Buenas compañeros me consta que el titulo de la academia de policia puede convalidarse con un titulo de tecnico superior que a mi me ayudaria a entrar en la universidad.
Alguno la ha solicitado o sabe como hacerlo?
Tras consultar con el ministerio de educacion me dice que tiene que ser el organo de policia correspondiente de mi ccaa pero no se muy bien a que se refiere, por si alguien lo hubiera hecho o supiera del tema.
Gracias
4. Agente Policía de las Comunidades Autónomas y de los Cuerpos de Policía Local.
Estas equivalencias están reguladas en la Orden EFP/1241/2019, de 19 de diciembre, (BOE del 23), por la que se establece la equivalencia genérica del empleo de Policía de las Comunidades Autónomas y de los Cuerpos de Policía Local al título de Técnico correspondiente a la formación profesional del sistema educativo.
Para quienes hayan obtenido el nombramiento de Agente de Policía Local o Agente de la policía autonómica, y estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria derivado de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación o de una titulación o estudios equivalentes a efectos académicos, se establece la equivalencia genérica con el título de Técnico de la formación profesional del sistema educativo, a efectos académicos y de acceso a empleos públicos y privados.
Esta solicitud se tramita a través del organismo competente de cada comunidad autónoma del que dependan los agentes.El organismo competente debe certificar que cada persona solicitante pertenece como funcionario de carrera, a la Policía de las Comunidades Autónomas o a los Cuerpos de Policía Local tras haber superado todas las fases de selección que incluye formación teórica de 1100 horas y práctica de 600 horas, como mínimo.
Por su parte, la persona solicitante debe registrarse en la sede electrónica de educación, imprimir la solicitud, cumplimentarla y firmarla, y que acompañará a la siguiente documentación:
Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, en el caso de que no se preste el consentimiento contenido en el anexo I para la verificación de los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos (Real Decreto 522/2006, de 28 de abril), o fotocopia del Pasaporte o de la Tarjeta de Extranjero/a o del Permiso de Residencia (temporal o definitivo) o del Visado de Estudios (Régimen Especial de Estudiantes Extranjeros/as).
Fotocopia verificada o copia auténtica del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos.
https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/general/25/2510063/ficha/2510063.html