Autor Tema: Multas y grúas: medidas recaudatorias?  (Leído 240134 veces)

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222535
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1780 en: 20 de Agosto de 2023, 08:33:45 am »


En la carretera CL-501

500 euros y seis puntos por conducir cuando le hacían una felación


CARLOS DE MIGUEL 5SÁBADO, 19 DE AGOSTO DE 2023

Un conductor ha sido multado por la Guardia Civil de Tráfico cuando iba al volante y su acompañante le practicaba una felación en una carretera del sur de la provincia de Ávila: la multa es de 500 euros y seis puntos.
Eso sí, la sanción económica se reducirá a 250 si paga la multa antes del 7 de septiembre, pero en todo cado perderá seis puntos del permiso de conducción.


El hecho ocurrió en carretera CL-501 a la altura de La Adrada, en el kilómetro 12 a las 10,21 horas, sentido creciente, de la mañana del jueves.


En el boletín de denuncia, que ha publicado la cuenta SocialDrive en sus redes sociales, el agente que formuló la infracción detalla el caso en el apartado de “hecho denunciado”, que determina como “conducir de forma temeraria”.


Según explica, el conductor “circula con el pantalón y el calzoncillo bajado y el pene erecto”, mientras “su acompañante” iba “en el asiento del copiloto con la cabeza entre las piernas del conductor”.


“Al ordenarle la detención no se para en el lugar indicado, haciéndolo unos metros después sin respetar las órdenes de los agentes”, indica el boletín del atestado.


Y se añade en el apartado de hecho denunciado que “cuando el agente se acerca, el conductor se está subiendo calzoncillo y pantalón”.

 

Artículo 3
El artículo 3 del Reglamento General de Circulación al que alude la denuncia está referido a los conductores y dice, en su primer apartado: “Se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario (artículo 9.2 del texto articulado)”.


Y en el segundo punto alude a la conducción temeraria, que es el motivo de la denuncia en este caso: “Las conductas referidas a la conducción negligente tendrán la consideración de infracciones graves y las referidas a la conducción temeraria tendrán la consideración de infracciones muy graves, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65.4.a) y 5.c) del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, respectivamente”.


Conectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 50991
  • Verbum Víncet.
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1781 en: 20 de Agosto de 2023, 17:12:51 pm »
Qué le quiten lo bailao. . . jajajaja

Enviado desde mi Mi A2 Lite mediante Tapatalk


"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222535
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1782 en: 13 de Septiembre de 2023, 14:24:20 pm »

Un juez anula una sanción de alcoholemia grave por la “incompetencia” del Ayuntamiento de Palencia para multas con puntos


Por Óscar Herrero -12/09/2023

Sede del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palencia, en el edificio del antiguo Banco de España. / Óscar Herrero
El Magistrado de lo Contencioso Administrativo de Palencia estima que esas sanciones dependen de la Dirección General de Tráfico y no del Consistorio
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palencia acaba de levantar una sanción y ha obligado al Ayuntamiento de Palencia a devolver los 250 euros que pagó por pronto pago un conductor, al que la Policía Local interceptó el pasado 11 de marzo con un exceso de alcoholemia, constitutivo de una infracción grave. Una conducta que está castigada por 500 euros y la retirada de cuatro puntos del carné de conducir.

Y la razón para que el magistrado Victoriano Lucio Revilla levante esta sanción es que considera que el Ayuntamiento de Palencia, que es quien tramita esta multa, es “incompetente” dado que se trata de una sanción que conlleva el detraimiento de puntos.

Porque el Juez reproduce en su sentencia la normativa y explica que si bien es cierto que “la sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los respectivos Alcaldes, los cuales podrán delegar esta competencia de acuerdo con la normativa aplicable”, resalta que “quedan excluidas de la competencia sancionadora municipal las infracciones a los preceptos del título IV, incluyendo las relativas a las condiciones técnicas de los vehículos y al seguro obligatorio” reproduce de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Y en ese título IV aparecen, en el artículo 64 de dicha Ley, la sanciones de puntos.

Fuera de las competencias
“Se podría decir que como la conducción bajo los efectos del alcohol conlleva la pérdida de cuatro puntos, extremo contemplado en el artículo 64 del título cuarto de la citada ley, habría de convenirse en que quedan excluidas de la competencia sancionadora municipal las infracciones a los preceptos del título IV, por lo que aquí no cabría la previsión de que la sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los respectivos Alcaldes, los cuales podrán delegar esta competencia de acuerdo con la normativa aplicable. La consecuencia, pues, sería que la Concejalía delegada -por la Alcaldía- del Área de Organización y Personal del Ayuntamiento de Palencia (-la sanción se produjo en el pasado mandato-) sería un órgano manifiestamente incompetente para imponer la sanción por el tipo de punición que se pretende aplicar”. Sería competente, en este caso, la Dirección General de Tráfico y en su caso la Jefatura Provincial.

Además, el enjuiciador destaca que en expediente sancionador se hace referencia al “derogado Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo”. A lo que en su sentencia, el magistrado expresa un “sin comentarios”.

Por ello, Lucio Revilla apunta que “llegados a estas alturas, obviamente, el título de imputación queda huérfano de cobertura legal, si es que la sanción no se hubiera impuesto por órgano manifiestamente incompetente. De modo que, pese al trabajo de los agentes de la Policía Local de Palencia, resulta que el procedimiento sancionador ha periclitado por la falta de diligencia en su instrucción y resolución y la consecuencia no puede ser otra que la estimación del recurso anulando la sanción pecuniaria en cuestión, sin más análisis”, resuelve el titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palencia.

Y todo ello, “abstracción hecha de que el boletín de denuncia se cumplimente a las 1:05 horas, cuando la segunda prueba de etilometría para contrastar la primera (realizada a las 1:01 horas), se practicó a las 1:15 horas del mismo día 11 de marzo de 2023”, censura el magistrado.


-

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222535
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1783 en: 15 de Septiembre de 2023, 07:52:37 am »
La Justicia anula 158 multas por exceso de velocidad en la M-30 por 'falta de motivación'


Las sentencias señalan que el plano aportado por el Ayuntamiento de Madrid no es suficiente y prevalece la presunción del piloto

Á. G. C.
Madrid
14/09/2023 a las 04:00h.


Unos planos «insuficientes» a ojos de los jueces de lo Contencioso-Administrativo han obligado al Ayuntamiento de Madrid a devolver 158 multas por exceso de velocidad en la M-30 en apenas 20 meses. Se trata en todos estos casos recurridos en los tribunales de conductores que rebasaron el límite de velocidad de 70 kilómetros hora que viene marcado en algunos tramos de la autovía de circunvalación por la que en lo que va de año ya han circulado 248 millones de usuarios.

De acuerdo con lo establecido en la norma, es la administración que sanciona, en este caso el Ayuntamiento de Madrid, «quien debe demostrar la comisión de la infracción, para lo que se vale de la medición realizada por los radares, en este caso fijos, que hay en determinados tramos de la M-30».

Sin embargo, los magistrados consideran que los documentos aportados por el consistorio de la capital no son suficientes para acreditar la «existencia de esa limitación específica». Y este es el motivo por el que, a juicio de los tribunales, debe prevalecer la presunción de inocencia, declarando nulos cada uno de los 158 expedientes reclamados ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

Según Dvuelta, el despacho que ha representado a los conductores recurrentes, al ser requerida la acreditación del citado límite de velocidad, el ayuntamiento madrileño «se limitó a aportar al tribunal unas fotocopias de unos planos de la M-30».

De hecho, apuntan que, en una de las sentencias, el tribunal reprocha al ayuntamiento el envío de «un plano de señalización en el lugar de la infracción al que no puede otorgarse ninguna virtualidad, no solo por su mala calidad de imagen sino porque está fechado en diciembre de 2017, esto es, en fechas muy anteriores a la de la infracción sancionada y que remite a una tarea de interpretación de símbolos y señales».

En otra sentencia, el mismo organismo señala que, ese plano remitido por el consistorio, «es ilegible, ni fechado ni certificado, al igual que un informe con una lista de radares y características sin aplicación al caso concreto». «El ayuntamiento tiene la obligación, como administración, de motivar debidamente en la vía administrativa (previa a la judicial) las razones por las que se desestiman unas alegaciones», recuerdan en Dvuelta, ya que de lo contrario, aseguran, con esta práctica, se crea «un perjuicio añadido al conductor a quien se sanciona».

Nueva documentación

Desde el Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, indican a ABC que «algunas sanciones han sido anuladas después de que el juez haya considerado ‘insuficientes’ los planos de señalización de la M-30 –en los que figuran cada una de las señales que el conductor rebasa previamente a cada radar–, por lo que el ayuntamiento ha comenzado a enviar otros planos en este tipo de procedimientos».

No obstante, las mismas fuentes municipales hacen hincapié en que el volumen de multas anuladas en la Justicia respecto al total de impuestas en materia de exceso de velocidad es «mínimo».

En concreto, señalan que el año pasado se impusieron 485.492 sanciones en toda la ciudad de Madrid por esta misma infracción. De ellas, especifican, han sido tumbadas por los tribunales un total de 310, lo que representa el 0,06% del total, subrayan desde la concejalía.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222535
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1784 en: 17 de Septiembre de 2023, 07:43:46 am »
Por carecer de seguro SI, por ITV, NO.

Una sentencia señala que la DGT multa de manera ilegal a vehículos sin ITV que no están circulando


La recaudación de la DGT por multas al no tener en vigor la ITV supera al año los 200 millones de euros, muchas de ellas realizadas de manera ilegal sobre vehículos estacionados
Los coches estacionados en vía pública no pueden ser multados por no tener la ITV en vigor..

Alfonso Aguilera

Publicado: 17/09/2023 04:45


La recaudación que la DGT realiza cada año en materia de multas sigue siendo una de sus principales fuentes de ingresos; unas sanciones que abarcan todo tipo de situaciones, siendo las de exceso de velocidad una de las que más ingresos proporciona. Y aunque recurrir una multa de esta tipología hoy en día suele ser complicado de obtener resultados positivos, hay otras muchas que sí se logran anular.

Una de ellas viene por parte de las ITV, que en los dos últimos años la permitido a la DGT imponer más de un millón de multas por no pasarla, por un importe aproximado de unos 200 millones de euros. Sin embargo, no todas esas multas son “legales”, ya que una resolución judicial dictada por un juzgado de Madrid, ha aceptado íntegramente el recurso promovido por los letrados de la organización de defensa de los conductores AEA.

Una sentencia que ha dejado sin efecto la multa de 200 euros impuesta al titular de un vehículo estacionado en la calle que no había pasado la ITV, al considerar que “el ilícito a sancionar está constituido por el hecho de circular, no por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica”.

El caso ahora resuelto favorablemente para el automovilista sancionado, se inició por la denuncia formulada por un policía local al titular de un vehículo que estaba temporalmente estacionado en una vía urbana.

Dado que las infracciones relativas a las condiciones técnicas de los vehículos y al seguro obligatorio están excluidas de la competencia municipal, la sanción la impuso el Jefe provincial de Tráfico al rechazar el argumento de que el vehículo no estaba circulando.

Ahora la justicia, ha acogido íntegramente las tesis de los letrados de AEA y rechaza las defendidas de contrario por la Abogacía del Estado, porque considera que el ilícito a sancionar es el previsto por la Ley de Seguridad Vial y está constituido por el hecho de circular, no por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica, pues ninguna infracción define el artículo 10.1 del Reglamento General de Vehículos, que realmente lo que hace es imponer la obligación de su inspección periódica, lo que no significa que esté describiendo ninguna conducta infractora.

Por ello la sentencia anula la multa de 200 euros impuesta y declara que “procede la estimación del recurso declarando la nulidad de la resolución administrativa recurrida conforme al artículo 47.1 a) de la LPAC por infracción del principio de tipicidad”.

Sentencia pionera
Esta resolución judicial, pionera en España, constituye un importante precedente jurídico, y va a permitir determinar con claridad qué hechos pueden ser o no sancionados en relación con la inspección técnica de vehículos.

Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, “está sentencia recoge de forma admirable la doctrina del Tribunal Constitucional en relación con el principio de reserva legal en materia de derecho administrativo sancionador y recuerda que ninguna administración puede utilizar la analogía para sancionar hechos que no están expresamente contemplados en la ley. Algo que, desgraciadamente, ocurre con demasiada frecuencia en las multas que imponen los ayuntamientos y la DGT.”

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222535
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1785 en: 01 de Octubre de 2023, 15:05:21 pm »


Barcelona estudia cómo desbloquear el cobro forzoso de las multas a turistas incívicos


Vecinos de Ciutat Vella piden campañas en inglés contra el incivismo
Carta de una lectora: "Incivismo turístico en Ciutat Vella"
. Barceloneta. /
MANU MITRU

4
Se lee en
minutos
Jordi Rovira

Por qué confiar en El Periódico
Barcelona 28 de septiembre del 2023. Actualizada 29 de septiembre del 2023 a las 13:09
87
Comentarios
El Ayuntamiento de Barcelona busca fórmulas para blindar el cobro obligatorio de las multas por incivismo que impone a turistas, así como a cualquier extranjero –estudiantes Erasmus, trabajadores…– que visita la ciudad y no reside en España. Porque, a la práctica, no están obligados a pagarlas: la falta de un acuerdo internacional impide embargarles la sanción una vez regresan a su país. 



Las denuncias por infracciones de las ordenanzas municipales que la Guardia Urbana de Barcelona notifica a los extranjeros no residentes en España tienen difícil recorrido. Si bien en el momento de la comisión de la infracción, la sanción puede pagarse mediante tarjeta bancaria en los dispositivos electrónicos de que dispone la Guardia Urbana habilitados a tal fin, al tratarse de un pago voluntario, el infractor puede decidir no pagar y que el acto incívico quede impune. Una grieta legal contra la que se enfrentan desde hace años consistorios de toda España y que en Barcelona enerva especialmente a los vecinos de los barrios más turísticos y con más vida nocturna, como Ciutat Vella.

Fuentes municipales confirman a EL PERIÓDICO que el Instituto Municipal de Hacienda trabaja actualmente en la implantación de varios sistemas para la notificación y cobro forzoso de las multas, aunque prefieren no dar más detalles de momento. El gobierno de Jaume Collboni (PSC) ha convertido en una seña de identidad de su arranque de mandato la defensa del orden y el respeto a la convivencia y ha avanzado que este otoño prevé endurecer la ordenanza de civismo, pero no ha hecho ninguna mención a la dificultad crónica para cobrar las multas en el extranjero.



Jóvenes extranjeros en el parque de la Ciutadella bebiendo cerveza en lata, pese a que está prohibido según la ordenanza de civismo /

MANU MITRU
Las multas a personas residentes en Catalunya o en el resto de España sí que llegan a cobrarse de forma mayoritaria. A los empadronados en territorio catalán que no hayan abonado voluntariamente sanciones barcelonesas, se les requiere el pago por la vía ejecutiva y se les puede embargar el importe en su cuenta bancaria. A los vecinos de la capital lo hace directamente el propio consistorio y al resto, la Agencia Tributaria de Catalunya gracias a un convenio de colaboración suscrito entre ambas administraciones.


De forma similar, la Agencia Estatal Tributaria hace llegar a los ciudadanos que residen en el resto de España la deuda contraída por sanciones impagadas. Si no la pagan, en el momento que al afectado se le realiza una devolución de algún impuesto estatal (renta, IVA…) se le practica el embargo. Una vía amparada en el régimen de haciendas locales y que funciona con todos los ayuntamientos españoles.

Ordenanza e informe
En la comisión municipal de Presidencia de la pasada semana, la oposición también movió ficha sobre las infracciones por incivismo. ERC pidió modificar esta ordenanza para simplificarla y ampliar el catálogo de alternativas a las sanciones, guante que recogió el teniente de alcaldía de Seguridad Albert Batlle. Se aprobó la moción por unanimidad, con la única abstención de Vox. Los ‘Comuns’ fueron más allá y en un ruego pidieron un informe a final de año sobre las multas impagadas por turistas y por perfiles vulnerables como personas sin techo o manteros.

“Solo se cobran un tercio de las sanciones a visitantes y la gran mayoría de éstas es gracias al Pronto Pago”, expone el concejal Marc Serra, en referencia al descuento ofrecido por abonar de inmediato una multa. Entonces la apuesta fue “promover el Pronto Pago a través de los propios agentes de la Guardia Urbana” con mejoras en las PDA electrónica y “también se trasladó esta preocupación a los consulados”.


Jóvenes extranjeros en la plaza dels Àngels de Barcelona bebiendo cerveza en lata, pese a que está prohibido según la ordenanza de civismo /

MANU MITRU
La vía de la mediación de Platja d’Aro
Ante la imposibilidad hoy por hoy de obligar a los extranjeros no residentes al pago de las multas por actitudes incívicas, Xavier Pastor, director de la Cátedra de resolución de conflictos, mediación y transformación digital de la UOC, afirma que “la sanción es un instrumento para hacer cumplir la normativa, pero debe ser el último recurso para reconducir el incivismo”. Y defiende que los extranjeros que salen de fiesta en Barcelona actúan de la misma forma que en las ciudades donde residen y que, una vez aquí, adaptan su forma de ser y actuar “en función de lo que ven que hacen los otros”.

En el escenario actual, este experto incide en la vía de la mediación en el ocio nocturno. No en vano, en 2016 él mismo impulsó una prueba piloto en Platja d’Aro que logró reducir un 80% los conflictos asociados a conductas incívicas, ruidos o consumo de alcohol en la calle que generan molestias al vecindario. Desde entonces, otros ayuntamientos se han sumado en la contratación de estos profesionales.


Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222535
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1786 en: 02 de Noviembre de 2023, 07:05:07 am »


Multas de tráfico instantáneas: la Guardia Civil tendrá impresoras térmicas en sus coches y motos


La Guardia Civil de Tráfico contará con más de un millar de impresoras térmicas en sus coches y motos porque las actuales están obsoletas y no se pueden reparar
Agente de la Guardia Civil de Tráfico en Galicia
Borja Méndez
Borja Méndez

Publicado: 02/11/2023 04:45

0comentarios
Multas y notificaciones al instante en alta calidad. La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil renovará sus impresoras porque las actuales "están fuera de garantía" y tienen dificultades para ser reparadas. La Dirección General de Tráfico tiene pensado adquirir más de un millar de impresoras térmicas que serán transportadas por los agentes en sus coches y motos, según la memoria justificativa de la licitación.


En este escrito, la Dirección General de Tráfico defiende que lidera el proyecto TRAMO (TRAtamiento de MOvilidad de accidentes, denuncias y gestión de la información general del tráfico). Un plan que representa un avance tecnológico en la formulación de multas a través de dispositivos móviles de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.


Más de un millar de impresoras térmicas
Una pieza fundamental de este proyecto son los equipos de impresión para la expedición de multas. En la actualidad se dispone de un parque de unas 3.526 impresoras que llevan los agentes del Instituto Armado en sus coches y motos.



Sin embargo, estas herramientas están "fuera de garantía y se encuentran descatalogadas del mercado". "Ante la obsolescencia de los equipos y la dificultad de encontrar piezas para la reparación de los mismos, se hace necesario afrontar una renovación tecnológica que permita afrontar los próximos años con terminales capaces de asumir las futuras mejoras y evoluciones del sistema", detalla la memoria justificativa de la nueva compra.


El objetivo de este nuevo contrato consiste en el suministro de un mínimo de 1.340 unidades de impresoras térmicas portátiles compatibles con los desarrollos del proyecto TRAMO y con las preinstalaciones en los vehículos y motocicletas de la Guardia Civil.


Las nuevas impresoras, disponibles en tres meses
Estos equipos deberán disponer de la impresora, la batería, la base de anclaje para el vehículo y un cargador. El número solicitado es estimado aunque tendrá que ser determinado por la división del presupuesto máximo de licitación. Este procedimiento abierto se realizó el pasado mes de mayo por un importe estimado de 1,19 millones de euros.


Después de meses de trámites burocráticos, el pasado 30 de octubre se formalizó la adjudicación de las impresoras térmicas que ha recaído en Telefónica. El importe total fuera de impuestos será de 991.600 euros, sin impuestos, y se tendrá que ejecutar el mismo en un plazo de tres meses, según el Portal de Contratación.



Estas son las sorprendentes multas que más ha impuesto la DGT este octubre.
Estas son las sorprendentes multas que más ha impuesto la DGT este octubre.EFE
Según explica a Vozpópuli fuentes del Instituto Armado este nuevo equipamiento ayudará a solventar muchos de los problemas que tenían los agentes a la hora de expedir las multas. Y es que, como confirma la memoria del proyecto, muchas de estas herramientas estaban estropeadas y no se podían arreglar.


Las multas más comunes
La DGT es la entidad encargada de salvaguardar la vida de los españoles en las carreteras y autopistas en nuestro país. Y es que la seguridad al volante es una de las asignaturas pendientes de nuestra sociedad. La única manera de hacer frente a las temeridades de algunos conductores es recurrir a la multa, tanto la económica, como la que implica la retirada de puntos.

Para terminar, la cuantía que debes pagar si te ponen una multa de la DGT de esta índole varía en función de la gravedad de la misma. Según lo que explica la DGT "la sanción económica de una multa dependerá de la gravedad de la infracción cometida y las infracciones muy graves y algunas graves pueden implicar también una pérdida de puntos en tu permiso de conducir".

Las tres categorías que tiene la DGT son: leves, graves y muy graves. Las leves implican una multa de hasta 100 euros y sin pérdida de puntos. Las graves son una multa de 200 euros y algunas pueden también suponer pérdida de puntos. Para terminar, las muy graves son una multa de 500 euros y siempre van acompañadas de pérdida de puntos del carné de conducir.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222535
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1787 en: 23 de Noviembre de 2023, 07:20:56 am »

Los Ayuntamientos no pueden retirar un vehículo de la vía pública por no contar con seguro obligatorio


21/11/2023 14:01:43
 REDACCIÓN
TRÁFICO
2 minutos
Los Ayuntamientos no pueden retirar un vehículo de la vía pública por no contar con seguro obligatorio
El Ayuntamiento de Madrid no puede reclamar por la tasa de retirada de vehículos de la vía pública por no haberse devengado la misma, ya que el incumplimiento por el propietario del vehículo de la obligación de suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación, sólo da lugar a que sea inmovilizado y no retirado

CONSULTE LA SENTENCIA AQUÍ
El titular de un vehículo no está obligado al pago de la Tasa por la Retirada de Vehículos de la Vía Pública si el Ayuntamiento no comunicó la retirada y depósito del vehículo al titular en el plazo de veinticuatro horas. En el caso, resuelto por el JCA n° 26 de Madrid en su sentencia 222/2023, de 1 de septiembre, si bien consta que se remitió tal comunicación, lo que no se acredita es la notificación de la comunicación al titular.


Thank you for watching

Se retiró el vehículo de la vía pública sin cumplirse con lo previsto en la legislación aplicable, porque lo que procedía era su inmovilización y no su retirada, ya que en la denuncia se apunta como única causa de retirada del vehículo la ausencia seguro de responsabilidad en vigor; la retirada del vehículo incumplió también los trámites preceptivos de comunicación al titular -de hecho no consta siquiera que el escrito de comunicación llegase a salir del Ayuntamiento, porque no hay estampado en el escrito de sello de registro alguno que así lo justifique, ni certificado o aviso de recibo de Correos que acredite siquiera que se intentó la notificación-.

En la medida en que vehículo fue retirado cuando debió de ser inmovilizado y su retirada no se notificó al propietario, entiende el Juzgado que no ha producido el hecho imponible que hace nacer la obligación tributaria, pues conforme a la Ordenanza de la Tasa por Retirada de Vehículos de la Vía Pública, el hecho imponible de la tasa es la inmovilización, la retirada de la vía pública y el depósito en instalaciones municipales de aquellos vehículos estacionados que hayan de ser retirados por la Administración municipal de acuerdo con la legislación vigente, y como se ha visto, en el caso, se cometieron varias irregularidades.

Tampoco se ha cumplido con el procedimiento establecido en la legislación vigente, ya que la comunicación obrante al documento 2 del EA no fue remitida al recurrente, o al menos no lo ha acreditado el Ayuntamiento recurrido, con lo cual se tiene por acreditada la notificación de esa comunicación -por remisión a la prueba aportada por el recurrente- casi dos meses después de su retirada, cuando la comunicación debía efectuarse en las siguientes 24 horas.

Desde el bufete Legalion Abogados, cuya letrada Beatriz García Urzaiz defendió al titular de la motocicleta, confirman que llevarán de nuevo a juicio al consistorio parar reclamar una indemnización por el ciclomotor.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222535
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1788 en: 24 de Noviembre de 2023, 16:08:17 pm »

Dos guardias civiles multan en Gran Canaria a un motero que se encontraba a 2.272 kilómetros de allí


El hombre ha demostrado con fotos, que justo en el momento en el que los agentes aseguran haberlo multado, se encontraba navegando en aguas del mediterráneo ibicenco
G. Díaz Medina
23.11.2023 05:00h

2 minutos


La Guardia Civil durante un servicio / GUARDIA CIVIL
La Audiencia Provincial de Las Palmas tendrá que dilucidar si un grancanario es capaz de estar en dos islas diferentes en el mismo momento, como así lo aseguran dos guardias civiles que lo multaron como autor de un delito contra la seguridad vial.

Los agentes denunciaron al hombre por conducir una motocicleta con el permiso suspendido en la entrada del barrio de La Paterna en Las Palmas de Gran Canaria y él ha presentado pruebas que lo sitúan a 2.272 kilómetros de la isla, en concreto, estaba en otra isla pero balear, en Ibiza.

¿Identificado?
En las diligencias de la actuación policial a las que ha tenido acceso Atlántico Hoy, los agentes explican con todo lujo de detalles cómo sobre las 17:40 horas del día 28 de junio de 2022, identificaron al conductor de una motocicleta Piaggio después de mandarlo a parar con pitidos de silbato. Además, tras realizar las gestiones oportunas, descubrieron que el motero tenía una orden del Juzgado de lo Penal número 3, en la que se suspendía temporalmente su permiso de conducir.

Relacionado
Un guardia civil canario gana en el TSJM su derecho a que le adjudiquen destino en Mogán
Nada más lejos de la realidad porque el denunciado ha presentado innumerable cantidad de pruebas ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Las Palmas; reserva y pagos en el hotel donde se hospedó en Ibiza, billetes de avión, tanto de él como de su mujer y fotos, muchas fotos de un viaje que duró del 27 al 30 de junio de 2022. Hay una foto que lo sitúa exactamente unos minutos antes de las 17:40, hora en el que los agentes afirman estar identificándolo, navegando en aguas del mediterráneo ibicenco.

Falsedad en documento
Los dos guardias se enfrentan ahora a una acusación de falsedad documental por presuntamente someter a un proceso penal a un ciudadano inocente con base a una denuncia falsa. “Infringiendo no sólo la Ley penal, sino sobre todo, violando el principio de confianza legítima que la ciudadanía de un estado democrático de derecho ha de tener en sus fuerzas policiales, deslegitimando su actuación y pervirtiendo el sistema de Administración de Justicia con base en denuncias policiales (presuntamente) falseadas”, asegura Eduardo López Mendoza, abogado del motorista.

Asímismo, el letrado se pregunta en cuántos casos más se pueden haber falseado impunemente las denuncias a ciudadanos indefensos, incluso acusados por delitos muchos más graves que contra la seguridad vial.

Fiscalía
Para completar todo este desaguisado en el que se ha visto envuelto el denunciado, el fiscal solicitó el sobreseimiento de la denuncia por el delito contra la seguridad vial al Juzgado de Instrucción número 3 de Las Palmas de Gran Canaria.

“Por ello, ante el hecho notorio de que conforme a la documental aportada por el investigado (que bien podría completar con alguna foto del día de los hechos en el cual constase que el mismo se encontraba en Ibiza -hecho fácil de constatar ya que la mayoría de las fotos se hacen con teléfono móvil en cuyos datos y/o metadatos consta no solo fecha y hora, sino también ubicación) el mismo no podría hallarse en la isla de Gran Canaria, se interesa el sobreseimiento provisional de los hechos”, explica el fiscal en su escrito.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222535
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1789 en: 21 de Diciembre de 2023, 07:18:31 am »
"MULTATOR"


EN BARCELONA


Agente 541, 'empleado del mes' por poner más de 7,5 millones de euros en multas de tráfico


Los datos del Ayuntamiento de Barcelona permiten conocer el número de multas impuestas por cada agente. Diez policías suman más de un millón de euros en sanciones cada uno

Por Miguel Ángel Gavilanes Mapa: Ana Ruiz
21/12/2023 - 05:00
EC EXCLUSIVO

En 2022, el Ayuntamiento de Barcelona registró 981.877 multas de tráfico por valor de 110,77 millones de euros. La capital catalana es la segunda ciudad de toda España que más sanciones impone, por detrás de Madrid. Pero no todos los agentes multan por igual.

Conectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 50991
  • Verbum Víncet.
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1790 en: 21 de Diciembre de 2023, 16:13:37 pm »
Serán los notificadores del radar. . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222535
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1791 en: 23 de Diciembre de 2023, 09:29:50 am »


Los 10 policías que recaudaron 33 millones de euros en multas: 289.263 denuncias en un año
Los datos del Ayuntamiento de Barcelona señalan que se impusieron 981.877 sanciones por valor de 110,77 millones de euros el pasado año en la Ciudad Condal.

21 diciembre, 2023 20:44

 
E. Gómez
Barcelona es la segunda ciudad española, por detrás de Madrid, que más multas de tráfico pone. En 2022, el ayuntamiento de la capital catalana registró 981.877 sanciones por valor de 110,77 millones de euros.

Tan solo diez agentes recaudaron más de un millón de euros cada uno —ayudados por algún dispositivo (como radar móvil) o sin utilizar ningún equipo—. En conjunto, estos agentes pusieron un total de 289.263 denuncias y generaron en torno a 33 millones de euros, según datos del Instituto Municipal de Hacienda.

El agente catalán que más sanciones impuso el año pasado generó 7,5 millones de euros con las 69.840 multas, la mayoría de ellas por exceso de velocidad y con el apoyo de algún dispositivo, según recoge El Confidencial. El segundo agente barcelonés que más multas puso generó 4'5 millones de euros, también con ayuda de algún dispositivo. En tercera posición se encuentra el único agente que más millones de euros recaudó sin ayuda de ningún radar, con 4'2 millones. El principal objetivo de este fueron los 9.028 conductores que se saltaron un semáforo en rojo.

[El radar de tramo que más multa de Madrid está mal colocado: 250.000 sanciones y 18 millones recaudados]

En la última posición se encuentra el policía que puso 5.635 multas de tráfico. En casi todas utilizó el sistema de captación dinámica de infracciones (SCDI) —un vehículo con cámara cuyo fin es detectar conductas comportamientos de riesgo en movimiento—. Y estas superan el medio millón de euros. La mayoría de infracciones que detectó este sistema se debieron a circular por carriles reservados o por no respetar la línea de separación de carriles.

Según Eugenio Zambrano, portavoz de CSIF de la Guardia Urbana, en palabras a El Confidencial, estos agentes "tienen que pertenecer" a la Unidad de Denuncias por Imágenes Grabadas (UDIG) de la policía local, ya que son estos los que reciben las capturas que realiza el radar móvil y las cámaras de los semáforos, "que también se envían a la UDIG".

Por velocidad y estacionamiento
Casi la mitad de las multas de tráfico registradas en la ciudad catalana son por velocidad y estacionamiento, según el Ayuntamiento de Barcelona. Las sanciones más frecuentes tras estas son por acceder a zonas de bajas emisiones, con más de 16,4 millones de euros en multas —cuyo responsable del control es el sistema de cámaras Chronos Eco—, por conducir ebrio y por conducción negligente o temeraria. Las sanciones menos comunes, sin embargo, se debe a tema luces.

Desde el pasado mes de noviembre, la presencia de radares en la ciudad catalana se ha multiplicado. A los 17 radares de punto y los cuatro radares municipales de tramo ya existentes se han sumado 28 nuevos cinemómetros. Desde el Ayuntamiento de Barcelona aseguran que estos radares no están puestos para sancionar, sino para informar de la velocidad a la que va el vehículo, a través de paneles, con el objetivo de que el conductor no pise el acelerador.

Zambrano, en palabras a El Confidencial, cree que "hay un afán recaudatorio en la ciudad de Barcelona con los radares, que van más allá de [reducir] la siniestralidad y van a sangrar al ciudadano", puesto que en 2022 se registraron el doble de sanciones de lo previsto, generando 110,7 millones de euros.

   

Desconectado carax

  • Profesional
  • Experto III
  • **
  • Mensajes: 2253
  • Como se notan los Trienios
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1792 en: 23 de Diciembre de 2023, 17:44:40 pm »
PARTIDO SANCHISTA OBRERO ESPAÑOL. EL MAS MENTIROSO DE LA HISTORIA.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222535
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1793 en: 26 de Enero de 2024, 14:13:19 pm »

El Supremo sentencia que un ayuntamiento no puede embargar cuentas radicadas en otras ciudades


El Alto Tribunal falla contra el Ayuntamiento de Madrid en un embargo que realizó para cobrar 22 multas de tráfico pendientes
Lydia Hernández Téllez
Por
Lydia Hernández Téllez

25 Ene, 2024 12:45 p.m. EST

REUTERS/Jon Nazca

El Tribunal Supremo ha sentenciado que un ayuntamiento no puede embargar cuentas bancarias abiertas en sucursales de entidades financieras radicadas fuera de su término municipal. La sentencia hace referencia a un recurso del Ayuntamiento de Madrid, que embargó una cuenta por el impago de 22 multas de tráfico.

El Alto Tribunal ha desestimado el recurso del consistorio e insisten en que en estos casos se debe acudir a la actuación de los órganos competentes de la correspondiente comunidad autónoma o del Estado.

Te puede interesar: Absuelto el joven británico que bromeó con hacer explotar un vuelo Londres-Menorca en un chat con amigos

Madrid recurría ante el Tribunal Supremo una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, que falló a favor del particular contra la diligencia de embargo. La Administración de la capital quería hacerse con 2.028,06 euros de su cuenta corriente, depositados en una sucursal bancaria de Toledo. El dinero requerido se destinaría para cobrar, por vía ejecutiva, 22 multas de tráfico pendientes de pago.

El Ayuntamiento de Madrid no tenía competencia para realizar el embargo

En primera instancia, el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid avaló la actuación del Consistorio. Los jueces consideraron entonces que no se había realizado ninguna actuación fuera del término municipal, pues el requerimiento se había hecho a través de un sistema centralizado para realizar embargos al que el banco toledano estaba adscrito. Por tanto, entendía que la actuación se encontraba dentro de su autoridad.

Tras el recurso del particular, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo consideró que el Ayuntamiento de Madrid no tenía competencia para proceder al embargo. La Ley Reguladora de las Haciendas Locales señala en su artículo 8.3 que las actuaciones en materia de inspección o recaudación ejecutiva deben practicarla los órganos competentes de cada comunidad autónoma cuando se realicen en su ámbito de actuación, o por las instituciones estatales en otros casos. El Ayuntamiento de Madrid no tendría por tanto competencia para ejecutar el embargo fuera de su entidad local.

Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha compartido el mismo criterio del Juzgado. Resalta que la administración municipal no puede dictar embargos si la entidad financiera se encuentra fuera de la localidad, “incluso cuando dicho embargo no requiera la realización material de actuaciones fuera del citado territorio municipal por parte de la administración local”.

Te puede interesar: Una sentencia da la razón a un instituto que por un contagio Covid obligó a cuarentena domiciliaria a no vacunados

El Tribunal Supremo subraya que la ley de haciendas locales y la ley de bases de régimen local dejan claro que el término municipal es el ámbito territorial en el que cada municipio ejerce las competencias que le son propias, “entre las que se encuentran la recaudación de tributos e ingresos de derecho público propios del ayuntamiento, en este caso, deudas derivadas de multas de tráfico”.

En esos casos es necesario que soliciten que ese embargo lo ordenen los órganos competentes de la correspondiente comunidad autónoma o a los órganos competentes del Estado.

 

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222535
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1794 en: 02 de Febrero de 2024, 09:17:27 am »
El PP reconoce que “estéticamente no queda bien” que el concejal de Movilidad de Castelló acumule multas de tráfico


La alcaldesa popular descarta la dimisión de Cristain Ramírez, tal como piden PSPV y Compromís



“Estéticamente no queda bien”. Así se refirió el portavoz del PP en el Ayuntamiento de Castelló a la acumulación de multas por aparcar mal de su concejal de Movilidad, Cristian Ramírez. El PSPV-PSOE denunció que el vehículo del edil acumulaba hasta 167 multas por aparcar en la zona azul. Ramírez abonó, tras la denuncia de los socialistas de Castelló, 29 sanciones pendientes. Este jueves, el titular de Movilidad anunció una denuncia contra el PSPV por la supuesta vulneración de su derecho a la privacidad y a la intimidad.

La oposición, formada por el PSPV y por Compromís, pidió al unísono la dimisión del concejal popular. Sin embargo, el portavoz del equipo de Gobierno, Vicent Sales, aseguró que la alcaldesa, Begoña Carrasco, descartó la petición. Sin embargo, el PP reconoce que no es estético que precisamente un concejal de Movilidad acumule tal volumen de multas de tráfico. “De alguna manera se lo hemos hecho saber, que tiene que entender cuál es el puesto que ocupa”, afirmó Sales.

El portavoz popular, aunque sostuvo que las multas fueron impuestas antes de que fuera concejal, reconoció que “no es un buen ejemplo”. “Hay situaciones que uno no puede permitirse ocupando determinados puestos”, agregó.

Por su parte, el aludido anunció una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos contra el socialista Jorge Ribes, quien hizo pública la lista de multas acumuladas. Ribes introdujo la matrícula del vehículo que usa Cristian Campos en una aplicación de consulta de multas de zona azul y destapó la ristra de sanciones.

La portavoz socialista, Patricia Puerta, registró un escrito solicitando información sobre las multas acumuladas por el concejal de Movilidad. Puerta criticó el “absoluto despropósito de versiones” aducidas por el PP tras la denuncia del PSPV. el PP, según la portavoz socialista, paso “de decir que todo era mentira a asumir después que sí que había multas e incluso reconociendo que el concejal de Movilidad lleva en el coche una tarjeta verde caducada”.

“La ciudadanía tiene que saber si un cargo público del ayuntamiento, el edil del PP Cristian Ramírez, lleva presuntamente aparcando día tras día sin sacar el tíquet correspondiente en la zona azul y, lo que sería más grave, acumulando multa tras multa, dejando de pagar presuntamente la mayor parte de ellas a las arcas municipales”, dijo Patricia Puerta.

Por su parte, Ignasi García, portavoz de Compromís, también pidió la dimisión del edil popular. “No puede ser que el concejal del PP de Movilidad sea seguramente el infractor más grande de la zona azul de Castelló”, afirmó García.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222535
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1795 en: 09 de Marzo de 2024, 07:34:39 am »
Multas a traición a los agricultores en Pamplona: los policías denuncian que son utilizados por el Gobierno de Bildu


La Policía Municipal de Navarra está interponiendo propuestas de sanción de 200 euros a los agricultores que dejan estacionados sus tractores en Pamplona

Borja Méndez
Borja Méndez

Publicado: 09/03/2024 04:45

0comentarios
Lo que en principio era una simple tarea de identificación de la Policía Municipal de Pamplona a los tractores ha pasado a convertirse, sin su conocimiento previo, en propuestas de sanción para los agricultores que llevan semanas luchando por sus derechos. El Sindicato Independiente de Policías de Navarra (SIPNA) ha denunciado esta situación ya que desconocían las multas que se iban a poner, un conflicto que ha generado por las órdenes de los responsables del Gobierno municipal de Bildu, según informan fuentes policiales a Vozpópuli.

Los grupos de tractoristas llevan semanas protestando en diferentes puntos de España, entre ellos, como no, Pamplona. En todo momento han tenido una actitud pacífica, según las fuentes policiales consultadas por este medio. Ya era costumbre ver como estacionaban los tractores por las noches y por el día recorrían la ciudad intentando no generar caos ni saturaciones de tráfico y dejando un carril libre para el paso de los servicios de emergencia.

Las multas a los agricultores en Pamplona
Sin embargo esta paz en Pamplona se ha roto con dos incidentes en los últimos días. El SIPNA ha denunciado que mandos de la Policía Municipal han obligado a firmar denuncias múltiples a policías rasos cuando la orden hace días era apuntar la matrícula. "Por qué esos mandos que mediaron con los agricultores no les notificaron esas denuncias en el momento", se preguntan desde el sindicato.

Fuentes policiales explican a Vozpópuli que las sanciones tienen como objeto "estacionar en lugares prohibidos con grave obstrucción". Tienen un importe de 200 euros que se pueden quedar en 100 si se aplica el descuento de un pago rápido. El SIPNA se ha reunido con el concejal encargado del asunto y no han recibido las explicaciones correspondientes. Por el momento esta situación se ha traducido en la aplicación de 38 expedientes administrativos. Los agentes actuantes consideran que se ha producido una "injusticia" ya que ellos tenían la orden de solo identificar. Una acción que posteriormente se ha convertido en multas que tienen que firmar por los mandos.

Las autoridades de Francia protegerán los accesos a París contra las protestas agrícolas
Protestas agrícolas en FranciaEFE
No es el único suceso polémico que ha ocurrido en las protestas de agricultores de Pamplona en las últimas fechas. Este jueves un grupo de agricultores y ganaderos trató de acceder por la fuerza al Parlamento de Navarra una acción que fue impedida por la Policía Foral y condenada de forma contundente por las principales autoridades.

El asalto al Parlamento de Navarra
En el interior de la institución se debatía el proyecto de Presupuestos de Navarra para 2024 y se decidía sobre la admisión a trámite de varias enmiendas, entre ellas una de UPN que recogía demandas del sector. Tras conocerse que esta enmienda no había sido admitida a trámite, un grupo de agricultores ha tratado de acceder por la fuerza al Parlamento, lo que ha sido impedido por la Policía Foral, que ha cerrado las puertas del Legislativo.

Según los datos del Ministerio del Interior, desde el 6 de febrero hasta el 1 de marzo, en las protestas de agricultores por toda España se han identificado a 9.151 personas, se han interpuesto 3.254 denuncias administrativas y han sido detenidas 63 personas.

La rebelión del campo se ha extendido en el últimos mes por todas las ciudades españolas. Los trabajadores han expresado su descontento mediante tractoradas o el corte de carreteras. En algunos puntos se han vivido momentos de tensión al enfrentarse con los agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil que custodiaban la zona para que no se produjeran incidentes. En la última semana, Zaragoza y Pamplona han sido los puntos donde se han producido los peores sucesos en lo relativo a los disturbios públicos.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222535
Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1796 en: 17 de Marzo de 2024, 06:32:51 am »
https://vm.tiktok.com/ZGePFdhWD/

Hay quienes no saben que es una actuacion prohibida.