Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 750293 veces)

Desconectado pete

  • Profesional
  • Master
  • **
  • Mensajes: 1149
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1800 en: 25 de Julio de 2009, 13:42:45 pm »
Una locura se tiene cualquier día. Por ser la primera vez les daremos una oportunidad",....pues esa oportunidad generalmente se niega cuando el delito es cometido por un funcionario publico.... siempre que no sea un juez claro..

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222262
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1801 en: 27 de Julio de 2009, 10:10:06 am »
Dos ediles del PSOE condenadas por alterar el orden público

La edil socialista en el Ayuntamiento de Madrid, Ángeles Álvarez, y la portavoz del PSOE en el Consistorio de Móstoles, Paz Martín, tendrán que pagar sendas multas de 1.200 euros por alterar el orden público, según la decisión del Juzgado de Instrucción número 2 Móstoles conocida este viernes.

El titular de la sala condena a Paz Martín como autora de una falta del artículo 634 del Código Penal a la multa de 40 días con una cuota diaria de 30 euros con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a abonar las costas derivadas del procedimiento.

Además, el juzgado de Instrucción número 2 condena a Ángeles Álvarez por el mismo motivo y a la misma multa. De forma paralela, el juez establece que se deduzca testimonio de lo actuado por si uno de los testigos de la defensa hubiera sido autor de un delito de falso testimonio.

La sentencia a?ade que "no resulta verosímil la explicación de una de las denunciadas, Paz Martín, sobre por qué los policías habrían formulado, según ella, una denuncia falsa, aludiendo a un 'acoso' del que viene siendo objeto por parte del equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Móstoles, insinuando así que la denuncia sería una parte más de ese hostigamiento".

Mientras, sobre Ángeles Álvarez, la sentencia agrega que tuvo "una actitud claramente insultante y vejatoria para el agente que se hallaba cumpliendo sus funciones y una vulneración al principio de autoridad que representan".

Por tanto, según la sentencia, ambas "son autoras penalmente responsables de la falta del artículo 634 del Código Penal, las denunciadas María Paz Martín y Ángeles Álvarez, por su participación directa y voluntaria en la comisión de los hechos que se han declarado probados".

Cese de Paz Martín
Tras conocer la sentencia, el portavoz del Gobierno local, Daniel Ortiz, reclamó al PSM-PSOE el "inmediato cese de Paz Martín como Portavoz del PSOE". "Después de que la Justicia archivara la denuncia de Paz Martín por malos tratos contra el alcalde, y tras su reprobación social y política, ratificada en el Pleno, es insostenible que Tomás Gómez mantenga en el cargo a Martín", a?adió.

Ortiz se preguntó "qué tiene que pasar en el PSOE de Móstoles, cuya agrupación no existe y sus concejales se hayan en una confrontación bélica interna, para que el PSM piense en algún momento en los ciudadanos y cese o haga dimitir a Paz Martín como portavoz".

En su opinión, "la Justicia ha demostrado que no se puede consentir la arrogancia y prepotencia de estas dos concejalas, que mostraron su desprecio hacia la Policía local porque pensaban que estaban por encima de los agentes de autoridad".

"Si le queda algo de dignidad personal o política, Martín debe coger las maletas e irse de un municipio al que nunca ha querido y por el que jamás ha trabajado, pero, sobre todo, donde los vecinos siempre le han dado la espalda".

Recurrirá la sentencia
Por su parte, la portavoz socialista en el Ayuntamiento de Móstoles, Paz Martín, ha se?alado que ni a ella ni a su compa?era de partido les han notificado la sentencia sobre este caso. "Hasta septiembre nos han dicho que no nos la van a notificar", a?adió.

En cualquier caso, Martín manifestó que, si la sentencia se ha producido en los términos antes relatados, la recurrirá "por injusta". Así, recordó que su obligación es "estar al servicio de los ciudadanos siempre que estén en una situación complicada" tal y como ocurrió en este caso.

"Me denunciaron por ir a socorrer a unos padres a los que el alcalde de Móstoles tenía sitiados sin comida ni bebida durante su encierro. Me llamaron los padres y yo me personé allí. Mi obligación ha sido, es y será la de defender los intereses de los vecinos de Móstoles", a?adió.

Asimismo, respondió a las críticas del portavoz del Gobierno local, Daniel Ortiz, pidiéndole "que deje su coche oficial, se ponga a trabajar y deje de utilizar la web del Ayuntamiento al servicio del Partido Popular". "Su única obsesión es acabar con la portavoz socialista", a?adió.

Los hechos
Los hechos sucedieron a finales del pasado mes de febrero, cuando una treintena de padres se encerraron en el centro sociocultural Caleidoscopio para protestar por la eliminación del ciclo de 3 a 6 a?os en las escuelas infantiles de Móstoles.

Según explicó entonces el Ayuntamiento del municipio, la portavoz del PSOE, Paz Martín, "empujó, desobedeció y trató con desprecio a la Policía local", superó el cordón policial y, empujando a otra persona, accedió al centro donde los padres se encontraban encerrados. Además, la versión municipal sostuvo entonces que, pese a las advertencias de los policías de que el centro estaba cerrado por la ocupación, Martín se "negó en rotundo" a salir.

Según el relato del Consistorio, más tarde se personó en el lugar Ángeles Álvarez, quien "traspasó las cintas de seguridad" y "con claro desprecio a la labor policial" increpó al agente al decirle: "ya sabes lo que es la obediencia debida. Seguro que si te ordenan dar un tiro a alguien en el pecho se lo dais. Tu actitud es de fascista y el alcalde es otro fascista".

En aquel momento, la portavoz del PSOE, Paz Martín, emitió un comunicado en el que indicó que su presencia obedecía a la "angustiosa llamada de unos padres que reclamaban amparo ante la indefensión y el acoso al que se veían sometidos por parte del Gobierno Municipal, en una actitud irresponsable y sin precedentes". Asimismo, recalcó que su visita y la de Ángeles Álvarez pretendió servir como medida "conciliadora y mediadora".


Desconectado escalaejecutiva

  • Moderador
  • Chamán
  • ***
  • Mensajes: 10523
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1802 en: 27 de Julio de 2009, 12:55:42 pm »
A mi este tipo de concejalillos que ven en la PL sus auxiliares me suena.... así que me alegro de la sentencia  :Plasplas

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222262
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1803 en: 30 de Julio de 2009, 10:45:13 am »
Absueltos de agredir a unos policías

Varios familiares se vieron implicados en una discusión con los agentes de la Policía Local de Santa Eul?ria

IBIZA | R. S.

La juez Clara Ramírez, titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ibiza, absolvió ayer a dos hombres relacionados con una presunta agresión a varios agentes de la Policía Local de Santa Eul?ria. F. C. y su cu?ado, C. T., se vieron implicados en una pelea junto a amigos y familiares, todos de nacionalidad rumana, contra varios agentes de la Policía Local de Santa Eul?ria en la plaza de es Canar, el pasado 17 de julio sobre las cinco de la madrugada.
Según el parte de la Policía Local, F. C., de 34 a?os de edad, conducía a gran velocidad y derrapando con su vehículo. Además estaba bajo los efectos del alcohol y se negó a soplar en el etilómetro, según consta en el escrito de acusación del Ministerio Público, que pidió una sentencia ?conforme a derecho? tras escuchar los relatos de los testigos.

Por la negativa a someterse al control de alcoholemia la fiscal pedía una pena de seis meses de cárcel y la retirada del carné de conducir durante un a?o y tres días. Además, por no tener carné de conducir solicitaba una multa de 2.160 euros (doce meses con una cuota diaria de seis euros) y la realización de trabajos en beneficio de la comunidad durante un mes.

La fiscal pidió otros 33 días de trabajos comunitarios para el acusado por conducir bajo los efectos del alcohol, además de un a?o más de retirada del carné.

Sin embargo, la juez Ramírez explicó que la declaración del acusado ?quedó corroborada? por las de los testigos, que a su vez desvirtuaron las de los policías locales.

En el segundo juicio compareció C. T. como acusado de un delito de resistencia a los agentes de la autoridad. Según el relato de los policías locales de Santa Eul?ria su cu?ado conducía bebido, sin carné y a gran velocidad y él se mostró muy agresivo y empujó a un agente.

Los policías se ratificaron en el atestado sobre los hechos ocurridos el 17 de julio pero el acusado, su cu?ado, otros familiares y amigos que participaron en la trifulca, todos de nacionalidad rumana, apoyaron la versión de C. T.

?Fue el policía el que le pegó?, declaró una testigo presencial de los hechos, la única no nacida en Rumanía de los citados. ?No se resistió a ningún agente?, alegó su abogado defensor. La fiscal solicitó de nuevo ?una sentencia ajustada a derecho? y la juez decretó la absolución del acusado.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222262
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1804 en: 30 de Julio de 2009, 10:46:56 am »
El fiscal acusa a un policía portuario de imponer dos multas falsas


Absuelto el policía portuario acusado de imponer dos multas falsas
El fiscal solicitó para el agente cinco a?os de prisión por falsedad en documento

T. Ramos / Cádiz | Actualizado 30.07.2009 - 05:01
 
La Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto al policía portuario acusado de imponer dos sanciones falsas a una persona con la que había tenido un incidente en las instalaciones portuarias de El Puerto. La sentencia estima que no ha quedado probado que el agente faltase a la verdad en la narración de lo ocurrido con el denunciante. Y afirma que no considera más creíble el testimonio del denunciante que el del policía porque el primero incurrió en una serie de "inexactitudes" al formular su denuncia. El fiscal solicitaba cinco a?os de prisión para el policía portuario por un delito de falsedad en documento oficial.

La resolución de la Sección Tercera relata como hechos probados que el policía se encontraba ejerciendo sus funciones la tarde del 15 de noviembre de 2007 y que el denunciante se dispuso a acceder al recinto portuario porque tenía dentro una oficina. El agente se dirigió a él y ambos mantuvieron una discusión porque el policía le atribuía al denunciante que había usado el teléfono móvil mientras conducía.

La resolución explica que ambos se trataron con desconsideración, que el policía le pidió al denunciante que se identificase, lo que éste hizo mostrando su pasaporte sin entregarlo, y que el denunciante le pidió al agente que le facilitara su número de identificación, a lo que éste no accedió.

Molesto porque el policía tardaba en tomar sus datos, continúa el relato de la sentencia, el denunciante arrancó su coche y se marchó. El agente le pidió que se detuviese pero el otro no lo oyó y continuó hasta su oficina.

La sentencia explica que el policía requirió el auxilio de otros compa?eros guardamuelles y de agentes de la Guardia Civil y que, tras ser identificado el denunciante, el agente portuario terminó de confeccionar los boletines de denuncia que había iniciado anteriormente, durante el incidente en la barrera de acceso a las instalaciones portuarias: una multa por usar el móvil conduciendo y otra por hacer caso omiso del stop del agente. .

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222262
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1805 en: 30 de Julio de 2009, 18:19:21 pm »
 Presentadas dos denuncias contra un policía local de Lugo por falsedad documental

30/07/2009 - Miguel Olarte / El Progreso (Lugo)

Un agente de la policía local de Lugo tendrá que enfrentarse en sede judicial a dos acusaciones de falsedad documental, aunque por cuestiones bien distintas: una es por emitir presuntamente una multa falsa en un supuesto acto de venganza y la otra, por modificar supuestamente la fecha en un parte médico de baja. El artículo 390 del Código Penal prevé para los funcionarios condenados por este delito una pena de tres a seis a?os de prisión, multa de seis a 24 meses y e inhabilitación de entre dos y seis a?os. Además, la parte acusadora en el caso de la multa no descarta ampliar los cargos a tentativa de estafa o incluso abuso de autoridad durante el proceso.

Este diario intentó reiteradamente ponerse en contacto con el acusado para conocer su versión, pero no fue posible.

La primera de las denuncias que se investigan tiene tras de sí un largo recorrido. Parte de un hecho sucedido el 5 de noviembre de 2006. Según la documentación facilitada por el abogado de la acusación, el letrado José Manuel Pombo Injerto, su cliente tuvo un enfrentamiento con el agente denunciado en esa fecha, cuando fue a presenciar un partido del CD Lugo en el Ángel Carro. El denunciante acudía en compa?ía de otro amigo y de sus dos hijos, uno de ellos menor y minusválido, por lo que el coche que conducía estaba adaptado y tenía la correspondiente tarjeta acreditativa, otorgada por la propia Policía Local. Al ir a aparcar en las plazas reservadas para minusválidos, observó que un coche patrulla de la Policía Local ocupaba la plaza. Ante ello, siempre según su versión, aparcó su coche delante, pero sin entorpecer el tráfico.

Enfrentamiento

Durante el descanso, un conocido acudió a avisarle de que los agentes locales habían llamado a una grúa para retirar el coche. El hombre salió y pudo hablar con el cabo que estaba al frente de la patrulla, que avisó al agente ahora denunciado para que quitase el coche de la plaza de minusválidos. Según aseguró el demandante tanto ante las autoridades locales como en su posterior declaración en sede judicial, el agente procedió a retirar el coche, pero cuando pasó a su lado le dijo: "Te vas a acordar de esto, hijo de puta". Por este motivo, se inició una agria discusión entre ambos, de la que dio cuenta tanto al propio cabo que estaba en el lugar como al entonces coordinador del cuerpo Daniel Corral, en una conversación que mantuvo con él al día siguiente.

Sin embargo, poco después le llegó una multa de 150 euros por conducir hablando por el móvil el mismo día del altercado, el 5 de noviembre de 2006, en la avenida Marqués de Ombreiro. El número del agente que firmaba la sanción correspondía con el del agente aludido. El denunciante presentó pruebas de que el coche tenía instalado un dispositivo de manos libres, documentación de su compa?ía telefónica que certificaba que a la hora se?alada no había registrada ninguna llamada y la declaración de un testigo que le acompa?aba y que confirmó que ni siquiera habían pasado por Marqués de Ombreiro esa tarde. La multa fue sobreseída.

Expediente

No obstante, ante lo que consideró un abuso, el demandante se puso en contacto en diversas ocasiones con los responsables policiales y presentó todas las pruebas junto a la petición de que se abriera un expediente informativo contra el agente, cosa que al Ayuntamiento hizo el 14 de marzo de 2007. Durante su tramitación, se tomó declaración al demandante, al testigo, al agente acusado y al cabo que le acompa?aba. Estos dos últimos mantuvieron en todo momento que no hubo ningún altercado, aunque sí tuvieron que quitar el coche patrulla de la plaza de minusválidos, y que los datos recogidos en la multa era ciertos. Sin embargo, ninguno de ellos se opuso en su momento a las alegaciones presentadas en contra de la sanción, lo que motivó su sobreseimiento.

A día de hoy, aún no hay constancia de que ese expediente abierto por el Concello esté resuelto, motivo por el cual el afectado decidió presentar el caso y todas las pruebas ante la Fiscalía, que les dio curso al apreciar un posible delito de falsedad documental. El sumario recayó en el juzgado número 3, casualmente el mismo que en estos momentos instruye las investigaciones por la multas retiradas de forma fraudulenta. En un primer momento, la jueza titular, Estela San José, decidió sobreseer la denuncia por considerar que no había delito. Pese a ello, posteriormente aceptó el recurso interpuesto por la parte demandante contra el sobreseimiento, por lo que el caso sigue abierto y pendiente de la realización de determinadas pruebas.

Baja laboral
La segunda acusación que pesa sobre este agente local, también por falsedad documental, ha sido presentada ante la Fiscalía por el propio Concello de Lugo, que lo acusa de falsificar la fecha en un parte médico de baja.

Según pudo saber este diario, el Concello considera que el policía en cuestión varió la fecha en la que fue emitido un parte de ausencia con la intención, siempre en opinión de los servicios jurídicos municipales, de hacerlo coincidir con un fin de semana. Técnicamente, el parte médico de ausencia acredita que el funcionario debe guardar reposo 72 horas; más allá de ese tiempo, ya se consideraría baja y no ausencia.

Mutuas
El parte está emitido por un médico de una de las mutuas que atiende a los funcionarios municipales que los son desde antes de 1993. Los que entraron después de esa fecha dependen ya directamente de la Seguridad Social. Por ello, el Concello solicita a la Fiscalía que requiera a la mutua en cuestión los documentos que acrediten que el agente fue atendido en sus instalaciones en la fecha se?alada y qué facultativo le pasó revisión.

El hecho de que este documento no haya sido incluido en la propia denuncia por el Concello parece apuntar hacia un problema que ya se ha detectado en otras ocasiones durante el conflicto laboral que desde hace a?os enfrenta a los policías locales con los responsables políticos: la escasa colaboración de la mutuas a la hora de facilitar al Ayuntamiento el control de las bajas laborales de difícil comprobación.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222262
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1806 en: 01 de Agosto de 2009, 09:49:49 am »
Dos a?os de cárcel para el sargento de la Policía Local que colgó el informe médico de una compa?era en el tablón de anuncios



Revelación de secretos
 
La Audiencia Provincial de Guadalajara ha ratificado la condena de dos a?os de prisión impuesta por el juzgado de lo Penal número uno de esta ciudad a un sargento de la Policía Local del Ayuntamiento de la capital, que había colgado en el tablón de anuncios del centro de trabajo un informe médico confidencial de una subordinada.
   
Según el texto de la sentencia, a la que ha tenido acceso EL HERALDO DEL HENARES, el juzgado de lo Penal número uno de Guadalajara dictó sentencia el día 4 de febrero de 2008, según la cual quedaba probado que en fecha 9 de noviembre de 1998, es decir, diez a?os antes, el médico adscrito a la Concejalía de Sanidad del Ayuntamiento de Guadalajara emitió un informe médico, según el cual una de las agentes sufría una grave dolencia física que le impedía permanecer mucho tiempo seguido de pie y parada.
   
Según este informe médico, esta policía podía, no obstante, desempe?ar cualquier labor tanto sentada como en servicios en los que hubiera que andar, ya que la dolencia solo le afectaba si estaba de pie y parada mucho tiempo seguido.
   
La agente dejó en la mesa del cuarto de mandos de la Policía Local el informe, a fin que por sus superiores se procediera a asignarle destinos que no interfirieran con su dolencia física.
   
Sin embargo, el sargento ahora condenado cogió el informe médico y lo colgó durante una semana en el tablón de anuncios del propio cuarto de mandos, local al que tienen acceso, además de los oficiales, el resto de policías cada vez que iban a entregar o recoger su arma y el personal de la grúa municipal. 
 
La mujer, que se sintió atacada en su intimidad, denunció a su superior, quien fue finalmente condenado por el juzgado de lo Penal número uno como autor de un delito de revelación de secretos, a la pena de dos a?os de prisión y nueve meses de multa, a razón de seis euros diarios 1620 euros en total). Además, el condenado deberá abonar una indemnización de 3000 euros a la denunciante.
   
En la misma sentencia, el oficial fue absuelto de un delito contra la intimidad, penado en los artículos 197 y 198 del Código Penal, que hubiera supuesto el agravamiento de la pena de prisión, así como una inhabilitación absoluta para ejercer el cargo de policía entre seis y doce a?os.
   
Esta sentencia fue recurrida por ambas partes. El oficial solicitaba la absolución total, mientras que la mujer policía instaba el agravamiento de las penas y que no se le absolviera de uno de los delitos.
   
Finalmente, la Audiencia Provincial, en una documentada y muy razonada sentencia de la que es ponente la propia presidenta, Isabel Serrano Frías, viene a confirmar el fallo del juzgado de lo Penal número uno de Guadalajara.
   
Establece el texto de la Audiencia que ?no puede ignorarse que el imputado es licenciado en derecho lo que sin duda le hace poseedor de ciertos conocimientos que debieran haberle llevado a tratar con más cautela la información en cuestión?.   
 
Por todo ello, ratifica la condena del juzgado por el delito de revelación de secretos, al se?alar que ?al menos es evidente que sería imputable la acción a título de dolo eventual, que existe cuando el autor conoce que con su acción crea un peligro no permitido y cercano para el bien jurídico protegido (la intimidad de la querellante), y a pesar de ello ejecuta su conducta (colgar en el tablón de anuncios el informe médico de la misma), bien porque el resultado le sea indiferente o bien porque, considerándolo probable, lo acepta, aun cuando no lo pretendiera directamente?.
   
Sin embargo, la Audiencia,al igual que el juzgado de lo Penal, también absuelve al querellado del delito contra la intimidad previsto en los artículos 197 y 198 del Código Penal, lo que le permitirá no ingresar en prisión al no contar con antecedentes penales, ni a ser inhabilitado para su cargo público entre seis y doce a?os.

 

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222262
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1807 en: 02 de Agosto de 2009, 17:12:54 pm »
CONDENADO POR LA JUSTICIA

Un asesor de Salgado mandó "a paseo" a los "pu?eteros policías" que le multaron

Floreciano Alonso, actual asesor de Elena Salgado y ex consejero del Gobierno de La Rioja, ha sido condenado a una multa de 120 euros por despreciar a los agentes que le multaron. Según la juez, el socialista mandó "a paseo" a los "pu?eteros policías". "No sabéis quién soy", les espetó.

El Juzgado de Instrucción número 3 de Calahorra ha condenado a Florencio Alonso, asesor ejecutivo en el Ministerio de Economía y Hacienda, a 120 euros de multa y al abono de las costas procesales por despreciar a los agentes policiales que le sancionaron después de que éste cometiera una infracción de tráfico.

Según cuenta ABC, el que también fuera consejero socialista del Gobierno de La Rioja fue denunciado el pasado 15 de mayo después de haber estacionado incorrectamente su vehículo en el paseo Fombera del municipio de Alfaro.

El asesor de Elena Salgado, según recoge el auto, se dirigió a los agentes "de forma despectivas" con frases como "toma la documentación tú; no sabes quién soy, en el camino nos encontraremos... denunciarme a mí como si éste fuera el problema más grande de Alfaro... quién os habéis creído".

No fueron éstas las únicas lindezas proferidas por Alonso. Cuando los agentes quisieron entregarle el boletín de denuncia, el socialista se mostró reticente a firmarlo y lo arrojó al suelo mientras espetaba: "iros a paseo, que vosotros nos sois nadie".

Aunque los policías le reclamaron respeto, el asesor de la vicepresidenta les respondió: "vosotros nos sois agentes de la autoridad, sois unos pu?eteros policías, sólo sois funcionarios".

Por todo ello, la juez considera que la actitud de Alonso está tipificada como falta contra el orden público en su modalidad de falta de respeto a los agentes de la autoridad.

Desconectado mu2

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4876
  • "Son mis principios; si no le gustan, tengo otros"
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1808 en: 03 de Agosto de 2009, 08:38:46 am »
?QUE BARATO LE SALE!

120?

 :Burla
« Última modificación: 03 de Agosto de 2009, 10:19:28 am por 47ronin »
"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222262
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1809 en: 05 de Agosto de 2009, 10:55:44 am »
ACUSADO DE 'SABER DESCARGARSE MÚSICA
Absuelto un guardia civil de 'hackear' ordenadores en la comandancia de Lleida

El juez investiga a dos policías por acceder a información confidencial
Los investigadores hallan programas de seguimiento en un ordenador de la Jefatura

Á. R., CABRA | Actualizado 05.08.2009 - 09:44
 
Ayuntamiento de la localidad de Cabra.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cabra ha abierto diligencias contra dos policías locales de esta localidad de la Subbética por sendos presuntos delitos de revelación de secretos y contra la intimidad por acceder supuestamente a información confidencial guardada en un equipo informático de la Jefatura, del que al parecer llegaron a obtener un examen para unas oposiciones. La investigación comenzó en el mes de abril y ha contado con la intervención de la Brigada de Delitos Tecnológicos de la Policía Judicial de la Comisaría central de Córdoba.

Después de varios meses de instrucción, la autoridad judicial levantó el secreto de sumario hace unos días. El expediente saca a relucir que los dos agentes, que se encuentran de baja, instalaron supuestamente en el equipo informático varios programas de manera irregular, entre ellos uno de los denominados keyboard logger. Se trata de una herramienta que se encarga de registrar las pulsaciones que se realizan sobre el teclado para memorizarlas en un fichero o enviarlas a través de internet. Su uso permite que los usuarios tengan acceso a los números de una tarjeta de crédito o a la contrase?a de cuentas de correo electrónico.

La investigación de la Policía Judicial también descubrió un programa de control remoto, lo que habría permitido a los implicados acceder al equipo desde otra unidad informática. Con la ayuda de estas herramientas, uno de los implicados tuvo acceso supuestamente a un examen para ascender a oficial, propósito que finalmente logró tras aprobar una oposición el pasado mes de enero. El otro presunto implicado es un policía de base.

Los hechos salieron a la luz pública el pasado 13 de marzo durante la celebración de la fiesta de San Rodrigo mártir, patrón de la localidad. Y en abril, después de que la Concejalía de Seguridad diera la voz de alerta, intervinieron los expertos de la Comisaría de Córdoba con una orden judicial. Desde entonces, por las dependencias del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cabra han pasado una decena de agentes, que han declarado en calidad de testigos, dijeron las mismas fuentes.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222262
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1810 en: 05 de Agosto de 2009, 12:29:39 pm »
Cinco a?os de cárcel para un policía por detener ilegalmente y agredir a un motorista

EUROPA PRESS. 31.01.2008 El policía local de Badalona ha sido inhabilitado durante ocho a?os.

Tribunal Supremo Sala II de lo Penal. Sentencia 197/2009, de 3 de marzo

Fallo

Que debemos condenar y condenamos a Everardo , como autor de un delito de detención ilegal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de cuatro meses y quince días de multa, con una cuota diaria de veinte euros , y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y ocho a?os de inhabilitación absoluta , manteniendo el resto de los pronunciamientos de la Resolución de instancia, en lo relativo a la condena por la falta de lesiones dolosas, indeminzaciones e imposición de costas causadas en la instancia.

http://sentencias.juridicas.com/docs/00299423.html

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222262
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1811 en: 05 de Agosto de 2009, 16:49:29 pm »
Estooooooooooo, que digo yo que una rueda de reconocimiento debe tener individuos de rasgos parecidos... y cuando digo rasgos parecidos es que todos deben ser negros si al que debe reconocerse es de ese color... y asi lo entiende el TS.

El Tribunal Supremo rectifica a la Audiencia de Madrid

Absuelto un nigeriano por ser el único negro en la rueda de reconocimiento

El Tribunal Supremo ha absuelto a un ciudadano nigeriano, al que la Audiencia de Madrid condenó a diez a?os de cárcel por agredir sexualmente a dos mujeres, porque en la rueda de reconocimiento en la que fue identificado por sus víctimas era el único de raza negra colocado entre el resto de sospechosos.

Así lo acuerda la Sala de lo Penal del Supremo en una sentencia en la que estima el recurso de la defensa del nigeriano -Henry Osagiede- y anula la que dictó la sección 17 de la Audiencia de Madrid el 24 de julio de 2008, condenándole como autor de un delito de agresión sexual y de dos de robo con violencia e intimidación.

La Audiencia de Madrid dio por probado que Osagiede fue la persona que los días 14 y 16 de mayo de 2005 abordó a estas dos mujeres amenazándolas con una especie de destornillador o punzón, y mientras a una de ellas le robó el móvil y "le obligó a que le hiciera una felación", a la otra le sustrajo el bolso y la causó "contusiones y hematomas".

El Supremo cree que la rueda de reconocimiento en la que se basa la Audiencia Provincial para condenar a esta persona "no fue correcta y por tanto careció de la virtualidad para que la identificación pudiera ser tenida por válida".

Para garantizar la validez de esta prueba, destaca el TS, "se debe ser muy riguroso" con el protocolo del artículo 369 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "en cuanto a la semejanza de los integrantes de la rueda porque es obvio que una rueda mal constituida por falta de esa semejanza puede desembocar en un error de identificación y por tanto un error judicial".

En este caso, la propia Audiencia de Madrid ya afirmaba en su sentencia que esta diligencia no había sido correcta porque al ser el acusado "el único integrante de la rueda africano de raza negra, es más que probable que se haya inducido a error a la víctimas".

Sin embargo, y tras no ahorrar "censuras" al reconocimiento del acusado, la Audiencia optó por condenarle tras concluir, "en un quiebro argumentativo", que "a la vista del otro conjunto de pruebas" quedaba "acreditada la autoría".

Para la Audiencia ese conjunto de pruebas está constituido por la falsedad de las coartadas ofrecidas por la compa?era sentimental del acusado y por el propio acusado, quien llegó a decir que se encontraba fuera de Madrid cuando se produjeron los hechos.

Argumentación que comparten los cinco magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo porque "no puede instrumentalizarse el resultado de la prueba de descargo -por la falta de credibilidad que le otorgó el tribunal- para suplir y completar la falta de consistencia de la prueba de cargo", basada en el reconocimiento de las víctimas.

"No le corresponde al imputado acreditar su inocencia, por ello, si la prueba de cargo no es hábil para fundamentar la condena, tal insuficiencia no puede compensarse ni suplirse con la falta de credibilidad que le pueda merecer al tribunal" las coartadas de los acusados, reitera el Supremo.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222262
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1812 en: 05 de Agosto de 2009, 16:54:21 pm »
Lo he dicho muchas veces... no me gustan las chapuzas, y cuando se hacen chapuzas el resultado es que una persona, que posiblemente sea culpable, quede en libertad...y con ello la sociedad se resiente, el individuo quizás delinca otra vez y el culpable de todo ello es quien ordenó una rueda con falta de garantías absolutas, pues a nadie se le ocurre poner a un sólo negro entre blancos cuando al que se pretende identificar es negro...  absurdez total.

Desconectado Shin-Chan2

  • Profesional
  • Brontosaurus
  • **
  • Mensajes: 16249
  • HGW XX/7
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1813 en: 05 de Agosto de 2009, 17:13:06 pm »
Nada, se le echa la culpa al Código Penal y a los jueces y listo.

Salud y suerte.
J. David G? Castilla también soy yo.
Los gobiernos pasan, las sociedades mueren, la policia es eterna.
Non nobis,Domine, non nobis sed Nomini tuo da gloriam.

Desconectado judoka

  • Profesional
  • Novato
  • **
  • Mensajes: 66
  • VALOR, HONOR Y LEALTAD
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1814 en: 13 de Agosto de 2009, 15:29:02 pm »
hoy viendo las noticias de antena 3, me han dado la feliz noticia de que han condenado a 3 a?os al angelito que agredió al compa?ero de la policía autonoma catalana. :Plasplas :Plasplas :Plasplas :Plasplas :Plasplas :Plasplas

http://www.youtube.com/watch?v=1bB2aoDqtfs
UCHI MATA

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1815 en: 13 de Agosto de 2009, 15:32:42 pm »
Bueno, si hubiera sido yo el juez le hubiera metido 10... Aun así, mejor que nada.
Old school Hollywood baseball...

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222262
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1816 en: 14 de Septiembre de 2009, 19:55:08 pm »
El guardia civil pasará ma?ana a disposición judicial en Valladolid

El agente de la Guardia Civil, de baja psicológica, que provocó ayer un incidente en el cuartel de la Guardia Civil de Villaviciosa tras efectuar varios disparos a los cristales y mobiliario y tomar como rehén a la sargento, pasará ma?ana a disposición militar

Oviedo

El agente de la Guardia Civil, de baja psicológica, que provocó ayer un incidente en el cuartel de la Guardia Civil de Villaviciosa tras efectuar varios disparos a los cristales y mobiliario y tomar como rehén a la sargento, pasará ma?ana a disposición militar en el Juzgado Togado Militar de Valladolid, según informaron a Europa Press fuentes del Instituto Armado.

El guardia civil que ingresó en el Hospital de Jove de Gijón fue dado de alta ayer a las 23.25 horas por el Servicio de Urgencias y fue detenido a las 23.30 horas por robar un arma de la taquilla de un compa?ero, disparar en el interior del cuartel y retener a la sargento, Ana Isabel Méndez, como rehén.

Según los primeros indicios, el agente forzó la taquilla de un compa?ero y cogió su arma con el que posteriormente realizó varios disparos con el mobiliario y los ordenadores y enca?onó a la sargento. El agente, que sirvió varios a?os en el País Vasco, llevaba un a?o de baja después de protagonizar otro incidente con sus compa?eros del cuartel.

Por su parte, el secretario de la Unión de Guardias Civiles de Asturias (UniónGC), Ramón Rodríguez Prendes, se?aló que el agente tiene abierto un expediente disciplinario por insultar y amenazar, hace 13 meses, a otro compa?ero del cuartel en una sidrería de Villaviciosa. El expediente aún está por resolver, según informó el sindicato.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222262
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1817 en: 15 de Septiembre de 2009, 14:29:57 pm »
Condenan al Ayuntamiento a pagar las costas de una motorista que recurrió una multa

AMALIA F.LÉRIDA

SEVILLA. Si piensa que por recurrir una multa de tráfico le va a costar más el collar que el perro puede que no esté en lo cierto.

Una jueza acaba de dar la razón a una motorista de Sevilla y ha condenado al Ayuntamiento a pagar las costas del juicio -los gastos que ella ha afrontado de abogado y procurador- al que ha tenido que llegar después de que por la vía administrativa hicieran caso omiso a sus alegaciones.

De esta forma, el Ayuntamiento, para cobrar 84 euros, que es la sanción que le pusieron porque su moto estaba mal aparcada, va a tener que pagar casi tres veces esa cuantía y eso sin contar con los gastos y horas de trabajo que ha supuesto poner en marcha a los fucionarios municipales que, por cierto, pagamos los sevillanos.

Todo empezó el 12 abril de 2006 cuando la moto, propriedad de Nuria Delgado Bustos, fue multada en la calle Almirantazgo por hallarse estacionada en lugar prohibido. Ella es la due?a pero no la conducía. Es más, ese día la había cogido más de una persona por lo que, para empezar, se debió buscar al conductor, con la ayuda de la propietaria, y no multarla a ella sin más. Así las cosas, y según Joaquín Moeckel, el letrado que ha llevado y ganado el caso en los tribunales, la afectada comenzó a plantear recursos por la vía administartiva que fueron desestimados por lo que lo único que le quedaba era pagar la multa o recurrir al juzgado poniendo por delante una provisión de fondos cercana a los 300 euros para los honorarios de abogado y procurador. Curiosa y admirablemente, decidió pleitear y el 18 de mayo de 2007 presentó la demanda.

Al Ayuntamiento le dieron traslado el 29 de octubre de ese a?o y el juicio se fijó para el 21 de julio de 2009. Pues bien, pese a que estaba personado en la causa judicial desde ese mes de octubre no fue hasta 19 días antes del juicio cuando hizo saber al juzgado que el Departamento de Gestión de Sanciones había detectado un error y que iba a archivar la multa. Sin embargo, Moeckel pidió a la jueza que el Ayuntamiento fuese obligado a pagar los gastos de la motorista por ?mala fe procesal? pues podía haber demostrado su buena disposición en fases anteriores y ayer mismo un auto le dio la razón y condenó a la Administración, la cual ?rara vez corre con los gastos por lo que el ciudadano no recurre y ahí está su rodillo?.

Llama la atención en el auto cómo la jueza se?ala: ?En lo que ata?e a las costas, habida cuenta la cuantía del asunto, de no imponerse éstas a la Administración, el recurso perdería su finalidad o gran parte de la misma como consecuencia de los gastos generados por la preceptiva intervención de abogado en defensa de la parte actora en este pleito?. Con ello, da un aviso a navegantes con una decisión ejemplarizante que echa por tierra el ?vale más el collar que el perro?. El abogado dice que esta vez han sido 300 euros que salen del erario público, e ironiza expresando su deseo de que no condenen al Ayuntamiento a pagar las costas por el juicio de la biblioteca del Prado?.

Desconectado Legi

  • Profesional
  • Master Honorario
  • **
  • Mensajes: 1530
  • El crítico sólo debe decir la verdad.
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1818 en: 15 de Septiembre de 2009, 18:14:24 pm »
Condenado un hombre por obligar a su hija a pegar a una compa?era de colegio

Pagará dos multas que suman 480 euros y 200 euros de indemnización. La víctima tuvo que ser asistida en un centro sanitario por la agresión.
Un hombre tendrá que pagar dos multas que suman 480 euros y una indemnización de 200 euros por inducir a su hija, menor de edad, a pegar a una compa?era de colegio, a la que también insultó, según se desprende de la sentencia.

?Por qué me miras de esa manera? A mí no me mires
El Juzgado de Instrucción número Tres de Totana (Murcia) se?ala en la sentencia que los hechos ocurrieron el 8 de noviembre de 2006, cuando una escolar, R.C., caminaba con unas amigas a la salida del colegio, ubicado en Mazarrón, y se encontró con A.F., de 12 a?os, hija del acusado, a la que dijo: "?Por qué me miras de esa manera? A mí no me mires".

La sentencia a?ade que en ese momento A.F. llamó por teléfono a su padre, C.C.F., y le dijo que fuera donde se encontraba ella; cuando llegó éste, insultó y amenazó a R.C., diciéndole: "Hija de puta, me cago en tus muertos, todos los espa?oles son unos 'carabelgas', y si alguien quiere palos, que se acerque".

Afirma también el Juzgado que el acusado se dirigió hacia la menor con intención de pegarle, pero su hija y los amigos de ésta lo impidieron.

"Pégale tú o le pego yo"

Poco después, "cuando parecía que se había marchado y R.C. proseguía el camino hacia su casa, apareció detrás de unos contenedores C.C.F., quien le dijo a su hija: "Pégale tú o le pego yo", hostigando a la menor de manera directa y empujándola hacia R.C. para que le pegara", detalla la sentencia. Su hija tiró a la menor del cabello, "arrancándole mechones y arrojándola al suelo"
Su hija tiró a la menor del cabello, "arrancándole mechones y arrojándola al suelo, además de golpearla de manera que ésta perdió momentáneamente el conocimiento".

La ni?a tuvo que ser asistida por la agresión en urgencias de Mazarrón, "sufriendo erosiones cutáneas en rodilla y mano izquierda y arrancamiento de cabello, que curaron en seis días".

La sentencia condena a C.C.F. a una multa de 360 euros por una falta de lesiones y a otra de 120 euros por una falta de injurias. Además, deberá indemnizar a la víctima con 200 euros por las lesiones sufridas.
No te arrodilles nunca,ni para atarte los zapatos.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222262
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1819 en: 16 de Septiembre de 2009, 17:29:49 pm »
La juez envía a prisión al guardia civil que disparó en el cuartel de Villaviciosa
El agente ingresará en la cárcel militar de Alcaláde Henares y el juzgado ha solicitado un examen psiquiátrico urgente

16.09.09 - T. BASTERRA / O. S.| VILLAVICIOSA

La juez titular del Juzgado Togado Militar número 42 de Valladolid ha decretado el ingreso provisional en prisión comunicada del guardia civil que el pasado domingo efectuó varios disparos en el cuartel de Villaviciosa tras hacerse con el arma de un compa?ero y que retuvo y amenazó a la sargento. Así lo confirmó el teniente coronel en jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Gijón, Juan Bautista Martínez Raposo.

El agente, que prestó ayer declaración, será enviado a la cárcel militar de Alcalá de Henares y en los próximos días se le realizará un examen psiquiátrico urgente a petición de la propia juez para determinar el grado de incidencia de sus problemas mentales y poder comprobar si se trata de un trastorno temporal o permanente, según confirmó la Unión de Guardias Civiles (UGC).

Una vez la titular del Juzgado Togado Militar número 42 de Valladolid disponga de esta información podrá decidir si se inhibe en favor de la justicia ordinaria o si estima que el caso -se acusa al agente de un delito de insulto a un superior- debe ser juzgado por la vía militar. La pena prevista para este tipo de situaciones va desde los tres meses y un día de prisión a los tres a?os.

Los hechos ocurrieron en la tarde del domingo cuando J. P. S. C., un agente de la Benemérita natural de Gijón de 38 a?os destinado en Villaviciosa que llevaba de baja psicológica 13 meses, entró al cuartel y se hizo con un arma. A continuación comenzó a disparar para acto seguido retener a la sargento (que ayer declaró en Valladolid) en su despacho y amenazarla. Finalmente, pudo ser reducido por la suboficial y los demás agentes.

Mecanismos de seguridad

Martínez Raposo aseguró que ?los mecanismos de seguridad del cuartel no habían fallado? e indicó que el arma reglamentaria con la que se efectuaron los disparos ?se encontraba bajo llave?. Según el teniente coronel, en el tiempo en que J. P. S. C. había estado de baja (desde agosto de 2008) ?no había causado problemas y había entregado con normalidad los pertinentes partes en el cuartel?. También indicó que el número de agentes en situación de absentismo en la Comandancia de Gijón, a la cual pertenece el cuartel de Villaviciosa, se eleva a 15. Según los datos facilitados por la UGC, ?actualmente en la Villa hay 8 agentes de baja de 18?.