Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 752776 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3040 en: 18 de Octubre de 2011, 22:05:00 pm »
El calificativo de tosco y burdo, S.Sª se lo podia haber ahorrado.

Por??
Porque quiza la dependienta no tenga los conocimientos sobre falsificacion que tenga S.Sª, por tanto a ella no le hubiese parecido tan burda, simplemente le ha hecho dudar.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3041 en: 18 de Octubre de 2011, 22:08:45 pm »
El calificativo de tosco y burdo, S.Sª se lo podia haber ahorrado.

Por??
Porque quiza la dependienta no tenga los conocimientos sobre falsificacion que tenga S.Sª, por tanto a ella no le hubiese parecido tan burda, simplemente le ha hecho dudar.

Pos vale.......

   
 La dependienta observó que la foto no coincidía con el aspecto de quien lo presentaba,
 


....pero para ver que la persona de la foto no es la misma que se tiene delante no es la misma no son necesarios conocimientos de falsificacion o documentoscopia.......que aunque el color del pelo sea ditinto el resto de rasgos siguen difiriendo.

Pero weno.........

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3042 en: 18 de Octubre de 2011, 22:10:39 pm »

....pero para ver que la persona de la foto no es la misma que se tiene delante no es la misma no son necesarios conocimientos de falsificacion o documentoscopia.......que aunque el color del pelo sea ditinto el resto de rasgos siguen difiriendo.

Pero weno.........
Repito que no creo que le corresponda al juez calificar el engaño, porque por esa regla de tres, si tuviesemos que calificar segun que sentencias judiciales...

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3043 en: 18 de Octubre de 2011, 22:14:02 pm »
Repito que no creo que le corresponda al juez calificar el engaño, porque por esa regla de tres, si tuviesemos que calificar segun que sentencias judiciales...

                :ojones  :ojones  :ojones  :ojones

 a quien le corresponde........a ti??   

Y en cualquier caso no es que haya calificado......es que ha sentenciado........tal y como ha de hacer.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3044 en: 18 de Octubre de 2011, 22:20:05 pm »
Repito que no creo que le corresponda al juez calificar el engaño, porque por esa regla de tres, si tuviesemos que calificar segun que sentencias judiciales...

                :ojones  :ojones  :ojones  :ojones

 a quien le corresponde........a ti??   

Y en cualquier caso no es que haya calificado......es que ha sentenciado........tal y como ha de hacer.
A ver. Que no debe ponerle un adjetivo calificativo al engaño, pues a mi juicio, lleva un menosprecio a una de las partes.

A ver si a la tercera ya...

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3045 en: 18 de Octubre de 2011, 22:23:21 pm »
Repito que no creo que le corresponda al juez calificar el engaño, porque por esa regla de tres, si tuviesemos que calificar segun que sentencias judiciales...

                :ojones  :ojones  :ojones  :ojones

 a quien le corresponde........a ti??   

Y en cualquier caso no es que haya calificado......es que ha sentenciado........tal y como ha de hacer.
A ver. Que no debe ponerle un adjetivo calificativo al engaño, pues a mi juicio, lleva un menosprecio a una de las partes.

A ver si a la tercera ya...

Si te hace feliz........puede seguir jugando con tu pelotita.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3046 en: 18 de Octubre de 2011, 22:30:35 pm »
Repito que no creo que le corresponda al juez calificar el engaño, porque por esa regla de tres, si tuviesemos que calificar segun que sentencias judiciales...

                :ojones  :ojones  :ojones  :ojones

 a quien le corresponde........a ti??   

Y en cualquier caso no es que haya calificado......es que ha sentenciado........tal y como ha de hacer.
A ver. Que no debe ponerle un adjetivo calificativo al engaño, pues a mi juicio, lleva un menosprecio a una de las partes.

A ver si a la tercera ya...

Si te hace feliz........puede seguir jugando con tu pelotita.
Si te la tiro vas a por ella? Anda que si he estado perdiendo el tiempo todo este rato...

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3047 en: 18 de Octubre de 2011, 22:43:59 pm »
Si te la tiro vas a por ella? Anda que si he estado perdiendo el tiempo todo este rato...

Mira que te gusta jugar con los mayores........pero en tú caso querer no es poder.
Ya se sabe que los mayores desvarian, se les va la olla y se creen en posesion de la verdad suprema.

Luego la realidad suele ser dura.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3048 en: 18 de Octubre de 2011, 22:49:40 pm »
Y eso es bastante más duro de asumir....debido a la falta de maudrez principalmente.......entre otras cosas.
Si, la verdad, tiene que ser complicado para ti, figura, pero con labocane todo se hace mas llevadero.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3049 en: 18 de Octubre de 2011, 22:52:02 pm »
– ¿En qué supuestos podría aplicarse el delito de usurpación de estado civil que contempla el 401 del Código Penal?

Desde 1995 el uso público de nombre supuesto o de perfil inventado no se persigue por lo que únicamente podría aplicarse el 401 del Código Penal en casos de usurpación de identidad civil, es decir, cuando una persona se hace pasar por otra. Para que la conducta encaje en el tipo penal, los tribunales están exigiendo que esa usurpación sea completa o cuasi completa; no bastaría con tomar únicamente la edad, el estado civil o el nombre de pila.

http://www.pabloburgueno.com/2009/07/colaborando-con-la-agencia-efe-para-un-articulo-sobre-identidades-falsas/


DELITO DE USURPACION ESTADO CIVIL
¿QUE DICE LA JURISPRUDENCIA SOBRE EL DELITO DE USURPACIÓN DE ESTADO CIVIL? ¿SERÍA PRESUNTO DELITO DE USURPACIÓN DE ESTADO CIVIL EL HECHO DE QUE UN SUJETO SE IDENTIFIQUE CON DNI, PASAPORTE O SIMILIAR DE OTRA PERSONA, Y QUE ADEMÁS INSISTA EN QUE ES ESA SU IDENTIDAD?

"El artículo 401 del Código Penal vigente, de contenido idéntico al 470 del derogado, castiga con las correspondientes penas al "que usurpare el estado civil de otro". El verbo usurpar en su acepción gramatical significa quitar a uno lo suyo y en su más amplia, arrogarse la dignidad, empleo u oficio de otro, esto es fingir su personalidad para usar de los derechos que le pertenecen.
Según sostiene la doctrina, este delito está constituido por la ficción del agente de ser una persona ajena con ánimo de usar de sus derechos y por ello, no es bastante para la existencia de tal delito arrogarse una personalidad ajena asumiendo el nombre de otro, ya que, como ha declarado la jurisprudencia, es condición precisa que la sustitución de persona se lleve a cabo para usar de sus derechos y acciones (sentencias 15 de diciembre de 1982 y 26-3-1991)."

"Del denominado delito doctrinalmente se han dado muchas definiciones, la más antigua de ellas entiende que "usurpar el estado civil de una persona es fingirse ella misma para usar de sus derechos, es suplantar su filiación, su paternidad, sus derechos conyugales, es la falsedad, aplicada a la persona y con el ánimo de sustituirse por otra real y verdadera"; añadiendo que "no es bastante, para la existencia del delito, con arrogarse una personalidad ajena, asumiendo el nombre de otro para un acto concreto".No es suficiente, por tanto, el hecho enseñar el DNI e insistir en que se es otra persona.

http://foros.derecho.com/showthread.php/29273-DELITO-DE-USURPACION-ESTADO-CIVIL



Como ves...NO.

Al margen del caso del que habláis... que desconozco cuando se produjo,  como sabéis hoy en día la referida conducta SÍ constituye delito.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3050 en: 18 de Octubre de 2011, 22:56:46 pm »
Al margen del caso del que habláis... que desconozco cuando se produjo,  como sabéis hoy en día la referida conducta SÍ constituye delito.

http://www.europapress.es/sociedad/noticia-absuelven-mujer-tosquedad-estafa-20111018162051.html 

Los hechos sucedieron en 2007, y por la fecha de la notica (hoy) la sentencia debe de ser reciente.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3051 en: 18 de Octubre de 2011, 23:00:38 pm »
Al margen del caso del que habláis... que desconozco cuando se produjo,  como sabéis hoy en día la referida conducta SÍ constituye delito.

http://www.europapress.es/sociedad/noticia-absuelven-mujer-tosquedad-estafa-20111018162051.html 

Los hechos sucedieron en 2007, y por la fecha de la notica (hoy) la sentencia debe de ser reciente.



Sí, insisto la setencia esta bien, lo que ha cambiado es el caso que exponía ronin.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3052 en: 19 de Octubre de 2011, 09:29:22 am »
– ¿En qué supuestos podría aplicarse el delito de usurpación de estado civil que contempla el 401 del Código Penal?

Desde 1995 el uso público de nombre supuesto o de perfil inventado no se persigue por lo que únicamente podría aplicarse el 401 del Código Penal en casos de usurpación de identidad civil, es decir, cuando una persona se hace pasar por otra. Para que la conducta encaje en el tipo penal, los tribunales están exigiendo que esa usurpación sea completa o cuasi completa; no bastaría con tomar únicamente la edad, el estado civil o el nombre de pila.

http://www.pabloburgueno.com/2009/07/colaborando-con-la-agencia-efe-para-un-articulo-sobre-identidades-falsas/


DELITO DE USURPACION ESTADO CIVIL
¿QUE DICE LA JURISPRUDENCIA SOBRE EL DELITO DE USURPACIÓN DE ESTADO CIVIL? ¿SERÍA PRESUNTO DELITO DE USURPACIÓN DE ESTADO CIVIL EL HECHO DE QUE UN SUJETO SE IDENTIFIQUE CON DNI, PASAPORTE O SIMILIAR DE OTRA PERSONA, Y QUE ADEMÁS INSISTA EN QUE ES ESA SU IDENTIDAD?

"El artículo 401 del Código Penal vigente, de contenido idéntico al 470 del derogado, castiga con las correspondientes penas al "que usurpare el estado civil de otro". El verbo usurpar en su acepción gramatical significa quitar a uno lo suyo y en su más amplia, arrogarse la dignidad, empleo u oficio de otro, esto es fingir su personalidad para usar de los derechos que le pertenecen.
Según sostiene la doctrina, este delito está constituido por la ficción del agente de ser una persona ajena con ánimo de usar de sus derechos y por ello, no es bastante para la existencia de tal delito arrogarse una personalidad ajena asumiendo el nombre de otro, ya que, como ha declarado la jurisprudencia, es condición precisa que la sustitución de persona se lleve a cabo para usar de sus derechos y acciones (sentencias 15 de diciembre de 1982 y 26-3-1991)."

"Del denominado delito doctrinalmente se han dado muchas definiciones, la más antigua de ellas entiende que "usurpar el estado civil de una persona es fingirse ella misma para usar de sus derechos, es suplantar su filiación, su paternidad, sus derechos conyugales, es la falsedad, aplicada a la persona y con el ánimo de sustituirse por otra real y verdadera"; añadiendo que "no es bastante, para la existencia del delito, con arrogarse una personalidad ajena, asumiendo el nombre de otro para un acto concreto".No es suficiente, por tanto, el hecho enseñar el DNI e insistir en que se es otra persona.

http://foros.derecho.com/showthread.php/29273-DELITO-DE-USURPACION-ESTADO-CIVIL



Como ves...NO.

Al margen del caso del que habláis... que desconozco cuando se produjo,  como sabéis hoy en día la referida conducta SÍ constituye delito.

La sentencia está bien pero tampoco le han aplicado el delito de usurpación, además las dos citas son recientes y tambiñén lo es este tema en otro foro, en el que como vemos se sigue manteniendo el contenido de esas citas en las que se refiere que el comportamiento ha de ir algo más que al uso de nombre supuesto para la ejecución de un acto.
http://www.foropolicia.es/foros/existiria-usurpacion-de-identidad-t76061.html

Aún asi estamos dfeseando conocer la variación que se haya producido respecto a ese uso en UN acto concreto.
« Última modificación: 19 de Octubre de 2011, 11:15:53 am por 47ronin »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3053 en: 19 de Octubre de 2011, 15:59:05 pm »
Tras la aprobación de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. la utilización de un documento valido (no falsificado) por alguien no legitimado (alguien distinto de su legítimo propietario) constituye un delito de falsedad documenal del artículo 400 bis del Código penal, que establece:

«En los supuestos descritos en los artículos 392, 393, 394, 396 y 399 de este Código también se entenderá por uso de documento, despacho, certificación o documento de identidad falsos el uso de los correspondientes documentos, despachos, certificaciones o documentos de identidad auténticos realizado por quien no esté legitimado para ello.»

Por tanto cuando una persona se identifica con el DNI, pasaporte... válido, de otro que se parece (ej, chinos...) comete delito de falsedad documental, este delito se crea precisamente para evitar que al quedar absueltos sistemáticamente por usurpación de estado civil, esa conducta quedara impune.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3054 en: 19 de Octubre de 2011, 16:04:49 pm »
Tras la aprobación de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. la utilización de un documento valido (no falsificado) por alguien no legitimado (alguien distinto de su legítimo propietario) constituye un delito de falsedad documenal del artículo 400 bis del Código penal, que establece:

«En los supuestos descritos en los artículos 392, 393, 394, 396 y 399 de este Código también se entenderá por uso de documento, despacho, certificación o documento de identidad falsos el uso de los correspondientes documentos, despachos, certificaciones o documentos de identidad auténticos realizado por quien no esté legitimado para ello.»

Por tanto cuando una persona se identifica con el DNI, pasaporte... válido, de otro que se parece (ej, chinos...) comete delito de falsedad documental, este delito se crea precisamente para evitar que al quedar absueltos sistemáticamente por usurpación de estado civil, esa conducta quedara impune.

Y el permiso de conducir?

 :mus;

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3055 en: 19 de Octubre de 2011, 16:14:19 pm »
Tras la aprobación de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. la utilización de un documento valido (no falsificado) por alguien no legitimado (alguien distinto de su legítimo propietario) constituye un delito de falsedad documenal del artículo 400 bis del Código penal, que establece:

«En los supuestos descritos en los artículos 392, 393, 394, 396 y 399 de este Código también se entenderá por uso de documento, despacho, certificación o documento de identidad falsos el uso de los correspondientes documentos, despachos, certificaciones o documentos de identidad auténticos realizado por quien no esté legitimado para ello.»

Por tanto cuando una persona se identifica con el DNI, pasaporte... válido, de otro que se parece (ej, chinos...) comete delito de falsedad documental, este delito se crea precisamente para evitar que al quedar absueltos sistemáticamente por usurpación de estado civil, esa conducta quedara impune.

Y el permiso de conducir?

 :mus;

 :carcaj
QUID PRO QUO

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3056 en: 19 de Octubre de 2011, 16:21:44 pm »
Es el "quid" de este caso...el permiso de conducir a todas luces en el formato antiguo y por lo tanto muy fácil de sustituir una foto por otra...pero..incluso en el formato moderno nos podríamos encontrar con que el Permiso de Conducir no sea considerado un documento que permita la identificación de su portador, toda vez que este documento sirve para votar...pero para las demás transacciones es el DNI y el Pasaporte los considerados válidos para la identificación, y si ese argumento es introducido, aún con la reforma que nos aporta escala, la sentencia iría en los mismos términos que la conocemos.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3057 en: 19 de Octubre de 2011, 16:27:57 pm »
Es el "quid" de este caso...el permiso de conducir a todas luces en el formato antiguo y por lo tanto muy fácil de sustituir una foto por otra...pero..incluso en el formato moderno nos podríamos encontrar con que el Permiso de Conducir no sea considerado un documento que permita la identificación de su portador, toda vez que este documento sirve para votar...pero para las demás transacciones es el DNI y el Pasaporte los considerados válidos para la identificación, y si ese argumento es introducido, aún con la reforma que nos aporta escala, la sentencia iría en los mismos términos que la conocemos.

Lamento llevarte la contaria, pero el artículo se refiere a las falsedades en: " documentos (en general), certificados, documentos de identidad..." por tanto utilizar un carné de conducir válido por una persona distinta de su legítimo propietario es, sin duda, conducta típica del nuevo artículo 400 bis.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3058 en: 19 de Octubre de 2011, 16:32:05 pm »
Tengo mis dudas por la "duda" constante sobre el Permiso de Conducir y su validez legal como documento oficial que sirva al propósito de la identificación, pues ese documento, facilmente falsificable ha sido rechazado y es actualmente, en la mayoría de las transacciones bancarias y comerciales...incluso hay funcionarios que se muestran "reacios" a considerarlo válido para tal fin.

Y el Juez que opinaría sobre ese argumento?

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3059 en: 19 de Octubre de 2011, 16:43:27 pm »
Tengo mis dudas por la "duda" constante sobre el Permiso de Conducir y su validez legal como documento oficial que sirva al propósito de la identificación, pues ese documento, facilmente falsificable ha sido rechazado y es actualmente, en la mayoría de las transacciones bancarias y comerciales...incluso hay funcionarios que se muestran "reacios" a considerarlo válido para tal fin.

Y el Juez que opinaría sobre ese argumento?

ronin,  no es necesario entrar a valorar si el carné de conducir sirve como documento para acreditar la identidad porque no hablamos de un delito de usurpación de estado civil y PRINCIPALMENTE porque el artículo dice claramente: "documentos (en general...), certificados, documentos de identidad" utilizados por alquien distinto del que está legitimado (el titular del documento). Así pues se comete el mismo delito de falsedad documental cuando se utliza el DNI de otro, el permiso de conducir de otro, la tarjeta santiaria de otro... y cualquier documento (público, oficial o mercantil) de otro sin estar legítimado.