Vaya "historieta"
Dos policías locales y un médico, en el banquillo .
Jueves, 14 de Marzo de 2013 13:53 , Carmen Echarri/Olav Orts
El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta sentó ayer en el banquillo a un médico y a dos policías locales con la intención de esclarecer unos hechos acontecidos en el centro de salud del Recinto el 2 de julio de 2008.
Cada uno respondía por distintos delitos. El médico, según la acusación mantenida inicialmente por el Ministerio Fiscal y que modificó al finalizar la sesión, por un presunto delito de atentado que se cambió a falta tras la sesión, y los dos agentes, según la tesis sostenida únicamente por la Acusación Particular, por dos presuntos delitos: uno de detención ilegal y otro de falsedad documental, llevando pareja la tan temida inhabilitación.
La vista oral fue compleja, extendiéndose las distintas declaraciones durante toda la jornada hasta casi las nueve de la noche. La raíz de toda esta historia fue, en el fondo, sencilla. Hubo una discrepancia entre médico y paciente, que terminó en una discusión acalorada y, tras la llegada de la Policía Local y posteriormente la Nacional, aquello terminó “como el 2 de mayo”, tal y como apreció una de las médicos que declaró ayer como testigo. Así las cosas, una jornada que debía ser rutinaria en el centro de salud terminó con un doctor que estaba de servicio detenido y trasladado en zeta policial hasta la Jefatura Superior, además de unos policías locales que acusan al facultativo de Ingesa de haber atentado contra ellos. Ahora, casi cinco años después, al tribunal de la Audiencia no le toca debatir sobre el Levantamiento de 1808, pero sí enjuiciar qué pasó realmente aquel día: si se llevó a cabo la detención ilegal de un ciudadano que a punto estuvo de dormir en los calabozos o si, por el contrario, no existió mala praxis policial y todos los pasos se dieron como se debía.
El médico J.Q.G. lo tuvo claro: aquella jornada fue protagonista de una clara injusticia en la que, confesó, se sintió “terriblemente humillado e indefenso”. Dijo a la Sala que fue él mismo quien ordenó que se llamara a la Policía Local, toda vez que consideraba que no estaba siendo bien tratado por un paciente. “Esto me ha afectado psíquicamente”, matizó, lamentando que siendo él quien diera orden de avisar a la Policía, luego terminara sentándose en el banquillo acusado, inicialmente, de atentado: “Cómo me voy a enfrentar a la Policía, si yo les llamé”, exclamó. Respecto a los agentes que se sientan en el banquillo, el doctor indicó que no le pegaron en ningún momento (incluso dijo que le trataron correctamente), pero sí en cambio señaló haberse sentido maltratado verbalmente por otros, poniendo como ejemplo que le habían manifestado que le “iban a reventar la cara” o que le iban a “hinchar en comisaría” y que luego dirían que él era quien les había pegado a ellos, con lo que al ser muchos agentes les iban a creer. Otro le tildó de “medicucho”. “Fue insultante para mí el bochorno y la humillación que pasé”, narró, recalcando que lo que le hizo daño fue escuchar los insultos y amenazas de otros agentes que se dieron cita en esta intervención.
El doctor negó que hubiera agredido a los policías imputados cuando estos llegaron para mediar entre él y el paciente, tildando todo lo que allí sucedió de “disparate”. Negó además haber mostrado un comportamiento alterado y destacó que tuvo que esforzarse mucho en estar tranquilo ante la “provocación brutal” que estaba sufriendo “delante de mis pacientes. Todos estaban mirando como si fuera un mono de feria”, sentenció.
“No se me olvida lo mal que lo pasé”, respondió a preguntas de su abogado, Lorenzo Linares. La defensa del médico mantiene que los dos policías sentados en el banquillo incurrieron en un delito de detención ilegal y otro de falsedad documental (con un atestado en el que se narran hechos no acordes con la realidad). Considera que su patrocinado no cometió hechos que puedan ser constitutivos de delito o falta alguna (como argumenta el Fiscal) y sostuvo que, si la Sala entiende que esa detención no debería haberse practicado nunca, pudiera existir como alternativa a esa delito de detención ilegal otro delito cometido contra la libertad individual por funcionarios públicos. Esto lleva parejo la inhabilitación por 4 años para los agentes.
Linares expuso con claridad su informe, recordando a la Sala que la Policía no “puede actuar de cualquier manera”, llevando a cabo una detención “que carecía de fundamento”. Destacó que para dar cobertura a esa ilegalidad falsearon ideológicamente los hechos, sacándose un delito de atentado “que existió solo en sus mentes” para sustentar el posterior atestado, ironizando con que ni siquiera el propio Fiscal lo veía, después de conocerse la retirada del delito de atentado de su escrito de conclusiones finales.
El abogado avaló el enojo que había sufrido el doctor con su paciente y justificó su enfado y comportamiento, “porque un funcionario no tiene por qué aguantar todo tipo de improperios, no se puede permitir esa ofensa... el silencio, callar, es aceptarla”, sentenció. Lamentó que tras esa discusión con el paciente y la llegada de los dos policías locales acusados, éstos se volcaran en atender al ciudadano en contra del facultativo que era quien solicitó su presencia. En este comportamiento es donde encuadra la existencia de la tesis de la conspiración, es decir, que los agentes detuvieran al médico al ser sabedores de que con anterioridad había tenido un juicio con un policía local en el juzgado de lo Penal resultando condenado el agente. “No había motivo para la detención, ni para el delito, ni para el trato humillante y vejatorio”, sentenció. “La Policía Local tenía que haber actuado con mesura, ponderando todos los intereses”.
La versión del médico choca frontalmente con la que ofrecieron los dos agentes de la Policía Local. Por un lado el llamado J.M.H. indicó que su función fue, nada más llegar al centro de salud, la de separar a médico y paciente porque ambos “estaban exaltados”. Dijo que el doctor le empujó diciéndole que a él nadie le tocaba y consideró que con su actitud estaba provocando una alteración del orden, por eso se le detuvo. Dijo haber recibido dos manotazos y un empujón y que a su juicio consideraba que se había producido un atentado. Ese mismo punto de vista no es el que sostendría, a posteriori, la Policía Nacional, cuyo instructor al recibir al médico detenido consideró que se trataba de una falta y nunca de un atentado.
El agente justificó la detención del doctor y no del paciente porque el primero mantuvo su actitud exaltada mientras que el paciente se calmó. Insistió, al igual que lo haría su compañero, en que desconocían que el detenido era médico y que había tenido un problema tiempo atrás con un agente resultando éste condenado; de todo ello se enterarían ya en la Jefatura Superior al hacer la comparecencia. El otro policía local imputado, llamado F.L.C.A., dijo que su papel fue el de detener al doctor apartándolo del punto concreto en donde se estaba produciendo la discusión con el paciente. Negó que otros de sus compañeros amenazaran al doctor y mantuvo que no sabían su condición de médico ni su problema anterior con otro policía. Se le detuvo, insistió, porque consideraba que había indicios racionales de que pudiera haberse cometido un delito.
Para el letrado de ambos agentes, Jorge Martín Amaya, no existe prueba alguna que pueda servir para enervar la presunción de inocencia de sus patrocinados, por lo que pidió a la Sala una sentencia absolutoria. Defendió la buena actuación policial, al considerar que los agentes tuvieron que aplicar esta medida debido a la situación que se toparon. “Se le detuvo con fundamento”, concretó.
Las versiones enfrentadas entre los imputados en esta historia fueron poco a poco viéndose salpicadas de detalles y versiones varias dependiendo de quién declaraba. Así la doctora A.F.M. dijo que tanto su colega como el paciente estaban discutiendo y llegó a manifestar que ambos terminaron en el suelo. A su juicio valorativo particular, llegó demasiada Policía, algo que nunca entendió, para que finalmente la historia terminara con un detenido, el médico. No dudó en manifestar ante la Sala, incluso con una sonrisa que fue objeto de comentario del letrado Linares, que ella consideraba que la Policía se tenía que haber llevado detenidos a los dos. Insistió, como la práctica totalidad de los testigos que declararon en la sesión de mañana y tarde, que los agentes sabían que estaban deteniendo a un doctor.
Por su parte, el otro protagonista de la historia, el paciente O.Ch.S., declaró que existió esa discusión con el médico porque éste no le facilitó un volante para su esposa argumentando que era una paciente sin cabecera asignada. Dijo que ambos estaban muy alterados y reconoció haberle insultado, achacando al doctor la mayor carga de exaltación. Dijo haberle visto agarrar a uno de los policías y empujarle. Recordó haberle dicho a los policías actuantes lo que había pasado. En esa misma línea, en la de resaltar que los agentes sabían a quien detenían se centraron los testigos, negando así la versión de estos que argumentaban desconocer este extremo. Así, una auxiliar administrativo dijo haber sido ella la que llamó a la Policía porque se lo dijo el médico, informando de que se trataba de un conflicto entre paciente y doctor. Recordó que el facultativo estaba alterado pero no provocador, y que en momento alguno vio que agrediera a los policías. Asimismo matizó que cuando los agentes se lo llevaban detenido, éste levantó la camisa para que le vieran el cuerpo advirtiéndoles de que no presentaba hematomas.
La sesión vespertina recogió los testimonios de seis testigos, cuatro compañeros de trabajo del doctor Quílez y dos agentes de la Policía Nacional. De todas las declaraciones efectuadas, cabe destacar la coincidencia de todos en un punto, el concerniente al hecho de que los agentes de la Policía Local que intervinieron en la tarde de los hechos sabían que a quien se llevaban en el furgón era a un facultativo del centro, el doctor J.Q.G. “Es un médico al que se llevan, arrestan al doctor J.Q.G.”, aseguró ayer que dijo en voz alta un compañero suyo, el también médico V.M.V.E. El testigo indicó en la sala de la Audiencia que “llegué porque entraba en el siguiente turno, el que dejaba el doctor J.Q.G. y al momento me extrañó descubrir un tumulto de policías locales en la puerta del centro”.
Una vez metido en el meollo de la cuestión, el facultativo señaló que vio al doctor J.Q.G. “nervioso, por lo que le dije en varias ocasiones que se tranquilizara pero, aunque no dejó de estar tenso, en ningún momento insultó a nadie ni increpó a los agentes de la Policía Local desplazados”. Asimismo, el testigo reconoció que la situación era “tensa pero J.Q.G. actuó como hubiera actuado cualquier persona aunque no vi lo que pasó desde el inicio de los hechos”. reconoció.
Quien sí presenció el episodio desde el principio fue la guarda de seguridad (de una empresa privada) del centro médico quien en su declaración señaló que “la situación se puso tan fea que me vi sin poder controlarla sola, de modo que procedí a llamar a la Policía Local”. Según esta trabajadora, el doctor J.Q.G. “no llamó pero sí dio a entender que no le importaba que llamara a la policía”. Esta actitud la adoptaba mientras estaba a menos de dos metros, frente por frente, con el marido de la paciente; ambos de pie. “Como profesional no consiento que nadie me vocee”, aseguró ayer la guarda de seguridad que dijo el doctor en medio del fragor de la discusión. La guarda ratificó el hecho de que el doctor “se identificó nada más llegar los policías como facultativo” e indicó que “no vi en ningún momento al doctor golpear con la mano a los agentes ni a nadie ni tampoco al revés”.
Otro compañero del doctor aportó otro dato al afirmar que J.Q.G. repetía una y otra vez ante los agentes de la Policía Local la siguiente frase: “Esto es una persecución, esto es una persecución”, lo que podría secundar la tesis de que los agentes iban contra el doctor a tiro hecho, como defendió la Acusación Particular. Este trabajador del centro aseguró que “nunca había visto tan tenso a J.Q.G. pero esto no le llevó a insultar a los agentes”. En similares términos se pronunció el último testigo que trabajaba en el centro médico en el día de los hechos si bien reconoció tener muchas lagunas sobre el asunto, circunstancia que hizo que no aportara datos nuevos al caso.
Las peticiones
Fiscalía
Varía su acusación: ya no hay delito de atentado
El Ministerio Fiscal, en su escrito de calificación final, modificó su petición haciendo desaparecer el delito de atentado del que acusaba al doctor para, en su detrimento, introducir un delito de desobediencia grave por el que se le pediría seis meses de cárcel. Además ofreció una alternativa a la Sala si no considera que existe dicho delito, proponiendo una falta leve que establece el pago de una multa de 800 euros.
Acuisación particular
Mantiene la petición de inhabilitación
El letrado Lorenzo Linares que defiende los intereses del médico mantuvo su petición de un delito de detención ilegal por el que se piden 3 años de prisión e inhabilitación además de otro de falsedad documental. No obstante propuso una alternativa sobre el primero, entendiendo que cabría la posibilidad de un delito cometido contra la libertad individual por funcionarios públicos que conlleva una inhabilitación de 4 años más una indemnización por los daños morales.
Defensa
No cabe pena alguna
Para el abogado Jorge Martín Amaya, que defiende los intereses de ambos policías, no cabe la existencia de petición alguna para ambos. Considera que actuaron debidamente, conforme a la praxis policial correcta, y que en ningún momento detuvieron al doctor porque existiera una especie de ‘consigna policial’ de que había que ir a por él en venganza por la condena que sufrió un agente de este Cuerpo tras ser denunciado por dicho médico. Entiende que no cabe una condena por parte de la Sala tal y como estima la Acusación Particular.
El policía nacional que instruyó el caso dice “que los locales sabían que era doctor”
De los dos agentes de la Policía Nacional que declararon en la vista, y que sirvieron para dar por concluido este apartado, cabe destacar las palabras que pronunció el primero de ellos, que en el momento de los hechos, 2 de julio de 2008, estaba destinado en nuestra ciudad y era el instructor del caso.
De tal modo, el agente señaló que “los policías locales que trajeron al doctor J.Q.G. hasta las dependencias de la Policía Nacional lo presentaron como ‘doctor’ desde un principio”, cuestión ésta que pudiera resultar de importancia en la resolución del caso porque probaría la tesis de que los policías locales sabían el cargo del detenido y mintieron en este detalle, con lo cual cabe también que en otros. ¿Por qué a continuación, tras tomarle la pertinente declaración, decretó la puesta en libertad del detenido? “Vi que los hechos que se le atribuían no eran tan graves, de modo que lo consideré como una mera falta del orden, se le citó para otro día y nada más”.
Por su parte, su compañero, quien redactó todo cuanto le narraba el instructor, señaló que “el doctor estaba tranquilo y que contestó con naturalidad a las preguntas que le hacíamos”. El agente de la Policía Nacional confirmó que tanto en la comisaría como el furgón de la Policía Local (según le habían asegurado sus colegas locales) al detenido se le leyeron sus derechos, “es más yo mismo le pregunté a continuación si precisaba de asistencia médica”.
Por último, cabe destacar que ambos agentes señalaron que “uno de los agentes de la Policía Local nos dijo que el detenido se trataba de un médico”, palabras que vinieron a corroborar las primeras, las concernientes a la toma de contacto entre agentes de ambos Cuerpos.
Condena e inhabilitación a los dos policías que detuvieron a un médico .
Miércoles, 17 de Abril de 2013 13:30 , Carmen Echarri
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La Sección VI de la Audiencia Provincial ya ha dictado sentencia contra los dos policías locales de la Unidad de Tráfico que el pasado marzo se sentaban en el banquillo para aclarar unos hechos ocurridos en el centro de salud del Recinto, en julio de 2008, que terminó con la detención de un médico.
La sentencia, a cuyo fallo tuvo acceso ayer este periódico, es, de nuevo, demoledora contra la labor de los agentes de la Policía Local, al haber sido condenados por un delito de detención ilegal y otro de falsedad, fijando además la pena máxima de las contempladas para este tipo de hechos. Lo más grave de la pena contemplada por ambos delitos (4 meses y 15 días multa por la detención ilegal y 3 años por la falsedad) es la inhabilitación absoluta de ocho años que se ha aplicado a los agentes derivada de la detención ilegal, además de otros dos de inhabilitación especial para el ejercicio de policía durante dos años por el delito de falsedad.
El fallo de la Audiencia contempla además la absolución para el médico que fue detenido del delito de desobediencia grave que interesaba el Ministerio Fiscal y se le condena tan sólo por una falta de respeto y consideración a los agentes que se traduce en una multa de 200 euros.
Además en el fallo se incluye una indemnización de 15.000 euros en favor del médico. Tal y como informaron fuentes judiciales, el ánimo de los dos agentes de la Policía condenados –que en la tarde de ayer conocían el fallo– es recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, siguiendo el camino de otros compañeros de distintas unidades que también han sido condenados en otros hechos.
En la sentencia el tribunal considera que la detención que los agentes llevaron a cabo del médico en el centro de salud del Recinto no estaba justificada, por lo que considera que ambos incurrieron en una detención ilegal que nunca tendrían que haber ejecutado, ya que el doctor fue trasladado esposado en un zeta policial hasta la comisaría, después de haber mantenido un desencuentro con un paciente y después de que él mismo hubiera solicitado que se llamara a la Policía para solventar la situación.
Además entiende que se ha cometido un delito de falsedad, por cuanto el agente de la Policía Nacional que estaba de guardia cuando los efectivos le entregaron al médico manifestó una versión de los hechos bien distinta a la que habían hecho pública los locales. Entre otros puntos discrepantes, éstos manifestaron que en ningún momento sabían de la condición de doctor de su detenido, cosa que fue negada por el funcionario de la Nacional que declaró en la vista celebrada el mes pasado que los municipales le manifestaron que le entregaban al doctor, refiriéndose al detenido.
La Audiencia entiende que los policías locales narraron unos hechos que discrepaban con la realidad. En la declaración hecha por el médico ante el tribunal de la Sección VI de la Audiencia, éste indicó que se había cometido una clara injusticia con su arresto, habiéndose sentido “terriblemente humillado e indefenso... Esto me ha afectado psíquicamente”, declaró. “Fue insultante para mí el bochorno y la humillación que pasé”, narró. La condena de la Audiencia Provincial cuadra perfectamente con la solicitud de pena que hizo pública en la vista oral el abogado del médico, el letrado Lorenzo Linares, que recordó a la Sala que la Policía no “puede actuar de cualquier manera”, llevando a cabo una detención “que carecía de fundamento”. Destacó además que para dar cobertura a esa ilegalidad falsearon ideológicamente los hechos, sacándose un delito de atentado “que existió sólo en sus mentes” para sustentar el posterior atestado que fue presentado.
Sentencia con voto particular de un magistrado
No es que sea normal pero ocurre. Y en este fallo dictado por el tribunal de la Sección VI de la Audiencia ha vuelto a emitirse un voto particular por parte de uno de los tres magistrados al no estar de acuerdo en una de las partes del fallo. En concreto el voto ha sido emitido por el juez Bastardés, que discrepa con sus compañeros en la condena de falta de respeto y consideración a los agentes por la que fue condenado el médico del Recinto. Entiende el magistrado que al igual que el doctor fue absuelto del delito de desobediencia que pedía el Ministerio Fiscal también debería haber sido absuelto de esta falta.