Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 759929 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4740 en: 09 de Enero de 2016, 18:37:14 pm »
Lo que se viene a decir en la noticia es que los policías se pongan al día de las reformas. Que se está deteniendo por infracciones administrativas como los casos de desobediencia leve.
Que den gracias que no les han "metido" por ello.
de como se redacte la comparecencia será leve o menos grave...y por tanto nuestro culo estará a salvo...otra cosa será que su señoría luego lo degrade y listo...que es lo que no quieren, tener que trabaja. Yo no soy juez, así que catalogue usted señoria, yo detengo por delito de desobediencia...si usted lo degrada luego a infracción administrativa es cosa suya.


mire sr ronin, no sea demagogo ni aliente la polemica con un personaje que acusa a la Policia de mentir...aqui nadie ha hablado de mentir...se he hablado y usted lo sabe perfectamente que de como se redacte y se escriba una comparecencia dependerá el devenir del proceso...así que no me cuente historias.
Aunque ande en valle
De sombra y de muerte
no temeré mal alguno
Porque tú estarás conmigo
Tu vara y tu cayado me
infundirán aliento

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4741 en: 09 de Enero de 2016, 20:27:14 pm »
Mentir, mentir...... en todos los juicios a los que he tenido que asistir, el acusado ha mentido en el 98 por ciento de lo que decía, instinto de supervivencia debe de llamarse, por lo que tampoco veo a ese colectivo decir "y sobre todo, decid toda la verdad al juez" eso no lo dicen.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4742 en: 09 de Enero de 2016, 20:48:37 pm »
Mentir, mentir...... en todos los juicios a los que he tenido que asistir, el acusado ha mentido en el 98 por ciento de lo que decía, instinto de supervivencia debe de llamarse, por lo que tampoco veo a ese colectivo decir "y sobre todo, decid toda la verdad al juez" eso no lo dicen.

La ley otorga al reo la posibilidad de mentir....al funcionario, no.

http://www.publico.es/actualidad/tc-dice-derecho-mentir-del.html

El Constitucional explica que "los imputados en un proceso penal no están sometidos a la obligación jurídica de decir la verdad, sino que pueden callar o incluso mentir, en virtud de los derechos a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable". Con estas garantías se acabó con el "viejo proceso penal inquisitivo", en el que se buscaba la confesión del imputado, "incluso mediante la tortura", dice la sentencia.

Tras añadir que estos derechos pueden servir de descargo o como elemento de corroboración de indicios en su contra, el TC concluye que los solicitantes de amparo, como policías locales, "se encuentran en una posición diferente a la del resto de ciudadanos" y pesa sobre ellos "una mayor exigibilidad de rigor en sus manifestaciones", sobre todo porque con ellas imputaron a un ciudadano una denuncia falsa.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4743 en: 09 de Enero de 2016, 22:33:21 pm »
Lo tenía conocido, pero veo que no me has entendido..... que tengan reconocido ese derecho no viene implicito que sea justo decir que los otros lo hacen dejando entrever que ellos son inmaculados y libres de toda duda.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4744 en: 10 de Enero de 2016, 09:41:27 am »

Un camionero que mató a un ciclista y no paró a auxiliarle evita el juicio

La juez de Navalcarnero que instruye el caso no ve indicios de delito por parte del conductor en un auto que carece de motivación

A 500 metros de su destino

F. Javier Barroso   Madrid  10 ENE 2016 - 01:45 CET 

El camionero de 56 años que arrolló y mató el 21 de octubre de 2013 al ciclista Óscar Bautista García, de 37 años, en el kilómetro 28,600 de la autovía de Toledo (A-42) no será juzgado. Así lo ha decidido la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Navalcarnero, que no ha apreciado ningún delito ni doloso ni imprudente. La juez ha firmado un auto en el que no motiva esta decisión. La familia del fallecido ya ha recurrido este auto al entender que se han vulnerado algunos derechos fundamentales, como la tutela judicial efectiva. La fiscal del caso todavía no se ha pronunciado sobre qué solicitará.

El accidente se produjo alrededor de las 7.30 de la mañana cuando el ciclista iba desde su domicilio, en el municipio toledano de Yeles, hasta su puesto de trabajo, en Balauto, una empresa familiar de reparación de parachoques fundada por su padre, en el polígono industrial de Las Avenidas, en Torrejón de la Calzada. En total, unos 12 kilómetros. A la altura del kilómetro 28,600 de la A-42 y, cuando le quedaban unos 500 metros para llegar a su destino, un camión le arrolló y siguió su camino.

La víctima llevaba puesta la misma ropa con la que acostumbraba a circular: un maillot rojo, casco y ropa reflectante, además de dos luces traseras para ser visto. Fue su propio hermano Luis el que reconoció el cadáver cuando el accidente estaba siendo investigado por la Guardia Civil de Tráfico. Los agentes dieron una voz de aviso a los talleres de la zona porque descubrieron que el camión que lo había arrollado era un Volvo, posiblemente de color verde. A la una de la tarde, los guardias recibieron un aviso de un taller que un camionero les había llamado de Villaluenga de la Sagra, en Toledo, y pedía un paragolpes.

Los agentes acudieron al lugar y detuvieron al conductor, que declaró que no se había percatado de que había atropellado a un ciclista. La versión que aportaron los guardias civiles fue muy distinta. El atropello se produjo a una velocidad de entre 33 y 52 kilómetros por hora, por lo que tuvo que darse cuenta. Le imputaron los delitos de homicidio en grado de tentativa (penado con prisión de uno a cuatro años) y delito de omisión del deber de socorro.

La instrucción del caso recayó en el Juzgado número 6 de Navalcarnero, que aquel día estaba en funciones de guardia. Su titular ha decretado con fecha de 14 de diciembre un auto de transformación de las diligencias previas (por un posible delito) en un procedimiento por falta. Esto es, por un caso de mucha menor entidad criminal.

 La reforma practicada el año pasado en el Código Penal supuso la desaparición de las faltas, cuya persecución recae desde entonces en las autoridades administrativas. Al haber sido despenalizadas las faltas, no habrá juicio contra el camionero. Tan solo puede haber una vista de cuantía económica para determinar la responsabilidad civil a que tiene derecho la familia. En ningún caso habrá pronunciamiento sobre la responsabilidad penal, según ha explicado Francisco Parrés, el abogado de la viuda, Anna González López, personada como acusación particular.

“Siento tanto dolor, tanta desprotección por parte de la justicia y las leyes. ¿Eso es lo que vale una vida? Te amo Óscar y no descansaré hasta conseguir justicia, honraré tu memoria y haré que nuestros dos hijos estén orgullosos porque no me rendí”, declara la viuda en una carta.
 Parrés ha recurrido el auto ante la propia juez y ha pedido que se mantenga al menos como homicidio por imprudencia menos grave, que implica una condena de tres a 18 meses de multa, según el artículo 142.2 del Código Penal. “Va a ser determinante lo que diga la fiscal, que hasta ahora no se ha pronunciado”, reconoce el abogado.

La muerte de Óscar Bautista García supuso un grave problema económico para su viuda y sus dos hijos (entonces tenían nueve y tres años). La mujer dejó de recibir los 2.800 euros mensuales que cobraba su marido y tuvo que entregar la vivienda en la que residían como dación en pago. Regresó a Lleida y ahora está trabajando en un hotel para poder mantener a la familia. El abogado mantiene que aparte de la indemnización por la pérdida de su marido también tiene que recibir una compensación por ese lucro cesante (dinero que se deja de percibir).



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4745 en: 16 de Enero de 2016, 10:11:18 am »
Cuatro policías de la autonómica, a juicio por falsedad

La Fiscalía pide entre 4 y 6 años de cárcel para cuatro miembros de la Policía Canaria acusados de prefabricar un presunto delito de atentado para endilgárselo a un supuesto alborotador detenido en el carnaval de 2013. La Sala los juzgará en mayo.

El subinspector de la Policía Canaria Carmelo M.S. se sentará en el banquillo de la Audiencia Provincial de Las Palmas a finales del próximo mayo acusado de lesionar con sus propias manos a un agente novato –supuestamente, lo metió en su despacho, apagó la luz y de modo sorpresivo se abalanzó sobre él haciéndole arañazos en el cuello con un objeto punzante– para luego mandarlo a que lo viera el médico y hacer creer al juez que había sufrido un atentado por parte de un individuo al que habían detenido la noche anterior en los carnavales del Parque de Santa Catalina, en febrero de 2013. Junto al mando, se sentarán el agente agredido, su compañero de patrulla y el agente que supuestamente actuó de secretario en el atestado fraudulento.

La fiscal Beatriz Sánchez pide en sus conclusiones provisionales seis años de cárcel, nueve de inhabilitación y más de 1.300 euros en multas para el subinspector, al que imputa una falta de lesiones, un delito de falsedad en documento oficial por funcionario público y un delito contra los derechos individuales.

El Ministerio Público también pide seis años de cárcel y otros tantos de inhabilitación para el supuesto secretario del atestado fraudulento, el policía autonómico Luis R.M., y cuatro años y nueve meses de cárcel por falsedad para el agente que presuntamente hizo de conejillo de indias, Horus L.C. y para su compañero de patrulla, Francisco P.G. Estos dos últimos fueron los que denunciaron lo que estaba a punto de ocurrir ante el juez de guardia, y por ello la fiscal pide que se les aplique la atenuante de confesión. De hecho, según el relato de la acusación pública, antes de atacar a Horus L.C., el suboficial había propuesto el fraude al agente Francisco P.G., pidiéndole supuestamente que se autolesionara, a lo que éste se negó.

El detenido que iba a ser acusado de atentado quedaría en libertad.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4746 en: 18 de Enero de 2016, 17:55:47 pm »

El Supremo reduce la pena del ladrón del Códice Calixtino a 6 años y 2 meses



La dictada el 19 de noviembre de 2015 constata un error material en la cuantificación de la pena de prisión. El delito continuado de robo agravado tiene una pena de seis años y tres meses de prisión como techo de del castigo imponible, y no hasta siete años y seis meses de prisión.


     
La sala Penal del Tribunal Supremo ha emitido relectura de la sentencia dictada el año pasado contra el electricista Manuel Fernández Castiñeiras, el ladrón del Códice Calixtino. La aclaratoria surge tras detectar un error en la sentencia: la imposición de una pena mayor a la estipulada.

El delito continuado de robo agravado tiene una pena de seis años y tres meses de prisión como techo de del castigo imponible, y no hasta siete años y seis meses de prisión, como establecía la primera sentencia. De esta forma, Fernández Castiñeiras se ennfrenta a un año menos de condena.

El Códice Calixtino fue recuperado por la Policía el 4 de julio de 2012, un año después de ser sustraído de la Catedral de Santiago de Compostela por Fernández Castiñeiras. Este valioso manuscrito medieval apareció en un garaje de la localidad coruñesa de Millandoiro, envuelto en papeles y en una bolsa de plástico, donde lo había escondido el electricista, autor confeso del robo y que trabajó en el templo durante 25 años.

La Audiencia Provincial de A Coruña condenó  al exelectricista de la Catedral de Santiago por robo continuado. Su mujer, la costurera Remedios Nieto, fue condenada a seis meses de cárcel y el hijo, Jesús Fernández Nieto, resultóabsuelto. La Fiscalía pedía para el principal acusado por la sustracción del Códice Calixtino 15 años de prisión, mientras que la acusación particular ejercida por la Catedral solicitaba 31.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4747 en: 19 de Enero de 2016, 16:48:15 pm »
Arranca el juicio por el asesinato de Isabel Carrasco

El jurado que decidirá sobre el asesinato de Isabel Carrasco lo forman cinco hombres y cuatro mujeres de entre 34 y 65 años, todos de León
El juicio comienza con las declaraciiones de las tres mujeres acusadas: Montserrat González, su hija Triana Martínez y la agente de la Policía Local de León Raquel Gago
Para cada una de las acusadas, la Fiscalía pide una pena total de 23 años de prisión


informacionsensible.com

19 de Enero del 2016 a las 09:15

Cinco hombres y cuatro mujeres forman  el jurado que emitirá el veredicto por el crimen contra la presidenta de la Diputación de León Isabel Carrasco (PP), asesinada el 12 de mayo de 2014 por una presunta venganza personal.

La Audiencia Provincial de León acogía el lunes la selección de este jurado. Los miembros que lo integran son de León y tienen entre 34 y 65 años.

El juicio comienza esta mañana con la declaración de las tres mujeres acusadas del asesinato de Carrasco, Montserrat González (60 años), su hija Triana Martínez (36 años) y la agente de la Policía Local de León Raquel Gago (42 años). Para cada una de ellas la Fiscalía solicita una pena de 23 años de prisión.

Isabel Carrasco murió con 59 años a las 17.15 horas del 12 de mayo de 2014 tras recibir tres disparos cuando atravesaba una pasarela peatonal sobre el río Bernesga para dirigirse a la sede del PP en el Paseo de Salamanca.

La Policía detuvo 20 minutos después a Montserrat González y a su hija Triana Martínez como supuestas autoras de su muerte gracias a la colaboración de un agente de policía jubilado que presenció la agresión y siguió a la madre.

Cuarenta y ocho horas después, Raquel Gago entregó en la Comisaría de León el arma homicida y explicó que la había encontrado en su coche sin saber cómo había llegado hasta allí. Inicialmente quedó en libertad, pero el 16 de mayo la titular del juzgado número 4 de León, Sonia González, que ha instruido las diligencias del caso, decretó su ingreso en presión tras tomarle declaración. La juez instructora consideró que existían suficientes pruebas incriminatorias que probaban su participación en la muerte de Isabel Carrasco.

Montserrat González confesó ante la Policía ser la autora de los disparos, y explicó que había actuado movida por el odio ya que responsabilizaba a Isabel Carrasco del despido de su hija de la Diputación de León y de cercenar su carrera política en el PP.

En su escrito de conclusiones provisionales, la Fiscalía solicita para cada una de las tres acusadas penas que suman 23 años: 20 por un delito de asesinato en concurso ideal con otro de atentado a la autoridad, y tres más por tenencia ilícita de armas. Además, reclama que las acusadas indemnicen, conjunta y solidariamente y por iguales cuotas, con 75.000 euros, a Loreto Rodríguez Carrasco y a Jesús Luis López-Brea, hija y pareja, respectivamente, de la víctima.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4748 en: 20 de Enero de 2016, 09:15:43 am »
La Sra. San Sebastián lo vio claro. 



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4749 en: 20 de Enero de 2016, 15:13:07 pm »

La asesina confesa: "Maté a Isabel Carrasco porque era ella o mi hija"


Montserrat es "responsable" del crimen y la defensa admite que fue un asesinato, pero considera que hay atenuantes que le permiten pedir menos años de cárcel que los 23 que solicita el fiscal.

Montserrat González, la acusada de disparar contra la presidenta de la Diputación de León, Isabel Carrasco, decidió acabar con la vida de la dirigente del PP cuando constató que iba a seguir en ese cargo, porque el presidente del partido, Mariano Rajoy, no accedió a que la sustituyera Javier García Prieto.

González lo ha confesado en el juicio que se sigue en la Audiencia Provincial de León por ese crimen y ha dicho que, cuando Rajoy se negó a que García Prieto sustituyera a Carrasco, tomó la decisión. Y lo hizo porque estaba convencida de que la víctima iba a seguir haciéndole "la vida imposible" a su primogénita.

"Decidí que la iba a matar", ha recalcado Montserrat González, quien ha roto en llanto en algún momento de su declaración, como cuando ha reconocido que su hija sufría depresiones y que se fue a vivir con ella prácticamente toda la semana, porque no quería que le pasara como a una amiga de Gijón y a otros conocidos, que se suicidaron.

Sólo responde a las preguntas de su abogado

Montserrat González ha declarado que Carrasco y su hija, Triana Martínez, se llevaron bien durante dos años hasta que la dirigente del PP acosó sexualmente a la joven. González ha comparecido en la Audiencia Provincial de León por el crimen de Carrasco, cometido el 12 de mayo de 2014 en la capital leonesa, y por el están acusadas también Triana, su única hija, y la policía local Raquel Gago.

Triana y Carrasco se llevaron bien durante dos años hasta que la dirigente del PP acosó sexualmente a la joven

La madre de Triana, que solo ha querido responder a las preguntas de su abogado defensor, se ha mostrado titubeante y nerviosa en algún momento de su declaración, en la que ha querido dejar claro que su hija sufrió una "persecución increíble" por parte de "la Carrasco", como ha llamado en una ocasión a la dirigente del PP.

Cuando entró "la Carrasco" en la Diputación, ha manifestado Montserrat, ya se decía que "era mala" y que tendrían "problemas con ella y eso", pero Triana "estaba a gusto". "Se llevaban bien", ha apostillado. "Era raro, porque se llevaban bien y muy bien", ha continuado a preguntas de su abogado para señalar a renglón seguido que Carrasco ayudó a su hija a solucionar un problema con Hacienda de 2.000 euros por la compra de un coche en Alemania.

Y preguntada por su letrado no ha dudado en ratificar que en ese momento tuvieron conciencia de que "algo de mano tenía (Carrasco) con Hacienda". "¿Cuándo empezaron los problemas?", le ha inquirido su letrado, José Ramón García. Tras dos años de buena relación, un día de enero de 2010 Carrasco llamó a Triana para que le ayudara a solucionar un problema de teléfono móvil, ha relatado Montserrat.

La citó en su casa, Triana acudió, y Carrasco le propuso relaciones sexuales. Su hija, según le contó después, salió corriendo. "Ahí empezó mal todo", ha aseverado la acusada.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4750 en: 20 de Enero de 2016, 20:52:16 pm »
La policía que entregó el arma: "No tengo vida desde que pasó eso"

Vídeo: http://www.elmundo.es/sociedad/2016/01/20/569f833f268e3eaf668b468a.html

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4751 en: 21 de Enero de 2016, 10:26:15 am »
En su momento se habló bastante de la influencia política en este asesinato... Ahora hay que seguir... con Venezuela.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4752 en: 21 de Enero de 2016, 20:34:09 pm »

JUICIO POR EL 'CASO CARRASCO'

Piden deducir testimonio al principal testigo por caer en "falso testimonio"

El letrado de Montserrat intenta desacreditar la declaración del agente jubilado que asegura que no se reconoce en una llamada que hizo al 112 y pide abrir una investigación para comprobar si ha incurrido en un delito de falso testimonio / De ser así, se caería el testimonio en el que se pone en evidencia que Montserrat se desprendió del bolso ya en la Plaza de Colón o en el pasadizo, por ser la única forma de llegar a Gran Vía / Mielgo tanto en sede policial como judicial declaró que llamó al 112

Vídeo: http://www.leonoticias.com/frontend/leonoticias/Piden-Anular-El-Testimonio-Del-Principal-Testigo-Por-ldquo-vn194540-vst385

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4753 en: 21 de Enero de 2016, 20:55:09 pm »
Lo cierto es que este Policía  Nacional ese día  actuó de manera impecable, tristemente  declarando ha dejado bastante  que desear, no se si por " adornar" su actuación  o por ansias de involucrar a la hija, pero lo cierto es que la ha cagado y debería haberse limitado a declarar como su esposa que sin ser policía  lo ha hecho bastante  mejor que él.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4754 en: 23 de Enero de 2016, 13:22:30 pm »

Un exmilitar senegalés deja a seis policías heridos durante su arresto

Fue detenido en Juan Alvargonzález por tercera vez en dos meses por supuestos delitos de malos tratos a su excompañera


 OLAYA SUÁREZ
 
 GIJÓN
 
11 diciembre 2014


«Fue una detención de película», dicen los policías agredidos por Papagore


Papagore Ndoye señala las piezas dentales que ha perdido, antes de comparecer ante el juez por atentado y lesiones a seis agentes.  / CITOULA

El exmilitar senegalés niega ante el juez que golpease a seis agentes y asegura que «fueron ellos los que vinieron a darme una paliza»

MARCOS MORO
 
 GIJÓN
 
22 enero 2016

«No levanté un dedo a los policías. Lo juro por la tumba de mi madre». Papagore Ndoye, el exmilitar senegalés acusado de agredir a seis policías el 9 de diciembre de 2014 en la calle de Juan Alvargonzález, se presentó ayer ante el juez como una víctima de «abusos» policiales.

Papagore ofreció en el juzgado de lo Penal número 1 una versión de los hechos diametralmente opuesta al relato del Ministerio Fiscal. Según declaró, el día de autos acudió a la vivienda de su expareja sentimental en El Llano a recoger una carta avisado por ella y que lo que se encontró al salir del portal fue una especie de emboscada contra su persona. «Ellos vinieron a darme una paliza», aseguró. «Me rodearon en círculo con porras en la mano. Me puse nervioso y cuando me agaché a coger unos papeles una mujer rubia me pegó con un tolete en la nuca», relató negando en todo momento haber golpeado a los agentes que acudieron a detenerle, a los que acusó de actuar de manera racista.

El senegalés también argumentó que se metió en un bar cercano para protegerse y que sufrió la dislocación del hombro y la perdida de piezas dentales debido a la violencia empleada por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para reducirle. «Me pisotearon tres en la cabeza. Eran más de 22 policías y siete coches los que vinieron a por mí», declaró el exmilitar a preguntas de su defensa letrada.


«Ningún policía dice la verdad», «se arropan unos a otros porque son unidad» y «yo sufrí abusos», fueron otras de las frases que dejó Papagore en el juicio.

Por su parte, los seis agentes que sufrieron lesiones durante el arresto de Papagore en la calle coincidieron en sus testimonios. Explicaron al juez que el acusado les recibió con hostilidad y actitud agresiva. Con un estado de ánimo completamente alterado, según relataron, en el que no faltaron la amenazas con matarles y los desafíos para que vinieran de dos en dos de una persona que pesa 120 kilos, con preparación militar y que se jacta de pasarse cuatro horas diarias en el gimnasio.

Levantó a nueve personas

«No se pudo razonar con él en ningún momento», señaló uno de los policías que estuvo de baja tras el incidente con Papagore. Un agente que también reconoció que el despliegue que fue necesario para contenerle a la puerta de un bar «fue increíble; parecía una película». Según relató, «arremetió contra nosotros braceando y lanzando patadas y nueve personas fueron necesarias para reducirlo. Estaba tumbado boca abajo en el suelo y aun así con el cuello y las piernas era capaz de levantarnos a algunos mientras tratábamos de engrilletarle», expuso. Los policías agredidos indicaron que aquel día de diciembre fueron al encuentro del senegalés en el domicilio de su expareja con más refuerzos de los habituales por el conocimiento de la trayectoria violenta de Papagore. Asimismo, explicaron que no se le trasladó a un centro médico tras su reducción y arresto, como establece el protocolo en estos casos, porque su agresividad podía poner en peligro a los facultativos.

El juicio quedó ayer visto para sentencia. El senegalés, al que se le había solicitado un acuerdo previo por parte de la Fiscalía y las acusaciones, rechazó asumir los hechos por lo que se enfrenta siete años de prisión por delitos de lesiones y atentado cometido contra agentes de la autoridad.

La abogada del turno de oficio que llevó su defensa pidió la libre absolución porque, a su juicio se cometió abuso de autoridad por parte de los agentes contra su patrocinado, del que hizo constar que Papagore ha sido absuelto hasta la fecha de todas las denuncias de maltrato interpuestas por su expareja.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4755 en: 23 de Enero de 2016, 13:43:36 pm »
Lo he dicho alguna que otra vez....los jueces terminan hartos de tener que enjuiciar conductas calificadas como atentados, desobediencias y resistencias...unas figuras de las que se debería huir como de la peste....y quizás con un poco más de mano izquierda se conseguiría reducirlas.




Un protocolo para las detenciones


05/01/2016

El Tribunal Superior de Justicia propondrá medidas para evitar arrestos policiales incorrectos tras las quejas de jueces de Bilbao. Magistrados y Ertzaintza aspiran a una salida acordada.




Los jueces se ofrecen para formar a los ertzainas en la nueva ley

21/01/2016

Algunos magistrados se habían quejado por detenciones innecesarias de la Policía

El trabajo judicial policial vivió importantes cambios en 2015 con dos reformas legislativas del Gobierno de España, la nueva Ley de Seguridad Ciudadana (conocida popularmente como la «ley mordaza») y el nuevo Código Penal. Las novedades habían generado zozobra entre algunos agentes de la Ertzaintza y también fricciones entre Policía y magistrados a la hora de tipificar distintas actuaciones, sobre todo los casos de «desobediencia». Tras las quejas de los jueces de instrucción de Bilbao, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, presidido por Juan Luis Ibarra, ha acordado ofrecer su «colaboración» para formar a los ertzainas en aquellas cuestiones relacionadas con su trabajo como Policía judicial, según un acuerdo oficial al que ha accedido EL MUNDO.

El gran problema surgió en Bilbao. Algunos magistrados se quejaron de que la Ertzaintza seguía practicando detenciones por «desobediencia» a la autoridad, una conducta que la nueva normativa ya no considera delito, ni siquiera falta, si no es grave o implica o una agresión física. De hecho, se ha llegado a abrir un procedimiento por arresto ilegal contra dos agentes.

En este sentido, la sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia analizó la respuesta que dar a estas «disfunciones» entre el juzgado y la comisaría. Este organismo acordó el pasado 15 de enero buscar una salida acordada, que se coordinará en dos niveles. Primero, se reunirá la comisión de seguridad pública de Euskadi, un órgano de reciente creación que sienta a la Ertzaintza, a la Fiscalía y a los jueces. Segundo, el tema se abordará en las comisiones provinciales de Policía judicial, donde están los mismos actores y también las Fuerzas de Seguridad del Estado, Policía Nacional y Guardia Civil.

El mensaje que trasladarán los jueces es el siguiente: se ofrecerá la «colaboración» de la judicatura «en orden a la formación de  los miembros  de la Policía  judicial, dado los  numerosos y recientes cambios legales producidos en materia  de  instrucción y enjuiciamiento  penal». Fuentes policiales valoran como muy positiva esta situación para lograr una salida amistosa y coordinada a una situación que había tensionado las relaciones entre ambos estamentos, especialmente en Bilbao.

El sindicato mayoritario del cuerpo, Erne, calificó de «perfecto» el paso dado por el organismo presidido por Juan Luis Ibarra. Su secretario general, Roberto Seijo, reseña que es muy importante que los agentes reciban formación sobre «las modificaciones del Código Penal, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y de la Ley de Seguridad Ciudadana». Por ejemplo, apunta que ante la «desaparición de la falta de orden público» hay que «delimitar conductas en el ámbito de la protección ciudadana». Identifica como un punto fundamental dejar claro cuándo practicar una detención, cuándo tiene que actuar la Policía. También reclama que los agentes sean instruidos en la redacción adecuada de atestados e informes.

Los cambios legislativos serán objeto, precisamente, de unas conferencias que se celebran hoy en la academia de Arkaute. El centro, desde hace varios años, desarrolla las jornadas Parez pare para abordar cuestiones de actualidad en materia de Policía y Emergencias. También el propio sindicato Erne ha organizado un curso sobre la materia, que será impartido por el juez de Bilbao Urko Giménez.




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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4756 en: 26 de Enero de 2016, 18:33:04 pm »

El Supremo condena a dos años de cárcel al capitán del Prestige por delito medioambiental


El alto tribunal corrige la sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña e impone una pena de dos años de prisión a Apostolos Mangouras. Además, le impone una multa de 10 euros diarios durante un año.

El Tribunal Supremo ha condenado a dos años de prisión y multa al capitán del Prestige, Apostolos Mangouras, por un delito imprudente contra el medio ambiente en su modalidad agravada de deterioro catastrófico derivado de la catástrofe del vertido en las costas gallegas en 2002. La resolución abre la puerta a la responsabilidad civil directa de las aseguradoras, que asciende a cifras millonarias, y que había sido obviada por la Audiencia Provincial de La Coruña, que juzgó los hechos.

Dicho tribunal únicamente había condenado a Mangouras a nueve meses de prisión por un delito de desobediencia al no atender a las órdenes de las autoridades españolas respecto al remolque del buque. Esa condena se sustituye ahora por la de delito medioambiental que conlleva dos años de cárcel y 12 meses de multa a razón de 10 euros diarios.

La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente la juez Ana Ferrer, conlleva la responsabilidad civil directa, con el mismo alcance, de la aseguradora del buque, otra subsdiaria y del FIDAC (fondos internacionales de indemnización de daños debidos a la contaminación por hidrocarburos) si bien la cantidad exacta la deberá fijar la Audiencia de La Coruña en ejecución de sentencia. El fiscal la había fijado en 4.328 millones de euros.

Con su resolución, la Sala de lo Penal del Supremo rechaza la pretensión de la Fiscalía del Supremo, que durante la vista por este asunto, celebrada el pasado 29 de septiembre, solicitó la anulación de la sentencia por "ilógica, errónea y arbitraria" y que se ordenara a la Audiencia Provincial que la repita teniendo en cuenta cinco documentos 'clave' que acreditan que el capitán Apostolos Mangouras conocía el mal estado del barco.

Desconectado tixe

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4757 en: 26 de Enero de 2016, 21:15:30 pm »
2 años solo y lo más preocupante..... solo el.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4758 en: 27 de Enero de 2016, 00:12:52 am »
2 años solo y lo más preocupante..... solo el.

Lo más preocupante para mi no son los dos años... para mi lo más preocupante son los casi 14 años.

Desconectado 47ronin

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4759 en: 04 de Febrero de 2016, 17:28:44 pm »

La banda de atracadores de Coia que lanzó su botín al aire se libra de la cárcel

Atracadores históricos sustituyen sus condenas por trabajos en beneficio de la comunidad y multas de 840 euros

E.V.Pita. Vigo,  03 de febrero de 2016. Actualizado a las 12:01 h.          

La banda que arrojó billetes del botín al aire en un atraco de Coia se libra de ingresar en la cárcel al sustituir penas mínimas de prisión por trabajos en beneficio de la comunidad y multas de 840 euros. El fiscal considera que muchos implicados tenían problemas de drogadicción y que el atraco no llegó a ser consumado sino que fue solo un intento de robo.

Los cinco acusados aceptaron la pena en una vista por conformidad celebrada esta mañana en el juzgado penal número tres de Vigo.

El único que seguirá en prisión es el atracador Edelmiro F.R., que hirió con un cuchillo en el dedo de un pie a un policía cuando intentaba arrestarlo. Aceptó tres años y 6 meses de cárcel por atentado a un agente de la autoridad, otros seis meses por lesiones y 1.910 euros de indemnización. Recibió una condena de un año y 10 meses por el robo pero la pena será conmutada por un año de trabajos comunitarios. También debe indemnizar con 450 euros, aceptó un año de prision por poseer armas, pena que sustitutiva por un año de trabajos comunitarios.

Héctor F. aceptó 7 meses de cárcel por el intento de robo con fuerza y abonar 3.164 euros de indemnización al banco. La pena fue sustituida por 840 euros de multa a pagar en plazos de cien euros al mes.

Una pena similar recibió Juan J. N., aunque tendrá que cumplir un año y 9 meses por el uso de armas y pagar 450 euros.

Agustín D. y Laureano F.R. se conformaron con un año y 9 meses por el intento de robo armado y una indemnización de 450 euros.