Autor Tema: Va de militares  (Leído 390385 veces)

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Re: Va de militares
« Respuesta #3800 en: 11 de Agosto de 2022, 08:56:22 am »

El Ejército de Tierra lanza un canal sobre alimentación con un cabo 1º al que su unidad le prohibió grabar vídeos en maniobras


Tuvo que borrar todas las imágenes en instalaciones y ejercicios militares. Ahora va a colaborar en un programa mensual en YouTube sobre gastronomía en las Fuerzas Armadas
El primer vídeo sobre alimentación del Ejército de Tierra.
photo_cameraEl primer vídeo sobre alimentación del Ejército de Tierra.
Aurelio Ruiz Enebral   chevron_right 11/08/22 access_time 1:02
“Muy buenas a todos y bienvenidos a ‘La Bandeja Metálica’, el nuevo proyecto en colaboración con el Departamento de Comunicación del Ejército de Tierra dedicado a la alimentación militar”.

Así comienza el primer vídeo que el Ejército de Tierra ha publicado en su canal de YouTube de un programa mensual sobre menús y recetas en el ámbito militar, equipos de cocina de dotación en el Ejército, raciones colectivas e individuales...

En el vídeo se ve a un militar preparar una receta de “pollo crunch”, que asegura que es el más demandado en ejercicios, en el patio del cuartel del Regimiento de Transmisiones nº 21, con base en Valencia.


 

El propio Ejército de Tierra identifica al militar: se trata del cabo 1º Simón Pedro López Font, especialista en Hostelería y Alimentación y destinado en el Regimiento de Transmisiones nº 21 de Valencia.

En estos vídeos de ‘La Bandeja Metálica’ -que hace el juego de palabras con la película bélica ‘La chaqueta metálica’- se prevé que participen también otros especialistas del Ejército de Tierra y colaboradores interesados en la gastronomía.

Pero por el momento el primer vídeo lo protagoniza este cabo 1º, que según ha podido saber ECD, es muy conocido en las Fuerzas Armadas.

Este militar tiene cuentas y canales en Instagram, Tik Tok, YouTube y Facebook. Durante un tiempo publicó vídeos en los que mostraba cómo cocinaba para su regimiento, en su cuartel y en maniobras, y cómo trataba de cuidar los menús que se servían a los militares.

Los vídeos tuvieron una gran acogida entre miembros de las Fuerzas Armadas. La cuenta en Instagram alcanzó varios miles de seguidores.

 
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Pero en el mes de mayo, este militar difundió un vídeo en el que comunicaba que iba a eliminar todos los vídeos de militar e incluso a cancelar sus cuentas en redes sociales. Le había llegado la orden de hacerlo, desde su cadena de mando, y tenía que acatarla.

Efectivamente, retiró numerosos vídeos grabados en las cocinas del cuartel, o en las tiendas que se utilizan en los campos de maniobras para preparar la comida.

El vídeo de despedida generó numerosos comentarios de apoyo. Cientos de militares le escribieron para darle su apoyo y para lamentar que los mandos de su unidad del Ejército de Tierra le hubieran ordenado acabar con estos vídeos sobre la alimentación en el Ejército.

Según parece, la orden de poner fin a los vídeos llegó desde la S-2, la sección de inteligencia de su regimiento.

El primer vídeo dispara las visitas
Tiempo después, sin embargo, volvió a publicar algunos vídeos en los que comentaba cómo preparaba algunos platos en su regimiento.

Ahora, esa misma idea se ha convertido en un proyecto oficial del Departamento de Comunicación Ejército de Tierra, que mantiene en YouTube un canal al que hay suscritos 65.600 usuarios.

En apenas cuatro días, el primer vídeo de ‘La Bandeja Metálica’, en el que aparece cocinando este cabo 1º, supera las 38.000 visualizaciones, muy por encima de las cifras habituales en los vídeos del canal del Ejército de Tierra. También tiene muchos comentarios que aplauden la reaparición de este cabo 1º.

Una vía para canalizar la idea
Fuentes del Ejército de Tierra explican que entre el cabo 1º, la unidad donde está destinado, y el Departamento de Comunicación del Ejército han ideado este proyecto para canalizar los vídeos de este cocinero militar.

Al grabarse los vídeos dentro un proyecto para el canal oficial de YouTube, se controlan mucho más cuestiones como la seguridad de las instalaciones.

El Ejército de Tierra ha concluido que la cocina y la alimentación puede ser un ámbito a través del cual se puede acercar la institución a un público más amplio. Valoró que el cabo 1º tenía una gran capacidad de comunicación, y por eso le ha ‘fichado’ para estos vídeos.

El proyecto se encuentra en sus inicios y está “vivo”, puede ir cambiando, si bien en principio la idea es lanzar un vídeo al mes, que al menos de momento tendrá como protagonista al cabo 1º Simón Pedro López Font, pero que podría ir contando con la colaboración de otros militares.

Los militares en las redes sociales
Las publicaciones que los militares hacen en sus perfiles personales en Twitter, Facebook, Instagram, Tik Tok y otras redes sociales llevan años provocando algunos dolores de cabeza en las Fuerzas Armadas.

El Ministerio de Defensa trató de cortar este fenómeno, por el peligro que podía entrañar de revelar información sensible sobre material, procedimientos e instalaciones militares.

Aún así, son muchos los militares que continúan publicando fotos de su trabajo diario, si bien la mayoría suele intentar evitar mostrar información sensible.

También se han dado casos de campañas virales entre militares, como la de varias mujeres soldado que publicaron vídeos en los que pasaban, de golpe, de estar vestidas de uniforme, a llevar ropa de fiesta.

Determinadas publicaciones provocan polémica entre los propios militares. Algunos vídeos, por ejemplo bailando con el uniforme, genera críticas de compañeros, que creen que se denigra y mancha la imagen de las Fuerzas Armadas.

Al mismo tiempo, el Ministerio de Defensa, el Estado Mayor de la Defensa, el Ejército de Tierra, la Armada, el Ejército del Aire... cada vez se atreven a publicar contenidos menos formales y más desenfadados en sus redes sociales, lo que también genera debate: algunos vídeos desatan una catarata de alabanzas, por lo impresionante de las imágenes y la calidad del montaje, y otros reciben muchas críticas contra contenidos que se interpretan como ridículos o irrespetuosos.


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Re: Va de militares
« Respuesta #3801 en: 12 de Agosto de 2022, 13:17:32 pm »

"Salud y República" ya resuena en los cuarteles de toda Europa


La reciente sentencia del Tribunal Supremo que absuelve a un cabo expulsado del Ejército por firmar un manifiesto antifranquista es noticia para la unión de asociaciones militares más importante de Europa.

MADRID, 11/08/2022 12:17 ACTUALIZADO: 11/08/2022 16:51 PABLO ROMERO
A Antonio Marco Santos le ampara la libertad de expresión. Así lo determino hace unas semanas la Sala Quinta (de lo Militar) del Tribunal Supremo, que le anuló dos faltas graves impuestas por Defensa, una por apoyar el Manifiesto de respuesta colectiva en contra del franquismo en las Fuerzas Armadas y la otra por las declaraciones que ofreció en una entrevista, en la que explicó su respaldo a dicho texto.

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Así, el Supremo ha anulado la sanción impuesta por el Ejército de Tierra al cabo Santos, por suscribir en 2018 un manifiesto contra el franquismo en las Fuerzas Armadas; considera que le amparaba la libertad de expresión y que decir "Salud y República" no vulnera la neutralidad política.


Si el hecho ha tenido eco en la prensa nacional, esta noticia ha cruzado fronteras y ha aterrizado en el sitio web de la Organización Europea de Asociaciones y Sindicatos Militares con sede en Bruselas y compuesta por 34 sindicatos, federaciones y asociaciones en 22 países.

Militares retirados exaltan a Franco y arremeten contra la "mariconería" de las leyes de igualdad
Militares retirados exaltan a Franco y arremeten contra la "mariconería" de las leyes de igualdad
Así anunciaba esta noticia en Twitter la Asociación por la Memoria Militar Democrática (AMMD), cuya importancia es notable para limpiar, de alguna manera, la imagen de las Fuerzas Armadas tanto España como en el exterior.

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La Organización Europea de Asociaciones y Sindicatos Militares con sede en Bruselas y compuesta por 34 sindicatos, federaciones y asociaciones en 22 países, hace resonar en Europa el fallo del TS español respecto a nuestro compañero por firmar el Manifiesto Contra el Franquismo. pic.twitter.com/XL7Oz4d344

— MILITARES ANTIFRANQUISTAS (@militaresantifa) August 9, 2022
El caso de Santos, soldado con contrato temporal, acumulaba faltas "graves" todas relacionadas con el ejercicio de la libertad de expresión y no con el descuido de los deberes profesionales; fue expulsado del Ejército, justo cuando le faltaba poco tiempo para cumplir 45 años y pasar reglamentariamente a la situación retribuida de reservista de especial disponibilidad (RED).

¿Qué ha significado esta sentencia?
Para Manuel Pardo de Donlebún, capitán de navío de la Armada y presidente de la AMMD — que no pertenece al conjunto de las asociaciones presentes en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas (COPERFAS)— es una buena noticia ya que en su asociación se dedican a "reivindicar a aquellos militares que fueron a la tradición democrática española, especialmente a quienes fueron fieles al Gobierno de la República".

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La marca en la frente que dejaron los campos franquistas de trabajo forzado
"El caso del cabo Santos siempre fue para nosotros un asunto de claro abuso militar para limitar su derecho a la libertad de expresión", prosigue Pardo, que añade que "el propio Tribunal Supremo reconozca implícitamente en su sentencia que este militar sufrió un abuso es importante y, aunque no entra al fondo de la cuestión, pone en su sitio a determinadas autoridades militares que usan el sistema disciplinario para limitar derechos".

Así, desde este punto de vista, el reconocimiento de esta organización de asociaciones militares europeas" tiene mucha importancia", explica, "porque, entre otras cosas, parecía que España constituía una excepción en el ámbito del asociacionismo militar".

 

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Re: Va de militares
« Respuesta #3802 en: 13 de Agosto de 2022, 08:44:53 am »


La polémica de Bolívar salta de su espada a las estatuas: militares piden su retirada en España


Una asociación militar instó al Ministerio de Defensa a que mediara ante las autoridades locales y autonómicas para que se quitasen los monumentos dedicados a Bolívar repartidos por el país

La polémica de Bolívar salta de su espada a las estatuas: militares piden su retirada en España Una asociación militar quiere devolver a Venezuela una estatua de Simón Bolívar en Sevilla. Wikimedia
GONZALO ARALUCE
PUBLICADO 13/08/2022 04:45
ACTUALIZADO 13/08/2022 04:50
Pocos podían imaginar que una de las polémicas del verano orbitaría en torno a la figura de Simón Bolívar. El gesto del rey Felipe VI en la toma de posesión de Gustavo Petro en Colombia ha suscitado una agria polvareda, arrastrando a los partidos políticos a un debate enconado. Pero lo cierto es que en España también ha habido una controversia soterrada en torno al militar, que lideró la rebelión contra la Corona. Según ha sabido Vozpópuli, una asociación de militares pidió a Margarita Robles que mediara para que se retirasen en España todas las estatuas dedicadas a Bolívar, al considerarlo un "traidor" que se "levantó contra su patria".

MÁS INFO


Felipe VI y la espada de Bolívar
Monedero y los independentistas catalanes critican al Rey por no levantarse al paso de la espada de Bolívar en Colombia
Este diario ya contó que la Asociación Tercios Viejos Españoles dirigió una carta al alcalde de Sevilla, cuyo cargo recaía entonces en Juan Espadas, a la postre candidato del PSOE a las últimas elecciones autonómicas de Andalucía. La asociación de militares consideraba "inaudito" que se honrase su memoria y no la de aquellos "soldados y marineros anónimos que dieron su vida por nuestra nación.


¿El motivo? Considerar a Bolívar un "traidor, por cuanto era español": "El general rebelde Juan Bautista Arismendi, por órdenes de Simón Bolívar, mandó fusilar a 886 prisioneros españoles en Caracas. Del 13 al 16 de febrero de ese mismo año, añadió a esa lista a otros 500 españoles enfermos y heridos ingresados". Que se recuerde su figura en España "sólo es posible en la confusión de nuestro días", aseveraban desde la asociación.

Después de Sevilla, llegó el turno de Cádiz y de otros municipios que cuentan con representaciones erigidas en nombre de Simón Bolívar o de aquellas figuras que, a partir del siglo XIX, lideraron los procesos de rebelión y de independencia en los territorios americanos. Pero los militares no obtuvieron respuesta de ninguno de ellos, ni por escrito ni por ninguna otra vía de comunicación.


Una solicitud a Robles
Así las cosas, la Asociación Tercios Viejos Españoles registró en abril de este año una solicitud en el Ministerio de Defensa. A su juicio, el departamento que dirige Margarita Robles es "el sucesor histórico" de las instituciones de la nación que, a lo largo de los siglos, "han velado por la seguridad y los intereses nacionales". "Fueron las antiguas Secretarias de Despacho de Guerra y Marina de Felipe V [...] las que enviaron a ultramar a los hijos de España a luchar en defensa de la nación española".

"Es por tanto, al Ministerio de Defensa, institución nacional que hoy día representa a las anteriores, a la que le corresponde la irrenunciable responsabilidad histórica de agradecimiento y reconocimiento de aquellos españoles", defendió la Asociación Tercios Viejos.



Por eso pidieron a la cartera de Margarita Robles que mediasen ante las "autoridades locales, autonómicas y centrales" para que se retirasen todas las estatuas en España dedicadas a Simón Bolívar y a todas aquellas figuras americanas y filipinas que "desde el punto de vista español, no son sino traidores que se levantaron contra su patria".

En este caso, a diferencia de lo que ocurrió con Sevilla o Cádiz, la respuesta sí llegó. Porque la asociación registró la solicitud ante el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas (COPERFAS), que debe contestar a las inquietudes planteadas por las asociaciones militares sobre cuestiones relacionadas con los militares españoles.


El Gabinete Técnico de la Subsecretaría de Defensa, no obstante, rechazó que el Ministerio tuviese competencia alguna en la mediación que solicitaba la asociación para la retirada de las estatuas de Bolívar: "Se informa que la propuesta hecha por la Asociación Profesional Tercios Viejos Españoles, sobre el tema del asunto, no es competencia ni se encuentra dentro del ámbito de actuación del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas".


Desconectado carax

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Re: Va de militares
« Respuesta #3803 en: 13 de Agosto de 2022, 18:11:00 pm »
Venga más tontos a sumar, si cuando se puso la estatua estaba bien, porque ahora no, este mundo está lleno de tontos.
PARTIDO SANCHISTA OBRERO ESPAÑOL. EL MAS MENTIROSO DE LA HISTORIA.

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Re: Va de militares
« Respuesta #3804 en: 16 de Agosto de 2022, 08:29:07 am »

Defensa prepara un decreto para evitar las represalias contra mujeres militares que denuncien discriminación por razón de sexo


El ministerio pretende garantizar que tengan las mismas medidas de protección que el resto de funcionarios ante el acoso y las órdenes que perjudiquen la conciliación de la vida familiar
Mujeres militares (Foto: Marco Romero/MDE).
photo_cameraMujeres militares (Foto: Marco Romero/MDE).
Aurelio Ruiz Enebral   chevron_right 16/08/22 access_time 1:04
Las normas aprobadas en los últimos años para evitar y perseguir el acoso sexual y por razón de sexo y la discriminación contra las mujeres en las Fuerzas Armadas necesitan un nuevo impulso.

Es la conclusión del Ministerio de Defensa, que según ha comprobado ECD, ya se ha puesto en marcha para aprobar un “Real Decreto de medidas ampliatorias para garantizar la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en los procesos de ingreso, formación y desarrollo de la carrera militar del personal de las Fuerzas Armadas”.

Represalias por denunciar
En la documentación que maneja el ministerio antes de redactar el decreto, Defensa explica que el problema que pretende solucionar con esta nueva norma es “evitar en el marco de la normativa de las Fuerzas Armadas las discriminaciones directas e indirectas; el acoso sexual y el acoso por razón de sexo; la discriminación por el embarazo, la maternidad, la asunción de obligaciones familiares o el ejercicio de los derechos de corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral; las represalias como consecuencia de las denuncias contra actos discriminatorios; y los actos y cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo”.

Todo se refiere a cuestiones relacionadas con determinadas situaciones de discriminación en las Fuerzas Armadas que pueden sufrir principalmente las mujeres, como por ejemplo si se quedan embarazadas, si piden acogerse a medidas de conciliación familiar, o si denuncian internamente que están sufriendo acoso sexual o por razón de sexo.

Llama la atención sobre todo la referencia a las “represalias como consecuencia de las denuncias contra actos discriminatorios”. Sin duda, la posibilidad de verse perjudicados por los mandos superiores es un motivo de peso, en una organización jerárquica como las Fuerzas Armadas, para evitar denunciar determinadas situaciones.

Misma protección que el resto de funcionarios
El Ministerio de Defensa ha considerado que es necesario modificar ciertas normas específicas para las Fuerzas Armadas que están actualmente en vigor, con la idea de favorecer la plena equiparación entre mujeres u hombres, para ejercer la corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, quedando prohibido cualquier trato discriminatorio directo e indirecto por razón de sexo.

También se trata de garantizar que los militares “gocen de las mismas medidas de protección y amparo que el resto de los trabajadores pertenecientes al sector público” en lo que respecta a casos de acoso sexual, acoso por razón de sexo, discriminación por razón de sexo y por embarazo, maternidad y conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Cambios en cinco decretos
Por ahora el departamento que dirige Margarita Robles no da pistas sobre los cambios concretos que pretende introducir para alcanzar esos objetivos de “aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres”.

Sí indica una serie de normas legales que contempla como antecedentes del decreto que prepara: el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, así como la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

 




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Ver más
Cita también una serie de decretos propios, aprobados desde 2009, que son los que pretende modificar con el nuevo que aprobará próximamente:

-- Real Decreto 168/2009, de 13 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos en las Fuerzas Armadas y sobre el acceso a la condición de militar de carrera de militares de tropa y marinería.

-- Real Decreto 293/2009, de 6 de marzo, por el que se aprueban las medidas de protección de la maternidad en el ámbito de la enseñanza en las Fuerzas Armadas.

-- Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales.

-- Real Decreto 1051/2020, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas.

-- Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas.

Por tanto, cabe entender que habrá cambios en la regulación del ingreso y los ascensos en las Fuerzas Armadas, y en las academias militares, entre otros ámbitos.

Guarderías, permisos, destinos...
Desde que asumió el Ministerio de Defensa, hace ya cuatro años, Margarita Robles ha hecho de las mejora de las condiciones laborales de los militares una de sus banderas, si bien las reclamaciones para subir los sueldos más bajos y para acabar con la temporalidad de Tropa y Marinería han provocado manifestaciones de asociaciones profesionales.

En este tiempo, el ministerio ha tratado de impulsar la apertura de guarderías en los cuarteles y ha aprobado cambios normativos para que los militares con hijos y reducciones de jornada para cuidarlos no tengan que hacer guardias ni desfilar en días festivos, en determinadas condiciones.

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Re: Va de militares
« Respuesta #3805 en: 24 de Agosto de 2022, 09:02:25 am »
La prevaricación es la figura más difícil de sacar adelante....




Archivada una denuncia por prevaricación contra el Jefe de Estado Mayor del Aire


Un cabo 1º retirado acusó al general Javier Salto por haber confirmado una sanción disciplinaria contra él, que fue anulada por el Tribunal Militar Central al no haber “prueba alguna”
El general del Aire Javier Salto, Jefe de Estado Mayor del Aire (JEMA).
photo_cameraEl general del Aire Javier Salto, Jefe de Estado Mayor del Aire (JEMA).
Aurelio Ruiz Enebral   chevron_right 24/08/22 access_time 1:04
El Tribunal Supremo no va a abrir un procedimiento penal al Jefe de Estado Mayor del Aire (JEMA), general del Aire Javier Salto Martínez-Avial, por la denuncia que presentó, contra él y contra un teniente general, un cabo 1º retirado del Ejército del Aire.

Confidencial Digital ha consultado el auto con el que la Sala Quinta, de lo Militar, del Supremo declara que no ha lugar a admitir a trámite esta denuncia, y procede al archivo de la misma.

El cabo 1º denunciante fue sancionado en su día por vía disciplinaria, con la pérdida de 15 días de sueldo, por haber cometido una falta grave consistente en “la inobservancia de las órdenes de los superiores en la estructura orgánica u operativa”, prevista y sancionada en los artículos 7, apartado 2 y 11.2 y 16 de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Los hechos por los que fue sancionado el cabo 1º sucedieron en 2017. Este militar estaba destinado en el Ala 31 del Ejército del Aire, en la base aérea de Zaragoza. Se le abrió expediente disciplinario por supuestamente haberse negado a obedecer la orden de un capitán, el segundo de la aeronave, de retirar del avión C-130 Hércules los blocajes de la puerta paracaidista, durante un ejercicio paracaidista.

Un comandante del Cuerpo Jurídico Militar instruyó el expediente y propuso imponer al cabo 1º esa sanción de 15 días de sueldo como autor de una falta grave de “inobservancia de las órdenes de los superiores en la estructura orgánica u operativa”.

El entonces general jefe del Mando de Personal del Ejército del Aire, teniente general Pedro José Abad Gimeno, impuso al cabo primero la sanción propuesta por el comandante jurídico. El sancionado presentó un recurso de alzada, que fue desestimado por el general del Aire Javier Salto, Jefe de Estado Mayor del Aire, por resolución de 5 de abril de 2018.

El cabo 1º recurrió la sanción ante el Tribunal Militar Central, que le dio la razón. Estimó el recurso y anuló la sanción al considerar que se le había impuesto sin que existiera “prueba alguna de la existencia de la orden cuyo incumplimiento se achaca al recurrente por las resoluciones recurridas, conclusión que se impone palmariamente cuando el Oficial que, según la Administración sancionadora, emitió la orden desobedecida, niega tajantemente su existencia en sede judicial”.

Tras lograr que se le anulara esa sanción, el cabo 1º (ya retirado) presentó hace unos meses una denuncia contra los dos oficiales generales que aprobaron esa sanción: el general del Aire Salto, que continúa siendo Jefe de Estado Mayor del Aire, y el teniente general Pedro José Abad Gimeno, ya en situación de retiro.

Le acusó de haber cometido un delito de prevaricación, al haber tomado una decisión -imponerle una sanción- injusta, al no haber prueba alguna de que hubiera desobedecido ninguna orden.

 
Tal y como se contó en estas páginas, el Tribunal Militar Central consideró que la competencia para estudiar esa denuncia correspondía a la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, al estar aforados ante ella los militares con empleo de general del Aire y teniente general.

Pues bien: el Tribunal Supremo ha analizado el caso y ha decidido inadmitir la denuncia y archivarla. El motivo es que entiende que de los hechos denunciados no se concluye que el Jefe de Estado Mayor del Aire, ni el ex jefe del Mando de Personal del Ejército, cometieran un delito de prevaricación, ni tampoco ninguna otra infracción penal.

Cautela con la prevaricación
“La sumaria verificación de que han sido objeto los hechos a los que la denuncia del Cabo Primero del Ejército del Aire en situación de retiro se contrae, en lo que concierne al General del Aire, Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, y al Teniente General Jefe del Mando de Personal del Ejército del Aire, en situación de retiro, al solo objeto de decidir si concurre en los mismos algún indicio delictivo, pone de manifiesto que no concurre indicio alguno de infracción penal”, apuntan los magistrados.

Esa misma conclusión se repite a lo largo de las 21 páginas del auto. El Supremo analizó el contenido de la denuncia formulada y examinó las actuaciones del caso, y en base a ello “la Sala rechaza, como hemos adelantado, que pueda apreciarse en la conducta observada por los hoy denunciados [...] cualquier indicio de actuación prevaricadora, y más concretamente de abuso de autoridad cuya comisión se amenaza en el artículo 45 del vigente Código Penal Militar”.

En el auto se advierte que “los tribunales de justicia suelen mostrarse cautelosos a la hora de admitir a trámite una querella o denuncia por prevaricación administrativa, en orden a evitar la sistemática criminalización de los actos de la Administración y una ampliación desmesurada del ámbito de actuación del Derecho penal”.

Los magistrados se detienen en explicar con detalles la amplia jurisprudencia sobre los requisitos para que la actuación de un funcionario o autoridad administrativa o política sea considerada delito de prevaricación. En base a esos parámetros, “no puede sostenerse ningún título de imputación penal, siquiera sea con carácter provisional, contra los oficiales generales denunciados”, por varios motivos.

Ni injusticia ni arbitrariedad
El primer motivo es que, en el caso denunciado, el Supremo advierte “ausencia de notoria injusticia o arbitrariedad en las resoluciones disciplinarias sancionadora y resolutoria del recurso de alzada”, que dictaron el teniente general retirado Pedro José Abad Gimeno y el general del Aire Javier Salto Martínez-Avial.

“Rechazamos cualquier asomo de injusticia o arbitrariedad en la actuación disciplinaria de las autoridades denunciadas, pues el relato fáctico que sustenta la calificación jurídica y del que deriva la decisión sancionadora contenida en las resoluciones disciplinarias adoptadas por las autoridades disciplinarias de mérito podía inferirse sin esfuerzo de la prueba lícitamente obtenida y regularmente practicada en el expediente disciplinario por falta grave […] seguido contra el ahora denunciante”, señala el alto tribunal, “aunque no así de la practicada en sede del ramo de prueba en el ulterior recurso contencioso-disciplinario militar ordinario”.

Es decir, apunta que la sanción que impusieron en vía disciplinaria podría estar justificada con las pruebas que se manejaron en el expediente disciplinario, si bien en vía judicial surgieron otras pruebas.

Un capitán cambió su declaración
Frente al argumento del cabo 1º denunciante, los magistrados de la Sala de lo Militar establecen que el hecho de que la sentencia del Tribunal Militar Central estimara vulnerado, por las autoridades sancionadoras del Ejército del Aire, el derecho fundamental a la presunción de inocencia del cabo 1º “no comporta que la actuación de las autoridades administrativas ahora denunciadas fuera, a la vista del contenido del material probatorio de que dispusieron y conforme al cual adoptaron las aludidas resoluciones, injusta o se apartara de los cauces normales y habituales de interpretación en un Estado de Derecho”.

En el auto del TS se indica que la actividad probatoria llevada a cabo en el expediente disciplinario “permite deducir sin esfuerzo que el cabo primero no dio cumplimiento a los reiterados mandatos transmitidos por dicho oficial para que procediera al desblocaje de la puerta paracaidista izquierda del avión Hércules en el que se iba a realizar una misión programada”.

“De ahí que pueda sostenerse que la aplicación del Derecho llevada a cabo por las autoridades sancionadoras denunciadas respondía a un modo aceptable de interpretación lógico-jurídica y no a un puro voluntarismo”, es la conclusión a la que llegan los magistrados.

Y eso es así aunque la actividad probatoria practicada en sede judicial que realizó la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central “conduzca a un resultado distinto del obtenido en la vía disciplinaria, como es el caso, lo cual encuentra su razón de ser a partir de la diferente versión de los hechos que el principal testigo de cargo”, un capitán, “ofreció en el procedimiento judicial”.

Esa es la explicación que, según el auto del TS, justifica que lo que fue sancionado en vía disciplinaria, resultó absuelto en vía judicial: el cambio de testimonio del capitán que participaba en el ejercicio por el que fue expedientado el cabo 1º.

El Supremo descarta “la concurrencia de injusticia o arbitrariedad en las respectivas decisiones sancionadoras adoptadas por las autoridades disciplinarias denunciadas”.

De acuerdo a sus asesores jurídicos
En el auto que inadmite la denuncia se pone énfasis en varias ocasiones en que tanto el Jefe de Estado Mayor del Aire como el teniente general jefe del Mando de Personal “dictaron sus respectivas resoluciones de conformidad con el previo y preceptivo informe de sus respectivos Asesores Jurídicos”.

Incluso llega a decir que las resoluciones que impusieron la sanción eran congruentes “con el resultado de la prueba practicada en el Expediente Disciplinario”, y “es más, lo que sí hubiera resultado injusto hubiera sido, dado el contenido del caudal probatorio de que dispusieron y el carácter incriminatorio o inculpatorio que el mismo presentaba respecto del ahora denunciante, resolver en sentido contrario a como lo hicieron, apartándose, además, del sentido de los respectivos informes preceptivos de sus Asesores Jurídicos”.

Insiste en que “la actuación del General del Aire, Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, y el Teniente General Jefe del Mando de Personal del Ejército del Aire, en situación de retiro, hoy denunciados, al ejercer, previos los asesoramientos jurídicos preceptivos, la potestad sancionadora respecto del denunciante en los términos dichos de razonable interpretación de la norma habilitante, no reviste carácter punible”.

Por tanto, considera el Supremo que “tampoco puede apreciarse en el caso que nos ocupa la concurrencia del tipo subjetivo, es decir, el hecho de dictar resolución a sabiendas de su injusticia, exigido en la prevaricación administrativa para colmar la figura delictiva de mérito”.

Descartado el interés espurio
El auto, más extenso de lo habitual, remarca en numerosas ocasiones la idea de que “es evidente que las resoluciones dictadas por los Excmos. Sres. General del Aire y Teniente General del Ejército del Aire denunciados no se aprecia, ni por asomo, en razón de cuanto se ha expuesto al examinar la actuación de cada uno de dichos oficiales generales en dicho procedimiento sancionador, que ninguna de tales actuaciones sea contraria a Derecho, es decir, ilegal, pues se han ajustado escrupulosamente las mismas a lo previsto en el ordenamiento jurídico”.

Deja claro que en este caso los dos generales no abusaron de sus facultades de mando de forma evidente y flagrante: “Es evidente que las resoluciones adoptadas por dichos oficiales generales en modo alguno se dictaron con intención deliberada y plena conciencia de actuar al margen o en contra del ordenamiento jurídico”, de nuevo “máxime cuando ambos denunciados dictaron sus respectivas resoluciones de conformidad con el respectivo informe motivado fáctica y jurídicamente por sus correspondientes Asesores Jurídicos y sin realizar consideración adicional alguna de la que pueda colegirse aquella intención”.

El Supremo examinó con detenimiento los informes de los asesores jurídicos que habían intervenido en el caso, y concluyó que la “razonada motivación” de esos informes “no permite atisbar intención alguna de utilizar la vía disciplinaria con una finalidad torcida o contraria al ordenamiento jurídico, ni la de procurar un trato arbitrario o injusto hacia el sancionado”, por lo que “el interés espurio de los denunciados queda descartado”.

Ausencia de prueba de cargo en el tribunal
Tampoco acogió el TS el argumento de que la sentencia del Tribunal Militar Central señale al JEMA y al ex jefe del Mando de Personal como autores de ilícitos de forma deliberada.

“Si bien es cierto que la resolución judicial revocatoria de la resolución sancionadora reconoce la vulneración del derecho a la presunción de inocencia del sancionado”, admite el Supremo, “no lo es menos que dicha infracción no la fundamenta en la inexistencia de prueba de cargo en el Expediente Disciplinario -prueba que la sentencia no entra a examinar-, sino en la ausencia de prueba de cargo en la instancia judicial”.

Y es que en la testifical realizada ante el tribunal “impidió al Tribunal declarar como hecho probado que la orden en cuestión fuera dada por el oficial que, según la Administración sancionadora, emitió la orden desobedecida”, el capitán ya mencionado.

Se ajustaron “escrupulosamente” a las normas
“Todo lo anterior nos permite concluir que no ha existido [...] el más mínimo indicio de actuación prevaricadora y que su actuación ejerciendo la potestad sancionadora respecto del denunciante, siempre previos los asesoramientos jurídicos preceptivos, no reviste, en modo alguno, carácter delictivo”, señala el Supremo.

Subraya que “en ninguna de las resoluciones dictadas por el General del Aire, Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, y el Teniente General Jefe del Mando de Personal del Ejército del Aire, en situación de retiro, hoy denunciados, se aprecia un abuso de las facultades de mando o de su posición en el servicio”.

Al contrario, el auto -del que fue ponente Fernando Pignatelli, quien llegó a ser jefe adjunto de la Asesoría Jurídica General de la Defensa- aplaude en el general Salto y el teniente general Abad “la más escrupulosa sujeción a la normativa disciplinaria de las Fuerzas Armadas”, así como “un uso cabal, prudente y moderado de las facultades que dicha normativa les concedía”.

Llega incluso a decir que “las actuaciones llevadas a cabo por los citados oficiales generales ponen de manifiesto que las resoluciones disciplinarias dictadas por estos se ajustan escrupulosamente a las normas vigentes en la materia”.

Archivo al no apreciar indicios de delito
En definitiva, la Sala Quinta del Tribunal Supremo considera que en las resoluciones adoptadas por el JEMA y el entonces jefe del Mando de Personal no concurren “ni la ilegalidad ni la flagrante arbitrariedad” que exige el tipo penal del abuso de autoridad en su modalidad de irrogar un perjuicio grave a un subordinado del artículo 45 del Código Penal Militar.

Tampoco aprecia la concurrencia en los hechos denunciados “del inequívoco elemento subjetivo de carácter doloso preciso para colmar el tipo penal de abuso de autoridad”.

Por ello, y lo va repitiendo a lo largo del auto, no aprecia indicios de delito en los hechos denunciados por el cabo 1º: “Puede concluirse que no existe ningún hecho de relevancia penal que pueda ser imputado a los oficiales generales denunciados”.

De ahí que acabe señalando que “resulta procedente disponer el archivo, sin más trámite, de las actuaciones incoadas como consecuencia de la denuncia interpuesta por el indicado Cabo Primero, en situación de retiro, en lo que atañe a los citados oficiales generales”.

Recurso de súplica, o al TC
Fuentes cercanas al denunciante critican que a su abogado no se le ha notificado aún el auto. En todo caso, apuntan que cabe recurso de súplica ante la misma Sala Quinta, de lo Militar, del Tribunal Supremo.

Incluso barajan presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Lamentan que el Supremo sea “muy proteccionista” con la institución, ya sea el Ministerio de Defensa o los ejércitos, así como con los oficiales generales.


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Re: Va de militares
« Respuesta #3806 en: 27 de Agosto de 2022, 08:56:28 am »
El. arma láser ya es una realidad, EE.UU acaba de instalar el primer cañon láser en el buque Helios

https://youtu.be/jMx1-yaRLyQ

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Re: Va de militares
« Respuesta #3807 en: 30 de Agosto de 2022, 11:39:01 am »
 
Una asociación de militares retirados difunde un artículo misógino y homófobo contra altos cargos públicos


La autoría del texto está falsamente atribuida a un historiador del arte y filósofo que, en declaraciones a este medio, se ha mostrado “sorprendido” y ha negado de forma categórica haberlo escrito
Hemeroteca — Un grupo de 181 militares retirados firman un manifiesto en defensa de Franco: “Su figura ha sido vilipendiada hasta el extremo”




Extracto del artículo alojado en la web de la Asociación de Militares Españoles
Extracto del artículo alojado en la web de la Asociación de Militares Españoles
Santiago Cabrera Catanesi

29 de agosto de 2022 19:33h
11

SEGUIR AL AUTOR/A
La Asociación de Militares Españoles (AME) tiene subido a su página web desde el 18 de agosto un artículo de opinión en el que se profieren graves improperios misóginos y homófobos a ministros y altos cargos del Estado. Desde esa fecha la agrupación, formada por militares retirados franquistas, está difundiendo un texto en el que llama “puta” al Fiscal General, Álvaro García Ortiz, a la exresponsable de RTVE, Rosa María Mateo, al director del CIS, José Félix Tezanos, al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y a la ministra de Igualdad, Irene Montero.


La firma de la pieza está falsamente atribuida a un historiador del arte y filósofo que, en declaraciones a este medio, se ha mostrado “sorprendido” por la existencia del texto y ha negado de forma categórica ser autor del mismo. El artículo se encuentra dentro de una pestaña llamada 'Leído en medios' y supuestamente fue publicado en prensa el 15 de agosto. Este medio ha intentado ponerse en contacto con la asociación franquista para averiguar la procedencia de la pieza de opinión, sin éxito.

Quien dio aviso de la existencia del texto fue Podemos en la Región de Murcia. Su portavoz, María Marín, pidió la dimisión del único concejal de Vox en la localidad de Mazarrón, Carlos Corvalán Roldán, por compartir el artículo en su perfil de Facebook, que ya ha borrado.


Varios medios regionales se hicieron eco de la denuncia desde la formación morada. Marín rechazó que desde la responsabilidad de un cargo de representación ciudadana como el que ocupa el edil “alguien pueda llamar putas a todas las mujeres que no piensan lo que quiere la extrema derecha”.


Nos solidarizamos mucho con la primera ministra de Finlandia y está bien. Pero cuando acosan a la Ministra @IreneMontero parece que es distinto.
Aquí tenéis la publicación de un concejal de @MazarronVox llamando “puta” a la Ministra. En un país normal mañana estaría dimitiendo. pic.twitter.com/BNVBdF5nd5

— María Marín (@MariaMarinMart) 23 de agosto de 2022
El alcalde de Mazarrón, Gaspar Miras –PSOE–, emitió un breve comunicado en el que señaló que las declaraciones de Corvalán “lo único que persiguen es desunir y crispar, cuando el trabajo de un servidor público ha de ser crear concordia y unidad en torno al poder representativo. El edil de extrema derecha también compartió a principios de mes un post exaltando la figura Francisco Franco: ”Dios, qué buen vasallo, si oviera Buen Señor“.


En 2018 la misma asociación difundió un manifiesto firmado por 181 miembros titulado “Declaración de respeto y desagravio al general Francisco Franco Bahamonde, soldado de España”, en el que denunciaron la “campaña infame” que estaba llevando a cabo “la izquierda política” para desprestigiar al dictador a través de la “perversa pretensión” de exhumar sus restos del Valle de los Caídos. Un año después, Franco fue trasladado al cementerio de Mingorrubio. El manifiesto en favor del dictador sirvió de resorte para expulsar ese mismo año a la asociación del recinto público que ocupaban en las instalaciones de Ejército del Aire.

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Re: Va de militares
« Respuesta #3808 en: 30 de Agosto de 2022, 11:46:00 am »
El artículo completo.

Asociación de Militares Españoles
ASOCIACIÓN DE MILITARES ESPAÑOLES
«PROSTITUCIÓN»
AGOSTO 18, 2022


REMITIDO

Esto de Manuel Ruiz Zamora sobre «prostitución» es una maravilla.

Yo he llegado a la conclusión de que, en efecto, soy partidario de prohibir por ley la prostitución, pero no lo que habitualmente se denomina con tal nombre, para lo que reclamaría una regulación que le confieriera los derechos laborales y fiscales de los que disfruta cualquier profesión, algunas de ellas mucho menos dignas, como acosador telefónico a cargo de alguna multinacional o tertuliano de cadena de televisión. Yo llamo prostitución, por ejemplo, a escribir en El País en general y a desarrollar un editorial, en particular, defendiendo que los derechos de los castellanohablantes están escrupulosamente protegidos en Cataluña. A mí me parece que, incluso si has elegido en la vida ejercer de puta, deberías prescribirte unos límites irrebasables de dignidad, más allá de los cuales incluso tu condición humana se torna discutible. Un fiscal general del Estado, por definición, no puede ejercer la prostitución. No puede decir, salvo trastorno mental sobrevenido, que con Miguel Angel Blanco no hay caso. Si te han elegido para eso y has aceptado, simplemente tienes que asumir que eres una de las putas más indecentes y arrastradas de este país y que la reacción que producirás en cualquier persona decente que se ralacione contigo será el asco. Que tu antecesora lo haya sido más que tú, hasta haber alcanzado una dimensión paradigmatica del término en lo referente a su vertiente barriobajera y patubularia, no te justifica, campeón. La prostitución es especialmente grave cuando implica la degradación de alguna institución del Estado. Si tú eres Rosa Maria Mateo y pones la Televion Española al servicio de la basura ideológica de Podemos, cualquiera que te vea por la calle podá¡ pensar que eres más puta que el mismísimo Gil de Biedma cuando se reputaba de tal forma en su célebre poema. Si diriges el Centro de Investigaciones Sociológicas y arrodillas las encuestas al servicio de los intereses del gobierno eres una puta por más calvo y gordo que seas, aunque en tu caso creo que eres de esas putas que goza inmensamente abriéndose de piernas. El apellido Marlaska ya contiene cierta misteriosa referencia interna a la prostitución. Si eres puta, eres puta, por más que intentes esconderte en Chueca. Podría seguir siguiendo y seguiría siempre, pero me gustaría señalar simplemente que lo que antes se llamaba prostitución y que muchas de estas putas que he indicado quisiera prohibir, implicaba al menos un imperativo de belleza y, en muchos casos, no sólo física. Obsérvese bien que todas estas putas que he reseñado son putas feas, porque uno de los efectos mas expresivos de la prostitución es que afea aún más a quien ya lo es por nacimiento, hasta irradiar un halo de cierta monstruosidad que genera una profunda incomodidad en quien lo contempla. No hay nada más feo que una puta al servicio del poder. Por todo ello, he terminando asumiendo que estoy a favor de abolir la prostitución por ley. El problema es que las putas, para eludir ante la opinión pública su escandalosa condiciónde tales, se empeñan en legislar contra unas pobres mujeres que se buscan la vida como pueden. Pero que no se engañen: sabemos muy bien quienes son, porque las putas, aunque se vistan de ministras, putas son.

Manuel Ruiz Zamora, 15 de agosto de 2022

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Re: Va de militares
« Respuesta #3809 en: 02 de Septiembre de 2022, 08:32:03 am »

52 años de cárcel para un militar pederasta: su mujer halló calzoncillos de niños en la mochila


Militar y entrenador de un equipo de fútbol infantil, guardaba 50.000 archivos pedófilos con niños desnudos en vestuarios y abusos a menores.
2 septiembre, 2022 00:58
Juan Nieto  @JuanNietoIvars Valencia

El hallazgo casual de unos dispositivos electrónicos con 50.000 archivos pedófilos ha permitido apartar a un peligroso pederasta de los entrenamientos de un club de fútbol infantil de un pueblo de la provincia de Valencia.

Durante años, el acusado, un militar de unos 35 años y con un hijo, grabó a sus víctimas en los vestuarios, todos menores de entre 10 y 15 años. Además, registró imágenes de abusos sexuales y los tocamientos que sufrieron al menos tres niños menores de 16 años mientras estaban en su casa.

Su mujer encontró los dispositivos en una mochila la noche de Navidad del año 2019. En la bolsa también aparecieron calzoncillos de niños y la investigación policial ha constatado que los conservó junto a las grabaciones para alimentar sus deseos sexuales.

La Audiencia de Valencia ha condenado a 52 años de prisión a este militar, de nombre Jaime M. y residente en la ciudad. No obstante, la sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, fija como tiempo máximo de cumplimiento de las penas en 20 años de prisión.

Se trata de uno de los crímenes pedófilos más impactantes y graves de los últimos años en la Comunidad Valenciana. El juicio arrancó en abril y la sentencia confirma el relato de la Fiscalía tras validar la investigación de la Policía y la obtención de las pruebas.

El acusado intentó apartar del caso los dispositivos electrónicos e incluso presentó una querella contra su mujer por revelar el contenido de las imágenes a la Policía. Su abogado denunció que fueron aportados con la "clara finalidad de incorporarlos a un procedimiento penal", pero la sala ha concluido que no se atentó contra su intimidad.

Los abusos

Este pedófilo entrenaba a un equipo de fútbol de la categoría infantil formado por niños de 10 a 12 años. Y aprovechando que en su condición de entrenador podía acceder a los vestuarios donde los niños se duchaban, grabó vídeos en los que se veía a niños desnudos tras haber salido de la ducha, según recoge la sentencia.

Con el tiempo, las prácticas pedófilas fueron a más y llegó a abusar de los hijos de una amiga que se quedaban a su cargo. Él era el padrino de uno de ellos y obtuvo muchas de las imágenes mientras los críos dormían.

Entre 2018 y 2019, "les efectuó, con ánimo lúbrico, tocamientos en los órganos sexuales, tocamientos con su pene e, incluso, les practicó felaciones, al menos, en una ocasión a cada uno de ellos y cuando el mayor aún tenía 12 años".

Igualmente, en alguna ocasión, "introdujo su pene entre las nalgas" de uno de ellos y "efectuó movimientos similares a los de una penetración anal". El entrenador tomó de cada uno de ellos "muchas fotografías y grabó, también de cada uno de ellos, varios vídeos cuando realizaba tales actos".

Su amiga renunció a denunciar para no hacer pasar a sus hijos por todo el proceso judicial. Cuando reconoció a sus hijos en las imágenes, tuvo que se atendida por un médico.

Los abusos se extendieron a miembros de su propia familia. Entre las víctimas se encuentra un primo hermano del acusado, al que también grabó practicando tocamientos y encuentros sexuales.

"Calzoncillos pequeños"

El hallazgo de la mochila en la que escondía calzoncillos de niños y los lápices de memoria se produjo la noche del 24 al 25 de diciembre de 2019. El matrimonio había pasado la Nochebuena con unos familiares y, al llegar a casa, la mujer le dijo que se fuera a pegar una vuelta porque había bebido mucho.

Ella se quedó dentro y se puso a hacer cosas de la casa. Fue a poner una lavadora y, al ver la mochila de su marido en el suelo de la galería, la abrió para ver si había ropa que lavar.

Era una mochila de uso común, sin candado alguno, la misma que utilizaba para guardar la ropa de su hijo cuando dormía en casa de algún familiar.

Al abrirla, su mujer encontró una bolsa amarilla "con calzoncillos pequeños que no reconoció" y al lado un bote verde con varios USB. A partir de ahí se puso muy nerviosa, pues ya había encontrado en otras ocasiones ropa interior infantil y su marido le decía que se la dejaban olvidada en los vestuarios los niños del equipo que él entrenaba.

En ese momento no se extrañó. Él pidió que los lavara y ella creyó su versión. Incluso llegó a encontrar calzoncillos de niño en un batín y le dio la misma explicación.

Pero aquella noche se asustó y pensó en su hijo. "No sabía qué podía pasar, pero sí que algo estaba pasando", subraya la Audiencia de Valencia.

Ella no podía imaginar el monstruo con el que convivía y en ese momento recordó diversas escenas que, cuando descubrió los archivos pedófilos, cobraron sentido.

Al parecer, un día vio en la televisión de casa fotos de penes y su marido le dijo que habría "entrado" un virus. "Vio los genitales en pantalla cuando al ir a colocar un PEN en la televisión, quedó una imagen -la de los genitales- en la memoria de la televisión". Y otro día se encontró con imágenes similares en su teléfono móvil.

"Preocupada por su hijo"

La mujer temía que su hijo podría estar entre las víctimas y localizó otros dispositivos. "Puso el que cogió en el ordenador y empezó a ver imágenes de niños desnudos, no reconoció a ninguno. Muy asustada, muy preocupada por su hijo, por lo que pudiera pasarle a ella", dice las sentencia.

"En ese momento no sabía si podía haber imágenes de su hijo". Fue entonces cuando la mujer llamó a la Policía Nacional y detuvo al entrenador.

Durante el juicio, no dio ninguna explicación sobre el contenido de los archivos y se limitó a relatar sus problemas con el alcohol y la cocaína. La sentencia prohíbe que vuelva a trabajar con niños durante los próximos 14 años.

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Re: Va de militares
« Respuesta #3810 en: 12 de Septiembre de 2022, 15:55:07 pm »

Investigado un teniente coronel del Ejército por irregularidades en la gestión de los gastos de la Guardia Civil de Valencia


El Servicio de Asuntos Internos (SAI) realiza un registro en el cuartel de Benimaclet y analiza documentación de contratos de obras y compra de material
JAVIER MARTÍNEZ
Lunes, 12 septiembre 2022, 15:08
El Servicio de Asuntos Internos (SAI) de la Guardia Civil investiga a un teniente coronel del Ejército destinado en la VI Zona de Valencia por irregularidades que habría cometido, presuntamente, en la gestión que realizaba en el negociado de obras en cuarteles, compra de material y dietas, entre otros gastos.


Los agentes del SAI han realizado esta mañana un registro en el despacho del teniente coronel en el cuartel de Benimaclet y están analizando documentación relacionada con los contratos que gestionó el investigado. Otro guardia civil destinado en el mismo departamento fue investigado también hace años, según han informado fuentes del instituto armado.

El teniente coronel del Ejército investigado pertenece al Cuerpo Militar de Intervención y lleva 15 años realizando funciones de interventor en la VI Zona de la Guardia Civil de Valencia, donde gestionaba el dinero que la Dirección General de la Guardia Civil destina a los cuartes de la Comunitat Valenciana para material de oficina, dietas y otros gastos.

Las supuestas irregularidades que le atribuyen los investigadores corresponden a pequeñas cantidades de dinero. Su cometido era el control de la gestión económica mediante una función interventora, así como el asesoramiento y la auditoría pública, según han informado las mismas fuentes. Los agentes del Servicio de Asuntos Internos han intervenido varios documentos durante el registro del despacho del teniente coronel.

El secretario general de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) de Valencia, Miguel López, ha lamentado los hechos al considerar que perjudican a todos los guardias civiles. "Esperamos que la investigación aclare las irregularidades, y en el supuesto de ser ciertas, que devuelva el dinero para utilizarlo en la mejora de los servicios de la Guardia Civil", ha manifestado el portavoz en Valencia de la asociación más representativa del instituto armado.

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Re: Va de militares
« Respuesta #3811 en: 20 de Septiembre de 2022, 08:41:01 am »
Muere un cabo de 40 años de la Armada en Murcia al caer desde lo alto de una muralla



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Re: Va de militares
« Respuesta #3812 en: 21 de Septiembre de 2022, 08:32:23 am »

Seis meses de cárcel para un subteniente del Ejército por llamar “ignorante” a un oficial


El Supremo confirma la pena al entender que no fue una mera respuesta espontánea, sino que se reafirmó y afectó gravemente a la disciplina militar

FECHA
21/09/22access_time 1:02

A.R.E.
Responder “qué ignorancia” ante la instrucción dada por un comandante le ha costado a un subteniente del Ejército de Tierra una condena de cárcel de seis meses por un delito de insulto a superior en la modalidad de injurias.

Así lo ha establecido el Tribunal Supremo, en una sentencia reciente de la Sala Quinta, de lo Militar, que ha consultado Confidencial Digital.

El Supremo ha desestimado el recurso de casación que presentó el subteniente contra la sentencia del Tribunal Militar Territorial Cuarto, que en mayo de 2021 impuso a este suboficial una pena de seis meses de cárcel.


Orden de un comandante a un subteniente
Los hechos sucedieron en el Acuartelamiento de Loyola, en San Sebastián, en el seno del Regimiento de Infantería Ligera ‘Tercio Viejo de Sicilia’ nº 67, del Ejército de Tierra.

El comandante que ejercía de jefe interino de la Plana Mayor entró en la cuarta sección de la plana, donde se encontraban dos suboficiales: un subteniente y un brigada. El comandante ordenó al subteniente, jefe de la cuarta sección (la dedicada a Logística), que llamara por teléfono a la unidad de helicópteros de Logroño, el Batallón de Helicópteros de Maniobra III (BHELMA III) de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra (FAMET).


El coronel jefe del regimiento había encargado al comandante que cuantificara los gastos y elaborara un presupuesto sobre cuánto costaría, en combustible, trasladar un helicóptero de tamaño medio al cuartel de Loyola, con previsión de hacer una futura solicitud formal por conducto reglamentario.

Por ello el comandante ordenó al subteniente jefe de la cuarta sección de la Plana Mayor que llamara a la base de helicópteros de Logroño, para consultar el coste aproximado de combustible de ese traslado.


“Qué ignorancia”
Al recibir la orden, el subteniente “manifestó que con esos datos no podía hacer la gestión encomendada”. Pero además añadió, en un tono de voz bajo pero audible para los allí presentes, la frase “qué ignorancia”.

El comandante le preguntó al subteniente si le estaba llamando ignorante a él. Según los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Territorial Cuarto, “el subteniente contestó que sí, que era un ignorante y que lo demostraba todos los días”.

 
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Poco después, el comandante jefe interino de la Plana Mayor convocó en su despacho a ese subteniente que le había llamado ignorante, y a otro suboficial del mismo empleo, el más antiguo de la Plana Mayor.

En presencia de ese otro suboficial, el comandante relató lo sucedido en el despacho de la cuarta sección, y volvió a preguntar expresamente al subteniente si reconocía los hechos relatados. La contestación fue que no respondería a nada delante del otro subteniente, “poniéndose en ese momento fin a la dicha reunión”.

La sentencia de instancia recoge también que finalmente el subteniente que había recibido la orden “estableció comunicación telefónica con la base de helicópteros” situada en Agoncillo (La Rioja).

Le atendió otro subteniente, al que el recurrente “explicó que el motivo de la llamada era recabar información sobre el gasto de solicitar el apoyo de un helicóptero”, pero volvió a indicar que no disponía de datos más concretos, por lo que llamaría más tarde cuando dispusiese de mayor información sobre lo solicitado”.

Respuesta “irreflexiva”
El Tribunal Militar Territorial Cuarto condenó al subteniente a una pena de seis meses de prisión, por un delito consumado de insulto a superior en la modalidad de injurias, previsto en el artículo 43 del Código Penal Militar:

-- “El militar que, sin incurrir en los delitos previstos en el artículo anterior [que castiga a quien maltratare de obra a un superior o atentare contra su libertad sexual], coaccionare, amenazare, calumniare o injuriare gravemente a un superior, en su presencia o ante una concurrencia de personas, por escrito o con publicidad, será castigado con la pena de seis meses a tres años de prisión. Cuando no concurrieren estas circunstancias se impondrá la pena en su mitad inferior”.

El subteniente presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, en el que alegó que se le había aplicado indebidamente ese artículo del Código Penal Militar.

Por un lado, argumentó que “no llamó ignorante al comandante de una forma directa y abierta y con el propósito de insultarle”, sino que en el clima de una conversación rápida, tensa y alterada, y con una fuerte carga de trabajo, “contestó de forma precipitada e irreflexiva” a una “maléfica pregunta” de su comandante.

Por otro lado, señaló que a tenor de los artículos 43 del Código Penal Militar y 208 del Código Penal, la injuria solo es delito si la misma es grave. Y eso, a su juicio, no ocurrió en este caso, “al no alcanzar el nivel de gravedad exigible la respuesta que dio a su comandante por lo que, a su juicio, carece de la entidad suficiente para ser calificada como delictiva”.

En presencia de un subordinado
Los argumentos no fueron aceptados por los magistrados de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, quienes coincidieron “plenamente con el acertado parecer del tribunal de instancia”, y por eso lo confirmaron.

En su sentencia, el Tribunal Militar Territorial Cuarto recordó que el artículo 43 del Código Penal Militar protege el valor de la disciplina e igualmente el debido respeto y consideración en las relaciones entre militares.

También señaló, sobre este incidente en concreto en el Regimiento de Infantería Ligera ‘Tercio Viejo de Sicilia’ nº 67, que “afirmar que una persona es un ignorante y que lo demuestra todos los días implica la emisión de un concepto claramente negativo y que contiene un evidente desvalor respecto a la persona a la que se dirige dicha afirmación”.

Añadió que “pronunciar una frase de dicho tenor en un ambiente de trabajo y en unas dependencias oficiales añade una mayor carga de menosprecio y minusvaloración de la persona a la que se dirige dicha frase”.

El Tribunal Militar Territorial Cuarto también destacó que “dicha frase fue proferida en presencia de una tercera persona”, un brigada que era subordinado tanto del comandante como del subteniente que pronunció ese insulto, “lo que añade un elemento de mayor gravedad a la conducta del acusado”.

“Graves y lesivas para la dignidad”
Los magistrados del Tribunal Supremo se adhirieron a este interpretación, y añadieron su propio análisis: que las palabras dirigidas por el subteniente al comandante (que era un ignorante y que lo demostraba todos los días) “deben considerarse objetivamente graves y lesivas para la dignidad del destinatario de tales expresiones que las recibe en su presencia y en la de otro subordinado”.

Son “palabras de menosprecio manifiestamente insultantes, ofensivas, despectivas y agraviantes, por su propia naturaleza”, según el TS.

En la sentencia, el alto tribunal también considera relevante que “la entidad del referido insulto se pone aún mas de relieve si se repara en que el recurrente habiendo tenido la oportunidad de desactivar su ofensa al superior (cuando el comandante tras oírle murmurar “qué ignorancia”, le preguntó si le estaba llamando ignorante), no quiso hacerlo y con una actitud claramente desafiante le dijo que sí, que era un ignorante y que lo demostraba todos los días”.

A juicio del Supremo, “ello pone de manifiesto no solo la gravedad de la injuria sino la intención inequívocamente ofensiva del autor”, frente a lo alegado por el subteniente de que había sido una mala contestación durante una discusión.

Afectó gravemente a la disciplina
Los magistrados de la Sala Quinta consideraron que en este caso queda claro “que la acción del recurrente afectó de manera grave a la disciplina al producirse la ofensa ante otro subordinado del comandante y en dependencias oficiales, en concreto, en el despacho del superior en donde se celebraba una reunión que éste había señalado”.

Por ello, “los hechos se inscriben, palmariamente, en el tipo aplicado”, el artículo 43 del Código Penal Militar, y de ahí que desestime el recurso de casación del subteniente y confirme la condena de seis meses de cárcel por el delito de insulto a superior en la modalidad de injurias.

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Re: Va de militares
« Respuesta #3813 en: 22 de Septiembre de 2022, 00:08:53 am »
Yo creo que esa condena es desproporcionada, pero el ejército es así. . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Va de militares
« Respuesta #3814 en: 22 de Septiembre de 2022, 08:17:04 am »

Militares y guardias civiles llevan a Defensa a los tribunales por obligarles a vacunarse contra el covid en academias


Citan dos autos recientes del Tribunal Constitucional para reclamar que se anule la directiva del ministerio que exige como requisito la pauta completa
Médicos militares.

FECHA
22/09/22access_time 1:04

Blanca Valdés Mañas
Militares y guardias civiles han presentado este miércoles ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) un recurso contencioso-administrativo contra el Ministerio de Defensa por obligarles a ponerse la vacuna contra el coronavirus en los centros de formación. Esta exigencia se encuentra entre las páginas del documento de la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, (DIGEREM) que se publicó el pasado 21 de julio para el curso académico 2022-2023.


Este recurso ha sido presentado por el equipo jurídico de la Asociación Liberum, el cual ha contado con la ayuda de la Asociación TERVIES, que se ha encargado de apoyar a los diez militares y guardias civiles que querían denunciar la situación que estaba ocurriendo en las Fuerzas Armadas. Entre los denunciantes, se encuentran tenientes del Ejército de Tierra, soldados, cabos 1º de la Guardia Civil y un sargento de la Guardia Civil.

La Asociación Liberum es una entidad que asegura tener como propósito “restaurar los derechos y libertades que nos han sido usurpados en el transcurso de la pandemia de la Covid-19”.

Se impugna la directiva del DIGEREM

En concreto, según el recurso al que ha tenido acceso Confidencial Digital, se impugnan los apartados del documento de la directiva de DIGEREM en los que se habla de la vacunación contra el coronavirus.

En el escrito se explica que se está obligando a inyectarse la vacuna a militares y guardias civiles en acuartelamientos, escuelas, centros de perfeccionamiento y misiones, algo que, según la Asociación Liberum, es “una gravísima vulneración de los derechos fundamentales y constitucionales”. Por lo que el objetivo de este recurso es que el TSJM anule la norma.

Vacunación en Centros Docentes Militares
En el documento de la directiva del DIGEREM, consultado por ECD, se expone que, al inicio del curso escolar 2022-2023, “todo el personal del centro (profesorado, alumnado y personal de la administración y servicios) deberá estar vacunado con la pauta completa”, dejando constancia de su estado de inmunización en el momento de ingreso a los centros de formación.

A esto añade el documento que “los aspirantes de nuevo ingreso que no hayan sido vacunados anteriormente recibirán las dosis a través de la cadena logística sanitaria respectiva”.


Además, para verificar su situación de inmunidad, el documento de la directiva del DIGEREM manifiesta que los aspirantes tienen que presentar el certificado de vacunación covid ante los servicios sanitarios del centro.

Consecuencias de no vacunarse
Pero aquellos que se niegan a recibir la vacuna, tienen que firmar un documento en el que se les informa de las consecuencias a las que se van a enfrentar por no inocularse, estipulado en la ITS 02/2021, de 5 de febrero, de la Inspección General de Sanidad sobre “Vacunaciones en las Fuerzas Armadas”.   



Según este documento, consultado por ECD, algunas de las consecuencias son, por ejemplo, no participar en clases, prácticas, actividades de educación física, de Instrucción y Adiestramiento. El motivo que ofrecen es que están en contacto con otras personas y consideran que eso puede suponer un riesgo para la salud.


Pero, a su vez,  si no asisten a dichas clases, no podrán ser evaluados y, por consiguiente, deberán repetir curso o, incluso, darse de baja como alumno del Centro Docente Militar por no superar el Plan de Estudios. Esta Instrucción, según el recurso contencioso-administrativo, “es inconstitucional”.

“La vacuna en España no es obligatoria”
Uno de los argumentos que utilizan los militares y guardias civiles para defenderse es que, en España, la vacuna no es obligatoria ni en el ámbito militar ni en el civil. Asimismo, citan dos autos recientes del Tribunal Constitucional.

En dichos autos, se establece que “la vacunación obligatoria no es una medida preventiva que aparezca expresamente contemplada en la Ley Orgánica 3/1986 de medidas especiales en materia de salud pública”. Y, señala uno de los autos, “supone una intervención corporal coactiva y practicada al margen de la voluntad del ciudadano”.

Vulneración de artículos de la Constitución Española
Por ello, desde la Asociación Liberum consideran que se han vulnerado varios artículos de la Constitución Española (CE).

Por ejemplo, el 9, al estar “infringiéndose el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”.

Además, alegan que, en este caso, también se está discriminando a todo aquel que no está vacunado, “tratándole de marginado”, por lo que también se estaría vulnerando el artículo 14, que señala que “todos somos iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación….”.

Asimismo, relatan en el recurso que el director general de reclutamiento “no tiene competencia alguna sanitaria para adoptar dicha medida” ya que esto “corresponde únicamente a las autoridades sanitarias”, por lo que se “está vulnerando el artículo 18 de la CE”

Por todo ello, la Asociación Liberum, entiende que la directiva del DIGEREM, en lo relativo a la vacunación obligatoria del covid, ha prescindido del procedimiento legal establecido para la elaboración de normas reglamentarias que se regula en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del Sector Público.

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Re: Va de militares
« Respuesta #3815 en: 23 de Septiembre de 2022, 10:56:04 am »
Si bebes..no conduzcas.

https://youtu.be/jhbtBVFnjMY

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Re: Va de militares
« Respuesta #3816 en: 29 de Septiembre de 2022, 13:43:40 pm »

Un militar, condenado a cinco años de cárcel por tener un arsenal de armas de guerra


Por Jorge G. García
29 de septiembre de 2022, 10:53 CEST

Arsenal incautado por la Guardia Civil. / Europa Press
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El condenado adquirió tanto de particulares como de armerías de Estados Unidos, Bélgica, Austria y Alemania, armas, cañones y otros componentes para rehabilitar, ensamblar y fabricar armas completas.

En un registro a su vivienda, se le han incautado varios fusiles Kalashnikov y unos 16.000 cartuchos metálicos.


EUROPA PRESS La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a cinco años de cárcel a un militar que tenía en su vivienda de Alcalá de Henares un arsenal de armas de guerra, entre ellas varios fusiles Kalashnikov, y más de 15.000 cartuchos metálicos.

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se condena a Juan Manuel S.Q. a cinco años de cárcel con la atenuante de dilaciones indebidas y se le prohíbe durante ocho años la tenencia y porte de armas.


En los hechos probados se relata que el condenado adquirió tanto de particulares como de armerías de Estados Unidos, Bélgica, Austria y Alemania, armas, cañones y otros componentes esenciales para proceder a la rehabilitación, ensamblaje y fabricación de armas completas con base en sus diferentes piezas y destinarlas al tráfico.

A través de la página web de la armería 'Brownells', en Estados Unidos, el acusado, entre los meses de julio 2011 y noviembre de 2012, adquirió en esta armería piezas fundamentales por un valor aproximado de 22.700 dólares.

Para ello, contaba con la colaboración del ciudadano estadounidense Stanley Siry, persona encargada de la recepción de estas piezas fundamentales en su domicilio en los Estados Unidos para posteriormente enviar, a través de paquetería y fuera de los cauces legalmente establecidos, dichas piezas al domicilio del acusado en España.


En la entrada y registro de su vivienda, realizada el 17 de noviembre de 2012 por el Juzgado de Instrucción número 6 de Alcalá de Henares, se incautaron siete proyectiles sin disparar; 15.743 cartuchos, fusiles tipo 'Kalashnikov', pistolas, cañones de fusiles y cargadores, entre otros elementos hallados.

El acusado no regentaba ningún establecimiento legalmente autorizado para la compraventa y reparación de armas de fuego y sus piezas, y carecía de la correspondiente condición de armero.


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Re: Va de militares
« Respuesta #3817 en: 02 de Octubre de 2022, 08:47:12 am »
Muere Julio Luque, sargento de la Legión de 33 años, durante unas maniobras en Almería

Otros dos militares resultaron heridos después de que un vehículo militar pesado volcara este viernes en Viator (Almería).



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Re: Va de militares
« Respuesta #3819 en: 09 de Octubre de 2022, 21:07:59 pm »
Soldados prácticamente atacaron a los jubilados? . . . en serio? . . . más bien los jubilados empujan al soldado que quita los carteles de la puerta de la Capitanía, que no es lo mismo, quizás podía haber esperado a que se fueran para hacerlo, pero. . . quién sabe que órdenes había recibido?. . .

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