Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 814034 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3020 en: 18 de Octubre de 2011, 14:11:02 pm »
Un policía de Talavera se enfrenta a 4 años de cárcel por poner presuntamente una multa falsa a un coche
...


Y mi pregunta...y por qué?

Juicio en la Audiencia de Toledo
Los denunciados dicen que la relación con el policía era "mala"

Toledo - Provincia | A.Portillo 

El matrimonio, que fue multado por un Policía Local vecino de su misma urbanización en Talavera de la Reina, el 29 de agosto del 2008, han sostenido quela relación que mantenían con el acusado era "mala", algo que ha desmentido éste asegurando que "no era ni buena ni mala".

El juicio se ha celebrado esta mañana en la Audiencia Provincial.Durante el juicio celebrado esta misma mañana en la Audiencia Provincial de Toledo, el agente de la Policía Local, acusado de un delito de falsedad en documento público y prevaricación por presunta denuncia falsa, ha insistido en su inocencia asegurando que se limitó a denunciar al presunto autor de la infracción, a María Nieves M., por hacer uso indiscriminado de las señales acústicas y ha aclarado que no llegó a identificar la matrícula del vehículo.

El Ministerio Fiscal le ha recordado que el vehículo que el Policía anotó en el boletín de denuncia no podía ser el que hacía constar porque tal como ha corroborado el propietario del concesionario Citröen de Talavera, la furgoneta modelo Jumpy denunciada había sido entregada a este establecimiento el día 16 de julio del 2008, algo más de un mes antes de los hechos denunciados.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3021 en: 18 de Octubre de 2011, 16:46:44 pm »
http://www.europapress.es/sociedad/noticia-ts-asigna-piso-mujer-hijos-vivan-padre-20111018162626.html

El TS asigna el piso a una mujer aunque los hijos vivan con el padre

MADRID, 18 Oct. (EUROPA PRESS) -

   El Tribunal Supremo ha hecho pública este martes una sentencia en la que concede el uso de la vivienda familiar a la ex mujer pese a que su hijos viven con el padre al considerar que, una vez alcanzada la mayoría de edad de aquéllos, debe estarse al "interés del cónyuge más necesitado".

   El Pleno de la Sala de lo Civil del alto tribunal estima parcialmente la demanda de la mujer contra el criterio de la Audiencia Provincial de Cantabria, que había concedido el uso de la vivienda a su ex marido. Además de mantener a los hijos, el hombre pasó durante 15 años a su ex esposa una pensión compensatoria de 500 euros.

    Durante los 24 años que duró el matrimonio, la esposa se dedicó exclusivamente al cuidado de la familia, careciendo de titulación y experiencia profesional, unas circunstancias que en su día la Audiencia de Cantabria ya valoró que limitaban sus posibilidades a la hora de acceder al mercado laboral.

    En este caso, los diez magistrados que componen la Sala de lo Civil del alto tribunal han determinado cuál es el interés más necesitado de protección a la hora de atribuir el uso de la vivienda familiar cuando aún conviven en ella hijos mayores de edad.

NO SIEMPRE LOS HIJOS

   La Audiencia Provincial consideró, apoyándose en el artículo 96 del Código Civil, que el interés más necesitado de protección siempre es el de los hijos, ya sean menores o mayores de edad, y por ello atribuyó el uso al padre, con quien habían manifestado su voluntad de residir.

   Sin embargo, el Supremo acoge la tesis según la cual, en orden a atribuir el uso del domicilio familiar, no es igual la protección dispensada a los hijos menores que a los mayores de edad, con la consecuencia de que, una vez alcanzada la mayoría de edad, el interés de los hijos no va a resultar determinante como criterio de concesión de uso de la vivienda.

   En este caso, por ser la esposa la titular del interés más necesitado de protección, la Sala le atribuye el uso de la vivienda hasta la liquidación del régimen económico matrimonial.

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Que continue!!!!

 ,,)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3022 en: 18 de Octubre de 2011, 16:49:09 pm »
http://www.europapress.es/sociedad/noticia-absuelven-mujer-tosquedad-estafa-20111018162051.html

Absuelven a una mujer por la "tosquedad" de su estafa

SANTANDER, 18 Oct. (EUROPA PRESS) -

   La Audiencia de Cantabria ha absuelto de un delito de estafa a una mujer que alquiló un coche haciéndose pasar por otra persona por la "tosquedad" de los medios que empleó: un permiso de conducir en el que se notaba que la foto no se correspondía con ella.

   Los hechos sucedieron en junio de 2007, cuando la acusada se desplazó a la empresa y logró alquilar un vehículo, que debía entregar al día siguiente, en un compromiso que incumplió. El coche no sería devuelto --con un golpe-- hasta diez días después, cuando ya había recorrido 1.180 kilómetros.

   Una sentencia previa, del Juzgado de lo Penal número 4 de Santander, la condenaba a seis meses de prisión por un delito de estafa.

   La acusada lo recurrió apelando a lo "burdo" del engaño, un argumento que asume ahora la Sección Tercera de la Audiencia Provincial pese a constatar que la propia apelante lo mencionaba "de pasada".

   Para alquilar el coche, la empleada que la atendió el permiso de conducir. La dependienta observó que la foto no coincidía con el aspecto de quien lo presentaba, y así se lo preguntó, pero, al responderla esta que se había teñido el pelo, la trabajadora aceptó la versión, pidiéndole el DNI, que la acusada no le dio al no llevar encima. La complexión física también era distinta.

   En la sentencia se admite que hubo intención de estafar por su pretensión de disfrutar de un vehículo sin pagar nada a cambio y valiéndose de engaños.

   En el recurso la acusada decía que el engaño era "burdo", pero no explicaba por qué. Aún así, la Audiencia analiza los hechos y recuerda que para que unos hechos sean considerados como un delito de estafa, el engaño debe ser "bastante", ya que no vale "cualquier clase de engaño".

   Y en este caso, la sentencia asegura que el engaño es "tan burdo" que "difícilmente" hubiera podido tener éxito si la dependienta hubiera mostrado una "mínima diligencia".

   Añade que si la propia empleada notó las diferencias, el mismo hecho de que no quisiera enseñarle el DNI "debió haberla convencido de que no era su titular".

   "Cualquier dependiente de establecimiento comercial se habría percatado y hubiera suspendido la operación hasta que se aportara otro documento más convincente", le recrimina la Audiencia Provincial, que además, hace hincapié en que la trabajadora "no es una persona sin conocimientos de las relaciones comerciales de cara al público, sino una dependienta habituada a tales actividades".

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 ,,) Que siga!

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3023 en: 18 de Octubre de 2011, 16:57:34 pm »
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Para alquilar el coche, la empleada que la atendió el permiso de conducir. La dependienta observó que la foto no coincidía con el aspecto de quien lo presentaba, y así se lo preguntó, pero, al responderla esta que se había teñido el pelo, la trabajadora aceptó la versión, pidiéndole el DNI, que la acusada no le dio al no llevar encima. La complexión física también era distinta.

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   Y en este caso, la sentencia asegura que el engaño es "tan burdo" que "difícilmente" hubiera podido tener éxito si la dependienta hubiera mostrado una "mínima diligencia".

   Añade que si la propia empleada notó las diferencias, el mismo hecho de que no quisiera enseñarle el DNI "debió haberla convencido de que no era su titular".

   "Cualquier dependiente de establecimiento comercial se habría percatado y hubiera suspendido la operación hasta que se aportara otro documento más convincente", le recrimina la Audiencia Provincial, que además, hace hincapié en que la trabajadora "no es una persona sin conocimientos de las relaciones comerciales de cara al público, sino una dependienta habituada a tales actividades".

El requisito de la estafa es básicamente el engaño, si el engaño es "tosco" y además te estás percatando que algo ocurre...el delito no se hubiese producido si la dependienta hubiese rechazado la operación, y a la par, hubiese llamado a la policía para que comprobase el documento pero... le pudo la "ambición" a la hora de cerrar el trato.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3024 en: 18 de Octubre de 2011, 16:58:51 pm »
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Para alquilar el coche, la empleada que la atendió el permiso de conducir. La dependienta observó que la foto no coincidía con el aspecto de quien lo presentaba, y así se lo preguntó, pero, al responderla esta que se había teñido el pelo, la trabajadora aceptó la versión, pidiéndole el DNI, que la acusada no le dio al no llevar encima. La complexión física también era distinta.

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   Y en este caso, la sentencia asegura que el engaño es "tan burdo" que "difícilmente" hubiera podido tener éxito si la dependienta hubiera mostrado una "mínima diligencia".

   Añade que si la propia empleada notó las diferencias, el mismo hecho de que no quisiera enseñarle el DNI "debió haberla convencido de que no era su titular".

   "Cualquier dependiente de establecimiento comercial se habría percatado y hubiera suspendido la operación hasta que se aportara otro documento más convincente", le recrimina la Audiencia Provincial, que además, hace hincapié en que la trabajadora "no es una persona sin conocimientos de las relaciones comerciales de cara al público, sino una dependienta habituada a tales actividades".

El requisito de la estafa es básicamente el engaño, si el engaño es "tosco" y además te estás percatando que algo ocurre...el delito no se hubiese producido si la dependienta hubiese rechazado la operación, y a la par, hubiese llamado a la policía para que comprobase el documento pero... le pudo la "ambición" a la hora de cerrar el trato.
La culpa es de ella, que iba muy apretada e incitaba.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3025 en: 18 de Octubre de 2011, 17:01:56 pm »
La culpa es claramente de la dependienta que debió insistir en la aportación del DNI...o en su defecto abortar la contratación ante la falta de aquél.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3026 en: 18 de Octubre de 2011, 17:05:19 pm »
La culpa es claramente de la dependienta que debió insistir en la aportación del DNI...o en su defecto abortar la contratación ante la falta de aquél.
No digo que no.

Pero de ahi a "exculpar"...

 ,,)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3027 en: 18 de Octubre de 2011, 17:05:49 pm »
El engaño ha de ser "bastante"... te lo recuerda la sentencia.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3028 en: 18 de Octubre de 2011, 17:07:40 pm »
El engaño ha de ser "bastante"... te lo recuerda la sentencia.
Y como establece el juez si es bastante o no para el que ha sufrido el engaño?

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3029 en: 18 de Octubre de 2011, 17:11:39 pm »
El engaño ha de ser "bastante"... te lo recuerda la sentencia.
Y como establece el juez si es bastante o no para el que ha sufrido el engaño?

Por la "tosquedad" en la "falsificación" del documento con la foto del permiso de conducir que no coincidía con la persona que pretendía alquilar el coche...y de la que además la dependienta duda.
« Última modificación: 18 de Octubre de 2011, 17:18:55 pm por 47ronin »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3030 en: 18 de Octubre de 2011, 17:16:10 pm »
y de la que además la dependienta duda.
Me quedo con esto, que ya se sabe que en este pais los jueces son "mu listos" y a ellos no les engañan nunca.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3031 en: 18 de Octubre de 2011, 17:18:28 pm »
y de la que además la dependienta duda.
Me quedo con esto, que ya se sabe que en este pais los jueces son "mu listos" y a ellos no les engañan nunca.

Sin duda pueden ser engañados si el autor representa su papel dentro del teatrillo judicial...pero...dentro de ese engaño, que ha de ser "bastante", para la comisión del delito, la entrega de un documento con la foto de otra persona no entra en ese "bastante".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3032 en: 18 de Octubre de 2011, 17:21:24 pm »
y de la que además la dependienta duda.
Me quedo con esto, que ya se sabe que en este pais los jueces son "mu listos" y a ellos no les engañan nunca.

Sin duda pueden ser engañados si el autor representa su papel dentro del teatrillo judicial...pero...dentro de ese engaño, que ha de ser "bastante", para la comisión del delito, la entrega de un documento con la foto de otra persona no entra en ese "bastante".
Hubiese sido suficiente para detener a alguien por usurpacion de identidad, en base a este juez?

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3033 en: 18 de Octubre de 2011, 18:05:24 pm »
– ¿En qué supuestos podría aplicarse el delito de usurpación de estado civil que contempla el 401 del Código Penal?

Desde 1995 el uso público de nombre supuesto o de perfil inventado no se persigue por lo que únicamente podría aplicarse el 401 del Código Penal en casos de usurpación de identidad civil, es decir, cuando una persona se hace pasar por otra. Para que la conducta encaje en el tipo penal, los tribunales están exigiendo que esa usurpación sea completa o cuasi completa; no bastaría con tomar únicamente la edad, el estado civil o el nombre de pila.

http://www.pabloburgueno.com/2009/07/colaborando-con-la-agencia-efe-para-un-articulo-sobre-identidades-falsas/




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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3034 en: 18 de Octubre de 2011, 18:07:59 pm »
DELITO DE USURPACION ESTADO CIVIL
¿QUE DICE LA JURISPRUDENCIA SOBRE EL DELITO DE USURPACIÓN DE ESTADO CIVIL? ¿SERÍA PRESUNTO DELITO DE USURPACIÓN DE ESTADO CIVIL EL HECHO DE QUE UN SUJETO SE IDENTIFIQUE CON DNI, PASAPORTE O SIMILIAR DE OTRA PERSONA, Y QUE ADEMÁS INSISTA EN QUE ES ESA SU IDENTIDAD?

"El artículo 401 del Código Penal vigente, de contenido idéntico al 470 del derogado, castiga con las correspondientes penas al "que usurpare el estado civil de otro". El verbo usurpar en su acepción gramatical significa quitar a uno lo suyo y en su más amplia, arrogarse la dignidad, empleo u oficio de otro, esto es fingir su personalidad para usar de los derechos que le pertenecen.
Según sostiene la doctrina, este delito está constituido por la ficción del agente de ser una persona ajena con ánimo de usar de sus derechos y por ello, no es bastante para la existencia de tal delito arrogarse una personalidad ajena asumiendo el nombre de otro, ya que, como ha declarado la jurisprudencia, es condición precisa que la sustitución de persona se lleve a cabo para usar de sus derechos y acciones (sentencias 15 de diciembre de 1982 y 26-3-1991)."

"Del denominado delito doctrinalmente se han dado muchas definiciones, la más antigua de ellas entiende que "usurpar el estado civil de una persona es fingirse ella misma para usar de sus derechos, es suplantar su filiación, su paternidad, sus derechos conyugales, es la falsedad, aplicada a la persona y con el ánimo de sustituirse por otra real y verdadera"; añadiendo que "no es bastante, para la existencia del delito, con arrogarse una personalidad ajena, asumiendo el nombre de otro para un acto concreto".No es suficiente, por tanto, el hecho enseñar el DNI e insistir en que se es otra persona.

http://foros.derecho.com/showthread.php/29273-DELITO-DE-USURPACION-ESTADO-CIVIL



Como ves...NO.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3035 en: 18 de Octubre de 2011, 20:55:40 pm »
El engaño ha de ser "bastante"... te lo recuerda la sentencia.
Y como establece el juez si es bastante o no para el que ha sufrido el engaño?

Con algo tan sencillo como que no hubiera generado ningún tipo de duda a la dependeienta........lo cual no ha sido el caso.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3036 en: 18 de Octubre de 2011, 21:07:26 pm »
El engaño ha de ser "bastante"... te lo recuerda la sentencia.
Y como establece el juez si es bastante o no para el que ha sufrido el engaño?

Con algo tan sencillo como que no hubiera generado ningún tipo de duda a la dependeienta........lo cual no ha sido el caso.
Por eso entiendo que el "quid" de la sentencia son las dudas de la dependendienta, y su negligencia, y no tanto la interpretacion del juez sobre la tosquedad del engaño.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3037 en: 18 de Octubre de 2011, 21:13:48 pm »
El engaño ha de ser "bastante"... te lo recuerda la sentencia.
Y como establece el juez si es bastante o no para el que ha sufrido el engaño?

Con algo tan sencillo como que no hubiera generado ningún tipo de duda a la dependeienta........lo cual no ha sido el caso.
Por eso entiendo que el "quid" de la sentencia son las dudas de la dependendienta, y su negligencia, y no tanto la interpretacion del juez sobre la tosquedad del engaño.

Es que S.Sª. dice que es precisamente esa tosquedad, tan burda, que en su propia ""burdez"" hace que el engaño no sea "bastante" siendo el resultado del "burdo" la duda de la dependienta.........y no la duda en si misma.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3038 en: 18 de Octubre de 2011, 21:51:16 pm »
El engaño ha de ser "bastante"... te lo recuerda la sentencia.
Y como establece el juez si es bastante o no para el que ha sufrido el engaño?

Con algo tan sencillo como que no hubiera generado ningún tipo de duda a la dependeienta........lo cual no ha sido el caso.
Por eso entiendo que el "quid" de la sentencia son las dudas de la dependendienta, y su negligencia, y no tanto la interpretacion del juez sobre la tosquedad del engaño.

Es que S.Sª. dice que es precisamente esa tosquedad, tan burda, que en su propia ""burdez"" hace que el engaño no sea "bastante" siendo el resultado del "burdo" la duda de la dependienta.........y no la duda en si misma.
Yo no lo veo asi, pero bueno. El calificativo de tosco y burdo, S.Sª se lo podia haber ahorrado.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3039 en: 18 de Octubre de 2011, 22:01:57 pm »
El calificativo de tosco y burdo, S.Sª se lo podia haber ahorrado.

Por??

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede