Autor Tema: Peticiones y consultas administrativas  (Leído 184973 veces)

Conectado 47ronin

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1200 en: 17 de Octubre de 2013, 17:55:28 pm »
. . . a cada cargo con sus cargas . . . aunque sean las cargas de la antigüedad . . .  :mus;

Pues mire...difícilmente en una actuación en la calle podría encuadrar la responsabilidad de ella a quien no está presente...por ejemplo.

pacodeasis

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1201 en: 17 de Octubre de 2013, 17:59:50 pm »
Nop, mientras que un juez no argumente lo contrario,
. . . a cada cargo con sus cargas . . . aunque sean las cargas de la antigüedad . . .  :mus;

Pues mire...difícilmente en una actuación en la calle podría encuadrar la responsabilidad de ella a quien no está presente...por ejemplo.
es de obligado cumplimiento, que parece lo mismo que has dicho pero no es lo mismo.
. . . a cada cargo con sus cargas . . . aunque sean las cargas de la antigüedad . . .  :mus;

Pues mire...difícilmente en una actuación en la calle podría encuadrar la responsabilidad de ella a quien no está presente...por ejemplo.

Evidentemente como cuando no está un mando en una intervención, aunque estén de servicio 60, pero el responsable del turno en ausencia de  mando es el componente más antiguo, al que yo tendré que informar de lo  que corresponda, y será el quien tenga que informar, dar novedad, llamar, no yo.


Un saludo

Desconectado Heracles_Pontor

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1202 en: 17 de Octubre de 2013, 18:00:24 pm »
. . . a cada cargo con sus cargas . . . aunque sean las cargas de la antigüedad . . .  :mus;

Pues mire...difícilmente en una actuación en la calle podría encuadrar la responsabilidad de ella a quien no está presente...por ejemplo.

 . . . bueno, en ese caso siempre te pueden nombrar encargado del registro . . .  :carcaj

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

pacodeasis

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1203 en: 17 de Octubre de 2013, 18:02:45 pm »
Ahí te ha dado, selleme, deme numero, un dos, un dos.


Un saludo ;pal;

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1204 en: 17 de Octubre de 2013, 18:17:43 pm »
Ahí te ha dado, selleme, deme numero, un dos, un dos.


Un saludo ;pal;

Sin ningún problema...le doy tres folios rellenos con toda la normativa...que no va a leer asi que le va a dar igual lo que le ponga....y además, ti no tiene mando propio sabe que tiene uno de zona que se encarga de la suya.
« Última modificación: 17 de Octubre de 2013, 19:29:15 pm por 47ronin »

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1205 en: 17 de Octubre de 2013, 18:37:30 pm »
Buenas compañeros necesito de vuestra ayuda, estoy en un Ayuntamiento del que estoy deseando salir como un loco. Les he planteado más de 5 o 6 permutas y todas me las deniegan, todas..................creo que puede ser hasta algo personal.
Mi pregunta es la siguiente, mi única manera de salir es volviendo a estudiar y presentarme donde sea, pero quisiera saber si yo aprobara en otro ayuntamiento, si podría dejar mi plaza en excedencia, porque se de buena tinta que me obligarían a renunciar a la misma y eso no quiero después de tanto daño recibido. Se de conocidos que han aprobado en otros sitios y no han tenido problemas en dejar sus plazas en excedencia, pero yo se que el ayuntamiento donde estoy me obligaría a renunciar a la misma.
Quisiera saber si podrían hacerlo y no poder dejarla en excedencia por trabajar en otra Administración.
Gracias espero vuestras contestaciones

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1206 en: 17 de Octubre de 2013, 19:37:11 pm »
Buenas compañeros necesito de vuestra ayuda, estoy en un Ayuntamiento del que estoy deseando salir como un loco. Les he planteado más de 5 o 6 permutas y todas me las deniegan, todas..................creo que puede ser hasta algo personal.
Mi pregunta es la siguiente, mi única manera de salir es volviendo a estudiar y presentarme donde sea, pero quisiera saber si yo aprobara en otro ayuntamiento, si podría dejar mi plaza en excedencia, porque se de buena tinta que me obligarían a renunciar a la misma y eso no quiero después de tanto daño recibido. Se de conocidos que han aprobado en otros sitios y no han tenido problemas en dejar sus plazas en excedencia, pero yo se que el ayuntamiento donde estoy me obligaría a renunciar a la misma.
Quisiera saber si podrían hacerlo y no poder dejarla en excedencia por trabajar en otra Administración.
Gracias espero vuestras contestaciones

Contestar si o no a la cuestión es arriesgado...si ya le han denegado varias permutas puede usted intuir que seguramente le van a denegar la excedencia, y de ser asi lo único que podrá hacer es recurrir la decisión y esperar que el juez se pronuncie.

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1207 en: 17 de Octubre de 2013, 19:40:54 pm »
Buenas compañeros necesito de vuestra ayuda, estoy en un Ayuntamiento del que estoy deseando salir como un loco. Les he planteado más de 5 o 6 permutas y todas me las deniegan, todas..................creo que puede ser hasta algo personal.
Mi pregunta es la siguiente, mi única manera de salir es volviendo a estudiar y presentarme donde sea, pero quisiera saber si yo aprobara en otro ayuntamiento, si podría dejar mi plaza en excedencia, porque se de buena tinta que me obligarían a renunciar a la misma y eso no quiero después de tanto daño recibido. Se de conocidos que han aprobado en otros sitios y no han tenido problemas en dejar sus plazas en excedencia, pero yo se que el ayuntamiento donde estoy me obligaría a renunciar a la misma.
Quisiera saber si podrían hacerlo y no poder dejarla en excedencia por trabajar en otra Administración.
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Contestar si o no a la cuestión es arriesgado...si ya le han denegado varias permutas puede usted intuir que seguramente le van a denegar la excedencia, y de ser asi lo único que podrá hacer es recurrir la decisión y esperar que el juez se pronuncie.

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1208 en: 29 de Octubre de 2013, 17:54:22 pm »

EN LA RIOJA

El Supremo anula el despido de fucionarios sin negociación previa


Según el CSI-F, la decisión del Supremo, fechada el pasado 26 de septiembre, supone una "importante victoria" para su sindicato y un "aviso" al resto de gobiernos

29.10.13 - 17:37 -
EUROPA PRESS | MADRID
 
El Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja por la que se anulan diferentes medidas adoptadas por el Gobierno de esta comunidad en materia de jubilaciones forzosas de empleados públicos, amortización de plazas, traslados, rebajas salariales y cierre de centros públicos. Según CSI-F, la decisión del Supremo, fechada el pasado 26 de septiembre, supone una "importante victoria" para su sindicato y un "aviso" al resto de gobiernos, ya que el Alto Tribunal ha refrendado que las medidas de planificación en materia de recursos humanos deben ser objeto de negociación con los sindicatos.

"Este auto va a marcar un antes y un después en las relaciones laborales", ha declarado CSI-F, cuyo gabinete jurídico va a analizar las implicaciones jurídicas de esta sentencia para defender los intereses de los trabajadores de las diferentes administraciones que se han visto afectados por recortes "unilaterales" en sus condiciones de trabajo. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, ratificada ahora por el Supremo, anula el acuerdo que adoptó el Consejo de Gobierno de La Rioja el 29 de diciembre de 2011 y que, según CSI-F, ha supuesto la pérdida de cientos de puestos de trabajo.

El fallo establecía que los ajustes contenidos en dicho acuerdo (jubilaciones forzosas, amortización de plazas, recortes salariales) debían ser objeto de negociación previa en la Mesa General de Negociación, en lugar de convocar a los sindicatos el día antes de su publicación en el Boletín Oficial y sólo con el objeto de informarles de su contenido. El Gobierno de La Rioja recurrió esta sentencia ante el Tribunal Supremo, que finalmente ha desestimado el recurso, obligando a la Administración a pagar costas.

En su auto, el Supremo señala que el recurso del Gobierno de La Rioja está mal planteado y que no se cumplen los requisitos para recurrir la supuesta aplicación indebida del Estatuto Básico del Empleado Público, en el que se establece que todas las cuestiones que afectan a las condiciones de trabajo de los empleados públicos deben ser negcoiadas con los sindicatos.

Marcha atrás

El acuerdo que adoptó el Gobierno de La Rioja, y sobre el que deberá dar marcha atrás, afectaba a los años 2012 y 2013 y, entre otras medidas, prohibía las modificaciones en plantilla que conllevaran un aumento de los gastos, apuntaba a la amortización de plazas por cierre o agrupación de centros, establecía jubilaciones forzosas, limitaba la contratación temporal y los funcionarios interinos y prohibía prácticamente las contrataciones de obra o servicio en el Servicio Riojano de Salud.

Según CSI-F, las decisiones del Gobierno riojano se han traducido en la amortización de cerca de un centenar de plazas de funcionarios jubilados, el cierre de una escuela infantil, de una residencia universitaria y de varios centros de enseñanza del profesorado, la unificación de varios institutos, y la jubilación forzosa de funcionarios mayores de 65 años.

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1209 en: 02 de Noviembre de 2013, 22:01:17 pm »
 :metralleta
Queridos compañeros, a ver si alguien me puede ilustrar, soy policía local de Salobreña y desde que aprobé hace ya 5 años no hemos tenido nunca un cuadrante anual. Después de tanto tiempo nos da igual que turno nos pongan, pero somos los únicos trabajadores del Ayuntamiento que no sabemos que día entramos de un mes a otro, pues no nos ponen el cuadrante del mes siguiente hasta el día 25 del mes en curso.

Hay alguna legislación que regula la obligatoriedad de elaborar un cuadrante para todo el año, ya sea estatal o para Andalucía.

Gracias y espero iluminarme con vuestros conocimientos en la materia.


Ojo no se trata de negociar nada, tan solo saber que días tengo que trabajar desde un 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1210 en: 03 de Noviembre de 2013, 13:19:14 pm »

Desconectado ñapas

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1211 en: 13 de Noviembre de 2013, 17:37:06 pm »
hola compañeros ,me gustaria preguntaros si alguien sabe donde puedo encontrar todo lo relativo a la figura del instructor de un atestado de trafico debido a que el jefe nos la quiere colar y hacernos responsables a los demas de los atestados . un saludo a todos y buen servicio

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1212 en: 13 de Noviembre de 2013, 17:39:50 pm »
Internet lo que tiene es que te procura información y ya sé que viene  rebotado de otro foro...con el añadido de que el señor prodigo es moderador en ese...y también en este.

http://www.foropolicia.es/foros/instructor-en-atestado-t117500.html


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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1213 en: 13 de Noviembre de 2013, 17:41:07 pm »
hola compañeros ,me gustaria preguntaros si alguien sabe donde puedo encontrar todo lo relativo a la figura del instructor de un atestado de trafico debido a que el jefe nos la quiere colar y hacernos responsables a los demas de los atestados . un saludo a todos y buen servicio

http://lmgtfy.com/?q=manual+atestados+trafico
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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1214 en: 13 de Noviembre de 2013, 18:11:50 pm »
hola compañeros ,me gustaria preguntaros si alguien sabe donde puedo encontrar todo lo relativo a la figura del instructor de un atestado de trafico debido a que el jefe nos la quiere colar y hacernos responsables a los demas de los atestados . un saludo a todos y buen servicio

El instructor del atestado será siempre el de mayor graduación en el cargo o el de mayor antigüedad en el empleo...que esté de servicio.

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1215 en: 14 de Noviembre de 2013, 11:32:54 am »
Muy buenas, necesito si alguien conoce o sabe de sentencias favorables sobre el tema que voy a exponer:

- Soy policía local en un municipio, pero quiero que se reconozca mi antigüedad anterior como policía local en otro municipio (dentro de mi misma comunidad autonoma); hasta ahora mi jefe solo reconoce esa antigüedad anterior a los compañeros que llegan de permuta, no haciendolo asi con los que hemos entrado al cuerpo por oposición.

El tema es que hay unas vacantes en unos puestos. Si no hay voluntarios para dichas vacantes, seremos los ultimos en acceder al cuerpo quienes ocuparemos los puestos forzosamene.

Ahora bien, a los compañeros que han permutado, les cuenta la antiguedad anterior como policias. Con lo que no estan los ultimos en la lista para ir forzosamente a ese puesto.

Necesito si conoceis sentencias de compañeros que lo hayan pedido esta antiguedad y lo hayan ganado en el contencioso, o si lo pidieron por escrito anteriormente y se lo reconocieron en que se basaron.

Gracias de antemano

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1216 en: 14 de Noviembre de 2013, 13:52:06 pm »
Yo no sé muy bien en que se basan aquellas administraciones para denegar el reconocimiento de servicios prestados en otras administraciones dado que la ley, la 70/1978 es muy clara al respecto:

Uno.  Se reconocen a los funcionarios de carrera de la Administración del Estado, de la Local, de la Institucional, de la de Justicia, de la Jurisdicción del Trabajo y de la Seguridad Social la totalidad de los servicios indistintamente prestados por ellos en dichas Administraciones, previos a la constitución de los correspondientes Cuerpos, Escalas o plazas o a su ingreso en ellos, así como el período de prácticas de los funcionarios que hayan superado las pruebas de ingreso en la Administración pública.
 
Dos.  Se considerarán servicios efectivos todos los indistintamente prestados a las esferas de la Administración pública señaladas en el párrafo anterior, tanto en calidad de funcionario de empleo (eventual o interino) como los prestados en régimen de contratación administrativa o laboral, se hayan formalizado o no documentalmente dichos contratos.
 
Tres.  Los funcionarios de carrera incluidos en el apartado uno tendrán derecho a percibir el importe de los trienios que tuviesen reconocidos por servicios sucesivos prestados, desempeñando plaza o destino en propiedad, en cualquiera de las mencionadas esferas de la Administración, o en la Administración, o en la Administración Militar y Cuerpos de la Guardia Civil y Policía Armada.


Partiendo de esa base tiene que haber docenas de sentencias en el CENDOJ que pueda aportar, pero una cosa está clara, si su solicitud administrativa en base a la norma que le he insertado es rechazada le tocará ir al contencioso, que es donde deberá aportar esas sentencias y esperar a que el juez decida.


Entre la página  cuyo enlace le facilito más abajo , coloque la búsqueda en salas del Tribunal Superior de Justicia, a continuación indique la Comunidad a la que pertenezca y en el campo TEXTO A BUSCAR inserte esto: 70/78 servicios prestados, eso le abrirá un nutrido número de sentencias.

http://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1217 en: 14 de Noviembre de 2013, 15:30:01 pm »
Hola, quisiera saber cuales son los requisitos para poder permutar, solo es que pertenezcan al mismo grupo y escala? cuanto tiempo tienes que estar en una localidad para poder permutar en otra? pongo un ejemplo que quizás no me exprese del todo bien...si fuese pmm, que antigüedad tendría que tener para permutar en otra localidad? gracias!

Desconectado PeInG

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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1218 en: 14 de Noviembre de 2013, 17:44:42 pm »
No hay alguna norma más modenna? El EBEP no habla de esto?
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Re: Peticiones y consultas administrativas
« Respuesta #1219 en: 14 de Noviembre de 2013, 17:48:50 pm »
No hay alguna norma más modenna? El EBEP no habla de esto?

No... es la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l70-1978.html