Los dos policías locales de El Puerto, absueltos de lesionar a dos detenidos
La Audiencia Provincial considera no probados los hechos que ocurrieron hace cinco años, tal y como sostenía la Fiscalía
A.R. / Cádiz | Actualizado 11.10.2011 - 05:01
La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha absuelto a los dos policías locales de El Puerto que fueron sometidos a juicio hace un par de semanas acusados de humillar y golpear a dos personas que detuvieron en un incidente de hace cinco años en la ciudad portuense. Sólo la acusación particular mantuvo la petición de 18 meses de prisión para los agentes, dos multas y tres años de inhabilitación profesional, mientras que la Fiscalía, tal y como ha decidido finalmente el tribunal, pedía la absolución de los mismos, al considerar que no había prueba alguna de los hechos.
Según confirmó la acusación particular a este medio, la sentencia ha considerado no probados que los dos policías se excedieran en el ejercicio de sus funciones en la detención de sus clientes. Los hechos se desencadenaron hace cinco años cuando los agentes observaron que los dos ocupantes de un ciclomotor circulaban sin casco y al hacer caso omiso a que se detuviera continuó por dirección prohibida hasta la calle doctor Marañón. Allí se desviaban las dos versiones: la de los policías, que dijeron que el joven reaccionó de modo violento al pedirle la documentación y que le pegó a uno, y que un cuñado del joven le dio un cabezazo a otro agente. Y la de los detenidos entonces, que defendían que tras bajarse de la moto un policía le agarró al intentar ir por ella, que lo tiró al suelo y que empezaron a pegarle, y que cuando su cuñado se acercó le pusieron la zancadilla y se fue al suelo.
La Audiencia ha resuelto finalmente a favor de los agentes. No dan credibilidad a los testigos presentados por la defensa y sí a los testigos policías que corroboraron la versión de los agentes. Se basa también en las supuestas contradicciones de los detenidos en el relato, algo que la acusación cree lógico al haber pasado cinco años. Además explica que los partes sanitarios no coinciden con las lesiones. Sin embargo, no condena a la acusación particular, que de momento no pretende recurrir el fallo, al pago de las costas.
El tiempo pasado tras el incidente hizo que se considerase prescrito el supuesto delito cometido por los detenidos de atentado a los agentes, y que seguía un procedimiento distinto. La Fiscalía sí solicitaba para ellos una pena de prisión pero en marzo de 2010 un auto judicial dijo que ya no era necesario juzgarlos, porque si había delito, ya había prescrito.