Hombre yo, al igual que los sindicatos, entiendo que los años que sobrecotizas te cuenten. Si no ya si que sería una ESTAFA el decreto.
La mayoría se iría a los 67 años (62 con la rebaja).
Para adelantar 3 no pago.
3 porque la gente cumple los requisitos con 65 años y se va a esa edad sin decreto, pero si me adelantas 5 años y no me los das como cotizados, ya no los cumplimos y nos vamos a 67 ordinario y 62 con decreto.
Pero solo se sobrecotiza hasta el.hecho.causante, es decir, hasta el.momento n que se decide pasar a la situación de jubilación, con lo cual lo no sobrecotizado no se puede computar y solo se aplica el 0,20 a los años efectivamente trabajados, lean la norma que lo pone bien claro.
Si para adelantar el sexto año, son años efectivamente trabajados como policía (reales).
Yo me refiero que los años sobrecotizados hasta 25 (25*0,2) = 5, esos 5 años, cuenta como años cotizados a los efectos de calcular la base reguladora que te corresponde. Es decir, suman como cotizados.
Para adelantar el sexto año, (A los 59), ahí NO, son años efectivamente trabajados, como bien dices.