Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 752533 veces)

Desconectado uidnoche

  • Profesional
  • Brontosaurus
  • **
  • Mensajes: 16581
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3220 en: 13 de Enero de 2012, 01:24:00 am »
El que no puedo pedir tanto es yo a vosotros, no hablo de GC, hablo de policía en general en España.
333

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3221 en: 13 de Enero de 2012, 01:27:14 am »
El que no puedo pedir tanto es yo a vosotros, no hablo de GC, hablo de policía en general en España.
:partirse :partirse :partirse
Old school Hollywood baseball...

Desconectado mephisto

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4688
  • Nunca olvido una cara, contigo haré una excepción
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3222 en: 13 de Enero de 2012, 02:07:06 am »
si, pero el que simula un atentado en un guardia....como ves, nos quedamos con lo peor de la recluta de los ultimos años....
Ignavi coram morte quidem animam trahunt, audaces autem illam non saltem advertunt

Desconectado uidnoche

  • Profesional
  • Brontosaurus
  • **
  • Mensajes: 16581
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3223 en: 13 de Enero de 2012, 02:08:12 am »
 :Burla Tienes PMM que a ese le dan cien mil vueltas.
333

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3224 en: 13 de Enero de 2012, 15:32:20 pm »
Cerca de 25 años de cárcel por la agresión a policías en Catabois

La Audiencia confirma las fuertes condenas por el altercado del 2004


Francisco Varela

ferrol / la voz  13 de enero de 2012 05:00

La Audiencia de A Coruña ha confirmado en todos sus extremos la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Ferrol que impuso hasta 25 años de cárcel a parte de los agresores de unos policías, en octubre del 2004, en un campamento de Catabois. El poblado completo se lanzó con estacas contra una patrulla policial que realizaba una investigación en la zona. Uno de los agentes perdió parcialmente la visión de un ojo, y otro la capacidad auditiva en uno de los oídos, como consecuencia de los golpes. Las indemnizaciones se aproximan a los 200.000 euros. Además de ratificar el fallo de la magistrado María Jesús García García, el tribunal provincial impone el pago de las costas de la acusación particular, ejercida por los agentes heridos.

Al ser firme ya la sentencia, el juzgado sentenciador dictará en breve las resoluciones para que los condenados ingresen en prisión para cumplir las penas. Los condenados son Marcial Camacho Salazar, Ramón Camacho Montoya, Pilar Salazar Jiménez, Juan Gabárriz Fernández, Manuel Gabárriz Jiménez, Edelmiro Gabarris Monteiro y Dorinda Camacho Salazar.

Se les condena por delitos de atentado con instrumento peligroso y delitos de lesiones con instrumento peligroso. La Audiencia acepta el criterio de la jueza de Ferrol de individualizar delito por delito y en cada caso de agente herido y no estimar el criterio de delitos «en concurso», como pedía en la apelación la defensa y que supondría un castigo inferior.



Agravantes

También en la sentencia del tribunal provincial se estima probada la participación de todos ellos en los hechos que se le imputan, que también se aceptan.

Igualmente, al ratificar el fallo de Ferrol, la Audiencia estima que hubo la la circunstancia agravante de abuso de superioridad sobre los agentes puesto que los dos primeros atacados se vieron desbordados por el numeroso grupo de personas que se abalanzó sobre ellos, portando instrumentos peligrosos. Los agentes que acudieron posteriormente en ayuda de sus compañeros, advertidos por el sistema de radio, también fueron recibidos a estacazos.



Legítima defensa

Tampoco acepta la Audiencia que los del poblado actuasen en legítima defensa o miedo insuperable, porque de los hechos analizados no se aprecia una agresión ilegítima por parte de los agentes. Los dos primeros habían entrado en el poblado al ver a un muchacho con un rifle de caza. Al uno de ellos pretender quitárselo, los chabolistas saltaron sobre los policías, que actuaban de paisano, pero se identificaron como tales.

De la misma forma se rechaza que los agentes se hubiesen extralimitado en su actuación.

Fue el altercado más grave con policías lesionados ocurrido en la zona de Ferrol en los últimos años. Alguno de los agentes aseguró que había temido por su vida.

La Audiencia considera también que la actuación de los agentes fue correcta a la vista de las lesiones leves que sufrieron los pobladores atacantes. Insiste en que no hubo legítima defensa por parte de los atacantes de los policías porque no se produjo «agresión ilegítima» por estos.

Confirma también el relato de hechos en el que se dice que Ramón Camacho Montoya arrebató de las manos la escopeta de caza que el agente le había quitado y luego golpeó con una barra de hierro y por la espalda al policía número 51.883.

Luego se produjo el ataque tumultuario de todos los residentes, hombre y mujeres, en este poblado de Catabois.

Desconectado loboferoz

  • Profesional
  • Gurú
  • **
  • Mensajes: 6186
  • fir na dlí (hombres de ley)
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3225 en: 13 de Enero de 2012, 16:10:14 pm »
Cerca de 25 años de cárcel por la agresión a policías en Catabois

La Audiencia confirma las fuertes condenas por el altercado del 2004


Francisco Varela

ferrol / la voz  13 de enero de 2012 05:00

La Audiencia de A Coruña ha confirmado en todos sus extremos la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Ferrol que impuso hasta 25 años de cárcel a parte de los agresores de unos policías, en octubre del 2004, en un campamento de Catabois. El poblado completo se lanzó con estacas contra una patrulla policial que realizaba una investigación en la zona. Uno de los agentes perdió parcialmente la visión de un ojo, y otro la capacidad auditiva en uno de los oídos, como consecuencia de los golpes. Las indemnizaciones se aproximan a los 200.000 euros. Además de ratificar el fallo de la magistrado María Jesús García García, el tribunal provincial impone el pago de las costas de la acusación particular, ejercida por los agentes heridos.

Al ser firme ya la sentencia, el juzgado sentenciador dictará en breve las resoluciones para que los condenados ingresen en prisión para cumplir las penas. Los condenados son Marcial Camacho Salazar, Ramón Camacho Montoya, Pilar Salazar Jiménez, Juan Gabárriz Fernández, Manuel Gabárriz Jiménez, Edelmiro Gabarris Monteiro y Dorinda Camacho Salazar.

Se les condena por delitos de atentado con instrumento peligroso y delitos de lesiones con instrumento peligroso. La Audiencia acepta el criterio de la jueza de Ferrol de individualizar delito por delito y en cada caso de agente herido y no estimar el criterio de delitos «en concurso», como pedía en la apelación la defensa y que supondría un castigo inferior.



Agravantes

También en la sentencia del tribunal provincial se estima probada la participación de todos ellos en los hechos que se le imputan, que también se aceptan.

Igualmente, al ratificar el fallo de Ferrol, la Audiencia estima que hubo la la circunstancia agravante de abuso de superioridad sobre los agentes puesto que los dos primeros atacados se vieron desbordados por el numeroso grupo de personas que se abalanzó sobre ellos, portando instrumentos peligrosos. Los agentes que acudieron posteriormente en ayuda de sus compañeros, advertidos por el sistema de radio, también fueron recibidos a estacazos.



Legítima defensa

Tampoco acepta la Audiencia que los del poblado actuasen en legítima defensa o miedo insuperable, porque de los hechos analizados no se aprecia una agresión ilegítima por parte de los agentes. Los dos primeros habían entrado en el poblado al ver a un muchacho con un rifle de caza. Al uno de ellos pretender quitárselo, los chabolistas saltaron sobre los policías, que actuaban de paisano, pero se identificaron como tales.

De la misma forma se rechaza que los agentes se hubiesen extralimitado en su actuación.

Fue el altercado más grave con policías lesionados ocurrido en la zona de Ferrol en los últimos años. Alguno de los agentes aseguró que había temido por su vida.

La Audiencia considera también que la actuación de los agentes fue correcta a la vista de las lesiones leves que sufrieron los pobladores atacantes. Insiste en que no hubo legítima defensa por parte de los atacantes de los policías porque no se produjo «agresión ilegítima» por estos.

Confirma también el relato de hechos en el que se dice que Ramón Camacho Montoya arrebató de las manos la escopeta de caza que el agente le había quitado y luego golpeó con una barra de hierro y por la espalda al policía número 51.883.

Luego se produjo el ataque tumultuario de todos los residentes, hombre y mujeres, en este poblado de Catabois.

:Ok ¡que se jodan!. :car;
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3226 en: 13 de Enero de 2012, 16:18:18 pm »
Y en el caso de que se declaren insolventes...que lo harán...el Estado deberá pagar aunque para ello los afectados hayan de iniciar la demanda correspondiente.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3227 en: 14 de Enero de 2012, 14:58:30 pm »
Valladolid

Absuelto un acusado por la Policía Municipal de conducir pese a no tener permiso
 
La versión de los agentes fue contradicha por una grabación de vídeo
 

14.01.12 - 12:51 -

El Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid ha dictado sentencia absolutoria en el caso de un varón con iniciales J.S.B. a quien el pasado mes de diciembre de 2011 una patrulla de la Policía Municipal denunció por conducir un turismo pese a carecer de permiso de conducir. El fallo absolutorio se basa en las dudas existentes sobre la veracidad de las manifestaciones de ambos agentes, cuyo testimonio fue contradicho en el juicio por varios testigos e incluso por la grabación de las cámaras de seguridad de un establecimiento comercial.

Durante la vista, celebrada por el procedimiento de juicio rápido, el Ministerio Fiscal solicitó para el encausado una multa de 2.100 euros como autor de un delito contra la seguridad vial, mientras que su defensor, tal y como ha estimado la juez titular aplicando el principio 'in dubio pro reo', pidió un fallo absolutorio, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
 
Los hechos se remontan al pasado día 16 de diciembre de 2011, cuando una patrulla de la Policía Municipal detuvo al ahora absuelto, J.S.B, tras asegurar que minutos antes de las 19.30 horas le había visto circular por la calle Gamazo con un turismo Renault 19 y poco después aparcar en doble fila a la altura del establecimiento Cash Converters, así como bajarse del mismo, acompañado de un amigo, y entrar en el local para vender un martillo neumático.
 
Sin embargo, el acusado alegó entonces que ni siquiera sabía conducir y que la conductora era su novia, propietaria del vehículo, que tras aparcar se había ausentado para acudir a recoger a su hija a casa de una amiga que se hallaba próxima al lugar, tal y como ratificaron durante la vista su pareja y el amigo con el que entró en el establecimiento comercial.
 
Pero lo que ha llevado a la juez a dictar un fallo absolutorio, «dado que la actividad probatoria desplegada en el plenario ha resultado insuficiente para desvirtuar el principio de presunción de inocencia», es la duda sobre la veracidad del testimonio de los agentes en lo relativo al momento en que detuvieron al acusado, ya que los funcionarios sostienen que desde que le vieron descender del vehículo por el lado del conductor hasta que procedieron a su detención en el interior del local mediaron quince o veinte segundos.
 
Sin embargo, una grabación obtenida de la cámara de seguridad del comercio constata, sin duda alguna, que el acusado ya se encontraba dentro a las 19.31 horas y que no fue hasta las 19.44 horas cuando fue atendido por el propietario, y entonces ni siquiera habían hecho acto de aparición ambos agentes, «por lo que es obvio que no pasaron segundos desde que se le vio conducir hasta ese momento, sino más de quince minutos al menos, dato que genera tales dudas que impiden considerar probado que condujera el turismo».

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3228 en: 17 de Enero de 2012, 11:28:30 am »
La fiscalía pide 1.920 euros para una agente de la Policía por golpear a un joven en Oviedo
El juicio se celebrará este martes en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo, a las 10.00 horas

 17/01/2012 10:45 / EUROPA PRESS / OVIEDO

La fiscalía solicita una multa de 1.920 euros para una agente de la Policía Nacional por golpear con la porra reglamentaria a un joven durante un altercado en el exterior de una discoteca en la Plaza del Riego de Oviedo, según el escrito del ministerio fiscal. El juicio se celebrará este martes 17 de enero en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo, a las 10.00 horas.

Los hechos ocurrieron a las 09.30 horas del día 16 de febrero de 2008 cuando se produjo un altercado en la citada plaza de Oviedo, motivo por el que se personaron en el lugar varios agentes de la Policía Nacional con el fin de normalizar la situación.

En el lugar se encontraba el denunciante quien, al ser empujado por el agente que se encontraba uniformado y de servicio, se volvió hacia él diciéndole "no me toques ni me empujes, que yo no he hecho nada", recibiendo de éste un fuerte golpe en la parte derecha de su cara, propinado con la porra reglamentaria, según la acusación pública.

Como consecuencia de la agresión el denunciante sufrió lesiones consistentes en contusión de ojo derecho con hematoma y hemorragia de las que preció tratamiento médico quirúrgico.

Como responsabilidad civil, la acusada deberá indemnizar al denunciante en 350 euros por día de ingreso hospitalario, 300 euros por días impeditivos, 300 euros por días de curación y 600 euros por secuela

Desconectado uidnoche

  • Profesional
  • Brontosaurus
  • **
  • Mensajes: 16581
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3229 en: 17 de Enero de 2012, 16:37:33 pm »
Ostias con el naci, le apludió la cara con la estaca.
333

Desconectado escalaejecutiva

  • Moderador
  • Chamán
  • ***
  • Mensajes: 10523
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3230 en: 17 de Enero de 2012, 17:42:35 pm »
 :Burla

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3231 en: 17 de Enero de 2012, 18:52:05 pm »

Cuatro años de cárcel para un conductor que se saltó un control y en la huida arrolló a dos policías

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a cuatro años de cárcel a un conductor que se saltó un control de la Policía Local de Torrelavega, arrolló al agente que intentó bloquearle el paso, volteándole y tirándole al suelo, y también provocó lesiones a un segundo agente que intentó detenerle y tuvo que tirarse a un lado para esquivarle.

17 de enero de 2012.

 SANTANDER, 17 (EUROPA PRESS)

 La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a cuatro años de cárcel a un conductor que se saltó un control de la Policía Local de Torrelavega, arrolló al agente que intentó bloquearle el paso, volteándole y tirándole al suelo, y también provocó lesiones a un segundo agente que intentó detenerle y tuvo que tirarse a un lado para esquivarle.

En su sentencia, la Sección Tercera de la Audiencia estima parcialmente los recursos de apelación presentados por el acusado y por uno de los dos policías locales que resultaron lesionados en el suceso, y revoca en parte el fallo del Juzgado de lo Penal nº 1 de Santander, reduciendo de cinco a cuatro años la pena de cárcel al considerar los hechos como un delito de atentado a la autoridad agravado por ejecutarse con medio peligroso -el vehículo-, y dos delitos de lesiones.

 La Audiencia confirma el resto de la sentencia de primera instancia, que condena al acusado por una falta de daños a una multa de 120 euros y a indemnizar a los policías locales con 6.500 y 4.500 euros, por el tiempo que tardaron en curar de las lesiones (107 y 84 días, respectivamente) y por las secuelas de carácter leve que le han quedado a uno de ellos. También tendrá que pagar 352 euros al Ayuntamiento de Torrelavega por los daños causados en una señal y en efectos que portaba uno de los agentes.

Los hechos ocurrieron sobre las cinco de la madrugada en marzo de 2008, cuando la Policía Local de Torrelavega dio el alto al acusado, que conducía el vehículo que un amigo le había dejado. Para eludir el control, cambió de sentido arrollando al agente que se encontraba bloqueando el paso, volteándole y tirándole al suelo. El acusado continuó la huida sorteando el control. Entonces un segundo agente se situó frente al vehículo para intentar impedir su huida y se vio obligado a tirarse a un lado.

EMBRIAGUEZ

 En su recurso de apelación ante la Audiencia, el acusado alegó embriaguez como circunstancia atenuante y pidió la reducción de la pena impuesta. Sin embargo, también alegó que no se había acreditado que él fuera el conductor, rechazó "la realidad de cualquier incidente habido con la Policía Local de Torrelavega" en esa fecha y hora, y negó cualquier intervención en la agresión, tal y como reza la sentencia.

La Audiencia descarta los argumentos del acusado, dado que un agente que "le tuvo de frente" y que además salió en su persecución, le identificó como el conductor del vehículo que arrolló a su compañero. Además, el propietario del coche testificó que dejó las llaves al acusado y que le consta que era él quien conducía, mientras que el recurrente se limitó a decir que "no recordaba nada".

 La Audiencia considera "irrelevante" que su intención final fuera, no la agresión, sino eludir el control o lograr evadirse, y tampoco comparte que las lesiones sufridas por los agentes no requirieran tratamiento médico -como sostiene el acusado para pedir que los hechos fueran considerados como falta y no como delito de lesiones-. Los agentes precisaron tratamiento médico consistente en fisioterapia y tratamiento farmacológico uno de ellos y rehabilitación el otro.

La Audiencia rechaza la atenuante de la embriaguez al considerar que no hay prueba de la misma "ni en su estado más ligero". Por el contrario, a petición de la acusación particular, acepta que se trata de un atentado a la autoridad agravado por ejecutarse con medio peligroso, y en este sentido, señala que un vehículo es un instrumento peligroso en grado sumo.

Desconectado uidnoche

  • Profesional
  • Brontosaurus
  • **
  • Mensajes: 16581
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3232 en: 17 de Enero de 2012, 19:22:47 pm »
De poderle meter 10 años de prisión a 4, no está mal.
333

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3233 en: 17 de Enero de 2012, 19:25:51 pm »
De poderle meter 10 años de prisión a 4, no está mal.

Dónde dice lo de los 10 años?

Desconectado uidnoche

  • Profesional
  • Brontosaurus
  • **
  • Mensajes: 16581
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3234 en: 17 de Enero de 2012, 19:28:13 pm »
Delito de atentado agravado, y dos de lesiones. 4+3+3=10.
333

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3235 en: 17 de Enero de 2012, 19:30:33 pm »
Delito de atentado agravado, y dos de lesiones. 4+3+3=10.

...revoca en parte el fallo del Juzgado de lo Penal nº 1 de Santander, reduciendo de cinco a cuatro años la pena de cárcel al considerar los hechos como un delito de atentado a la autoridad agravado por ejecutarse con medio peligroso -el vehículo-, y dos delitos de lesiones.


Por todos los delitos fue condenado a 5 años..que ahora se le reducen en 1.

Desconectado uidnoche

  • Profesional
  • Brontosaurus
  • **
  • Mensajes: 16581
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3236 en: 17 de Enero de 2012, 19:32:02 pm »
Pues eso, de poderle meter 10, le meten 5, y la audiencia le reduce 1 de regalo.
333

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3237 en: 17 de Enero de 2012, 19:32:58 pm »
Pues eso, de poderle meter 10, le meten 5, y la audiencia le reduce 1 de regalo.

Las penas deben graduarse...y por esa razón no pueden meterle 10.

Desconectado uidnoche

  • Profesional
  • Brontosaurus
  • **
  • Mensajes: 16581
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3238 en: 17 de Enero de 2012, 19:40:19 pm »
Les meten lo que les da la gana, y cuando les da la gana, no hay más.

Cuando quieren no se menea ni el aire, y moldean los fundamentos a su antojo.
333

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3239 en: 17 de Enero de 2012, 19:42:55 pm »
Art. 66 del C.P.