Autor Tema: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls  (Leído 292089 veces)

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2240 en: 14 de Junio de 2024, 07:26:54 am »

Castilla y León ultima su nueva Ley de Policías Locales


PEDRO ALONSO
León Creada: 11.06.2024 19:04
Última actualización: 11.06.2024 19:04

La localidad leonesa de Ponferrada ha acogido este martes el IV Congreso Autonómico de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León, con el reto de que las fuerzas de seguridad consigan ser más eficaces coordinándose a nivel local, comarcal, autonómico, estatal e internacional.

Un foro policial, en el que participan agentes de todo el mundo, entre los que destaca la presencia de la Association of Chiefs of Police (IACP) con agentes llegados desde Estados Unidos, cuyos representantes, Vince Hawkes y Wade Carpenter, defendían la importancia y la necesidad de buscar esa coordinación internacional.

De hecho, este último se refería a los desafíos actuales a los que se enfrentan en Estados Unidos, que pasan por la selección de agentes, su contratación y conseguir que permanezcan en sus puestos, debido a la peligrosidad del trabajo y la falta de incentivos.

El consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Juan Carlos Suárez-Quiñones, inauguraba este cónclave y avanzaba que la Junta ultima una nueva ley de coordinación de la Policía Local, que en la actualidad cuenta con 2.451 agentes en la Comunidad y sumará 137 más en los próximos meses en los cuerpos de 33 ayuntamientos, con 90 de turno libre y 47 de turno de movilidad.

Igualmente, anunciaba que se trabaja en la centralización de oposiciones para el ingreso en el Cuerpo con el objetivo de mejorar la eficiencia de recursos. Y recordaba que en la actualidad ochenta municipios de la Comunidad disponen de Policía Local.

"Queremos mejorar el estatuto de los agentes, su movilidad y la carrera profesional, además de la promoción de la mujer, unas 300 en la actualidad en Castilla y León", destacaba el consejero, al tiempo que hacia referencia a que la nueva norma, además, modificará el marco reglamentario, que en la actualidad está formado por una decena de normas dispersas para de esta forma mejorar la coordinación y el código policial de Castilla y León.

Suárez-Quiñones aseguraba también que es "fundamental" la coordinación con otras fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, y, al respecto, ponía como ejemplo una de cada cuatro llamadas que recibe el 1-1-2 se deriva a las policías locales. Los ciudadanos confían en ellos”, sentenciaba.
 :partirse

En cuanto a este foto de policías locales, incluye una exhibición canina, una feria con materiales específicos de once empresas y una carrera solidaria.

El alcalde de Ponferrada, Marco Morala, por su parte, incidía en la apuesta del municipio por "ahondar en el concepto de policía comunitaria".

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2241 en: 04 de Agosto de 2024, 08:29:21 am »

Cáceres aprobará en breve el Reglamento de Segunda Actividad de su Policía Local


Foto de archivo.
Ayer a las 11:08
Un poco de todo
Redacción SeguCITY
El Ayuntamiento de Cáceres ya ha iniciado el trámite de aprobación del Reglamento que Regula la Situación de Segunda Actividad de la Policía Local. En estos días, la web municipal está cumpliendo la fase de Exposición Pública de esta norma, previa a su aprobación definitiva, por un periodo de 30 días. El plazo de reclamaciones y sugerencias se extiende hasta el día 16 de septiembre.

El Reglamento se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 149, de fecha 2 de agosto de 2024. A través de este enlace se puede acceder a la información oficial del Ayuntamiento:
https://todo.caceres.online/reglamento-que-regula-la-situacion-de-segunda-actividad-de-la-policia-local/

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2242 en: 09 de Agosto de 2024, 08:08:56 am »

La ley regional de policías locales se enfrenta a una nueva cuestión de inconstitucionalidad


Estudia una cuestión planteada por el TSJ por la disposición que regula la adscripción de los funcionarios a las nuevas categorías profesionales

David Gómez
David Gómez

Viernes, 9 de agosto 2024, 01:01

El Pleno del Tribunal Constitucional admitió a trámite el pasado 17 de junio una cuestión de inconstitucionalidad presentada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia contra la ley autonómica de coordinación de policías locales, que está en vigor desde el año 2019.

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En concreto, lo que está en tela de juicio es la disposición transitoria quinta de la citada normativa, que regula cómo se integran en los nuevos grupos profesionales creados por la ley de 2019 (grupo B, para subinspectores, y A2, la de Comisario) aquellos profesionales que estaban en categorías de cabo y oficial contempladas en la anterior legislación de 1998 que han quedado extintas (C1 y A2). Lo que establece la ley 6/2019 es que los ayuntamientos de la Región de Murcia tienen un plazo de cuatro años para llevar a cabo esta integración y que los funcionarios deberán tener la titulación exigida para ingresar en los grupos B o A1, según fuera el caso, que de ningún modo podría suponer un incremento del gasto público por subida de retribuciones de los afectados.


Lo que tiene que dirimir el tribunal presidido por Cándido Conde-Pumpido es si la citada disposición entra en colisión con los artículos 103 y 149 de la Constitución Española. El primero fija los principios de mérito y capacidad para el acceso a la función pública. El segundo establece las competencias exclusivas del Estado, entre las que se encuentra la regulación del régimen estatutario de los funcionarios. Así, la posible inconstitucionalidad que se plantea es que la norma regional regula una promoción interna sin llevar a cabo antes un proceso selectivo, al disponer que solo es preceptiva la titulación académica correspondiente.

El Gobierno regional ya ha presentado alegaciones para defender la plena constitucionalidad de la ley de coordinación de policías locales. Lo que defienden desde la Consejería de Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias, que asume las competencias de seguridad ciudadana tras la remodelación del Ejecutivo forzada por la salida de los consejeros de Vox, es que el hecho de que la norma no indique expresamente la necesidad de articular ese proceso selectivo para realizar la promoción interna de los funcionarios, no implica que deba prescindirse del mismo.

«Esto ya lo exige la normativa básica, concretamente el artículo 18 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), y las leyes no están para repetir lo que ya dicen otras, por lo que se trata simplemente de interpretar esa disposición en relación con el artículo 18 del TREBEP para salvar esa supuesta inconstitucionalidad», señalan fuentes de la Consejería de Presidencia.

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En el peor de los casos, si el Constitucional decide anular esta disposición quinta, la afección para los policías locales de la Región de Murcia que se han integrado en las nuevas categorías durante los últimos años en los distintos municipios sería mínima, según entienden en la Comunidad. Bastaría con que los ayuntamientos volvieran a realizar los procesos a través de concursos públicos.

La Comunidad recuerda que una cuestión de inconstitucionalidad parecida se planteó con la ley de policías locales de Madrid

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2243 en: 22 de Agosto de 2024, 17:13:45 pm »
Donde dice escopetas se refiere a las de balines de feria.

Nótese el.sarcasmo.



https://www.google.com/amp/s/elfarodeceuta.es/armas-largas-la-policia-local-voluntad-politica-vs-burocracia/amp/
« Última modificación: 22 de Agosto de 2024, 17:24:27 pm por 47ronin »

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2244 en: 22 de Diciembre de 2024, 08:24:11 am »
La PMM ya tuvimos sprays de defensa antes del 93 y fueron retirados tras la entrada en vigor de normas de las que se decía no podíamos portar, incluso a los antiguos serenos se les dotó de ese spray, obviamente, para no enfadar a la "E", ni mención a armas largas, algo que por otra parte yo considero innecesario, pero que ha sido una reivindicación de determinados sindicatos desde hace tiempo.



La Comunidad moderniza el reglamento de armas de Policía Local incluyendo uso de sprays de defensa y otras novedades


Historia de Europa Press • 18 h • 2 minutos de lectura

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)
Este proyecto de decreto, que se encuentra en periodo de alegaciones hasta el 30 de diciembre, busca garantizar la seguridad ciudadana, la protección de los agentes y la adaptación de la normativa a las exigencias actuales.

Constituyen los elementos de la dotación básica individual para un agente municipal el arma de fuego corta --generalmente pistola semiautomática, de calibre 9 milímetros parabellum y con una capacidad mínima de carga de 13 cartuchos--, con su respectiva funda rígida antihurto, los cargadores y munición, los chalecos antibalas, las defensas y bastones policiales y los grilletes.

Cada ayuntamiento podrá dotar a su respectivo Cuerpo de policía local de otros medios técnicos defensivos adicionales a los establecidos en el artículo anterior cuando la operatividad de los servicios exija el empleo de una mayor protección o efectividad en el ejercicio de las funciones a desempeñar.

Entre las innovaciones más destacadas, el reglamento permite incorporar como armas complementarias dispositivos eléctricos de control --más conocidos como táser-- y sprays de defensa como dotación complementaria. Estas herramientas, diseñadas para situaciones que no justifiquen el uso de armas de fuego, quieren ofrecer a los agentes alternativas menos letales para enfrentar escenarios conflictivos.

También se contempla la posibilidad de utilizar armas con munición especializada o de mayor capacidad en circunstancias excepcionales. Estas medidas solo podrán ser autorizadas por las Jefaturas policiales o los alcaldes, asegurando su uso responsable y acorde a la normativa.

En un apartado novedoso, se regula la asignación de armas de inyección anestésica para situaciones de control animal, como la captura de especies salvajes o peligrosas que representen un riesgo para la ciudadanía.

El reglamento establece que los chalecos antibalas y otros equipos de protección personal deben ajustarse a las características físicas de cada agente para garantizar no solo la comodidad, sino también la máxima eficacia en situaciones de riesgo.

FORMACIÓN

El reglamento establece la obligatoriedad de que los agentes realicen al menos dos prácticas de tiro al año. Estas sesiones, supervisadas por instructores acreditados, buscan asegurar que los agentes manejen sus armas de forma segura y eficaz. Además, el tiempo dedicado a estas prácticas será reconocido como horas de trabajo efectivo, con el objetivo de incentivar la participación activa de los agentes locales.

El Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias (IFISE) será el encargado de desarrollar cursos específicos para la formación y actualización de los agentes. Este esfuerzo incluye programas sobre técnicas de defensa, normativa actualizada y escenarios tácticos, asegurando que los policías locales estén preparados para los desafíos actuales.

El nuevo marco regula la custodia y conservación del armamento en depósitos municipales, incluyendo la obligatoriedad de mantener un registro digitalizado. Este registro documentará el estado, el uso y el mantenimiento de cada arma, garantizando la trazabilidad y responsabilidad en su uso. Además, se han reforzado las normas para la manipulación segura del armamento, evitando riesgos innecesarios.




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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2245 en: 23 de Diciembre de 2024, 15:03:40 pm »
No creo que la E se enfadase por unos sprays que no valen para nada.

Las armas largas son necesarias en cualquier cuerpo policial que se pueda encontrar con malos que porten armas de gran calibre y que usen chalecos.


Cita de: 47ronin link=topic=3505.msg1195614#msg1195614
date=1734852251
La PMM ya tuvimos sprays de defensa antes del 93 y fueron retirados tras la entrada en vigor de normas de las que se decía no podíamos portar, incluso a los antiguos serenos se les dotó de ese spray, obviamente, para no enfadar a la "E", ni mención a armas largas, algo que por otra parte yo considero innecesario, pero que ha sido una reivindicación de determinados sindicatos desde hace tiempo.



La Comunidad moderniza el reglamento de armas de Policía Local incluyendo uso de sprays de defensa y otras novedades


Historia de Europa Press • 18 h • 2 minutos de lectura

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)
Este proyecto de decreto, que se encuentra en periodo de alegaciones hasta el 30 de diciembre, busca garantizar la seguridad ciudadana, la protección de los agentes y la adaptación de la normativa a las exigencias actuales.

Constituyen los elementos de la dotación básica individual para un agente municipal el arma de fuego corta --generalmente pistola semiautomática, de calibre 9 milímetros parabellum y con una capacidad mínima de carga de 13 cartuchos--, con su respectiva funda rígida antihurto, los cargadores y munición, los chalecos antibalas, las defensas y bastones policiales y los grilletes.

Cada ayuntamiento podrá dotar a su respectivo Cuerpo de policía local de otros medios técnicos defensivos adicionales a los establecidos en el artículo anterior cuando la operatividad de los servicios exija el empleo de una mayor protección o efectividad en el ejercicio de las funciones a desempeñar.

Entre las innovaciones más destacadas, el reglamento permite incorporar como armas complementarias dispositivos eléctricos de control --más conocidos como táser-- y sprays de defensa como dotación complementaria. Estas herramientas, diseñadas para situaciones que no justifiquen el uso de armas de fuego, quieren ofrecer a los agentes alternativas menos letales para enfrentar escenarios conflictivos.

También se contempla la posibilidad de utilizar armas con munición especializada o de mayor capacidad en circunstancias excepcionales. Estas medidas solo podrán ser autorizadas por las Jefaturas policiales o los alcaldes, asegurando su uso responsable y acorde a la normativa.

En un apartado novedoso, se regula la asignación de armas de inyección anestésica para situaciones de control animal, como la captura de especies salvajes o peligrosas que representen un riesgo para la ciudadanía.

El reglamento establece que los chalecos antibalas y otros equipos de protección personal deben ajustarse a las características físicas de cada agente para garantizar no solo la comodidad, sino también la máxima eficacia en situaciones de riesgo.

FORMACIÓN

El reglamento establece la obligatoriedad de que los agentes realicen al menos dos prácticas de tiro al año. Estas sesiones, supervisadas por instructores acreditados, buscan asegurar que los agentes manejen sus armas de forma segura y eficaz. Además, el tiempo dedicado a estas prácticas será reconocido como horas de trabajo efectivo, con el objetivo de incentivar la participación activa de los agentes locales.

El Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias (IFISE) será el encargado de desarrollar cursos específicos para la formación y actualización de los agentes. Este esfuerzo incluye programas sobre técnicas de defensa, normativa actualizada y escenarios tácticos, asegurando que los policías locales estén preparados para los desafíos actuales.

El nuevo marco regula la custodia y conservación del armamento en depósitos municipales, incluyendo la obligatoriedad de mantener un registro digitalizado. Este registro documentará el estado, el uso y el mantenimiento de cada arma, garantizando la trazabilidad y responsabilidad en su uso. Además, se han reforzado las normas para la manipulación segura del armamento, evitando riesgos innecesarios.

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2246 en: 23 de Diciembre de 2024, 15:08:22 pm »

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2247 en: 26 de Diciembre de 2024, 10:26:17 am »
¿Y que nos quiere decir con eso?

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2248 en: 26 de Diciembre de 2024, 14:55:40 pm »
¿Y que nos quiere decir con eso?

Que como vaya a por ti n no te dará tiempo a nada...de ahí que un arma larga no sea necesaria para casi nadie, con el añadido de que quien la porte no se si tendrá las cosas claras para abrir fuego, algo que pongo en cuarentena vistas algunas imágenes del estilo Andújar.

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2249 en: 27 de Diciembre de 2024, 05:03:24 am »
Las armas largas quedan de vicio en Instagram poniendo lemas y proclamas altamente patrióticos y motivadores. Si la postura acompaña para inflar visualmente el bíceps o el glúteo, el impacto en redes se multiplica ganando followers, likes y por tanto la posibilidad de recibir fueguitos por DM.

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2250 en: 27 de Diciembre de 2024, 16:26:03 pm »
Al que le toque estar en un punto fijo con una escopeta...

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2251 en: 27 de Diciembre de 2024, 16:39:01 pm »
Al que le toque estar en un punto fijo con una escopeta...

Se le puede escapar de las manos y matar al caniche.

https://www.google.com/amp/s/elpais.com/diario/1993/10/29/madrid/751897486_850215.html%3foutputType=amp

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2252 en: 27 de Diciembre de 2024, 20:46:44 pm »
Los sprays se terminan gastando en los vestuarios el día de los Santos Inocentes. . . eso ni antes no gaseas a tu compañero cuando esté haciendo la croqueta con algún malo. . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2253 en: 27 de Diciembre de 2024, 20:48:55 pm »
Los sprays se terminan gastando en los vestuarios el día de los Santos Inocentes. . . eso ni antes no gaseas a tu compañero cuando esté haciendo la croqueta con algún malo. . .

Tal cual....

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2254 en: 30 de Diciembre de 2024, 00:50:53 am »
¿Y que nos quiere decir con eso?

Que como vaya a por ti n no te dará tiempo a nada...de ahí que un arma larga no sea necesaria para casi nadie, con el añadido de que quien la porte no se si tendrá las cosas claras para abrir fuego, algo que pongo en cuarentena vistas algunas imágenes del estilo Andújar.

Claro, ahora aparece un moro en Sol pegando tiros con un AK 47 y lo suyo es ir con pistolas...

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2255 en: 30 de Diciembre de 2024, 00:52:05 am »
Las armas largas quedan de vicio en Instagram poniendo lemas y proclamas altamente patrióticos y motivadores. Si la postura acompaña para inflar visualmente el bíceps o el glúteo, el impacto en redes se multiplica ganando followers, likes y por tanto la posibilidad de recibir fueguitos por DM.

Las armas largas queda de vicio tenerlas por si acaso hay que usarlas.

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2256 en: 30 de Diciembre de 2024, 00:53:08 am »
Al que le toque estar en un punto fijo con una escopeta...

Con relevos de 15 minutos ni tan mal...

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2257 en: 30 de Diciembre de 2024, 00:59:27 am »
Pregunto por curiosidad, ¿alguno de los estáis hablando sobre las armas largas, las habéis usado?

En la PMM u en otra PL no habéis usado subfusiles o fusiles, pero igual alguno ha sido militar y conoce y ha experimentado sus ventajas.

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2258 en: 30 de Diciembre de 2024, 08:12:36 am »
Las Policías locales ya no hacen controles antiterroristas como se hacían en  los 80, además para esos controles se hace necesario un numero de efectivos suficientes y otros sistemas de frenado más allá de un arma larga, con lo cual, ni siquiera HOY UCES debería incorporarlas...con el añadido de que no veo a nadie liándose a tiros con un arma larga en un control.

Nuestra delincuencia sigue siendo ligth,y que les dure.

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Re: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2259 en: 30 de Diciembre de 2024, 09:56:33 am »
Pregunto por curiosidad, ¿alguno de los estáis hablando sobre las armas largas, las habéis usado?

En la PMM u en otra PL no habéis usado subfusiles o fusiles, pero igual alguno ha sido militar y conoce y ha experimentado sus ventajas.
Los instructores de tiro  de Pmm han estado en Ávila formándose, tarde o temprano tendrán que habilitar como pasa en otras Cc.aa, me da igual que sean de adorno o plan disuasorio es una herramienta más.

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