Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 752492 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3380 en: 15 de Marzo de 2012, 14:44:33 pm »

El agredido, días después de que le pegaran, en 2009 (Gonzalo Arroyo)

http://www.elmundo.es/elmundo/2012/03/14/madrid/1331743811.html

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3381 en: 15 de Marzo de 2012, 15:35:05 pm »

El agredido, días después de que le pegaran, en 2009 (Gonzalo Arroyo)

http://www.elmundo.es/elmundo/2012/03/14/madrid/1331743811.html
Disfruten del nuevo modo de ocio. Tirar papeleras.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3382 en: 15 de Marzo de 2012, 15:41:33 pm »
Si pretendes corregir ese tipo de conductas u otras parecidas abriendo cabezas mal lo llevas.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3383 en: 15 de Marzo de 2012, 15:55:58 pm »
Si pretendes corregir ese tipo de conductas u otras parecidas abriendo cabezas mal lo llevas.
Confiare en una regañina y en la potestad correctiva de los padres.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3384 en: 15 de Marzo de 2012, 15:57:40 pm »
Si pretendes corregir ese tipo de conductas u otras parecidas abriendo cabezas mal lo llevas.
Confiare en una regañina y en la potestad correctiva de los padres.

Como nuestra función no es regañar ni asustar...confiemos en ello.

Y ya de paso aprendemos a diferenciar lo que es nuestro trabajo de lo que no lo es.



Tres años de cárcel para dos policías de la Embajada de EEUU
por Philip Marlowe » Jue Mar 15, 2012 2:09 am


Esto es lo que le pasa a la policia en España por hacer su trabajo.
Que cada uno saque sus conclusiones sobre lo que hay que hacer para no perder el trabajo.

http://www.foropolicia.es/foros/tres-anos-de-carcel-para-dos-policias-de-la-embajada-de-eeuu-t87866-75.html
« Última modificación: 15 de Marzo de 2012, 16:27:54 pm por 47ronin »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3385 en: 15 de Marzo de 2012, 16:54:39 pm »
Falta formación. Muuuucha formación.

Salud y suerte.
J. David G? Castilla también soy yo.
Los gobiernos pasan, las sociedades mueren, la policia es eterna.
Non nobis,Domine, non nobis sed Nomini tuo da gloriam.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3386 en: 15 de Marzo de 2012, 18:05:23 pm »
Por eso lo que hay que hacer es pasar del tema.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3387 en: 15 de Marzo de 2012, 22:23:17 pm »
Si pretendes corregir ese tipo de conductas u otras parecidas abriendo cabezas mal lo llevas.
Confiare en una regañina y en la potestad correctiva de los padres.

Limitate a aquello por lo que cobras y por la "profesionalidad" que en teoria se te presupone.

El resto.... macarranadas más propias de la ignorancia que de la profesionalidad.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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  • Mi nenes?? LOS MÁS GUAPOS !!!!
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3388 en: 15 de Marzo de 2012, 22:24:45 pm »
Si pretendes corregir ese tipo de conductas u otras parecidas abriendo cabezas mal lo llevas.
Confiare en una regañina y en la potestad correctiva de los padres.

Parece que hay quien desea hacer "su" justicia al margen del ordenamiento juridico...........y que "solo" así realmente será "justicia".

Parece que aún existe quien no conoce su verdadera función como herramienta del sistema.

Conste y certifico.-

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3389 en: 16 de Marzo de 2012, 15:29:20 pm »
Nueva detencion y puesta en libertad de este miembro del sistema penal reinsertador y reeducador excepcionalmente duro como el Hispanistani. "El Rafita".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3390 en: 16 de Marzo de 2012, 16:13:35 pm »
El profesor de la US detenido ratifica su querella contra los policías, que ya están identificados

El profesor titular de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática de la Universidad de Sevilla David Benavides, que fue detenido el pasado mes de mayo por agentes del Cuerpo Nacional de Policía durante una concentración de profesores interinos en el Rectorado de la Universidad de Sevilla, ha ratificado este martes la querella interpuesta contra los agentes que intervinieron en la detención, tres de los cuales han sido ya identificados.




Absuelto el policía acusado de detener ilegalmente a un profesor

La Audiencia de Sevilla asegura que no se ha demostrado que se "prolongara injustificadamente" la retención del denunciante.
EFE, Sevilla | Actualizado 16.03.2012 -

La Audiencia de Sevilla ha absuelto al policía nacional que fue juzgado por la presunta detención ilegal de un profesor universitario tras una marcha contra la Ley Antibotellón, pues no se ha demostrado que "prolongara injustificadamente" la retención del denunciante.

Una sentencia de la Sección Cuarta, dice que las actuaciones llevadas a cabo por el acusado fueron "a todas luces necesarias", pues era "lógico" que una persona que se había negado a facilitar su DNI a los agentes que lo detuvieron pudiese "ocultar algo ilícito, como falsedad de documento u órdenes de búsqueda policiales". Durante el juicio, la Fiscalía de Sevilla retiró su imputación inicial contra el agente J.M.R. pero la acusación particular mantuvo su petición de cuatro años de inhabilitación e indemnización de 4.000 euros.

El denunciante S.C.R., profesor de Derecho en la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, fue detenido sobre las 2:30 horas del 21 de enero de 2007 en la Plaza de la Mata de Sevilla, donde se habían concentrado gran número de personas consumiendo alcohol en la vía pública, según la sentencia. Al ser requerido para identificarse, el denunciante "exhibió el DNI pero de tal forma que los agentes no podían ver los datos, negándose a entregarlo pese a la insistencia de los agentes, que procedieron por tanto a detenerlo por un delito de desobediencia grave".

Trasladado a la Jefatura de la avenida Blas Infante, los agentes que lo detuvieron a las 3:30 horas procedieron a instruirle de sus derechos, a las 4:40 horas se consideró que existían indicios para imputarle la comisión de un delito y finalmente quedó libre a las 9:50 horas de la mañana siguiente, a los pocos minutos de declarar con asistencia de abogado. La liberación se produjo una vez que la Policía Científica procedió a la "plena identificación y reseña dactiloscópica y fotográfica del detenido".

Por ello, la actuación del procesado fue "razonable y ajustada al proceder profesional que en ese momento debía exigírsele", dicen los jueces, y añaden que incluso fue tratado con "deferencia" pues aquella noche se acumularon en la Jefatura de Policía 23 detenidos.

Aunque no fue finalmente objeto de acusación, los jueces también consideran que no se demostró en ningún momento el "cacheo integral" que denunció el profesor universitario en su primera denuncia, pues no sólo no identificó a los presuntos autores sino que en ningún momento se demostró que el acusado fuese quien lo ordenase. Dice la sentencia que es extraño que el denunciante resumiera el presunto cacheo integral "con un lacónico 'y me realizaron una revisión con desnudo integral, todo bastante humillante'", frente al resto de su denuncia, en la que hizo "un pormenorizado relato de otros incidentes de menor gravedad".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3391 en: 19 de Marzo de 2012, 15:20:43 pm »

El profesor de la UPO que acusó a un policía de detenerlo ilegalmente no recurrirá su absolución

El profesor de la Universidad Pablo de Olavide (UPO) de Sevilla que acusó a un agente de la Policía Nacional de detenerlo ilegalmente tras una concentración contra la Ley 'Antibotellón' celebrada el 21 de enero de 2007 en la zona de la Alameda de Hércules de la capital hispalense no recurrirá la sentencia que absuelve de todos los cargos al policía.

19 de marzo de 2012.


 SEVILLA, 19 (EUROPA PRESS)

 El profesor de la Universidad Pablo de Olavide (UPO) de Sevilla que acusó a un agente de la Policía Nacional de detenerlo ilegalmente tras una concentración contra la Ley 'Antibotellón' celebrada el 21 de enero de 2007 en la zona de la Alameda de Hércules de la capital hispalense no recurrirá la sentencia que absuelve de todos los cargos al policía.


En este sentido, el abogado que ejerce la acusación particular en nombre del profesor, Luis de los Santos, ha anunciado a Europa Press que no recurrirá la sentencia de la Audiencia Provincial que absuelve al agente del Cuerpo Nacional de Policía, para que el pidió en el juicio cuatro años de inhabilitación y el pago de una indemnización de 4.000 euros.


De su lado, la Fiscalía pedía para el policía siete meses de suspensión para empleo o cargo público por un delito contra la libertad individual, pero durante el juicio retiró la acusación al entender que "no hay delito que imputar" y que "no hubo ningún tipo de incorrección en su actuación, sino que siguió el protocolo estipulado" para las personas detenidas.


 En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Cuarta considera probado que los hechos tuvieron lugar a las 2,30 horas del 21 de enero de 2007, cuando el detenido se encontraba junto a un "gran" número de personas consumiendo bebidas en la Plaza de la Mata de la capital hispalense, momento en el que fue requerido por dos agentes de la Policía Nacional para que se identificara.


Así, el profesor "exhibió el DNI, pero de tal forma que los agentes no podían ver los datos", tras lo que se negó a entregarlo "pese a la insistencia" de los policías, que procedieron a detenerle por un delito de desobediencia grave, tras lo que fue trasladado a la Jefatura Superior de Policía ubicada en Blas Infante, donde los agentes que le detuvieron a las 3,30 horas procedieron a instruirle en sus derechos y le cachearon superficialmente, encontrándole el DNI en uno de los bolsillos del pantalón.


Tras ello, a las 4,40 horas, el acusado acordó mantener la detención "al considerar, a la vista de los hechos, que existían indicios suficientes para imputarle la comisión de un delito", y lo mandó a los calabozos, tras lo que, a las 9,50 horas, fue puesto en libertad una vez "obtenida la reseña de la Policía Científica y la correcta identificación" del detenido y tras declarar en presencia de un abogado de oficio.


ACTUACIÓN "RAZONABLE"


 La Audiencia considera, respecto a la "prolongación injustificada" de la detención, que el acusado "estaba detenido por negarse injustificadamente a identificarse a los agentes, como él mismo reconoce desde su denuncia", añadiendo que "obedece a toda lógica que el instructor no considerase suficiente el DNI para identificar a una persona que se había negado a facilitarlo a los agentes, porque podía sospecharse que intentaba ocultar algún ilícito, como falsedad de documento u órdenes de búsqueda policiales".


Así, considera que la actuación del instructor "fue razonable y ajustada al proceder profesional que en ese momento debía exigírsele", y además el trato hacia el profesor de la UPO "fue en gran medida deferente, teniendo en cuenta las circunstancias del momento, ya que pese al número de detenidos de esa noche --23--, fue el primero de los detenidos que presta declaración con el abogado de oficio".


En cuanto a la posibilidad de que se cometiera el delito porque se sometió al profesor a un trato vejatorio innecesario al someterlo a un cacheo integral con desnudo, señala la Audiencia que "de las pruebas practicadas no es posible declarar probada tal actuación policial", ya que el denunciante "no aporta ningún dato que permita sostener que el cacheo se hubiera podido producir".


NIEGA EL CACHEO


 Al hilo, asevera que, en la denuncia, el profesor "resume --el presunto cacheo-- en un lacónico 'y me realizan una revisión con desnudo integral, todo bastante humillante'", todo ello "frente al pormenorizado relato que realiza de otros incidentes que son de menor gravedad", a lo que se suma que no aportó ningún dato físico del agente que habría realizado dicho cacheo.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3392 en: 20 de Marzo de 2012, 10:29:07 am »
«Fue una venganza del policía», dicen los dos acusados de conducción temeraria
Un agente del Cuerpo Nacional afirma que uno de los conductores implicados, que se dio a la fuga, lo amenazó de muerte al ser detenido

   Las versiones .  Avilés M. PÉREZ
Los dos acusados de un delito de conducción temeraria en la variante de Avilés -J. L. M. H. y F. M. A.- y de una falta contra el orden público por amenazar de muerte al agente de la Policía Nacional que los detuvo -la falta sólo se le atribuye a J.L.M.H.- negaron ayer esas acusaciones en el Juzgado de lo penal número dos de Avilés y aseguraron que todo se debe a una venganza del agente tras una discusión de tráfico.

Según relataron los acusados en la vista oral, el 20 de agosto del año pasado tuvieron un «pique» de tráfico en la variante con un agente de la Policía Nacional que circulaba en un vehículo «camuflado». Según la misma versión, al salir de la variante, en la rotonda de Buenavista, uno de los acusados sacó el brazo por la ventanilla para increpar al agente, lo que habría motivado la posterior detención. «Es una venganza del agente, que se intentó sobrepasar», aseguró Alberto Rendueles, que defiende los intereses de uno de los acusados.

Por su parte, el Ministerio Fiscal, que elevó ayer sus conclusiones a definitivas -a excepción de la alcoholemia positiva que se le atribuía inicialmente a F.M.A.- dice que los dos acusados conducían de forma irregular por la variante de Avilés, intentando adelantarse mutuamente en línea continua y poniendo en peligro a los demás conductores. La Fiscalía también asegura que uno de los conductores se dio a la fuga y cuando fue detenido amenazó al agente.



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3393 en: 20 de Marzo de 2012, 17:31:29 pm »

Visto para sentencia el juicio contra cuatro policías de la UAPO y un joven por un enfrentamiento en Zaragoza


Europa Press

martes, 20 de marzo de 2012, 16:05


 ZARAGOZA, 20 (EUROPA PRESS)

 El juicio contra cuatro agentes de la Unidad de Apoyo Policial Operativo (UAPO) de la Policía Local de Zaragoza y un joven acusados, los primeros, de una falta de lesiones, un delito de lesiones y un delito de atentado contra la integridad moral y el segundo de un delito de atentado y una falta de lesiones, ha quedado visto para sentencia tras la vista oral celebrada este lunes en la Audiencia Provincial de Zaragoza.

La vista oral ha tenido lugar en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza y en ella han declarado tanto los acusados, como testigos, otros policías actuantes y un médico forense.

Las acusaciones se refieren a los hechos acontecidos el 9 de mayo de 2010, a las cuatro de la madrugada, en la calle Perpetuo Socorro de la capital aragonesa, en las proximidades de la zona de Moncasi, en los que están implicados algunos de los agentes que realizaban labores de seguridad en la zona en un furgón de la UAPO, el joven y dos amigos de este último.

El juicio trata de determinar las responsabilidades en el enfrentamiento que tuvo lugar entre ambas partes y en el que resultaron lesionados el joven, uno de sus amigos y una agente de la UAPO. El Ministerio Fiscal pide para el joven 18 meses de prisión por un delito de atentado y una multa por una falta de lesiones.

Por su parte, la acusación particular que representa a los agentes solicita 13 meses de prisión para este joven por un delito de atentado y el abogado de la defensa del joven, la absolución.

Por lo que respecta a los agentes, el Ministerio Fiscal solicita para dos de los cuatro agentes juzgados nueves meses de prisión por un delito de lesiones hacia uno de los amigos de B.S.T., que intervino para tratar de ayudarlo.

El abogado de los agentes pide su absolución y el abogado de B.S.T. considera que los cuatro agentes ha cometido una falta de lesiones y un delito de atentado contra la integridad moral por las agresiones y trato dado a B.S.T.

Por la falta pide dos meses de multa a razón de doce euros al día y por el delito un año de privación de libertad y tres años suspensión de empleo o cargo público para los cuatro agentes. Asimismo, considera que los cuatro agentes han incurrido en un delito de lesiones en la persona del amigo de B.S.T. por lo que pide un año y ocho meses de prisión para cada efectivo policial.

También reclama indemnizaciones por responsabilidad civil en favor de B.S.T. y su amigo por las lesiones sufridas por cada uno de ellos y una orden de alejamiento durante tres años.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3394 en: 21 de Marzo de 2012, 13:17:20 pm »
Absueltos cuatro policías de agresión a unos «okupas»   
 
   
        21 Marzo 12 - - Nuria Platón MADRID-

El Juzgado de Instrucción número 49 de Madrid ha absuelto a cuatro agentes de Policía Municipal que fueron denunciados por amenazas y vejaciones por parte de dos «okupas» durante el desalojo del edificio de San Blas en el que residían. Además, la sentencia firme condena a los dos «okupas» por un delito de falta contra el orden público al querer impedir el trabajo de los agentes.

Los hechos tuvieron lugar el pasado 5 de diciembre cuando, al mismo tiempo que se desalojaba el Hotel Madrid en la calle Carretas, un grupo de agentes acudió al edificio «okupado» en la calle Montamarta número 7 junto con varios operarios de Madrid Salud para tapiar los accesos al inmueble propiedad del Ayuntamiento de la capital, así como de varios vecinos del barrio de San Blas. El antiguo Mercado de Montamarta llevaba «okupado» desde hacía un mes y medio cuando 200 personas irrumpieron en el edificio con el objetivo de convertirlo en un «espacio vecinal liberado».

Según recoge la sentencia, los dos «okupas» denunciantes acudieron al lugar e intentaron «vulnerar la línea policial y entrar en el inmueble, siendo esto impedido por los agentes actuantes, ocasionando tal negativa una serie de insultos y faltas de respeto hacia los agentes». Los «okupas» denunciaron a los policías por amenazas y vejaciones en ese mismo momento pero la sentencia no considera «acreditado» que esto sucediese, aunque sí se reconoce que «en el transcurso de los hechos se produjo una gran tensión ante el cúmulo de personas que allí se concentraron tratando de impedir el cumplimiento de la labor policial».

Puesto que los insultos e injurias contra los agentes, así como la negativa a identificarse sí que quedan probados, el juez considera a los «okupas» culpables de una falta contra el orden público prevista en el Código Penal por la que les impone una multa de 30 días con cuota diaria de seis euros para cada uno de ellos así como el pago de las costas del proceso judicial a la mitad. Es decir, 180 euros más las costas a cada uno.

Del mismo modo, absuelve a los cuatro agentes que fueron denunciados por una falta de vejaciones y amenazas y considera de oficio las costas. Pese a que la sentencia era apelable, los «okupas» no recurrieron por lo que es firme.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3395 en: 22 de Marzo de 2012, 14:32:50 pm »
"Se utilizó la fuerza mínima imprescindible porque había más de 30 personas contra los policías"


"Pegando porrazos a saco"
VÍDEO DEL JUICIO: http://www.aragondigital.es/noticia.asp?notid=93326&secid=9

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3396 en: 26 de Marzo de 2012, 11:25:29 am »
Juzgan por atentado a los jóvenes heridos por el disparo de un policía en la calle Florida
Escrito por: a coruña / la voz
26 de marzo de 2012

El agente de la Policía Local que el 6 de julio del 2008 disparó al suelo al verse acorralado en la plaza del Humor e hirió a dos jóvenes no será procesado. La jueza que lleva el caso lo sobreseyó al entender que el agente no tuvo la intención en ningún momento de causar daño alguno, que lo hizo de modo intimidatorio para dispersar a la gente que lo rodeaba. No obstante, hoy tendrá que acudir a los juzgados, pero como víctima. Enfrente, como acusados, estarán los jóvenes que aquella noche resultaron heridos. La jueza los procesó como autores de un presunto delito de atentado por el que el fiscal pide que sean condenados a dos años de prisión. La abogada de la defensa, María Mercedes Novoa-Cisneros García, buscará la absolución de sus clientes al entender que nada hicieron esa noche más que recibir el impacto de sendas esquirlas de la bala.

Existen dos versiones, las de los jóvenes que fueron detenidos y la de los agentes que participaron en los hechos. En lo único que coinciden es que el suceso se produjo a las 3.30 horas de la madrugada de un viernes al sábado en la calle de la Florida, a la altura del edificio municipal de Hacienda. Los jóvenes declararon tras los hechos que un policía y un chico comenzaron a agredirse mutuamente mientras otros jóvenes miraban. Uno de ellos le arrebata la porra a un agente. Por el lugar pasó entonces un grupo de personas, que al ver la pelea intenta mediar y separar a los protagonistas. El agente, tras forcejear con otra persona que se encontraba en el lugar, «saca la pistola sin estar rodeado por nadie y dispara a los pies del joven con el que forcejeaba, hiriéndolo tanto a él como a una chica que estaba cerca».

Según los agentes de la policía municipal que participaron en los hechos, aquella noche un grupo de jóvenes se acercó a un agente que se encontraba realizando mediciones del botellón y uno de agredió. «Otro funcionario, al verse rodeado, se vio obligado a sacar su arma reglamentaria y disparar al suelo, hiriendo a una chica en el mentón con una esquirla». Finalmente, la policía detuvo a los dos supuestos autores de la agresión a los agentes, que dos días después pasaron a disposición.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3397 en: 26 de Marzo de 2012, 13:41:05 pm »
La Fiscalía cifra en 10.400 euros el fraude en dietas falsas en la Policía

24/03/2012 21:19
 
La Fiscalía inició en abril de 2011 la investigación que ahora está en mano de un juzgado. - Javier Díaz

   Manipularon 300 justificantes de asistencia a juicios a los que no fueron, por los que un solo agente llegó a cobrar 4.000 euros

Sellos y firmas falsificadas para poder cobrar la dieta por asistencia a juicios, pese a que no acudían a ellos. Eso es lo que está investigando ya un juzgado de Sevilla, después de que la Fiscalía presentara una denuncia contra cuatro agentes de la Policía Local tras una intensa instrucción en la que se ha detectado un fraude que supera los 10.400 euros. Los denunciados llegaron a manipular más de 300 documentos judiciales para poder cobrar los 34,75 euros con los que se remuneraba la asistencia a juicio fuera del horario de servicio. De momento hay cuatro imputados, pero no se descarta que la cifra se eleve hasta los nueve.


Los hechos que la fiscal jefe, María José Segarra, ha puesto en conocimiento del juzgado son claros: los policías "presentaron justificantes de haber asistido como testigos a determinados juicios de faltas, solicitando las indemnizaciones pertinentes como consecuencia de haber asistido fuera de horas de servicio, cuando no había sido así". Una situación que entonces era remunerada con 34,75 euros, hasta que el Ayuntamiento cambió el sistema, comenzando a dar días de descanso a cambio. De esta forma, los cuatro agentes, todos ellos pertenecientes al Grupo Giralda de la Policía Local, llegaron a presentar hasta 301 partes de asistencia falsos tras descartarse "aquellos casos en los que no era posible acreditarse con absoluta fiabilidad su ausencia de la sesión de juicio oral". Por orden, los agentes cobraron 4.105,22 euros por 118 asistencias; 3.092,75 euros por 89; 1.980,75 euros por 57; y 1.285,75 euros por 37.


La investigación, iniciada por el Ministerio Público en abril de 2011 tras recibir la información de la directora general de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Área de Bienestar Social del Ayuntamiento, determinó que el modus operandi "ha sido variable". Unas veces los agentes estaban citados a los juicios pero no asistían, pese a lo cual sellaban la autocitación judicial; otras, sin estar citados, "confeccionaban una cédula de autocitación y procedían a su sellado"; y por último, "estando o no citados", las certificaciones solicitadas a los juzgados "informan que no han comparecido", pese a que presentaron la citación sellada por el juzgado.


Para comprobar este extremo, la Fiscalía solicitó a todos secretarios de los juzgados de Instrucción que aportasen las certificaciones sobre la presencia de estos agentes a los juicios. Una extensa documentación que ha sido entregada al juzgado instructor dividida por carpetas según los juzgados, que han revisado los agentes del Grupo Especial de la Policía Local (Gepol), que han trabajado bajo las órdenes del Ministerio Fiscal.


Un sello falsificado. Los investigadores determinaron que en los justificantes aparece el sello del juzgado que celebra el juicio, aunque "escasamente aparece en él el dato de la fecha del estampillado". Los agentes investigados utilizaron un sello falso, "que parece que en su origen pudiera pertenecer al Juzgado de Instrucción número 18", y que aparece "hábilmente colocado, siempre encima del texto de la citación" para "hacer inviable la identificación del número del juzgado al que pertenece el sello". De esta forma, les "ha servido en numerosas ocasiones para acreditar falsas asistencias judiciales".


El sello se fue "manipulando con el paso del tiempo" y también se fue cambiando su ubicación en el folio, pues al principio "se hacía con toda naturalidad, sin ocultarlo intencionadamente", pero como siguieron utilizándolo "fue sometido a cierta manipulación para evitar, caso de ser detectado, no poder determinar el juzgado al que pertenece". Incluso hay tres documentos en los que al trasluz "se percibe el rascado" del papel, justo en el lugar en el que debe aparecer el número de juzgado en el sello.


Pero no queda ahí el fraude, ya que los agentes falsificaron firmas de secretarios judiciales, como ocurrió con un par de certificados de asistencia de los juzgados de Instrucción número 4 y 9, cuyos secretarios no las reconocen como suyas. En otros casos usaron una fotocopia en color. Por todo ello, la Fiscalía considera los hechos como un delito continuado de falsificación en documento oficial y otro de estafa.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3398 en: 27 de Marzo de 2012, 13:10:51 pm »
Un año de cárcel por dar un puñetazo al policía que trataba de identificarle
El juez consideró que se trata de un delito de atentado contra agente de la autoridad
27.03.12 - 11:54 - E. P. | Santander
La Audiencia de Cantabria ha desestimado el recurso presentado por un hombre acusado de dar un puñetazo a un policía nacional cuando éste trataba de identificarle y ha confirmado la pena de un año de cárcel e indemnización de 105 euros impuesta por el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander.

Según la sentencia de la Audiencia, difundida este martes, los hechos ocurrieron el pasado 14 de noviembre, sobre las 12 horas, en la Cuesta del Hospital de la ciudad, donde se encontraba un grupo de personas que infundió "sospechas" a los agentes, que se encargaban de labores de prevención del tráfico de estupefacientes.

Al acercarse al grupo para identificarles, el acusado, G.S.D., abandonó el lugar y se dirigió a la calle Limón, donde fue requerido por uno de los efectivos para que se detuviera, a lo que el hombre se negó "reiteradamente" y adoptó, además, una postura de "fuerte agresividad", profiriendo expresiones como "sois unos racistas, putos cabrones, yo soy portero de discoteca y tengo más fuerza que vosotros".
A continuación, cuando le cogió por el brazo para llevarle de regreso al grupo, el acusado ofreció resistencia física con empujones y manotazos. Otro efectivo se acercó para ayudar a su compañero y, al intentar reducirle, se volvió resistir dándole un puñetazo en la parte baja del casco que llevaba, a la altura del cuello, lo que le provocó una contractura.

El juez consideró que se trata de un delito de atentado contra agente de la autoridad y condenó a G.S.D. a un año e indemnización de 105 euros para la víctima.

El acusado presentó un recurso en base a un testigo que había propuesto y que no llegó a declarar, alegando contradicciones entre los agentes y defendiendo que no es un delito de atentado, sino una desobediencia menos grave.

Sin embargo, la Audiencia indica, en relación al testigo, que no se ha propuesto esta práctica con el recurso, pese a que no se realizó durante la fase de instancia. Sobre la segunda cuestión, señala que no se aprecian "relevantes contradicciones" entre los agentes y, además, se da por probado que uno de ellos fue golpeado.
Finalmente, tampoco aprecia error en la calificación de los hechos, por lo que desestima el recurso y confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3399 en: 27 de Marzo de 2012, 17:17:53 pm »
Lora del Río
Piden 6 meses a dos guardias civiles y dos policías por no impedir un crimen

La Audiencia los juzgará por omisión del deber y denegación de auxilio a los vecinos que llamaron alertando del incidente y a los que dijeron que "no se preocuparan".
EFE, LORA DEL RÍO | Actualizado 29.02.2012 - 18:20


Absueltos dos guardias civiles y dos policías de Lora del Río acusados de no impedir un crimen

La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a dos agentes de la Guardia Civil y a dos policías locales de Lora del Río para los que la acusación particular pedía seis meses de cárcel, tres años de inhabilitación y el pago de una multa de 1.080 euros por no impedir en el año 2002 el homicidio de un hombre y las lesiones sufridas por dos de sus hijos.

27 de marzo de 2012.

 SEVILLA, 27 (EUROPA PRESS)

 La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a dos agentes de la Guardia Civil y a dos policías locales de Lora del Río para los que la acusación particular pedía seis meses de cárcel, tres años de inhabilitación y el pago de una multa de 1.080 euros por no impedir en el año 2002 el homicidio de un hombre y las lesiones sufridas por dos de sus hijos.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera absuelve a los cuatro procesados de sendos delitos de denegación de auxilio y omisión del deber de impedir un delito, ya que "valoraron profesionalmente la situación y actuaron en la forma que las circunstancias del caso aconsejaban", ya que "el futuro es obvio que no es previsible" y el homicidio "no era ni remotamente previsible".

Así, los dos policías se encontraban de servicio en la mañana del 17 de julio de 2002 a fin de evitar que una vivienda de titularidad municipal que iba a ser desalojada por su habitual inquilino fuese ocupada "inmediatamente" por otras personas sin la preceptiva autorización, momento en el que se percataron de una "fuerte" discusión en la escalera entre dos familias vecinas, entre ellas la del fallecido, decidiendo intervenir.

De este modo, los dos policías se entrevistaron con los implicados en la discusión y les informaron de la posibilidad de interponer la correspondiente denuncia, culpándose mutuamente ambas familias del inicio de la discusión. Tras ello, "y una vez calmados inicialmente los ánimos entre las dos familias", solicitaron la presencia de una patrulla de la Guardia Civil "en previsión de futuros incidentes".

Los dos guardias civiles acudieron al lugar de los hechos y se entrevistaron con las dos familias, que se encontraban ya en sus respectivos domicilios y a quienes, igualmente, informaron de la posibilidad de interponer la correspondiente denuncia, tras lo cual, una vez en la puerta del inmueble, se escucharon voces en la planta ocupada por las dos familias.

Por ello, los dos policías locales subieron a la cuarta planta y, "tras apaciguar de nuevo los ánimos", intervinieron cuatro gavillas de hierro de 90 centímetros de longitud y un cuchillo, mientras que los agentes de la Benemérita, "ante la ausencia de nuevos incidentes", se marcharon del lugar dando por concluido su servicio, lo mismo que hicieron los policías posteriormente.

No obstante, 30 minutos después se recibió una llamada en la Jefatura de la Policía Local informando de una reyerta entre las dos familias citadas, a consecuencia de la cual falleció Juan U.R. y dos de sus hijos resultaron heridos, mientras que también sufrieron heridas dos miembros de la otra familia.

La Sala argumenta que, de la prueba practicada en el juicio, "no se infiere la existencia de un requerimiento concreto y determinado de auxilio" por parte de la familia del fallecido a los acusados, "y en consecuencia que éstos se negasen a prestarlo", pues además ninguna de las dos familias "requirió los servicios" de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

LOS ACUSADOS "NO OMITIERON NINGÚN AUXILIO"

 Así, los dos policías "actuaron de oficio y de inmediato, sin que mediara el requerimiento de una u otra familia, y prestaron el servicio que las circunstancias del caso en esos momentos demandaba", tras lo que hace referencia al tiempo transcurrido desde que ocurrieron los hechos, el 17 de julio de 2002, hasta que la familia de la víctima interpuso la querella contra los acusados, el 1 de diciembre de 2004.

En este sentido, alude a que durante todo el tiempo transcurrido entre ambos hechos ningún miembro de la familia "ha denunciado ni hecho ningún reproche a la intervención de los agentes" ni en las declaraciones sumariales ni en el juicio que se celebró por el homicidio. "Los agentes no omitieron ningún auxilio", añade.

 Además, de la prueba practicada "no consta la existencia de una actuación omisiva por parte" de los acusados frente a un hecho delictivo que afectase a alguna persona en su vida, integridad, salud, libertad o libertad sexual.