Una pregunta, además de echar la solicitud por internet en la página de la dirección general de la policía y la guardia civil, ¿se puede recoger en mano en algún otro sitio?
gracias
Igual esto te ayuda, ya que eres un poquito perro para leer, si por algo eres de los RECLICAOS....
3.2 Procedimiento.–La solicitud de admisión a este proceso se realizará utilizando el modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas de ingreso en el Cuerpo Nacional
cve: BOE-A-2010-8076
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123 Jueves 20 de mayo de 2010 Sec. II.B. Pág. 44003
de Policía (modelo 790, código de tasa 088), por alguno de los siguientes procedimientos:
a) A través de la página web:
https://sede.policia.gob.es, pulsando en el enlace «Servicios electrónicos» mediante un procedimiento íntegramente electrónico, que implica los siguientes pasos:
1. Cumplimentar el formulario electrónico que aparece en la misma.
2. Realizar el pago electrónico de la tasa mediante la opción incluida al efecto.
3. Firmar, electrónicamente, la solicitud.
4. Enviar la solicitud al Registro Electrónico, mediante la opción incluida al efecto, e imprimir el justificante devuelto por dicho Registro.
b) A través de la página web
https://sede.policia.gob.es, rellenando el formulario que se indica en la misma, que permite la cumplimentación automática del modelo 790. Una vez cumplimentados los datos de dicho formulario se descarga el impreso de solicitud en soporte papel por triplicado ejemplar («Ejemplar para la Administración», «Ejemplar para el interesado» y «Ejemplar para la entidad colaboradora»).
El original de los tres ejemplares del impreso de solicitud (no son válidas las fotocopias) cumplimentados en la forma descrita, se presentarán en cualquier entidad de depósito de las mencionadas en la base 3.3 para hacer efectivo el pago de la tasa, dentro del plazo de presentación de solicitudes señalado en la base 3.1.
Una vez efectuado el pago de la tasa, y siempre dentro del plazo de presentación de solicitudes de la base 3.1, el «ejemplar para la Administración» del modelo 790 de solicitud, debidamente firmado por el interesado y con validación del pago de la tasa, deberá presentarse directamente en la División de Formación y Perfeccionamiento o a través de las Comisarías de Policía, Cuarteles de la Guardia Civil, Oficinas de Correos o cualesquiera otras de las referidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En las dependencias policiales se prestará el apoyo necesario para facilitar la inscripción a los interesados.
c) Únicamente cuando sea imposible la conexión con la aplicación
https://sede.policia.gob.es, se formalizará la solicitud cumplimentando a máquina o a mano en mayúsculas, el original del impreso de solicitud 790, código de tasa 088, previamente obtenido en la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, avenida Pío XII, número 50, 28071 Madrid, y en las Secretarías de las Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales y Locales del Cuerpo Nacional de Policía.
Una vez cumplimentado, se procederá al abono de la tasa y a la presentación del «Ejemplar para la Administración», dentro del plazo de presentación de solicitudes de la base 3.1, siguiendo el mismo procedimiento expresado en el apartado b) anterior.
La solicitud de participación en el proceso selectivo lleva implícita la autorización para que la División de Formación y Perfeccionamiento recabe, respecto del interesado, los antecedentes que del mismo puedan obrar en el Registro Central de Penados; de la Dirección General de Tráfico los permisos de conducción requeridos en la convocatoria y fecha de expedición de los mismos; y sus datos del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
No obstante, sin perjuicio de firmar la instancia y en documento unido a la misma, se podrá manifestar la voluntad expresa contraria a dicha autorización.
La solicitud sólo producirá efectos, si se opta por el procedimiento del apartado a) anterior, si se cumplimenta el formulario y se realiza el pago electrónicos dentro del plazo a que se refiere la base 3.1, y si se opta por el de los apartados b) y c), una vez presentado el «Ejemplar para la Administración» del modelo 790, con la tasa pagada, dentro del citado plazo, ante cualquiera de las oficinas señaladas anteriormente.
3.3 Tasa por derechos de examen: El importe de la tasa, Tarifa cuarta, asciende a diez euros y sesenta y siete céntimos (10,67 euros)