Autor Tema: Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas  (Leído 57932 veces)

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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #40 en: 26 de Julio de 2006, 00:13:30 am »
Como bien sabeis todos lo compa?eros que trabajan en zonas de costa en época estival la capitania maritima edicta un bando en el que se refleja el comportamiento en las playas tanto para ls ba?istas como para los vehículos acuaticos. Bueno la pregunta es la siguiente : ?se le puede llamr la atención o prohibir la navegación a una piragüa dentro de la zona acotada para los ba?istas. Es que le he estado echando un vistazo y no me queda clara la cosa. Ya he tenido un par de servicios y no he tenido problemas con la gente, porque han tenido bueno voluntad, pero es por si me sale el típico abogado de secano. SUERTE
« Última modificación: 04 de Agosto de 2006, 16:20:45 pm por 47ronin »
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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #41 en: 26 de Julio de 2006, 08:27:32 am »
Aguilaspol, en mi población, que es de costa el Alcalde Saca un bando sobre comportamiento en playas y demás. Si no recuerdo mal por la zona de 200 metros acotada a ba?istas unicamente pude ser usada por ba?istas, excepto por las zonas  de entrada a Tierra.Vssssssssssssss
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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #42 en: 27 de Julio de 2006, 18:09:43 pm »
Seguridad en los lugares de ba?o

 


La seguridad en los lugares de ba?o, está regulada esencialmente en las siguientes disposiciones:

Orden de 2 de julio de 1964 (M Comercio), Establece zona para ba?istas.

Orden del 31 de julio 1972 (Presidencia). Normas para la Seguridad humana en los lugares de ba?o

Resolución de 25 de febrero de 1987, de la Conselleria de Obras Públicas de la Generalidad Valenciana

Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley de Costas.

Resolución del Director General de Puertos y Costas, de 04-11-91, sobre balizamiento de playas, lagos etc.

Ley 27/1992, de 24 de noviembre , de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.



 
Antecedentes


La Orden de 2 de julio de 1964, establecía por primera vez:

Una zona para ba?istas de 250 y 100 mts. en la que se prohibia en presencia de ba?istas navegar a motor o velocidad superior a 5 nudos.(Art.1)

La necesidad del balizamiento. (Art.2)

La fijación de los canales de arranque atraque y varada.(Art.3)

La competencia en la fijación de las distancias, y canales de acceso se atribuía a la Autoridad de marina.

La Ley de Costas, sin derrogar la anterior Orden, por su superior rango normativo, modificó posteriormente las distancias y velocidad máxima quedando en 200 mts., 50 mts. y 3 nudos, y atribuye a los Organos periféricos del entonces Ministerio de Transportes Turismo y Comunicaciones, la competencia para sancionar las infracciones cometidas en esta materia.

La Orden de 31 de julio 1972, establece las normas de seguridad en los lugares de ba?o y dicta normas específicas para los servicios de auxilio y salvamento.


Atribuye a los Ayuntamientos la vigilancia en los lugares de ba?o, la observancia de las normas de seguridad para salvaguardar las vidas humanas. (Art.11)
La Resolución de 25 de febrero de 1987, de la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Tranportes de la Generalidad Valenciana, da normas generales para los servicios de temporada, y entre otras:

Atribuye al Ayuntamiento la policía y vigilancia en general.(Art.4)

Establece que los canales estarán balizados de acuerdo a las normas dictadas por la Dirección General de la Marina Mercante, y que serán realizados por el Ayuntamiento en los casos en que no exista titular. (Art.40)
Distribuye las zonas de uso, perpendicularmente a la orilla de la siguiente forma: 40% para la zona de reposo libre; 40% para la zona de toldos y asientos, y 20% para la zona náutica, deportiva o pesquera en comunicación con los canales de arranque y atraque.(Art.44)

 
Utilización del dominio público


A la vista de la Ley de Costa y su Reglamento, Ley 27/92 de Puertos y Marina Mercante, y de las anteriores disposiciones no derogadas, en tanto no se opongan éstas, los usos en las zonas de ba?o, son las siguientes:
Uso de las playas.

El Real Decreto 1471/1989 de 1 de diciembre, Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley de Costas, en su artículo 59 establece: "La utilización del dominio público marítimo terrestre y, en todo caso, del mar y su ribera será libre, pública y gratuita para los usos comunes y acordes con la naturaleza de aquel, tales como pasear, estar, ba?arse, navegar, embarcar y desembarcar, varar etc.......". Por tanto, en las playas, tienen que coexistir simultáneamente embarcaciones y ba?istas. Sólo cuando entran en colisión los distintos intereses de uso es cuando hay que tratar de armonizarlos protegiendo, en este caso, a los ba?istas mediante balizamiento o límite de velocidad, pero respetando siempre el uso legítimo que de las playas pueden hacer las embarcaciones.

Playas balizadas

"En las zonas balizadas estará prohibida la navegación deportiva y de recreo, y la utilización de cualquier tipo de embarcación o medio flotante movido a vela o motor. El lanzamiento o varada de embarcaciones deberá hacerse a través de canales debidamente se?alizados", Artículo 69.1 del Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de Costas.

Infracción tipificada como leve por el artículo 114.3.e) (" La navegación, salvo causa de fuerza mayor, realizada por cualquier clase de buque, embarcación o artefacto, destinado a usos deportivos, fuera de los canales balizados para acceso a la costa, en las zonas marcadas como reservadas al ba?o y debidamente balizadas") de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, siendo competente para resolver el Capitán Marítimo, de conformidad con el artículo 123.1.b) de la citada Ley.

Playas no balizadas

El artículo 69.2, de Costas, dice: "En los tramos de costa que no estén balizados como zona de ba?o se entenderá que esta ocupa una franja de mar contigua a la costa de una anchura de 200 metros en las playas y 50 metros en el resto de la costa. Dentro de esta zona no se podrá navegar a una velocidad superior a TRES NUDOS, debiendo adoptarse las precauciones necesarias para evitar riesgos a la seguridad humana".

En este sentido, el artículo 114.4.d) de la Ley 27/92, solo tipifica como infracción "La navegación de cualquier clase de buques o artefactos en la franja de mar contigua a la costa de una anchura de doscientos metros en las playas y cincuenta metros en el resto de la costa, excediendo el límite de velocidad que marquen las disposiciones vigentes".

Resulta evidente que esta zona la podrán compartir ba?istas y embarcaciones, siempre que éstas no naveguen a velocidad superior a la reglamentada o efectúen maniobras inadecuadas que pongan en riesgo la seguridad humana.

Tipo de balizamiento.

Por Resolución de 04-11-94, del Director General de Puertos y Costas por delegación del Excmo. Sr. Ministro, establece las características del balizamiento indicado en el Art. 69 del Reglamento General para el desarrollo de la Ley de Costas.



 
Competencias


Competencias de Medio Ambiente, Jefatura de Costas

Dictar las normas y régimen de utilización de las playas, seguridad de la vida humana en los lugares de ba?o y demás condiciones generales sobre el uso de aquella y sus instalaciones.(Art. 72)

Autorizar el emplazamiento de puntos de atraque, embarque y desembarque o de aproximación a costa, fuera de los puertos, a las embarcaciones de excursiones marítimas y artefactos flotantes de recreo.(Art. 63)

Competencias de FOMENTO, Jefatura de la Marina Mercante (Capitanías Marítimas).

Limitaciones temporales al uso público del dominio público marítimo-terrestre en circunstancias excepcionales, siempre que afecten a la navegación, seguridad humana y salvamento entre otras.

Autorizar el funcionamiento de las embarcaciones destinadas a cruceros turísticos y artefactos flotantes de recreo, cuyo emplazamiento sea previamente autorizado por Costas.(Art. 111.11)

Dar difusión mediante Bando en el B.O.P. de las disposiciones sobre zonas de ba?o, velocidades y autorización de embarcaciones de recreo

Sancionar las infracciones cometidas por las embarcaciones en relación con la seguridad en las playas.

Competencias de los Ayuntamientos.

Balizar, rotular y se?alizar las playas, zonas de ba?o y canales de acceso.

Vigilar la observancia en los lugares de ba ?, de las normas específicas para la seguridad de las vidas humanas en los lugares de ba?o, haciendo que tanto las embarcaciones como los ba?istas las respeten (art. 6.2 ref.b)).

Sancionar en el ámbito de sus competencias, o denunciar ante el Organismo competente (art.4 ref.c)).


 
Los Ayuntamientos y los agentes de la autoridad, en general, pretenden dar a los ba?istas el uso exclusivo de las playas, mermando con ello el uso legítimo que de las mismas han de hacer las embarcaciones. Para evitar esta colisión de intereses es necesario que por los Ayuntamientos se fijen las zonas para las embarcaciones, debidamente balizadas y rotuladas, asignándoles espacio suficiente en los porcentajes que prevé el punto 7 de las Normas de Ordenación de Playas de la Dirección General de Puertos y Costas, y del Art. 44 de la Resolución de 25 de febrero de la Consellería de Obras Públicas de la Generalidad Valenciana.
El cumplimiento de estas normas, en especial el balizamiento de las playas, y sus canales de acceso, contribuiría a una mayor seguridad en las playas.



RESUMEN

 
PLAYAS BALIZADAS  Prohibida la navegacion por el interior de las boyas
PLAYAS SIN BALIZAR  Dentro de los 200 mts.(playas) y 50 mts (costas), tendrán preferencia los ba?istas. Navegar a velocidad inferior a 3 NUDOS


 
http://www.arrakis.es/~zamoul/playas.html

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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #43 en: 27 de Julio de 2006, 18:18:23 pm »
Como bien sabeis todos lo compa?eros que trabajan en zonas de costa en época estival la capitania maritima edicta un bando en el que se refleja el comportamiento en las playas tanto para ls ba?istas como para los vehículos acuaticos. Bueno la pregunta es la siguiente : ?se le puede llamr la atención o prohibir la navegación a una piragüa dentro de la zona acotada para los ba?istas. Es que le he estado echando un vistazo y no me queda clara la cosa. Ya he tenido un par de servicios y no he tenido problemas con la gente, porque han tenido bueno voluntad, pero es por si me sale el típico abogado de secano. SUERTE


Te dejo el enlace la web no oficial del Servicio Marítimo de la GC, creo que en su foro te podrán informar. Ellos están todo el día en el agua jejejejeje.

http://www.servicio-maritimo.com/
LOS PROBLEMAS VIENE SOLOS, NO HACE FALTA IR A BUSCARLOS (By te70)


Desconectado aguilaspol

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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #44 en: 27 de Julio de 2006, 22:30:20 pm »
Joder ronin si que te has asesorado y hsa conseguido legislación, es una suerte contar contigo. Y lo digo sin ánimo de hacer la pelota
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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #45 en: 27 de Julio de 2006, 22:51:58 pm »
Busqué hasta dar con la página que se ajustase a tu consulta y que contenía además toda la reglamentación sobre el tema.

Ahora somos todos un poquito más "sabios".

Gracias. Un saludo.-
« Última modificación: 27 de Julio de 2006, 23:55:09 pm por 47ronin »

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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #46 en: 30 de Julio de 2006, 21:12:21 pm »
La verdad es que es un placer para todos contar con Ronin.vsssssssssss
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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #47 en: 04 de Agosto de 2006, 16:11:36 pm »
Hasta para salvarles la vida hay que imponer el orden.


La Guardia Civil hace respetar a pie de playa la bandera roja

Crónica | Imprudencias de los ba?istas en la costa de Ribadeo

Los socorristas de Os Castros decidieron llamar a los agentes tras comprobar que había personas que no les hacían caso e ignoraban la prohibición de ba?arse

Casos excepcionales que van a menos en los últimos a?os

www.lavozdegalicia.es 04/08/06
 
(Firma: Alonso Quelle | Lugar: ribadeo)
 ?Pero si yo sé nadar muy bien?, ?pero si yo conozco esta playa como la palma de mi mano...?, son algunas de las justificaciones que de vez en cuando escuchan los socorristas por boca de ba?istas que se saltan a la torera la bandera roja. El problema surge cuando la imprudencia cristaliza y los socorristas deben jugarse la piel para salvar a nadadores que han ignorado la prohibición del ba?o y son arrastrados por la corriente.

Incidentes de este calibre son relativamente habituales cada verano, pero no lo es tanto que los servicios de vigilancia de una playa se vean obligados a llamar a la Guardia Civil para hacerse respetar. Eso fue lo que ocurrió el miércoles en la playa de Os Castros, en Ribadeo.

La ma?ana apuntaba que iba a ser un día complicado para los socorristas. Al mediodía, instantes antes de activarse el servicio, ya habían colaborado en el rescate de cinco personas. La confianza propició una vez más el incidente. Dos jóvenes estaban ba?ándose cuando se vieron arrastradas hacia las rocas. En su ayuda fueron dos hombres, a quienes también llevó la corriente. Con el mar picado, y ante la proximidad de la rompiente en las rocas, la zódiac era inútil. Otro joven vivió el mismo percance, pero al final todos lograron ser rescatados desde el borde rocoso.

El día era bochornoso y, en un principio, los vigilantes permitieron que la gente se mojara en la orilla. Pero algunos ba?istas querían más. La excepción habitual en estos casos: tres de trescientas personas que había en la playa. De nada sirvieron las advertencias de los socorristas, que, finalmente, decidieron llamar a la Guardia Civil. Ésta, atendiendo las indicaciones del 112, prohibió el ba?o en su totalidad. Fue aparecer los agentes y quedar el mar desierto. Mano de santo. Ayer no hubo problemas.



 


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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #48 en: 04 de Agosto de 2006, 17:51:01 pm »
Todos los veranos capitanía marítima manda las condiciones para el ba?o y artificios flotantes y embarcaciones deportivas y de recreo, lo tengo en mi carpeta, le echaré un vistazo, pero si no recuerdo mal, en la zona reservada a ba?istas balizadas no se puede navegar con ningún artificio flotante, hay que hacerlo por las zonas reservadas para tal efecto, y si no queda más remedio nunca a más de 3 nudos.... (a saber cómo lo mides)... Las piraguas no se pueden alejar de cualquier abrigo o playa.

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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #49 en: 04 de Agosto de 2006, 18:00:21 pm »
Un nudo es el equivalente a recorrer 0,51 metros por segundo, así que 3 nudos son 1,53 metros por segundo.

Ahora vas y lo mides.  :carcaj
« Última modificación: 04 de Agosto de 2006, 18:01:57 pm por 47ronin »

Desconectado JAKE

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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #50 en: 07 de Agosto de 2006, 12:49:05 pm »
Se me ha olvidado traerme las instrucciones de capitanía pero ayer lo estuve leyendo mientras venía el forense para levantar un fallecido y efectivamente en las zonas balizadas para ba?istas no se puede navegar con ningún artefacto cualquiera que sea su medio de propulsión. Las embarcaciones deben salir a la mínima velocidad de gobierno y nunca a más de 3 nudos por los canales habilitados. Embarcaciones de hasta 4 metros con motor y hasta 5 metros a vela no necesitan título para manejo, a partir de 4 metros y hasta 6, "titulín", y más de 6 m ya requiere Patrón Embarcaciones de Recreo (no más de 40 kilowatios de potencia de motor). Deben llevar la matrícula de forma indeleble en la embarcación, letras claras sobre casco oscuro y letras oscuras sobre casco claro. Todos deben ir con chaleco salvavidas en la embarcación.
Con esto se deduce qeu las piraguas y demás no podrían ir por la zona reservada a ba?istas pero vamos, me parecería a mi muy estricto aplicarlo. Las motos de agua tb requieren titulín, ir con el seguro de responsabilidad civil, deben llevar la documentación a bordo tanto navegando como estando fondeados, chaleco todo el que vaya a bordo, no sobrepasar el n? máximo de plazas y matriculadas (6? categoria las de alquiler y 7? las de recreo particulares), mayores de 16 a?os y mismas restricciones que para las demás, sólo permitida navegación diurna aun disponiendo de luces para la navegación..... Hay más pero es largo, esto es lo más destacado vamos.

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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #51 en: 07 de Agosto de 2006, 13:08:20 pm »
Realmente lo que pasa:
1? contratacion masiva de interinos
2? falta de GC de costas por tanto Policia Local a patrullar en moto acuatica y lancha.
3? calor que jode el basto!
4? servicios  cada 5 minutos por hurto enla playa.
unido a la gente de vacaciones sale un total de verano de infarto para pl y GC.

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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #52 en: 05 de Septiembre de 2006, 14:30:15 pm »
FUERON AGREDIDAS POR DOS VARONES

Detienen a seis espa?olas en una playa de Croacia por tener relaciones sexuales en público
Seis turistas espa?olas fueron detenidas el lunes en el puerto adriático croata de Split y probablemente serán multadas por haber practicado "desvergonzados contactos sexuales", según confirmó la Policía croata, ante otras personas en una playa. Según un portavoz de la policía de Split, "se ba?aban desnudas, besándose y tocándose por todo el cuerpo, provocando reacciones de desaprobación por parte de otros ba?istas". Dos varones craoata también fueron detenidos por agredirlas tras discutir.

 L D (Agencias) Según Ninoslav Auria, portavoz de la policía de Split, "se a?aban desnudas, besándose y tocándose por todo el cuerpo, provocando reacciones de desaprobación por parte de otros ba?istas. No hicieron caso a las protestas, y entonces reaccionaron un varón de 63 y otro de 41 a?os, que golpearon a dos espa?olas, en la parte del trasero y en la pierna, y pegaron una bofetada a otra de ellas".

Auria dijo que fueron detenidos y también serán procesados los dos varones croatas que intervinieron contra las espa?olas. Todos ellos tuvieron que comparecer ante un juez, que pospuso el caso para poder interrogar este martes a dos testigos que este lunes no estuvieron disponibles, según la fuente citada por Efe.

Sanja Juras, coordinadora de "Kontra", asociación que defiende los derechos de las lesbianas, declaró a la emisora croata "Radio 101" que el comportamiento mostrado por las turistas espa?olas se merece la reacción tomada por las autoridades. Subrayó sin embargo que el ataque contra ellas fue motivado "evidentemente por la orientación sexual de esas mujeres", o sea por discriminación e intolerancia, y que por ello los autores del ataque deben ser castigados.

Reacciones en la prensa

La prensa croata publica este martes informaciones sobre el incidente en sus primeras planas bajo titulares como "Seis espa?olas detenidas por tocarse desnudas en la playa" (Novi list), "Lesbo show en Split" (Vecernji list), "Orgía de espa?olas desnudas en la playa" (Vjesnik), "Espa?olas detenidas por tocarse en la playa" (24 sata), "Nos atacaron, y sólo queríamos ahuyentar a un voyeur" (Slobodna Dalmacija).

La mayor parte de la prensa croata cita a testigos de la playa que afirman que el "espectáculo" duró casi una hora y media. Algunos diarios aseguran que el incidente se produjo cuando las mujeres atacaron a un varón que estaba sentado cerca de ellas por algo que él había hecho o dicho y cuando otras personas acudieron en su ayuda.

De aspecto "punk"

Se informa de que se trata de seis mujeres entre 27 y 33 a?os de aspecto "punk", que además iban acompa?adas de cuatro perros que andaban sin control por la playa, y que practicaban sus actividades sexuales ante numerosas personas, entre ella muchos ni?os que se encontraban allí.

Según "Slobodna Dalmacija" de Split, las espa?olas declararon con decepción "No more Croatia" después de declarar ante el juez de infracciones y alegaron que fueron atacadas aunque "sólo querían ahuyentar a un varón que se masturbaba en la playa" cerca de ellas.

 .ca; :carcaj :carcaj :carcaj :carcaj :carcaj
Por Espa?a: y el que quiera defenderla honrado muera; y el que traidor la abandone no tenga quien le perdone, ni en tierra santa cobijo, ni una cruz en sus despojos, ni las manos de un buen hijo para cerrarle los ojos.

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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #53 en: 05 de Septiembre de 2006, 14:47:35 pm »
Y que no hagan eso mismo en nuestras playas tiene delito  :carcaj

Desconectado Martineke

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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #54 en: 05 de Septiembre de 2006, 14:52:24 pm »
Jojojó.  :manitas
 ;;cer;;
Saludos y Buen Servicio.

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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #55 en: 05 de Septiembre de 2006, 14:57:13 pm »
Y que no hagan eso mismo en nuestras playas tiene delito  :carcaj

????????????? EFECTIVAMENTE !!!!!!!!!!!!!!!!!

Ahi esta el delito... en irse afuera a hacer esas cosas !!!!

Aqui no les habria pasado nada de nada y encima, lo nacional se queda en casa, que ya nos estamos pasando con eso de EXPORTAR !!!  :manitas
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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #56 en: 05 de Septiembre de 2006, 15:21:49 pm »
Bueno los veranitos esos de Benidorm son algo parecidos no?, los que aprovechaban los cacos para delinquir mientras estaban liaos... aunque creo que ahi se animaban todos, los de aqui y los de alli...jejejeje!!!  :cul  :k:  :flex;  :n:
1saludo.
La experiencia se consigue cuando ya no se necesita.-
Las cosas no se hacen por miedo al castigo sino por la satisfaccion del deber cumplido.-

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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #57 en: 05 de Septiembre de 2006, 15:49:41 pm »
Es lo que hay. Muchas chavalas q aauí son santitas teniaís que verlas en Inglaterra  :mus;

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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #58 en: 05 de Septiembre de 2006, 19:33:26 pm »
Yo pienso que aqui pasa lo mismo, las que alli son medio guarras cuando vienen aqui se vuelven guarras del todo. :bor:

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Re:Vigilancia marítima y seguridad en nuestras playas
« Respuesta #59 en: 05 de Septiembre de 2006, 21:16:22 pm »
Es lo que hay. Muchas chavalas q aauí son santitas teniaís que verlas en Inglaterra  :mus;
Debe ser que aquí se cortan porque se las conoce y por el qué dirán (de eso hay mucho)... :mus;
TO MENTIRA, TO POLÍTICA...

¿Mi nena? ¡bonica del tó!... :vergo