Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 769284 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4660 en: 03 de Agosto de 2015, 19:58:53 pm »
A día de hoy se cazan osos antes de salir de casa...la presunción de inocencia murió. Incluso absuelto o sin estar siquiera imputado te matan políticamente: Rita Barberá, Camps, Rus etc... Es la nueva política para lo bueno y para lo malo. Tania Sanchez o Monedero son cadáveres políticos.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4661 en: 06 de Agosto de 2015, 00:15:23 am »
A día de hoy se cazan osos antes de salir de casa...la presunción de inocencia murió. Incluso absuelto o sin estar siquiera imputado te matan políticamente: Rita Barberá, Camps, Rus etc... Es la nueva política para lo bueno y para lo malo. Tania Sanchez o Monedero son cadáveres políticos.



En ese caso concreto hasta se anunció que se iba a cazar, lo cual posibilitó que la "presa" regularizara la situación en tiempo y forma.

Cosa también habitual....
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4662 en: 11 de Agosto de 2015, 17:04:09 pm »

Archivada la causa contra ocho guardias civiles por los saltos de la valla de Melilla

CRUZ MORCILLOABCESPANA / MADRID
Día 11/08/2015 - 14.41h
El juez concluye tras medio año imputados que no se puede probar ni trato degradante ni lesiones a los inmigrantes

ABC
Ocho guardias civiles fueron imputados por su actuación en un salto masivo de inmigrantes
El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Melilla, Emilio Lamo de Espinosa, ha archivado la causa contra los ocho guardias civiles a los que mantenía imputados desde el pasado febrero por un posible delito de trato degradante y otro de lesiones a inmigrantes tras uno de los violentos saltos de la valla ocurrido el 15 de octubre de 2014, en un auto notificado este martes al que ha tenido acceso ABC. Ese día medio millar de subsaharianos intentaron acceder a la Ciudad Autónoma con palos, gasolina e incluso garfios. La mayoría fueron devueltos a Marruecos a través de las vallas al no haber entrado en territorio español.

La ONG Prodein grabó un vídeo en el que los agentes golpean con las defensas a un maliense para que baje de la escalera en la que está encaramado y luego lo devuelven a Marruecos a través de la valla, llevándolo en volandas.

El titular del Juzgado número 2 de Instrucción, Emilio Lamo de Espinosa, tomó declaración a imputados y testigos los días 25 y 26 de marzo. Unos y otros aseguran que el inmigrante llevaba un garfio, que se resistió; utilizaron las defensas en manos y pies y estaba fingiendo el desvanecimiento que se ve en las imágenes. «Cuando lo entregamos a los mehanies, se levantó, se puso de pie y se unió al grupo», declararon varios de los agentes. Tres ONG denunciaron a los agentes, cinco de la Compañía de Melilla y tres de los Grupos Rurales de Seguridad.

«Aunque las imágenes en principio muestran una actuación desmesurada de los agentes, al emplear las defensas contra una persona que se encontraba subido a una escalera y agarrado con una sola mano y que perfectamente habría podido ser obligado a descender de la escalera de otra manera, es lo cierto que los agentes se encontraban realizando la función de rechazo en frontera en la forma en que les había sido ordenada que la llevaran a cabo, en una situación de gran tensión», admite el instructor en su auto notificado hoy mismo a las partes tras someter a durísimos interrogatorios a los agentes, como publicó ABC.

«Finalmente, valorando única y exclusivamente los medios de prueba incorporados a las actuaciones (grabaciones, testificales y declaración de los agentes imputados), no puede inferirse en este momento procesal y a falta de poder practicar las diligencias de investigación pendientes, un acto inequívoco y claro de sentido vejatorio de esos agentes contra los inmigrantes, o que hubieran tenido un comportamiento degradante que incidiera en el concepto de la dignidad personal de aquéllos», concluye Lamo de Espinosa, cuya actuación ha causado un profundo malestar.

Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado, que ha defendido a los agentes, habían pedido el archivo de las actuaciones. El juez se mostró especialmente inquisitivo no solo con los extremos del delito investigado sino con todo el procedimiento y la actuación que se lleva a cabo en la frontera de Melilla respecto a las llamadas «devoluciones en caliente». «Siempre obedecemos órdenes cuando son legales y las que dan nuestros jefes son legales», le respondió uno de los guardias.

En abril la Audiencia de Málaga ya había exonerado también al jefe de la Comandancia de Melilla, el coronel Ambrosio Martín Villaseñor, imputado por otros tres saltos masivos y la actuación de sus hombres para impedir la entrada ilegal de los subsaharianos.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4663 en: 11 de Agosto de 2015, 19:30:53 pm »
que tengan que estar delante se su señoria por cumplir con su deber gracias compañeros por estar donde estais

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4664 en: 17 de Agosto de 2015, 12:17:49 pm »
Policía local encarcelado por desobedecer a un juez

13 AGOSTO, 2015
Un agente de Palma entrará en prisión por saltarse las restricciones de una sentencia. Un juez había ordenado el alejamiento de su unidad mientras duraran las investigaciones de un caso de corrupción, informa el diariodemallorca.es. Se le acusa de desobediencia y obstrucción a la justicia. Recientemente otro policía ya fue arrestado por un motivo parecido.

El funcionario responde al nombre de Juan L. L.. Se trata del ex-jefe de la comisaría de Platja. También fue el responsable de la sección nocturna durante años. En la actualidad estaba suspendido de sus funciones. El arrestado tenía el rango de inspector dentro del cuerpo. Está imputado en la denominada operación Sancus.

El mando incumplió la prescripción de no acercarse a los locales de ocio de s´Arenal.  El juez estimó que así se garantizaba la seguridad de las pruebas y testigos del proceso. Los recintos del Arenal están siendo investigados por intercambio de favores con la policía local.

El funcionario trató de excusarse ante el juez. Dijo al magistrado que sólo había pasado por allí. Según él Platja de Palma es su lugar habitual deporte y apenas pasó delante de los locales. Según la investigación asistió numerosas veces a los locales 6 y 8.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4665 en: 21 de Agosto de 2015, 12:15:32 pm »
Ay esas resistencias, desobediencias y atentados...


El Supremo concluye que los Mossos detuvieron sin motivo a un hombre que fue condenado por resistencia


Los hechos ocurrieron el pasado 6 de mayo de 2009, cuando tres agentes de la policía catalana pararon en la localidad de Salt el coche en el que viajaba el hermano del condenado, Mohamed M., a quien pidieron su documentación y la del vehículo y le intervinieron un dispositivo GPS.

El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre marroquí condenado por un delito de resistencia a la autoridad por intentar oponerse a su detención por los Mossos d'Esquadra, al entender que los agentes le arrestaron de manera arbitraria y en respuesta a un incidente ocurrido el día anterior con su hermano.

Al día siguiente, los tres policías fueron a la casa del marroquí para detenerle y el hombre se agarró a una barra de entrada de una tienda tratando de impedirlo, tras lo que los cuatro cayeron al suelo y los agentes le redujeron y esposaron mientras se resistía al arresto propinando patadas que causaron lesiones a los mossos.

En virtud de estos hechos probados, la Audiencia Provincial había condenado al hombre a seis meses de prisión por un delito de resistencia, así como a penas de multa por tres faltas de lesiones, y le había absuelto del delito de atentado.

Los agentes no han "podido ni sabido concretar el por qué" de la detención, explica el alto tribunal
Recurso al Supremo

El detenido recurrió esta sentencia al Tribunal Supremo alegando que se le había condenado injustamente por el delito de resistencia a agentes de la autoridad del artículo 556 del Código Penal, argumento que la Sala de lo Penal del alto tribunal acepta.

"Ni en el relato de los hechos de la sentencia recurrida se hacen constar los motivos para proceder a la detención del recurrente ni la fundamentación jurídica de aquella lo expresa o explica", afirma el tribunal respecto del fallo de la Audiencia de Girona, que recoge la agencia Efe.

Los magistrados del Supremo abundan en que lo que se deduce de esa sentencia es que "todo se produjo como resultado de un incidente ocurrido el día anterior entre los funcionarios y Mohamed M. cuando éste consideró, con razón o sin ella, que los policías maltrataban injustificadamente a su hermano" al haber parado su coche y pedirle la documentación.

Sin embargo, tal y como destacó la propia Audiencia Provincial de Girona en la sentencia condenatoria, no quedó probado que tras esa actuación policial contra el hermano se produjera un incidente entre el hombre luego condenado y los agentes, ni que les insultara y amenazara.

La "ausencia de razones" que expliquen el arresto "priva a los funcionarios y a su actuación de la legitimidad necesaria" para incriminar al hombre de un delito de resistencia, explica el Supremo, por lo que le absuelve de la pena de seis meses de prisión que le impuso la Audiencia Provincial de Girona, así como de las multas por las faltas de lesiones.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4666 en: 13 de Septiembre de 2015, 18:31:36 pm »
Audiencia de Valencia absuelve a Albert Pla por decir que “mataría a los de Podemos”

El tribunal considera que las declaraciones del cantautor carecen de "seriedad, firmeza y determinación"
La Audiencia de Valencia revoca el fallo que condenaba a Pla a pagar una multa de cien euros por una falta de amenazas

infoLibre Actualizada 12/09/2015 a las 17:09     .

La Audiencia de Valencia absolvió finalmente al cantautor catalán Albert Pla de una falta de amenazas por asegurar en una entrevista concedida a Europa Press que "mataría a los de Podemos y plataformas ciudadanas", añadiendo a renglón seguido que "ahora todavía no llevan guardaespaldas, es mejor acabar ahora", según informó el diario Levante.

 En la sentencia, el tribunal considera que estas afirmaciones carecen "de seriedad, firmeza y determinación" y añade que la infracción "requiere un dolo específico" consistente en "ejercer presión sobre la víctima, atemorizándola y privándola de su tranquilidad y sosiego".

 Así, la Sección Tercera de la Audiencia de Valencia revoca el fallo de la titular del juzgado de instrucción número 4 de Valencia que condenaba al músico a una multa de cien euros –diez días con una cuota diaria de diez euros– al considerar que las declaraciones constituían una falta de amenazas.

 Tras hacerse pública la entrevista, el abogado Ricardo Cano, que es miembro y colaborador de diversas plataformas sociales en Valencia, como afectados por la hipoteca, interpuso una denuncia contra el cantautor. Durante el juicio, Pla reconoció haber hecho la entrevista, pero negó que profiriese esas amenazas durante la misma. Sin embargo, no ejerció el derecho a rectificación.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4667 en: 17 de Septiembre de 2015, 13:42:24 pm »
Delito de homicidio por imprudencia grave
Imputan a 4 policías por la muerte de un hombre durante la pasada Semana Santa

El fallecido sufrió una parada cardíaca durante la detención

El varón mostraba conductas violentas, llegando a amenazar presuntamente a un vecino con un destornillador

Tres de los agentes resultaron heridos, uno de ellos continúa de baja por fractura en la clavícula

MANUEL GALVÍN SERRANO Cádiz

ACTUALIZADO 16/09/201518:02

Los cuatro agentes de la Policía Nacional que intervinieron en la detención de un hombre de 50 años que mostraba supuestamente conductas violentas en la pasada Semana Santa tendrán que declarar en calidad de imputados en el Juzgado de Instrucción nº1 de Cádiz.En el transcurso de esa actuación, el varón murió de parada cardíaca. Antes, había presuntamente amenazado con un destornillador a un vecino del barrio Santa María, donde residía el fallecido.

Los hechos ocurrieron al filo de las siete de la mañana del pasado Sábado Santo. Entonces, los agentes se personaron en las escaleras de la iglesia de Santa María donde se encontraba el sujeto en estado de agitación. Fuentes de la Policía Nacional aseguran que el "detenido estaba fuera de sí" y se enfrentó a los efectivos de la autoridad. En el forcejeo, se enfrentó a cuatro policías para evitar ser interceptado. El resultado fue que el hombre falleció y tres policías resultaron heridos. Uno de ellos sigue de baja por fractura en la clavícula y otro se salvó de una herida mayor gracias al chaleco antibalas que amortiguó la punzada con el destornillador que el hombre de 50 años le asestó en el abdomen. Tal como relatan desde la Policía Nacional, los agentes "iban prudentes y comedidos al principio". No obstante, les sorprendió la resistencia agresiva y procuraron rodear al varón para tratar de inmovilizarlo.

"No sabemos si muere por golpes", aseguran fuentes de la Policía Nacional respecto a la causa de la defunción del sujeto. Aunque la versión oficial habla de muerte por parada cardíaca, en mitad del enfrentamiento, apuntan, pudo haber colisionado el sujeto con el acerado fruto del estado de nervios en el que estaba inmerso. Desde la Policía Nacional niegan que golpes producidos directamente por sus efectivos hayan podido ser causa de la muerte de Juan Antonio.

El juez cita ahora a declarar como imputados a los cuatro agentes para dirimir qué responsabilidad real tuvieron en el fallecimiento del hombre de 50 años. Hasta el momento, siempre habían acudido como testigos a relatar los hechos. Fuentes policiales explican que esta vía otorga mayores garantías procesales a los implicados en aquella actuación, pues permite que concurran a juicio con representación legal. Los agentes están imputados por un delito de homicidio por imprudencia grave, por lo que se enfrentan a penas de entre uno y cuatro años de prisión, según recoge el Código Penal.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4668 en: 17 de Septiembre de 2015, 21:30:47 pm »
Para echarse a llorar.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4669 en: 18 de Septiembre de 2015, 00:52:09 am »
Les deseo suerte

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4670 en: 18 de Septiembre de 2015, 12:24:32 pm »
Que triste...

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4671 en: 18 de Septiembre de 2015, 13:38:52 pm »
Siempre que hay una muerte "poco clara" y además una familia detrás, se produce la denuncia y el Juez ha de investigar para determinar si hay responsabilidades a dirimir o no.....inherente al cargo.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4672 en: 23 de Septiembre de 2015, 08:36:06 am »

Un juez imputa a un Mosso d'Esquadra por lesionar a un joven tras el desalojo de Can Vies

El agente imputado es el antidisturbios que fue fotografiado mientras daba un golpe con su porra a un joven que pasaba por la zona en bicicleta

El juez también ha ordenado a la División de Asuntos Internos (DAI) de los Mossos que identifique al agente que aparece en las fotografías del incidente junto al mosso imputado

CatalunyaPlural.cat

22/09/2015 - 16:28h



El mosso imputado es el que da un cop de porra al joven en bicicleta de la imagen

Un juez de Barcelona ha citado como imputado un agente antidisturbios de los Mossos por las lesiones que le ocasionó a un joven tras el desalojo del centro social de Can Vies en mayo del año pasado. En una providencia, el titular del juzgado de instrucción número 3 de Barcelona ha citado como imputado para el próximo 4 de noviembre del agente de los antidisturbios que fue fotografiado mientras daba un golpe con su porra a un joven que pasaba por la zona con una bicicleta.

Además, el juez también ha ordenado a la División de Asuntos Internos (DAI) de los Mossos que identifique el agente que aparece en las fotografías del incidente junto al mosso imputado, ya que, en su caso, no se aprecia su número de identificación policial. El juez también ha citado, en este caso como testigos, al cabo del equipo del que formaba parte el agente imputado, así como el reportero gráfico que captó imágenes de lo ocurrido.

El magistrado ha adoptado esta decisión después de que la Audiencia de Barcelona le ordenara en abril pasado reabrir la investigación, al apreciar que "sin duda" existen indicios de delito en el batacazo que lesionó al oído al joven.
El joven se querelló contra los dos agentes por las lesiones que sufrió en una oreja cuando recibió un golpe en la cabeza de un batacazo propinada por el agente imputado, a pesar de que los protocolos de actuación establecen que los porrazos sólo se pueden dar de cintura para abajo.

En su querella, el joven identificó uno de los dos agentes -el que le pegó con la porra y ha sido imputado- con el código alfanumérico que llevan los antidisturbios, mientras que el otro aún no ha podido ser identificado. El juez de instrucción había denegado inicialmente la admisión a trámite de la querella formulada por el joven, aunque la Audiencia revocó su decisión y estimó "forzosa" la apertura de una investigación, ya que consideraba que los hechos descritos por el joven y recogidos en las fotografías "revisten sin duda a nivel indiciario caracteres de infracción penal".

Según la Audiencia, no existen dudas de que el "menoscabo corporal" que sufrió el joven -con lesiones que requirieron un tratamiento médico y quirúrgico-, "se produjo como consecuencia del acometimiento en la cabeza con una porra que llevaba uno de los agentes ".

En el escrito en el que rechazó admitir la querella, el juez que ahora ha imputado al mosso sostuvo que los agentes requirieron al joven para que no entrara en la zona de conflicto por los disturbios tras el desalojo de Can Vies, ante la cual éste, lejos de atender a lo que se le ordenaba, optó por desobedecer, se enfrentó a los agentes y los embistió con la bicicleta que llevaba, por lo que advertía que incluso podría haber cometido un delito de desobediencia.

Sin embargo, la Audiencia corrigió al juez y precisó que ni la querella detallaba hechos para acusar al joven de un delito de desobediencia ni "por supuesto" las imágenes permitían llegar a la conclusión de que el querellante agredió los mossos valiendose de la bicicleta en la que iba.

Después de los incidentes por el desalojo de Can Vies, el entonces consejero de Interior, Ramon Espadaler, acordó abrir una investigación interna sobre este batacazo en la oreja para determinar si la actuación policial fue correcta o no.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4673 en: 23 de Septiembre de 2015, 20:47:38 pm »
Hoy hubieran aplicado la ley mordaza al fotógrafo . . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4674 en: 23 de Septiembre de 2015, 21:09:10 pm »

Hoy hubieran aplicado la ley mordaza al fotógrafo . . .

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Si únicamente usa la foto con fines informativos p para denunciar no, y lo sabe.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4675 en: 23 de Septiembre de 2015, 21:41:31 pm »
Seguro? . . . yo no lo tendría tan claro, es más, no pondría la mano en el fuego por defender esa aseveración . . . .yo he visto cosas que nunca creeríais . . . así que hoy le hubieran aplicado la ley mordaza y le hubieran impedido ya no publicarla, sino hacerla.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4676 en: 23 de Septiembre de 2015, 21:52:36 pm »
A lo sumo se le hubiese propuesto para sanción y si la foto no va acompañada de ningún comentario de su autor que busque caldear la opinión social, se queda en nada y lo sabe. Que puede darse el caso de que alguno sancione? Puede ser, pero ya se encargará el contencioso de tumbarlo.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4677 en: 24 de Septiembre de 2015, 03:12:21 am »
Es muy curioso ese eufemismo de propuesta de sanción . . . Y porque tiene un ciudadano que ir a un contencioso a defenderse de una actuación no ajustada a derecho? . . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4678 en: 24 de Septiembre de 2015, 07:18:46 am »

Es muy curioso ese eufemismo de propuesta de sanción . . . Y porque tiene un ciudadano que ir a un contencioso a defenderse de una actuación no ajustada a derecho? . . .

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Como pasa con otras tantísimas cuestiones porque es la idiosincrasia de la administración y del propio ser humano, que nos equivocamos, todos.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4679 en: 24 de Septiembre de 2015, 14:02:36 pm »
Miércoles, 23 de septiembre de 2015
 
Y CUATRO AÑOS DE INHABILITACIÓN

Dos años de prisión para el policía que introducía a prostitutas por Barajas

El agente de la Policía Nacional acusado de introducir a prostitutas de forma ilegal a través del Aeropuerto de Barajas ha aceptado dos años de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de cuatro años.

Así consta en el escrito de la Sección 29 del Juzgado de Instrucción nº43 de Madrid, recogido por Europa Press, que la Fiscalía y la defensa han formulado para adherirse entendiendo que el acusado cometió un delito de inmigración ilegal, junto con un delito de cohecho, por ayudar a varias mujeres de nacionalidad paraguaya a entrar en territorio español para quedarse en un club de la localidad de Valdepeñas.

    El acusado trabajaba como funcionario del Cuerpo Nacional de Policía en el aeropuerto de Madrid-Barajas y aprovechó los meses de septiembre y noviembre de 2006 para ayudar a las mujeres citadas anteriormente.

    Tenía la ayuda de la trabajadora del club, a la que se le ha impuesto el sobreseimiento y archivo de la causa por seguirse contra la misma otra causa independiente por los mismos hechos. Ésta informaba al policía del vuelo en que llegaba cada mujer y le daba la descripción de su vestimenta a fin de que pudiera localizarla, dándole 250 euros por cada una que dejaba pasar.

    En concreto, los días 29 de septiembre de 2006, 4 de octubre de 2006 y el día 25 de octubre de 2006 entraron al territorio nacional diferentes mujeres con la ayuda del policía, incluso estando él fuera de servicio. En este sentido, el acusado percibió un total de 1.250 euros con esta actividad que ha consignado en la cuenta del juzgado.

    Desde el inicio de las diligencias policiales, el acusado reconoció los hechos y colaboró con las Fuerzas de Seguridad en la investigación de los hechos identificando a personas que aparentemente estaban implicadas.

    La causa ha tardado en instruirse siete años, habiendo estado paralizada completamente de noviembre de 2010 a agosto de 2011, de diciembre de 2011 a junio de 2012, de junio de 2012 a noviembre de 2013 y de esta última fecha a noviembre de 2014.