que el joven expresó su sospecha de haber sido agredido por ser el único negro del grupo, pero que también reconoció que en ningún momento se habían referido a él por ese motivo o que le hubieran proferido algún tipo de comentario o insulto racista. “Por tanto, no es posible apreciar esta agravación, única que se interesa por las acusaciones”, concluyó la Audiencia Provincial de Madrid.

En un primer momento la Fiscalía pidió dos años de cárcel para el agente finalmente condenado, y retiró la acusación contra el otro, al entender que no había pruebas de que hubiera visto nada de lo que hacían sus dos compañeros mientras él denunciaba a la víctima por faltarles al respeto. El boletín de denuncia, reconocieron los agentes durante el juicio, proponía una sanción por una “falta de respeto y consideración” recogida en la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015.

Lo que no recoge la sentencia de la Audiencia de Madrid es cómo los investigadores no fueron capaces de identificar al tercer policía que intervino en los hechos y que, según declara probado la Justicia, también participó en la paliza al menor de edad después de arrastrarle hasta unos arbustos cercanos. No revela si sus compañeros juzgados e identificados como patrulla se negaron a decir quién era, sino fueron capaces de hacerlo y si el Ayuntamiento de la capital tampoco fue capaz de explicar qué tercer policía municipal estaba en ese momento en la zona donde ocurrieron los hechos.

La sentencia no deja lugar a dudas sobre la participación de un tercer policía cuya actuación ha quedado, por ahora, impune: “Ninguna duda cabe de que la víctima sufrió fractura del ángulo mandibular izquierdo como consecuencia de la agresión de que fue objeto por parte de un agente, y de otro funcionario de Policía que no ha podido ser identificado”, lamentaban los jueces.