La Justicia anula 158 multas por exceso de velocidad en la M-30 por 'falta de motivación'
Las sentencias señalan que el plano aportado por el Ayuntamiento de Madrid no es suficiente y prevalece la presunción del piloto
Á. G. C.
Madrid
14/09/2023 a las 04:00h.
Unos planos «insuficientes» a ojos de los jueces de lo Contencioso-Administrativo han obligado al Ayuntamiento de Madrid a devolver 158 multas por exceso de velocidad en la M-30 en apenas 20 meses. Se trata en todos estos casos recurridos en los tribunales de conductores que rebasaron el límite de velocidad de 70 kilómetros hora que viene marcado en algunos tramos de la autovía de circunvalación por la que en lo que va de año ya han circulado 248 millones de usuarios.
De acuerdo con lo establecido en la norma, es la administración que sanciona, en este caso el Ayuntamiento de Madrid, «quien debe demostrar la comisión de la infracción, para lo que se vale de la medición realizada por los radares, en este caso fijos, que hay en determinados tramos de la M-30».
Sin embargo, los magistrados consideran que los documentos aportados por el consistorio de la capital no son suficientes para acreditar la «existencia de esa limitación específica». Y este es el motivo por el que, a juicio de los tribunales, debe prevalecer la presunción de inocencia, declarando nulos cada uno de los 158 expedientes reclamados ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
Según Dvuelta, el despacho que ha representado a los conductores recurrentes, al ser requerida la acreditación del citado límite de velocidad, el ayuntamiento madrileño «se limitó a aportar al tribunal unas fotocopias de unos planos de la M-30».
De hecho, apuntan que, en una de las sentencias, el tribunal reprocha al ayuntamiento el envío de «un plano de señalización en el lugar de la infracción al que no puede otorgarse ninguna virtualidad, no solo por su mala calidad de imagen sino porque está fechado en diciembre de 2017, esto es, en fechas muy anteriores a la de la infracción sancionada y que remite a una tarea de interpretación de símbolos y señales».
En otra sentencia, el mismo organismo señala que, ese plano remitido por el consistorio, «es ilegible, ni fechado ni certificado, al igual que un informe con una lista de radares y características sin aplicación al caso concreto». «El ayuntamiento tiene la obligación, como administración, de motivar debidamente en la vía administrativa (previa a la judicial) las razones por las que se desestiman unas alegaciones», recuerdan en Dvuelta, ya que de lo contrario, aseguran, con esta práctica, se crea «un perjuicio añadido al conductor a quien se sanciona».
Nueva documentación
Desde el Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, indican a ABC que «algunas sanciones han sido anuladas después de que el juez haya considerado ‘insuficientes’ los planos de señalización de la M-30 –en los que figuran cada una de las señales que el conductor rebasa previamente a cada radar–, por lo que el ayuntamiento ha comenzado a enviar otros planos en este tipo de procedimientos».
No obstante, las mismas fuentes municipales hacen hincapié en que el volumen de multas anuladas en la Justicia respecto al total de impuestas en materia de exceso de velocidad es «mínimo».
En concreto, señalan que el año pasado se impusieron 485.492 sanciones en toda la ciudad de Madrid por esta misma infracción. De ellas, especifican, han sido tumbadas por los tribunales un total de 310, lo que representa el 0,06% del total, subrayan desde la concejalía.