Autor Tema: Peticiones y consultas administrativas  (Leído 180341 veces)

Desconectado 47ronin

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1500 en: 01 de Octubre de 2018, 21:47:11 pm »
Artículo 70. Grado personal.
1. Los puestos de trabajo se clasifican en 30 niveles.

2. Todos los funcionarios de carrera adquirirán un grado personal por el desempeño de uno o más puestos del nivel correspondiente durante dos años continuados o tres con interrupción, con excepción de lo dispuesto en el apartado 6 de este artículo, cualquiera que fuera el sistema de provisión.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los funcionarios que obtengan un puesto de trabajo superior en más de dos niveles al correspondiente a su grado personal, consolidarán cada dos años de servicios continuados el grado superior en dos niveles al que poseyesen, sin que en ningún caso puedan superar el correspondiente al del puesto desempeñado, ni el intervalo de niveles correspondiente a su Cuerpo o Escala.

3. Los funcionarios consolidarán necesariamente como grado personal inicial el correspondiente al nivel del puesto de trabajo adjudicado tras la superación del proceso selectivo, salvo que con carácter voluntario pasen a desempeñar un puesto de nivel inferior, en cuyo caso consolidarán el correspondiente a este último.

4. Si durante el tiempo en que el funcionario desempeña un puesto se modificase el nivel del mismo, el tiempo de desempeño se computará con el nivel más alto en que dicho puesto hubiera estado clasificado.

5. Cuando un funcionario obtenga destino de nivel superior al del grado en proceso de consolidación, el tiempo de servicios prestados en aquél será computado para la referida consolidación.

Cuando un funcionario obtenga destino de nivel inferior al del grado en proceso de consolidación, el tiempo de servicios prestados en puestos de nivel superior podrá computarse, a su instancia, para la consolidación del grado correspondiente a aquél.

6. Una vez consolidado el grado inicial y sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del apartado 2 de este artículo, el tiempo prestado en comisión de servicios será computable para consolidar el grado correspondiente al puesto desempeñado siempre que se obtenga con carácter definitivo dicho puesto u otro de igual o superior nivel.

Si el puesto obtenido con carácter definitivo fuera de nivel inferior al del desempeñado en comisión y superior al del grado consolidado, el tiempo de desempeño en esta situación se computará para la consolidación del grado correspondiente al nivel del puesto obtenido.

No se computará el tiempo de desempeño en comisión de servicios cuando el puesto fuera de nivel inferior al correspondiente al grado en proceso de consolidación.

7. A los funcionarios que se encuentren en las dos primeras fases de reasignación de efectivos y en la situación de expectativa de destino, a que se refiere el artículo 20.1.g) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, así como a los afectados por la supresión de puestos de trabajo o alteración de su contenido prevista en el artículo 72.3 del presente Reglamento, se les computará el tiempo transcurrido en dichas circunstancias a efectos de la adquisición del grado personal que tuviera en proceso de consolidación.

8. El tiempo de servicios prestado en adscripción provisional por los funcionarios removidos en puestos obtenidos por concurso o cesados en puestos de libre designación no se considerará como interrupción a efectos de consolidación del grado personal si su duración es inferior a seis meses.

9. El tiempo de permanencia en la situación de servicios especiales será computado, a efectos de adquisición del grado personal, como prestado en el último puesto desempeñado en la situación de servicio activo o en el que durante el tiempo de permanencia en dicha situación se hubiera obtenido por concurso.

10. El tiempo de permanencia en la excedencia por cuidado de hijos durante el primer año de la misma se computará como prestado en el puesto de trabajo del que se es titular.

11. El reconocimiento del grado personal se efectuará por el Subsecretario del Departamento donde preste servicios el funcionario, que dictará al efecto la oportuna resolución, comunicándose al Registro Central de Personal dentro de los tres días hábiles siguientes.

12. El grado personal comporta el derecho a la percepción como mínimo del complemento de destino de los puestos del nivel correspondiente al mismo.

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1995-8729

Desconectado ryn27

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1501 en: 01 de Octubre de 2018, 22:15:59 pm »
Muchas gracias por contestar 47ronin.

Entiendo por el punto 3 que no es muy legal que me hayan bajado  3 grados el complemento de destino sabiendo que desempeño las mismas funciones que realizaba estando en comisión de servicio, ¿es asi?

Desconectado 47ronin

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1502 en: 01 de Octubre de 2018, 22:37:53 pm »
Muchas gracias por contestar 47ronin.

Entiendo por el punto 3 que no es muy legal que me hayan bajado  3 grados el complemento de destino sabiendo que desempeño las mismas funciones que realizaba estando en comisión de servicio, ¿es asi?

Me temo.que no...habría consolidado el 17 a los dos anos dentro de la comisión pero.al aceptar la plaza en propiedad se le aplica el nivel.inferior pues es el que le corresponde a la misma.

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1503 en: 01 de Octubre de 2018, 23:04:33 pm »
Buenos días. Estoy haciendo un Máster en Criminalística y al acabarlo me gustaría preparar las oposiciones. Mi idea es terminar trabajando del cuerpo de científica, pero no sé cual será "mejor", si la PN o la GC, en el sentido de cuál tendrá más casos, de mayor relevancia, mayor competencia...en cuál podría tener casos más interesantes y relevantes, por así decirlo. Espero puedan orientarme. Gracias y un saludo.

En cualquiera de los dos se puede encontrar con casos  importantes y relevantes, eso si, los suelen llevar las unidades centrales, lo digo porque en ambos cuerpos están en Madrid y si usted no es de allí igual no le interesa. En las unidades centrales hay secciones que no hay en las uniđades periféricas.

Más casos me imagino que habrá en la PN, ya que lleva las poblaciones más importantes.




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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1504 en: 02 de Octubre de 2018, 00:55:46 am »
Buenos días. Estoy haciendo un Máster en Criminalística y al acabarlo me gustaría preparar las oposiciones. Mi idea es terminar trabajando del cuerpo de científica, pero no sé cual será "mejor", si la PN o la GC, en el sentido de cuál tendrá más casos, de mayor relevancia, mayor competencia...en cuál podría tener casos más interesantes y relevantes, por así decirlo. Espero puedan orientarme. Gracias y un saludo.

En cualquiera de los dos se puede encontrar con casos  importantes y relevantes, eso si, los suelen llevar las unidades centrales, lo digo porque en ambos cuerpos están en Madrid y si usted no es de allí igual no le interesa. En las unidades centrales hay secciones que no hay en las uniđades periféricas.

Más casos me imagino que habrá en la PN, ya que lleva las poblaciones más importantes.


Muchas gracias por su respuesta, suponía que ambas unidades centrales estarían en la capital, pero no tenía muy claras las competencias de cada una de las dos unidades. Gracias por responder, un saludo

Desconectado PRS

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1505 en: 05 de Octubre de 2018, 19:29:38 pm »
Buenos días, me gustaría opositar al CNP el año que viene, pero no tengo muy claro si a la EB o a la EE. Mi idea es acabar en la policía científica, pero para trabajar de ello (es decir, encargarse de ir al lugar de los hechos, recoger pruebas, analizarlas en el laboratorio...). ¿Será mejor que entre a la EB o a la EE? Porque por lo que tengo leído, los miembros de la EE se encargan más del trabajo de oficina, supervisar a los demás etc. Resumiendo, yo quiero entrar a la Policía para trabajar de policía, trabajo de campo y “hacer cosas”, no para estar en un despacho. ¿Qué me recomendáis? Gracias y un saludo.

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1506 en: 05 de Octubre de 2018, 19:55:07 pm »
Presentate a las dos y suerte, pero siempre es mejor ser jefe que ser un currito, pero si apruebas de currito pues bien está también.

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Desconectado Heracles_Pontor

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1507 en: 05 de Octubre de 2018, 21:12:47 pm »
Como Inspector estarás en el despacho lo que quieras estar.

Si me permites la broma es como el que va al gimnasio por primera vez y dice al monitor que no quiere ponerse como Arnold.  Tranquilo, tranquilo...
Es lo que tiene ser jefe, que están donde quieren. 

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1508 en: 09 de Octubre de 2018, 10:18:42 am »
Buenos días a todos.
Quería consultar una duda por si alguien tiene constancia de ello.
Soy Policía Municipal y me gustaría a mayores de la placa de identificación editar una tarjeta de visita con mi nombre completo y móvil donde aparezca un escudo diferente que no tiene nada que ver con la administración sino con una unidad de trabajo concreta diseñado de forma independiente y personal.
¿Esto infringe algo?
Un saludo.

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1509 en: 09 de Octubre de 2018, 20:08:39 pm »
Buenos días a todos.
Quería consultar una duda por si alguien tiene constancia de ello.
Soy Policía Municipal y me gustaría a mayores de la placa de identificación editar una tarjeta de visita con mi nombre completo y móvil donde aparezca un escudo diferente que no tiene nada que ver con la administración sino con una unidad de trabajo concreta diseñado de forma independiente y personal.
¿Esto infringe algo?
Un saludo.

Si lo hace sin autorización de su jefatura podrían abrirle expediente disciplinario.

Si le sirve de consuelo yo me hice una ....pero jamas llegue a usarla y a pedir autorización de uso ya que sabía que alguno podía rajarse las venas.
« Última modificación: 09 de Octubre de 2018, 20:49:57 pm por 47ronin »

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1510 en: 10 de Octubre de 2018, 12:51:36 pm »
Buenas compañeros , estoy intentando realizar una permuta entre dos ayuntamientos. Desde el mío me la están denegando, alegan que permuté hace 6 años y según decreto de 1964  que desarrolla la ley de funcionarios civiles del estado , uno de los requisitos es no haber permutado en diez años.
Me dicen que si encuentro una sentencia que aplique el de 1952 que me la conceden.
Me han dicho que hay una  en la que es favorable la del año 1952 , por el tema de los 5 años de diferencia entre los permutantes pero no la encuentro en ningún sitio (le dedico muchas horas)
A ver si alguien me puede echar una mano , os doy las gracias por anticipado.

Desconectado deivi27

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1511 en: 19 de Octubre de 2018, 15:39:16 pm »
Buenas compañeros , estoy intentando realizar una permuta entre dos ayuntamientos. Desde el mío me la están denegando, alegan que permuté hace 6 años y según decreto de 1964  que desarrolla la ley de funcionarios civiles del estado , uno de los requisitos es no haber permutado en diez años.
Me dicen que si encuentro una sentencia que aplique el de 1952 que me la conceden.
Me han dicho que hay una  en la que es favorable la del año 1952 , por el tema de los 5 años de diferencia entre los permutantes pero no la encuentro en ningún sitio (le dedico muchas horas)
A ver si alguien me puede echar una mano , os doy las gracias por anticipado.

Buenas tardes.
Hay un artículo publicado en la revista digital CEMCI con información que le puede ser de interés:
https://revista.cemci.org/numero-33/trabajos-de-evaluacion-2-la-permuta-en-la-administracion-local
Descargar PDF.

Un saludo

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1512 en: 19 de Noviembre de 2018, 19:23:10 pm »
Alguien tiene un modelo de escrito de excedencia por incompatibilidad para prestar funciiones en una administracion habiendo aprobado en otra

Desconectado 47ronin

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1513 en: 19 de Noviembre de 2018, 19:28:52 pm »
Alguien tiene un modelo de escrito de excedencia por incompatibilidad para prestar funciiones en una administracion habiendo aprobado en otra

Mire si le sirve esta página

https://www.enriquevilanova.com/modelos-de-impresos/?mobile=1


Desconectado rauls

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1514 en: 21 de Noviembre de 2018, 14:11:23 pm »
Gracias ronin

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1515 en: 15 de Enero de 2019, 21:16:30 pm »
Hola buenas noches compañeros, tengo una duda, a ver si alguien me puede ayudar.
Tengo limitaciones con informes médicos por no tener la visión óptima para poder hacer el turno de noche, nosotros tenemos un 7-7, turnos rotativos.
Todos los complementos, incluido el nocturno esta dentro del complemento específico, y no tenemos una RPT, por lo que no pueden restarme el complemento de nocturnidad, pero me hacen trabajar 12 días más al año que el resto de mis compañeros, cuando un médico redactando el correspondiente informe, me limita realizar las noches,por riesgo contra mi integridad  y las de mis compañeros.
Es legal o estoy obligado a tener que trabajar 12 días más que mis compañeros? Cuando es una limitación dictaminada por un médico y por la mutua del trabajo.
Un saludo.

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1516 en: 16 de Enero de 2019, 06:26:56 am »
Y por que exactamente 12 días?

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1517 en: 16 de Enero de 2019, 20:37:13 pm »
Hola compañero, aplican un índice corrector para los compañeros que hacen noches, al aplicarlo les sale hacer 4 días menos de trabajo, yo no puedo hacer las noches por informes médicos, tengo cataratas prematuras y tuve dos agujeros en la retina del ojo derecho, a mi ese índice corrector me lo aplican por no hacer noches. Y por seguir cobrando el complemento de nocturnidad según ellos, pero este complemento no está desglosado, entra dentro del complemento específico, es decir no se sabe realmente cuanto es el complemento nocturno, y no hay ninguna RPT HECHA, las noches no las hago no porque no quiera es porque no puedo según informes médicos, entoces quería saber si no me están tangando y tomandome el pelo por hacer más días.

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1518 en: 17 de Enero de 2019, 07:01:09 am »
Hola compañero, aplican un índice corrector para los compañeros que hacen noches, al aplicarlo les sale hacer 4 días menos de trabajo, yo no puedo hacer las noches por informes médicos, tengo cataratas prematuras y tuve dos agujeros en la retina del ojo derecho, a mi ese índice corrector me lo aplican por no hacer noches. Y por seguir cobrando el complemento de nocturnidad según ellos, pero este complemento no está desglosado, entra dentro del complemento específico, es decir no se sabe realmente cuanto es el complemento nocturno, y no hay ninguna RPT HECHA, las noches no las hago no porque no quiera es porque no puedo según informes médicos, entoces quería saber si no me están tangando y tomandome el pelo por hacer más días.

Pues realmente tienen un argumento bastante sólido para excluirle de la aplicación general ya que la noche tiene ese indice corrector que usted no realiza por motivos médicos, de todas formas habría que revisar su acuerdo específico para ver si hay algún cabo suelto que le permitiese acudir a contencioso.

Desconectado Sbradeje

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1519 en: 17 de Enero de 2019, 15:14:47 pm »
Donde corresponde ir para cancelar los antecedentes d ela base de datos de mosos de escuadra, al ser de Madrid, es posible que en policía nacional o guardia civil, hagan esa tramitación, o si hay otra manera de hacerlo? 0
Un saludo.