Autor Tema: Jubilaciones en los Cuerpos policiales  (Leído 1039794 veces)

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9980 en: 02 de Abril de 2019, 07:48:26 am »
Lo que es, prácticamente, imposible.

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9981 en: 03 de Abril de 2019, 09:57:38 am »
Lo que es, prácticamente, imposible.

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Realmente si, acreditar la necesidad de un arma debe contener una argumentación que la sustente de forma que sea tan evidente que resulte imposible su denegación, pero además, quienes deseen optar por esa vía tienen que tener en cuenta las edades y sus requisitos de futuro en el caso de serles concedida la licencia B, ya que cada año que pasa por encima de 60 la legislación se endurece respecto a controles, revisiones y por ende, tasas a pagar.

Concesión y vigencia

Las licencias de armas tipo B serán concedidas por el Director General de la Guardia Civil, tienen una vigencia de tres años y no admiten renovación.

La vigencia de las licencias estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles para su otorgamiento. Los órganos competentes para su expedición pueden comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y, en caso contrario, procederán a revocarlas.

Los interesados cuyas licencias de armas tipo B se encuentran próximas a caducar, pueden solicitar una nueva concesión. Las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil que reciban las solicitudes con las correspondientes documentaciones podrán expedir a los solicitantes, autorizaciones temporales de uso de las armas, cuyo plazo de validez será de tres meses.

Para mantener la vigencia de las licencias tipo B, las personas mayores de 60 años necesitarán visarla (confirmar su validez tras su comprobación) cada dos años por la autoridad competente, previa aportación del interesado del informe favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado, o, en su caso, previa superación de las correspondientes pruebas complementarias de aptitud.

En el mismo sentido, las personas con licencia de arma tipo B mayores de 70 años deberán efectuar el visado de la misma con carácter anual, en las mismas condiciones del punto anterior.

http://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/autorizaci_armas/licencias_armas/licenciaarmasb.html

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9982 en: 05 de Abril de 2019, 07:52:55 am »
Es curioso que cuando los detractores de la izquierda conocían alguna medida social por parte de Zapatero o Sánchez rapidamente salía "y ese dinero de donde va a salir"?

Ahora los detractores de la izquierda abrazan algo que es imposible de cumplir, no ya un quizás o un tal vez, sino un imposible...por que 5 millones de pensionistas son muchos impuestos para pagar muchas cosas, entre ellas, las propias pensiones.


La propuesta estrella de Vox para los pensionistas: ninguno pagará IRPF
La medida afectaría a cinco millones de jubilados que ahora ingresan más de 14.000 euros anuales y están obligados a presentar la declaración de la Renta

https://www.elconfidencialdigital.com/articulo/dinero/propuesta-estrella-vox-pensionistas-ninguno-pagara-irpf/20190403180631123780.html

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9983 en: 05 de Abril de 2019, 10:46:18 am »
Populismo de alguien que sabe que no va a gobernar.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9984 en: 08 de Abril de 2019, 19:15:13 pm »
Cada persona es un mundo y cada cual sabrá por qué se queda pudiendo jubilarse.....en la capital 47, de los casi 700 para este año, han decidido seguir.



Se han retirado en dos meses como en todo 2018

Aluvión de jubilaciones en la policía local a los 60 años con el salario casi intacto


Pese a que los ayuntamientos prevén ofertas masivas, los nuevos efectivos no entrarán hasta dentro de un año y medio.

ENRIQUE MORALES
Lunes, 08 Abril 2019, 04:30
Actualizado: 08/04/2019, 09:53
Agentes de la Policía Local de València

La entrada en vigor el pasado 2 de enero del real decreto por el que los policías locales de toda España pueden jubilarse a partir de los 59 años sin reducciones y cumpliendo algunos requisitos -como ya hacen los nacionales y los bomberos- ha provocado un espectacular aluvión de retiros anticipados de agentes que han cumplido 59 y 60 años y ha abierto la puerta a que en algunas administraciones públicas ya se estén formando en las academias seis veces menos efectivos que los que pedirán su pensión y se retirarán antes de que acabe el año.


Así, según se desprende de las estadísticas del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, solamente en los meses de enero y febrero se han jubilado a los 60 años 922 efectivos, casi los mismos que en todo 2018, que fueron 967 y por encima de los 895 de 2017. Mientras, ya se han retirado a los 59 años la mitad de personas que lo hicieron durante todo el año pasado. Unido a esto, se ha producido un incremento muy importante de la pensión media, que ha pasado de 2.120 euros en 2018 a 2.351 en 2019 para los jubilados con 59 años y de 2.070 euros a 2.345 para los de 60. Esto ha provocado también que la cuantía media de las prestaciones haya subido casi un 11% y alcance ya los 1.453 euros.

La norma aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez a mediados de diciembre de 2018 daba luz verde a que los policías municipales pudiesen solicitar el adelanto de su jubilación aplicando un coeficiente reductor de 0,20% al número de años trabajados como agentes, sin poder reducir más de cinco años a la edad ordinaria de retiro -65 años y ocho meses- y siempre que hubiesen cotizado como mínimo 15 años como policías. Excepcionalmente, la jubilación se puede solicitar a los 59 años si se acreditaban 35 años y 6 meses en 2019; 36 años en 2020, 2021 y 2022; 36 años y seis meses entre 2023 y 2026; y 37 años en 2027 y años posteriores.

Plantillas mermadas... y lo estarán más


La situación también resulta grave en las plantillas de policías locales, que ya se han visto mermadas de manera importante por las primeras jubilaciones y que seguirán disminuyendo a lo largo del año. Pese a que algunos ayuntamientos han empezado a lanzar ofertas masivas de empleo para cubrir una parte de las bajas, desde que se convoca la plaza hasta que el agente se incorpora a su puesto pasa un mínimo de un año y medio, ya que tras aprobar los exámenes debe pasar nueve meses formándose en la academia.

 



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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9985 en: 08 de Abril de 2019, 19:34:34 pm »


Sánchez no te lo perdonaré jamas



 :santos

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9986 en: 10 de Abril de 2019, 15:26:56 pm »
La Generalitat ya ha hecho importantes avances
Los Mossos preparan su jubilación a los 60 años a la espera del resultado del 28-A


El nuevo Ejecutivo deberá dar luz verde, a través de un real decreto similar al de los agentes locales, al retiro anticipado de la policía autonómica.

ENRIQUE MORALES
Miércoles, 10 Abril 2019, 04:30
Actualizado: 10/04/2019
Los mossos se preparan para jubilarse a los 60... a la espera del resultado del 28-A. / EP

La posibilidad de que 70.000 policías locales puedan retirarse de forma anticipada hasta seis años antes cumplir la edad ordinaria de jubilación y con una prestación casi similar a la de su sueldo en activo (acreditando una serie de requisitos) ha abierto la puerta a reactivar las reivindicaciones de otros cuerpos policiales, como los Mossos d'Esquadra, la Policía Canaria o la Foral de Navarra, que tienen avanzados los trámites para conseguir unas condiciones iguales en jubilación anticipada y cobro de pensión.


Se trata de un derecho que han logrado ya los agentes municipales, ertzaintzas y bomberos,  mientras que Guardia Civil y Policía Nacional,  que son los cuerpos más numerosos, están sometidos al régimen de clases pasivas: también pueden retirarse antes, pero su pensión, que equivale al 100% de su haber regulador, apenas ronda los 1.800 euros brutos (unos 1.300 euros netos) y dista bastante de su sueldo como activo.


Tras años de reclamaciones, meses de conversaciones y un procedimiento reglado y tedioso, los avances para que los policías catalanes y canarios puedan jubilarse a los 60 años han sido importantes en las últimas semanas, tras la tramitación por parte de las administraciones autonómicas de gran parte de la documentación necesaria. El proceso sigue en marcha, pero la coyuntura electoral deja la pelota en el tejado del Ejecutivo que salga de las urnas el próximo día 28 de abril, que deberá materializar la medida en sendos reales decretos, similares al que aprobó el pasado enero para la policía local. Todos los partidos del actual arco parlamentario respaldan la medida.

En este momento hay tres expedientes abiertos -Navarra, Cataluña y Canaria- que siguen cursos diferentes y que están en fases distintas, según reconocía Octavio Granado, secretario general de la Seguridad Social, en una carta remitida recientemente a los responsables de Comisiones Obreras (CCOO). En el escrito se constataba que en el caso de la Policía Foral Navarra la tramitación está especialmente retrasada. No sucede lo mismo en el caso de los Mossos, cuyo expediente avanza, según reconocen desde el sindicato.

CCOO, un sindicato especialmente activo en la labor de generalizar el derecho de la jubilación anticipada a todos los Cuerpos y Fuerzas de la Seguridad con el objetivo de rejuvenecer las plantillas, dibuja una situación con tres frentes abiertos: Cataluña, Canarias y Navarra. Manuela Oliva, responsable de Seguridad Pública de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de la central sindical, admite que los procesos electorales están afectando a determinados trámites, aunque no han paralizado los avances en Cataluña, pero sí en Navarra, "donde la interlocución con el Ejecutivo autonómico actual está rota".


De hecho, desde el sindicato se ha responsabilizado al Departamento de Interior del Gobierno foral -en manos de Nafarroa Bai- de "inacción y dejación" en lo referente a la jubilación de los efectivos y ha lamentado que su actitud demuestra "el poco cariño que este Ejecutivo ha tenido a lo largo de toda la legislatura por su Policía". Mientras, en el caso catalán, Oliva se muestra optimista y considera que desatascar la situación para los efectivos de esta comunidad, que tiene más 16.600 agentes, propiciaría de alguna forma que todas las policías autonómicas pudiesen disfrutar de la jubilación anticipada.

Como sucede con los policías locales, los agentes autonómicos tendrían que 'sobrecotizar', igual que la administración de la que dependen, para poder acceder a su pensión antes de la edad ordinaria de jubilación. En el caso de los policías locales -hay más de 2.300 cuerpos diferentes, con plantillas que van de 3 a 6.000 (la de Madrid)- el Ministerio de Trabajo establece una cotización adicional del 10,60%, aplicándose al ayuntamiento (empleador) un 8,84% y al trabajador un 1,76%.


Así, sobre una base máxima de 3.751,20 euros, el consistorio abonaría mensualmente la cantidad de 331,60 euros, y el empleado tendría una retención de 66,02 euros, según destaca Comisiones Obreras, que apunta  que esta modalidad de reducción de años de trabajo no sale gratis para nadie. Manuela Oliva destaca que estas aportaciones complementarias a la caja única de la Seguridad Social son la única vía de garantizar el mantenimiento de las pensiones, presentes y futuras, y de ahí el 'copago' de los agentes municipales, similar al que también realizan en Bomberos y en la Ertzaintza.

El efecto de las jubilaciones de los policías locales

La entrada en vigor el pasado de enero del real decreto por el que los policías locales de toda España pueden jubilarse a partir de los 59 años ha provocado un espectacular aluvión de retiros anticipados de agentes. De hecho, en algunos ayuntamientos ya se están formando en las academias seis veces menos efectivos que los que pedirán su pensión en breve y se retirarán antes de que acabe el año. Mientras, en algunas administraciones están tratando de contrarrestar las retiradas masivas con más oferta de empleo, aunque las nuevas incorporaciones tardarán un año y medio en llegar.

Según se desprende de las estadísticas del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, solamente en los meses de enero y febrero se han jubilado a los 60 años 922 trabajadores -un porcentaje muy elevado de policías locales-, casi los mismos que en todo 2018, que fueron 967 personas y por encima de las 895 de 2017. Mientras, ya se han retirado a los 59 años la mitad de personas que lo hicieron durante todo el año pasado. Unido a esto, se ha producido un incremento muy importante de la pensión media, que ha pasado de 2.120 euros en 2018 a 2.351 en 2019 para los jubilados con 59 años y de 2.070 euros a 2.345 para los de 60.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9987 en: 13 de Abril de 2019, 08:20:51 am »

El Imserso amontona sin procesar las peticiones de miles de jubilados para acceder al programa de viajes
El contrato para grabarlas en el sistema expiró a finales de año y no ha salido a concurso de nuevo, generando un enorme colapso.
13 abril, 2019 02:19


Daniel Montero @monteroblog

Son cerca de tres meses de parón, en los que miles de expedientes de jubilados españoles que quieren ingresar o hacer cambios en el programa de viajes subvencionados que dependen del Imserso están en un limbo. En lugar de figurar en el sistema informático, se acumulan en las mesas y las instalaciones de la institución pública ¿El motivo? que el concurso público para procesar esta información e informatizar cada documento expiró a finales de 2018 y todavía no ha sido renovado.

Según la normativa vigente, todos los beneficiarios del programa de termalismo (208.500 jubilados según sus propias cifras) deben renovar cada año su inscripción en el programa. En el caso de los viajes turísticos, estas peticiones solo deben cursarse si el beneficiario pide lo que se llama "un cambio de lote", es decir: si quiere cambiar entre las ofertas de turismo interior, en costa o en las islas españolas.

En lo que va de año y según estimaciones de la propia plantilla, la institución acumula entre los dos programas miles. Algunos funcionarios explican incluso que se les ha ofrecido días libres a cambio de que sean ellos mismos quienes metan a mano esa información en el sistema.

Por el otro lado, el colapso comienza a llegar a los balnearios que dependen de este sistema. De hecho y según ha podido confirmar EL ESPAÑOL, una veintena de establecimientos, con centros como el de Font Vella o Comarruga comienza a sentir el problema de la falta de reservas. Un fenómeno que se vive según las mismas fuentes en la mayoría de los centros termales de Valencia o Cataluña y que tiene preocupado sobre todo a los pequeños empresarios del sector termal, que dependen de este programa subvencionado para paliar la falta de clientes en temporada baja.
Otro contrato con retraso

La falta de procesado informático de estas peticiones incide directamente en los nuevos peticionarios, cuyos datos no están en el sistema, y en todos aquellos jubilados con intención de disfrutar del programa de termalismo en los próximos meses, ya que muchas de las renovaciones enviadas no se encuentran todavía incluidas en la base de datos del sistema.

Además, el Imserso tiene otro problema pendiente, la renovación del contrato estrella, el programa de viajes turísticos que arranca cada año en septiembre con 63 millones de euros de presupuesto, pero que necesita de al menos dos meses para que la institución pública negocie con los distintos operadores. En este caso y como ya publicó este diario, las fechas se echan encima del Ministerio, del que depende casi un millón de jubilados.

El pasado jueves la ministra del ramo, Reyes Maroto, aseguró que el Imserso tendría los pliegos del contrato preparados antes de las elecciones. Es decir: en tres semanas. Pero los cauces habituales dictan lo contrario. El pliego se encuentra a la espera de un informe de la Comisión Nacional de la Competencia que debe validar su articulado.

Luego, debe ser el letrado de la Seguridad Social quien lo valide y en tercer caso, la intervención pública del organismo. Después debe ser aprobado por la Secretaría de Estado y finalmente publicado en la plataforma de contratación pública. Como plazo habitual, cada uno de estos pasos puede llevar una semana de trabajo. Ahora, además de las elecciones, está la Semana Santa de por medio, por lo que en realidad, el Ministerio de Sanidad cuenta sólo con dos semanas hábiles.

Como ejemplo y para comparar los plazos, el último contrato en vigor sobre el programa de viajes para mayores arrancó el 5 de febrero de 2015 y terminó su licitación el 25 de noviembre del mismo año, nueve meses después de los primeros pasos. En este caso, los pliegos todavía no están ni presentados. Si aplicamos los mismos plazos, la tramitación administrativa se iría al mes de enero del año que viene. Sin embargo, es posible que el plazo se agilice, ya que la media de la Administración para licitar un contrato de este tipo es de seis meses. Eso, siempre que el procedimiento vaya rodado y no haya impugnaciones por parte de los contendientes.


 
 

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9988 en: 13 de Abril de 2019, 13:19:56 pm »
Le jode a este medio la jubilación de las Policías Locales?


La Información

La cuantía de las pensiones contributivas se dispara
Las jubilaciones antes de los 65 años ya superan las que se realizan a la edad legal


La revaloración de las prestaciones y el retiro anticipado de los policías locales fuerzan un aumento de la pensión media y un cambio de tendencia.

ENRIQUE MORALES
Viernes, 12 Abril 2019, 04:30
Actualizado: 12/04/2019, 10:43
Pensiones en 2019
ao
Desde el pasado 1 de enero, jubilarse y obtener el cien por cien de la pensión resulta más complicado. La edad legal para retirarse desde principio de año se ha elevado a los 65 años y 8 meses -seguirá aumentando de forma progresiva- y el cálculo de la pensión se hace con el salario percibido en los últimos 22 años cotizados. Todo apuntaba que las nuevas pensiones serían inferiores y que también se desincentivase la jubilación antes de esa edad, pero nada de eso ha pasado.


Durante los dos primeros meses de 2019, el número de jubilados antes de los 65 años ya supera a los que lo han hecho a esa edad o después, algo que contrasta claramente con lo sucedido en el acumulado del año pasado, en el que los que se retiraron por debajo de la edad legal suponían el 42% del total -un total de 141.000 personas-. Mientras, el acumulado a febrero de 2019 deja patente que las altas de pensiones contributivas antes de cumplir los 65 suponen ya 29.995, casi mil más que los que se produjeron a partir de esos años.

Agentes de la Policía Local de València
Mira también
Aluvión de jubilaciones en la policía local a los 60 años con el salario casi intacto
En este momento, los trabajadores pueden jubilarse de forma voluntaria antes de cumplir la edad legal de jubilación. Para poder hacerlo se deben tener dos años menos de la edad de jubilación prevista, 63 años y 8 meses desde el 1 de enero, y acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 35 años. También es posible obtener la jubilación anticipada por despido, con una edad mínima de 61 años y 8 meses -cuatro menos de la edad de jubilación-. Es necesario acreditar tener cotizados 33 años y llevar inscritos como demandantes de empleo un mínimo de seis meses antes de solicitar la jubilación.

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Mayor cuantía de la pensión

La estadística que elabora la Seguridad Social muestra también un importante incremento de la cuantía de la pensión media, que se sitúa en el acumulado de 2019 en 1.453,52 euros, frente a los 1.311,23 de 2018, 142 euros más. La pensión media en edades inferiores a los 65 años supera con creces la general y alcanza los 1.687 euros, mientras que por encima de esa edad apenas alcanza los 1.211 euros. La prestación media mayor la encontramos en los 59 y 60 años.


Buena parte del incremento medio se debe a la decisión tomada en el último Consejo de Ministros del año pasado de revalorizar un 1,6% las pensiones -seis décimas por encima del Índice de Precios al Consumo- y un 3% las mínimas y no contributivas. Solamente en el mes de enero subieron un 6,12% y en febrero lo hicieron todavía con más fuerza, un 11% hasta los 1.462 euros. Otra parte que ha determinado el importante aumento ha sido la retirada masiva de efectivos de la policía local.

Funcionarios de la Administración pública. EFE
Mira también
No es solo la tasa de reposición... siete de cada diez funcionarios se jubila a los 60
La entrada en vigor el pasado 2 de enero del real decreto por el que los policías locales de toda España pueden jubilarse a partir de los 59 años sin reducciones y cumpliendo algunos requisitos ha provocado un espectacular aluvión de retiros anticipados de agentes que han cumplido 59 y 60 años y ha abierto la puerta a que en algunas administraciones públicas ya se estén formando en las academias seis veces menos efectivos que los que pedirán su pensión en breve y se retirarán antes de que acabe el año.


Solamente en los meses de enero y febrero se han jubilado a los 60 años 922 trabajadores -un porcentaje muy elevado son policías locales-, casi los mismos que en todo 2018, que fueron 967 personas y por encima de las 895 de 2017. Mientras, ya se han retirado a los 59 años la mitad de personas que lo hicieron durante todo el año pasado. Unido a esto, se ha producido un incremento muy importante de la pensión media, que ha pasado de 2.120 euros en 2018 a 2.351 en 2019 para los jubilados con 59 años y de 2.070 euros a 2.345 para los de 60.

Para que los policías locales puedan jubilarse de forma anticipada -hay cerca de 70.000 efectivos, en más de 2.300 cuerpos diferentes, que tienen plantillas que van de 3 a 6.000 (la de Madrid)- el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social establece una cotización adicional del 10,60%, aplicándose al ayuntamiento (empleador) un 8,84% y al trabajador un 1,76%.




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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9989 en: 13 de Abril de 2019, 21:03:57 pm »
Que les explique Abascal que su programa en materia de pensiones lleva la obligatoriedad de contratar un plan privado y que el.sistena público no cubrirá enteramente la pensión...a ver qué le parece a los jubilados VOX.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9990 en: 13 de Abril de 2019, 23:34:37 pm »
A ver si alguien coge el toro por los cuernos y se mete de lleno con el tema pensiones. Sabiendo como sabemos que el actual sistema no se podrá mantener por muchos años. Es algo de lo que nadie quiere hablar, pero será un enorme problema en no mucho tiempo.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9991 en: 15 de Abril de 2019, 15:22:11 pm »


Las cuentas del sistema público de pensiones
La Seguridad Social 'debe' a los españoles más de 3 billones de euros en pensiones


Un trabajo del INE estima por primera vez la cuantía de los derechos de pensiones acumulados por los trabajadores: suponen tres veces el PIB español.

Sánchez deja la deuda de las pensiones en 55.000 millones, el triple que en 2018
BRUNO PÉREZ
Lunes, 15 Abril 2019, 04:30
Fotografía pensiones dignas / EFE
Más de tres billones de euros de 'deuda' con los españoles. / EFE
Si el futuro Gobierno que saliera de las urnas el próximo 28-A decidiera en un episodio de enajenación regulatoria abolir por completo el sistema público de pensiones, metería a la Seguridad Social en un problema sin solución, el de cómo atender con los recursos disponibles los más de tres billones de euros en compromisos de pago que el sistema acumula con los trabajadores españoles que han pagado religiosamente su cuota mensual para asentar su derecho a una pensión pública en el momento de su jubilación. En otras palabras, si eso ocurriera España necesitaría una cuantía equivalente a tres veces su PIB anual para atender todos los compromisos de pensiones generados por el sistema público.


El dato da vértigo. Entre otras cosas porque hasta ahora nunca se había proporcionado. Sabíamos que la nómina mensual de las pensiones discurre de máximo en máximo con incrementos de hasta el 7% interanual, y que ya supone más de 9.500 millones de euros; que los ingresos del sistema aún no dan para cubrir los gastos y que el déficit rondó en 2018 los 19.000 millones de euros; que la hucha de las pensiones ya no es tal después de haberse consumido a una velocidad de escándalo y que el Estado se está endeudando a un ritmo de 15.000 millones anuales para cerrar las grietas del sistema; o que como consecuencia de estos desequilibrios la deuda de la Seguridad Social se ha triplicado en los últimos tres años y ya alcanza los 55.000 millones de euros.

Todas esas cifras son preocupantes, pero no alcanzan la dimensión abrumadora de la billonaria factura de los derechos de pago pendientes del sistema público de pensiones. Han sido tres técnicos del Instituto Nacional de Estadística (INE) - Sixto Muriel, Carlos Valero y Andrés García Carreira - los que después de varios años de trabajo codo con codo con técnicos de tres ministerios, el de Trabajo, el de Economía y el de Hacienda y Función Pública, del Banco de España y de Eurostat han logrado acuñar una metodología que permite aproximar ese dato y los que han aflorado una realidad reveladora, pero hasta ahora oculta: que el sistema público de pensiones acumula compromisos de pago a futuro por 3,102 billones de euros. Ésa es la 'deuda' que España arrastraba con los cotizantes españoles al cierre de 2015 y lo preocupante es que, con el controvertido índice de revalorización de las pensiones ya en vigor, esa cifra se incrementó casi un 5% respecto al ejercicio anterior.

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El debate sobre el sistema de pensiones

El trabajo realizado por los investigadores del INE - que se puede consultar en este enlace - se enmarca en un proyecto europeo cuyo objetivo es asentar una metodología única para medir de manera homogénea los compromisos futuros que acumulan los diferentes sistemas de pensiones, al objeto de valorar mejor su sostenibilidad futura y determinar el impacto que las diferentes medidas de reforma tienen sobre la misma, más allá de los efectos inmediatos que pueden tener sobre el sistema.


Uno de los principales problemas de los análisis sobre la sostenibilidad futura de los sistemas de pensiones y sobre la influencia de las medidas de reforma en la misma es que se hacen a partir de proyecciones, cuyos resultados están muy condicionados por las premisas de las que se parte, tanto respecto a la evolución demográfica como la previsible evolución de los salarios u otros factores. A corto plazo, los análisis se basan en el impacto inmediato sobre las grandes cifras del sistema, que en muchas ocasiones están condicionados por factores que nada tienen que ver con los cambios regulatorios, como la incorporación mayor o menor de personas a la situación de jubilación u otras situaciones puntuales que se pueden dar.

Pensiones en 2019
Mira también
Las jubilaciones antes de los 65 años ya superan las que se realizan a la edad legal
La 'tabla de pensiones' como la denominan los autores del estudio "nos permite ver la evolución del stock de derechos de pensiones y los flujos que motivan sus variaciones", de modo que se puede determinar el impacto que una determinada reforma tiene sobre la evolución de los derechos futuros de pensiones, un indicador mucho menos expuesto a las singularidades de la coyuntura y a otros factores de distorsión.


Hasta ahora solo están disponibles los datos correspondientes a 2014 y 2015, si bien este año 2019 corresponde hacer una actualización de cifras. Los datos en cuestión exponen, como ya se ha dicho, que el Estado acumulaba 3,102 billones de euros en obligaciones de pago por pensiones al cierre de 2015, de los cuales 2,792 billones eran con cargo a la Seguridad Social (a cuenta del sistema público de pensiones para trabajadores del sector privado) y más de 310.000 millones de euros con cargo al régimen de clases pasivas, que asume las arcas del Estado.

El estudio, que está pensado con una dimensión europea, también recoge los compromisos de pago del sistema complementario de pensiones sostenido por el sector privado, que al cierre de 2015 ascendía a 62.886 millones de euros, exactamente la misma cifra que un año antes, lo que da una idea de la estabilidad de esta metodología como indicador.

La evolución del indicador entre 2014 y 2015 revela que la carga de compromisos de pago pendientes por parte de la Seguridad Social y del Régimen de Clases Pasivas se incrementaron en un porcentaje cercano al 5% de un año a otro, lo que revela que las obligaciones atendidas por el sistema continúan siendo inferiores a los nuevos derechos generados por los trabajadores.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9992 en: 16 de Abril de 2019, 10:19:30 am »

REUNIÓN MESA DEL DIÁLOGO SOCIAL EN POLICÍA LOCAL EL 11 DE ABRIL 2019
PLCV 12 abril, 2019 Anticipo Edad Jubilación

Estimadas/os compañeras/os:

Tras la aprobación del RD1449/2018 de Adelanto de la edad de Jubilación de las Policías Locales por Coeficiente reductor, y como es normal en el desarrollo de esta serie de normas, el Ministerio de Trabajo mediante el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Subdirección General de Ordenación y asistencia Jurídica, han articulado una serie de Criterios de Gestión, encaminados a la buena gestión e interpretación ajustada a la voluntad final del acuerdo reflejado en el RD mencionado.

El día 1 de febrero del 2019, como todos conocéis, apareció el Criterio de Gestión 4/2019 una primera orden de gestión para homogenizar criterios en todas y cada una de las delegaciones territoriales del INSS y en estos días con fecha 3 de abril, Criterio de Gestión 7/2019, ha aparecido la ultima donde se establecen entre otras cuestiones, la interpretación en relación a los aplicación de los periodos de prestación de servicio como Policía Local al amparo de un Contrato Sujeto a Derecho Administrativo; así mismo se establece criterio sobre los cómputos de los periodos en los que el Policía Local se mantiene en situación de servicios especiales por el desempeño de una actividad de representación sindical o por el ejercicio de un cargo político; por último se establece criterio en relación a las funciones de los auxiliares de Policía Local y los años computados en el desempeño de la actividad.

En el día de hoy, se ha celebrado una reunión ordinaria dentro del marco participativo con los agentes sociales y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Dialogo Social), en la sede del Ministerio de Trabajo, con la participación de las organizaciones Sindicales Mayoritarias (UGT-CCOO), las Confederaciones de Empresarios y el Ministerio; por nuestra parte, ha asistido la Secretaria de Empleo y Seguridad Social Confederal Carmen Barrera y Juan Fco Garcia Crespin Responsable del Sindicato Federal de Policías Locales y Aut.

Entre los temas a tratar y de interés directo a nuestra Federación, estaba las incidencias que se detectan a la hora de aplicar el RD 1449/2018 y sus singularidades.

El Secretario de Estado de SS ha explicado el porqué del criterio en relación a la NO aceptación del tiempo de trabajo en esa actividad a efectos de computo del tiempo trabajado como auxiliar de policía local, aunque al final ha quedado a disposición de que se aporten, por nuestra parte, aquellas justificaciones documentales que aclaren las casuísticas concretas, que desde UGT se han explicado y que ha quedado en “cuestión” el planteamiento de la Orden Criterios 7/2019 de 3 de Abril.

En concreto se ha comprometido a solicitar la certificación del secretario municipal como fedatario publico de lo relacionado a la acreditación del tiempo de trabajo, acceso y funciones del auxiliar de Policía Local en el trámite del citado expediente por jubilación de reconocimiento de dicho derecho al amparo del RD 1449/2019.

COTIZACIÓN DE INTERINOS:

Hemos planteado la actual situación generada con los interinos, en relación a la no aplicación de la sobre cotización, un hecho que a todas luces parece incompresible. Desde nuestra organización se ha planteado que un policía Local Interino, ha de sobre cotizar a todos los efectos, por entenderse que lo contrario, cuestionaría todo el sistema, tanto a efectos económicos como de viabilidad futura del mismo, entendiendo que ese funcionario, al final de su carrera profesional, y su consolidación de plaza  como funcionario de carrera, se acogerá con total plenitud a los beneficios del RD 1449/2019.

En este sentido, la posición del Ministerio ha sido en total consonancia con nuestro planteamiento y en próximas fechas, la Dirección General de Ordenación de la SS desarrollara la instrucción oportuna para que dicho criterio sea de aplicación al colectivo y Administraciones Locales en todo el territorio nacional.

SITUACIONES EN SEGUNDA ACTIVIDAD:

Hemos planteado que, en estos momentos, en alguna delegación provincial, se ha cuestionado el no computar a los efectos de años para la reducción en aplicación del coeficiente reductor, del tiempo de trabajo en esa situación o destino; En este sentido, desde el Ministerio se ha entendido que dicha adscripción a ese puesto de trabajo dentro de los criterios de segunda actividad, tiene a todos los efectos de tiempo trabajado como policía local, por consiguiente, se ha computar dicha situación a los efectos de la reducción de años trabajado como Policía Local.

Seguiremos informando de las adecuaciones y gestiones que estamos realizando en estos momentos y en el futuro, para adecuar el RD a las necesidades reales del colectivo de policía Local.

Sindicato Federal de Policías Locales y Autonómicas FeSP-UGT

UGT TU SINDICATO DE POLICIA

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9993 en: 17 de Abril de 2019, 14:38:22 pm »
Los policías locales no podrán jubilarse a los 59 años si son interinos


Pero les reconocerá el servicio prestado en esa situación de eventualidad si acceden a la condición de funcionarios de carrera
Publicado el 17/04/2019 Actualizado el 17/04/2019 - 08:55
DAVID GARCÍA-MAROTO
   
Interior de un coche de la Policía Local.
El Ministerio de Trabajo y los sindicatos siguen desarrollando el Real Decreto 1449/2018 por el que regula la jubilación anticipada de los policías locales. La norma planteaba las condiciones en las que estos empleados públicos pueden jubilarse a partir de los 59 años, pero no entraba en ciertos detalles y casuísticas que las centrales se están encontrando en numerosas consultas a la hora de asesorar para las que no tienen respuesta.

Fruto de ese proceso, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha emitido ya dos circulares, una en febrero y otra en abril, en las que plantea cuestiones importantes, como la forma en la que afecta el decreto a aquellos policías que fueron contratados por la vía administrativa, así como para los interinos. Esta última cuestión es muy relevante, dado que el elevado número de efectivos interinos diseminados por todos los niveles de la Administración.

Desde los sindicatos no precisan cuántos policías locales podrían en esta situación, pero lo cierto es que podrían ir en aumento si se extiende la decisión tomada en la Comunidad de Valencia para reemplazar a policías que están haciendo uso del derecho de jubilarse de forma anticipada precisamente con personal interino.

Una primera circular de febrero de 2019 a la que ha tenido acceso El Independiente recuerda que la edad ordinaria de jubilación se reducirá en un periodo equivalente al que resulte de aplicar a los años completos efectivamente trabajados como policía local el coeficiente reductor del 0,20. Además, para poder aplicar este coeficiente es necesario acreditar 15 años de cotización como policía local y tendrá la consideración de tiempo efectivamente trabajado, el de actividad efectiva y cotización destinado en puestos de los Cuerpos de Policía local al servicio de la respectiva entidad local.




ECONOMIA
La policía local podrá jubilarse antes de los 60 años en 2019 con 35 años y 6 meses cotizados
Ahora bien, la circular aclara que podrán beneficiarse de la reducción de la edad de jubilación los funcionarios de carrera incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, miembros de la policía local al servicio de las entidades locales, en sus diferentes escalas, categorías o especialidades. Por lo que quedan excluidos, “tanto el personal laboral y eventual, como los funcionarios interinos que en el momento de acceder a la jubilación no tengan condición de funcionarios de carrera”.

No obstante, esto quiere decir que, mientras sean interinos, los policías locales no tendrán que sobrecotizar puesto que mientras no cambie su situación no tienen reconocido el derecho a la jubilación anticipada. Sin embargo, a efectos de cómputo del periodo de bonificación, se contará el tiempo de actividad efectiva en el que el funcionario interino estuvo destinado en puestos propios de los Cuerpos de Policía local antes de acceder a la condición de funcionario de carrera.

Otros supuestos
Situaciones de baja: Por otro lado, en aquellos supuestos en los que, pese a reunirse los demás requisitos necesarios, en el momento de acceso a la jubilación el interesado esté en un proceso de incapacidad temporal de duración superior a 18 meses, podrán aplicarse los beneficios previstos en el Real Decreto. El INSS explica que esta excepción se justifica por cuanto el interesado causa baja por causa ajena a su voluntad, debido a su estado de salud, y por cuando el policía local sigue manteniendo el vínculo con la Administración.

Acumulación de beneficios: Lo que el INSS no permitirá, de acuerdo con estas recientes interpretaciones, es compatibilizar y acumular los beneficios establecidos en el Real Decreto con otros similares otorgados para cuerpos como los Ertzaintza (que también tiene reconocido el derecho a la jubilación a los 59 años).

Cuando el contrato estuvo sujeto a derecho administrativo: Otra de las cuestiones que viene a aclarar el INSS es la situación en la que se encuentran policías locales, actualmente funcionarios de carrera, pero que iniciaron su labor el el cuerpo con un contrato sujeto a derecho administrativo, algo que ocurrió en los ayuntamientos a partir de 1977. El INSS tiene en cuenta que dicha contratación administrativa se ajustaba perfectamente a la legalidad entonces vigente y que el Real Decreto de 2018 impone la aplicación del coeficiente reductor del 0,20 a los años completos efectivamente trabajados como policía local, sin especificar bajo qué régimen funcionarial deben haberse producido (con la misma lógica que en el caso de los interinos). Por ello, considera que cabe considerar los años de prestación de servicios como policía local independientemente del régimen administrativo.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9994 en: 18 de Abril de 2019, 20:53:10 pm »
Cómo hacer entender al policía medio informado, solo medio, ya si le pides un esfuerzo mayor seguramente que el casco espartano le apriete la cabeza, que las policías locales fuimos reconocidas como profesión de riesgo en 2017...por qué era el requisito principal para poder dar continuidad al proceso de jubilacion anticipada.





LA POLICÍA LOCAL DE MOTRIL PIDE EQUIPARARSE CON POLICÍA NACIONAL Y GUARDIA CIVIL
Por Motril@ Digital - 17 abril, 20194870 0
   
La Ejecutiva de SIP-AN Motril, acordó por unanimidad  plantear al Pleno del Ayuntamiento de Motril, a través de la Teniente Alcalde de Seguridad Ciudadana,  la necesidad de equiparar a las Policías Locales de España con el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil en relación a incluirnos dentro de las Clases Pasivas de la Seguridad Social y reconocer que somos una “profesión de riesgo”.

http://www.motrildigital.com/la-policia-local-motril-pide-equipararse-policia-nacional-guardia-civil/?fbclid=IwAR2fGJSYZViDZbNQRun3Bh4QjT9m9XEc1Q7W6BDg7cJ2OyYc2Wk-uslpj-8

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9995 en: 20 de Abril de 2019, 16:55:00 pm »
Qué la banca devuelva el dinero público.empleado en salvar sus entidades....


https://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/problema-pensiones-partidos-deficit-seguridad-social_0_1234377337.html


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« Última modificación: 24 de Abril de 2019, 07:59:20 am por 47ronin »

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9998 en: 24 de Abril de 2019, 10:11:43 am »
Hay que tener muy poca vergüenza para después de saber como se comportó Rajoy y Montoro para con nuestra jubilación anticipada que vengan los señores del Partido Popular a vender una promesa a cinco días de unas elecciones, promesa que además se publicita por un sindicato que quiere vendernos algo que no es más que un producto falso, tan falso como la promesa, toda vez que la declaración de "profesión de riesgo" se consiguió en el año 2017 dado que era el principal requisito para poder dar continuidad a la norma que regulase la jubilación anticipada, y conseguida esa consideración, la norma siguió su tortuoso camino hasta toparse con Montoro, quien retuvo el informe de Hacienda durante meses y que sólo gracias a una moción de censura y un cambio de gobierno se consiguió desbloquear y sacar finalmente adelante.

Ahora, este sindicato nos trae este discurso de que los pobrecitos locales no somos considerados como debiésemos, al que se apunta el individuo que nos regala los oídos con falsas promesas, cuando en realidad lo que se pide es que nos incluyan en una norma estatal y pensada para militares y mienbros de las FCSE, como es el RD1087/2015, que en ningún caso, como se pretende hacer creer, establece la necesidad imperiosa de ser reconocido como "profesión de riesgo" para ser incluidos en él.

No se puede estar al plato y a las tajadas, pertenecemos a la SS, no somos parte de la administración del  ESTADO, y por lo tanto no se puede estar en dos situaciones administrativas de aplicacion, de un lado la SS para la parte que me reconoce la jubilación anticipada, y de otra, esa norma estatatal que reconoce unas prestaciones por incapacidad.

Que peligro tiene el no leer y hacer caso a lo que te cuentan.

Lean la norma, conozcan su contenido y busquen los requisitos.

Artículo 1. Objeto.

Este real decreto tiene por objeto regular, en materia de incapacidad permanente y muerte y supervivencia, las condiciones y el alcance de la integración en el Régimen General de la Seguridad Social del personal al servicio de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, siempre que el acceso a la condición de que se trate se haya producido a partir del 1 de enero de 2011, así como el procedimiento para el reconocimiento de dichas prestaciones.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-13436


« Última modificación: 24 de Abril de 2019, 10:49:32 am por 47ronin »

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #9999 en: 25 de Abril de 2019, 09:41:46 am »
 :gracias1 a Pedro que sacó los papeles del cajón de  "falta un informe" acabo de cobrar mi 4º mes de pensión (mejor dicho, me han devuelto parte de lo aportado en la hucha durante 43 años), también gracias al programa social de envejecimiento activo, he podido disfrutar de la 1ª semana de vacaciones del IMSERSO  :Plasplas :abuelo