Autor Tema: Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls  (Leído 240864 veces)

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2020 en: 08 de Marzo de 2020, 12:12:17 pm »
Otra cosa no sé, pero completo en cuanto a material están. Han faltado tanques o bazocas

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2021 en: 08 de Marzo de 2020, 13:09:18 pm »
policia de canarias

Ya veremos el.de Madrid..tanto.pedir escopetas a Barbero, a Carmena... les espero.


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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2022 en: 08 de Marzo de 2020, 16:46:06 pm »
El de Galicia es de 2010...y cuando haya nuevo gobierno.pretenden abordar su actualización.

Madrid nunca lo tuvo tras una ley de 1992....con una ley de 2018 y con Reglamento Marco que ya lleva caso un año de retraso.

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2010/20100422/AnuncioFE76_es.html


Madrid es la plaza fuerte de la E y no permitirán jamás unas Pls con medios...y menos...con informacion, que es lo fundamental.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2023 en: 08 de Marzo de 2020, 18:24:58 pm »
 Opinión

LEOPOLDO BONÍAS



La ley ´Frankestein´de Policías Locales sigue haciendo estragos


Comisario de Policía Local
- 07/03/2020

Si hay una ley que en sus poco más de dos años de existencia se le ha dado la vuelta del derecho y del revés, esa no es otra que la Ley de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Valenciana publicada en diciembre de 2017. Modificada una y mil veces, se ha convertido en un auténtico rompecabezas difícil de digerir.

Al adviento de tan enojosa ley y de los decretos que la desarrollan, las situaciones que muchos consideran injustas y los conflictos de interpretación de la farragosa legislación que le da cobertura legal a las actuaciones municipales se suceden por doquier.

En Alacuas y por mor de lo dispuesto en la normativa valenciana que reserva un 30% de las plazas convocadas para mujeres, resulta que un aspirante que en el turno de movilidad aventajaba en 17 puntos a otra candidata no ha podido acceder a la plaza. No parece que este pueda ser un exponente de la "cultura del esfuerzo" ni una situación que pueda ponerse de ejemplo paradigmático para la integración de las mujeres en la policía local.

De hecho, la beneficiaria de la norma en cuestión ya era policía y, en consecuencia, ya estaba plenamente integrada. En el acceso por concurso de movilidad a un cuerpo de policía local mediante un baremo de méritos completamente objetivo se permite que funcionarios pasen de un municipio a otro a prestar sus servicios. No se trata, por tanto, de un concurso para el acceso a la Función Pública, pues como requisito se exige el ser policía local con plaza en propiedad con una antiguedad de dos años.

Está claro que una de las características esenciales de las administraciones locales es su carácter independiente y esto es el "a, e, i, o, u" que sabe cualquier opositor, pero en un concurso de movilidad lo que ocurre es que un ayuntamiento cubre una plaza de policía con un funcionario que abandona otro ayuntamiento por lo que , como dice el humorista José Mota , "las gallinas que entran por las que salen"

A los que nos enseñaron que en un Estado de Derecho la ley se refiere a todos por igual y debe aplicarse sin establecerse excepciones odiosas no nos entran en la cabeza situaciones como ésta. Seguramente los que somos de la época de la pluma y el tintero en el pupitre del colegio estamos equivocados, sin duda influidos por una sociedad patriarcal cuyo origen se remonta al mismísimo Imperio romano.

Se puede entender que se adopten medidas de fomento para la incorporación de la mujer a la policía local como las correctoras en las pruebas físicas, pero una vez se ha producido su superación , seguir discriminando positivamente a las féminas parece que ya estemos entrando de lleno en el terreno del privilegio y son las propias mujeres las que debían salvaguardar su dignidad rechazando tratos de favor que no necesitan y menos aún, cuando se dan casos como el del Ayuntamiento de Alacuas con distancias tan abismales entre las puntuaciones de los aspirantes a la plaza.

No acaba aquí la cosa, recientemente el juzgado de lo contencioso-administrativo nº 8 de Valencia ha estimado un recurso interpuesto por el Sindicato de Policías Locales y Bomberos de la Comunidad Valenciana anulando la reserva de plazas para mujeres prevista en la convocatoria del Ayuntamiento de Oliva donde de dos que se convocaban por movilidad, una se reservaba para mujeres, es decir, el 50%. Y es que de las 10 que convocaba el ayuntamiento de Oliva, se pretendía que de las ocho libres, dos fueran para mujeres y de las dos de movilidad, una de ellas se reservará para tal fin. Se tendrán que modificar las bases y que ninguna plaza de las de movilidad se reserve para mujeres. Un caso idéntico al de Alacuas en donde también eran dos las plazas a cubrir por movilidad.

En la novela del Dr. Frankestein luego llevada al cine con notable éxito, el protagonista no tiene nombre, es "el monstruo de Frankestein", mientras que el personaje secundario sí; el Dr. Victor Frankestein. Aquí es algo parecido pero al revés. La Ley , el personaje principal de esta historia, sí tiene nombre , mientras que el autor o autores de la misma no tienen nombres y apellidos, lo cual no quiere decir que no sean conocidos.

Desconectado Ruino

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2024 en: 08 de Marzo de 2020, 18:32:39 pm »
17 puntos??si la culpa no era mía....igualdad :Plasplas :Ok

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2025 en: 08 de Marzo de 2020, 19:06:37 pm »
Ésto la verdad es que es de vergüenza . . .

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Desconectado Ruino

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2026 en: 08 de Marzo de 2020, 19:11:16 pm »
Un conocido me preguntó qué si es mérito y capacidad,al haber obtenido mejor nota,porqué entró una mujer antes que él, mi respuesta fué haber tenido pechos y vagina.

Desconectado Der Kaiser

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2027 en: 09 de Marzo de 2020, 00:50:51 am »
El de Galicia es de 2010...y cuando haya nuevo gobierno.pretenden abordar su actualización.

Madrid nunca lo tuvo tras una ley de 1992....con una ley de 2018 y con Reglamento Marco que ya lleva caso un año de retraso.

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2010/20100422/AnuncioFE76_es.html


Madrid es la plaza fuerte de la E y no permitirán jamás unas Pls con medios...y menos...con informacion, que es lo fundamental.


Pues en la CAM hay alguna PL con escopetas.

Desconectado Der Kaiser

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2028 en: 09 de Marzo de 2020, 00:59:36 am »
Otra cosa no sé, pero completo en cuanto a material están. Han faltado tanques o bazocas

Una cosa es lo que pone el papel y otra la realidad.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2029 en: 09 de Marzo de 2020, 06:37:20 am »
Dónde están las armas largas?



Tanto dar la vara a Barbero y Carmena pidiendo lo que no podían comprar...donde están sus voces ahora?



Los policías locales de Madrid tendrán el mismo uniforme y se exigirá menos altura para acceder al Cuerpo

    MARTA BELVER
    Madrid

Lunes, 9 marzo 2020 - 02:02

El nuevo reglamento reduce en cinco centímetros la estatura mínima exigida para poder acceder a una plaza

La estatura mínima para poder ser policía local en la Comunidad de Madrid será cinco centímetros menor que la exigida hasta ahora. Una vez que sea efectivo dicho cambio, previsiblemente a partir del próximo verano,podrán aspirar a incorporarse a los cuerpos mujeres con una altura de 1,60 y hombres que midan 1,65.

Ésta es una de las novedades que según ha podido saber EL MUNDO incluirá el reglamento que va a regular el trabajo de alrededor de 12.000 agentes en la región. El texto se está elaborando a instancias de la Consejería de Justicia e Interior del Gobierno autónomico en colaboración con la Federación Madrileña de Municipios, el Ayuntamiento de la capital y los sindicatos más representativos.

Además, la nueva normativa contempla por primera vez la posibilidad de que se utilicen «defensas eléctricas no letales», como las pistolas táser. También establecerá un modelo de uniforme común para todos los policías locales de la comunidad e introducirá como requisito que no puedan acceder a dicha condición quienes haya sido condenados en sentencia firme por delitos de índole sexual.

«El reglamento va en la vía de la mejora profesional de los agentes y que eso redunde a su vez en una mayor eficacia policial y en una reducción de la delincuencia», explica Carlos Novillo, director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112. Asimismo, se pretende dotar a las distintas unidades de los «medios necesarios» para «conseguir una policía local moderna, cualificada, cercana y sensible a las necesidades de los ciudadanos», tal y como subrayan en la Consejería de Justicia e Interior.

Cambios en la altura

Con la reducción en cinco centímetros de la altura mínima requerida para ser efectivo municipal el objetivo es favorecer el acceso de las mujeres. Aunque en las últimas cinco promociones las incorporaciones femeninas han aumentado ligeramente, su presencia en estos cuerpos en la actualidad representa sólo el 12% de la plantilla.

El cambio en el requisito de estatura supone, además, igualar este criterio al ya fijado para el ingreso en la Policía Nacional. A la espera de que sea efectivo, sólo pueden acceder de agentes locales las mujeres que midan al menos 1,65 y los hombres de 1,70.

Defensas eléctricas

En cuanto a la autorización del uso de defensas eléctricas, en la Comunidad de Madrid apuntan que es una demanda del propio colectivo que servirá para «mejorar la protección de los agentes y la eficiencia en las actuaciones, ya que se sitúa entre la defensa tradicional y el arma de fuego». Para regular específicamente su uso en paralelo se está elaborando otro reglamento que establecerá los protocolos de utilización y la formación requerida para hacer uso de las mismas.

El Ayuntamiento de Madrid ya ha anunciado la compra de 200 pistolas táser con un presupuesto de 500.000 euros -unos 2.000 euros por equipo- que recibirán las 22 unidades de su Policía Municipal. En el Gobierno de José Luis Martínez-Almeida defienden la dotación con «medios proporcionados y garantistas» a sus efectivos para «situaciones en las que se puedan producir lesiones a los propios policías, a terceros o a las personas que se quieren autolesionar».

El mismo traje

El cambio más visible que introducirá el reglamento es el del uso de un modelo de uniforme común para todos los agentes locales de la región. Con esa «imagen corporativa única» lo que se busca es «mejorar la percepción de los ciudadanos sobre los distintos cuerpos contribuyendo a mejorar la sensación de seguridad por parte de la ciudadanía», según precisan en la Consejería de Justicia e Interior.

Esta modificación se concretará a su vez con otro reglamento en el que se definirán aspectos como el color de los escudos y la tipografía de las letras, además de establecer una rotulación homogénea para todos los vehículos. Una vez que esté aprobado, previsiblemente también en los próximos meses, los ayuntamientos tendrán un plazo de en torno a dos años para poder adaptarse a la nueva normativa.

Asimismo, se introducirá un nuevo requisito de acceso a los cuerpos municipales. Los candidatos a incorporarse a alguno de ellos deberá acreditar mediante certificado que no han sido condenados nunca mediante sentencia firme por delitos «contra la libertad y la indemnidad sexual».
Aprobación

El reglamento que ultima la Comunidad de Madrid desarrolla la Ley de Coordinación de Policías Locales aprobada en 2018 en la Asamblea regional. Una vez que entre en vigor marcará las pautas de las normativas que a su vez elaboran los ayuntamientos.

«La nueva ley, que actualiza y moderniza las actuaciones de las policías locales, permite buscar mecanismos de cooperación y coordinación entre ellas y colaborar en momentos puntuales para prestarse apoyo, como en fiestas patronales», explica el director de la Agencia de Seguridad y Emergencias. «También servirá para modernizar el desarrollo tecnológico y de comunicaciones y, en definitiva, ponerse al día en el escenario de riesgo que después de 20 años había cambiado», añade.

El reglamento debe ser aprobado previamente por la Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales, de la que forman parte la Comunidad de Madrid, la Federación Madrileña de Municipios, el Ayuntamiento de Madrid y los sindicatos CCOO, UGT, CSIF, CPPM y Unijepol. Según la Consejería de Justicia e Interior, todos sus miembros han postrado una «buena disposición y trabajo constructivo» para llegar a un texto consensuado.

Posteriormente el Gobierno regional le dará el visto bueno definitivo para su aplicación por decreto. Los trámites tendrán una duración estimada entre tres y cuatro meses.

Apuesta por las madres

La Ley de Coordinación de Policías Locales de 2018 estableció medidas para facilitar el aplazamiento de las pruebas selectivas de acceso a en caso de embarazo, parto y puerperio y reconoció un nuevo supuesto por motivo de embarazo y lactancia que permite a las mujeres pasar a situación de segunda actividad. «Pese a los avances, seguiremos trabajando para mejorar la presencia femenina», asegura el consejero de Justicia e Interior, Enrique López.



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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2030 en: 09 de Marzo de 2020, 13:20:36 pm »
Cuidado con lo que se pide que luego hay que portar lo 8 horas que en el patrulla desaparece y el chulo es importante

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2031 en: 09 de Marzo de 2020, 13:42:31 pm »
Que desilusión, ya me veía como en la mili,que recuerdos

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2032 en: 10 de Marzo de 2020, 07:09:08 am »
Bueno pues como era de esperar ayer no publicaron absolutamente nada y la información queda "congelada" al día 3 de marzo.

https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/consulta-publica

Ayer publicaron un reglamento pero no el que esperabamos.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2033 en: 10 de Marzo de 2020, 07:19:54 am »
CSIF Madrid Policía
@CSIF_POLICIA
¡MUY IMPORTANTE!
Consideramos inasumibles algunos artículos del borrador del futuro Reglamento de Organización de #PolicíasLocales.
Estamos a tiempo de que no se convierta en una nueva norma fallida. @IdiazAyuso
 @EnriqueLopezJIV
 @davidperez
 @luismi1980
 @CarlosNovilloPi
https://twitter.com/CSIF_POLICIA/status/1237057236435943424



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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2034 en: 10 de Marzo de 2020, 07:21:29 am »
De una ley de mierda sale....un borrador idem.



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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2035 en: 10 de Marzo de 2020, 12:09:22 pm »


PERDÓN?!?!??!?!

De una ley de mierda sale....un borrador idem.



« Última modificación: 10 de Marzo de 2020, 12:44:44 pm por 47ronin »

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2036 en: 17 de Marzo de 2020, 09:17:15 am »
Y quienes son parte del procedimiento 184/2019?
A ver si dan una solución ya

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Pues parece que las discrepancias no fueron resueltas.....y alguien presentó recurso que ahora se sustancia ante el TC.


http://www.madrid.org/wleg_pub/secure/normativas/contenidoNormativa.jsf?opcion=VerHtml&nmnorma=10572&cdestado=P#no-back-button


Hemos detectado una incidencia bastante importante referida a la cuestión de inconstitucionalidad admitida a trámite por el Tribunal Constitucional (BOE 5 DE MARZO DE 2020) planteada por el Auto de 9 de Enero de 2020, por el Juzgado Contencioso-Administrativo Nº 9 de Madrid a propuesta de un sindicato presente en la Comisión de Coordinación que redacta el actualmente varado Reglamento Marco, en relación la Ley 1/2018 de 22 de Febrero de la Comunidad Autónoma de Madrid, de Coordinación de la Policías Locales.




https://sindicatoupm.es/wp-content/uploads/2020/03/reclasificacion.pdf

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2037 en: 28 de Mayo de 2020, 16:41:00 pm »
Los plazos empiezan a contabilizar desde el 1 de junio, con.lo cual, si no le pilló al decreto la suspensión, las alegaciones habrán finalizado o estarán a punto para el siguiente paso...y a ver si de una vez aprueban el.reglamento marco.


https://www.comunidad.madrid/participacion/content/proyecto-decreto-consejo-gobierno-se-aprueba-reglamento-marco-organizacion-las-policias


Proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid

Fecha de publicación: Miércoles, 11 Marzo, 2020 - 14:18
Última modificación: Viernes, 27 Marzo, 2020 - 10:49

Adjunto:
ficha_firmada_reglamento_marco_policias_locales.pdf
PDF Proyecto de Decreto

resolucion_consulta_decreto_002.pdf

PDF Resolución de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación
Valoración:

Se somete a consulta pública el Proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

El objetivo fundamental de este proyecto de Decreto es establecer, junto con la Ley que desarrolla, Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, criterios homogéneos en materia de coordinación de las policías locales existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con el fin de mejorar su eficacia y profesionalidad.

De esta forma, regula aspectos dirigidos a la homogeneidad de los Cuerpos de Policía Local en cuanto a su estructura, organización, régimen de funcionamiento interno, selección de nuevos efectivos, promoción y formación profesional, movilidad interadministrativa, régimen estatutario, y uniformidad y equipo, entre otras cuestiones.

Durante el trámite de consulta pública, los ciudadanos, organizaciones y asociaciones, potencialmente afectados por la futura norma, pueden hacer llegar sus observaciones o sugerencias, si lo estiman conveniente, sobre los aspectos planteados en la memoria resumen de la citada disposición normativa, a través del Portal de Participación.

También se podrán presentar en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso la solicitud deberá dirigirse a la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación en su sede de Paseo del Río, 1, 28223  Pozuelo de Alarcón.

 

Plazo de alegaciones: 30 días naturales  (el plazo comenzó el 12 de marzo . Dicho plazo queda interrumpido en virtud de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19)
« Última modificación: 28 de Mayo de 2020, 16:57:46 pm por 47ronin »

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2038 en: 28 de Mayo de 2020, 19:01:05 pm »
Los plazos empiezan a contabilizar desde el 1 de junio, con.lo cual, si no le pilló al decreto la suspensión, las alegaciones habrán finalizado o estarán a punto para el siguiente paso...y a ver si de una vez aprueban el.reglamento marco.


https://www.comunidad.madrid/participacion/content/proyecto-decreto-consejo-gobierno-se-aprueba-reglamento-marco-organizacion-las-policias


Proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid

Fecha de publicación: Miércoles, 11 Marzo, 2020 - 14:18
Última modificación: Viernes, 27 Marzo, 2020 - 10:49

Adjunto:
ficha_firmada_reglamento_marco_policias_locales.pdf
PDF Proyecto de Decreto

resolucion_consulta_decreto_002.pdf

PDF Resolución de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación
Valoración:

Se somete a consulta pública el Proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

El objetivo fundamental de este proyecto de Decreto es establecer, junto con la Ley que desarrolla, Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, criterios homogéneos en materia de coordinación de las policías locales existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con el fin de mejorar su eficacia y profesionalidad.

De esta forma, regula aspectos dirigidos a la homogeneidad de los Cuerpos de Policía Local en cuanto a su estructura, organización, régimen de funcionamiento interno, selección de nuevos efectivos, promoción y formación profesional, movilidad interadministrativa, régimen estatutario, y uniformidad y equipo, entre otras cuestiones.

Durante el trámite de consulta pública, los ciudadanos, organizaciones y asociaciones, potencialmente afectados por la futura norma, pueden hacer llegar sus observaciones o sugerencias, si lo estiman conveniente, sobre los aspectos planteados en la memoria resumen de la citada disposición normativa, a través del Portal de Participación.

También se podrán presentar en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso la solicitud deberá dirigirse a la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación en su sede de Paseo del Río, 1, 28223  Pozuelo de Alarcón.

 

Plazo de alegaciones: 30 días naturales  (el plazo comenzó el 12 de marzo . Dicho plazo queda interrumpido en virtud de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19)
Esto sin prisa.

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Re:Leyes de Coordinación y cambio de grupo en las Pls
« Respuesta #2039 en: 29 de Mayo de 2020, 00:44:57 am »
Se puede ver en algún lado el reglamento. ?