Autor Tema: Peticiones y consultas administrativas  (Leído 180356 veces)

Desconectado Rico_Recios

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #300 en: 30 de Marzo de 2007, 00:50:40 am »
Bueno, pues que me acaba de llegar una multa, mi primera, a mi casa por ir a 116 km/h en odonnell cuando el limite es 90.
Lugar: F062 O'DONNELL
CLAVE Y CALIFICACION DE LA INFRACCION: 6/002 GRAVE
IMPORTE 114  REDUCIDO 79,80
PERDIDA DE PUNTOS 2
n? de AGENTE 39/6333

APLICADA TOLERANCIA ART. 26 O.M. 11/02/94 (BOE 19/02/94)
NUMERO DE EQUIPO 01676
NUMERO DE ANTENA 1676
NO ENTREGADA EN MANO POR: CONOCIMIENTO DE HECHO E IDENTIDAD DEL VEH POR IMAGEN

Pues eso, a ver si alguien me sabe decir que hay que hacer, o se puede hacer. No me han dado foto ni nada (o no me la tienen que dar?). Y el coche es de mi madre osea que creo que tengo que cambiar el titular o algo así... pufff en fin, qué bien, qué contento me voy a la cama. SI alguien me ayuda gracias

Desconectado Rico_Recios

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #301 en: 30 de Marzo de 2007, 00:52:53 am »
Por cierto, es de un radar, saltan los radares a esa velocidad? o era un radar móvil o... quién me tiro la foto? me la tendrían que dar? bueno, lo que sea que me podais decir gracias

Desconectado William

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #302 en: 30 de Marzo de 2007, 00:53:23 am »
Lo primero que tienes que hacer es reclamr la foto, e informar que el buga lo conducías tu, para que no le quiten los puntos a tu madre.Vsssss
QUID PRO QUO

Desconectado uidnoche

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #303 en: 30 de Marzo de 2007, 00:56:18 am »
Rico, rico, todos los dias se pone un c-5 o la picasso, en la entrada donde el piruli....................lo demás lo que te cuenta wiliam.

Si tienes alguien muy allegado que tenga carnet y no lo utilice identificale como conductor.
333

Desconectado Rico_Recios

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #304 en: 30 de Marzo de 2007, 10:05:07 am »
Lo primero que tienes que hacer es reclamr la foto, e informar que el buga lo conducías tu, para que no le quiten los puntos a tu madre.Vsssss

Cómo se reclama la foto?

Desconectado 47ronin

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #305 en: 30 de Marzo de 2007, 13:32:03 pm »
Rico mira el tema hacia arriba.-

Desconectado TIE

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #306 en: 24 de Abril de 2007, 12:47:02 pm »
Entonces entiendo que es simplemente una se?al de estacionamiento prohibido pero sin especificar carga y descarga, ahí ya tienes un defecto de forma toda vez que en la se?al no se especifíca eso y en el texto de la denuncia si lo han hecho constar.

Como te he dicho te recomiendo leer la Ordenanza de ese municipio.

Haz fotos, mide la zona de acotamiento, solicita la legalidad del mismo, si ha sido la administración o bien el particular el que ha colocado esa se?alización y aduce defecto formal en la denuncia.

Se ha ganado, gracias. :est;

Desconectado 47ronin

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #307 en: 24 de Abril de 2007, 13:38:26 pm »
Ok.  ;;cer;;

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #308 en: 12 de Mayo de 2007, 16:27:20 pm »
Bueno chic@s a ver si me podeis echar una manilla, ya que afortunadamente no estoy familiarizado con esto de las multas...

Ha llegado a mi casa esa carta certificada que nadie quiere recibir... pero viendola me han surgido unas cuantas dudillas que os voy a plantear a ver si me podeis orientar:

Dice que la infracción está cometida en la A3 (carretera que cogemos bastante)
pero me dice que es en el punto kilométrico 173 (punto que no circulamos nunca ya que nuestra salida se encuentra unos 85 kilometros antes mas o menos)
y dice que es en dirección Cuenca (pero me suena raro, ?porque no debería ser dirección madrid o valencia?)

Lo he hablado con mi novia y yo tengo claro que a mi no me han cogido porque en la fecha que indica no cogí el coche, en cuanto a mi novia si cogio el coche pero como he dicho antes por ese punto kilométrico no circulamos.

?que debo hacer? ?tengo que mandar un escrito a tráfico? unos me dicen que primero se paga y luego escrito ?es así o al reves? ?como se hace?

dice que circulabamos a 151 por una vía de 120......  100? de multa.
?Pero directamente la multa y no nos dice que identifiquemos al conductor?

Ahí os las dejo, a lo mejor son preguntas muy bobas pero como he dicho estoy muy pez en esto. Gracias de antemano.

Un saludo
Permuto plaza en Quintanar de la Orden (TO)

Desconectado uidnoche

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #309 en: 16 de Mayo de 2007, 16:50:23 pm »
Pues eso, necesito saber cuales son esos trámites y cuanta pasta vale.
333

Desconectado 47ronin

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estocator

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #311 en: 26 de Mayo de 2007, 13:16:07 pm »
Hola compa?eros que tal !

El otro día hablando con compa?eros de mi unidad estuvismos discutiendo si cuando te compras un vehículo y te están tramitando los papeles del vehículo en el concesionario a través de una gestoría te dan un justificante de esta tramitación que es válida por 90 días, basicamente lo que te están tramitando es el permiso de circulación y lo de la Itv.

Bien la duda es que si esos papeles que te dan de la gestoría son válidos cuando no los muestran los conductores.
Tengo entendido que los únicos que son válidos es cuando te lo hace una Administración pública que sería Tráfico o un fedatario que sería un notario.
La duda es que si es válido el papel de los 90 días que te da de la gestoría porque una gestoría no es ni administración pública ni fedatario ?

? Tiene tráfico algún convenio que diversas gestoría que puedan hacer estos papeles ?
? Dónde viene regulado (ley, reglamento, disposición, circular ....) que estos papeles que te dan las gestorías son válidos ?

Claro es que si no viene regulado en ningún lado la picaresca puede ser mucha, se me ocurre por ejemplo que mi amigo que tiene una gestoría me haga un papelito de estos.

Un saludo.

Desconectado 47ronin

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #312 en: 26 de Mayo de 2007, 13:56:03 pm »
Son perfectamente válidos toda vez que el gestor administrativo es una persona colegiada que viene autorizada por la administración para la tramitación de aquellas actuaciones que no requieran de un dictamen pericial o correspondan a personas tituladas en derecho.

Los gestores administrativos, a través de sus Colegio Oficiales, tienen firmados convenios de colaboración con distintas administraciones y organismos, siendo estos:

A nivel estatal:

Dirección General de Tráfico

Tesorería de la Seguridad Social

Ministerio de Justcia (penales)

Dirección General de Extranjería

Dirección General del Catastro

Agencia de Protección de Datos

A nivel provincial:

Jefaturas Provinciales de Tráfico

y sigue...

Lo único que me parece que no son 90 días de validez sino 60, el justificante que te da el gestor y que te permite circular al estar tramitando la documentación del vehículo, de todas formas la validez viene reflejada en ese mismo justificante.

Espero que te haya servido.

Un saludo.-
« Última modificación: 26 de Mayo de 2007, 14:06:21 pm por 47ronin »

Desconectado julio guisado

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #313 en: 26 de Mayo de 2007, 19:55:58 pm »
hola compa?eros,estoy recien salido de la academia y tengo la duda de si m pertenecen dias por boda de familiar o no.necesitaria saber donde encontrar convenios.os agradeceria toda ayuda posible.gracias

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #314 en: 26 de Mayo de 2007, 20:01:00 pm »
yo te digo que nones ,te lo pediras de moscosos o de asunto propio.....sorry
"quotquot???ESTOS SE CREEN QUE LOS PÁJAROS MAMAN!!!"quotquot
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-\\-SKYMAN-//-
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Desconectado MoN

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #315 en: 27 de Mayo de 2007, 02:33:41 am »
hola compa?eros,estoy recien salido de la academia y tengo la duda de si m pertenecen dias por boda de familiar o no.necesitaria saber donde encontrar convenios.os agradeceria toda ayuda posible.gracias

Pásate por aquí y comentanos algo de ti

Y ya puestos.... Pregúntales a tus compa?eros por la fecha del reglamento-convenio y búscate el BOP correspondiente....
J. David Gª Castilla también soy yo

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Desconectado SERAFIN

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #316 en: 27 de Mayo de 2007, 12:49:58 pm »
 Hola a todos/as:
Agradezco a quienes me ayuden en el siguiente tema:
Estoy preparando un recurso contra la denegación de un plus, establecido en el acuerdo sobre condiciones de trabajo, para los ?agentes jefes de servicio?.
El caso es que la plantilla de cabos es peque?a y los policías que les sustituyen, ganan mensualmente 25000 pesetas más que un cabo, por ese plus. Personal se niega a reconocer el plus a los cabos,sargentos,etc, y el caso, es que la Ley de Coordinación de esta CCAA no habla para nada de Agentes, sino de policía, cabo, sargento, suboficial, etc. En estado consultando legislación y el reglamento interno del cuerpo también calca la citada ley y el ayuntamiento, en las nominas pone todas las categorías correctamente conforme a la citada escala, salvo la de policía que la sustituye por agente.
Yo y mi abogado entendemos que agentes somos todos: agente de policía, agente del orden, agente de la autoridad, independientemente de la categoría que luego se ostente.
Por eso agradezco legislación o sentencias en tal sentido, ya que es una injusticia lo que están haciendo con cinco compa?eros  que ven como todo el mundo gana más que ellos: tanto los de arriba, como los de abajo. Por decirles un ejemplo, un policía con cinco días que haga al mes sustituyendo a un cabo, ya supera las retribuciones mensuales del cabo.
Y una última cosa: creo relacionado con este tema el Reglamento de funcionarios de Admón. Local de 1952. Este está parcialmente vigente, pero no encuentro la parte que ha sido derogada.
Saludos cordiales,

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #317 en: 27 de Mayo de 2007, 13:36:48 pm »
El caso que nos comentas es que a los Policías que realizan funciones de Cabo se le abona ese plus.

En la PMM se da el caso de que el Cabo realiza funciones de Sargento y no se le paga nada, y algunos han recurrido a los tribunales en demanda de ese plus, siendo las sentencias variopintas, como siempre, unos lo han ganado y otros no.

Lo que vosotros pretendeis es que ese plus se pague a los Cabos, y me temo que eso no tiene muchos visos de prosperar ya que el plus se abona por realizar unas funciones no específicas para el cargo, es decir, superiores a las que por su grado corresponden.

De todas formas te inserto enlaces a las distintas disposiciones sobre funcionarios de Administración Local, ya que el RD de 30 de mayo de 1952 se encuentra practicamente derogado pero resulta imposible conocer por este medio que artículos de él están en vigor:

http://www.lexarxius.com/fun/rfal.htm

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l30-1984.html#a21

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l7-2007.t3.html#a21
« Última modificación: 27 de Mayo de 2007, 13:42:43 pm por 47ronin »

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #318 en: 28 de Mayo de 2007, 15:27:25 pm »
SERAFIN, te inserto lo que dice nuestro Reglamento respecto a los cargos y sustituciones al mismo:

Artículo 35. - De los órganos en general y sus Mandos.

El Cuerpo de Policía Municipal se organizará en Inspecciones,  Subinspecciones, Unidades, Secciones, Equipos y Patrullas,  bajo el Mando respectivo que se establece a continuación.

a)La Inspección estará al mando de un Inspector y estará integrada por Subinspecciones.
b)La Subinspección estará al Mando de un Subinspector y estará  integrada por Unidades.
c)La Unidad estará al mando de un Oficial y estará constituida por varias Secciones.
d)La Unidad estructura su personal en diferentes turnos de servicio. El Suboficial será  el Jefe de Turno y coordinador de las Secciones de dicho turno.
e) La Sección será mandada por un Sargento y estará formada por varios Equipos
f) El Equipo será mandado por un Cabo y lo formarán varias Patrullas.
g) La Patrulla es la unidad básica en la organización del Cuerpo, estando constituida de modo ordinario por 2 componentes.


Artículo 36. - Sustituciones en el cargo.

1.Cuando por falta de efectivos no sea posible que el mando se ejerza por personal de la categoría correspondiente, según se determina en el artículo anterior, corresponderá hacerlo al mando de categoría inmediatamente inferior y de más antigüedad. En el caso del Equipo y la Patrulla, cuando el Mando no esté presente por cualquier causa, será el responsable del servicio el componente de mayor antigüedad en el cargo.

Quiere decirse que un policía no puede ejercer de Jefe de Servicio, tan sólo será responsable en el caso del Equipo y la Patrulla.
« Última modificación: 28 de Mayo de 2007, 15:30:15 pm por 47ronin »

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #319 en: 28 de Mayo de 2007, 18:47:25 pm »
Incluidos los adaptados :taz
"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot