Autor Tema: Jubilaciones en los Cuerpos policiales  (Leído 1321789 veces)

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11360 en: 17 de Julio de 2025, 08:56:51 am »
Equiparar en coeficientes...pero nunca en importe, que es lo que no terminan de entender, pues una cosa es jubilarse anticipadamente mediante esos coeficientes reductores y otra es el cálculo de la pensión.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11361 en: 17 de Julio de 2025, 10:47:48 am »


UGT y CC OO piden formalmente la jubilación anticipada para un millón de trabajadores de la construcción


Los sindicatos registran el requerimiento a la Seguridad Social para que establezca coeficientes reductores en las actividades más penosas, las que están a pie de obra
Lucía Palacios
Lucía Palacios

Madrid

Miércoles, 16 de julio 2025, 11:17


Apenas mes y medio después de que el Gobierno aprobara las nuevas normas para la jubilación anticipada sin recortes de profesiones penosas o peligrosas, UGT ...


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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11363 en: 20 de Julio de 2025, 15:06:40 pm »


La pensión se calculará con los últimos 29 años descartando los dos peores de cotización


En 2026 comienza un periodo transitorio de doce años para aplicar una fórmula que beneficiará sobre todo a las mujeres y a despedidos de forma prematura en los años próximos a la edad de retiro
La presión de los 'boomers' obliga al Gobierno a buscar fórmulas para retrasar el pago en pensiones
Una oficina de la Seguridad Social
Una oficina de la Seguridad Social ABC
Susana Alcelay

Madrid


20/07/2025
Actualizado a las 11:18h.


6
El jubilado podrá escoger la opción más beneficiosa entre seguir calculando la pensión con los últimos 25 años cotizados o elegir un nuevo sistema que se determinará teniendo en cuenta los últimos 29 años cotizados, desechando los 24 peores meses. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) será el que calcule de oficio cuál será el modelo más beneficioso para el trabajador en el momento de su jubilación. Aunque esta segunda opción, que pretende ser más beneficiosa, no será posible de forma completa hasta el año 2037.


Hasta que esto ocurra, la segunda fase de la reforma de pensiones ha fijado una senda de implantación del nuevo método que durará doce años y que irá aumentando cuatro meses cada ejercicio a partir de 2026, por lo tanto, no afectará en ninguna medida a quienes se vaya a jubilar antes.


La nueva senda hasta llegar a la meta establece que a partir del 1 de enero se dará a los nuevos jubilados la opción más ventajosa entre calcular la pensión con sus últimas 300 mensualidades cotizadas (25 años) o con sus 304 últimas mensualidades (25,33 años) pero quitando dos de esos meses, con lo que se calcularía de forma efectiva con sus últimos 25,1 años.

A partir del 1 de enero de 2027, el número de mensualidades que se podrán tener en cuenta con la nueva modalidad serán las últimas 308 (25,6 últimos años cotizados) y de estos se podrán quitar cuatro meses. Esta senda se repetirá año a año, de forma que cada ejercicio que pase el número de años que conformarán la base reguladora aumentará en cuatro meses y las mensualidades que se pueden descartar se incrementarán en dos por año.


De esta forma, por ejemplo, en 2032, la base reguladora se podrá calcular con los últimos 324 meses cotizados (27 años) y de estos se podrá desechar un año completo (12 mensualidades) y así hasta completar la implantación de esta ampliación en 2037 cuando ya sí, la cuantía de la pensión de jubilación podrá determinarse con los últimos 348 meses de cotización (29 años) pudiendo restar de este periodo los 24 meses de peores cotizaciones, con lo que la base reguladora se determinará con los 324 meses cotizados previos a la fecha de la jubilación (27 años).

Este sistema dual, que permitirá escoger entre el sistema más ventajoso entre los últimos 25 años y los últimos 29 años desechando las 24 mensualidades peores, se mantendrá hasta el año 2044 y, a partir de entonces, siempre se calculará con la segunda modalidad.

No perjudica a nadie
La nueva fórmula no perjudicará a ningún trabajador, ya que o bien dejará igual el cálculo que si se hubiese aplicado el anterior sistema -si la opción que mejor resultase fuera la de considerar los últimos 25 años- o bien mejorará su base reguladora y, por tanto, su pensión, en aquellos casos en los que el empleado haya tenido a lo largo de su carrera laboral lagunas de cotización o fueran expulsados del mercado laboral de forma prematura. Casos como este último se dieron de forma mayoritaria durante la Gran Recesión, cuando los trabajadores mayores e 50 años fueron el objetivo de los despidos y ajustes que tuvieron que realizar las empresas para ajustar las plantillas o para salvar su negocio. Algunos no volvieron al mercado de trabajo, pero otros sí lo hicieron, pero con condiciones salariales menos ventajosas.

¿Quién se beneficiará más de estos cambios en el cálculo? Los cambios pretenden mejorar las prestaciones que percibe el jubilado y por ello supondrán también más gasto. Y serán principalmente mujeres uno de los colectivos más beneficiados, teniendo en cuenta que son las que normalmente sufren las denominadas lagunas de cotización durante los periodos de maternidad, en los que muchas dejan de aportar para la pensión de jubilación al abandonar total o parcial el empleo.

También podrían salir beneficiados aquellos que hayan sufrido una interrupción laboral por un despido o una invalidez en los años próximos a la edad de jubilación, además de todos aquellos trabajadores encuadrados en los sectores de actividad que tienen condiciones laborales precarias y que a partir del año que viene podrá seleccionar las mejores bases de cotización.

Lagunas de cotización
Las modificaciones incluidas en la reforma de pensiones incluyen una mejora en la forma en la que se integran en dicha base de cotización los periodos más o menos intermitentes en los que el trabajador no ha cotizado, esas lagunas de cotización, uno de los aspectos que más preocupa a los trabajadores por no haber cotizado, lo que acaba teniendo impacto no sólo en los años exigidos para el retiro, también en cuantía de la nómina a percibir.

La integración de esas lagunas se lleva a cabo para todos los trabajadores del régimen general, con la compensación por parte de la Seguridad Social del 100% de la base mínima los primeros 48 meses (cuatro años), y con el 50% de la base mínima a partir del mes 49. Para las trabajadoras por cuenta ajena es el 100% de la base mínima entre el mes de vacío 49 y el 60 (el quinto año) y el 80% de la base mínima entre el mes 61 y el 84 (ampliándose esta cobertura de lagunas para las mujeres del cuatro a siete años).


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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11365 en: 26 de Julio de 2025, 08:46:25 am »
Al.articulo se le ha olvidado la progresión...en 2026 serán 304 en vez de 300, pero año a año el número irá subiendo hasta los 29 años, lo que se traduce en qie cada año seran mas las bases y por ende el resuktado sera de un menor importe.

 

La base reguladora de las pensiones cambia para siempre: esto es lo que tendrás que cotizar


A partir del 1 de enero de 2026 entra en vigor un nuevo sistema de cálculo que podría cambiar el importe de tu pensión para siempre
Confirmado por la Seguridad Social: estos son los trabajadores que tendrán jubilación anticipada por actividades penosas
Elma Saiz, ministra de Seguridad Social - Jesús Hellín / Europa Press
Elma Saiz, ministra de Seguridad Social - Jesús Hellín / Europa Press
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Marcos Rodríguez López
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Economía
Publicado: 25/07/2025 ·12:00
Actualizado: 25/07/2025 · 12:00
El 1 de enero de 2026 marcará un antes y un después para miles de trabajadores: la base reguladora de las pensiones se transformará. Si has tenido carreras laborales irregulares, lagunas en la cotización o varios contratos, podrías salir ganando… o perdiendo. Esto es lo que deberías saber si estás pensando en jubilarte.


España se prepara para una transformación histórica en el cálculo de las pensiones públicas. El próximo 1 de enero de 2026, entrará en vigor un nuevo sistema que redefine cómo se calcula la base reguladora —el parámetro clave que determina cuánto cobrará un jubilado cada mes—. La reforma, recogida en el Real Decreto-ley 2/2023, forma parte del proceso de modernización del sistema de Seguridad Social impulsado por el Gobierno en colaboración con la Comisión Europea, dentro del Plan de Recuperación.

El cambio no solo es técnico: tiene implicaciones económicas y sociales profundas. Afectará tanto a trabajadores en activo como a quienes se aproximan a la jubilación. Pero sobre todo, marcará una diferencia para millones de personas con trayectorias laborales discontinuas, trabajos temporales o ingresos variables.


Un sistema más flexible para una vida laboral más inestable
Hasta ahora, el cálculo de la base reguladora se realiza con las cotizaciones de los últimos 25 años (300 meses), divididas entre 350. Pero el nuevo modelo introduce una novedad relevante: el "método dual", que permitirá a la Seguridad Social elegir automáticamente entre dos fórmulas y aplicar la que resulte más beneficiosa para el ciudadano.




El nuevo mecanismo tomará como referencia los mejores 302 meses de cotización dentro de los últimos 304 (es decir, 25 años y 4 meses), y los dividirá entre 352,33. Así, se podrán descartar hasta dos años de malas cotizaciones o vacíos, una mejora notable para quienes hayan tenido periodos sin empleo, bajas largas o contratos precarios.

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Este modelo responde a una realidad laboral cada vez más fragmentada. En palabras de la propia ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, "la reforma tiene un enfoque más justo y realista" con las carreras laborales actuales, que, como sabemos, no siempre son lineales ni estables.

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¿A quién beneficia realmente este cambio?
La Seguridad Social aplicará de forma automática la fórmula más favorable. Esto favorece especialmente a los trabajadores con carreras laborales irregulares o aquellos que han alternado contratos temporales y periodos de desempleo. En cambio, quienes han tenido una carrera laboral estable y bien remunerada durante los últimos años quizás no noten grandes diferencias.

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Además, se mantendrá una fase transitoria: entre 2026 y 2037 ambos sistemas convivirán, y no será hasta 2044 cuando se consolide completamente el nuevo cálculo. Esta transición progresiva da margen para la adaptación de empresas, trabajadores y la propia administración.

La letra pequeña: otros cambios que llegan en 2026
Este no es el único ajuste que entra en vigor en enero de 2026. La edad ordinaria de jubilación seguirá subiendo, alcanzando los 66 años y 10 meses para quienes no tengan al menos 38 años y 3 meses cotizados. Además, aumentará la retención del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que pasará del 0,70 % al 0,90 %, restando algo más en las nóminas de trabajadores y empresas sin que eso incremente la pensión directa del trabajador.

También se endurecen los requisitos para la jubilación anticipada. Según fuentes oficiales, los coeficientes reductores serán mayores y se necesitarán más meses cotizados para poder adelantar el retiro sin penalización significativa.

Con estos cambios a la vuelta de la esquina, los expertos recomiendan revisar tu vida laboral y cotizaciones cuanto antes. La Seguridad Social ha actualizado su herramienta de simulación online para que cualquier ciudadano pueda calcular su futura pensión con ambos métodos y comprobar cuál le conviene más.

Revisa tu informe de vida laboral.
Accede al simulador de pensión de jubilación en la web de la Seguridad Social.
Considera si te interesa trabajar un año más o aplazar la jubilación parcial.
Evalúa posibles lagunas de cotización y cómo podrían afectarte.
Una reforma para adaptarse al siglo XXI
Con más de 9 millones de pensionistas en España (según datos del propio Ministerio de Seguridad Social), esta reforma no es solo técnica: es estructural. Cambia la forma de entender la jubilación en un país donde el mercado de trabajo ha sufrido transformaciones profundas, y donde las pensiones siguen siendo el pilar básico de la renta de la mayoría de los mayores.

La nueva fórmula busca ser más equitativa, flexible y adaptada a los perfiles reales del siglo XXI. Pero también exige al ciudadano estar informado y planificar su retiro con antelación.

A partir de 2026, jubilarse no será simplemente cuestión de edad. Será cuestión de estrategia.


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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11366 en: 26 de Julio de 2025, 10:24:07 am »
Nadie va a jubilarse a los 55....y la cuestión reside en el factor corrector por cada año, 0,10 por año pretenden adjudicarles, y eso, en 40 años de cotización efectiva son 4, es decir, como mucho, a los 61.


Ni 63 ni 65: la patronal de transportes pide que los transportistas autónomos puedan jubilarse a partir de esta edad

24 de julio de 2025 por Antonio Ruiz
Reivindicación importante la realizada por la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER), que ha solicitado que los transportistas autónomos de nuestro país puedan acceder a la jubilación anticipada a la edad de 55 años y hacerlo sin penalizaciones. Junto a la FERNADISMER se ha posicionado la Asociación General de Transportistas Autónomos – Pymes de Catalunya (AGTC).


Ambas entidades han presentado una solicitud que se ha completado después de las demandas que los sindicatos llevan haciendo durante los últimos años para que los profesionales del transporte puedan adelantar su edad de jubilación debido a causas de peligrosidad. En este colectivo se encuentran tanto transportistas de camiones como los conductores de autobuses.

De esta forma, FENADISMER respalda de manera oficial las demandas realizadas en su momento por los sindicatos del sector y ultima la presentación de la correspondiente solicitud ante el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Un tercio de los trabajadores del sector del transporte son autónomos
De acuerdo a los datos dados a conocer por la patronal del transporte, un tercio de los trabajadores del sector son profesionales autónomos. En este sentido, se propone que un aumento de las cotizaciones sociales necesario para poder pagar la jubilación anticipada de este colectivo corra a cargo del Estado. Concretamente, desde FENADISMER consideran que es una cuestión que debe asumir el Gobierno “en atención al carácter estratégico y de protección de los profesionales del sector del transporte en carretera”.

En este sentido, hay que recordar que en el mes de mayo de 2025, el Gobierno de España aprobó un Real Decreto para establecer una regulación sobre el procedimiento de tramitación. Es decir, desde el Ejecutivo se fijaron determinados supuestos en los que se puede acceder a la jubilación de forma anticipada mediante la aplicación de unos determinados coeficientes reductores.


En base a este Real Decreto del Gobierno, los sindicatos y la patronal solicitan la jubilación de forma anticipada a los 55 años para los trabajadores autónomos transportistas de nuestro país. Una solicitud que será remitida al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para su posterior análisis.

Los accidentes mortales, datos a tener en cuenta
De acuerdo con la información expuesta por la patronal, el pasado 2024 en España se produjeron nada más y nada menos que 41.132 accidentes de trabajo en el ámbito del sector del transporte y almacenamiento durante la jornada laboral. De todo estos accidentes, un total de 138 fueron mortales.

De esta forma, se establece un índice de incidencia de 12,6 accidentes fatales por cada 100.00 trabajadores. Estamos, por tanto, ante el segundo sector con mayor índice de incidencias en España, únicamente por detrás de la industria extractiva. Estos datos son los que sirven a la patronal para solicitar la jubilación anticipada a los 55 años para los transportistas españoles, con un alto índice de peligrosidad en sus tareas del día a día.

El Real Decreto de 2025
Respecto a la normativa de este año, aprobada por el Gobierno en el mes de mayo, se trata de una medida que abrió la vía para que cualquier sector pudiese solicitar la aplicación de coeficientes reductores para acceder a la jubilación anticipada. Para ello se debe demostrar la existencia de criterios de carácter penoso o peligroso, con elevados índices de morbilidad o mortalidad, que justifiquen el adelanto en la edad de jubilación.

Desde FENADISMER y AGTC se ha elaborado un informe correspondiente para justificar que el sector del transporte cumple con dichos requisitos. Además, se cuenta con el apoyo de otras entidades públicas, como por ejemplo el Departamento de Territorio y Vivienda del gobierno catalán.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11367 en: 26 de Julio de 2025, 16:07:19 pm »

Sánchez entrega a los deportistas la jubilación digna que niega a Guardia Civil y Policía Nacional


El Gobierno iguala la pensión de los deportistas que no cotizaron con los que contribuyen al Régimen General
Los agentes piden sin éxito equiparar la pensión de los veteranos al Régimen General de los más novatos
jubilación Guardia Civil


Rafael Molina
Rafael Molina @RafaelMolinaTWRedactor de Nacional en OkDiario con formación en Periodismo y Derecho. Te leo en rafael.molina@okdiario.com
26/07/2025 05:54Actualizado: 26/07/2025 05:54
El Gobierno de Pedro Sánchez entrega a los deportistas profesionales la jubilación digna que ha negado a los miembros de la Guardia Civil y de la Policía Nacional. El Ejecutivo equiparará la pensión de los atletas que, hasta los años noventa, no habían cotizado en el Régimen General de la Seguridad Social con los que sí lo han hecho. Esta es una de las reivindicaciones históricas de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que la administración central se ha negado a atender y que podría elevar hasta 400 euros su pensión.


A finales del siglo XX, se crearon dos grupos diferenciados entre los deportistas profesionales. Un primer grupo, en el que estaban los más veteranos que no habían cotizado nunca y, en consecuencia, no tenían derecho a pensión o, en todo caso, a poca retribución. Un segundo grupo, en el que estaban los que empezaron a cotizar al Régimen General después de que se regulara su situación en los años noventa y, por tanto, tenían derecho a jubilación. Se generó una desigualdad entre trabajadores que ejercían la misma profesión.


En la Policía y Guardia Civil también existe disparidad entre dos grupos. Por un lado, los que se habían incorporado antes de 2011 tenían que enclavarse en las clases pasivas, con menor contribución y menor jubilación. En 2011 se produjo un cambio normativo que hizo que los agentes que se incorporaran a esos cuerpos comenzaran a cotizar en el Régimen General, que conlleva mayor cotización y, por tanto, mayor pensión.


Los deportistas perjudicados elevaron su queja pidiendo que, aunque no hubieran cotizado en el Régimen General, se les diera la misma pensión que al resto de atletas que sí contribuyeron para evitar la desigualdad. Es lo mismo que pedía Guardia Civil y Policía Nacional. Ahora el Gobierno actúa y otorga a todos los deportistas la misma pensión. Sin embargo, no hace lo propio con los agentes de los cuerpos de seguridad del Estado.


Equiparación de los deportistas
La Secretaría de Estado de la Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Inclusión y Migraciones de la socialista Elma Saiz, ha elevado a consulta pública un proyecto normativo para regular la situación de los deportistas que ejercieron antes de los años noventa, pero que ni cotizaron ni, por tanto, generaron derecho a pensión. Este es uno de los primeros pasos antes de la aprobación de la norma en las Cortes.

El texto reconocerá «como cotizados al Régimen General de la Seguridad Social» los años que los deportistas profesionales ejercieron su actividad, aunque no contribuyeran a la caja común. Todo ello «a efectos del reconocimiento del derecho a la pensión de jubilación o, en su caso, de mejorar la cuantía de la pensión de jubilación ya reconocida».

Es decir, que los deportistas que no contribuyeron a la caja común acabarán teniendo la misma pensión que los que, a partir de diferentes fechas, cotizaron en el Régimen General.

El Gobierno reconoce que, de «no tramitar la norma proyectada», podrían provocarse consecuencias devastadoras. «Mantendría la precaria situación en la que se encuentran un grupo de deportistas profesionales que ejercieron periodos de actividad antes de su respectiva integración en el Régimen General de la Seguridad Social», reconoce el Ejecutivo.

Desigualdad en la pensión de deportistas
Los deportistas no habían cotizado en la Seguridad Social hasta los años noventa. Desde entonces, futbolistas, ciclistas, baloncestistas y balonmanistas fueron incluyéndose paulatinamente al Régimen General. Finalmente, en 2003 el colectivo de los deportistas profesionales pasaron a integrarse en su totalidad en esa clase.

El principal problema es que estas normas que produjeron su incorporación al Régimen General no incluyeron los casos de los deportistas que practicaron profesionalmente su disciplina antes de los años noventa. Por tanto, recibían un trato discriminatorio respecto a sus compañeros más jóvenes.

En definitiva, los que habían ejercido su trabajo antes de esas fechas tenían poca jubilación o, en algunos casos, no tenían derecho a ninguna. Ahora, el Ejecutivo va a reconocer las cotizaciones a los que no se habían acogido al Régimen General y, de ese modo, recibirán una jubilación como si hubieran contribuido a la caja común.

Se trata de la misma exigencia que ha venido pidiendo la Guardia Civil y la Policía Nacional. Los agentes que llegaron a ambos cuerpos antes de 2011 estaban enclavados en el régimen de clases pasivas, que implica una menor cotización y, por tanto, una pensión exigua, mientras que los que llegaron después de 2011 cotizan en el Régimen General, con más cotización y retribución. Por ello, se ha generado una discriminación en el seno de ambas plantillas, con agentes que reciben un tratamiento diferente en función de su fecha de entrada en el cuerpo.

«Agravio comparativo»
Francisco Larios, vicepresidente de la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC), reconoce que hay un «agravio comparativo» entre los que entraron en el cuerpo antes de 2011 y los que lo hicieron después de esa fecha. Y es que, los últimos en llegar «cobrarán más» que los más veteranos. Se estima, según Larios, que podría elevarse la pensión hasta 300 o 400 euros.

«Lo justo es que nos jubiláramos todos con las mismas condiciones, el trabajo que desarrollamos es el mismo», subraya Larios. Su petición es que el Estado asuma «las mismas cotizaciones que ha realizado para los que entraron después de ese año».

El vicepresidente de AEGC recuerda que el Ministerio del Interior de Fernando Grande-Marlaska se había comprometido a equiparar a los agentes porque era «una cantidad asumible» y que se pondrían en marcha unas «mesas de trabajo». Sin embargo, lamenta que «todo ha quedado en saco roto».

«De momento, lo único que han hecho ha sido sacar un Real Decreto para dar unos índices correctores para la jubilación a los Policías Nacionales que entraron después de 2011», recuerda, tal y como adelantó OKDIARIO. No obstante, señala que «han dejado fuera a Guardia Civil al completo y a los de Cuerpo Nacional de Policía que entraron antes 2011».

Petición para sobrecotizar
Por su parte, Daniel Fernández, portavoz de Independientes de la Guardia Civil (IGC), recalca que lo que se ha ofrecido a los deportistas es «lo mismo que piden para los agentes que están en clases pasivas», es decir, los que entraron en el cuerpo antes del 2011 y que supone casi el 80% de la plantilla. Su propuesta es que «se sobrecotice para que puedan jubilarse en igualdad de condiciones».

«Existe una desigualdad porque a un colectivo se le reconoce y otro no», lamenta el portavoz de IGC en referencia a la petición de los deportistas que sí ha atendido el Gobierno. «Hemos solicitado reuniones, pero no se nos han dado, dijeron que habría un grupo de trabajo, pero no se ha hecho nada», ahonda Fernández.

El representante de agentes de la Benemérita lamenta que se esté retrasando esta equiparación para que se jubile la mayoría de los agentes a los que afectaría esta mejora. «Somos números», afea Fernández, que teme que la administración esté «jugando con los plazos» para que les salga más barata la «jubilación digna» por la que pelean las asociaciones.


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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11368 en: 26 de Julio de 2025, 16:33:49 pm »
Siguen sin entender como se calculan los importes de la pensión...o lo que es más preocupante, han abrazado el discurso del "hacer".

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11369 en: 27 de Julio de 2025, 01:21:22 am »
Ya que estás con el tema, Ronin.

Consulta de mi compañero,  estuvo 8 años en PN (clases pasivas). Esos años cotizados a CP le sirven para algo a la hora de jubilarse en la SS como PL?

En su día consultó en SS y le derivaron a una norma que regula el "cómputo recíproco de cotizaciones en ambos regímenes", pero no le aclaró nada.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11370 en: 27 de Julio de 2025, 08:45:52 am »
Ya que estás con el tema, Ronin.

Consulta de mi compañero,  estuvo 8 años en PN (clases pasivas). Esos años cotizados a CP le sirven para algo a la hora de jubilarse en la SS como PL?

En su día consultó en SS y le derivaron a una norma que regula el "cómputo recíproco de cotizaciones en ambos regímenes", pero no le aclaró nada.

Los tiempos en otras Administraciones no cuentan a los efectos de la aplicación del coeficiente reductor...y menos si esos tiempos proceden de Clases Pasivas.

Artículo 3. Cómputo del tiempo trabajado.

Tendrá la consideración de tiempo efectivamente trabajado, a efectos de la aplicación del coeficiente establecido en el artículo anterior, el tiempo de actividad efectiva y cotización destinado en puestos propios de los Cuerpos de Policía local al servicio de la respectiva entidad local

Desconectado Vikingo83

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11371 en: 27 de Julio de 2025, 18:35:19 pm »
Siguen sin entender como se calculan los importes de la pensión...o lo que es más preocupante, han abrazado el discurso del "hacer".

Pues expliqué lo de esos deportistas.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11372 en: 27 de Julio de 2025, 18:56:07 pm »
Siguen sin entender como se calculan los importes de la pensión...o lo que es más preocupante, han abrazado el discurso del "hacer".

Pues expliqué lo de esos deportistas.

Pues es sencillo...y ayer una de ellas explicó su problema durante 21 años.

Pero.este artículo vale para entender....

https://www.farodevigo.es/deportes/2025/07/22/heroes-olimpicos-jubilar-cotizar-seguridad-social-119942316.html

Desconectado Vikingo83

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11373 en: 27 de Julio de 2025, 18:57:33 pm »
Siguen sin entender como se calculan los importes de la pensión...o lo que es más preocupante, han abrazado el discurso del "hacer".

Pues expliqué lo de esos deportistas.

Pues es sencillo...y ayer una de ellas explicó su problema durante 21 años.

¿Por qué le equiparan si no han cotizado lo mismo?

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11374 en: 27 de Julio de 2025, 18:58:28 pm »
Siguen sin entender como se calculan los importes de la pensión...o lo que es más preocupante, han abrazado el discurso del "hacer".

Pues expliqué lo de esos deportistas.

Pues es sencillo...y ayer una de ellas explicó su problema durante 21 años.

¿Por qué le equiparan si no han cotizado lo mismo?

No les equiparan nada, suman esos años para llegar a los 38,3 necesarios para el 100 por 100.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11375 en: 27 de Julio de 2025, 18:59:42 pm »
Siguen sin entender como se calculan los importes de la pensión...o lo que es más preocupante, han abrazado el discurso del "hacer".

Pues expliqué lo de esos deportistas.

Pues es sencillo...y ayer una de ellas explicó su problema durante 21 años.

¿Por qué le equiparan si no han cotizado lo mismo?

No les equiparan nada, suman esos años para llegar a los 38,3 necesarios para el 100 por 100.


¿Por qué se los suman si no los cotizaron?

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11376 en: 27 de Julio de 2025, 19:02:50 pm »
Lea el Proyecto y lo entenderá....pero.no se trata de algo que les afecte, su problema no es de sumar años sino de bases y haberes reguladores bajos....si no aumentan las bases nunca llegarán a los máximos.

https://expinterweb.inclusion.gob.es/participacion/participa?tramite=2&s=08

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11377 en: 27 de Julio de 2025, 19:35:49 pm »
Explíqueme porque hay ese favoritismo de los sociatas con los deportistas...


Lea el Proyecto y lo entenderá....pero.no se trata de algo que les afecte, su problema no es de sumar años sino de bases y haberes reguladores bajos....si no aumentan las bases nunca llegarán a los máximos.

https://expinterweb.inclusion.gob.es/participacion/participa?tramite=2&s=08

Desconectado 47ronin

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11378 en: 27 de Julio de 2025, 19:53:07 pm »
Explíqueme porque hay ese favoritismo de los sociatas con los deportistas...


Lea el Proyecto y lo entenderá....pero.no se trata de algo que les afecte, su problema no es de sumar años sino de bases y haberes reguladores bajos....si no aumentan las bases nunca llegarán a los máximos.

https://expinterweb.inclusion.gob.es/participacion/participa?tramite=2&s=08

Será porque es una reclamación justa.

Desconectado Vikingo83

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11379 en: 27 de Julio de 2025, 19:55:00 pm »
Pues no creo que sea justa.