Para entrar en polémicas, yo me he parado a cuestionarme dentro de mi ignorancia si en la exposición de motivos del borrador, en el apartado tres título uno, la Comunidad de Madrid se atribuye un cuerpo Policial como propio ?Está dedicado a las Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad de Madrid?? así como en el Art.23 y 24 siendo un hibrido de Policía Autonómica y una burla a la LOFCS y a la propia Constitución, creando una Policía Autónoma ineficaz solo de cara al público, ya que su ámbito de actuación es el Municipio, una maniobra política sin escrúpulos ya que no importa la operatividad de estas BESCAM sino que prima su publicidad y de paso eluden cualquier tipo de responsabilidad de sus actuaciones, pudiéndose atribuir los éxitos cuando los haya y en caso de errores echarle la culpa al Municipio al que pertenezcan los Policías BESCAM, pura Ley del embudo.
Continúa en esta exposición de motivos en su titulo dos diciendo ?La Ley modifica las escalas y categorías y eleva para algunas de las categorías el nivel de titulación requerido. Con ello se pretende adecuar el nivel profesional de los miembros de los Cuerpos de Policía Local a las exigencias de una sociedad moderna.?
Bueno para no hacer esto muy largo, yo creo que esta Ley es recurrible al 100% es una chapuza técnica y creo que cualquier Juez la echaría abajo por no ajustarse a la LOFCS.
Esa es la baza que quiere jugar la CAM tú te callas y yo te subo de grupo a los Policías Locales.