Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 815589 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6020 en: 06 de Octubre de 2024, 15:22:59 pm »
Habría que analizar con detalle la letra pequeña de la sentencia. . . quien denuncia es el padre de la menor, sobre un relato que le hace ella, a partir de ahí la polémica, incluido el ataque de cuernos, está servida . . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6021 en: 07 de Octubre de 2024, 15:28:07 pm »

Arranca el juicio a tres mossos d'esquadra acusados de traficar con marihuana decomisada


La Fiscalía de Girona pide hasta 12 años y 9 meses de cárcel para el cabo de la policía autonómica al que acusa de liderar una organización criminal para vender droga incautada
— El juez procesa al Grupo Antidroga de la Policía Nacional en Mérida por “organización criminal”






Los acusados, en el banquillo de la Audiencia de Girona ACN
elDiario.es Catalunya

Barcelona —
7 de octubre de 2024 11:50h
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La Audiencia de Girona ha empezado a juzgar este lunes al cabo y a los dos agentes de los Mossos d'Esquadra de Santa Coloma de Farners acusados de traficar con marihuana decomisada en operativos policiales. La Fiscalía pide penas de hasta 12 años y 9 meses de cárcel por delitos de pertenencia a grupo criminal, contra la salud pública, hurto y falsedad en documento oficial y descubrimiento y revelación de secretos.


La acusación sostiene que los tres mossos, liderados por el cabo, crearon un entramado criminal para quedarse con la droga decomisada y volver a ponerla en circulación con la ayuda de otros dos acusados, que no eran policías. El juicio, que se prevé que dure hasta el viernes, ha arrancado con las cuestiones previas, informa la Agència Catalana de Notícies (ACN). Las defensas han solicitado la nulidad del caso por varias vulneraciones de derechos fundamentales durante la investigación.

Las impugnaciones realizadas por las defensas, que ejercen los letrados Carles Monguilod y Benet Salellas, se dirigen a la investigación pilotada por la División de Asuntos Internos (DAI) de la policía catalana. Según las defensas, hay irregularidades porque el delator del caso no figura entre los acusados y porque las pruebas (entre ellas, la colocación de micrófonos en el coche de los acusados) se acordaron sin suficientes indicios.


El fiscal Enrique Barata ha defendido la legalidad de la investigación. El fiscal pide la pena más alta para el cabo de la policía autonómica, al que solicita 12 años y nueve meses de cárcel y una multa de 84.500 euros. Para sus dos subordinados reclama 12 años y medio de cárcel y multas de 83.600 y 80.000 euros. A los otros dos acusados que no son policías el fiscal reclama cinco años y tres meses y cinco años y sendas multas de 80.000 euros.

El escrito de acusación del fiscal sostiene que, a lo largo del 2020, el cabo y los dos agentes “se aprovecharon y abusaron de su condición de policías” y, junto a los otros acusados que no son mossos, conformaron un grupo criminal que sustrajo marihuana decomisada en operaciones policiales para “desviarla subrepticiamente” hacia “el tráfico en el mercado ilícito”.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6023 en: 08 de Octubre de 2024, 17:02:59 pm »

Un testigo declara que la Guardia Civil mató al joven con un brote psicótico disparando por la espalda


La declaración choca frontalmente con el testimonio del acusado, un agente que ha asegurado ante el tribunal que solo disparó cuando Diego se abalanzó sobre él para clavarle las pequeñas navajas que portaba
— La Fiscalía pide una multa para el guardia civil que causó la muerte a tiros de un joven con un brote psicótico






Diego Martínez junto a su padre unos meses antes de fallecer
Pedro Águeda

8 de octubre de 2024 15:36h
Actualizado el 08/10/2024 15:55h
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La primera sesión del juicio contra un guardia civil por la muerte de Diego Martínez-Conde, un joven de 26 años que padecía esquizofrenia, ha finalizado este martes con el testimonio de un vecino de Manzanares el Real que ha asegurado haber presenciado cómo los agentes dispararon a la víctima por la espalda, mientras huía y se negaba a detenerse. Antes, el guardia civil acusado de homicidio imprudente había narrado una versión muy diferente: Diego se abalanzó sobre él portando dos pequeñas navajas y no tuvo más remedio que dispararle a las piernas en dos ocasiones para salvar su vida.

La familia de la víctima, Diego Martínez-Conde, pide cuatro años de cárcel para el agente que realizó los dos disparos por homicidio imprudente mientras que la Fiscalía rebaja su petición a una pena de multa al considerar que el agente no cometió una negligencia grave. En representación del guardia civil acusado, la Abogacía del Estado pide la absolución.

Según han relatado sus padres, Diego era un chico con inquietudes artísticas, al que se le daba bien el dibujo, pero al que una enfermedad grave que superó en la adolescencia, con la pérdida de un testículo, le acomplejó hasta derivar en episodios de esquizofrenia paranoide. Por temporadas negaba su enfermedad y rechazaba tomar la medicación.

Los hechos tuvieron lugar la madrugada del 20 de septiembre de 2020. Diego pasaba los meses de verano en casa de unos amigos en Manzanares el Real y algo antes de las cuatro de la mañana estaba en la plaza del pueblo alterado, asegurando que la policía le quería matar. Primero acudieron dos guardias civiles de una localidad próxima hasta completar un dispositivo de 12 agentes.

El acusado, un guardia civil de 25 años en el momento de los hechos, ha explicado que él y sus compañeros fueron los primeros en llegar, pero que ante la actitud de Diego, blandiendo dos pequeñas navajas y amenazándoles, optaron por meterse en el coche y esperar refuerzos. Cuando llegaron esos refuerzos sumaban un total de doce agentes con un sargento al mando.

Diego no habría atendido a las palabras del sargento tratando calmarle y, asustado ante su obsesión de que le querían matar, escapó al arco que formaron los guardias a su alrededor. En la huida se habría girado en un callejón para blandir las navajas frente al acusado. No hay más testigos de eso que otro agente, que declarará en próximas sesiones.

Unos metros más adelante, la víctima se giró otra vez sin motivo aparente y arremetió contra el guardia civil que se sienta en el banquillo, siempre según el testimonio de este. Cuando casi lo tenía encima, el guadia le disparó en las piernas, alcanzándole en dos ocasiones. Diego moriría después desangrado.

“De nuevo, sin ningún motivo, se gira, nos sorprende más próximos [al sargento y al acusado], y en ese momento veo que el sargento realiza varios disparos al aire. Esta persona se gira, me fija en mi y se abalanza sobre mi. Yo sacó el arma y realizo dos disparos”, ha descrito el acusado la escena.

El guardia civil ha dicho al tribunal que nunca percibió que estuviera enfrentándose a una persona con problemas de salud mental pese a que Diego hacía llamadas, les enseñaba el móvil, decía que la policía le quería matar y se mostraba agitado y nervioso.

“No le dio tiempo ni a pararse”
El penúltimo testigo de la jornada ha sido un vecino de Manzanares que ha explicado que, desde su balcón, tuvo “una visión panorámica” de lo sucedido. El joven testigo ha dicho que veía una serie con un amigo en su habitación cuando oyó voces. Al salir a la terraza vio a Diego corriendo, a los guardias civiles gritando “alto” y “quieto”.

“Al chico no le dio tiempo ni a pararse”, ha dicho el vecino de Manzanares que presenció la escena. “El chico estaba de espaldas. No le dio tiempo a darse la vuelta antes de que dispararan”, ha asegurado. “Con los disparos se paró, dio dos saltos hacia un lado y se cayó desplomado al suelo”, ha añadido. Según el testigo, fueron tres o cuatro guardias civiles los que dispararon y todos en dirección a donde estaba Diego.

Esta versión es absolutamente contraria a la versión de los guardias civiles de que el sargento disparó al aire y el guardia civil acusado solo lo hizo a las piernas y porque Diego le embistió con las navajas. Los informes de Criminalística y Balística apuntan a que los disparos se realizaron entre 1,5 y 2,5 metros de distancia y que tienen una trayectoria lateral.

El testigo ha relatado luego que los guardias civiles pusieron el coche encima de parte del cuerpo de Diego, impidiéndole que escapara. Según el agente acusado, Diego se resistió incluso en el suelo a que los agentes le desarmaran. Según el testigo, pasaron más de diez minutos hasta que decidieron quitarle el coche de encima y empezar a atenderle. El guardia civil asegura, en cambio, que le hicieron un torniquete en seguida. Luego llegaron los servicios de emergencia y una ambulancia.

El testigo ha contado que los guardias civiles insultaban a Diego una vez en el suelo y herido y que dos de ellos se apartaron y que, cerca de su terraza, uno le repetía al otro: “¿Por qué has disparado? ¿Por qué has disparado?”. Mientras, los otros se pusieron a fumar. Este diálogo también fue presenciado por la hermana del testigo, que también ha declarado en la sesión de este martes.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6024 en: 09 de Octubre de 2024, 20:39:30 pm »

El guardia acusado de corrupción en Almadén admite haber hecho algún favor, pero sin cobrar


Asegura que jamás ha pedido dinero o contraprestación por esas gestiones "a amigos"

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Belén Rodríguez
hace 6 horas


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Tribunales El guardia acusado de corrupción en Almadén admite haber hecho algún favor, pero sin cobrar Asegura que jamás ha pedido dinero o contraprestación por esas gestiones "a amigos" / Elena Rosa
Tribunales El guardia acusado de corrupción en Almadén admite haber hecho algún favor, pero sin cobrar Asegura que jamás ha pedido dinero o contraprestación por esas gestiones "a amigos" / Elena Rosa

El guardia civil J.L.G.L., acusado de pequeñas corruptelas en el puesto de la Guardia Civil de Almadén, su destino profesional desde 1996 a 2021, cuando fue detenido en la operación ‘Cinabrio’, ha reconocido haber hecho “algún favor puntual a amigos”, pero sin cobrar.

El acusado, que se enfrenta a quince años y medio de cárcel por cohecho, revelación de secretos y falsedad documental en un juicio con jurado, ha insistido en que jamás ha pedido dinero o contraprestación por esos favores. Asegura que “se arrepiente muchísimo” de haber redactado un pliego de descargo con información falsa a una multa por conducción temeraria del conductor de un quad, que él mismo firmó porque corrían los plazos y la persona que se lo pidió no estaba en Almadén, “pero todo a título particular, no como guardia”, ha insistido.


Estuvo un mes en prisión preventiva
Visiblemente afectado, en especial cuando ha recordado que pasó un mes en prisión preventiva por esto, J.L.G.L. ha declarado este miércoles, en el cuarto día de juicio para rebatir una a una las acusaciones de la fiscalía y la abogacía del Estado, que representa a la Guardia Civil. Las acusaciones le han hecho escuchar de nuevo las grabaciones de conversaciones con esos amigos a los que ayudó, en las que se habla de un guarrillo, un jamón, una espera y no cobrarle una factura en un taller mecánico, pero según él descontextualizadas.

El guarrillo de Guadalmez
El guarrillo sale en la conversación que mantiene con un particular de Guadalmez, al que le hizo otro pliego de descargo a una sanción de su hijo (le pillaron un cartucho en la guantera), “a título personal”, ha insistido, que surtió efecto. Agradecido, el amigo le llama y cuando se sugiere como agradecérselo habla de que le diga a su hermano “que le prepare un guarrillo”. En otra llamada esta misa persona A.F.F. (el sexto acusado en este caso que ha ya fallecido) le avisa de que ya tiene el guarrillo y que se pase a por él. A esto J.L.G.L. ha replicado que le encargó el guarrillo como otras veces, para su casa, a un criador de la localidad, del que es cliente y que lo pagó, pero que en cualquier caso esa ayuda la prestó a título personal.

Por el pliego de descargo del quad (el multado era trabajador de su taller mecánico) ha insistido en que intercedió por el muchacho por su jefe, el dueño del taller al que en esa época también la Guardia Civil llevaba los vehículos oficiales, y que no recibió ningún favor. Que su coche particular estaba allí previamente para unas reparaciones antes del episodio de la multa al mecánico, y que pagó su factura, como siempre.


Un testigo declarando en el juicio de la operación 'Cinabrio' / Elena Rosa
Un testigo declarando en el juicio de la operación ‘Cinabrio’ / Elena Rosa
Desconoce que consultar datos sin importancia en SIGO sea delito
Y respecto a haber hecho consultas en el SIGO (Sistema Integrado de Gestión Operativa, Análisis y Seguridad Ciudadana), en concreto la matrícula de un coche para ver si había cambiado de titular, a petición de su cuñado; y los antecedentes de una persona a petición del dueño de un bar en Guadalmez (también acusados), ha insistido en que desconocía que fuera un delito de revelación de secretos, “muchos de esos datos no tienen relevancia o se comentan por interés policial”.

También ha explicado que esas consultas sobre matrículas y titularidad de vehículos las puede hacer cualquiera por internet en la web de la DGT, pero que la hizo para su cuñado porque no maneja la informática.

“El guardia veterano del pueblo”
J.L.G.L., que ha respondido a todas la preguntas de las acusaciones, defensas e incluso del jurado, ha contado que en treinta y seis años de servicio nadie le ha advertido de que se podía estar excediendo en sus funciones. Que no tiene una sola sanción en su expediente (o algo levísimo, de tráfico en sus inicios en Barcelona), y que lo de saltarse la papeleta de servicio en pueblos pequeños es algo habitual entre veteranos como él, no por indisciplina, “sino porque muchas veces las hojas de servicio so un corta pega, que no se ajustan a la realidad del lugar, yo luego eso lo hablaba con el jefe de puesto y no había problemas”.

“Nunca he creído haber cometido delitos”
En estos años de servicio en Almadén afirma que ha visto pasar a más de cien oficiales, “y algunos se molestan porque la gente preguntaba más por mí que por ellos”, ha contado. De esta investigación, la operación ‘Cinabrio’ que impulsó la propia Guardia Civil de la comandancia de Ciudad Real por un anónimo (detuvieron a17 personas al principio), en concreto el servicio de Información, lamenta que nadie le avisara de que lo estaban investigando o lo reprendieran con algún expediente antes de llegar a este extremo, “nunca he creído que estuviera cometiendo delitos”.

El resto de acusados, su cuñado, el dueño del taller mecánico, el usuario del quad al que le pusieron dos multas por conducir en dirección contraria y no atender el requerimiento de la Guardia Civil y el dueño de un bar en Guadalmez solo han respondido a las defensas. Han contado que acudieron a J.L.G.L. a pedirle consejo como entendido en ciertos asuntos legales, pero que lo han pagado por favores. El dueño del bar ha repetido que el jamón del que hablan en una conversación era para las rifas del equipo de fútbol, como han declarado varios directivos del equipo en el juicio.

La fiscalía pide 15 años y medio para el guardia
La Fiscalía de Ciudad Real pide quince años y medio de cárcel para el principal acusado en este juicio por supuesta corrupción en la Guardia Civil de Almadén, el guardia civil J.L.G.L, un veterano apartado del servicio desde el otoño de 2021, acusado de delitos de cohecho, revelación de secretos y falsedad documental.

Los cuatro imputados más en el banquillo son su cuñado, M.J.G., para el que la fiscalía pide seis años de prisión por cohecho e inducción al delito; M.A.G.B., por falsedad en documento oficial (le piden dos años); R.S.S. por cohecho (cuatro años y seis meses) y E.B.S. por cohecho e inducción al delito de descubrimiento de secretos (dos años de prisión y multa).

La defensa del guardia reconoce el delito de falsedad
Las defensas consideran los cargos “desmesurados” para “delitos que no existen”, asegura el letrado del principal acusado, Ángel María Rico, que este miércoles ha admitido que el acusado cometió el fallo de firmar en falso en el pliego de descargo de la multa del quad, por lo que cree que debería ser condenado a seis meses de prisión y pena de multa por delito de falsedad en documento oficial, y que se le absuelva del resto.

Los otros acusados solicitan la libre absolución. El caso quedará este jueves visto para veredicto en una sesión en la que las partes explicaran sus conclusiones definitivas al jurado.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6025 en: 11 de Octubre de 2024, 09:54:14 am »

El acusado es miembro del cuerpo y preparaba a aspirantes al cuerpo.

Un guardia civil en el banquillo por preparar a aspirantes al Cuerpo con material ajeno y sin permiso


El fiscal le pide un año y medio de cárcel y 5.760 euros de multa por un delito contra la propiedad intelectual. De ser condenado, se enfrenta además a la expulsión del cuerpo
M. C.

SALAMANCA

Jueves, 10 de octubre 2024, 07:43 | Actualizado 20:23h.

Un agente de la Guardia Civil será juzgado la próxima semana acusado de preparar a aspirantes al Instituto Armado con material ajeno y sin autorización del autor. El Juzgado de lo Penal número Uno de Salamanca ha señalado el juicio para el miércoles por la mañana.

Según informan fuentes del caso a LA GACETA, el acusado, de iniciales F.M.A., se enfrenta a una condena de un año y seis meses de prisión, así como al pago de 16 meses de multa con una cuota diaria de 12 euros (un importe total de 5.760 euros). De ser condenado, el agente se enfrenta asimismo a la expulsión del cuerpo.

Según recoge el Ministerio Fiscal en su escrito de calificaciones provisionales, al que ha tenido acceso LA GACETA, el acusado, que carece de antecedentes penales, pertenece al cuerpo de la Guardia Civil y al menos en el momento de los hechos de los que se le acusa se dedicaba a preparar a alumnos para oposiciones.

El día 17 de octubre de 2021, F.M.A. se dio de alta como particular en la plataforma online Divisa y Honor, que se dedicaba también a la preparación de alumnos para la Guardia Civil, con la finalidad de acceder al material de la plataforma.

Una vez obtenido este material, prosigue el Ministerio Público, el acusado utilizó el mismo con sus alumnos a través de las clases online que impartía, distribuyéndoselo a todos ellos con los contenidos ajenos sin consentimiento por parte del autor.

Hasta cuatro años de prisión

La Fiscalía de Salamanca acusa a F.M.A. por los mencionados hechos de un delito contra la propiedad intelectual que recoge el Código Penal, que en su artículo 270.1 señala: «Será castigado con la pena de prisión de seis meses a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses el que, con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente o de cualquier otro modo explote económicamente, en todo o en parte, una obra o prestación literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios».

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6026 en: 21 de Octubre de 2024, 14:54:01 pm »
Afortunadamente no todos los jueces se venden al PP y son profesionales.

TRANSPORTE
Adiós al transporte público gratuito en 2025: estos serán los únicos beneficiarios
SUCESOS
La Audiencia Nacional rechaza la querella del PP contra el PSOE por financiación irregular
EP
NOTICIA
21.10.2024 - 14:49h
El juez Pedraz rechaza la querella del PP contra el PSOE por financiación irregular
El magistrado de la Audiencia Nacional ha rechazado que haya indicios suficientes.

Peinado, aprende de los grandes.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6027 en: 21 de Octubre de 2024, 17:23:27 pm »
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechaza la querella de Sánchez contra el juez Peinado por prevaricación.
Mejor que aprenda de estos.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6028 en: 22 de Octubre de 2024, 13:11:12 pm »
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechaza la querella de Sánchez contra el juez Peinado por prevaricación.
Mejor que aprenda de estos.

Lo.he dicho muchas veces, prevaricacion es el peor delito en sacar adelante.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6029 en: 22 de Octubre de 2024, 21:39:54 pm »


Rebajan de 6 años a 9 meses la condena al octogenario que mató a disparos a un ladrón en su casa de Ciudad Real



Archivo - Segunda vista del juicio en la Audiencia Provincial de Ciudad Real.
- AUDIENCIA PROVINCIAL DE CIUDAD REAL - ARCHIVO
Europa Press Castilla-La Mancha
@epclm
CIUDAD REAL 22 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha dictado sentencia de apelación por la que se resuelve el recurso contra el fallo del Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Ciudad Real que condenó a un hombre a seis años y tres meses por un delito de homicidio doloso al matar de dos disparos en su vivienda a un ladrón, y rebaja la pena a nueve meses y cuatro días.


El hombre fue condenado por la muerte de una persona a la que disparó tras entrar a robar de madrugada en la finca en la que vivía. La sentencia de apelación estima parcialmente el recurso del condenado, entendiendo que en su conducta se aprecia la legítima defensa putativa por error vencible.

Dice la Sala en su resolución que del relato de los hechos probados por el Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Ciudad Real se infiere una situación de agresión ilegítima por parte de la persona que resultó fallecida, "evidenciada por la entrada indebida en la parcela del condenado y que era la morada y vivienda del mismo". "Situación que se produjo de madrugada, en un lugar alejado y aislado, y donde el morador no podía recibir el auxilio inmediato de terceras personas", añade.

Thank you for watching

Por otro lado, el fallo señala que el agresor portaba una motosierra, que había sustraído, y aun cuando no la esgrimiera y se encontraba apagada, el acusado le vio con ella en las manos, "lo que pudo ser identificado como un riesgo personal potencial".

La Sala de lo Civil y Penal señala que de la respuesta dada por el anciano, el hecho de coger una escopeta y efectuar los disparos, puede inferirse la conducta de legítima defensa, "pero en todo caso basada en un error vencible", esto es, el hecho de disparar a corta distancia a zonas vitales del cuerpo de la víctima para repeler una agresión imaginaria a su persona "se evidencia como fruto de un error, que podía haber evitado empleando una mayor diligencia, como pudo haber sido por ejemplo, dar voces seguidas de algún disparo de advertencia".

Junto a la legítima defensa putativa por error vencible, la sentencia de apelación confirma las circunstancias probadas por el Tribunal del Jurado en lo relativo a la eximente incompleta de trastorno mental y la atenuante de confesión, esta última según la Sala de lo Civil y Penal, "muy cualificada".

Lo que lleva a la Sala a rebajar en dos grados la pena de prisión inicialmente impuesta, pasando de seis años y tres meses a nueve meses y cuatro días.

RESPONSABILIDAD CIVIL
La sentencia de apelación modifica además la responsabilidad civil establecida inicialmente a través de indemnizaciones para la familia del fallecido. Las cuantías fijadas en primera instancia por la Audiencia Provincial de Ciudad Real se rebajan teniendo en cuenta la falta de vinculación de los familiares directos con el fallecido, y que en el caso del padre del mismo se circunscribe únicamente a tener en cuenta el daño moral que ha supuesto el fallecimiento.

Además se tiene en cuenta de manera principal la concurrencia de la conducta culpable del fallecido al haber penetrado ilegítimamente en la finca para cometer un delito.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCM resuelve en la misma sentencia el recurso presentado por la aseguradora de la escopeta con la que fueron efectuados los disparos mortales, que fue condenada al pago de responsabilidad civil.

Así, la sentencia de apelación estima íntegramente su recurso y revoca la condena, al entender que el uso defensivo del arma por parte del anciano está fuera de la cobertura de riesgo que se aseguraba, esto es el uso cinegético. La sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6030 en: 23 de Octubre de 2024, 07:42:58 am »
Dos puntualizaciones, una, los juicios con jurado popular al final son un truño jurídico, dos, los jueces profesionales, pese a la mala fama que tienen, por algunas de sus actuaciones, siempre son más ajustados a derechos que un tribunal popular, al final resulta que los jueces profesionales no son tan malos

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6031 en: 23 de Octubre de 2024, 23:56:20 pm »
Claro, como que Pedraz es rojillo..., por lo que estaba claro lo que iba a hacer...

Afortunadamente no todos los jueces se venden al PP y son profesionales.

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La Audiencia Nacional rechaza la querella del PP contra el PSOE por financiación irregular
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21.10.2024 - 14:49h
El juez Pedraz rechaza la querella del PP contra el PSOE por financiación irregular
El magistrado de la Audiencia Nacional ha rechazado que haya indicios suficientes.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6032 en: 24 de Octubre de 2024, 19:57:18 pm »


Cárcel para un guardia civil de Ciudad Real por revelación de secretos y falsedad, aunque absuelven a su cuñado


El agente ha sido condenado a dos años y seis meses de prisión, frente a los más de 15 años de cárcel que pedía la Fiscalía.
Más información: Rebajan de 6 años a 9 meses la condena al octogenario que mató a un ladrón en su casa de Ciudad Real
 CASTILLA-LA MANCHA SUCESOS CASTILLA-LA MANCHA

Eusebio Cedena
Publicada
24 octubre 2024
11:53h
Actualizada
24 octubre 2024
13:11h
Condena de cárcel para un guardia civil de la localidad ciudadrealeña de Almadén por los delitos de revelación de secretos y falsedad documental. La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado al agente J.L.G.L. a dos años y seis meses de prisión, después de reducir considerablemente la petición de más de 15 años de cárcel que pedía la Fiscalía.

La sentencia, conocida este jueves, absuelve a los otros cuatro acusados, entre los que se encontraba el cuñado del agente, que se sentaron en el banquillo por delitos de cohecho, inducción al delito y falsedad documental, informa Europa Press.

El guardia civil fue juzgado por un jurado popular, que rebajó las acusaciones iniciales que pesaban sobre el agente. Inicialmente, J.L.G.L. fue acusado de los delitos de cohecho, por recibir regalos a cambio de favores, falsedad documental y revelación de secretos, aunque los miembros del jurado no consideraron probado el cohecho.

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Cuñado y amigos
El jurado sí consideró probado que el agente accedió a la base de datos SIGO -exclusiva de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado- para conocer información sobre un vehículo que había adquirido su cuñado, así como la falsificación de una firma de un pliego de descargo a la multa de un amigo.

El agente de la Benemérita, durante la sesión del juicio celebrada la segunda semana de octubre, negó categóricamente haber recibido regalos a cambio de favores, pero sí reconoció haber ayudado a amigos y conocidos "por echarles una mano", pero sin obtener ningún tipo de beneficio personal.

Ahora, el magistrado de la Sección Primera de la Audiencia de Ciudad Real condena al guardia a dos años por el delito de revelación de secretos y seis meses más por el delito de falsedad documental, así como a una multa de 15 euros diarios durante un periodo de seis meses.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6033 en: 29 de Octubre de 2024, 14:33:50 pm »
Curiosamente....otra vez las dilaciones indebidas.



Condenan a un año de cárcel a un policía por lesiones a un manifestante en la huelga general de 2012 en Murcia


La Audiencia Provincial estima también la inhabilitación especial del agente para formar parte de la Unidad de Prevención y Reacción
LA VERDAD

Lunes, 28 de octubre 2024, 13:09 | Actualizado 13:34h.


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La Sección 2 de la Audiencia Provincial de Murcia condena a un funcionario del Cuerpo Nacional de Policía a un año de prisión por un delito agravado de lesiones por el uso de instrumentos o medios peligrosos, además establece una pena accesoria de inhabilitación especial para formar parte de la Unidad de Prevención y Reacción (UPR) de dicho cuerpo.

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La sentencia, notificada este lunes, relata que el 14 de noviembre del año 2012, con motivo de la jornada de huelga general, se produjeron diferentes concentraciones de manifestantes en la ciudad de Murcia, que finalizaron en las inmediaciones de la Plaza Fuensanta de Murcia, donde se encontraban alrededor de unas treinta a cincuenta personas, entre manifestantes y meros usuarios de la vía pública. Para cerrar el acceso a las inmediaciones de la zona, los agentes de la UPR, siguiendo órdenes, formaron un cordón policial que debía avanzar para «despejar la calle», sin tener en ningún caso que «usar la porra a fin de pegar con la misma a nadie que no resistiera violentamente a los funcionarios policiales».



Sin embargo, según declara probado la sentencia, diversos miembros de la Unidad (cuyo número total no ha quedado determinado, pero sí que eran más de siete agentes), a la carrera y con el uso de las porras, llegaron en un primer momento, persiguiendo a manifestantes y viandantes hacia la zona de la intersección de la calle Bando de la Huerta con la calle Doctor Marañón, «incumpliendo las normas de procedimiento policial previstas para este tipo de intervenciones así como las órdenes que se habían recibido».


Entre las personas sorprendidas por esa carga policial violenta que salieron corriendo, según se relata en los hechos probados, estaba un manifestante que tras ser empujado cayó al suelo y fue golpeado con, al menos, «tres violentos porrazos y una fuerte patada» por el agente acusado que le provocaron lesiones en la cara y en la mano, que requirieron hospitalización para su curación.

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El agredido sufrió varias lesiones durante la actuación del agente tras la huelga general. Guillermo Carrión / AGM
Por ello, además, el acusado deberá indemnizar al perjudicado con 5.000 euros y al Servicio Murciano de Salud con 4.485 euros. Y abonar los daños causados en una motocicleta que se determinen en ejecución de sentencia, si los reclama su titular. Cantidades estas de las que deberá responde subsidiariamente el Ministerio del Interior.

La sentencia declara probado que el manifestante fue golpeado, «en total y en la situación de postración en la que se hallaba por estar tirado en el suelo», por tres agentes policiales, pero tras examen de cada interviniente en las trece sesiones vista oral y el visionado de múltiples vídeos y material audiovisual por parte de la Sala, sólo ha quedado identificado uno de ellos, por lo que la Audiencia absuelve a otro agente que estaba acusado.

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Este y otros dos agentes también fueron absueltos de provocar otra lesión en la mano a un segundo manifestante. Aunque la sentencia también declara que sí se tiene por probado que las lesiones «son debidas a la violencia ejercida duranta esa carga policial indebida y no autorizada objeto de enjuiciamiento», el Tribunal considera que la fractura fuera causada dolosamente, ni por la acción de los tres agentes acusados.

Abandonaron la disciplina de grupo
Al comprobar el tumulto y que varios efectivos corrían usando las porras contra manifestantes y viandantes, se dio la orden de parar, subraya la sentencia, pero los agentes que habían abandonado la disciplina del grupo siguieron avanzando. Aunque los magistrados reconocen, de acuerdo a lo declarado por los mandos policiales en el acto del plenario, que los agentes llevaban desplegados desde las 22:00 horas del día anterior, «sin casi descanso y habiendo tenido ya varias intervenciones en materia de seguridad ciudadana» y el «cansancio físico y psíquico» en que se podría haber hallado muy probablemente el penado por su intervención durante muchas horas seguidas como antidisturbios, consideran que esto no enerva la necesaria imposición de la pena accesoria de inhabilitación especial.

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Otras personas que se encontraban cercados por la acción policial en la calle Bando de la Huerta, resultaron con lesiones a consecuencia de los golpes policiales que se iban produciendo con las defensas policiales, sin que haya quedado acreditado qué funcionario o funcionarios policiales fueron los que causaron esas lesiones. En concreto, detalla la resolución en los hechos probados, se causaron diversas lesiones a ocho particulares, aunque «dado que no existe condena penal», no vayan a devengar indemnización en la presente sede, aclara la resolución.

Falta de lesiones
En el banquillo de los acusados estuvieron a su vez, como acusadores y acusados, dos manifestantes, el herido en la mano y un amigo, que también participaba en la manifestación, acusados por los agentes de una falta de lesiones. Según explica la sentencia, cuando el primero estaba rodeado por tres agentes policiales, dos de los cuales lo golpeaban con sus porras, dio un empujón a uno de ellos. La otra acción objeto de enjuiciamiento habría ocurrido instantes antes por una supuesta agresión con una muleta, no probada. Ambos han resultado absueltos al apreciar el Tribunal legítima de defensa de terceros en un caso y ausencia de pruebas incriminatorias en el otro.

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Por último, igualmente se absuelve a otros dos funcionarios policiales de haber falseado el atestado policial en el que estos dos manifestantes fueron presentados como detenidos, al no haber quedado acreditados los extremos objeto de acusación.

Especial perjuicio por las dilaciones
Aunque la Audiencia reconoce que la presente causa se ha extendido en el tiempo, por causas no imputables a encausados, por un lapso temporal muy excesivo al propio que se derivaría de su complejidad, recuerda que, a la hora de aplicar la atenuante de dilaciones indebidas, hay que valorar como indica el Tribunal Supremo en los últimos años, la existencia de un especial perjuicio para la parte supuestamente perjudicada por esa demora. Y, a entender de esta Sala, en este caso no concurre, máxime cuando -con un expediente sancionador paralizado y pudiendo seguir actuando en su puesto-, la pendencia puede haberle incluso beneficiado en algunos aspectos, explica la resolución. Por lo que reduce la pena del tipo en un solo grado, de dos a cinco años de prisión, a un año. Y dentro de este intervalo punitivo, el Tribunal aplica la pena mínima por carecer el acusado de antecedentes penales, o de otras actuaciones conocidas por las que, siquiera administrativamente, haya sido sancionado.

La presente sentencia no es firme, y contra ella (al tratarse de procedimiento anterior a la reforma introducida en 2015) cabe recurso de casación, a resolver por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.


Desconectado Heracles_Pontor

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6034 en: 29 de Octubre de 2024, 18:33:32 pm »
2012. . . y doce años después sale la sentencia. . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6035 en: 29 de Octubre de 2024, 18:38:51 pm »
2012. . . y doce años después sale la sentencia. . .

Curioso, verdad?

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6036 en: 30 de Octubre de 2024, 00:08:29 am »
2012. . . y doce años después sale la sentencia. . .

Curioso, verdad?


Eso también ocurre cuando los acusados son podemitas.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6037 en: 30 de Octubre de 2024, 09:26:12 am »
2012. . . y doce años después sale la sentencia. . .

Curioso, verdad?


Eso también ocurre cuando los acusados son podemitas.

Ponganos un ejemplo de condena a un podemita con dilaciones indebidas.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6038 en: 30 de Octubre de 2024, 15:45:16 pm »

El juez del Supremo ordena el registro del despacho del fiscal general del Estado e incauta sus teléfonos móviles


Ángel Luis Hurtado adopta una decisión sin precedentes en democracia en busca de las comunicaciones que mantuvo Álvaro García Ortiz el día que ordenó desmentir el bulo del entorno de la Presidenta de la Comunidad de Madrid sobre la causa abierta por fraude fiscal a la pareja de Isabel Díaz Ayuso

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, preside la toma de posesión de Jesús Arteaga Quintana como fiscal superior de la Fiscalía de Cantabria en el Salón de actos del Palacio de Justicia de las Salesas en Santander este martes. EFE/ Román G. Aguilera / ROMÁN G. AGUILERA (EFE)

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Pedro Jiménezpedrojimenezg

Cadena SER
30/10/2024 - 13:31 WET

Ángel Luis Hurtado, magistrado instructor en el Tribunal Supremo de la causa abierta al fiscal general del Estado, ha ordenado la entrada y registro en el despacho de Álvaro García Ortiz y de la fiscal jefe de Madrid.

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado han practicado la diligencia desde las diez de la mañana con orden de intervenir "todos aquellos dispositivos informáticos, objetos, documentos y demás efectos que pudieran tener relación con el delito de revelación de secretos que se investiga". Esto incluye los teléfonos móviles y los correos electrónicos del jefe del Ministerio Público y de la fiscal jefe de Madrid.



Álvaro García Ortiz y la jefa de la Fiscalía en Madrid están encausados en el alto tribunal por haber desmentido un bulo lanzado desde el entorno de Isabel Díaz Ayuso que le acusaba de dinamitar un supuesto pacto que había reclamado el fiscal a su pareja que está siendo investigado por un fraude fiscal de 350.000 euros.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #6039 en: 30 de Octubre de 2024, 18:41:55 pm »
Que curioso, el mismo juez que no quiso saber quien era M. Rajoy. . . da qué pensar, eh?

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche