Autor Tema: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls  (Leído 244170 veces)

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1240 en: 19 de Diciembre de 2017, 12:08:22 pm »
AM consigue su "pasarela".

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1241 en: 19 de Diciembre de 2017, 12:10:26 pm »
Me ha llamado la atención esta Disposición del borrador:

Disposición transitoria primera.- Integración en Subgrupos de clasificación
profesional.
1.- Los miembros de los Cuerpos de Policía Local que a la entrada en vigor de la
presente Ley ocupen plazas correspondientes a las categorías clasificadas en los
Subgrupos de clasificación profesional en el artículo 33 y tuviesen la titulación
académica correspondiente, quedarán directamente integrados en las correspondientes
categorías de dichos Subgrupos de clasificación.
2.- Los miembros de dichos Cuerpos que a la entrada en vigor de esta Ley
ocupen plazas correspondientes a las categorías clasificadas en los Subgrupos de
titulación establecidos en el artículo 33, y no tuviesen la correspondiente titulación
académica, permanecerán en su Subgrupo de clasificación de origen como situación “a
extinguir”.
No obstante, ostentarán la denominación de las nuevas categorías
establecidas en la presente Ley, y contarán con igual rango jerárquico y ejercerán las
mismas funciones operativas que los funcionarios integrados en los nuevos Subgrupos
de clasificación profesional.
Todo ello sin perjuicio de que quienes obtuvieran con posterioridad las
titulaciones correspondientes, se integrarán en los Subgrupos de clasificación conforme
lo previsto en el apartado 1 de la presente disposición.

Y en la práctica, ¿esto que significa?
¿Van a obligar a sacar la titulación necesaria?

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1242 en: 19 de Diciembre de 2017, 12:20:51 pm »
Desde luego la equiparación que dice de las categorías con policía nacional, quedan muyyyy lejos de la realidad. Y se lo digo con conocimiento de causa, ya que estuve 7 ańos en Policía Nacional, y teniendo el criterio de comparación de haber estado en las dos instituciones, de seguro que un Cabo de Policía Municipal equivaldría a un Subinspector de Policía Nacional. Decir que un Suboficial es como un Subinspector de la Nacional ya es de traca, primero por la dificultad de llegar a Suboficial que es casi imposible, cuando a Subinspector de la Nacional se asciende por antigüedad selectiva y salen plazas todos los ańos. 
Por no decir que un Oficial es un Inspector de la Nacional. Al cambio sería un Comisario ya que ejerce como jefe de la Unidad-Comisaría. Y desde luego no tenemos antigüedad selectiva a la que en la Policia Nacional con poco más que la EGB se llegaba a Comisario por antigüedad.


Para nada quedan lejos de la realidad y que son estructuras distintas, por eso un oficial lleva una UID y un comisario tanto lleva un distrito como una unidad de más de 2.500 tíos, ¿ Hay algún oficial de la PMM con 2.500 a sus órdenes?


Si según tú un oficial equivale a un comisario, ¿cual es la equivalencia en el CNP de un subinspector o un inspector de la PMM?

¿ Qué formación tiene un inspector del CNP y cual tiene un oficial de la PMM?

Que no saquen plazas para suboficial todos los años, no tiene que ver para que sea o no equivale a un subinspector. ¿Cuánto dura el curso de formación de ascenso a suboficial?

¿ Por qué equiparas a un cabo con un subinspector?

Son estructuras distintas y hay muchos oficiales del CNP que son jefes de turno, incluso hay policías.

Que yo sepa a comisario no ha llegado ninguno que empezase desde abajo, por lo que puede haber algunos que no tengan carrera porque provengan de los chapas, es decir, que entrase con bachillerato, pero la mayoría tienen carrera, de hecho no se puede ser Jefe Superior, Comisario General, etc...., sin ese requisito, porque lo dijeron los tribunales.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1243 en: 19 de Diciembre de 2017, 12:33:39 pm »
Para empezar que 2/3 de cada promoción de la escala ejecutiva categoría Inspector son por promo interna antigüedad y otros por concurso oposición y como muy bien sabe ni tan siquiera les piden estar en posesión del grado universitario, ya que todavía tienen 5 ańos hasta q se aplique la LO de personal.
La mayoría de mis compañeros de sección de Policía Nacional ya son inspectores por antigüedad, y de mi promoción de municipales sólo 1 de mi clase es sargento.

Lo normal es que el jefe de turno sea un Cabo o como mucho un Sargento e incluso Coordinadores de 6 distritos en la noche. es difícil ver a un suboficial simplemente porque casi no hay.

Pero como muy bien dice son estructuras completamente distintas y es muy complicado hacer equivalencias, al igual que ocurrirá con la GC, a la que es difícil aplicar una homologación de categorías.


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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1244 en: 19 de Diciembre de 2017, 12:39:30 pm »
Desde luego la equiparación que dice de las categorías con policía nacional, quedan muyyyy lejos de la realidad. Y se lo digo con conocimiento de causa, ya que estuve 7 ańos en Policía Nacional, y teniendo el criterio de comparación de haber estado en las dos instituciones, de seguro que un Cabo de Policía Municipal equivaldría a un Subinspector de Policía Nacional. Decir que un Suboficial es como un Subinspector de la Nacional ya es de traca, primero por la dificultad de llegar a Suboficial que es casi imposible, cuando a Subinspector de la Nacional se asciende por antigüedad selectiva y salen plazas todos los ańos. 
Por no decir que un Oficial es un Inspector de la Nacional. Al cambio sería un Comisario ya que ejerce como jefe de la Unidad-Comisaría. Y desde luego no tenemos antigüedad selectiva a la que en la Policia Nacional con poco más que la EGB se llegaba a Comisario por antigüedad.


Para nada quedan lejos de la realidad y que son estructuras distintas, por eso un oficial lleva una UID y un comisario tanto lleva un distrito como una unidad de más de 2.500 tíos, ¿ Hay algún oficial de la PMM con 2.500 a sus órdenes?


Si según tú un oficial equivale a un comisario, ¿cual es la equivalencia en el CNP de un subinspector o un inspector de la PMM?

¿ Qué formación tiene un inspector del CNP y cual tiene un oficial de la PMM?

Que no saquen plazas para suboficial todos los años, no tiene que ver para que sea o no equivale a un subinspector. ¿Cuánto dura el curso de formación de ascenso a suboficial?

¿ Por qué equiparas a un cabo con un subinspector?

Son estructuras distintas y hay muchos oficiales del CNP que son jefes de turno, incluso hay policías.

Que yo sepa a comisario no ha llegado ninguno que empezase desde abajo, por lo que puede haber algunos que no tengan carrera porque provengan de los chapas, es decir, que entrase con bachillerato, pero la mayoría tienen carrera, de hecho no se puede ser Jefe Superior, Comisario General, etc...., sin ese requisito, porque lo dijeron los tribunales.

¿ Y a quién equiparas con un comisario principal?


El Jefe Superior de Madrid tiene bajo su mando a unos 11.000/12.000 tíos y aparte de las comisarías de distrito y brigadas de Madrid, unas cuantas comisarias locales y el aeropuerto, el cual por cierto, tiene una plantilla de 800/900 efectivos con un comisario al mando.

El jefe de la PMM tiene poco más de 6000 tíos a sus órdenes.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1245 en: 19 de Diciembre de 2017, 12:52:28 pm »
Para empezar que 2/3 de cada promoción de la escala ejecutiva categoría Inspector son por promo interna antigüedad y otros por concurso oposición y como muy bien sabe ni tan siquiera les piden estar en posesión del grado universitario, ya que todavía tienen 5 ańos hasta q se aplique la LO de personal.
La mayoría de mis compañeros de sección de Policía Nacional ya son inspectores por antigüedad, y de mi promoción de municipales sólo 1 de mi clase es sargento.

Lo normal es que el jefe de turno sea un Cabo o como mucho un Sargento e incluso Coordinadores de 6 distritos en la noche. es difícil ver a un suboficial simplemente porque casi no hay.

Pero como muy bien dice son estructuras completamente distintas y es muy complicado hacer equivalencias, al igual que ocurrirá con la GC, a la que es difícil aplicar una homologación de categorías.


No te olvides de las plazas de inspector por la calle.

En principio, siempre habrá más plazas de promoción interna en un cuerpo estatal que en uno municipal, aparte que es más fácil que en proporción, haya más candidatos en las fases de ascenso de un cuerpo municipal que en uno estatal, ya que en el estatal puede conllevar cambio de destino ( es muy probable) y en el municipal sabes que no te mueves de esa ciudad.

Por ejemplo, cada inspector del GAC lleva los zetas de 9 distritos, los turnos en los que hay sólo un subinspector del GAC, se encarga de coordinar esos 9 distritos, si hay dos subis en el turno, pues le toca la mitad de distritos.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1246 en: 19 de Diciembre de 2017, 13:25:57 pm »
Desde luego la equiparación que dice de las categorías con policía nacional, quedan muyyyy lejos de la realidad. Y se lo digo con conocimiento de causa, ya que estuve 7 ańos en Policía Nacional, y teniendo el criterio de comparación de haber estado en las dos instituciones, de seguro que un Cabo de Policía Municipal equivaldría a un Subinspector de Policía Nacional. Decir que un Suboficial es como un Subinspector de la Nacional ya es de traca, primero por la dificultad de llegar a Suboficial que es casi imposible, cuando a Subinspector de la Nacional se asciende por antigüedad selectiva y salen plazas todos los ańos. 
Por no decir que un Oficial es un Inspector de la Nacional. Al cambio sería un Comisario ya que ejerce como jefe de la Unidad-Comisaría. Y desde luego no tenemos antigüedad selectiva a la que en la Policia Nacional con poco más que la EGB se llegaba a Comisario por antigüedad.


Para nada quedan lejos de la realidad y que son estructuras distintas, por eso un oficial lleva una UID y un comisario tanto lleva un distrito como una unidad de más de 2.500 tíos, ¿ Hay algún oficial de la PMM con 2.500 a sus órdenes?


Si según tú un oficial equivale a un comisario, ¿cual es la equivalencia en el CNP de un subinspector o un inspector de la PMM?

¿ Qué formación tiene un inspector del CNP y cual tiene un oficial de la PMM?

Que no saquen plazas para suboficial todos los años, no tiene que ver para que sea o no equivale a un subinspector. ¿Cuánto dura el curso de formación de ascenso a suboficial?

¿ Por qué equiparas a un cabo con un subinspector?

Son estructuras distintas y hay muchos oficiales del CNP que son jefes de turno, incluso hay policías.

Que yo sepa a comisario no ha llegado ninguno que empezase desde abajo, por lo que puede haber algunos que no tengan carrera porque provengan de los chapas, es decir, que entrase con bachillerato, pero la mayoría tienen carrera, de hecho no se puede ser Jefe Superior, Comisario General, etc...., sin ese requisito, porque lo dijeron los tribunales.

¿ Y a quién equiparas con un comisario principal?


El Jefe Superior de Madrid tiene bajo su mando a unos 11.000/12.000 tíos y aparte de las comisarías de distrito y brigadas de Madrid, unas cuantas comisarias locales y el aeropuerto, el cual por cierto, tiene una plantilla de 800/900 efectivos con un comisario al mando.

El jefe de la PMM tiene poco más de 6000 tíos a sus órdenes.

De un oficial de Policía nacional en excedencia voluntaria a otro en activo (información únicamente para que veas que no hay acritud) te informo por encima, actualmente hay cabos en pmm que mandan mas que 100 oficiales juntos, al 90% de los oficiales les sobra con tener a sus ordenes (si son afortunados) a dos sargentos y tres cabos buenos en los que delegar y por supuesto a dos conductores fieles y discretos que no cuenten nada, no quieren mas, no quieren responsabilidades, no quieren tomar mas decisiones que si hay cambiar la maquina de agua de sitio o la mesa de su despacho. Les vale con levantarse más de 4000 euros al mes, tener coche a su disposición para desplazamientos, que nadie controle sus horarios con la excusa de tener reuniones y acordar una hora para pasar firma de papeles,  ir a todos los conciertos, partidos, celebraciones o actos en los que se daran codazos entre ellos al lado del papa para la foto. Hacerse notar con empresarios de su distrito u otro distrito para tener mesas en restaurantes o entradas en teatros. El día que tuvieran que tomar la decisión de poner en libertad o pasar a disposición judicial a un detenido habria bajas por estresss. Dile tu a un subinspector de pn que la mayoria de las veces hace de jefe de la guardia de una comisaria que por el doble de su sueldo y otras prevendas alguien no hace nada y por supuesto cero responsabilidades penales o administrativas, que crees que prefiere ser? En cuanto a poder por razones obviamente politicas( tras consultas telefonicas con gabinetes he visto personalmente recular a comisarios de distritos e incluso a tu jefe de la uip ante decisiones de Oficiales y a la inversa tambien pero en este ultimo caso por si habia responsabilidades que salpicaran al policia nacional

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1247 en: 19 de Diciembre de 2017, 13:31:40 pm »
si aquí ahora los van a fabricar desde la calle y con un cursito del CCC van a salir con un grupo A2 . . . pues apaga y vámonos . . . esto no es serio porque no quieren que lo sea . . .

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Pues está usted bastante equivocado.

En las Policías Locales (como en el 99%) de la Administración Pública, para ostentar una plaza A2 ó A1 tienes que venir con una titulación universitaria bajo el brazo, y eso son mínimo 4 añitos de romperte la cabeza y dejarte la pasta, con el añadido que desde la entrada del Plan Bolonia si no acreditas un nivel B2 de idioma, te quedas sin título aunque tengas todo aprobado.

En el CNP y la GC, como con un simple título de EGB ( al menos ahora en CNP piden bachiller ya para acceder a la EB ), puedes llegar a Inspector o CAPITÁN ( que da la casualidad que yo conozco a 2, sin ninguna titulación, y el nivel en el que se mueven ya lo desearía un Inspector del CNP o de PL ) incluso a Comandante o Coronel. ¿ Sabes por qué su formación de promoción interna dura más tiempo ya, no ? Pues porque gracias a los chanchullos del MIR con el MEC y la ANECA, estamos REGALANDO equivalencias universitarias por hacer esos cursos en Ávila o Aranjuez.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1248 en: 19 de Diciembre de 2017, 13:52:20 pm »
Me ha llamado la atención esta Disposición del borrador:

Disposición transitoria primera.- Integración en Subgrupos de clasificación
profesional.
1.- Los miembros de los Cuerpos de Policía Local que a la entrada en vigor de la
presente Ley ocupen plazas correspondientes a las categorías clasificadas en los
Subgrupos de clasificación profesional en el artículo 33 y tuviesen la titulación
académica correspondiente, quedarán directamente integrados en las correspondientes
categorías de dichos Subgrupos de clasificación.
2.- Los miembros de dichos Cuerpos que a la entrada en vigor de esta Ley
ocupen plazas correspondientes a las categorías clasificadas en los Subgrupos de
titulación establecidos en el artículo 33, y no tuviesen la correspondiente titulación
académica, permanecerán en su Subgrupo de clasificación de origen como situación “a
extinguir”.
No obstante, ostentarán la denominación de las nuevas categorías
establecidas en la presente Ley, y contarán con igual rango jerárquico y ejercerán las
mismas funciones operativas que los funcionarios integrados en los nuevos Subgrupos
de clasificación profesional.
Todo ello sin perjuicio de que quienes obtuvieran con posterioridad las
titulaciones correspondientes, se integrarán en los Subgrupos de clasificación conforme
lo previsto en el apartado 1 de la presente disposición.

Y en la práctica, ¿esto que significa?
¿Van a obligar a sacar la titulación necesaria?

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En ningún sitio dice que se obligue a nadie a sacarse la titulación. El que no la posea (según el borrador) no sube de nivel y punto. La problemática que yo veo aquí son los agravios comparativos ya que unos policías cobrarán trienios a c1 y otros a c2. Ya que el importe de los trienios los fija el Estado y eso de que se podrá cobrar o no (como pone en el borrador) se traduce en contenciosos.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1249 en: 19 de Diciembre de 2017, 19:01:50 pm »
si aquí ahora los van a fabricar desde la calle y con un cursito del CCC van a salir con un grupo A2 . . . pues apaga y vámonos . . . esto no es serio porque no quieren que lo sea . . .

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Pues está usted bastante equivocado.

En las Policías Locales (como en el 99%) de la Administración Pública, para ostentar una plaza A2 ó A1 tienes que venir con una titulación universitaria bajo el brazo, y eso son mínimo 4 añitos de romperte la cabeza y dejarte la pasta, con el añadido que desde la entrada del Plan Bolonia si no acreditas un nivel B2 de idioma, te quedas sin título aunque tengas todo aprobado.

En el CNP y la GC, como con un simple título de EGB ( al menos ahora en CNP piden bachiller ya para acceder a la EB ), puedes llegar a Inspector o CAPITÁN ( que da la casualidad que yo conozco a 2, sin ninguna titulación, y el nivel en el que se mueven ya lo desearía un Inspector del CNP o de PL ) incluso a Comandante o Coronel. ¿ Sabes por qué su formación de promoción interna dura más tiempo ya, no ? Pues porque gracias a los chanchullos del MIR con el MEC y la ANECA, estamos REGALANDO equivalencias universitarias por hacer esos cursos en Ávila o Aranjuez.


Los inspectores del CNP, tanto de promoción interna como de la calle, hacen dos cursos académicos más las correspondientes prácticas, ¿ cuánto dura la formación de un oficial de la PMM o de otra PL?


De todas formas hay mucha titulitis, porque ya me dirán de que vale, por ejemplo, un grado de historia para inspector u oficial.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1250 en: 19 de Diciembre de 2017, 19:11:12 pm »
Lo de los dos ańos de formación ya viene de antiguo, ya que al pedir una diplomática para acceder y salir como A1 necesitaban que la Universidad de Salamanca les convalidara esos dos ańos para poder tener la titulación de A1.
Eso no implica que unos u otros estén mejor preparados.
Ni tan siquiera creo que haya un inspector que tenga la jefatura de una comisaría, de hecho hay inspectores en comisarías Llcales jefes por ejemplo del dep. policía científica en la que son 8 funcionarios, de los cuales hay un Subinspector y 4 oficiales.

Y para nada desmerezco la formación de Policía Nacional, al contrario creo que tienen una excelente promoción interna que ya quisiéramos para nosotros.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1251 en: 19 de Diciembre de 2017, 19:20:57 pm »
En cuanto a poder por razones obviamente politicas( tras consultas telefonicas con gabinetes he visto personalmente recular a comisarios de distritos e incluso a tu jefe de la uip ante decisiones de Oficiales y a la inversa tambien pero en este ultimo caso por si habia responsabilidades que salpicaran al policia nacional

Un comisario de distrito es el último mono dentro de los comisarios, otra cosa es el Jefe Superior, que dudo que ese recule ante un oficial o cualquier mando de la PMM.

Con jefe de UIP¿ te refieres al comisario, jefe de la UIP o al IJ, jefe de la I UIP? del último me puedo esperar cualquier cosa porque es un cagón, de todas formas estaria bien que pusieses algún ejemplo, porque en los dispositivos de UIP poco tendrán recular ante mandos de PMM, más bien al revés, aparte que el jefe de la UIP hace lo que le digan sus superiores o el político de turno.

De todas formas depende de la persona, hubo algún jefe en l UIP que no se cortaba ni con el Jefe Superior, por no decir que suelen estar bien relacionados al reunirse con frecuencia con los/las Delegados/as del Gobierno, sino mira donde está Orcaray, anterior jefe de la I UIP.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1252 en: 19 de Diciembre de 2017, 19:27:33 pm »
Lo de los dos ańos de formación ya viene de antiguo, ya que al pedir una diplomática para acceder y salir como A1 necesitaban que la Universidad de Salamanca les convalidara esos dos ańos para poder tener la titulación de A1.
Eso no implica que unos u otros estén mejor preparados.
Ni tan siquiera creo que haya un inspector que tenga la jefatura de una comisaría, de hecho hay inspectores en comisarías Llcales jefes por ejemplo del dep. policía científica en la que son 8 funcionarios, de los cuales hay un Subinspector y 4 oficiales.

Y para nada desmerezco la formación de Policía Nacional, al contrario creo que tienen una excelente promoción interna que ya quisiéramos para nosotros.


Como dije, son estructuras distintas.

Hay inspectores con 8 efectivos bajo su mando y los hay que son coordinadores de UIP y tienen a 200 bajo su mando.

Un inspector del GOES tiene a 10 tíos a sus órdenes, pero es un GOES, la élite.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1253 en: 19 de Diciembre de 2017, 20:30:51 pm »
si aquí ahora los van a fabricar desde la calle y con un cursito del CCC van a salir con un grupo A2 . . . pues apaga y vámonos . . . esto no es serio porque no quieren que lo sea . . .

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Pues está usted bastante equivocado.

En las Policías Locales (como en el 99%) de la Administración Pública, para ostentar una plaza A2 ó A1 tienes que venir con una titulación universitaria bajo el brazo, y eso son mínimo 4 añitos de romperte la cabeza y dejarte la pasta, con el añadido que desde la entrada del Plan Bolonia si no acreditas un nivel B2 de idioma, te quedas sin título aunque tengas todo aprobado.

En el CNP y la GC, como con un simple título de EGB ( al menos ahora en CNP piden bachiller ya para acceder a la EB ), puedes llegar a Inspector o CAPITÁN ( que da la casualidad que yo conozco a 2, sin ninguna titulación, y el nivel en el que se mueven ya lo desearía un Inspector del CNP o de PL ) incluso a Comandante o Coronel. ¿ Sabes por qué su formación de promoción interna dura más tiempo ya, no ? Pues porque gracias a los chanchullos del MIR con el MEC y la ANECA, estamos REGALANDO equivalencias universitarias por hacer esos cursos en Ávila o Aranjuez.


Los inspectores del CNP, tanto de promoción interna como de la calle, hacen dos cursos académicos más las correspondientes prácticas, ¿ cuánto dura la formación de un oficial de la PMM o de otra PL?


De todas formas hay mucha titulitis, porque ya me dirán de que vale, por ejemplo, un grado de historia para inspector u oficial.

Si nadie dice que valga más o menos. Lo que se dice es que con la Ley en la mano ( EBEP ), para ocupar una plaza del subgrupo A2 o del A1 te exigen un Grado en el 99% de la Administración Pública, salvo CNP y GC que se les permite ( y olé por ellos ) esos chanchullos y "convalidaciones" de un curso en Ávila o Carabanchel (Subinspector) y te equiparo a un graduado universitario.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1254 en: 19 de Diciembre de 2017, 21:56:02 pm »
si aquí ahora los van a fabricar desde la calle y con un cursito del CCC van a salir con un grupo A2 . . . pues apaga y vámonos . . . esto no es serio porque no quieren que lo sea . . .

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En las Policías Locales (como en el 99%) de la Administración Pública, para ostentar una plaza A2 ó A1 tienes que venir con una titulación universitaria bajo el brazo, y eso son mínimo 4 añitos de romperte la cabeza y dejarte la pasta, con el añadido que desde la entrada del Plan Bolonia si no acreditas un nivel B2 de idioma, te quedas sin título aunque tengas todo aprobado.

En el CNP y la GC, como con un simple título de EGB ( al menos ahora en CNP piden bachiller ya para acceder a la EB ), puedes llegar a Inspector o CAPITÁN ( que da la casualidad que yo conozco a 2, sin ninguna titulación, y el nivel en el que se mueven ya lo desearía un Inspector del CNP o de PL ) incluso a Comandante o Coronel. ¿ Sabes por qué su formación de promoción interna dura más tiempo ya, no ? Pues porque gracias a los chanchullos del MIR con el MEC y la ANECA, estamos REGALANDO equivalencias universitarias por hacer esos cursos en Ávila o Aranjuez.


Los inspectores del CNP, tanto de promoción interna como de la calle, hacen dos cursos académicos más las correspondientes prácticas, ¿ cuánto dura la formación de un oficial de la PMM o de otra PL?


De todas formas hay mucha titulitis, porque ya me dirán de que vale, por ejemplo, un grado de historia para inspector u oficial.

Si nadie dice que valga más o menos. Lo que se dice es que con la Ley en la mano ( EBEP ), para ocupar una plaza del subgrupo A2 o del A1 te exigen un Grado en el 99% de la Administración Pública, salvo CNP y GC que se les permite ( y olé por ellos ) esos chanchullos y "convalidaciones" de un curso en Ávila o Carabanchel (Subinspector) y te equiparo a un graduado universitario.

Fuera de la CAM y para las categorías de inspector y subinspector de la policia local (A2) están pidiendo técnico, diplomado universitario o equivalente. Y hablo a partir del 2015 y con el nuevo EBEP aprobado. El grado lo piden a partir de la categoría de intendente (A1).Puede consultar distintas bases a este respecto.
De hecho puede que el EBEP deje cabida a otras titulaciones en el subgrupo A2 si no esas bases no irían acorde al EBEP.
Tiene su lógica ya que las categorías intermedias deben pedir titulacion acorde y no pasar de lo básico a pedir grado para todo menos para policia y oficial.
Todo ello hablando con la nuevas denominaciones de las distintas categorías.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1255 en: 19 de Diciembre de 2017, 22:08:25 pm »
Cada CCAA regula a su antojo por lo que veo.

En la mía y las de mi entorno, para acceder a Inspector (A2) Grado o Diplomatura. Los títulos propios como el que en su día tenían en alguna Universidad de Criminología no los admiten.

Desconectado Syberia

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1256 en: 19 de Diciembre de 2017, 22:11:30 pm »
Y el "salto" del que habla se da en muchos sitios.

Pasamos de Agente y Subinspector (Cabo vuestro) que son C1, a Inspector (A2) e Intendente (A1).

Cada CCAA es un mundo, solo tiene que ver las denominaciones que no tienen absolutamente nada que ver.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1257 en: 20 de Diciembre de 2017, 17:41:20 pm »
Deberían poner en el borrador como la ley de policías de Castilla la Mancha, Guardia Urbana de Barcelona, al terminar la academia la palabra "Técnico" así en vez de a extiguir los policías antiguos sin titulación, podrían convalidar por la comunidad de Madrid presentando el título de la Academia y pasar a Técnicos, equivalente a bachiller y así podrían optar a opositar a otras categorías.  Echarle un vistazo a la ley de coordinación antes mencionadas.
G.C, P.N al salir de sus academias equivale a Técnicos.
Ahora que es un simple borrador mover a los sindicatos y que integren lo mismo que los compis de la Mancha y los Urbanos.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1258 en: 26 de Diciembre de 2017, 10:44:06 am »
En todas las casas cuecen habas y en la mia a calderadas.




La futura Ley permitirá unificar la Policía Local de varios municipios

La directora general de Seguridad explica que la asociación será voluntaria y permitirá atender las necesidades de ayuntamientos con escasos recursos humanos o económicos.

P.Fumero, S/C de Tenerife 24/dic/17 5:26 AM
Edición impresa
ÚLTIMO COMENTARIO

La directora general de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias, Nazaret Díaz, explica que uno de los problemas a los que se enfrentan algunos ayuntamientos del Archipiélago es la falta de suficientes policías locales para atender las necesidades del servicio diarias o la celebración de algunas fiestas o eventos a lo largo del año, bien por la existencia de bajas laborales, o bien porque la plantilla es muy reducida.

Díaz indica que, por esa circunstancia, una de las novedades propuestas para debatir sobre la futura Ley de Coordinación de Policías Locales consiste en facilitar la asociación de municipios para unificar el servicio de seguridad.

Recuerda que esta posibilidad estaba prohibida hace más de una década, pero que la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado aprobada en el año 2007 permite dicha alternativa práctica. Según la directora general, en el Archipiélago hay municipios que carecen de Policía Local, como el caso del último municipio constituido en las Islas, El Pinar en El Hierro, o Fuencaliente, en La Palma. También existe la realidad de corporaciones que únicamente tienen un agente municipal, como La Matanza de Acentejo, por ejemplo. En otros casos, hay una plantilla de policías locales algo mayor, pero claramente insuficiente para atender un territorio extenso, como Arico, que tiene numerosos barrios y caseríos muy dispersos.

Con la posibilidad de asociación de dos o más consistorios para tener un único cuerpo de seguridad se busca paliar esas carencias en ayuntamientos que no tienen recursos suficientes para hacer frente a los gastos de nóminas, así como a la dotación de medios materiales, desde vehículos hasta armas de fuego, por ejemplo.

Nazaret Díaz advierte de que la referida asociación será absolutamente voluntaria entre los municipios que así lo acuerden. Además, eso requerirá equiparar salarios y turnos de agentes.

La condición para esa unificación de servicios de seguridad es que los consistorios demuestren que no poseen suficientes recursos humanos o materiales, según recuerda la directora general.

Díaz señala que, para el próximo año, está previsto que en el Archipiélago se aprueben 156 nuevas plazas de agentes municipales en diferentes ayuntamientos. Advierte de que esa es una buena noticia, pero, paralelamente, reconoce que en la comunidad autónoma existe una plantilla "muy envejecida" en las policías locales, donde coexisten personas con edades y condiciones físicas muy diferentes entre sí. Resalta que, para afrontar esa compleja realidad laboral, la futura Ley de Coordinación de las Policías Locales de las Islas también prevé incluir la denominada "segunda actividad".

Para la responsable de Seguridad y Emergencias en el Ejecutivo, esta propuesta busca que aquellos funcionarios con una edad más avanzada puedan dedicarse a desempeñar tareas administrativas en la Jefatura, así como a iniciativas divulgativas de seguridad o formativas en seguridad vial, por ejemplo. Es decir, que no tengan que estar en los servicios operativos cotidianos.

Por ahora, estas líneas generales que se han planteado en la mesa de negociación de la futura Ley de Coordinación de las Policías Locales, donde figura la administración, la Federación Canaria de Municipios (Fecam) o los sindicatos mayoritarios, deberán someterse a un amplio debate en el que podrán tomar parte, entre otras, las organizaciones sindicales sectoriales de los policías locales.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #1259 en: 26 de Diciembre de 2017, 10:47:50 am »
Los políticos siempre a la cola de las realidades....y es que es muy sencillo, los cuerpos de PLs envejecen y lo hacen a pasos que hoy situan las medidas en los 48 y 50 años, y con unos cuerpos envejecidos por mucha segunda actividad que regules no habrá plazas para todos, con lo cual, la ÚNICA salida para este envejecimiento de las PLs es la jubilación antifipada, el desbloqueo de la tasa de reposición en paralelo y la renovación completa de todas las plantillas...pues todas adolecen de lo mismo, falta de efectivos y las que hay están muy envejecidas.