Según he podido saber, hoy mismo CCOO, UGT y CSI-CSIF presentan en rueda de prensa a nivel nacional su pacto de unidad sindical para conseguir la jubilación anticipada de policías locales y autónómicas, el que ha puesto 47ronin en el enlace anterior.
Me han dicho que lo hacen en Bilbao, lo cual me da mucho que pensar, pero mis inquietudes las dejo para más adelante.
A ver si es verdad lo que dicen algunos y cuentan también con los sindicatos profesionales, pues eso sí que sería importante para buscar, DE VERDAD, el beneficio del colectivo y que todos los policías estén representados.
Por otro lado, y si estoy confundido que alguien me rectifique, por favor, pero creo que el tema de la segunda actividad y la jubilación de los compa?eros de CNP y GC no está muy claro.
A ver si consigo arrojar algo de luz, para que se sepa de qué estamos hablando. Que conste que me baso en la información que he recogido por internet, a la que todos tenemos acceso.
Hasta donde yo sé, los compa?eros de CNP y GC SÍ se pueden jubilar antes porque cotizan en clases pasivas y ello les permite acogerse a la jubilación anticipada una vez cumplidos los 60 a?os y habiendo cotizado un mínimo de 30 a?os.
http://www.clasespasivas.net/c_pasivas/pens_clases_pasivas/jubilacion/tiposjubilacion.htmOtra cosa es en qué condiciones económicas se jubilan, las cuales, desde luego, no son nada buenas y no las quiero ni para mí. En la misma página hay una tabla al respecto.
A modo de resumen, un policía nacional con 60 a?os y, por ejemplo, 32 a?os de servicio, que se quiera acoger a jubilación anticipada, cobraría como pensión el 89,04% de la base reguladora, que para el grupo C es en el a?o 2007 de 21.766,11? anuales, o sea, una mierda, y perdón por la expresión, pero es que es así.
En este enlace hay mucha información al respecto:
www.clasespasivas.netEn cuanto a la segunda actividad, con o sin destino, si el policía del ejemplo anterior hubiera entrado en el cuerpo con 25 a?os, podría pasar a 2? actividad a petición propia al cumplir 25 a?os de servicio, o sea, con 50 a?os. Si no lo pide él, sería a partir de los 58 a?os cuando, de oficio, pasaría a segunda actividad.
Lo de con o sin destino todavía no termino de entenderlo, seguiré investigando.
Repito que esta información la he sacado de internet sin contrastarla con nadie, por lo que si estoy equivocado sería aconsejable que alguien que controle el tema me rectifique.
PD. Dejemos a un lado piques sindicales y centrémonos en el colectivo. Tiempo habrá de comprobar las verdaderas intenciones de algunos en todo este lío.