Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 802839 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5900 en: 22 de Abril de 2024, 09:11:59 am »

Un guardia civil, a juicio junto a nueve miembros más de una red acusada de tráfico de hachís a gran escala


A los diez acusados, entre ellos un agente, se les inculpa delitos de pertenencia a grupo criminal y contra la salud pública
Redacción El Debate
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21/04/2024 Actualizada 10:15

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La Audiencia Provincial de Almería acoge este lunes un juicio contra diez acusados, entre ellos un agente de la Guardia Civil, acusados de conformar un grupo criminal destinado a introducir mediante sus propios barcos grandes cantidades de hachís, hasta cerca de 1.250 kilos en solo dos operaciones, a través de los puertos de Roquetas de Mar (Almería).

La Fiscalía pide para los acusados penas de entre siete y cinco años de prisión por delitos de pertenencia a grupo criminal y contra la salud pública, si bien acusa al agente involucrado solo de los delitos de revelación de secretos y cohecho, ya que habría brindado a la organización información útil para desvelar los movimientos de los investigadores y facilitar los portes de droga a cambio de pagos en especie, según el escrito provisional de acusación consultado por Europa Press.
Las detenciones de los diez acusados se produjeron en el marco de la operación 'Izabela' por los agentes del ya extinto grupo OCON-Sur de la Guardia Civil, la cual se saldó con una veintena de detenidos, si bien la Fiscalía ha interesado el sobreseimiento provisional para nueve de los arrestados y el sobresimiento libre para una persona más introducida en la causa por «error material».
La investigación sitúa en la cúspide de la banda criminal a C.I.P., contra quien se dirigió una orden de extradición ya que huyó a Marruecos tras la investigación de los hechos. La Fiscalía lo sitúa como la persona encargada de dar todas las directrices en relación a cómo debía efectuarse las operaciones y los pormenores relativos a la adquisción, logística, custodia y distribución de la sustancia.
El agente proporcionó información
En este sentido, los acusados se habrían concertado de forma previa a octubre de 2020 para introducir en España grandes cantidades de resina de cannabis que se adquiría a proveedores desconocidos del norte de África. La droga habría sido transportada a alta mar, donde era recepcionada en embarcaciones por los acusados quienes volvían con la mercancía hasta Roquetas de Mar, donde la almacenaban antes de su venta.
Así, señala el empleo de las embarcaciones de recreo 'Mara Izabela' y 'Gaviota' para transportar hachís por parte de ocho de los acusados, algunos de titulares de las naves. Además de realizar los portes, algunos de ellos también se habrían ocupado de las labores de desembarco, vigilando no ser interceptados por la Guardia Civil en el momento de realizar la descarga de la droga.
En este punto, la Fiscalía da cuenta del agente de la Guardia Civil investigado, contacto directo del 'cabecilla' de la trama, a quien habría recurrido para obtener información de la investigaciones policiales, ubicación de vehículos de la Guardia Civil o acceso a bases de datos.
En base a las pesquisas realizadas, el agente habría proporcionado información sobre determinados vehículos que resultaban sospechosos para los miembros de la banda a fin de determinar si se trataban o no de coches policiales encubiertos, para lo que le pedían que consultaran determinadas matrículas.
En las diligencias aparecen las consultas realizadas por el agente sobre las matrículas interesadas por el resto de los acusados, detectadas a través de las intervenciones de sus teléfonos, «sin que mediara interés profeoisnal ni otra justificación» por parte del guardia civil, quien también realizó consultas relativas a personas vinculadas al procedimiento.
Esta forma de proceder permitió detectar una operación el 21 de octubre de 2020 en la que se intervinieron 41 fardos de hachís con 1.175 kilos de resina de cannabis a bordo del 'Mara Izabela' así como otra segunda, el 15 de febrero de 2021, en la que se descargaron en el puerto de Aguadulce dos fardos y varios paquetes que arrojaron un peso de 65,3 kilos de hachís transportados a bordo del barco 'Gaviota'. El valor de la droga intervenida habría superado los siete millones de euros.
En el marco del procedimiento, la Fiscalía no ha podido constatar que el agente de la Guardia Civil conociera al detalle las operaciones de introducción de resina de hachís, aunque a cambio de las informaciones si habría percibido pagos en especias o compensaciones, como la reparación de su vehículo en un taller de forma gratuita. El juicio arranca este lunes, 22 de abril a las 9,30 horas, en la Audiencia Provincial de Almería.



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5901 en: 25 de Abril de 2024, 09:27:33 am »


Varios policías declaran cuatro años después por una muerte en una comisaría de Algeciras que se archivó como suicidio


1.424 días después del fallecimiento de Daniel Jiménez en los calabozos, tras el amparo del Tribunal Constitucional el juzgado empieza a practicar las diligencias nagadas a su familia
— El Constitucional ampara a la familia de un fallecido en calabozos de la Policía y ordena reabrir la investigación





El fallecido en la comisaría de Algeciras, Daniel Jiménez
El fallecido en la comisaría de Algeciras, Daniel Jiménez ARCHIVO
Javier Ramajo

24 de abril de 2024 19:57h
Actualizado el 25/04/2024 08:12h
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Entre la tarde del 31 de mayo y la mañana del 1 de junio de 2020 hubo unas 14 horas en las que dos agentes de la Policía Nacional de la comisaría de Algeciras (Cádiz) eran los responsables de la custodia de Daniel Jiménez, a quien encontraron muerto en su celda. Han pasado 1.424 días hasta este miércoles 24 de abril de 2024 en que el juzgado, obligado el pasado enero por el Tribunal Constitucional, ha procedido a iniciar diligencias instructoras que se denegaron a su familia en el procedimiento anterior y que nunca se llegaron a practicar. Por ejemplo, sin ir más lejos, a tomar declaración a esos agentes para preguntarles qué ocurrió exactamente aquella madrugada, y a otros policías que hallaron su cuerpo sin vida.

Cinco "anomalías" y una prueba principal en riesgo rodean la segunda muerte este año bajo custodia policial en Algeciras

ElDiario.es Andalucía ya informó aquel mes de junio de 2020 de las cinco “anomalías” que la familia había advertido en torno a la muerte de Daniel y en las que insistió ante el tribunal de garantías de España, que por primera vez afrontaba la actuación de los jueces ante una muerte violenta bajo custodia policial. Su familia, de etnia gitana, nunca compartió la versión oficial del suicidio de Daniel en los calabozos policiales, en circunstancias similares a la del joven marroquí Imad Eraffali, de 23 años, que en enero de ese año 2020 murió en circunstancias parecidas. La familia de Daniel ha sostenido en todo el proceso que su muerte había tenido lugar unas horas después de hablar con su padre por teléfono para informarle que sería puesto en libertad a la mañana siguiente.

El juzgado, de hecho, ordenó hace poco la identificación de los policías encargados de la custodia aquellas fatídicas 14 horas, así como a otros que pudieron intervenir, y se les citó para declarar como testigos este miércoles, al igual que la doctora que atendió a Daniel, que tenía 38 años, en el hospital de La Línea el día anterior a su muerte. La jueza también había solicitados los datos filiatorios de los detenidos que se encontraban en los calabozos aquella madrugada.

“Entra vivo y sale muerto, bajo responsabilidad de la Policía”
Según la versión policial, respaldada por los tribunales, Daniel se quitó la vida ahorcándose con los jirones de una manta que ató a uno de los barrotes verticales de la celda. La aparición de un guante de látex en la cavidad gástrica de Daniel durante el examen forense acrecentó sus dudas, recurriendo a los tribunales a fin de esclarecer los hechos y depurar responsabilidades si las hubiera. Según la versión policial, recogida en el auto de archivo inicial, los agentes asistieron a Daniel de las heridas que él mismo se habría producido al romper un azulejo y provocarse cortes. Después, se le cambió de celda y realizó “rondas de seguridad, en una de las cuales descubrió el cadáver”.

“Entra vivo y sale muerto, bajo responsabilidad de la Policía”, resumía el recurso de amparo respaldado por el TC y que presentó en octubre de 2021 el servicio jurídico de la Asociación de Juristas Gitanos. El escrito trataba de rebatir, como finalmente consiguió, el archivo judicial del caso, ratificado después por la Audiencia de Cádiz, por una supuesta vulneración de derechos fundamentales como la tutela judicial efectiva y el derecho a la utilización de los medios de prueba para la defensa.

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La familia de Daniel también argumentó ante el TC que, cinco años antes de su muerte, la Secretaría de Estado de Seguridad había impartido una instrucción que obligaba a la instalación de cámaras en todas las celdas de las comisarías. elDiario.es Andaucía reveló recientemente que esa instalación “urgente” de cámaras se ha llevado a cabo en la comisaría de Algeciras tres años después de la orden ministerial.

Desde la Asociación de Juristas Gitanos se espera “que la reapertura de la investigación cumpla en esta ocasión con las exigencias de suficiencia y eficacia que marca el Tribunal Constitucional, que se practiquen todas las diligencias de prueba necesarias y se permita, al fin, aclarar las circunstancias en las que se produjo la muerte de Daniel y restituir el derecho vulnerado de la familia”. Los abogados gitanos Manuel Reyes, en representación de la familia, y Luis Mendoza, en nombre de la Asociación de Juristas Gitanos, se mantienen al frente del asunto, ha informado la asociación.


« Última modificación: 25 de Abril de 2024, 09:39:47 am por 47ronin »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5902 en: 26 de Abril de 2024, 07:28:11 am »

La Fiscalía pide tres años de cárcel para el mando policial que equiparó inmigración y delincuencia en un acto de Vox


El inspector de la Policía Nacional fue cesado por Interior tras asegurar que “la práctica totalidad” de detenidos son extranjeros, en contra de lo que muestran los datos
Ricardo Ferris
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JUANA VIÚDEZÓSCAR LÓPEZ-FONSECA
Madrid - 25 ABR 2024 - 16:38CEST
La Fiscalía ha pedido que se condene a tres años de cárcel por un delito de odio a Ricardo Ferris, inspector de la Policía Nacional que equiparó inmigración y delincuencia en un acto de Vox celebrado en Valencia en octubre de 2022. Ferris, que entonces era el jefe de la Comisaría Centro de esa ciudad, lanzó un discurso en el que atribuía al colectivo de inmigrantes la práctica totalida...

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5903 en: 26 de Abril de 2024, 22:36:25 pm »
Los acusados buscan así una pena rebajada en caso de condena en aplicación de la atenuante de reparación del daño.

. . . ellos mismos ven ya mal el asunto, lo he dicho ya en otras muchas ocasiones, ahora, detrás de cada móvil hay un periodista y no hay mayor tabloide que las redes sociales donde, en cuestión de minutos, un vídeo se hace viral y no hay quien lo pare. . .

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Personalmente, veo una intervencion totalmente ajustada a derecho; atemi,proyeccion y engrilletamiento. Otra cosa es que por causas ajenas a la voluntad de los mossos, perdiese piezas dentales por el camino.
Es una desgracia que en el momento en el que se hace pública una intervencion en la que se hace uso de la fuerza, los compañeros sean sentenciados mediaticamente, por no hablar del escrito de acusacion de la acusacion particular y Ministerio Fiscal…

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5904 en: 29 de Abril de 2024, 20:04:07 pm »
Los acusados buscan así una pena rebajada en caso de condena en aplicación de la atenuante de reparación del daño.

. . . ellos mismos ven ya mal el asunto, lo he dicho ya en otras muchas ocasiones, ahora, detrás de cada móvil hay un periodista y no hay mayor tabloide que las redes sociales donde, en cuestión de minutos, un vídeo se hace viral y no hay quien lo pare. . .

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Personalmente, veo una intervencion totalmente ajustada a derecho; atemi,proyeccion y engrilletamiento. Otra cosa es que por causas ajenas a la voluntad de los mossos, perdiese piezas dentales por el camino.
Es una desgracia que en el momento en el que se hace pública una intervencion en la que se hace uso de la fuerza, los compañeros sean sentenciados mediaticamente, por no hablar del escrito de acusacion de la acusacion particular y Ministerio Fiscal…

El.tribunal ha opinado de forma distinta ...y de forma dura.


Condenados a siete años de cárcel dos mossos por una detención violenta durante el toque de queda en BCN


El tribunal recrimina a los cuatro agentes “desproporción” en su actuación y que falsearan un atestado
Dos mossos aceptan una condena mínima por agredir a dos menores en un control policial por el covid
Los Mossos apartan a un agente por agredir a un joven que rompió el toque de queda
La


J. G. Albalat

Barcelona 29 ABR 2024 14:46 Actualizada 29 ABR 2024 19:50
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La Audiencia de Barcelona ha condenado a siete años de cárcel a dos mossos d'Esquadra, multa e inhabilitación por la detención violenta de un joven chileno, Ignacio Andrés. F. C., en el barrio barcelonés del Raval, el 13 de noviembre de 2020, cuando todavía se aplicaban restricciones por la pandemia del covid y había toque de queda. La víctima acabó magullada, con dientes rotos y detenido sin motivo, tras ser arrojado al suelo y conducido a comisaría. El tribunal sostiene que el uso de la fuerza empleada por uno de los agentes, con la connivencia del otro, fue "innecesario, excesivo y, por lo tanto, desproporcionado", no habiendo necesidad de recurrir a ella, ni de detener al joven "porque no había cometido ningún delito". Por lo tanto, recalca, los policías se "extralimitaron en el ejercicio de sus funciones y no actuaron en cumplimiento de su deber": "Proteger a esas personas y no agredirlas"

Los magistrados de la Sección Séptima ha impuesto a dos agentes, entre ellos un cabo, siete años de cárcel y 12 años de inhabilitación por los delitos de lesiones, contra la integridad moral, detención ilegal, falsedad en documento oficial y denuncia falsa, al haberse inventado un atestado para justificar el arresto. Las penas para los otros dos mossos han sido inferiores: una de tres años y otra de un año de cárcel.

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14.000 de indemnización
La sentencia obliga a indemnizar a la víctima con más de 14.000 euros, a los que deben sumarse los gastos odontológicos. Los magistrados han dado plena validez a un vídeo grabado por una vecina y en el que se puede ver la intervención policial. En el caso de confirmarse la sentencia, tres de estos agentes entrarían en la cárcel.


El caso ocurrió a las once y media de la noche del 13 de noviembre de 2020. Ignacio se dirigía con unos amigos a casa de otros conocidos. En aquella época todavía se aplicaba el toque de queda. El llegar a la Nou de Dulce, en el barrio del Raval, los agentes que patrullaban por la zona, entre ellos los acusados, les dieron el alto con la intención de sancionarles administrativamente por estar infringiendo el confinamiento. El grupo pensó que la señal no iba dirigida a ellos y los muchachos continuaron caminando. Sin embargo, los mossos se les acercaron y los pusieron contra la pared y les reclamaron la documentación. "El grupo estaba calmado y respondía a las órdenes", subraya la sentencia. El cabo ahora condenado era quien se encontraba "más alterado" y se dirigió a los jóvenes con un tono "muy imperativo".

Golpeado y tirado al suelo
Mientras la patrulla verificaba los documentos del grupo, Ignacio se dirigió a uno de los agentes y le trasladó que acababan de robar a un amigo cinco euros y le recriminó que era más importante que la policía se dedicara a perseguir a los ladrones. A continuación, el cabo, visiblemente molesto por el comentario, se encaró con él y, por sorpresa, le "golpeó fuertemente" en la cara con las dos manos, a la altura de las orejas, para después cogerle del cuello y golpearlo contra la pared, relatan los magistrados. Ese mismo agente arrastró a la fuerza al joven hasta la mitad de la calzada, le hizo un "barrido" y logró tirarlo al suelo, provocando que se golpeara con la cabeza contra el asfalto. "Ayuda, ayuda, ayudadme", gritó, desesperadamente, el denunciante, según se puede apreciar en el vídeo grabado por la vecina.

Ante los gritos de Ignacio, los otros tres mossos imputados acudieron en apoyo del cabo. Uno de ellos, "faltando a los deberes propios de su cargo", incide la resolución, no solo no impidió la agresión, sino que se sumó a la acción "participando activamente en "las labores de detener, reducir y poner las esposas" al denunciante, el cual, "al sentirse vejado, agredido, humillado e inmovilizado", empezó a revolverse e intentar librarse, "resistiéndose" a la "detención sin causa", precisa el fallo judicial.

Durante varios minutos tuvieron al joven inmovilizado en el suelo. Los agentes le sujetaron las piernas, lo esposaron, lo introdujeron en un vehículo policial y lo condujeron a comisaría. Uno de los mossos, "con el ánimo de hacerle más daño", presionó su porra en sus tobillos, lo que le provocó que aumentasen sus gritos de dolor y queja. Después de la detención y una vez en la comisaría, tres de los agentes acusados elaboraron un atestado policial imputando al joven unos hechos falsos. En ese informe, los acusados recogieron que Ignacio había propinado una patada y había intentado dar un cabezazo a un policía, cuando no era verdad.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5905 en: 29 de Abril de 2024, 22:59:21 pm »
Les han sacudido duro. . . el vídeo grabado por la vecina ha sido demoledor, en pleno siglo XXI detrás de cualquier móvil hay un periodista y detrás de una ventana. . . una redacción completa. . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5906 en: 30 de Abril de 2024, 05:26:04 am »
Les han sacudido duro. . . el vídeo grabado por la vecina ha sido demoledor, en pleno siglo XXI detrás de cualquier móvil hay un periodista y detrás de una ventana. . . una redacción completa. . .

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Es cuanto menos curioso que los mismos policías que piden portar cámaras para grabar las intervenciones hayan cargado contra la vecina que grabo el video.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5907 en: 30 de Abril de 2024, 18:51:48 pm »

Al banquillo en Madrid un guardia civil por contratar préstamos y líneas telefónicas con datos de un compañero


El fiscal reclama también la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de guardia civil durante cinco años

MIRANDA VALLINIELLO
Creada: 30.04.2024 08:50
Última actualización: 30.04.2024 08:50

La Audiencia Provincial de Madrid juzga este martes a un guardia civil por adquirir préstamos bancarios y líneas telefónicas con datos de un compañero con el que hacía vigilancia en el Ministerio de Educación en Madrid.

En su escrito, el fiscal solicita una pena de tres años de cárcel por un delito continuado de falsedad en documento oficial y mercantil con un delito menos grave continuado de estafa. Además, reclama la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de guardia civil durante cinco años, y multa de doce meses a razón de una cuota diaria de 12 euros.

Según el relato hechos, el acusado compartió en 2017 destino con su compañero en una vigilancia del Ministerio de Educación. Aprovechándose de ello, el acusado tomó documentación de este (DNI, nóminas y declaraciones de la renta) y, tras modificar en las nóminas la fecha y la cuenta de cobro, utilizó dicha documentación para contratar, a nombre de su compañero líneas telefónicas y préstamos bancarios.

Así, señalaba como cuenta beneficiaria de los préstamos la cuenta de Ibercaja, de la que es titular la hija del acusado, menor de edad, y el acusado, apoderado en la misma, es el verdadero beneficiario.

Con ello, el acusado recibió un total de 36.000 euros por tres préstamos que figuraban a nombre de C. G. C., e hizo suyo ilícitamente este dinero. El acusado, además, contrató alguno de los servicios a nombre de C. G. C. utilizando la línea telefónica que pertenece a la Dirección General de la Guardia Civil y a la que el acusado tenía acceso por su profesión.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5908 en: 01 de Mayo de 2024, 04:48:29 am »
Acaso pensaba que no le iban a pillar?. . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5910 en: 01 de Mayo de 2024, 21:54:19 pm »
Nuestros jefes pasan ante el juez el 13 de mayo:

https://www.abc.es/espana/madrid/cupula-policia-municipal-comienza-declarar-mayo-presunto-20240425222912-nt.html#

La cúpula de la Policía Municipal comienza a declarar el 13 de mayo por presunto amaño de las oposiciones

Un juzgado investiga si favorecieron a familiares y amigos para ascender

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5911 en: 02 de Mayo de 2024, 17:22:44 pm »
Una pregunta: si salen condenados, cual sería la pena, les podrían expulsar del cuerpo?
PARTIDO SANCHISTA OBRERO ESPAÑOL. EL MAS MENTIROSO DE LA HISTORIA.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5912 en: 02 de Mayo de 2024, 18:36:44 pm »
Tranquilo, sin haber practicado diligencias de investigación. . . no les va a pasar nada de nada. . . y todos ellos lo saben, con el simple hecho de negarlo todo les vale. . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5913 en: 02 de Mayo de 2024, 19:30:14 pm »
Tranquilo, sin haber practicado diligencias de investigación. . . no les va a pasar nada de nada. . . y todos ellos lo saben, con el simple hecho de negarlo todo les vale. . .

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Efectivamente

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« Respuesta #5914 en: 03 de Mayo de 2024, 08:31:29 am »

Once mossos declararán como investigados en noviembre por su actuación para neutralizar al pistolero de Tarragona


Los policías están «tranquilos» y subrayan que siguieron el protocolo para detener al tirador
Un juzgado investiga la actuación de los Mossos para detener al pistolero de Tarragona
Terreno de la masía de Riudoms donde se atrincheró el pistolero y donde lo neutralizó la Policía catalana
Terreno de la masía de Riudoms donde se atrincheró el pistolero y donde lo neutralizó la Policía catalana MOSSOS

ELENA BURÉS

Barcelona


02/05/2024
Actualizado a las 12:28h.

Fue el pasado noviembre cuando un juzgado de Reus (Tarragona) admitió la denuncia de la hermana de Eugen Marin Sabau contra once agentes de los Mossos d'Esquadra por neutralizarlo, de varios disparos, tras atrincherase en una masía de Riudoms, después de disparar contra varios excompañeros de trabajo y dos policía, en diciembre de 2021. Ahora, el mismo instructor ha citado como investigados a los funcionarios.


En una diligencia, consultada por ABC, el letrado de la administración de justicia cita a los mossos el 6 y 7 de noviembre para tomarles declaración. Además, el 21 del mismo mes harán lo propio, en calidad de testigos, Francesc Moragas, jefe de Investigación en Tarragona, así como dos doctores del Hospital de Bellvitge y una doctora del Vall d'Hebron, que atendieron a Sabau.


Cabe recordar que el pistolero pidió la eutanasia por la lesión medular que le ocasionó uno de los disparos para detenerlo. Petición que, pese al recurso de los heridos, la justicia le concedió y por la que murió en el Hospital Penitenciario de Tarrasa (Barcelona), en agosto de 2022. Fue tres meses después cuando su hermana formalizó la denuncia contra los Mossos y, casi un año después, el Juzgado de Instrucción 1 de Reus incoó diligencias.

La hermana, Eugenia Ciocan, considera que la actuación de los policías fue «desproporcionada», a pesar de que consiguieron neutralizar al pistolero sin abatirlo y luego le salvaron la vida. Sabau, vigilante de seguridad, sembró el pánico en Tarragona, el 14 de diciembre de 2021, tras disparar contra tres ex compañeros de trabajo en la sede de la empresa Securitas, e hirió a otros dos policías durante su huida. Luego se atrincheró en el terreno cercano a una masía.


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«No sé qué hubiese sido de mí si no me hubieseis encontrado»
ELENA BURÉS
Son un referente en Europa. El Grupo Especial de Intervención es el último recurso de los Mossos d'Esquadra ante situaciones de alto riesgo. Secuestros, toma de rehenes u operaciones antiterroristas.

El letrado de su hermana alegó en la denuncia que los funcionarios habían variado su versión ante el instructor, por ejemplo, sobre cómo comenzó Sabau a disparar contra ellos, antes de que lo neutralizasen. También reprochó cómo se efectuó la mediación antes de disparar contra el pistolero y que las heridas que éste presentaba «no son justificables con la actuación policial». El atestado de los Mossos recoge que, dado que Sabau había herido ya de bala a un agente, no existía cobertura de seguridad y desistieron de acercarse al fugitivo «de forma pacífica». Por ese motivo, siendo un tirador experto -pertenecía a un club de tiro y tenía licencia para cinco armas- y, por tanto, un peligro, lo intentaron vía telefónica. Aunque fue infructuosa.

La denuncia reprocha que los policías no usasen un vehículo blindado para aproximarse al sospechoso, para poder advertirle así «por megafonía» de que se entregase. Ante el riesgo, el de un individuo armado, que había disparado ya contra tres compañeros de trabajo con un arma larga, y también contra un policía, fue uno de los integrantes de la unidad de élite del Cuerpo, el GEI, quien efectuó un disparo disuasorio a unos 50 metros de Sabau y éste respondió con otro tiro. Poco después, otros tres funcionarios iniciaron la aproximación hasta el punto donde se había parapetado el tirador. Se identificaron como policías, y Eugen volvió a dispararles.

Los integrantes del GEI respondieron, y el disparo de uno de los agentes alcanzó al pistolero en una pierna. Los policías declararon que el resto de disparos efectuados fueron disuasorios -ninguno a órganos vitales-, pero la denuncia pone en duda el relato policial y sostiene, en base a los informes médicos, que Sabau tenía «múltiples proyectiles en la pierna». Cabe recordar que fueron los propios agentes, realizándole torniquetes, los que asistieron al pistolero antes de la intervención de los equipos de emergencias para estabilizarlo. Posteriormente, un helicóptero lo trasladó hasta el hospital.

El atestado de los Mossos recoge que, dado que Sabau había herido ya de bala a un agente, no existía cobertura de seguridad y desistieron de acercarse al fugitivo «de forma pacífica»

El abogado de algunos de los agentes, del sindicato Uspac, Jose Antonio Bitos, subraya que están tranquilos y que su actuación se ajustó al protocolo. Reprocha además, que desde la admisión de la querella hasta la citación de los mossos ha pasado más de un año -mismo periodo transcurrido desde que la hermana de Sabau formalizó la demanda hasta su posterior admisión- por lo que él mismo presentó un escrito para que se fijase fecha de las declaraciones, tras las cuales, explica solicitará el archivo de la causa.

 

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5915 en: 04 de Mayo de 2024, 15:24:38 pm »

La Audiencia Nacional obliga a García Castellón a imputar a un policía por facilitar datos a Villarejo


Anticorrupción detecta indicios de criminalidad en relación al bautizado por Villarejo como "Proyecto IBAN", pues sostiene que el comisario jubilado "accedió a bases restringidas, de la Policía, y que ello era conocido, tanto por los clientes, como por el despacho de abogados intermediario"
El comisario jubilado José Manuel Villarejo.
El comisario jubilado José Manuel Villarejo. / EP


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Madrid - Sábado, 04/05/2024 - 06:50
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado al juez que investiga el caso Villarejo, Manuel García Castellón, que cite a declarar como investigado a un policía y a cuatro abogados en relación con la extradición a España en 2009 del empresario navarro Pedro Urrutia, que residía en Costa Rica, según consta en un auto de 1 de marzo de 2024, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA. Los magistrados sostienen que la participación de los denunciados en los hechos "presenta caracteres delictivos", por lo que no podían comparecer como testigos como había acordado el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6.


La Fiscalía Anticorrupción considera, por su parte, que hay indicios de criminalidad en relación al bautizado por Villarejo como "Proyecto IBAN", pues sostiene que el comisario jubilado "accedió a bases restringidas, de la Policía, y que ello era conocido, tanto por los clientes, como por el despacho de abogados intermediario". Los dueños de la mercantil Asedir Gestión sospechaban que habían sido víctimas de un fraude de unos 20 millones de euros, y por eso "encargaron la prestación de los servicios al Grupo Cenyt", propiedad del ex mando policial, que en el primer informe elaborado ya ofertaba a su cliente, "a cambio de 500.000 euros, la ejecución de un proyecto de análisis e inteligencia con tareas de información e investigación".

Documento
Anotaciones de Villarejo sobre el proyecto IBAN

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Y dentro de esta presunta operativa parapolicial urdida por Villarejo, prosigue Anticorrupción, se constata que el 12 de julio de 2007 se presentó una denuncia "que dio lugar a una investigación policial (Operación Grieta) en la que la UDEF actuó como Policía investigadora y que luego se judicializó en el Juzgado de Instrucción número 2 de Azpeitia (Guipúzcoa)". Fue en el seno de esta instrucción en la que acabó siendo arrestado en 2008 en Costa Rica el empresario navarro Pedro Urrutia, destaca Anticorrupción, que no obstante apunta que estos hechos estarían ya prescritos.

Sobre la prescripción
Sin embargo, la Sala de lo Penal de la Audiencia no está de acuerdo con el fiscal encargado de la causa, y establece que mientras que el juez no declare "la extinción de la responsabilidad criminal por prescripción de esos hechos, la citación de las personas que hubieran intervenido en ellos debe necesariamente ser realizada como investigados, posibilitando así el ejercicio de su derecho de defensa, con la correspondiente asistencia letrada y la posibilidad de acogerse a su derecho constitucional a no declararcontra sí mismos ni a declararse culpables".

Los magistrados de la Sala de lo Penal también rechazan pronunciarse sobre esta prescripción, ya que, explican, "es un pronunciamiento que corresponde, en primer lugar, al magistrado instructor, posibilitando así la previa audiencia de todas las partes y la eventual interposición de los recursos ordinarios oportunos".

Tal y como adelantó este periódico, las agendas de Villarejo incluyen alusiones recurrentes durante varios años a las supuestas maniobras que el clan policial que dirigía el comisario jubilado habría realizado para lograr la extradición de Pedro Urrutia.

Autoridades de Costa Rica
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Los presuntos integrantes de la organización liderada por el comisario pretendían contactar con autoridades judiciales de Costa Rica, país en el que vivía Urrutia tras contraer matrimonio con una mujer natural de este país, para conseguir la entrega de este empresario al Juzgado de Azpeitia. En una anotación de su agenda, Villarejo indica que el letrado Díaz Bastién le dijo, en relación a Costa Rica, que tenían que presionar más "para conseguir la extradición".

El 9 de diciembre de 2009 llegó Urrutia extraditado a España. Había sido detenido en Costa Rica el 21 de octubre de 2008. Tan solo un día antes, el 20 de octubre, Villarejo redacta en su agenda que "Tony" le había asegurado que "todo estaba en marcha en Costa Rica". Y el mismo día del arresto el abogado Díaz Bastién le informa de "la operación IBAN", por la que este letrado estaba "muy contento".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5916 en: 07 de Mayo de 2024, 09:47:50 am »

Juzgan a un guardia civil por allanamiento y hurto en casa del subdelegado del Gobierno en Cuenca


El fiscal pide para el acusado un año de prisión y el pago de 2.045 euros

REDACCIÓN CMM
 
07.05.2024 08:36

La Audiencia provincial de Cuenca juzga este martes, 7 de mayo, al agente de la Guardia Civil acusado de un delito continuado de allanamiento de morada a la vivienda del subdelegado del Gobierno, además de un delito leve continuado de hurto.

El fiscal pide un año de prisión y el pago de 2.045 euros, según las conclusiones provisionales del escrito de acusación

El procesado es un guardia civil con destino en la Comandancia de Cuenca, cuyo cometido era la prestación de servicio de seguridad en el edificio de la Subdelegación de Gobierno en Cuenca.


Desde el 10 de julio de 2019, el entonces subdelegado del Gobierno en Cuenca, Juan Rodríguez Cantos, y su pareja ocupaban la vivienda de dicho edificio y las llaves de la misma estaban a disposición de los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que prestaban servicio de vigilancia, si bien el único y exclusivo uso autorizado era para atender posibles emergencias e imprevistos.

El acusado era conocedor de tal extremo pero en el mes de agosto de 2020 usó las llaves y, sin autorización de los moradores, intentó entrar aunque no llegó a hacerlo porque la pareja del subdelegado estaba dentro y preguntó quién era.

Pillado por las cámaras de seguridad
Sin embargo, después logró entrar en la casa cuando sus moradores estaban ausentes y registró las pertenencias de la pareja del subdelegado apoderándose de 15 euros, y repitió la misma situación el 15 de octubre, cuando se llevó 20 euros, y el 6 de marzo de 2021, llevándose otros 10 euros y monedas.


Tras estos episodios, los moradores advirtieron de que alguien extraño había accedido a la vivienda y manipulado sus pertenencias, por lo que decidieron instalar cámaras de seguridad en el interior del domicilio.

El 14 de marzo de 2021, el acusado volvió a hacer un uso indebido de las llaves que se encontraban en el puesto de guardia y entró de nuevo en la vivienda, registró sus pertenencias y cogió cinco euros.

En esta ocasión, fue captado por las cámaras, denunciado y detenido ese mismo día, con los cinco euros que se había llevado todavía consigo y las llaves.

A consecuencia de estos hechos y de la invasión a su intimidad, la pareja del subdelegado sufrió ansiedad y reclama por los perjuicios ocasionados, mientras que procesado, a través de su esposa, procedió a ingresar los 45 euros que en total se había llevado en la cuenta de designaciones del juzgado, en concepto de responsabilidad civil.

 

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5917 en: 07 de Mayo de 2024, 23:49:15 pm »
Hay que ser cutre

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5918 en: 09 de Mayo de 2024, 09:19:36 am »

Piden 15 años y medio para un guardia civil de Almadén que hacía favores a cambio de regalos



El agente se sentará a partir del viernes en el banquillo de la Audiencia Provincial de Ciudad Real junto a su cuñado y otros cuatro particulares más, que se enfrentan a penas de entre seis y dos años de prisión
Asuntos Internos detiene a seis guardias civiles en Almadén, su comarca y Puertollano

ABC

Ciudad Real


08/05/2024 a las 16:43h.


Un jurado popular juzgará a partir del próximo viernes, 10 de mayo, en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, a J.L.G.L., un agente de la Guardia Civil de Almadén, para el que la Fiscalía pide una pena de 15 años y seis meses de prisión por los delitos de cohecho, revelación de secretos y falsedad documental.


El guardia se sentará en el banquillo de la Audiencia Provincial junto a su cuñado y otros cuatro particulares más, que se enfrentan a penas de entre seis y dos años de prisión, por estar relacionados con «favores» que les hacía el agente de la Benemérita a cambio de «pequeños regalos».


Los seis acusados que desde este viernes se sentarán en el banquillo fueron detenidos en noviembre de 2021, en el marco de la operación 'Cinabrio', junto a otras once personas, seis de ellas guardias civiles del puesto de Almadén, aunque solo uno de ellos, J.L.G.L., irá a juicio.

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Según se desprende del escrito de acusación al que ha tenido acceso Europa Press, el guardia civil acusado recibía regalos a cambio de favores relacionados con su puesto de trabajo.

Entre estos favores, se encuentra el acceso al Sistema SIGO (Sistema Integrado de Gestión Operativa, Análisis y Seguridad Ciudadana) de la Guardia Civil para comprobar los datos de una matrícula de un vehículo. A cambio, el guardia fue invitado a una montería de jabalíes.

También se le acusa de hacer un pliego de descargo en una denuncia por conducción temeraria al conductor de un quad, además de haber accedido al Sistema SIGO para decirle al propietario de un establecimiento hostelero que el camarero que tenía pensado contratar carecía de antecedentes penales. Favores por los que recibió un jamón y fue invitado a comer un «guarrillo», según las conversaciones telefónicas que el acusado tuvo y que habían sido interceptadas por agentes de asuntos internos de la Guardia Civil.

Por estos hechos, el Ministerio Fiscal pide para el guardia civil acusado una pena de seis años de prisión por un delito continuado de cohecho; cinco años por un delito continuado de descubrimiento y revelación de secretos, y cuatro años y seis meses más por un delito de falsedad documental.

La Fiscalía pide para el cuñado del guardia seis años y medio de prisión por un delito de cohecho y por otro de inducción al delito de descubrimiento y revelación de secretos. Al resto de acusados se les imputan delitos de cohecho y de falsedad documental.


 


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5919 en: 10 de Mayo de 2024, 10:06:31 am »


La Justicia declara nula la absolución del anciano de 83 años que mató al ladrón que asaltó su casa en Mallorca


Los magistrados ordenan repetir el juicio contra el jubilado, quien llegó a ser declarado culpable de acribillar con su escopeta a uno de los asaltantes. Su caso desató la controversia y reabrió el debate acerca de la legítima defensa
— ¿Homicidio o legítima defensa?: la controvertida condena al anciano que mató a un ladrón en Mallorca
Pau Rigo y su esposa a la salida de los Juzgados de Manacor, en Mallorca
Pau Rigo y su esposa a la salida de los Juzgados de Manacor, en Mallorca Cati Cladera / EFE
Esther Ballesteros

Mallorca —
9 de mayo de 2024 16:51 h
Actualizado el 09/05/2024 17:05 h
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El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJIB) ha declarado nula la absolución de Pau Rigo, el jubilado de 83 años que hace en septiembre del año pasado fue declarado culpable de matar con su escopeta a uno de los ladrones que asaltó su domicilio en Porreres (Mallorca) en febrero de 2018, una resolución que desató la controversia y reabrió el debate acerca de la legítima defensa. Tres meses después, la Justicia anuló el veredicto de culpabilidad por errores en su planteamiento y exoneró finalmente al anciano al considerar que no había prueba suficiente que indicase que el acusado tenía “ánimo de causar la muerte” del atracador. Sin embargo, el TSJIB, a petición de la Fiscalía, acaba de ordenar la repetición del juicio.

La Sala de lo Civil y Penal de la máxima instancia judicial de las islas considera que se han infringido normas esenciales causantes de indefensión en relación con el veredicto así como en relación a las mayorías necesarias para su obtención. De acuerdo con la nueva resolución dictada por el TSJIB, la vista deberá celebrarse con otro jurado popular y distinta magistrada o magistrado presidente. El juicio contra Rigo y tres de los cuatro asaltantes deberá ser llevado a cabo íntegramente con todos los procesados, “sin que quepa hacerlo parcialmente conservando la condena de los acusados por robo, dado que los hechos enjuiciados no resultan escindibles”, señalan los magistrados.

La defensa del propietario de la vivienda defendió que no debía admitirse a trámite el recurso de apelación del Ministerio Público y reclamaba confirmar la sentencia absolutoria. Con todo, la nueva decisión no es firme, dado que cabe interponer contra ella recurso de apelación.

En concreto, la jueza anuló el dictamen de culpabilidad y decretó que el juicio se celebrase de nuevo, si bien el letrado de Rigo se opuso a ello al entender que sólo cabía emitir una sentencia absolutoria para el anciano. Argumentaba para ello que en su veredicto el jurado descartó por unanimidad que Rigo hubiera disparado con intención de causar la muerte al ladrón. El problema radicaba en que, en otro punto posterior del veredicto, los miembros del tribunal apoyaron por cinco votos frente a cuatro --lo cual no es suficiente para un hecho desfavorable-- que Rigo era culpable de matar al ladrón “estando sometido a una amenaza, real, seria e inminente que produjo una afectación grave de su entendimiento y una deficitaria dominación de su voluntad”.

“Si no se alcanzó el número de votos necesarios para la declaración de culpabilidad del acusado Pau Rigo, la consecuencia no puede ser otra que el dictado de una sentencia absolutoria con todos los pronunciamientos favorables para mi patrocinado”, razonaba en su recurso, que finalmente fue admitido.

El anciano defiende que actuó en defensa propia
Además de la amplia repercusión generada, el resultado del juicio levantó la polvareda acerca de si en este caso se produjo o no una reacción proporcionada por parte del jubilado. En su declaración en el juicio, el dueño de la vivienda alegó que actuó en defensa propia y la de su mujer ante el miedo y el temor que sintió por estar viviendo un segundo robo en menos de tres meses. El primero había sido llevado a cabo por individuos con la cara tapada que se llevaron 30.000 euros. Dos de ellos eran los mismos que los del asalto posterior.

En concreto, los hechos se remontan a la mañana del 24 de febrero de 2018, cuando los hermanos Fredy y Mauricio E. –el ladrón fallecido–, animados por Pep S. y Marcos R., también acusados, asaltaron la casa del anciano, a las afueras de Porreres, para robar el dinero de la vivienda. Los dos hermanos accedieron a la finca con pasamontañas para evitar ser reconocidos, unos guantes y dos patas de cabra con las que abrir la caja fuerte. Cuando el anciano salía a pasear –supuestamente, sabían que lo hacía habitualmente– lo abordaron por la espalda y le exigieron el dinero.

Versiones contrapuestas
Las versiones de las partes difirieron, sin embargo, en cuanto a las supuestas agresividad y violencia empleadas para exigir el botín. La defensa del anciano aseguró en la vista oral que le pusieron en el cuello un cuchillo de grandes dimensiones, extremo que negaron los abogados de los acusados, y que la violencia fue in crescendo mientras le pedían más y más dinero. La Fiscalía, por su parte, sostenía que lo agarraron por la espalda y le taparon la boca para que no gritara, mientras que, dentro de la casa, habrían empujado a su mujer, haciéndola caer.

Después de que los dos hermanos bajaran al sótano, se apoderasen de un total de 15.000 euros repartidos en mochilas y volvieran a subir, el anciano cogió una escopeta de caza y disparó en el abdomen a Mauricio. En este punto, las versiones volvían a chocar. El anciano asegura que les conminó a que se marcharan y que ellos, en lugar de hacerlo, se abalanzaron sobre él, momento en el que disparó. En cambio, la Fiscalía y los otros acusados dicen que esperó el regreso de los ladrones en el salón y, cuando pretendían salir con el dinero, disparó. Tras ello, Fredy E. se abalanzó sobre el autor del disparo y le golpeó con una pata de cabra para luego cargar con su hermano a la espalda y huir con el dinero.