Autor Tema: Jubilaciones en los Cuerpos policiales  (Leído 1044060 veces)

Desconectado mu2

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4876
  • "Son mis principios; si no le gustan, tengo otros"
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #480 en: 12 de Febrero de 2009, 20:36:06 pm »
?Que no es penoso?, aunque sea para un chavalito.

Por desgracia o por suerte cumplimos todos los requisitos: penosidad, tóxicidad, peligrosa e insalubre, y casi de forma gratuita.
Pero esto no es el debate, el debate es como jubilarse anticipadamente si se puede o no, antes de la edad reglada (65 a?os)
"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot

pacodeasis

  • Visitante
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #481 en: 12 de Febrero de 2009, 20:38:10 pm »
Penosidad, cuando haciamos tráfico quizás, por lo demas no. toxicidad e insalubre tampoco, nos quedamos con la peligrosidad si a caso que comparada con la de una alba?il es ridicula.

Un saludo.

Desconectado mimi

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4856
  • con permiso... apuntador, deme la voz.....
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #482 en: 12 de Febrero de 2009, 20:40:31 pm »
Según cual y lo que tome en la comida.....  :silen
Enseñad a los niños para no castigar a los hombres.

Cuando termines de leer esto lo que era futuro ya es pasado.....

Todo lo que se puede pagar con dinero es barato.....

Desconectado mu2

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4876
  • "Son mis principios; si no le gustan, tengo otros"
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #483 en: 12 de Febrero de 2009, 20:54:23 pm »
?O sea que tú a ahora no haces nunca tráfico?
?Tú no fuiste cuando hubo un escape de una fábrica por la carretera de Burgos, ni subes si hay un incendio a rescatar o hacer lo que puedas?
 :caput
"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot

Desconectado mimi

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4856
  • con permiso... apuntador, deme la voz.....
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #484 en: 12 de Febrero de 2009, 20:55:42 pm »
Lo de no hacer tráfico lo direís por los PMM.

Fuera de esa grandiosidad, los demás lo hacemos (y en Coslada a tope....).
Enseñad a los niños para no castigar a los hombres.

Cuando termines de leer esto lo que era futuro ya es pasado.....

Todo lo que se puede pagar con dinero es barato.....

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222521
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #485 en: 12 de Febrero de 2009, 20:59:48 pm »
Pero esto no es el debate, el debate es como jubilarse anticipadamente si se puede o no, antes de la edad reglada (65 a?os)


Poder puedes... con el coeficiente reductor del 8 por ciento anual en la franja 60-65 a?os.

La parcial, creo, permite trabajar un mes.

Y la anticipada... que es lo que se pretende ahora mismo desde diferentes Plataformas y Sindicatos, pues eso, que ya veremos.

Desconectado mu2

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4876
  • "Son mis principios; si no le gustan, tengo otros"
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #486 en: 12 de Febrero de 2009, 21:07:35 pm »
La nueva regulacion marca 7,5 coeficiente reductor. :mus;
"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222521
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #487 en: 12 de Febrero de 2009, 21:10:46 pm »
Mira, medio punto pal saco.  ;ris;

pacodeasis

  • Visitante
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #488 en: 12 de Febrero de 2009, 21:21:50 pm »
?O sea que tú a ahora no haces nunca tráfico?
?Tú no fuiste cuando hubo un escape de una fábrica por la carretera de Burgos, ni subes si hay un incendio a rescatar o hacer lo que puedas?
 :caput


Lo que yo llamo trafico nunca, voy a lo que tenga que ir, pero penosidad en el trabajo yo veo la del minero si me apuras el de limpiezas que esta toda la noche bajo cero en la puta calle, toxicidad en cualquier industria de las muchas que hay.
 

 Si más ganas de jubilarme que tengo yo no tienes tú, ojala fuera a los 39 y me podria jubilar el a?o que viene, pero una cosa es una cosa y otra otra, que las jubilaciones hay que pagarlas, chato.

un saludo.

Desconectado mu2

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4876
  • "Son mis principios; si no le gustan, tengo otros"
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #489 en: 12 de Febrero de 2009, 21:27:56 pm »
Gracias por lo de chato, (con el pedazo tocho que tengo, ha quedado bien) ?tu que estas bebiendo?  :a:O eres masoca. :pino
"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot

pacodeasis

  • Visitante
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #490 en: 12 de Febrero de 2009, 21:30:35 pm »
Bebiendo juegas sobre seguro, masoca pertenece a la intimidad, pero mi permanencia en el foro te dará alguna pista.

Un saludo.

Desconectado mu2

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4876
  • "Son mis principios; si no le gustan, tengo otros"
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #491 en: 12 de Febrero de 2009, 21:42:24 pm »
 :Burla
"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot

pacodeasis

  • Visitante
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #492 en: 12 de Febrero de 2009, 22:01:47 pm »
Mira cenutrio, hace unas semanas cuando llevaba a la piscina al peque, me encontre con el padre de otro chico amigo de mi hijo, el ni?o en cuestion tiene retraso mental, y hablando me dijo que se había quedado sin trabajo, que se iba a sacar el titulo de vigilante a ver si encontraba trabajo, se vinieron a Espa?a por su hijo, aqui hay especialistas que alli no los hay o los hay muy caros,  ya no viene a la piscina el ni?o(cuesta 14 euros al mes), hoy me encontrado en el polideportivo por separado con dos amigos de cuando mi hijo iba al futbol, uno el entrenador buena gente, su empresa cerro hace a?o y poco, le he preguntado entre otras cosas por el curro, no tiene se le acaba el paro, y su mujer que trabajaba en la misma empresa tambien se quedo en el paro hace limpiezas, me comentaba que va a sacarse el btp para ver si encuentra trabajo,(buena gente el y otro entrenaban en el club sin cobrar, gente de vallecas no de la moraleja, me entere cuando lleve a un chico de la calle, un figura pero sin recursos para meterle en el club y a ver si me ayudaban a pagarle algo de la cuota, entonces lo cogieron y me dijeron que este y otro entrenador lo hacian gratis y gracias a ello metian alguna vez estos casos, el ni?o por cierto si no se pierde acabará siendo una estrella), bueno al rato aparece otro amigo el padre de tres ni?os, le pregunto que tal, y tambien en el paro, que se va a sacar el btp a ver si encuentra trabajo, esta ma?an en la pescaderia del mercado, un poco más cara que otras pero familiar, me cuentan que han tenido que despedir a el hombre que les cojia el pescado de mercamadrid, llevaban a?os con el y paco el padre(viven tres de la familia de la pescaderia), nos dice la mujer que le daba mucha pena, pero que ella le ha dicho que o él o su hijo, por cierto comentan que han tenido que pedir un prestamo para la indemnizacion.


 Pues eso es lo que me preocupa, por eso lo de jubilarme antes si viene mejor, pero de verdad es lo que menos me preocupa ahora.


un saludo.

Desconectado Periko

  • Profesional
  • Master
  • **
  • Mensajes: 1289
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #493 en: 13 de Febrero de 2009, 01:33:57 am »
Perdonar pero me he perdido, o estoy desconectado de cualquier novedad que haya surgido, hablamos de coeficiente corrector o de coeficiente reductor.
Actualmente que yo sepa, los Policías no tenemos coeficientes reductores al a hora de jubilarnos, ni podemos acogernos a la jubilación parcial por que no se puede contratar a personal temporal o ?Relevistas? y en le caso de los bomberos se les ha aplicado un coeficiente corrector de un 0.20 por a?o trabajado, de manera que necesitan llevar 30 a?os de servicio para poder jubilarte a los 60 y creo que no les permiten antes de los 62 y tampoco tienen en cuenta el tiempo cotizado con anterioridad a la profesión.
Por favor, decirme si ha habido cambios en este aspecto.
Un saludo
     
No nos falta valor para emprender ciertas cosas que nos parecen difíciles sino que nos parecen difíciles por que nos falta valor

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222521
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #494 en: 13 de Febrero de 2009, 01:38:40 am »
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rd383-2008.html

Artículo 2. Reducción de la edad de jubilación.

1. La edad ordinaria de 65 a?os exigida para el acceso a la pensión de jubilación se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar a los a?os completos efectivamente trabajados como bombero el coeficiente reductor del 0,20 con respecto a quienes se refiere el artículo 1.

2. La aplicación de la reducción de la edad de jubilación prevista en el apartado anterior en ningún caso dará ocasión a que el interesado pueda acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior a los 60 a?os, o a la de 59 a?os en los supuestos en que se acrediten 35 o más a?os de cotización efectiva, sin cómputo de la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias, por el ejercicio de la actividad de bombero.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222521
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #495 en: 13 de Febrero de 2009, 01:41:56 am »
Sobre jubilación parcial de los funcionarios según contempla el EBEP

http://jefes-personal.nireblog.com/post/2008/09/30/funcionarios-y-jubilacion-parcial-novedades

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222521
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #496 en: 13 de Febrero de 2009, 01:53:24 am »
Tribunal Superior de Justicia Id Cendoj: 47186330012008100001
Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
Sede: Valladolid
Sección: 1
N? de Recurso: 357/2007
N? de Resolución: 6/2008
Procedimiento: CONTENCIOSO - APELACION
Ponente: FELIPE FRESNEDA PLAZA
Tipo de Resolución: Sentencia
T.S.J. CASTILLA-LEÓN CON/AD
VALLADOLID


FALLO:
Que debemos estimar y estimamos el recurso de apelación interpuesto frente a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo N.° Uno de Valladolid de fecha 7 de junio de 2.007, revocando

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222521
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #497 en: 13 de Febrero de 2009, 02:03:53 am »
 Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social.
 
DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA. Aplicación de los mecanismos de jubilación anticipada y parcial en el ámbito de los empleados públicos.

En el plazo de un a?o, el Gobierno presentará un estudio sobre la normativa reguladora de la jubilación anticipada y parcial de los empleados públicos, así como del personal de las Fuerzas Armadas y al servicio de la Administración de Justicia, que aborde la aplicación de la normativa reguladora de tales modalidades de jubilación, las condiciones en que esta aplicación no genere problemas de sostenibilidad a los sistemas de protección social y la homogeneización, en términos equiparables, de los diferentes regímenes.

En dicho estudio se contemplará la realidad específica de los diferentes colectivos afectados, incluida la del personal al que le es de aplicación la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, tomando en consideración las singularidades que rodean al mismo, desde una perspectiva acorde con las prioridades y garantías que se se?alan en el párrafo anterior.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/l40-2007.html#da7

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222521
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #498 en: 13 de Febrero de 2009, 02:06:46 am »
Y de interesante lectura para saber lo que es la jubilación parcial.

http://fete.ugt.org/canarias/varios/contenidos/08-04-24_contrato_relevo.pdf

Desconectado mu2

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4876
  • "Son mis principios; si no le gustan, tengo otros"
Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #499 en: 13 de Febrero de 2009, 10:31:18 am »
 
Por otra parte, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en su artículo 67.4 recoge la posibilidad de jubilación parcial para los funcionarios. Con posterioridad a esa norma, en el ámbito del diálogo social con la Administración General del Estado, las federaciones de servicios públicos de UGT, CCOO y CSIF y el MAP firmaron un acuerdo el 14 de mayo de 2007 mediante el cual se extendía la jubilación parcial a los empleados públicos, posibilidad que sería rechazada por la Confederación de CCOO.
 
Colectivos que no tienen reconocido el derecho
?   Funcionarios y personal estatutario
?   Empleados de Hogar
?   Representantes de Comercio.
?   Consejeros o administradores asimilados a trabajadores por cuenta ajena.

Por un lado tenemos derecho, por otro no y por otro hay sentencias favorables.
Joder que cacao ;::)


"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot