. . . y desde el punto de vista técnico-jurídico . . . hay alguna explicación a esta discriminación? ? ? . . .
Dicen..y aquí lo voy a dejar en el más absoluto entrecomillado ese "dicen", que la Intervenciones General no traga con el abono al turno de noche por entiende que para los turnos diurnos se apoya en que hicieron jornadas adicionales, no contemplando como tales las medias horas que se seguimos haciendo...pero al margen del "dicen" también presumo que hay una INQUINA específica de alguno que no ha superado determinados "traumas".
A lo anterior les voy a añadir que a la Administración le sale más caro dar las jornadas que pagar los 600 euros, de ahí que desde siempre, ya conocen el tema del limite del 10 por ciento, se tendiese a pagar y no a librar...con el añadido de 40 horas por 600 euros, haciendo las cuentas en limpio, nos salía el precio de la hora nocturna a 11,50 euros...una ganga para la administración, y aquí podemos ver una sóla cosa, los 600 euros en la nómina...o las dos, el desglose que acabo de hacer de lo que son verdaderamente 600 euros por 40 horas nocturnas.
Dicho todo lo anterior sigo manteniendo lo mismo que dije desde el principio, el Acuerdo General tasó en CINCO DÍAS la compensación para TODOS los trabajadores...y con tanto ir y venir de esta chapuza al final perdemos UNO en el camino.
En definitiva, unos cobran y otros libran...pero libran con descuento.
DIVIDE ET VINCES.