Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 760336 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2620 en: 12 de Marzo de 2011, 13:36:27 pm »
Un juzgado facilita por error a un grupo mafioso la identidad y domicilio de al menos nueve policías que participaron en la detención de sus integrantes

Una información que, por error, obra en el sumario que se instruyó contra estos presuntos mafiosos y al que, por tanto, tienen acceso estos a través de sus abogados. Él se enteró, precisamente, porque el tribunal le remitió hace unos días a su casa la citación para que acuda al juicio a declarar como testigo contra ellos. Lo legalmente establecido es que dicha comunicación se haga a la unidad policial con la única identificación del número de carné profesional del agente.



. . . como es posible que figure en el atestado los datos personales de los policías con nombre y domicilio particular? ? ? . . . todo esto es muy raro y no me cuadra nada de nada . . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2621 en: 14 de Marzo de 2011, 19:06:42 pm »
Un tribunal no ve ensañamiento en 37 navajazos dados a una mujer

Los jueces revocan el veredicto del jurado y reducen en cinco años la pena de cárcel - La sala cree que el homicida no quiso un sufrimiento extra para su expareja

JOSÉ ANTONIO HERNÁNDEZ - Madrid - 14/03/2011

Asestar 37 cuchilladas a la pareja no es ensañamiento, según la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la misma que tramita el caso Gürtel. Por ello ha reducido de 17 a 12 años de cárcel la pena impuesta por un jurado popular a un hombre, tras descartar que el agresor causara "un sufrimiento innecesario" a la víctima y entender que lo ocurrido fue un homicidio y no asesinato.

Asestar 37 cuchilladas a la pareja no es ensañamiento, según la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la misma que tramita el caso Gürtel. Por ello ha reducido de 17 a 12 años de cárcel la pena impuesta por un jurado popular a un hombre, tras descartar que el agresor causara "un sufrimiento innecesario" a la víctima y entender que lo ocurrido fue un homicidio y no asesinato. El crimen se produjo el 19 de febrero de 2007 en Madrid.

La sentencia, ponencia del presidente del Tribunal, Francisco Vieira, cuenta con dos votos a favor y uno en contra del magistrado José Manuel Suárez Robledano, quien considera que el jurado no erró al certificar que los 37 navajazos que asestó Mustafá Said, argelino de 36 años, a su pareja, la nicaragüense Gina Monserrat Pérez Busto, de 34, constituyen un asesinato con la agravante de ensañamiento. Antes del crimen, Mustafá Said llamó por teléfono a un tío suyo y le dijo que iba a matar a su expareja. Consumado el hecho, intentó quitarse la vida propinándose dos puñaladas en el pecho y cortándose el cuello. No murió. Ella sí. Dejó tres hijos de entre 5 y 15 años.

El juicio se celebró en la Audiencia de Madrid. El jurado dictaminó que, tras una discusión entre ambos en casa de ella, el acusado le dio "diversas puñaladas en la cara, cuello, hemitórax izquierdo, dorso y en ambas extremidades, hasta un total de 37, que acabaron con su vida". Según el jurado, la mayoría las recibió cuando "agonizaba" y sin que fueran necesarias "para acabar con su vida, teniendo como única intención causarle a ella un sufrimiento desmedido".

El Código Penal indica que para que haya ensañamiento ha de haber, de forma inhumana y deliberada, un mayor dolor del que fuera necesario para matar.

El abogado del agresor apeló ante el Tribunal Superior de Madrid. La sentencia recoge jurisprudencia del Supremo para "descartar" la concurrencia de ensañamiento, y señala: "Efectivamente, el número de heridas de arma blanca que recibió la víctima (37, más el resto de lesiones: luxación en el codo, contusión fuerte en el mentón con perforación del labio superior por la dentadura, contusión en el occipital izquierdo y otros cortes y heridas) permiten deducir una gran intensidad en el acometimiento y una clara intención del acusado de acabar con la vida de la agredida". Pero de la reiteración de cuchilladas "no cabe deducir necesariamente que también tuviera como propósito incrementar su sufrimiento". Es decir, que la intención del agresor era "acabar con la vida de su compañera, por lo que parte de las lesiones anteriores a las mortales se debieron a la natural resistencia de ésta ante la agresión de que estaba siendo objeto".

Dos de las cuchilladas fueron muy profundas y afectaron a órganos vitales; el resto están en las manos y otras partes del cuerpo. El tribunal duda de que los navajazos "no mortales" se realizaran "con el propósito de incrementar el dolor de la víctima" y señala que el objetivo del agresor fue asegurarse el "terminar con la vida" de su pareja.

El magistrado discrepante, Suárez Robledano, entiende que sí hubo ensañamiento. Y se basa, entre otros argumentos, en los testimonios de los forenses, que indicaron: "Si quitamos las dos [cuchilladas] que penetran [en el cuerpo de la víctima], las otras no han afectado a órganos vitales y, por tanto, no han puesto en riesgo la vida...". Los forenses concluyeron "que, sin lugar a duda, la víctima se defendió y que las heridas producidas en las manos son típicas de defensa ante ataques de arma blanca".

El juez apela "al sentido común" para colegir que "las heridas de defensa no pueden ser posteriores a las que son mortales por necesidad". Afirma que "el acusado eligió un método y un arma especialmente doloroso y cruel". Y añade que esa crueldad no solo se aprecia en la "gran fuerza" con que esgrimió el arma y "en el dolor físico que producen esas 37 puñaladas", sino también en la "angustia y el sufrimiento psíquico" que ocasionó "al persistir en el ataque de forma consciente y deliberada mientras la sangre y el estado cada vez más débil de la víctima se hacía manifiesto ante él".

 

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2622 en: 14 de Marzo de 2011, 22:05:49 pm »
Claro hombre, o sea que ese sabio tribunal en su  argumentación basicamente dice  que las puñaladas eran porque se resistía a morirse, claro claro.......la culpa la tiene ella por no haberse muerto antes.

Es que uno lee estas cosas y no se extraña que esto sea un pais de pandereta, lo dicho.....y no lo han absuelto porque tendrán algo de verguenza....
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2623 en: 14 de Marzo de 2011, 23:24:21 pm »
Aunque joda, la stcia es ajustada a derecho, no hay ensañamiento... son muchas stcias del TS en ese sentido, quizás habría que modificar el 22.5

"Aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito."


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2624 en: 14 de Marzo de 2011, 23:33:36 pm »
Aunque joda, la stcia es ajustada a derecho, no hay ensañamiento... son muchas stcias del TS en ese sentido, quizás habría que modificar el 22.5

"Aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito."



entiendo la argumentacion, pero no la mato de la 1ª, coñe que son 32, digo yo que eso es sufrir...
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2625 en: 15 de Marzo de 2011, 08:43:58 am »
Para meterle una buena condena a este hombre que dió 37 puñaladas a su expareja y por lo que dice la sentencia no es Asesinato..., no se podría condenarle por 36 homicidios en grado de tentavia y un homicidio consumado??

Si no me salen mal las cuentas, la condena es mucho mayor a 12 años que es lo que finalmente le ha caído.

La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2626 en: 15 de Marzo de 2011, 14:43:08 pm »
La juez imputa por homicidio imprudente a los dos policías que vigilaban al nigeriano

El abogado de la familia de Osamuyi Aikpitanyi, quien falleció en un avión mientras era deportado a su país, pedirá que declare en Elche la tripulación

supuestos malos tratos de la policía

FALLECIÓ EN UN AVIÓN

Juzgan a dos policías por la muerte de un nigeriano

15/03/2011 

El fiscal pide tres años de cárcel para cada uno de los dos agentes de la Policía Nacional que, en junio del 2007, inmovilizaron al nigeriano que murió en un vuelo entre Madrid y Lagos, cuando era deportado a su país. El juicio por estos hechos está previsto que se celebre entre el jueves y el viernes en la Audiencia de Alicante, y el ministerio público cree que los dos agentes pudieron cometer un homicidio por imprudencia grave. | efe



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2627 en: 15 de Marzo de 2011, 19:56:05 pm »
Absuelven a 5 acusados tráfico de drogas al declarar nulas escuchas policía
15/mar/11

Girona, EFE La Audiencia de Girona ha absuelto a un granjero de Ullastret y a cuatro marroquíes, juzgados el pasado mes por traficó de drogas, al considerar nulas las escuchas telefónicas policiales a los acusados.

La sentencia absuelve a L.I., M.D., A.D.B., M.D. y al granjero S.D. del delito contra la salud pública del que se les acusaba y por el que el fiscal les solicitaba penas de entre cuatro y seis años de cárcel.

El 12 de junio de 2008, tras casi un año de investigaciones, el Equipo contra la Delincuencia Organizada (EDOA) de la Guardia Civil, la UDYCO de la Policía Nacional y miembros de la Vigilancia Aduanera encontraron dentro de un cobertizo que el granjero tenía alquilado a los marroquíes un total de 593,7 kilos de hachís que en el mercado negro habrían tenido un valor de unos 852.365 euros.

El tribunal ha considerado que "todos los autos de intervención telefónica y de prórroga de intervención concedidos son nulos de pleno derecho, ya que contienen una motivación insuficiente, se remiten a la solicitud policial y ésta no contiene fundadas razones sobre la existencia del delito y la relación del investigado con el mismo".

La sentencia afirma que "es evidente que las escuchas telefónicas determinaron en lo esencial la detención de los imputados y la incautación de la sustancia intervenida".

En este sentido, indica que no existiendo otras diligencias de investigación realmente independientes de las constitucionalmente viciadas de raíz, en función de las cuales pudiera explicarse de forma suficiente la incautación de la sustancia intervenida, no cabe hablar de prueba de cargo válidamente obtenida.

El abogado del granjero, Carles Monguilod, se ha mostrado satisfecho por la sentencia y ha apuntado que, independientemente de la nulidad, no hay ninguna prueba de que su defendido supiera que en su granja se podía haber guardado alguna cosa que fuera ilegal.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2628 en: 17 de Marzo de 2011, 13:00:50 pm »
El Supremo ratifica la condena a un policía que colaboró con un narco

El exagente, destinado en su día en la Comisaría Provincial, dijo que buscaba información para esclarecer un caso

17.03.11 - 00:24 - S. TUBIO | CÁDIZ.

No hay marcha atrás para un policía, apartado del Cuerpo, que fue condenado en 2009 a 18 meses de cárcel y cinco de inhabilitación por colaborar con un traficante de Chiclana. La única posibilidad de restituir esa sentencia y, por tanto, de regresar al Cuerpo se ha esfumado al confirmar ahora el Tribunal Supremo las penas impuestas por la Audiencia.

El ex agente, que estaba destinado en la Comisaría Provincial, se vio envuelto en una operación de la Guardia Civil que investigaba a un clan familiar -los Guijo- que se dedicaba al tráfico de hachís en la zona de El Marquesado. A través de las escuchas telefónicas, los agentes oyeron cómo el funcionario, que reside muy cerca de los narcos, les prestaba ayuda. En concreto, las conversaciones incriminatorias se produjeron cuando en 2008, el clan ejecutó un alijo de 1.900 kilos que guardaron en una de sus viviendas. Según aparecen en la sentencia del Supremo, que reproduce los hechos probados del anterior fallo, uno de los narcos le pidió que acudiera a la casa para que detectara si había presencia policial. Algo que realizó sin informar a los superiores. En otra conversación informó al clan de que probablemente esa casa sería registrada.

El funcionario, que contó con el respaldo de sus superiores en el juicio, alegó que uno de esos narcos era confidente suyo y que trataba de buscar datos para esclarecer un crimen. Ante el Supremo ha solicitado la anulación de esas escuchas, pero el tribunal ha rechazado sus argumentos.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2629 en: 17 de Marzo de 2011, 17:15:18 pm »
la defensa pide la absolución porque no hay pruebas.

Suspenden un juicio a un policía local de Burriana por falsificación
La ausencia de una perito obligó a aplazar la vista que proseguirá hoy..

09/03/2011 REDACCIÓN


Pretendía vender un coche inmovilizado

Un policía local de Burriana, condenado por falsear un permiso de circulación

Ha sido condenado por un delito de falsedad en documento oficial

Europa Press | Castellón
Actualizado jueves 17/03/2011 

La sección primera de la Audiencia Provincial de Castlelón ha condenado a un agente de la Policía Local de Burriana (Castellón) a un año y nueve meses de prisión y a una multa de 1.620 euros por falsificar el permiso de circulación de un vehículo que había sido inmovilizado en el depósito municipal y cuya intención era proceder posteriormente a su venta, según ha informado la Fiscalía en un comunicado.

El policía, que fue juzgado los días 8 y 9 de marzo, ha sido condenado, según la sentencia, como autor penalmente responsable de un delito de falsedad en documento oficial, con la circunstancia agravante de prevalimiento de la condición de funcionario público.

El propietario del vehículo, que estaba también acusado, ha sido absuelto por no resultar acreditada su participación en el acto falsario.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2630 en: 18 de Marzo de 2011, 18:21:06 pm »
El TS condena a dos policías locales por romper dos costillas a un detenido
EFE , Madrid

El Tribunal Supremo ha condenado a un año y nueve meses de prisión a dos policías municipales de Madrid por romper dos costillas a un hombre al que detuvieron por protagonizar un altercado en una discoteca y al que golpearon en el calabozo de la comisaría.

Así lo ha acordado la sala de lo penal del Supremo en una sentencia, en la que estima parcialmente el recurso del detenido, Alí I., contra la dictada en noviembre de 2009 por la Audiencia de Madrid, que absolvió a los agentes y condenó al recurrente al pago de una multa de 60 euros por una falta contra el orden público.

El Supremo condena ahora a los agentes David S. y José S. a dicha pena y al pago de una indemnización de 7.808 euros por un delito de lesiones con la agravante de abuso de autoridad.

Además, declara la responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento de Madrid.

Los hechos tuvieron lugar a altas horas de la madrugada del 30 de abril de 2006 cuando los policías se personaron en una discoteca en la carrera de San Jerónimo de la capital al ser avisados de que se había producido un altercado en dicho lugar.

En el altercado había intervenido el recurrente y al llegar al lugar David S. fue a hablar con los porteros del establecimiento, mientras que José S. se dirigió a Alí I., quien quiso bajarse los pantalones, momento en el que el agente le cogió por los brazos para evitarlo.

Pese a ello el recurrente consiguió soltar un brazo y como consecuencia de la inercia de la fuerza ejercida para ello impactó con el codo en la mandíbula del policía.

Al observar tal hecho, el otro agente acudió para reducir al acusado, tirándole al suelo, y lo detuvo.

Al lugar acudió otra dotación policial, cuyos agentes llevaron a su compañero a un centro sanitario, mientras que Alí I. fue llevado a un calabozo de la comisaría de la Policía Nacional del distrito de Leganitos, donde los acusados le golpearon repetidas veces.

El detenido al quejarse fue llevado a un hospital, donde se le apreció la fractura de dos costillas del costado izquierdo.

La Audiencia Provincial no condenó a los policías al considerar que la imputación hacia ellos debía ser considerada con prudencia, ya que podía haber ánimo de venganza o enemistad a consecuencia de lo sucedido en la discoteca.

Sin embargo, ahora el Alto Tribunal concluye que "la versión del recurrente se ve corroborada por los partes médicos, que deben de ser considerados como documentos que acreditan el error del juzgador".

Según añade la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Antonio Martín Pallín, se trata de un "grave comportamiento, que menoscaba la dignidad e integridad exigible a los funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley".

« Última modificación: 18 de Marzo de 2011, 18:30:07 pm por 47ronin »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2631 en: 18 de Marzo de 2011, 18:26:25 pm »
Sentencia de la Audiencia Provincial respecto a los hecho de la anterior noticia.

Identificador CENDOJ: 28079370062009100675

http://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp

IV. FALLAMOS

Que debemos condenar y condenamos al acusado Ceferino , como autor penalmente responsable de una falta contra el orden público, ya antes definida, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a una pena de multa de diez días con cuota diaria de seis euros y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.

Que debemos absolver y absolvemos al acusado Ceferino del delito de atentado y de la falta de lesiones por los que venía acusado.

Que debemos absolver y absolvemos a los acusados Eloy y Fidel de los delitos de lesiones y contra la integridad moral por los que venían acusados.

Que debemos condenar y condenamos al acusado Ceferino al pago de la tercera parte de la costas en la cuantía correspondiente a un juicio de faltas, declarándose de oficio el resto de las costas, perodebiendo abonar a las acusaciones particulares ejercidas por Eloy y Fidel la totalidad de las costas causadas como tales acusaciones en la cuantía correspondiente a un juicio de faltas.

Que debemos absolver y absolvemos a los acusados Ceferino , Eloy y Fidel , y al MINISTERIO DEL INTERIOR y al AYUNTAMIENTO DE MADRID de las pretensiones indemnizatorias formuladas contra ellos.
« Última modificación: 18 de Marzo de 2011, 18:30:41 pm por 47ronin »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2632 en: 20 de Marzo de 2011, 13:46:26 pm »
Condenado a tres años por estrellar un vaso en la cara de un policía

Los hechos se remontan a 2009, cuando en un local de La Puebla de Cazalla (Sevilla) dos jóvenes agredieron al agente, que aún tiene secuelas de los golpes.

A consecuencia de la primera agresión con el vaso, el agente sufrió un traumatismo facial con heridas 'múltiples' en la cara

Como secuelas, el afectado presenta dos cicatrices en la cara, de 14 y 7 centímetros de longitud, lo que 'le produce un perjuicio estético importante'
La Sala condena a F.J.M. a tres años de cárcel y el pago de una indemnización de 30.500 euros por un delito de lesiones deformantes, mientras que a J.V.C. lo condena al pago de una multa de 300 euros y de una indemnización de 300 euros por una falta de lesiones
 
La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a tres años de cárcel y al pago de una indemnización de 30.500 euros a un joven acusado de estrellar un vaso de cristal en la cara de un policía local de la localidad sevillana de La Puebla de Cazalla. En el momento de los hechos, el agredido se encontraba fuera de servicio.

Asimismo, la Audiencia ha condenado al pago de una multa de 300 euros a otro joven que golpeó al agente con una banqueta.

La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial considera probado que, sobre las 5,00 horas del día 25 de julio de 2009, ambos procesados, identificados como F.J.M. y J.V.C., respectivamente, se encontraban en el exterior de dos establecimientos de La Puebla de Cazalla, donde también estaba la víctima, M.I.V..

En este sentido, añade que, tras un breve intercambio de palabras y por motivos que 'no han quedado suficientemente acreditados', F.J.M. estrelló un vaso de cristal en la cara del agente de la Policía Local, 'y acto seguido' el otro acusado golpeó con una banqueta en el brazo izquierdo de la víctima. A consecuencia de la primera agresión con el vaso, el agente sufrió un traumatismo facial con heridas 'múltiples' en la cara.

Como secuelas, el afectado presenta dos cicatrices en la cara, de 14 y 7 centímetros de longitud, lo que 'le produce un perjuicio estético importante'. La sentencia dice que los hechos descritos 'se consideran probados con base a las declaraciones, sustancialmente coincidentes y periféricamente corroboradas', de la víctima de la agresión y de dos testigos.

De este modo, cita la declaración de otros testigos que 'sostienen que, habiendo llegado al lugar de los hechos en compañía de D.M.V., el lesionado le reprochó a este que su familia vendiera droga, interviniendo en la conversación el acusado F.J.M., quien le propinó entonces un puñetazo, momento en que se retiraron de allí y el público circundante comenzó a arrojar vasos y banquetas sobre el agente'.

Versión insostenible

'Tal versión resulta insostenible en sí misma, no siendo verosímil que así, espontánea, brutal e injustificadamente, una masa anónima y descontrolada empiece a arrojar vasos y banquetas sobre una persona indefensa', según prosigue el fallo, que añade que la versión de la víctima 'es más coherente, verosímil y congruente, pues ha descrito con detalle la secuencia de la agresión y ha identificado concretamente la actuación de cada agresor'.

Al hilo de ello, la Sala condena a F.J.M. a tres años de cárcel y el pago de una indemnización de 30.500 euros por un delito de lesiones deformantes, mientras que a J.V.C. lo condena al pago de una multa de 300 euros y de una indemnización de 300 euros por una falta de lesiones, absolviendo a ambos del delito de atentado a agente de la autoridad por el que la Fiscalía pedía para cada uno de ellos cuatro años de cárcel.

La Audiencia argumenta que 'está acreditado' que la víctima 'no se encontraba de servicio ni uniformado' en el momento de los hechos, 'y ello independientemente de si ejercía o no como vigilante jurado en los locales de ocio donde sucedieron, pues tal circunstancia no tiene trascendencia alguna para la causa'.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2633 en: 21 de Marzo de 2011, 15:26:23 pm »
El banquillo de los atestados

La exalcaldesa Marisol Yagüe y varios policías locales de Marbella serán juzgados por la ocultación de tres expedientes de tráfico

21.03.11 - 01:49 - HUGO SIMÓN | MARBELLA.

36 meses de prisión y 24 de inhabilitación es la pena que la Fiscalía solicita para tres de los cuatro policías locales acusados, mientras que para Yagüe y el otro agente pide 9 meses y dos años de inhabilitación, respectivamente. La llamada, según relató el policía local, la recibió en su propio móvil poco después de concluir el atestado. Al otro lado del teléfono, la entonces alcaldesa de Marbella Marisol Yagüe le preguntaba si podían hacer algo por un joven detenido por conducir bajo los efectos del alcohol. El agente le respondió que sí, que podían ayudarle, pero solo para pedirle un taxi para que lo trasladara desde la Jefatura hasta su vivienda. El joven arrestado era Borja Fraile, sobrino del periodista deportivo José María García, y nunca llegó a personarse en los juzgados de Marbella para enfrentarse al juicio rápido derivado de su infracción. El atestado de tráfico no llegó hasta los órganos judiciales y supuestamente fue borrado del sistema informático de la Policía Local.

Lo mismo ocurrió con el expediente por el delito de conducción bajo los efectos del alcohol de Diego Arrabal, un paparazzi habitual de los programas de televisión de corte rosa, y con otro atestado por un presunto delito de falsificación y malversación al ser sorprendido un familiar de un empleado del depósito de vehículos municipal conduciendo una moto con la matrícula cambiada. La investigación por la ocultación de los tres atestados ha concluido y obligará a sentarse en el banquillo de los acusados a Yagüe junto con cuatro policías locales de Marbella.

Entre ellos, Rafael del Pozo, el exjefe del cuerpo de seguridad municipal durante la 'era GIL' y hasta que se destapó el 'caso Malaya'. También serán juzgados el inspector Francisco Javier Martín y el agente José María Sánchez, presidente de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Marbella, quien curiosamente destapó la supuesta sustracción de los expedientes. La Fiscalía solicita para estos dos agentes tres años de prisión y 24 meses de inhabilitación en el desempeño de empleo o cargo público por los supuestos delitos continuados de omisión del deber de impedir delitos y de infidelidad en la custodia de documentos. La misma pena que para Del Pozo, al que el Ministerio Público acusa de similares delitos pero sin carácter continuado.

Inhabilitación

Por su parte, ni Yagüe ni el cuarto policía local imputado se enfrentarán a penas de cárcel. En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso SUR, la Fiscalía pide nueve meses de inhabilitación para cargo o empleo público para la exregidora, a la que considera inductora de un presunto delito de omisión del deber de impedir delitos. Para el agente, la solicitud de inhabilitación se eleva a dos años.

Las diligencias se han sobreseído en el caso de otro policía local, a petición del propio Ministerio Público, que mantiene que no ha quedado acreditado que el agente participara en la ocultación de uno de los atestados. Tampoco se sentará en el banquillo, a pesar de haber estado imputado durante parte de la instrucción, el periodista José María García. El conocido locutor radiofónico también realizó una llamada, en este caso a la Jefatura de la Policía Local, interesándose por la situación de su sobrino, pero el juez considera que no existen indicios de criminalidad por parte de García de haber inducido a la desaparición del atestado
Los hechos, que deberán ser enjuiciados en la Audiencia Provincial de Málaga, se remontan hasta febrero de 2004, cuando se presentó la denuncia contra el fotógrafo Diego Arrabal por conducir bajos los efectos del alcohol. Los otros dos atestados se instruyeron en el año 2005. Las multas, sin embargo, no salieron a la luz hasta julio de 2007, cuando el agente José María Sánchez dio a conocer su existencia.

Según el policía local, los expedientes se encontraban en un sobre cerrado que entregó Francisco Javier Martín, con el propósito de recogerlo posteriormente, el 30 de marzo de 2006, el mismo día en que se registró la Jefatura en el marco de la 'Operación Malaya'. Los documentos, según Sánchez, habrían estado olvidados en un cajón alrededor de un año sin que Martín se los hubiera reclamado. Según su versión, solo reparó en el sobre al ordenar el cajón y fue entonces cuando descubrió en su interior los atestados y dio a conocer los hechos.

La denuncia dio lugar a unas diligencias que se han prolongado durante más de cuatro años. El pasado enero el titular del Juzgado de Instrucción número 4, Jaime María Serret, decretó la apertura del juicio oral, una vez presentado el escrito de acusación por parte de la Fiscalía, que considera que Marisol Yagüe impartió órdenes e hizo las gestiones oportunas para ocultar el atestado sobre Borja Fraile, mientras que Del Pozo hizo lo mismo en lo que respecta a los otros dos expedientes policiales. Según el juez, en el caso del exjefe de la Policía Local existen pruebas que le vinculan con la ocultación de los atestados.

Por su parte, la imputación del agente que sacó a la luz las multas viene derivada, según el instructor del caso, por una serie de «contradicciones» en sus declaraciones y las dudas que ofrece su versión sobre el hallazgo de los atestados.

Para el abogado Javier Muriel, que ejerce la defensa del policía, el hecho resulta, «cuanto menos, paradójico». «Es incongruente que se pretenda acusar de un delito de omisión de perseguir delitos precisamente a la persona que denunció la supuesta conducta irregular», destaca el letrado.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2634 en: 22 de Marzo de 2011, 10:35:07 am »
Juicio a cinco policías y tres vecinos por presunta agresión

Una intervención por gamberrismo acabó en una refriega.

22/03/2011 F. V.

La Sección Tercera de la Audiencia de Zaragoza tendrá que determinar, el próximo 28 de abril, si los cinco policías locales y los tres vecinos que se sentarán en el banquillo de los acusados mantuvieron una refriega en toda regla o si, por el contrario, una de las dos partes agredió a la otra, que se limitó a defenderse.

Los hechos se remontan a la madrugada del 10 de febrero del 2006, cuando, según el fiscal, que no imputa a los agentes, Juan G. B. propinó una patada a la puerta de cristal de un patio y lo rompió, causando daños por importe de 251 euros. El 092 fue alertado y se presentó una patrulla que localizó en otra calle al presunto gamberro, a quien acompañaban otras dos personas que se negaron a identificarse. A estos se añadieron otros individuos que bajaron de un domicilio cercano, donde al parecer vivía el sospechoso.

El ministerio público, que pide un año y medio de prisión por atentado para los tres miembros de la minoría étnica, los vecinos rodearon a los guardias, uno de los cuales recibió una patada en los genitales, propinado supuestamente por otra acusada, Silvia C. J. Otro acusado, padre del primero, dice el fiscal, arrebató una porra a un agente y le golpeó con ella en el ojo.

La defensa de los vecinos, que pide condenas de seis meses para los agentes, mantiene que Juan G. B. se hallaba en su casa con sus familiares cuando fue abordado "bruscamente" por los componentes de una patrulla. Asimismo afirma que los vecinos se limitaron a defenderse ante la agresión de que eran objeto y que no lesionaron a los policías.

Desconectado elcalandracas

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2635 en: 22 de Marzo de 2011, 13:47:32 pm »
que pide un año y medio de prisión por atentado para los tres miembros de la minoría étnica,
Ah si, esto es tremendamente importante a la hora de dictar sentencia.

Sr. escriba (que no periodista), se podia ir Vd. a tomar por el orto.

Desconectado Heracles_Pontor

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2636 en: 22 de Marzo de 2011, 13:52:18 pm »
que pide un año y medio de prisión por atentado para los tres miembros de la minoría étnica,
Ah si, esto es tremendamente importante a la hora de dictar sentencia.

Sr. escriba (que no periodista), se podia ir Vd. a tomar por el orto.


 :pen: . . . bueno, en los manuales de estilo es una forma no racista de decir "gitanacos", pero con discriminación positiva, que ahora se lleva mucho . . .  ;fum;

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Desconectado elcalandracas

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2637 en: 22 de Marzo de 2011, 14:21:20 pm »
que pide un año y medio de prisión por atentado para los tres miembros de la minoría étnica,
Ah si, esto es tremendamente importante a la hora de dictar sentencia.

Sr. escriba (que no periodista), se podia ir Vd. a tomar por el orto.


 :pen: . . . bueno, en los manuales de estilo es una forma no racista de decir "gitanacos", pero con discriminación positiva, que ahora se lleva mucho . . .  ;fum;
Si, aparte que si no podrian tildarse de racistas y xenofobos, y nunca jamas poner en duda la integracion de esta "minoria etnica"... :Enfadado_1

pacodeasis

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2638 en: 22 de Marzo de 2011, 16:06:11 pm »
El TS condena a dos policías locales por romper dos costillas a un detenido
EFE , Madrid

El Tribunal Supremo ha condenado a un año y nueve meses de prisión a dos policías municipales de Madrid por romper dos costillas a un hombre al que detuvieron por protagonizar un altercado en una discoteca y al que golpearon en el calabozo de la comisaría.

Así lo ha acordado la sala de lo penal del Supremo en una sentencia, en la que estima parcialmente el recurso del detenido, Alí I., contra la dictada en noviembre de 2009 por la Audiencia de Madrid, que absolvió a los agentes y condenó al recurrente al pago de una multa de 60 euros por una falta contra el orden público.

El Supremo condena ahora a los agentes David S. y José S. a dicha pena y al pago de una indemnización de 7.808 euros por un delito de lesiones con la agravante de abuso de autoridad.

Además, declara la responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento de Madrid.

Los hechos tuvieron lugar a altas horas de la madrugada del 30 de abril de 2006 cuando los policías se personaron en una discoteca en la carrera de San Jerónimo de la capital al ser avisados de que se había producido un altercado en dicho lugar.

En el altercado había intervenido el recurrente y al llegar al lugar David S. fue a hablar con los porteros del establecimiento, mientras que José S. se dirigió a Alí I., quien quiso bajarse los pantalones, momento en el que el agente le cogió por los brazos para evitarlo.

Pese a ello el recurrente consiguió soltar un brazo y como consecuencia de la inercia de la fuerza ejercida para ello impactó con el codo en la mandíbula del policía.

Al observar tal hecho, el otro agente acudió para reducir al acusado, tirándole al suelo, y lo detuvo.

Al lugar acudió otra dotación policial, cuyos agentes llevaron a su compañero a un centro sanitario, mientras que Alí I. fue llevado a un calabozo de la comisaría de la Policía Nacional del distrito de Leganitos, donde los acusados le golpearon repetidas veces.

El detenido al quejarse fue llevado a un hospital, donde se le apreció la fractura de dos costillas del costado izquierdo.

La Audiencia Provincial no condenó a los policías al considerar que la imputación hacia ellos debía ser considerada con prudencia, ya que podía haber ánimo de venganza o enemistad a consecuencia de lo sucedido en la discoteca.

Sin embargo, ahora el Alto Tribunal concluye que "la versión del recurrente se ve corroborada por los partes médicos, que deben de ser considerados como documentos que acreditan el error del juzgador".

Según añade la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Antonio Martín Pallín, se trata de un "grave comportamiento, que menoscaba la dignidad e integridad exigible a los funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley".




Si yo fuera de estos que cualquier excusa es buena para justificar mi" no trabajo", guardaria esta sentencia como oro en paño, para autojustificarme y justificarme ante los demas.

Desconectado 47ronin

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2639 en: 22 de Marzo de 2011, 17:01:48 pm »
Me gustaría leer la argumentación que hace para modificar la de la AP.

Cuando esté publicada en el CENDOJ debatimos sobre ella.