Autor Tema: Jubilaciones en los Cuerpos policiales  (Leído 1358731 veces)

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11660 en: 08 de Abril de 2026, 14:12:40 pm »
No tengo yo muy claro que un autónomo se vaya a jubilar anticipadamente. . . y si ya echan pestes de las cotizaciones de autónomos, cuando tengan que sobrecotizar se van a tirar de los pelos. . .

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Así es.
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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11661 en: 10 de Abril de 2026, 15:57:54 pm »
Uy que se acaban de enterar del sobrecoste ...

https://x.com/i/status/2042310032125993235

...y ya no mola.
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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11662 en: 10 de Abril de 2026, 17:12:17 pm »
Que sorpresa que el trabajador se pague su jubilación. . . en qué mundo viven?, claro que los trabajadores se pagan su jubilación, así es como funciona el sistema y si quieres jubilarte anticipadamente tendrás que pagar por adelantado los años que vas a cobrar sin cotizar. . . o los han engañado los negociadores o se han dejado engañar, pero a estas alturas de la película, cualquier trabajador sabe que en esta vida nada es gratis. . .

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11664 en: 10 de Abril de 2026, 21:15:00 pm »
Pues molt bè, adelante con la estrategia jurídica, ya sabes. . . pelitos tengas y los ganes. . .

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11665 en: 10 de Abril de 2026, 21:19:58 pm »
Pues molt bè, adelante con la estrategia jurídica, ya sabes. . . pelitos tengas y los ganes. . .

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Venden un humo imposible y quieren seguir manteniendo que la mal llamada profesión de riesgo hace aumentar el importe de las pensiones por arte de magia
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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11666 en: 11 de Abril de 2026, 18:04:43 pm »

1.839 conductores fallecidos reavivan la exigencia de jubilación anticipada en el transporte por carretera


CCOO alerta de que la alta siniestralidad en el sector demuestra la necesidad de aprobar la jubilación anticipada a los 60 años para los conductores profesionales.
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2026-04-09T12:29:31+00:00
09/04/2026

La alta siniestralidad laboral en el transporte por carretera ha reabierto el debate sobre la jubilación anticipada de los conductores profesionales en España. El Sector de Carretera y Logística de FSC-CCOO ha lanzado una campaña para denunciar la extrema penosidad del trabajo al volante y exigir la aprobación de coeficientes reductores que permitan la jubilación a los 60 años.

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El sindicato sostiene que los datos de mortalidad en el sector evidencian que prolongar la vida laboral de los conductores hasta los 65 o 67 años es incompatible con la seguridad laboral y vial.

1.839 conductores fallecidos en carretera desde 2013
Según los datos difundidos por CCOO, entre 2013 y 2025 han fallecido 1.839 conductores y conductoras profesionales mientras desempeñaban su trabajo. «El transporte de mercancías por carretera se ha convertido así en uno de los sectores con mayor mortalidad laboral en España, con una tasa que casi cuadruplica la media nacional y supera incluso a sectores tradicionalmente considerados de alto riesgo, como la construcción», señalan.

El sindicato destaca que un conductor profesional tiene hasta siete veces más probabilidades de morir en el trabajo que cualquier otro empleado
———————–
Para CCOO, estas cifras reflejan una realidad clara: la conducción profesional durante décadas genera un desgaste físico y psicológico que convierte la jubilación anticipada en una medida necesaria de seguridad pública.

Fatiga, presión logística y jornadas extremas
La organización sindical señala que las condiciones laborales actuales del sector contribuyen directamente a aumentar el riesgo de accidentes.

Entre los factores que explican la elevada siniestralidad destacan:

Fatiga estructural: jornadas que, sumando conducción, esperas y operaciones logísticas, pueden alcanzar hasta 80 horas semanales. La fatiga está relacionada con entre el 20 % y el 30 % de los accidentes de tráfico.

Presión del modelo logístico “just in time”: plazos de entrega ajustados que obligan a trabajar bajo estrés constante y con falta de descanso.

Falta de áreas de descanso seguras: España se sitúa a la cola de Europa en infraestructuras para transportistas, lo que obliga a miles de conductores a dormir en sus camiones.

Carga y descarga ilegal: pese a la prohibición recogida en el Real Decreto 3/2022, muchas empresas siguen obligando a los conductores a manipular mercancías.

Según CCOO, estas condiciones provocan agotamiento crónico, problemas cardiovasculares, trastornos musculoesqueléticos y un deterioro progresivo de la capacidad de conducción, lo que aumenta el riesgo de accidentes graves.

El envejecimiento del sector agrava el problema
El sindicato también alerta del envejecimiento del transporte por carretera en España. Actualmente, el 72 % de los conductores de mercancías tiene más de 50 años. Para CCOO, permitir que profesionales de 65 o incluso 67 años sigan conduciendo vehículos de gran tonelaje durante largas jornadas supone un riesgo tanto para su salud como para la seguridad vial. Los datos refuerzan esa preocupación: dos de cada tres conductores fallecidos en accidentes laborales en el sector tenían más de 55 años.

CCOO reclama aprobar ya la jubilación anticipada para conductores
El secretario general del Sector de Carretera y Logística de FSC-CCOO, Francisco. Vegas, ha insistido en que reducir la siniestralidad pasa también por adaptar la edad de jubilación a la dureza real del trabajo. «No habrá relevo generacional sin condiciones dignas. La jubilación anticipada no es un privilegio, es una necesidad de seguridad pública», ha afirmado.

Además, de la aplicación inmediata de coeficientes reductores para permitir la jubilación anticipada de los conductores a los 60 años, el sindicato reclama al Gobierno: el reconocimiento de enfermedades profesionales derivadas de vibraciones, ruido y turnos irregulares, un mayor control del cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el fin efectivo de las tareas de carga y descarga realizadas por conductores.

CCOO advierte de que no descarta convocar una huelga general en el transporte por carretera si el. Gobierno y las patronales no avanzan en medidas que reduzcan la siniestralidad y dignifiquen una profesión esencial para la economía
—————————
 

La campaña contra la siniestralidad en el transporte de FSC-CCOO





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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11667 en: 13 de Abril de 2026, 19:59:44 pm »
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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11668 en: 14 de Abril de 2026, 08:00:07 am »

El Tribunal Supremo establece que los coeficientes reductores para reducir la edad de jubilación ordinaria no se aplican a los vigilantes y al personal de limpieza de cantera por “no tratarse de un riesgo de naturaleza excepcional”


Trabajar en el entorno de una explotación minera no basta para anticipar la jubilación, ya que en el personal de exterior deben acreditarse riesgos especialmente cualificados y una participación directa en labores mineras.


Francisco Miralles
Fecha de actualización: 13/04/2026 11:11 CEST





El Tribunal Supremo establece que los vigilantes de seguridad, los vigilantes de explosivos y el personal de limpieza que trabaja en una cantera no tienen derecho a los coeficientes reductores de la edad ordinaria de jubilación si no se demuestra que soportan una exposición excepcional al riesgo. El Alto Tribunal desestima así el recurso de USO explicando que, en este caso, no se dan las condiciones exigidas para rebajar la edad ordinaria de jubilación y poder así acceder a una jubilación anticipada.


Según la sentencia STS 1347/2026 disponible es este enlace del Poder Judicial, el sindicato reclamaba que se reconociera un coeficiente del 0,10 para los vigilantes de explosivos y del 0,05 para los vigilantes de seguridad y el personal de limpieza de empresas auxiliares. Explicaban que todos ellos prestaban servicios en el exterior de una explotación minera y estaban sometidos a polvo, ruido y otros riesgos propios del entorno.

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Ahora bien, el Supremo recuerda que la normativa no concede este beneficio de forma automática, ya que, la propia Ley General de la Seguridad Social establece que la edad ordinaria de jubilación solo puede rebajarse en actividades cuyos trabajos sean “de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre” y que además presenten elevados índices de morbilidad o mortalidad. De hecho, es la misma línea, que la Seguridad Social explica en su web oficial que estos coeficientes solo operan en actividades especialmente arduas, peligrosas, tóxicas o insalubres y dentro del procedimiento legal previsto para ello.

La sentencia también recuerda que el Estatuto del Minero se aplica a las empresas dedicadas a labores de explotación y aprovechamiento de yacimientos y que la reducción de la edad de jubilación se extiende a los grupos incluidos en su ámbito cuando concurren esas circunstancias de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad. Además, el Real Decreto 2366/1984 prevé para el personal de exterior un coeficiente del 0,10 cuando participe directamente en labores mineras con riesgos pulvígenos y del 0,05 para el resto de trabajadores de exterior que participen de forma directa en esas labores.

Por qué el Supremo rechaza aplicar la rebaja de edad de jubilación
El Alto Tribunal distingue entre trabajar dentro del entorno de una cantera y realizar funciones que, de verdad, estén expuestas a un riesgo minero de intensidad excepcional. La Sala admite que estos trabajadores estaban sometidos a polvo, ruido, choques o caídas, pero subraya que “no tratarse de un riesgo de naturaleza excepcional” impide reconocer el coeficiente reductor. También añade que no se constató “la existencia de índices de morbilidad o mortalidad singularmente relevantes”.

El Supremo señala que el vigilante de explosivos no carga ni manipula explosivos y que su presencia en voladuras es esporádica. Sobre el vigilante de seguridad, señala que trabaja en gran parte en una garita cerrada, a más de dos kilómetros de la explotación, y que sus rondas suelen hacerse cuando no hay actividad productiva. Y respecto al personal de limpieza, indica que desarrolla sobre todo tareas en oficinas, vestuarios y aseos, con una exposición solo puntual en zonas de trituración.

Por eso, la idea o clave que hay que tener claro en esta sentencia es que, no basta con prestar servicios en una cantera o en una instalación minera. Para acceder a estos coeficientes reductores hay que acreditar una participación directa en labores mineras y, además, una peligrosidad o penosidad especialmente cualificada. Si esa prueba no existe, la rebaja de la edad ordinaria de jubilación no procede.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11669 en: 14 de Abril de 2026, 09:26:43 am »
Por eso, la idea o clave que hay que tener claro en esta sentencia es que, no basta con prestar servicios en una cantera o en una instalación minera. Para acceder a estos coeficientes reductores hay que acreditar una participación directa en labores mineras y, además, una peligrosidad o penosidad especialmente cualificada. Si esa prueba no existe, la rebaja de la edad ordinaria de jubilación no procede.

. . . si este mismo criterio se aplicara a la policía. . . más de la mitad de las plantillas no se jubilaba anticipadamente. . .

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11670 en: 16 de Abril de 2026, 10:55:38 am »


Aaron Rivero, líder de Jupol: «Marlaska lleva ocho años sin aprobar normas que beneficien a los policías»


Los agentes salen a la calle para que se cumpla la sentencia del Supremo sobre su jubilación anticipada

Carlos Frías
Creada: 16.04.2026 03:38
Última actualización: 16.04.2026 03:38

A principios de marzo, el Tribunal Supremo emitió una sentencia por la que obligaba a la «ejecución forzosa de la sentencia firme que obliga al Gobierno a hacer efectiva la jubilación anticipada de los policías nacionales». Los agentes ven agraviado su derecho a retirarse en comparación con las policías autonómicas y locales, que pueden adelantar el momento de poner fin a su carrera profesional. El texto del alto tribunal llegó tras una demanda del sindicato Jupol, que tiene prevista una manifestación este próximo sábado desde la Puerta del Sol, en Madrid, hasta el Congreso de los Diputados.

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El secretario general de la formación, Aarón Rivero, lo tiene claro: «Cada día que pasa, los policías nos jubilamos sin un derecho que nos corresponde», afirma en una entrevista con LA RAZÓN. El líder de la organización cree que el Ministerio del Interior «no tiene, ni ha tenido, voluntad» para dotar de este derecho a los funcionarios en los ocho años que Fernando Grande-Marlaska lleva como responsable de la seguridad del Estado. «Si hubiese querido, lo habría hecho. Se ha visto obligado a raíz de la sentencia que han conseguido nuestros servicios jurídicos», señala Rivero.

El texto del Supremo ha llevado a que la secretaria de Estado de Seguridad, Aina Calvo, convocase a principios de mes una reunión informativa para comunicar a los sindicatos que la mesa de trabajo para el asunto de la jubilación empezará el 29 de abril, como adelantó este medio. «Están cumpliendo estrictamente la sentencia para que nos podamos jubilar como los policías autonómicos y locales», señala el secretario general de Jupol.

Entre los sindicatos no hay unidad de acción. La Plataforma por la Jubilación Digna engloba al SPP, SUP y UFP, mientras que la CEP y Jupol pelean contra Interior de manera separada. La formación de Rivero mantiene una guerra abierta contra el departamento de Marlaska por lo que su líder considera «continuos desplantes» del ministro.

La «número dos» de Interior, además de la reunión informativa con la Plataforma, convocó a Jupol el pasado martes para explicarles cómo iban a ser los trabajos, pero 24 horas antes les comunicaron que cancelaban la cita y los emplazaron directamente al 29 de abril. «Esa mesa de trabajo viene derivada de nuestra actividad, porque si no presentamos la demanda en ningún momento se habría llegado a este punto. Llevamos ocho años con Marlaska y sólo sacan las normas que les interesan a ellos de formación o el Centro Universitario de la Policía», asegura. «Esto es muy sencillo, si tienen tanta intención por qué no han hecho nada en ocho años».

En la actualidad, un mosso d’Esquadra puede jubilarse entre los 59 y los 60 años por los 65 de los policías y guardias civiles. Sólo en el caso de llevar 30 años en activo, los agentes estatales pueden hacerlo a la misma edad. Pero el agravio es mayor si se tiene en cuenta el dinero de la pensión máxima. Un policía de Cataluña se puede retirar cobrando 3.359,60 euros al mes, mientras que en la Policía y en el Instituto Armado lo hacen con 2.275, 19. A eso se le suma que, en la actualidad, mientras están en activo los mossos ganan cerca de un 20% más mensualmente. La equiparación salarial fue el germen del nacimiento de Jusapol en 2017, del que emanan Jupol y Jucil, la rama de la Benemérita.

El primer paso de la mesa de trabajo de Interior será estipular un calendario. «Si hay voluntad, debería estar antes de que termine el año. Si no, puede prorrogarse sine die. Son especialistas en paralizar normas y sentencias cuando son de obligado cumplimiento», ahonda Rivero, que apunta a que Jupol tiene «mucho trabajo avanzado» en la materia porque «llevamos con esto desde 2019. Si nos dejan liderar la negociación, va a ser mucho más fácil y rápido». La intención del Gobierno, según su opinión, va a ser «dar cuantos más bandazos mejor. El día que se apruebe la jubilación digna será un hito en la Policía Nacional, y lo será gracias a los servicios jurídicos de Jupol, y eso es algo que no les va a hacer mucha gracia». Otra opción es que se aprobase cerca de las elecciones generales. «Eso sería otra triquiñuela».

El sindicato tiene convocada la manifestación el próximo sábado en el corazón de Madrid. Acudirán delegados «de todas las provincias». La idea de la dirección sindical es llegar hasta las puertas del Congreso de los Diputados. «Veremos dónde nos ponen las vallas, que cada vez estamos más lejos. No debería haber problema el sábado».

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11671 en: 16 de Abril de 2026, 10:59:33 am »
El día que se apruebe la jubilación digna será un hito en la Policía Nacional, y lo será gracias a los servicios jurídicos de Jupol, y eso es algo que no les va a hacer mucha gracia
. . . lo que no les va a hacer gracia es lo que van a tener que pagar de más. . .

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11672 en: 16 de Abril de 2026, 11:02:34 am »
El día que se apruebe la jubilación digna será un hito en la Policía Nacional, y lo será gracias a los servicios jurídicos de Jupol, y eso es algo que no les va a hacer mucha gracia
. . . lo que no les va a hacer gracia es lo que van a tener que pagar de más. . .

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Siguen "sorteando" ese requisito de la norma como si no existiese, y ademas venden el comcepto "profesion de riesgo" vinculandolo a importes de pensiones, pero en el mismo error estan cayendo los militares.

https://x.com/i/status/2043582066441306468



Nadie lee normativa?
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« Respuesta #11673 en: 16 de Abril de 2026, 11:15:19 am »
La realidad es tozuda, antes o después se darán un baño de ella. . .

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« Respuesta #11674 en: 17 de Abril de 2026, 15:21:40 pm »
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« Respuesta #11675 en: 17 de Abril de 2026, 18:22:19 pm »
Algo de luz, porque lo de las jubilaciones de las policías autonómicas y locales no lo tiene muy claro. . .

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11676 en: 17 de Abril de 2026, 18:32:08 pm »
Algo de luz, porque lo de las jubilaciones de las policías autonómicas y locales no lo tiene muy claro. . .

La bolsa se le ha ido a añadir al.importe, cuando en realidad es la parte que pone la administración, el 8,84%, para dar viabilidad económica a la medida.

Como.leemos y oímos, nunca lo han tenido claro, pero por simple torpeza, uba llamada a los negociadores de CC.OO.....y un "cuentamelo todo" hubiese resuelto su falta de conocimiento.
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« Respuesta #11677 en: 18 de Abril de 2026, 09:17:30 am »
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« Respuesta #11678 en: 18 de Abril de 2026, 12:13:47 pm »
Están el bucle, no sé ya si por ignorancia o por desgastar al Gobierno o por las dos cosas, pero la manida profesión de riesgo no aumenta el importe de las pensiones, las pensiones funcionan por un sistema de reparto y solidaridad intergeneracional, recibes de pensión lo que has cotizado, ni más, ni menos, tengas la profesión que tengas y pertenezcas al colectivo al que pertenezcas, da igual, tanto cotizas, tanto cobras de pensión, todo lo demás son cuentos, no cuentas, las cuentas te las hace la Seguridad Social cuando presentas los papeles para la jubilación y te saca las bases de cotización, esas son las cuentas. . .

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« Respuesta #11679 en: 18 de Abril de 2026, 12:48:13 pm »
Están el bucle, no sé ya si por ignorancia o por desgastar al Gobierno o por las dos cosas, pero la manida profesión de riesgo no aumenta el importe de las pensiones, las pensiones funcionan por un sistema de reparto y solidaridad intergeneracional, recibes de pensión lo que has cotizado, ni más, ni menos, tengas la profesión que tengas y pertenezcas al colectivo al que pertenezcas, da igual, tanto cotizas, tanto cobras de pensión, todo lo demás son cuentos, no cuentas, las cuentas te las hace la Seguridad Social cuando presentas los papeles para la jubilación y te saca las bases de cotización, esas son las cuentas. . .

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